Avisos Generales
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Avisos Generales
Tomo 88; Colima, Col., Sábado 24 de Mayo del año 2003; Núm. 23; pág. 469 Avisos Generales EDICTO JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA VILLA DE ALVAREZ, COL. Por acuerdo pronunciado el día tres de abril de dos mil tres, en los autos del expediente número 307/2002-F, que contiene el Juicio Civil Ordinario que por Divorcio Necesario, promueve ERASMO ALCAZAR RAMÍREZ, en contra de ANTONIA OCHOA, y tomando en consideración de que en actuaciones quedó plenamente acreditado que es del conocimiento general la ignorancia del domicilio y paradero de la demandada de referencia, conforme lo exige el criterio jurisprudencial sustentado al respecto por la Suprema Corte de Justicia de la Unión, se dispuso practicarle la diligencia de emplazamiento a través de edictos que debieran fijarse por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en el Ecos de la Costa, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 122 del Código Procesal Civil para el Estado; en tal virtud y en cumplimiento al proveído en comentario, me permito emplazar a usted ANTONIA OCHOA, por este conducto para que dentro del término de 30 treinta días a partir de la última publicación que se realice, comparezca ante este Juzgado a dar contestación a la demanda entablada en su contra, para lo cual se le hace saber que las copias simples de la demanda y anexos, quedan a su disposición en la Secretaría del Juzgado para que se impongan de ellas. Doy fe. Atentamente. Villa de Alvarez, Col., a 11 de Abril de 2003. CIUDADANA SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS, LICENCIADA MÓNICA GABRIELA ALVARADO CABRAL. Rúbrica. 3-V-3 EDICTO JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA VILLA DE ALVAREZ, COL. Por acuerdo pronunciado el día veinticuatro de Abril de dos mil tres, en los autos del expediente número 235/2003, que contiene el Juicio Civil Ordinario que por Divorcio Necesario promueve ENRIQUE SALAZAR ROSALES, en contra de MARÍA RUFINA FUENTES GAITÁN, y tomando en consideración de que en actuaciones quedó plenamente acreditado que es del conocimiento general la ignorancia del domicilio y paradero de la demandada de refencia, conforme lo exige el criterio jurisprudencial sustentado al respecto por la Suprema Corte de Justicia de la Unión, se dispuso practicarle la diligencia de emplazamiento a través de edictos que debieran fijarse por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en el Ecos de la Costa, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 112 del Código Procesal Civil para el Estado; en tal virtud y en cumplimiento al proveído en comentario, me permito emplazar a usted MARÍA RUFINA FUENTES GAITÁN, por este conducto para que dentro del término de 30 treinta días a partir d ela última publicación que se realice, comparezca ante este juzgado a dar contestación a la demanda entablada en su contra, para lo cual se le hace saber que las copias simples de la demanda y anexos, quedan a us disposición en la Secretaría del Juzgado para que se impongan de ellas. Doy fe. Atentamente. Villa de Alvarez, Col., a 06 de Mayo de 2003. CIUDADANA SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS, LICENCIADA MÓNICA GABRIELA ALVARADO CABRAL. Rúbrica. 3-V-2 EDICTO JUZGADO DE LO FAMILIAR, TECOMÁN, COL. Por medio del presente, se le cita a la C. GUILLERMINA BRICEÑO VÁZQUEZ, cuyo domicilio se ignora, a que se presente ante este Juzgado de lo Familiar de Tecomán, Colima, a contestar la demanda entablada en su contra por el C. JOSÉ RAÚL ESCOBAR ALAS, quien le demanda en las Controversias del Orden Familiar, la guarda y custodia de su menor hijo DENNIS RAÚL ESCOBAR BRICEÑO, bajo número expediente 62/03, haciéndosele saber que se le concede el término legal de 25 (veinticinco) días hábiles contados a partir de la última publicación del presente edicto, apercibida de que en caso de no hacerlo así, se le declarará confesa y se le seguirá el juicio en su rebeldía, quedando en la Secretaría de este Juzgado, las copias de traslado a su disposición. ATENTAMENTE. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN. Tecomán, Col., a SECRETARIA DE ACUERDOS, LICDA. MEYLI CÁRDENAS MAX. Rúbrica. 11 de Abril de 2003. LA 3-V-2 EDICTO JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA VILLA DE ALVAREZ, COL. Por acuerdo pronunciado el día tres de abril de dos mil tres, en los autos del expediente número 53/2003, que contiene el Juicio Civil Ordinario que por Divorcio Necesario y otros conceptos promueve PAULA FUENTES AGUIRRE, en contra de MIGUEL ROMANO CASTRO, y tomando en consideración de que en actuaciones quedó plenamente acreditado que es del conocimiento general la ignorancia del domicilio y paradero del demandado de referencia, conforme lo exige el criterio jurisprudencial sustentado al respecto por la Suprema Corte de Justicia de la Unión, se dispuso practicarle la diligencia de emplazamiento a través de edictos que debieran fijarse por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en el Ecos de la Costa, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 112 del Código Procesal Civil para el Estado; en tal virtud y en cumplimiento al proveído en comentario, me permito emplazar a usted MIGUEL ROMANO CASTRO, por este conducto para que dentro del término de 30 treinta días a partir de la última publicación que se realice, comparezca ante este Juzgado a dar contestación a la demanda entablada en su cotnra, para lo cual se le hace saber que las copias simples de la demanda y anexos, quedan a su disposicion en la Secretaría del Juzgado para que se imponga de ellas. Doy fe. Atentamente. Villa de Alvarez, Col., a 16 de Abril de 2003. CIUDADANA SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS, LICENCIADA MÓNICA GABRIELA ALVARADO CABRAL. Rúbrica. 3-V-2 EDICTO JUZGADO MIXTO FAMILIAR Y MERCANTIL, MANZANILLO, COL. NOTIFÍQUESE al C. AQUILEO VELASCO COVARRUBIAS, que dentro de los autos del expediente número 673/2002-F, relativo al JUICIO ORDINARIO CIVIL, DIVORCIO NECESARIO Y DEMÁS CONSECUENCIAS LEGALES RECLAMADAS, que promueve ante el Juzgado Familiar y Mercantil de esta Ciudad de Manzanillo, Col., por la C. ADRIANA KARINA GALINDO CHÁVEZ, en contra de Usted, quien deberá dar contestación a la demanda entablada en su contra, dentro del término de 20 veinte días hábiles, apercibiéndolo que en caso de no hacerlo se seguirá el juicio en rebeldía y declarado CONFESO de los hechos que deje de contestar y las subsecuentes notificaciones se le harán en los Estrados, aún las de carácter personal. Quedan a su disposición las copias simples de la demanda ante la Primer Secretaria de dicho Juzgado. Doy fe. ATENTAMENTE. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN. Manzanillo, Colima, a 29 de Julio del 2002. LA PRIMER SECRETARIA DE ACUERDOS, LICDA. MARÍA ESTHER VELASCO ACEVEDO. Rúbrica. 3-V-2 EDICTO JUZGADO MIXTO FAMILIAR, COLIMA, COL. HÁGASE SABER AL SEÑOR DOMINGO JIMÉNEZ MORALES, CUYO DOMICILIO SE IGNORA, QUE TIENE UN TÉRMINO DE 30 (TREINTA) DÍAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN, PARA QUE SE PRESENTE ANTE ESTE JUZGADO DE LO FAMILIAR, A DAR CONTESTACIÓN A LA DEMANDA: JUICIO CIIVIL ORDINARIO, DIVORCIO NECESARIO, Y PAGO DE GASTOS Y COSTAS DEL PRESENTE JUICIO, PROMOVIDO POR LA C. ROSALBA SANTOS BONALES EN CONTRA DE USTED, INSTAURADA BAJO EL NÚMERO DE EXPEDIENTE 71/2003, QUEDANDO A SU DISPOSICIÓN EN ESTA SECRETARÍA LAS COPIAS SIMPLES DE TRASLADO. COLIMA, COLIMA, MARZO 19 DE 2002. LA C. SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS, LICDA. GRACIELA OCHOA ALVAREZ. Rúbrica. 3-V-1 EDICTO JUZGADO MIXTO CIVIL Y MERCANTIL, MANZANILLO, COL. SE NOTIFICA A LA C. LUCIA CHÁVEZ DE PARDO, QUE ANTE EL JUZGADO CIVIL Y MERCANTIL DE MANZANILLO, EN EL EXPEDIENTE 873/2002, RELATIVO A LAS DILIGENCIAS DE INFORMACIÓN AD PERPETUAM, LA SEÑORA TIBURCIA RAMÍREZ RAMÍREZ ESTÁ PROMOVIENDO DILIGENCIAS DE INFORMACIÓN AD PERPETUAM, con las cuales pretende acreditar que tiene el dominio y posesión de un inmueble que se encuentra ubicado en calle Miguel Sandoval número 9, de la Colonia Las Brisas de esta Ciudad, con las siguientes colindancias al Noreste en 12.50 metros colinda con la calle Miguel Sandoval, al Sureste con 12.00 metros con andador, al Suroeste en 12.50 metros con case número 29, Sánchez Martínez José María y al Noreste en 12.00 metros con casa número 8, Ma. de Los Angeles Pardo Gómez, con una superficie total de 144.13 metros cuadrados, inmueble que se encuentra catastrado a favor de dicha señor LUCIA CHÁVEZ DE PARDO, lo anterior para que acuda a deducir los intereses que mejor le convengan. Así lo acordó y firma la licenciada SONIA CONTRERAS TORRES, Juez Mixto Civil y Mercantil de esta Ciudad y del Tercer Partido Judicial en el Estado, actuando con la Segunda Secretaria de Acuerdos Interina Licenciada BRENDA IVONNE ZEPEDA ALCARAZ, quien autoriza y da fe. Atentamente. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN. Manzanillo, Colima, 12 de Mayo del 2003. LA SEGUNDA SECRETARIA DE ACUERDOS, LIC. BÁRBARA GARCÍA TORRES. Rúbrica. 3-V-1 EDICTO JUZGADO MIXTO FAMILIAR Y MERCANTIL, MANZANILLO, COL. NOTIFÍQUESE al C. LUIS FERNANDO PELAYO GUITRÓN, que dentro de los autos del expediente número 299/2003-F, relativo al JUICIO ORIDINARIO CIVIL, DIVORCIO NECESARIO, que promueve ante el Juzgado Familiar y Mercantil de esta Ciudad de Manzanillo, Col., por la C. BLANCA GRACIELA GARCÍA GONZÁLEZ, en contra de Usted, quien deberá dar contestación a la demanda entablada en su contra, dentro del término de 20 veinte días hábiles, apercibiéndolo que en caso de no hacerlo se seguirá el juicio en rebeldía y declarado CONFESO de los hechos que deje de contestar y las subsecuentes notificaciones se le harán en los Estrados, aún las de carácter personal. Quedan a su disposición las copias simples de la demanda ante la Primer Secretaria de dicho Juzgado. Doy fe. ATENTAMENTE. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN. Manzanillo, Colima, a 20 de mayo del 2003. LA PRIMER SECRETARIA DE ACUERDOS, LICDA. MARÍA ESTHER VELASCO ACEVEDO. Rúbrica. 3-V-1 EDICTO JUZGADO DE LO FAMILIAR, TECOMÁN, COL. Por medio del presente, se le cita a la C. ANA MARÍA RAMOS RAMÍREZ, cuyo domicilio se ignora, a que se presente ante este Juzgado de lo Familiar de Tecomán, Colima, a contestar la demanda entablada en su contra por el C. FELIPE MALDONADO GALVÁN, quien le demanda en las Controversias del Orden Familiar, la guarda y custodia de su menor hijo LUIS FELIPE MALDONADO RAMOS, bajo número expediente 47/03, haciéndosele saber que se le concede el término legal de 25 (veinticinco) días hábiles contados a partir de la última publicación del presente edicto, apercibida de que en caso de no hacerlo así, se le declarará confesa y se le seguirá el juicio en su rebeldía, quedando en la Secretaría de este Juzgado, las copias de traslado a su disposición. ATENTAMENTE. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN. Tecomán, Col., a 15 de Abril del 2003. LA SECRETARIA DE ACUERDOS, LICDA. MEYLI CÁRDENAS MAX. Rúbrica. 3-V-1 EDICTO TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DISTRITO 38 SECRETARÍA DE ACUERDOS OFICIO: 428/2003 ASUNTO: SE SOLICITA PUBLICAR EDICTOS Colima, Col., Abril 11 de 2003. DIRECTOR DEL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO, CIUDAD. En cumplimiento al acuerdo emitido por este Tribunal con fecha 27 de marzo del año en curso, en el juicio agrario número 93/03 estoy solicitando a usted la publicación a costa de SERGIO CAMACHO DELGADO, a través de su apoderado legal el C. JOSÉ GUADALUPE ROJAS GARCÍA, por 2 veces consecutivas, dentro de un plazo de 10 días, en el Periódico que dirige del siguiente: EDICTO Al margen de un sello que dice "Estados Unidos Mexicanos, Tribunal Unitario Agrario Distrito 38". Por ignorarse el domicilio de JUAN MANUEL CAMACHO DELGADO, por este medio se le emplaza para que comparezca a deducir derechos dentro del juicio agrario 93/03, sobre la Controversia Agraria, a solicitud de SERGIO CAMACHO DELGADO, del Ejido COFRADÍA DE JUÁREZ, Municipio de ARMERÍA, Colima, por el reconocimiento que se haga en su favor de la parcela 700, con superficie de 16-93-73.93 hectáreas. La audiencia jurisdiccional, tendrá verficativo a las DIEZ HORAS DEL CUATRO DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO, en la sede de este Tribunal, ubicada en Avenida José G. Alcaraz número 1302, Colonia Jardines Vistahermosa, Colima, Colima, haciéndosele saber que deberá asistir de manera personal y debidamente asesorado, toda vez que en la misma serán desahogadas las pruebas que se aporten y sean admitidas. ATENTAMENTE. EL SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. CÉSAR ANTONIO CÓRDOVA PRETELÍN. Rúbrica. 2-V-1