Basilea iii: ¿Qué es y por Qué es necesario
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Basilea iii: ¿Qué es y por Qué es necesario
Estudios y políticas públicas Policy paper Enero 2014 Basilea III: ¿Qué es y por qué es necesario adoptarla? Abstract Los avances en la regulación financiera que trae aparejado Basilea III han puesto el foco en la necesidad de actualizar la regulación bancaria local. Ésta se encuentra atrasada no sólo en relación a sus pares de la OCDE, sino que incluso respecto a otros países de la región. Si bien actualmente no se perciben problemas por esta situación, en el mediano plazo esta disociación respecto a los estándares internacionales podría afectar las condiciones de financiamiento en el exterior para la industria local. El desafío es modificar la Ley General de Bancos (LGB) de manera que sea un cuerpo legal flexible, que permita la adopción e implementación oportuna de nuevos cambios regulatorios para adaptarse a la realidad internacional, sujeto a la aprobación de las autoridades financieras competentes. Debido a la relevancia de los cambios, el proceso de alcanzar los estándares propuestos por Basilea III tardará varios años, debido a que las exigencias ya no son solo de capital sino también respecto a cómo éste se mide y controla junto con la liquidez. A partir de ahora se requerirá disponer de información con gran profundidad histórica, trazabilidad y carteras de activo y pasivo muy bien segmentadas, por dar algunos ejemplos. Ante estos desafíos, la banca local va a necesitar de tiempo suficiente para adaptar sus procesos y sistemas informáticos, asegurando calidad, disponibilidad y confiabilidad. Con todo, el momento de comenzar es ahora. Así, como lo han señalado las autoridades bancarias, para alcanzar los estándares del Comité de Basilea en 2019 (en línea con su calendario de implementación) se necesitará que la reforma a la LGB sea aprobada durante 2014. 1. Introducción Las recientes regulaciones financieras locales, y en especial las del mercado del crédito, han estado orientadas a nivelar la cancha de los diversos proveedores de servicios financieros. Aunque esto es imperativo, no determinaría forzosamente la robustez de nuestro sistema financiero. Por ello, se requiere avanzar en otros aspectos que permitan adoptar las mejores prácticas internacionales en materia de regulación bancaria. el sistema bancario y permita que éste sea más moderno y eficiente. Sin embargo, en un país que, afortunadamente, por más de 30 años no vive una situación de estrés bancario, no resulta sencillo abrir la discusión a estos temas pese a que la no adopción de estos estándares ha llevado al Chile a diferenciarse negativamente de sus pares. Por ejemplo, en América Latina, países de menor desarrollo económico han ido avanzando mucho más rápido. Chile posee una regulación muy particular la que, en ciertos ámbitos, tiene décadas de ventaja respecto a otras jurisdicciones y en otros, un retraso evidente. Por ejemplo, desde los años ochenta existen razones de apalancamiento que deben cumplir los bancos, elemento que recién se introduce en Basilea III. Por otro lado, la misma legislación no posee mecanismos de intervención temprana para instituciones en problemas. Este informe presenta una reseña histórica de las principales regulaciones del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea y cómo éstas han sido acogidas por nuestro país. Más adelante profundiza en las innovaciones que se están realizando en el mundo a partir de Basilea III. En concreto, los temas más relevantes están relacionados con el capital, la liquidez y la adecuada gestión del riesgo de crédito. Luego, se presenta la brecha existente entre los estándares internacionales y la actual situación chilena. Finalmente, se propone una serie de elementos factibles de implementar y se resumen las propuestas de las autoridades. El objetivo de este informe es contribuir a la discusión para que el país adopte los más recientes principios internacionales de manera que la Ley General de Bancos (LGB) sea una herramienta que fortalezca Se agradecen los comentarios y sugerencias de Cristian Cáceres y Ronald Gormaz. 2 2014 Basilea III: ¿Qué es y por qué es necesario adoptarla? Estudios y políticas públicas 2. Divergencia entre la regulación bancaria internacional y local Las principales directrices para la banca mundial provienen del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, un grupo que reúne a las principales autoridades de supervisión bancaria mundial1 y cuya función es fortalecer la solidez de los sistemas financieros. La normativa de suficiencia de capital comenzó con Basilea I el año 1988, incorporando una medición del riesgo de crédito. Así, las ponderaciones de los activos ajustados por riesgo comenzaron siendo de 100% para créditos a empresas, 50% para los de vivienda, 20% para préstamos interbancarios y 0% para créditos soberanos o al Banco Central. Luego, en 1996, se incorporó el riesgo de mercado, que consiste en realizar ajustes por concepto de tasa de interés, tipo de cambio y precio de acciones y materias primas. Fue precisamente a partir de ese momento que como país dejamos de estar completamente alineados con estos estándares internacionales, aplicando una implementación parcial de Basilea I. operación y por ratings externos. Así, para los créditos a países (soberanos), las exposiciones interbancarias y empresariales, la ponderación consideraba una calificación externa (agencias de ratings) atribuida al riesgo de la contraparte y que, según la calificación externa, podía estar entre el 20% y el150%. Para empresas sin rating, la ponderación era 100% para las grandes y medianas y 75% para las micro y pequeñas empresas. Por último, para los créditos para vivienda era de 35%. Las regulaciones posteriores vinieron a ampliar la brecha entre el país y los principios del Comité de Basilea. De esta manera, Basilea II, instaurada el año 2004, llegó con mejoras a la medición del riesgo de crédito y flexibilidad para los bancos en la elección de modelos estandarizados o internos para la determinación de la suficiencia de capital. Además, junto al riesgo de crédito y de mercado se agregó uno de tipo operacional. Ninguno de éstos se ha implementado legalmente en Chile. Si bien ahora la SBIF realiza la supervisión considerando estos elementos y así evalúa a los bancos, esto lo hace a través de su normativa operativa. El Pilar 2, denominado examen supervisor, considera cargos sobre el capital por riesgos no incluidos en el Pilar 1 y otras pérdidas derivadas de escenarios de estrés. Si bien en Chile no se cumple este pilar, actualmente la Clasificación de Gestión y Solvencia que realiza regularmente la Superintendencia reúne varios principios pertinentes. En cuanto al riesgo de crédito de Basilea II, las ponderaciones estaban determinadas por el tipo de 1 En cuanto al riesgo de mercado, la determinación del capital consideraba el uso de modelos estandarizados o de modelos internos basados en la metodología del Value at Risk (VaR), previa autorización del regulador local. De esta manera, en Chile el capital mínimo que requiere un banco debe superar el 8% de los activos ponderados por riesgo, más cargos de capital por concepto de riesgo de mercado y riesgo operacional. Esto es lo que se conoce como Pilar 1. El Pilar 3 sobre disciplina de mercado incluye la entrega de información sobre el gobierno corporativo, riesgos, requisitos y suficiencia de capital. Si bien parte de estos requerimientos fueron cubiertos con la adopción de IFRS el año 2008, aún se requieren mayores y mejores reportes por parte del Supervisor. Otro esfuerzo ha sido la normativa sobre gobiernos corporativos. El Comité de Supervisión Bancaria de Basilea está integrado por altos representantes de autoridades de supervisión bancaria y bancos centrales de Alemania, Arabia Saudita, Argentina, Australia, Bélgica, Brasil, Canadá, China, Corea, España, Estados Unidos, Francia, Hong Kong RAE, India, Indonesia, Italia, Japón, Luxemburgo, México, los Países Bajos, el Reino Unido, Rusia, Singapur, Sudáfrica, Suecia, Suiza y Turquía. Policy Paper 3 Finalmente, y como respuesta a la reciente crisis internacional, se forjó Basilea III, cuya esencia mantiene los tres pilares de Basilea II pero ahora con mayores requisitos en cuanto a la calidad y nivel de capital. Además, incorpora requerimientos de capital por riesgo sistémico, mediciones de liquidez de corto y largo plazo y consideraciones a los gobiernos corporativos. En cuanto a los principios de supervisión bancaria eficaz del Comité de Basilea, podemos mencionar un estudio del año 2000 en el cual se manifiesta que el cumplimento en Chile es alto, aunque quedaron una serie de elementos pendientes, algunos de los cuales han sido cubiertos durante esta última década. Sin embargo, dado que la LGB es donde se establece la estructura de la SBIF, cualquier modificación a su estructura debe realizarse vía ajuste legal, lo cual rigidiza su actuar de manera considerable. Así, algunos de estos principios no podrán ser satisfechos sin un cambio legal. Por ejemplo, se puede mencionar que la Superintendencia no posee independencia operacional del gobierno, ni tampoco existe protección legal para los funcionarios, salvo el Superintendente. Como contrapartida, en el último tiempo se ha mejorado el procedimiento de intercambio de información entre supervisores y existen iniciativas que procuran una adecuada supervisión de grupos a nivel consolidado, tales como el proyecto de ley que institucionaliza al Consejo de Estabilidad Financiera (Proyecto de Ley Boletín N° 9178-05). Finalmente, hay una serie de elementos que deben ser objeto de un estudio más acabado por las autoridades de gobierno, el supervisor bancario y el Banco Central. Por un lado, los estándares de capital del Comité de Basilea establecen que los requisitos relativos a la suficiencia del mismo deben estar determinados a nivel de grupo bancario o holding. Sin embargo, en Chile solo se hace considerando al banco y sus filiales, por lo que no se cumple dicha recomendación. Internacionalmente se han definido requisitos de capital por riesgo sistémico y algunos de éstos ya están contenidos en la Ley chilena, pero solo se aplican en el caso de fusiones. Sin embargo, no se considera la posibilidad que un banco, por razones de crecimiento natural o de expansión de operaciones en otros países, se torne sistémicamente relevante. Las mediciones de liquidez, que son complementarias a las disposiciones de Basilea III en cuanto a capital, no han sido implementadas aún. Al respecto, el Banco Central de Chile anunció en el Informe de Estabilidad Financiera del Segundo Semestre de 2013 que estaba terminando de generar la normativa y que ésta sería puesta en consulta en los próximos meses. Probablemente, esto significará una revisión de la actual normativa y nuevos requerimientos para la banca. 4 2014 Basilea III: ¿Qué es y por qué es necesario adoptarla? Estudios y políticas públicas 3. El nuevo marco de Basilea III Como respuesta a la reciente crisis financiera, el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, que forma parte de Bank of International Settlement (BIS), elaboró un nuevo marco de supervisión financiera, tomando en consideración las falencias detectadas en Basilea II, así como riesgos no contemplados en las regulaciones anteriores. La nueva regulación aumenta los requerimientos de capital, y tiene un marcado énfasis en la adecuada gestión de la liquidez de las instituciones financieras, así como en el riesgo sistémico que las instituciones de gran tamaño representan para el sistema financiero internacional. • Eliminación del capital Tier 3. Hasta hoy, el calendario de adopción plena de los nuevos principios establecidos por el Comité de Basilea finaliza el 1 de enero de 2019. Hasta esta fecha, los países que lo adopten tendrán que ir satisfaciendo una serie de disposiciones transitorias en cuanto a capital, activos ponderados por riesgo y liquidez. Bajo Basilea III, el capital Tier 1 debe permitir a una institución continuar con sus actividades y evitar insolvencia. Por su parte, el capital del Tier 2 ayuda a asegurar que los depósitos y deuda senior (o preferente) sean pagadas si la institución falla. Adicionalmente, se armonizan los estándares bajo los cuales se aplicaran filtros macroprudenciales y deducciones de capital. Dentro de las deducciones más relevantes se encuentran los activos fiscales diferidos (Deferred Tax Assets, DTAs) y los activos intangibles 2. Requerimientos de capital Basilea III introduce una nueva definición de capital de manera de aumentar la calidad, consistencia y transparencia de la base de capital. Adicionalmente, incrementa las razones regulatorias exigidas a los bancos y agrega nuevos buffers (o “colchones”) macroprudenciales de manera de minimizar el riesgo de crédito. En términos generales, las modificaciones son: • Aumento en la cantidad y la calidad del capital Tier 1, de 4 a 8,5%. • Simplificación y reducción del capital Tier 2, de 4 a 2%. 2 • Criterios más exigentes para cada categoría de capital. • Aumento de requerimientos de información. • Nuevos límites para los elementos que componen el capital. Se introduce el concepto Common Equity Tier 1(CET 1), el cual está compuesto principalmente por capital de la mejor calidad, es decir, acciones ordinarias y utilidades retenidas. El resto de las nuevas definiciones de capital se detallan en el Anexo 1. Intereses minoritarios de los bancos en una subsidiaria podrán ser considerados como capital CET 1 de acuerdo a la definición propuesta y que la subsidiaria cumpla una serie de requisitos de consolidación y control, así como que no sean financiados ni directa ni indirectamente por la matriz. Estas restricciones también se aplican a instrumentos catalogados como Tier 1 y Tier 2. Los DTAs procedentes de pérdidas se deducirán en un 100%, mientras que aquellas deducciones procedentes de diferencias temporales podrán eximirse sólo si se “monetarizan” en caso de pérdidas, insolvencia o liquidación. Por su parte, los activos intangibles se deducirán en su 100%. Policy Paper 5 Los requerimientos mínimos de capital, como porcentaje de los activos ponderados por riesgo 3, se detallan a continuación: • CET1 : 4,5% • Tier 1 (incluyendo CET 1 : 6,0% • Capital total (Tier 1 + Tier 2) : 8,0% Adicionalmente, se crean tres nuevos buffers de capital: • Buffer de conservación de capital (2,5%, compuesto de capital CET 1) El objetivo de este buffer es permitirle a la autoridad intervenir un banco en problemas en forma temprana. De esta manera, si un banco cae bajo el 7% de capital CET 1 (4,5% capital mínimo más el buffer de conservación), se obliga al banco a proponer un plan para recapitalizarse y se limita el reparto de utilidades en función de cuán cerca del capital mínimo se encuentra (0%, 40%, 60%, 80%, 100%). Lo anterior se mantiene hasta que se alcanza el capital requerido por el buffer nuevamente, o sea 8%. • Buffer contracíclico (0 -2,5%, compuesto de capital CET 1) Este buffer se activa en momentos de expansión excesiva del crédito, y se disminuye una vez que ello se revierte. El objetivo del colchón anticíclico es garantizar que los requerimientos de capital del sector bancario tengan en cuenta el entorno 3 4 6 macrofinanciero en que operan los bancos y así evitar la acumulación de los riesgos de boom-bust o burbujas asociados a los ciclos del crédito. El nivel del buffer (entre 0 y 2,5%) debe ser fijado por el regulador local 4. • Buffer para entidades de importancia sistémica (0 -2,5%, compuesto de capital CET 1) Tomando en cuenta la importancia sobre la estabilidad del sistema financiero de instituciones financieras de importancia sistémica (Systemically Important Financial Institutions, SIFIs), se creó una exigencia adicional de capital entre 0 y 2,5%, dependiendo del nivel. Finalmente, bajo el Pilar 2 se da libertad a las autoridades locales para requerir capital extra para cubrir riesgos adicionales. De esta forma, los requerimientos de capital propuestos por Basilea III se ilustran a continuación: Basilea II Basilea III 2.5 % 2.5 % Buffer sistémico Buffer contracíclico 10,5 % 8% CET 1 2.5 % Tier 1 4% Tier 2 Tier 1 2.0 % 1.5 % Tier 2 Core Capital 2% 2% CET 1 4.5 % Buffer de conservación Los activos ponderados por riesgo se definen como la suma ponderada de los activos por un factor (entre 0 y 1) para tomar en cuenta su riesgo. A mayor riesgo, mayor es el ponderador y viceversa. De esta manera, esta medida controla por el tipo de activos, requiriendo mayor capital para aquellos bancos que incurren en operaciones más riesgosas. Estos ponderadores pueden ser adoptados según las tablas propuestas por Basilea III o de acuerdo a modelos de riesgo internos debidamente validados. Los bancos con presencia en más de un país deben calcular su nivel específico del buffer contracíclico como el promedio ponderado de los niveles exigidos en todas las jurisdicciones en que las exposiciones crediticias de las instituciones se generan. 2014 Basilea III: ¿Qué es y por qué es necesario adoptarla? Estudios y políticas públicas Razón de apalancamiento Basilea III considera la introducción de una razón de apalancamiento (no ajustada por riesgo) como complemento a las medidas de gestión de riesgos acordadas en Basilea II. Se considera una razón de 3%, calculada de la siguiente forma: Razón de apalancamiento = Capital Tier 1 ≥ 3% Exposición total El denominador que corresponde a la exposición total se define como la suma las exposiciones de todos los activos más los ítems fuera de balance no deducidos del cálculo del capital Tier 1. Así, los requerimientos de información de este ítem consideran: • Razón de apalancamiento. • Detalle de la medida de exposición. • Descripción del proceso usado para gestionar el riesgo de apalancamiento excesivo. • Descripción de factores que tienen un impacto en la razón de apalancamiento. Liquidez Previo a la crisis del año 2008, el Comité de Basilea ya había incorporado lineamientos generales para una sana gestión de la liquidez en las instituciones bancarias, los cuales estaban contenidos en el documento del LCR = año 2000 (“Sound Practices for Managing Liquidity in Banking Organizations”). Éste consideraba estándares mínimos de gestión, estableciendo como base la importancia de medir adecuadamente los riesgos y el involucramiento del gobierno corporativo. Recién en el año 2010, este documento fue modificado a través de la incorporación de requerimientos cuantitativos específicos para la gestión del riesgo de liquidez. Basilea III considera la introducción de dos indicadores de liquidez, el Liquidity Coverage Ratio (LCR) y el Net Stable Funding Ratio (NSFR). El objetivo del primero es mejorar la resiliencia de corto plazo de los bancos, por medio de la tenencia de activos líquidos de “alta calidad” que permitan pagar las salidas de efectivo netas totales por un período de stress de 30 días. Por su parte, el NSFR está diseñado para promover la resiliencia de largo plazo. Para ello los bancos deberán obtener financiamiento de fuentes más estables, de una manera estructural. • Liquidity Coverage Ratio (LCR) Esta razón implica la creación de un buffer de activos líquidos de alta calidad, que permita pagar los retiros de liquidez durante un período de stress de 30 días, ya que para entonces se supone que los administradores y supervisores habrán podido tomar las medidas correctivas oportunas o que el banco habrá sido sometido a su resolución ordenada. Asimismo, concede al regulador bancario (Banco Central) un tiempo adicional para tomar las medidas oportunas, si se estimaran necesarias. Activos líquidos de alta calidad ≥100% Salidas de efectivo netas totales en los próximos 30 días Policy Paper 7 Los activos líquidos de alta calidad (High Quality Liquid Assets, o HQLA) consideran aquellos de alta calidad crediticia y liquidez, los que deberán ser líquidos en los mercados durante momentos de tensión e, idealmente, ser considerados como colateral por las autoridades. Por su parte, el escenario de stress utilizado para calcular las salidas netas de liquidez a cubrir considerará tanto shocks sistémicos como propios de la institución 5. Las características de los activos líquidos y las salidas netas se detallan en el Anexo 2. En principio, este indicador será aplicado a nivel de cada banco y se exigirá un reporte mensual, aunque se requerirá que todas las instituciones mantengan esta razón sobre el 100% en todo momento, y “deberán notificar inmediatamente a los supervisores que su LCR ha caído, o es previsible que caiga, por debajo del 100%”. Si una institución cae bajo el 100%, debe generar un plan de acción para asegurar la restauración del indicador. Y hasta que logre retomar el cumplimiento, deberá reportar el indicador diariamente a la autoridad competente. • Net Stable Funding Ratio (NSFR) Este indicador obliga a las instituciones a mantener una estructura de financiamiento estable y equilibrada en un período de stress de un año. Los activos financiados actualmente, así como cualquier obligación contingente, deben estar cubiertos por fuentes de financiamiento estables. Las definiciones de financiamiento estable aún no se encuentran publicadas, ya que siguen en discusión, y se espera que entren en vigor en enero de 2018. NSFR = 5 8 Riesgo de contrapartida Además de los requerimientos de capital y liquidez, Basilea III fortalece los requerimientos de gestión y capitalización de riesgo de crédito de contraparte (Counterparty Credit Risk, CCR). Incluye además un cargo adicional para posibles pérdidas asociadas al deterioro de la capacidad crediticia de la contraparte, así como mayores ponderadores de riesgo para exposiciones a instituciones financieras de gran tamaño. En efecto, se aumenta la ponderación de riesgo a bancos: el coeficiente de correlación se incrementa en 25% (a 1,25) para las instituciones financieras reguladas de gran tamaño y todas aquellas no reguladas, independiente de su tamaño. Exposición positiva esperada efectiva Los bancos que utilicen modelos de riesgo internos para calcular el CCR deberán determinar el cargo por riesgo de no pago a nivel de la cartera de créditos, basado en el promedio ponderado, por tiempo de exposición, de la máxima exposición esperada en cada instante durante el horizonte de evaluación, usando información de mercado y calibración de escenarios de stress. Esto se conoce como la exposición positiva esperada efectiva (Effective Expected Positive Exposure, EEPE). Una vez que el modelo de la EEPE sea calibrado con datos históricos de mercado, el banco deberá considerar información de mercado para calcular las exposiciones actuales y utilizar al menos tres años de información histórica para estimar los parámetros del modelo. Financiamiento estable disponible ≥100% Financiamiento estable requerido Dichos flujos netos se definen como las salidas de efectivo menos las entradas. Sin embargo, para la determinación de la razón, el flujo neto deberá ser al menos el 25% de las salidas netas. 2014 Basilea III: ¿Qué es y por qué es necesario adoptarla? 2014 Un año decisivo Estudios y políticas públicas Ajuste de valoración de crédito Entidades de contraparte central Se introduce un cargo adicional para cubrir el riesgo de pérdidas valoradas a valores de mercado (markto-market) en el riesgo esperado de la contraparte (Credit Valuation Adjustment, CVA) para derivados OTC. Los bancos con modelos de riesgo internos deberán calcular el recargo de capital modelando el impacto del spread crediticio de la contraparte en los CVAs de todos los derivados OTC, utilizando los modelos internos de VaR para bonos. El resto de los bancos deberán calcular un recargo estandarizado para el CVA. El nuevo marco regulatorio incentiva la intermediación de valores a través de entidades de contraparte central (Central Counterparties, CCP) al requerir menores niveles de fondos propios en comparación con transacciones OTC. A ello se suma el hecho de que los cargos por CVA no aplican en caso de CCPs autorizadas. Lo anterior se basa en reconocer el rol supervisor que ejercen estas entidades, al tiempo que absorben parte del riesgo como contraparte 7. Riesgo de correlación adversa (Wrong way risk) Se establece un recargo de capital específico para el riesgo de correlación adversa 6, y las instituciones deberán contar con procedimientos para identificar, monitorear y controlar casos de este tipo de correlación, desde el origen de la exposición y durante toda su vida. Este riesgo deberá ser vigilado por producto, regiones, sectores u otras categorías que sean pertinentes para su actividad. 6 7 Los bancos están expuestos a riesgos de correlación adversa cuando las exposiciones futuras a una contraparte específica están alta y positivamente correlacionadas a la probabilidad de no pago de la contraparte. Las normas que deberán cumplir las CCP se detallan en el documento “Principles for financial market infrastructures” publicadas por el comité de Basilea en conjunto con la International Organization of Securities Commissions (IOSCO) en 2012. Policy Paper 9 4. Chile y convergencia a Basilea III ¿Cómo alcanzar estándares internacionales en capital y liquidez? Como vimos anteriormente, desde el año 1996 que no satisfacemos los estándares establecidos por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea en lo referente al marco de capital de Basilea. La principal razón es que todo cambio a las relaciones entre activos y patrimonio debe pasar por modificar la LGB. Por esta razón, las autoridades de gobierno durante varias administraciones han trabajado en reformas legales que no han fructificado. En la misma línea, la SBIF ha ido ajustando su normativa operativa para intentar emular los principios de Basilea, al menos en parte. En esta sección se presenta un análisis de los principales artículos de la LGB que debiesen ser modificados para seguir avanzando en la convergencia normativa. Vale la pena recordar que el espíritu de los cambios, tal como lo ha expresado el Superintendente de Bancos en varias oportunidades, está orientado a tener un cuerpo legal más flexible que pueda implementarse de manera oportuna una vez que las autoridades financieras competentes así lo determinen. Existen varias razones por las cuales avanzar en un cambio legal. La primera de ellas es lograr un paraguas normativo que dé mayor relevancia a la gestión de riesgos y a la suficiencia de capital. Además, llevar a nuestra legislación no solo a la altura de otras de referencia, tales como los países OCDE, sino que también nivelarse con países vecinos como Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú que ya van hacia Basilea III. Por último, alcanzar los estándares internacionales, no solo Basilea III, sino que también estándares de Basilea II, permitirá a los bancos nacionales lograr mejores condiciones de financiamiento en el exterior, la cual hoy supera el 8% de los pasivos del sistema bancario. Por ejemplo, el solo hecho de homogenizar 10 2014 los indicadores que se publican en los reportes sería un avance. Cambios sugeridos por títulos a la LGB: 1. Para satisfacer los principios de supervisión bancaria eficaz del Comité de Basilea, las modificaciones al Título I, que se refiere a la organización de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, debería tener un ajuste relevante para pasar a ser una Comisión de Bancos, donde la dirección y administración superior estuviese a cargo de un Consejo que ejerza las atribuciones y cumpla la ley. En cuanto a su conformación y elección de miembros, no debería ser distinta a como se elegirán a los miembros de la Comisión de Valores y Seguros (Proyecto de Ley Boletín N°9015-05). 2. El Título II sobre la determinación de las instituciones bancarias debería tener una definición más amplia del concepto de banco sistémicamente importante, de manera que una institución que haya alcanzado dicha característica por el crecimiento orgánico o por expansiones en otras geografías tenga recargos de capital extraordinarios en caso que lo requiera. 3.El Título III debería tener ajustes en los Gobiernos Corporativos relativos a información de la evolución financiera y requisitos para el control de la institución. Así se deben definir auto-evaluaciones de la gestión de riesgos y suficiencia de capital. Dichas mediciones resultarán fundamentales en la medida que los bancos puedan utilizar modelos internos para medir y gestionar riesgos y a partir de ellos determinar los requisitos de capital. Basilea III: ¿Qué es y por qué es necesario adoptarla? Estudios y políticas públicas 4.El Titulo IV que se refiere al capital, reservas y dividendos por razones obvias debe ser modificado de manera importante. Primero debe definirse lo que se entiende como capital efectivo, capital regulatorio, las deducciones de capital, entre otras, de acuerdo a los principios de Basilea III 8. Hace falta considerar cargos de capital por concepto de riesgo de crédito, mercado, operacional y sistémico. Este último debe tener dos elementos, el primero relativo al banco mismo y su importancia sistémica y el segundo relativo al ciclo económico. 5. Bajo los lineamientos presentados por el Superintendente y pensando en una Ley de Bancos más flexible y moderna, el Titulo VII que considera la relación entre activos y patrimonio debería ser derogado. Esto, porque en su articulado se especifican relaciones que bajo los estándares modernos no son válidos. Tampoco resulta buena idea mantenerlos ya que estos parámetros van cambiando en el tiempo y no resulta eficiente modificar la LGB de manera muy frecuente. Así, resulta mucho más conveniente que la Ley incorpore principios generales y que las autoridades financieras (SBIF, Banco Central, Ministerio de Hacienda, entre otras) sean las que determinen la oportunidad de los ajustes normativos en la manera que cambian los enfoques mundiales. Finalmente, el Titulo XV se refiere a las medidas para regularizar un banco en problemas y la liquidación forzosa. Al respecto, pese a que ningún banco ha estado en esta situación resulta relevante revisarla. Sin embargo todavía no existe un documento oficial al respecto. Dicha discusión considera también el tema de los seguros de depósitos que en Chile está consagrado al Banco Central para los depósitos vista y al Gobierno para los depósitos a plazo con topes. 8 ¿Cuándo comenzar a adoptar Basilea III? La adopción de Basilea II y III no ha sido posible en Chile por diversas razones, pero la más importante es que requiere cambios a la LGB. Adicionalmente, luego de la crisis financiera del año 2010, muchos países han avanzado hacia las nuevas regulaciones que surgieron como una respuesta a dicha situación. Dado lo anterior, estimamos que el momento de comenzar a avanzar es ahora. Dichos cambios no serán inmediatos, más allá del trámite legislativo deben pasar varios años para ir avanzando de manera ordenada y sin sobresaltos. En la primera parte del documento presentamos la naturaleza de las actuales brechas regulatorias entre la norma chilena y los diversos ajustes del Comité de Basilea, dado el nivel de la industria bancaria chilena, el desafío es grande pero perfectamente posible de alcanzar. Debemos mencionar que en la última versión del Article IV Consultation del Fondo Monetario Internacional, publicado en julio de 2013, aparece una nota donde se señala que no sería difícil para la banca nacional adoptar el marco de Basilea III, en cuanto a capital y liquidez. En efecto, de acuerdo a las palabras del Superintendente, para que Chile alcance Basilea III el año 2019, la reforma debe ser aprobada durante este año 2014. La visión de las autoridades chilenas Recientemente, autoridades del Banco Central y de la SBIF presentaron sendos comentarios sobre los principales ejes en los que la regulación local debiera ir convergiendo hacia Basilea III, y qué se puede hacer sin modificar la LGB. Primeramente, debe mencionarse que la LGB posee una serie de fortalezas en cuanto a los conceptos de Ver sección 3. Policy Paper 11 capital Tier 1 y Tier 2. Dado que los requerimientos locales son más estrictos incluso que aquellos exigidos en Basilea II, alcanzar los estándares en cuanto a requerimientos de capital debiera ser relativamente fácil de realizar. En efecto, el Tier 1 definido en la LGB se encuentra muy en línea con la definición de CET1 incorporada en Basilea III. Adicionalmente, en la actualidad el capital efectivo promedio que tienen los bancos es de 8.7% Tier 1 y 2,9% Tier2, para alcanzar 11,6% (bastante por sobre el mínimo regulatorio de 8%). Por su parte, la normativa de riesgo de mercado del Banco Central ya aplica cargos de capital aproximados por este concepto. Por ello, el salto a Basilea III no sería tan difícil. Finalmente, la normativa chilena actual ya contempla un límite de apalancamiento de 3% (artículo 66 LGB). Por el lado de la liquidez, el sistema bancario local ya considera requerimientos cuantitativos para la gestión de riesgo de liquidez desde hace más de una década. Sin embargo, en la actualidad el Banco Central se encuentra revisando su normativa de liquidez (Capítulo III.B.2 del Compendio de Normas Financieras), con el objetivo de perfeccionarla y converger hacia estándares internacionales. Para las autoridades monetarias, la adopción de estándares debe considerar: • Fortalecer las políticas de gestión de riesgo. • Mejorar la información disponible (para público y supervisor). Aquí se considera agregar variables como el LCR y el NSFR (Basilea III), aunque inicialmente limitadas al monitoreo. • Incluir requerimientos en base consolidada. • En una fase posterior, se podrían incorporar los estándares del BIS como requerimientos normativos. de las entidades en insolvencia. Adicionalmente, existe un cargo de capital para entidades de mayor tamaño, aunque bajo situaciones particulares. Sin embargo, no considera un tratamiento diferenciado para instituciones sistémicas. Principales puntos de la propuesta de la “Ley Corta” que modifica la LGB Recientemente el Superintendente de Bancos presentó los principales ejes que busca abarcar la denominada “Ley Corta” para alcanzar Basilea III. Las reformas anunciadas son las siguientes: • Suficiencia de capital: desde Basilea I al III. • Subir actual 8% de patrimonio efectivo exigido. • Riesgos de mercado (1996) y operacional (2004). • Exigir capital básico mínimo (y aplicar deducciones según Basilea III). • Capital adicional por importancia sistémica: agregar, al caso de fusiones en Chile, al menos crecimiento orgánico e interconexión. • Capital en escenarios de stress: permitir transitoriamente un menor capital básico ante shocks individuales adversos (“reserva de conservación”). • Políticas macroprudenciales: reserva de capital anticíclica para el sistema, coordinada con autoridades macroprudenciales (CEF). • Enfoque estándar (ECAI) y modelos internos: nuevos ponderadores de riesgo. • Basilea III en régimen en 2019. En Chile, esto exige aprobar reforma en 2014. • En régimen, bonos subordinados deberían disminuir su importancia en el patrimonio efectivo, también gradualmente. En cuanto al riesgo sistémico, se destaca el hecho de que la LGB incorpora un protocolo para el tratamiento 12 2014 Basilea III: ¿Qué es y por qué es necesario adoptarla? Estudios y políticas públicas 5. Conclusiones Alcanzar los estándares internacionales de Basilea III es vital para lograr marco regulatorio que entregue mayor relevancia a la gestión de riesgos y la suficiencia de capital. Esto, a pesar de que nuestro sistema no ha mostrado señales de fragilidad y ha dado pruebas de soportar bastante bien escenarios de tensión como la última crisis financiera. Como país nos estamos quedando atrás en términos de la regulación bancaria en una época en que ésta se ha vuelto un foco de atención para reguladores e inversionistas a nivel mundial. No solo con respecto al resto de los países OCDE, sino que incluso a nivel regional, donde países como Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, que ya se encuentran encaminados hacia Basilea III. Si bien actualmente esto no se presenta como un problema, la disociación de nuestro sistema bancario en relación a los estándares internacionales podría afectar sus condiciones de financiamiento con el exterior (el cual hoy supera el 8% de los pasivos del sistema bancario) debido a la reducida comparabilidad de nuestras medidas de riesgo con respecto a nuestros pares. Al mismo tiempo, a nivel del sistema financiero, se mejoraría la gestión de los riesgos del negocio bancario, especialmente en control y medición. Por la particular forma en que está concebida nuestra regulación bancaria (esto es, todo cambio a las relaciones entre activos y patrimonio implica una modificación a la LGB, y por lo tanto debe pasar por el Congreso) no ha sido posible adoptar los cambios necesarios con la celeridad que se requiere. En efecto, si bien han existido iniciativas en la línea de realizar modificaciones, lo cierto es que desde 1996 que no satisfacemos los estándares establecidos por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea. Es imprescindible modificar la LGB en varios de sus títulos de manera que se permita adoptar cambios por medio de normativas, aumentando la flexibilidad y oportunidad de la regulación bancaria. El espíritu de los posibles cambios propuestos en la llamada “Ley Corta” para alcanzar Basilea III van en esta dirección, con la idea de generar un cuerpo legal más flexible que pueda implementarse y modificarse de manera oportuna de acuerdo a los avances regulatorios internacionales y una vez aprobados por las autoridades financieras competentes. Finalmente, se debe considerar que la implementación de estos cambios tardará varios años, debido a que las exigencias ya no son solo de capital sino también cómo éste se mide y controla junto con la liquidez. A partir de ahora se requerirá disponer de información con gran profundidad histórica, trazabilidad y carteras de activo y pasivo muy bien segmentadas, por dar algunos ejemplos. Ante estos desafíos, la banca local necesitará de tiempo suficiente para adaptar sus procesos y sistemas informáticos, asegurando calidad, disponibilidad y confiabilidad. Con todo, el momento de comenzar es ahora. Así, como lo han señalado las autoridades bancarias, para alcanzar los estándares del Comité de Basilea en 2019 (en línea con su calendario de implementación) se necesitará que la reforma a la LGB sea aprobada durante 2014. Policy Paper 13 6. Bibliografía: • Aparici, Gabriel (2014). “Principales iniciativas internacionales de política financiera: Posibles efectos para Chile” Banco Central de Chile en Industry Day. 9 de enero. • Bergoeing, Raphael (2014). “Estabilidad Financiera: Regulaciones Recientes y Pendientes”. Presentación realizada en el Industry Day del Instituto Sistemas Complejos y Centro de Finanzas/Universidad de Chile. 9 de Enero.De Juan, Aristóbulo y Reyes, Claudio (2000). “Diagnóstico del cumplimiento de los principios básicos de supervisión bancaria de Basilea”. Documento SBIF. Febrero. • Bergoeing, Raphael (2014). “Cuenta Pública 2013: SBIF”. SBIF. 16 de enero. • Held, Günter, (2012). “Suficiencia de capital de los bancos: Estándares del Comité de Basilea”. Documento Informativo SBIF. Agosto. • International Monetary Fund (2013). “CHILE: 2013 ARTICLE IV CONSULTATION”. Julio. • Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (2000). “Sound Practices for Managing Liquidity in Banking Organizations.” • Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (2011). “Basilea III: Marco regulador global para reforzar los bancos y sistemas bancarios”. Junio. • Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (2012). “Principles for financial market infrastructures”. Abril. • Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (2013). “Basilea III: Coeficiente de cobertura de liquidez y herramientas de seguimiento del riesgo de liquidez”. Enero. • Accenture (2012). “Basel III Handbook”. 14 2014 Basilea III: ¿Qué es y por qué es necesario adoptarla? Estudios y políticas públicas Anexos ANEXO 1: Tipos de capital Según el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, se definen los siguientes tipos de capital: Capital Ordinario de Nivel 1 El capital Ordinario de Nivel 1 (CET 1) se compone de los siguientes elementos: • Acciones ordinarias emitidas por el banco que cumplan los criterios para clasificarse como acciones ordinarias a efectos regulatorios o su equivalente para las entidades distintas de una sociedad por acciones (non-joint stock companies). • Primas de emisión resultantes de instrumentos incluidos en el capital ordinario de nivel 1; • Beneficios no distribuidos. • Otras partidas del resultado integral (total) acumuladas y otras reservas publicadas 9. • Acciones ordinarias emitidas por filiales consolidadas del banco y en poder de terceros (es decir, las participaciones minoritarias) que cumplan los criterios para su inclusión en el capital ordinario de nivel 1. • Los ajustes regulatorios aplicados al cálculo del capital ordinario de nivel 1. Los beneficios no distribuidos y las otras partidas del resultado integral incluyen las ganancias o pérdidas provisionales. Las autoridades nacionales pueden considerar oportuno establecer procedimientos 9 adecuados de auditoría, verificación o censura de cuentas. Los dividendos se excluyen del capital ordinario de nivel 1 con arreglo a la pertinente normativa contable. El tratamiento de las participaciones minoritarias y los ajustes regulatorios aplicados al cálculo del capital ordinario de nivel 1 se abordan en secciones separadas. Capital Adicional de Nivel 1 El capital adicional de nivel 1 se compone de los siguientes elementos: • Instrumentos emitidos por el banco que cumplan los criterios para su inclusión en el capital adicional de nivel 1 (y no incluidos en el capital ordinario de nivel 1). • Primas de emisión resultantes de instrumentos incluidos en el capital adicional de nivel 1. • Instrumentos emitidos por filiales consolidadas del banco y en poder de terceros que cumplan los criterios para su inclusión en el capital adicional de nivel 1 y que no estén incluidos en el capital ordinario de nivel 1. • Los ajustes regulatorios aplicados al cálculo del capital adicional de nivel 1. El tratamiento de los instrumentos emitidos por filiales consolidadas del banco y los ajustes regulatorios aplicados al cálculo del capital adicional de nivel 1 se abordan en secciones separadas. Las pérdidas o ganancias latentes (no realizadas) reconocidas en el balance no deberán reflejarse en ajustes en el capital ordinario de nivel 1. Las pérdidas latentes están sujetas una serie de disposiciones transitorias. En cuanto a las ganancias latentes, el Comité continuará examinando el tratamiento más adecuado, teniendo en cuenta la evolución del marco contable. Policy Paper 15 ANEXO 2: Elementos del liquidity coverage ratio (lcr) Capital de Nivel 2 Activos líquidos de alta calidad (HQLA) El capital de nivel 2 se compone de los siguientes elementos: Un activo se considerará HQLA cuando pueda transformarse en efectivo fácil e inmediatamente con pérdida de valor escasa o nula. La liquidez de un activo depende del escenario de tensión subyacente, del volumen a monetizar y del horizonte temporal considerado. No obstante, algunos activos tienen mayor probabilidad de generar fondos sin que su liquidación forzosa ocasione grandes descuentos de precios en los mercados de contado o de operaciones con pacto de recompra (repo), incluso en épocas de tensión. Esta sección describe los factores que ayudan a determinar si el mercado de un activo puede o no utilizarse para obtener liquidez en un contexto de posibles tensiones. Estos factores deberán informar a los supervisores a la hora de determinar qué activos no son suficientemente líquidos en los mercados privados para poder ser incluidos en el fondo de HQLA. • Instrumentos emitidos por el banco que cumplan los criterios para su inclusión en el capital de nivel 2 (y no incluidos en el capital de nivel 1). • Primas de emisión resultantes de instrumentos incluidos en el capital de nivel 2. • Instrumentos emitidos por filiales consolidadas del banco y en poder de terceros que cumplan los criterios para su inclusión en el capital de nivel 2 y que no estén incluidos en el capital de nivel 1. • Ciertas provisiones para insolvencias; y • Los ajustes regulatorios aplicados al cálculo del capital de nivel 2. El tratamiento de los instrumentos emitidos por filiales consolidadas del banco y los ajustes regulatorios aplicados al cálculo del capital de nivel 2 se abordan en secciones separadas. (i)Características fundamentales • Escaso riesgo: los activos de menor riesgo suelen poseer mayor liquidez. Una elevada calificación crediticia del emisor y un reducido grado de subordinación aumentan la liquidez del activo. También aumenta la liquidez cuando el activo presenta una duración reducida, un escaso riesgo legal, un bajo riesgo de inflación y se denomina en una moneda convertible con escaso riesgo de divisas. • Facilidad y certidumbre de valoración: la liquidez de un activo aumenta si los participantes en el mercado están de acuerdo en su valoración. Los activos con estructuras más estandarizadas, homogéneas y sencillas suelen ser más fungibles, promoviendo la liquidez. La fórmula 16 2014 Basilea III: ¿Qué es y por qué es necesario adoptarla? Estudios y políticas públicas para obtener el precio de un activo líquido de alta calidad se calculará de forma sencilla y no dependerá de grandes supuestos. Los datos a utilizar en esa fórmula también deberán ser de dominio público. En la práctica, esta característica debería descartar la inclusión de la mayoría de los productos estructurados o exóticos. • Baja correlación con activos de riesgo: el fondo de HQLA no estará sujeto a riesgos de (alta) correlación adversa (wrong-way risk). Por ejemplo, la probabilidad de que los activos emitidos por instituciones financieras sean ilíquidos es mayor cuando el sector bancario atraviesa tensiones de liquidez. • Cotización en un mercado de valores desarrollado y reconocido: la cotización de un activo eleva su transparencia. (ii)Características relacionadas con el mercado • Mercado activo y amplio: el activo se negociará en todo momento en mercados de contado o de repo. Esto implica que: - Deberá existir evidencia histórica de la amplitud del mercado y de la profundidad del mercado Esto podría demostrarse mediante la existencia de reducidos diferenciales entre precios de oferta y demanda, elevados volúmenes de negociación y un amplio y diverso número de participantes. La diversidad de los participantes en el mercado reduce la concentración de mercado y aumenta la fiabilidad de su liquidez. - Deberá existir una sólida infraestructura de mercado. La presencia de múltiples creadores de mercado comprometidos aumenta la liquidez, ya que la probabilidad de disponer de cotizaciones de precios de compra o venta será mayor para los HQLA. • Escasa volatilidad: Los activos cuyos precios permanecen relativamente estables y son menos propensos a sufrir fuertes caídas de precios a lo largo del tiempo tendrán una menor probabilidad de inducir liquidaciones forzosas para cumplir con los requerimientos de liquidez. La volatilidad de los precios y diferenciales cotizados son simples medidas aproximadas de la volatilidad del mercado. Deberá existir evidencia histórica de una relativa estabilidad de los términos (tales como precios y descuentos) y volúmenes negociados en el mercado durante periodos de tensión. • Huida hacia activos de calidad: en crisis sistémicas, el mercado históricamente ha mostrado una tendencia a desplazarse hacia estas clases de activos. Un indicador sencillo que podría utilizarse es la correlación entre las medidas aproximadas de liquidez del mercado y de tensión en el sistema bancario. Con arreglo a estas características, la prueba de la «alta calidad» de los activos líquidos es que su capacidad de generar liquidez, ya sea mediante venta al contado o repo, permanece intacta incluso en periodos de graves tensiones idiosincrásicas y de mercado. Los activos de menor calidad no suelen superar esa prueba. El intento por parte de un banco de obtener liquidez a partir de activos de menor calidad en condiciones de graves tensiones en el mercado implicaría la aceptación de un importante descuento o recorte de su precio por liquidación forzosa para compensar el elevado riesgo de mercado. Esto no sólo podría socavar la confianza del mercado en el banco, sino también ocasionar pérdidas (contabilizadas a precios de mercado) a los bancos que poseen instrumentos similares, añadiendo presión a sus posiciones de liquidez e induciendo con ello nuevas ventas forzosas y caídas de los precios y de la liquidez del mercado. En estas circunstancias, es probable que la liquidez de esos instrumentos desaparezca rápidamente en los mercados privados. Policy Paper 17 Idealmente, los HQLA deberán ser admisibles por los bancos centrales para satisfacer las necesidades de liquidez intradía de los bancos y las facilidades de liquidez a un día. En el pasado, los bancos centrales han actuado como red de seguridad para la oferta de liquidez del sistema bancario en periodos de graves tensiones. Así pues, la admisibilidad por el banco central debería añadir confianza al hecho de que los bancos poseen activos que podrían utilizarse en casos de graves tensiones sin perjudicar al conjunto del sistema financiero. Esto, a su vez, incrementaría la confianza en la prudencia y solidez de la gestión del riesgo de liquidez en el sistema bancario. No obstante, deberá tenerse en cuenta que la admisibilidad por el banco central no determina por sí sola la clasificación de un activo como HQLA. Salidas de efectivo netas totales El término salidas de efectivo netas totales se define como las salidas de efectivo totales previstas menos las entradas de efectivo totales previstas en el escenario de tensión especificado durante los siguientes 30 días. Las salidas de efectivo totales previstas se calculan multiplicando los importes vigentes de las diversas categorías o tipos de pasivos y de los compromisos fuera de balance por las tasas a las que se espera que se cancelen o se disponga de ellos. Las entradas de efectivo totales previstas se calculan multiplicando los importes vigentes de las diversas categorías de derechos de cobro por las tasas a las que se espera que entren en el banco según el escenario especificado hasta un límite máximo agregado del 75% de las salidas de efectivo totales previstas. Aunque la mayoría de las tasas de cancelación (rolloff rates), tasas de disposición (draw-down rates) y factores similares se encuentran armonizados en las distintas jurisdicciones conforme se describe en esta norma, algunos parámetros deberán determinarse por las autoridades supervisoras nacionales. En ese caso, los parámetros deberán ser transparentes y encontrarse a disposición del público No se permite a los bancos el doble cómputo de una misma rúbrica, es decir, si un activo se incluye como parte del “fondo de HQLA” (o sea, el numerador), las entradas de efectivo asociadas no podrán computarse también como entradas de efectivo (o sea, parte del denominador). Cuando exista la posibilidad de que una rúbrica pueda computarse en varias categorías de salida (por ejemplo, facilidades de liquidez comprometidas para cubrir deuda que vence dentro del periodo de 30 días), el banco sólo tendrá que suponer hasta la máxima salida contractual para ese producto. Salida de efectivo netas totales durante los siguientes 30 días = Salidas de efectivo previstas - min {entradas de efectivo totales previstas; 75% de las salidas de efectivo} 18 2014 Basilea III: ¿Qué es y por qué es necesario adoptarla? Pablo Correa [email protected] Gerente División Comunicaciones, Estudios y Políticas Públicas y Economista Jefe Felipe Bravo [email protected] Subgerente de Estudios y Políticas Públicas Rodrigo Moser [email protected] Economista Álvaro González [email protected] Economista Este informe ha sido preparado solo con el objeto de brindar información a los clientes de Banco Santander Chile. No es una solicitud ni una oferta para comprar o vender ninguna de las acciones o valores que en él se mencionan. Esta información ha sido obtenida de fuentes que hasta donde podemos estimar nos parecen confiables. Sin embargo, esto no garantiza que sea exacta ni completa. Las proyecciones y estimaciones que aquí se presentan han sido elaboradas por nuestro equipo de trabajo, apoyado en las mejores herramientas disponibles, lo que no asegura su cabal cumplimiento. Todas las opiniones y expresiones contenidas en este informe no serán necesariamente actualizadas y pueden ser modificadas sin previo aviso. El resultado de cualquier operación financiera, realizada con apoyo de la información que aquí se presenta, es de exclusiva responsabilidad de la persona que la realiza. www.santander.cl