Reglamento de la promoción “full recarga2 Domingos de
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Reglamento de la promoción “full recarga2 Domingos de
Reglamento de la promoción “full recarga2 Domingos de Octubre” Este reglamento (en adelante, el “Reglamento”), tiene por objeto regular las relaciones entre fullmóvil y los participantes de la promoción “full recarga2 Domingos de Octubre” (en adelante, la “Promoción”). 1. Términos y Condiciones 1.1 Organizador: Radiográfica Costarricense S.A, cédula de persona jurídica número 3-101-009059, reglamenta los términos y condiciones que realizará la promoción denominada “full recarga2 Domingos de Octubre”, en adelante denominada “Promoción”. 1.2 La Promoción no está vinculada ni será acumulable con ninguna otra promoción existente o que sea lanzada en el futuro por fullmóvil. 2. Plazo 2.1 El plazo para participar la Promoción aplica para las siguientes fechas 2, 9, 16, 23 y 30 de Octubre del 2016, desde las 00:00:00 horas hasta las 23:59:59 únicamente, es decir, la promoción estará vigente únicamente los días domingos señalados anteriormente. 2.2 El horario para realizar una recarga lo determina cada agente autorizado conforme su horario de atención al público y otras políticas de la empresa. 3. Elegibilidad 3.1 La Promoción, en las condiciones del presente Reglamento, es válida para todas las provincias de la república de Costa Rica, dentro de su área de cobertura para los Clientes. 3.2 Son “Clientes Elegibles” para los beneficios establecidos en el presente Reglamento, los clientes que: 3.2.1 Realicen una recarga de tiempo aire mínima de mil colones (¢1000 IVI) o el monto de recarga que determine el Agente Autorizado, para la duplicación del saldo en bonos de SMS y minutos, en cualquier Punto de Recarga. 3.3 Realicen una recarga de tiempo aire mínima de tres mil colones (¢3000 IVI) para la aplicación del bono de Internet, en cualquier Punto de Recarga. 3.4 En el caso del bono de SMS y minutos al cliente se le duplicará un máximo de cincuenta mil colones (¢50.000 IVI) acumulativos durante el período de la promoción. 3.5 El monto mínimo que se puede recargar en cada establecimiento lo determina el Agente Autorizado, por esta razón, podría darse la posibilidad de que algún comercio indique que el monto mínimo de recarga que se puede realizar en ese establecimiento en particular es superior al mínimo de ¢1000 (mil colones) indicado en este reglamento. 3.6 La Promoción no será válida para los clientes que no cumplan con los supuestos mencionados en este Reglamento. 4. Mecánica 4.1 El beneficio se podrá obtener mediante dos opciones: 4.1.1 Los clientes que efectúen una recarga de al menos ¢1000 (mil colones) se les asignará automáticamente un bono de SMS y minutos equivalentes al monto de su recarga, también estos clientes conservarán el monto de su recarga en el saldo de la cuenta. 4.1.2 Si un cliente realiza una recarga de ¢3000 (tres mil colones) o más aparte de los SMS y minutos que le serán asignados y de conservar su saldo también recibirá al siguiente día un Bono de Internet en su línea. 5. Beneficio 5.1 Los montos de recarga no serán acumulables, por lo que el cliente debe hacer una recarga superior a los ¢1000 (mil colones) para la duplicación del saldo o de ¢3000 (tres mil colones) para el bono de Internet, durante el período determinado. 5.2 El bono consiste en acreditar el 100% adicional de la recarga realizada por el cliente, además si cumple el monto mínimo para el bono de Internet se le asignará un bono de Internet permanente por 3 días. 5.3 El bono de internet se asignará al día siguiente de la promoción, o sea los lunes, a todos los clientes que hayan recargado los ¢3000 (tres mil colones), la promoción para el bono de Internet ilimitado. 5.4 La vigencia del bono de minutos y SMS será de 3 días naturales consecutivos. 5.5 Si el bono no se ha consumido será eliminado de forma automática. 5.6 La vigencia del bono de internet será de 3 días naturales consecutivos, asignándose el día después de la recarga a todos los clientes que cumplan las condiciones. 5.7 El bono de SMS y minutos podrá ser utilizado de la siguiente forma: 5.7.1 El 80% del monto total de la recarga será destinado a minutos para llamadas a cualquier operador nacional, es decir este porcentaje será convertido automáticamente a la cantidad de minutos correspondientes. 5.7.2 El 20% del monto total de la recarga será destinado a SMS para envíos a cualquier operador nacional, es decir este porcentaje será convertido automáticamente a la cantidad de SMS correspondientes. 5.7.3 Si el 80% del bono para llamadas ha sido consumido por completo, las siguientes llamadas a cualquier operador nacional, será descontado de la recarga original y no del 20% del bono de SMS y viceversa. 5.7.4 El bono de internet ilimitado podrá ser utilizado por el cliente desde el momento de su asignación (al día siguiente de la promoción) y por un periodo de tres días sin ningún costo adicional, de forma permanente y con una velocidad de hasta 1MB, este bono no afecta la distribución de los minutos o SMS. 5.8 La conversión de costo será la siguiente: 5.8.1 Minuto: 38 colones. 5.8.2 SMS: 3 colones. 5.9 Los bonos de SMS y minutos son acumulables, por lo que el cliente podrá realizar la cantidad de recargas que desee y se le acreditarán la cantidad de bonos correspondientes. 5.10 El bono de Internet no es acumulable, para este bono solo se acreditará uno por cliente siempre y cuando cumpla con los requisitos. 5.11 Los minutos promocionales no aplicarán la Tarifa 2x1 entre líneas fullmóvil. 5.12 Los minutos promocionales no aplicarán para tráfico internacional, es decir llamadas y envío de SMS fuera del territorio nacional. 5.13 Las llamadas a número gratuitos serán descontadas de los minutos promocionales. 5.14 Los beneficios aplicarán a los clientes que se unan a esta Promoción y son personales e intransferibles. 6. Disposiciones Generales 6.1 El presente Reglamento podrá ser modificado o cambiado en cualquier momento, a discreción de fullmóvil. 6.2 La aceptación de la Promoción por parte del cliente implica la plena aceptación de los términos y condiciones que se establecen en el presente Reglamento. 6.3 En caso de reclamaciones relacionadas con la Promoción, éstas serán resueltas por fullmóvil a su sola discreción, en el entendido de que el beneficio otorgado por la misma está basado en la mera liberalidad de fullmóvil. 6.4 Los valores expresados en la presente promoción son colones costarricenses. 6.5 En caso de ocurrencia de fuerza mayor o caso fortuito, imprevisible e irresistible a fullmóvil, tales como, pero sin limitarse a ello, el aumento de las tasas o impuestos inherentes a la actividad de las telecomunicaciones o cualquier otro aplicable a la actividad comercial ejercida por fullmóvil, el cambio de los precios de las tarifas telefónicas por la autoridad competente, el cambio en la política económica nacional, o cualquier otro hecho que haga que sea excesivamente oneroso para fullmóvil el mantenimiento de la Promoción, permitirá a fullmóvil el retiro de la Promoción. 6.6 Al adherirse a la Promoción y al hacer uso del servicio de telefonía prepago, usted acepta que puede recibir cualquier tipo de publicidad impronta de comunicación, ya sea a través de SMS, de voz o un contacto activo. 6.7 Para poder aplicar la presente promoción el usuario debe estar debidamente registrado en la plataforma www.registroprepago.sutel.go.cr, esto por motivo de contar con la actualización de los datos personales del usuario final del servicio prepago.