hagamos de promesa una que valga la pena
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hagamos de promesa una que valga la pena
HAGAMOS DE PROMESA UNA QUE VALGA LA PENA Por: Lcdo. Omar J. Marrero 17 de agosto de 2016 Puerto Rico se encuentra en uno de los momentos más trascendentales y determinantes en su historia. La Ley para la Supervisión, Gerencia, y Estabilidad Económica de Puerto Rico (PROMESA, por sus siglas en inglés) que impone una Junta Federal de Control Fiscal (la “Junta”) para supervisar las operaciones presupuestarias y fiscales del Gobierno de Puerto Rico deja al descubierto las limitaciones y lo indefensa que está nuestra Isla como resultado de nuestra relación territorial con los Estados Unidos de América (EE.UU.). Las tres ramas gubernamentales de EE.UU. han confirmado expresamente, y ya sin tapujos, que Puerto Rico sigue siendo un territorio subordinado a los poderes plenarios del Congreso en virtud de la Cláusula Territorial de la Constitución de los EE.UU. De hecho, la aprobación de PROMESA ha resultado ser, por si todavía quedaba alguna duda de nuestra relación con EE.UU., la manifestación de la dependencia colonial o territorial en su máxima expresión. Así las cosas, PROMESA regresa a Puerto Rico a los tiempos de la Ley Foraker de 1900 y la Ley Jones de 1917, 1 pero ante circunstancias actuales muy distintas y más complejas por nuestras realidades internas y las externas de un mundo globalizado, competitivo y de cambios continuos y vertiginosos. Desde que se circuló el primer borrador de PROMESA hasta que se firmó por el Presidente Obama, no se hicieron esperar las críticas por su deficiencia democrática y por constituir un ejercicio del poder de la Metrópoli que evidencia la falta de libertades de los puertorriqueños y puertorriqueñas. De igual forma, se han sumado las denuncias que PROMESA no contiene elemento alguno para implementar en Puerto Rico un plan abarcador de desarrollo económico que no solo restaure el acceso de Puerto Rico a los mercados capitales y permita que el gobierno estabilice sus finanzas públicas, sino que también logre mejorar la calidad de vida en Puerto Rico para el beneficio de las generaciones presentes y futuras. En fin, se argumenta que muchas de nuestras libertades se verán afectadas por PROMESA. Pero en mi opinión existe una principal que se ha visto severamente lesionada desde mucho antes de la consideración de tal legislación; específicamente, la libertad económica de cada puertorriqueño y puertorriqueña. De acuerdo con Beach y Kane (2008), se denomina libertad económica al componente de la libertad que se centra en la independencia material de toda persona con relación al Estado. Por ende, un individuo logra ser libre económicamente solo cuando tiene el control absoluto de su esfuerzo y sus bienes. Consecuentemente, se puede concluir que “la definición de libertad económica abarca todas las libertades y derechos de producción, distribución o consumo de bienes y servicios” (Beach & Kane, 2008). No obstante, en aras de medir el concepto abstracto de la libertad económica, la Fundación Heritage (en inglés, The Heritage Foundation)1 desarrolló el Índice de Libertad Económica en 1995, el cual pretende evaluar el desarrollo de tal principio a través de las distintas jurisdicciones del mundo. Para poder lograrlo, la Fundación conceptualizó 10 libertades específicas que en su agregado proveen un marco de referencia para cuantificar la libertad económica, entre las que se encuentran las siguientes: (1) libertad comercial, (2) libertad de comercio internacional, (3) libertad fiscal, (4) tamaño del gasto gubernamental, (5) libertad monetaria, (6) libertad de inversión, (7) libertad financiera, (8) derechos de propiedad, (9) libertad frente a la corrupción, y (10) libertad laboral (Miller & Kim, 2016). Sin embargo, según expuesto por Beach y Kane (2008), la libertad económica representa un fin en sí mismo, y los individuos solo podemos ser libres de trabajar, producir, consumir e invertir siempre y cuando nuestra libertad sea protegida por el Estado y éste no la restrinja. Aunque a nivel nacional el Gobierno Federal en ocasiones ha facilitado tal derecho, el gobierno local lo ha restringido históricamente. Los datos del Índice de Libertad Económica de 2016 de la Fundación Heritage (“Índice del 2016”) demuestran una vez más la correlación positiva que existe entre la libertad económica y el desarrollo humano; específicamente, se evidencia que aquellas jurisdicciones con mayor nivel de libertad económica tienen un nivel significativamente mejor que el resto en términos de (1) crecimiento económico, (2) ingresos per cápita, (3) atención médica, (4) educación, (5) protección 1 Fundada en el año 1973, la Fundación Heritage es un centro de investigación y una institución educativa, cuya misión es formular y promover política pública de corte conservador y fundamentada en los principios de libre empresa, gobierno limitado, libertad individual, valores americanos tradicionales y sólida defensa nacional. 2 del medio ambiente, (6) reducción de la pobreza, y (7) bienestar en general (Miller & Kim, 2016). Las mismas áreas que todo gobierno debe procurar mejorar para el beneficio de todos. Es decir, a mayor libertad económica, mejor calidad de vida. Por tanto, los resultados del Índice del 2016 confirman que “sólo se puede lograr un dinamismo económico sostenido cuando los gobiernos adoptan políticas económicas que habilitan un mayor número de opciones para personas y empresas, fomentando una mayor capacidad de emprendimiento” (Miller & Kim, 2016). Por tanto, solo ampliando la protección de tal derecho podemos tener ante nosotros una guía segura para desarrollar soluciones creativas a problemas previsibles. No hay otra mejor forma, y la evidencia así lo sustenta. Lamentablemente, muchos han sido los casos donde el Estado ha afectado la libertad económica bajo el pretexto de lograr otros propósitos sociales y Puerto Rico no ha sido la excepción; particularmente, cuando recientemente en lugar de tomar medidas que nos encaminen hacia la ruta del desarrollo económico, se han tomado medidas en la dirección contraria. En una columna anterior, el licenciado Jorge San Miguel, diagnosticó acertadamente el síndrome al señalar que “Puerto Rico recientemente ha girado en contra de todos estos principios de libertad económica – creciendo el gasto público, eliminando reformas contributivas y de permisos y gravando y limitando la actividad comercial y de inversión” (San Miguel, 2015). Por tanto, siendo honestos con nosotros mismos, tenemos que concluir que Puerto Rico está donde está por el resultado de malas decisiones de política pública tomadas por la administración del momento. Es por eso que ahora más que nunca se necesitan presentar propuestas e iniciativas que puedan colocar a Puerto Rico de nuevo en la ruta del desarrollo económico. Sin embargo, ante la aprobación de PROMESA, ahora debemos enfocarnos en cómo transformar la Isla en un mejor Puerto Rico bajo el umbral de tal legislación y la Junta que encierra. Ciertamente, la calidad de vida Puerto Rico tiene espacio para mejorar considerablemente; particularmente, si la misma va a atada a expandir la libertad económica de nuestros ciudadanos. Dado que al final del día, la Junta es una fiscal y no de política pública, aún tenemos nosotros la responsabilidad de desarrollar e implementar localmente las propuestas e iniciativas que harán que Puerto Rico alcance el nivel de desarrollo económico que necesitamos para salir de la crisis que nos agobia. La presencia de la Junta en nada cambia dicha obligación y responsabilidad, solo que ahora debemos salvaguardar que las iniciativas y su implementación no choquen con el plan fiscal y presupuestario que se desarrollarán bajo la supervisión de la Junta. Uno de los aspectos de PROMESA que no ha recibido mucha atención, y que en mi opinión puede representar un componente de cualquier plan de desarrollo económico que se fundamente en libertad económica, es el Título V de PROMESA titulado Puerto Rico Infrastructure Revitalization. Esta sección de la ley provee para que se identifiquen proyectos de infraestructura que puedan clasificarse como “críticos” bajo PROMESA. Una vez clasificados como tal, los mismos podrían gozar de flexibilidad regulatoria y proceso expedito en la obtención de permisos bajo la Ley 76 del 5 de mayo de 2000. Para determinar si se tratan de Proyectos Críticos, según definidos por PROMESA, se tomará en cuenta, entre otros factores: (1) el impacto que tendría ante una emergencia, (2) la disponibilidad de capital privado u otros fondos, (3) el costo del proyecto, (4) los beneficios económicos y ambientales incluyendo empleos a crearse para residentes de Puerto Rico, (5) la etapa de proyecto en que se encuentra, de ser uno existente, y (6) el desarrollo 3 de fuentes alternas de energía para reducir dependencia de combustibles fósiles en casos que el proyecto sea uno de energía (Puerto Rico Oversight, Management, and Economic Stability Act of 2016, Sec. 503). De entrada, podemos notar que tales criterios se asimilan, en cierta medida, con los criterios de evaluación que se incluyen en la Ley 29 del 8 de junio de 2009 para selección de un proponente bajo el esquema contractual de las Alianzas Público Privadas (Ley de Alianzas Público Privadas de 2009, 27 L.P.R.A.§ 2608). Por tanto, sea en el contexto de la Junta o al palio de otra legislación o política pública local o federal, es necesario el desarrollo de un plan integral para identificar y desarrollar proyectos de infraestructura que puedan generar a corto y mediano plazo actividad económica para el beneficio de todos. De hecho, en cuanto a la trascendencia de proyectos de infraestructura para el desarrollo económico, el Informe de Competitividad Global del 2010 del Foro Económico Mundial señaló lo siguiente: Una infraestructura amplia y eficiente es fundamental para garantizar el funcionamiento eficaz de la economía, ya que es un factor importante para determinar la ubicación de la actividad económica y los tipos de actividades o sectores que puede desarrollarse en una economía en particular. Una infraestructura bien desarrollada reduce el efecto de la distancia entre las regiones, integrando el mercado nacional y conectándolo a bajos costos con mercados de otros países y regiones. Además, la calidad y extensión de las redes de infraestructuras incide significativamente en el crecimiento económico y afectan a las desigualdades de ingresos y la pobreza en una variedad de formas. Una red de infraestructura de transporte y comunicaciones bien desarrollada es un requisito previo para el acceso de las comunidades menos desarrolladas a las principales actividades económicas y de servicios.(Schwab, 2010, p. 14) En cuanto a su efecto en la economía, la Autoridad de las Alianzas Público Privadas de Puerto Rico concluyó en el 2011 que “la inversión en infraestructura constituye uno de los principales medios que dispone el sector público para promover el incremento de ingreso, empleo, productividad y por consiguiente la competitividad de una economía determinada”. Sin embargo, durante los pasados años poco se ha desarrollado mediante Alianzas Público Privadas, dejando sobre la mesa una fuente excepcional de financiamiento privado para desarrollar obra tan necesitada y reactivar así la maltrecha economía. Es por eso que hoy más que nunca se debe reactivar la utilización de tan excelente herramienta. Asimismo, ante la figura de la Junta, debemos aprovechar el Título V de la Revitalización de Infraestructura de PROMESA para presentar un Inventario de Proyectos Críticos, según permite dicha ley, que no solamente pueda funcionar bajo el esquema de la Ley 29-2009 sino que también gozaría del tracto expedito dispuesto en PROMESA para tales proyectos de envergadura. Entre aquellos proyectos que pudiesen presentarse ante la figura del Coordinador de Revitalización que crea PROMESA se encuentran los siguientes: 1. Plantas de Energía Eléctrica con particular a la utilización de gas natural y fuentes renovables de energía 4 2. Puertos Marítimos y Aeropuertos Regionales con particular atención a aquellos en el Sur, Este y Oeste de Puerto Rico 3. Redes de telecomunicaciones que asistan en la gestión de seguridad, educación, salud y economía 4. Carreteras, puentes y sistemas de transportación colectiva 5. Infraestructura Social incluyendo Escuelas, Instalaciones de Salud, Centros de Tratamiento Social e Instituciones Correccionales En la medida que proyectos como los anteriores puedan recomendarse y clasificarse como Proyectos Críticos bajo PROMESA, algunas libertades asociadas con la libertad económica podrán verse beneficiadas; específicamente, la libertad comercial, la libertad fiscal, el tamaño del sector estatal, la libertad de inversión, la libertad financiera, y los derechos de propiedad. Consecuentemente, la medición de nuestra libertad económica se vería favorecida y, por ende, nos colocaríamos en una ruta probada de desarrollo económico. Con mayor libertad económica, viene mayor poder político y social a la vez que se amplían las oportunidades para todos. Indudablemente, nos encontramos ante una coyuntura histórica. Sin embargo, hace 240 años, los EE.UU. también tuvieron ante sí la necesidad de hacer una Declaración. Hoy, le toca a Puerto Rico hacer también una Declaración de Libertad, pero la nuestra consiste en el reconocimiento de la libertad económica como derecho fundamental en aras de una tan necesitada recuperación económica. Por tanto, en el contexto de la junta o por mecanismos e iniciativas distintas, se debe buscar la manera de ampliar la libertad económica en Puerto Rico para el beneficio de todos y todas, ya que como señaló el Director del Proyecto de Libertad Económica Global del Instituto Cato, Ian Vázquez, la “[libertad económica], no es solo un fin en sí mismo, sino que sustenta las demás libertades: la política y la civil” (Vázquez, 2006). En esa misma línea, publicó la Fundación Heritage que El fin último de la libertad económica es el de empoderar a las personas con un mayor número de oportunidades para que puedan elegir por si mismas como aspirar y alcanzar sus sueños, sujetos únicamente a las bases del Estado de Derecho y la honesta competencia con otras personas. (Miller & Kim, 2015, p.6) En cuanto a los efectos del reconocimiento de la libertad económica, Miller & Kim sostienen que: No hay una única respuesta para los específicos retos de desarrollo a los que nos enfrentamos. Sin embargo, una cosa es segura: los gobiernos que respetan y fomentan la libertad económica proporcionan el mejor entorno para la experimentación, la innovación y el progreso, y es mediante ellos que la prosperidad y el bienestar de la humanidad crece. (Miller & Kim, 2015, p.6) En resumen, aunque PROMESA y la Junta de Control Fiscal Federal que impone sobre el Gobierno de Puerto Rico representaría un reto de gobernanza, no puede provocar que no miremos hacia el futuro de forma optimista y con la convicción que podemos lograr todo lo que nos 5 propongamos como pueblo. Tenemos una oportunidad ante nosotros para adoptar políticas públicas de avanzada que encaminen un plan de desarrollo basado en la libertad económica de los ciudadanos y la obligación de permitir que todos puedan disfrutar de ella a través de los distintos renglones relacionados como seguridad, salud, educación y economía. Estoy convencido que asumir un compromiso a favor de la Libertad Económica y de encaminar iniciativas que la promuevan y faciliten, es hacer de PROMESA una que valga la pena. ¡Hagámosla! Referencias Autoridad de las Alianzas Público Privadas (2011). La importancia de las Infraestructuras. Retrieved June 30, 2016 from http://www.app.gobierno.pr/wp-content/uploads/2010/12/APP-La-importancia-de-lasinfraestructuras-Volumen-1-FINAL.pdf Beach, W. W., & Kane, D. (2008). Metodología: Medición de las 10 libertades económicas. The Heritage Foundation. Retrieved June 28, 2016 from http://www.heritage.org/index/pdf/2008/index2008_chapter4_spanish.pdf Miller, T., & Kim, A. B. (2016). El Índice 2016 de Libertad Económica. The Heritage Foundation Libertad.org (M. Lindberg, Trans.). Retrieved June 28, 2016 from http://libertad.org/wpcontent/uploads/2016/03/Indice-2016.pdf Miller, T., & Kim, A. B. (2015). El Índice 2015 de Libertad Económica. The Heritage Foundation Libertad.org (M. Lindberg, Trans.). Retrieved June 28, 2016 from http://www.heritage.org/index/pdf/2015/book/Highlights_Spanish.pdf San Miguel, Jorge (2015). Puerto Rico: Retomando el Crecimiento Económico. Centro para Renovación Económica, Crecimiento y Excelencia. Retrieved June 30, 2016 from http://www.centrocrece.org/ingles/puerto-ricoretomando-el-crecimiento-economico/ Schwab, K. (2010). The Global Competitiveness Report 2010–2011. World Economic Forum. Retrieved June 28, 2016 from http://www3.weforum.org/docs/WEF_GlobalCompetitivenessReport_2010-11.pdf Vazquez, I. (2006). La función central de la libertad económica en una democracia. Cato Institute. Retrieved June 30, 2016 from http://www.elcato.org/publicaciones/ensayos/ens-2006-02-16.pdf Ley de las Alianzas Público Privadas, 27 L.P.R.A. §§ 2601 et seq. (2009, suppl. 2014) Puerto Rico Oversight, Management, and Economic Stability Act of 2016 6