Modificaciones propuestas del Reglamento General para entrar en
Transcripción
Modificaciones propuestas del Reglamento General para entrar en
Modificaciones propuestas del Reglamento General para entrar en vigencia en 2016 Art. VIGENTE PROPUESTO JUSTIFICACION Cap. VII De los procedimientos. 48 Artículo 48- Todos los fallos que recaigan en cada expediente, homologados que sean por el Consejo de neutrales, se notificarán a las partes indistintamente: a) personalmente en la Oficina en un plazo de 24 horas a partir de la promulgación, b) por medio del Boletín Oficial de la L.U.D., c) por medio del correo electrónico de los delegados institucionales d) por telegrama colacionado a costo de la parte interesada en su domicilio constituido. Artículo 48.- Todos los fallos que recaigan en cada expediente, homologados que sean por el Consejo de neutrales, se notificarán a las partes indistintamente en un plazo de 24 horas a partir de la promulgación: a) personalmente en la Oficina, b) por medio del Boletín Oficial de la L.U.D., c) por medio del correo electrónico de los delegados institucionales d) por telegrama colacionado a costo de la parte interesada en su domicilio constituido. La publicación de fallos se adelanta para los días viernes, de forma de inhabilitar a jugar luego de cumplida la automática, para los casos de fallos con fechas adicionales de sanción. Se armoniza con el art. 12 del Código de Penas.