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MMMX VAC-0 AIP DE MEXICO 13-NOV-2014 PROCEDIMIENTOS DE OPERACIÓN PARA VUELOS VFR DE AERONAVES DE ALA FIJA EN EL AREA DE CONTROL TERMINAL MEXICO El presente procedimiento deberá ser observado obligatoriamente por cualquier aeronave de ala fija con plan de vuelo VFR que opere dentro del Área de Control Terminal México, excepto que se encuentre en situación de emergencia que la obligue a apartarse de él. 1. Espacio aéreo Clase D 2. Área Restringida del Aeropuerto Se define como el espacio aéreo que se extiende desde la superficie hasta 9 000 FT y comprendido por la unión de las siguientes superficies: 3. Un paralelogramo limitado por líneas paralelas a las pistas a 1 NM a ambos lados de los ejes de las pistas Hacia el NE: sector de radio 6 NM con centro en el VOR/DME/MEX entre las radiales 040° a 068° Hacia el SW: sector de radio 6 NM con centro en el VOR/DME/MEX entre las radiales 220° a 248° Mínimos meteorológicos: 3.1 En vuelo: 3.1.1 Distancia de las nubes: 3.1.2 Visibilidad: 3.2 1 600 M (1 SM) horizontalmente 305 M (1 000 FT) verticalmente 8 KM (5 SM) a/o arriba de 3 050 M (10 000 FT) AMSL 5 KM (3 SM) por debajo de 3 050 M (10 000 FT) AMSL Dentro o en las inmediaciones del aeropuerto: Techo de nubes: 457 M (1 500 FT) Visibilidad: 5 KM (3 SM) 4. Separación proporcionada La separación proporcionada a los vuelos VFR es acorde a lo establecido en ENR1.4 numeral 9.6 TABLA DE CLASIFICACIÓN y TABLA 1 Clasificación del Espacio ATS CLASE “D” 5. Servicio suministrado El servicio proporcionado a los vuelos VFR es acorde con lo establecido en ENR 1.4 numeral 9.5 CLASE “D” 6. Restricciones 7. 8. 6.1 Restringido el vuelo VFR arriba de las altitudes máximas autorizadas, establecidas para cada sector en la carta visual MMMX VAC-8. 6.2 Prohibidas todas las operaciones con plan de vuelo VFR de turborreactores. 6.3 Se requiere autorización previa de la Torre de Control México para entrar al área restringida del aeropuerto señalada en la carta visual. 6.4 No se permite la operación de dirigibles, globos, planeadores y ultraligeros sin la autorización de la autoridad aeronáutica y la coordinación previa con el ATC para operar en áreas específicas. 6.5 No se permiten vuelos NORDO. 6.6 Es responsabilidad del piloto verificar la actividad de las áreas restringidas y prohibidas denominadas como MMR y MMP. 6.7 Es responsabilidad del piloto verificar el establecimiento de áreas prohibidas temporales 6.8 Queda prohibido volar dentro de las áreas definidas como “Alertas a la Navegación” (Ver ENR 5.1). Procedimientos de vuelo 7.1 Los vuelos que deseen mantener una altitud mayor a las descritas en la carta, deberán circunnavegar el aeropuerto cuando menos a 30 NM del VOR/DME/MEX, notificando su posición y altitud en la frecuencia de Control de Llegadas en 129.6 MHZ, así como contar con el equipo de radionavegación apropiado para el área. 7.2 Los vuelos que requieran penetrar la TMA/MEX manteniendo altitudes mayores a las especificadas en la carta, deberán notificar su posición y recabar autorización en la frecuencia de Control de Salidas Este en 120.5 MHZ o Control de Llegadas en 129.6 MHZ, así como contar con el equipo de radionavegación apropiado para el área. 7.3 Como resultado de la implementación del servicio de Información y Seguimiento de Vuelo para Helicópteros, todas las aeronaves con Plan de Vuelo VFR de ala fija que requieran sobrevolar o cruzar las rutas y circuitos publicados para aeronaves de ala rotativa, deberán establecer contacto con Helicópteros MEX en la frecuencia 118.15 MHZ Transponder Todas las aeronaves deberán contar con equipo transponder en Modo 3 A/C o Modo S a bordo y activar en 1200 debajo de 14000 FT y 1400 arriba de 14000 FT inclusive. SCT-DGAC-SENEAM AIRAC AMDT 03/14 MMMX VAC-1 AIP DE MEXICO 13-NOV-2014 9. Comunicaciones 10. 9.1 Todas las aeronaves que vuelen dentro de un radio de 15 NM del VOR/DME/MEX deberán mantener comunicación con Torre de Control México hasta recibir autorización para abandonar la frecuencia. 9.2 Todos los vuelos que operen dentro del Área Terminal de México, sintonizarán la frecuencia del Servicio Automático de Información Terminal 127.650 MHZ (D-ATIS) y ajustarán su altímetro al valor QNH vigente, informando en primer contacto a TWR MEX que cuentan con la información vigente a bordo. 9.3 Los vuelos con destino al aeropuerto que cuenten con autorización previa de la autoridad aeronáutica, notificarán su posición e intenciones a Torre de Control México, al encontrarse a 15 NM de VOR/DME/MEX o al sobrevolar algún punto de notificación visual equivalente o tan pronto sea posible. 9.4 Utilizarán la frecuencia CTAF 122.5 MHZ para monitoreo e intercambio de información entre pilotos en vuelo en el Área de Control Terminal. Puntos de notificación VFR para aeronaves de ala fija Denominador CARACOL CHALCO ESTRELLA LA VILLA NONOALCO PIRAMIDES TEPOZOTLAN TLALNEPANTLA TOPILEJO CERRO DE LA CALDERA XOCHIMILCO 11. Radial Distancia (°) (NM) VOR/DME/MEX 017° 8.6 129° 14.0 187° 6.0 305° 4.0 273° 4.9 032° 19.5 325° 18.8 300° 9.4 187° 14.8 130° 8.2 184° 11.0 Ubicación Tipo Plaza las Américas, Ecatepec. Cerro de la Estrella Basílica de Guadalupe Teotihuacán Caseta de peaje, autopista México - Querétaro Pueblo de Topilejo Volcán La Caldera Obligatorio Obligatorio A solicitud Obligatorio A solicitud Obligatorio Obligatorio A solicitud Obligatorio Obligatorio Obligatorio Operación en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México 11.1 La Torre de Control México proporciona el servicio de control de aeródromo a todas las aeronaves que se encuentren dentro del circuito de tránsito de aeródromo y con base en las condiciones de tránsito conocidas u observadas. 11.2 La Torre de Control México es responsable de prevenir colisiones y de aplicar la separación establecida entre: 11.3 las aeronaves que vuelan en el circuito de tránsito del aeródromo las aeronaves que aterrizan y despegan Circuitos de tránsito Todas las aeronaves evitarán los circuitos de tránsito, a menos que tengan la intención de aterrizar en el aeropuerto efectuando las piernas acorde a lo siguiente: RWY 05L/05R: Circuito de tránsito por la izquierda. 12. Falla de Comunicación de las aeronaves de ala fija con Plan de Vuelo VFR autorizado al AICM. 12.1 Cuando una aeronave experimente falla de comunicación en las inmediaciones del aeropuerto y su destino sea el mismo, deberá cumplir con lo indicado en la sección ENR 1.1-14 numeral 3.5 de la AIP DE MÉXICO: 12.2 La aproximación y el aterrizaje, solo será posible en la pista 05L. AIRAC AMDT 03/14 SCT-DGAC-SENEAM MMMX VAC-2 AIP DE MEXICO 13-NOV-2014 PROCEDIMIENTOS DE OPERACIÓN PARA VUELO DE HELICÓPTEROS EN EL AREA DE CONTROL TERMINAL MÉXICO El presente procedimiento deberá ser observado obligatoriamente por cualquier helicóptero con plan de vuelo VFR que opere dentro de 40 NM con centro en VOR/DME/MEX excepto que se encuentre en situación de emergencia que lo obligue a apartarse de él. 1. Espacio aéreo Clase D 2. Área Restringida del Aeropuerto Se define como el espacio aéreo que se extiende desde la superficie hasta 9 000 FT y comprendido por la unión de las siguientes superficies: 3. Un paralelogramo limitado por líneas paralelas a las pistas a 1 NM a ambos lados de los ejes de las pistas Hacia el NE: sector de radio 6 NM con centro en el VOR/DME/MEX entre las radiales 040° a 068° Hacia el SW: sector de radio 6 NM con centro en el VOR/DME/MEX entre las radiales 220° a 248° Mínimos meteorológicos: 3.1 En vuelo: 3.1.1 Distancia de las nubes: 3.1.2 Visibilidad: 3.2 8 KM (5 SM) a/o arriba de 3 050 M (10 000 FT) AMSL 5 KM (3 SM) por debajo de 3 050 M (10 000 FT) AMSL Dentro de 15 NM con centro en VOR/DME/MEX operando a/o por debajo de 457 M (1500 FT) de altura sobre tierra o agua: 3.3 1 600 M (1 SM) horizontalmente 305 M (1 000 FT) verticalmente Visibilidad no menor de 3 200 M (2 SM) durante el día y la noche Libre de nubes y con referencia visual al terreno Con el propósito de aterrizar o despegar en el helipuerto 13-31 y en las rutas de entrada y salida entre el helipuerto y los puntos de reporte visual obligatorios hacia el Sur: NORTE ABASTOS, SUR ABASTOS y hacia el Este: CHIMALHUACAN: Techo de nubes: 457 M (1 500 FT) Visibilidad: 1 600 M (1 SM) Visibilidad 3 200 M (2 SM) durante la noche 3.4 Los pilotos de helicópteros durante la operación en condiciones de visibilidad inferior a 3 SM, deberán mantener una velocidad de entre 60 y 80 KTS o la indicada en el manual del fabricante correspondiente, que les permita evitar colisiones: con otras aeronaves, con obstáculos en la superficie y mantener referencia o contacto visual con el terreno durante el día y la noche. 3.5 No se iniciará ningún vuelo VFR, sin antes verificar que los reportes y pronósticos meteorológicos vigentes indiquen que las condiciones meteorológicas a lo largo de la ruta o en aquella parte de la misma por la cual vaya a volarse cumplan con los mínimos prescritos para las reglas de vuelo visual o mínimos publicados para el aeropuerto en cuestión. 4. Servicio suministrado El servicio proporcionado a los vuelos VFR es acorde con lo establecido en ENR 1.4 numeral 9.5 CLASE “D” 5. Separación proporcionada La separación proporcionada a los vuelos VFR es acorde a lo establecido en ENR1.4 numeral 9.6 TABLA DE CLASIFICACIÓN y TABLA 1 Clasificación del Espacio ATS CLASE “D” 6. Restricciones 6.1 Restringido el vuelo VFR arriba de las altitudes máximas autorizadas, establecidas para cada sector en las cartas visuales MMMX VAC-12 y VAC-13. 6.2 Se requiere autorización previa de la Torre de Control México para entrar al área restringida del aeropuerto señalada en la carta visual. 6.3 No se permiten vuelos NORDO. 6.4 Es responsabilidad del piloto verificar la actividad de las áreas restringidas y prohibidas denominadas como MMR y MMP, así como las áreas prohibidas temporales. 6.5 Queda prohibido volar dentro de las áreas definidas como “alertas a la navegación” (Ver ENR 5.1) 6.6 Ningún piloto de helicóptero volará cercano a la trayectoria de aproximación final y de ascenso inicial de los procedimientos por instrumentos de salida y/o llegada utilizados por aeronaves de ala fija, que pueda ocasionar un riesgo de colisión con otras aeronaves. 6.7 No se permite la operación VFR nocturna de helicópteros, a menos que se tenga una autorización previa por escrito de la autoridad aeronáutica. SCT-DGAC-SENEAM AIRAC AMDT 03/14 MMMX VAC-3 AIP DE MEXICO 13-NOV-2014 7. Procedimientos de Vuelo 7.1 Los helicópteros que deseen mantener una altitud mayor a las descritas en la carta, deberán circunnavegar el aeropuerto cuando menos a 30 NM del VOR/DME/MEX, notificando su posición y altitud en la frecuencia de control de llegadas en 129.6 MHZ, así como contar con el equipo de radionavegación apropiado para el área. 7.2 Los helicópteros que requieran penetrar la TMA/MEX manteniendo altitudes mayores a las especificadas en la carta, deberán notificar su posición y recabar autorización en la frecuencia de Control de Salidas Este en 120.5 MHZ o Control de Llegadas en 129.6 MHZ, así como contar con el equipo de radionavegación apropiado para el área. 7.3 Los helicópteros que operen dentro de un radio de 15 NM con centro en VOR/DME/MEX, a/o por debajo de 457 M (1 500 FT) de altura y cuando la visibilidad sea inferior a 3 SM, deberán de mantener encendidas las luces de navegación y aterrizaje. Cuando sea posible, las luces anticolisión y/o estroboscópicas también deberán estar encendidas. 7.4 Los helicópteros que requieran volar dentro de un radio de 15 NM con centro en VOR/DME/MEX se mantendrán a/o por debajo de las altitudes máximas VFR, notificaran su posición y recabarán instrucciones en la frecuencia de Helicópteros MEX en 118.15 MHZ, para proseguir a su destino vía las rutas y circuitos publicados, así como contar con el equipo de radionavegación apropiado para el área. 7.5 Se establece el Circuito Exterior para helicópteros publicado en la carta VAC-12 con el objetivo de circunnavegar las inmediaciones del AICM sin interferir con las rutas de llegada y salida hacia el mismo. 7.6 El Circuito Exterior está comprendido por la unión de los puntos de notificación VFR: CARACOL – CHICONCUAC – TEXCOCO – VOLVO – ESTRELLA – PERISUR – CENTRO LIBANES – CLUB GOLF CHAPULTEPEC – SATELITE – TLALNEPANTLA – PARQUE NACIONAL DEL TEPEYAC – CARACOL y puede ser utilizado en ambos sentidos, de acuerdo a instrucciones del ATC. 7.7 Se establece el Circuito Interior para helicópteros publicado en las cartas VAC-12 y VAC-13 para ser usado por los helicópteros que operan hacia o desde el Helipuerto 13-31 y/o los helipuertos en la Ciudad de México. 7.8 El Circuito interior está comprendido por la unión de los puntos de notificación VFR: CENTRO BANCOMER – PEMEX – NONOALCO – LA VILLA – CARACOL – CHICONCUAC – TEXCOCO – CHIMALHUACAN – PUENTE SAN JUAN, y puede ser utilizado en ambos sentidos. En el tramo comprendido entre PUENTE SAN JUAN y CENTRO BANCOMER la operación se ajustará estrictamente a las instrucciones del ATC conforme a lo descrito más adelante en 11.4 y 11.5 7.9 Se establecen puntos de espera visual al Norte del AICM sobre LA VILLA y al Sur sobre COYOTE NEZA. 7.10 Para realizar vuelos locales, de práctica o de prueba, el Concesionario, Permisionario u Operador Aéreo según sea el caso, presentará un Plan de Vuelo, debiendo notificar el inicio y el término de la operación final a los ATS correspondientes. Así mismo, evitarán volar y/o cruzar las rutas y circuitos publicados, a menos que cuenten con la autorización expresa de Helicópteros MEX. 7.11 Los pilotos de helicópteros, operando con plan de vuelo VFR, serán responsables de mantener separación visual en todo momento del vuelo; con otras aeronaves y el terreno. 8. Transponder Todas las aeronaves de ala rotativa deberán contar con equipo transponder en modo 3 A/C o modo S a bordo y activar código en 1500 o el asignado por el ATC durante todo el tiempo de vuelo. 9. Comunicaciones 9.1 Se establece la frecuencia para el Servicio de Información y Seguimiento de Vuelo para Helicópteros (Helicópteros MEX) en 118.15 MHZ dentro de 15 NM con centro en VOR/DME/MEX, con un horario de operación de las 1300/0300 TSC 1200/0200 TVC. 9.2 Todos los helicópteros que operen dentro del Área Terminal México, sintonizarán la frecuencia del Servicio Automático de Información Terminal (D-ATIS) en 127.650 MHZ y ajustarán su altímetro al valor QNH vigente. Informando en el primer contacto a Helicópteros MEX que cuenta con la información vigente a bordo. 9.3 Los helicópteros en sobrevuelo o con destino al AICM, o algún helipuerto ubicado dentro del Circuito Exterior publicado, notificaran su posición e intenciones al encontrarse a 15 NM del VOR/DME/MEX o al sobrevolar algún punto de reporte visual equivalente o tan pronto como sea posible, en la frecuencia de Helicópteros MEX en 118.15 MHZ, donde recibirán información e instrucciones para proseguir a su destino mediante las trayectorias visuales publicadas. 9.4 Todas las aeronaves que vuelen en las rutas y circuitos publicados dentro de un radio de 15 NM del VOR/DME/MEX deberán mantener comunicación en la frecuencia de Helicópteros MEX durante el horario establecido, hasta recibir autorización para abandonar la frecuencia. 9.5 Fuera del horario de operación de la frecuencia de Helicópteros MEX (0300/1300 TSC 0200/1200 TVC), los helicópteros recabarán autorizaciones e instrucciones en la frecuencia de TWR MEX en 118.55 MHZ. 9.6 Utilizarán la frecuencia para monitoreo e intercambio de información entre pilotos en vuelo (CTAF 122.5 MHZ) en el Área de Control Terminal México, cuando operen fuera de las rutas y circuitos publicados. 9.7 Utilizarán la frecuencia FIS en 126.9 MHZ, para recabar información meteorológica y operacional disponible útil para la operación segura y eficaz de los vuelos de helicópteros, cuando operen fuera de 15 NM del VOR/DME/MEX. AMDT AIRAC 03/14 SCT-DGAC-SENEAM MMMX VAC-4 AIP DE MEXICO 13-NOV-2014 10. Puntos de notificación VFR para helicópteros. Radial Distancia (°) (NM) VOR/DME/MEX 146° 0.8 017° 8.6 225° 7.0 229° 11.0 130° 8.2 129° 14.0 049° 12.0 090° 6.8 Denominador ARENAL CARACOL CENTRO BANCOMER CENTRO LIBANES VOLVO CHALCO CHICONCUAC CHIMALHUACAN CNA 213° 6.0 ESTRELLA CONAGUA COYOTE NEZA CLUB GOLF CHAPULTEPEC POETAS LA VILLA NONOALCO PIRAMIDES NORTE ABASTOS PARQUE NACIONAL TEPEYAC PEMEX PERISUR ROJO GÓMEZ PUENTE SAN JUAN SATELITE SUR ABASTOS TEPOZOTLAN TEXCOCO TLALNEPANTLA TOPILEJO VIVEROS XOCHIMILCO ZARAGOZA 187° 223° 141° 263° 238° 305° 273° 032° 195° 6.0 9.0 3.2 10.0 12.0 4.0 4.9 19.5 4.0 336° 7.0 265° 215° 179° 163° 285° 186° 325° 062° 300° 187° 222° 184° 190° 6.0 11.0 2.1 2.5 10.0 4.4 18.8 11.0 9.4 14.8 8.0 11.0 1.9 11. Ubicación Tipo Colonia Arenal Plaza las Américas, Ecatepec. Corporativo Bancomer, Av. Universidad Volcán La Caldera Centro Nacional de las Artes (Calz. Tlalpan y Circuito Interior) Cerro de la Estrella Edificio CONAGUA Monumento Coyote Cd. Neza Glorieta de los Poetas Basílica de Guadalupe Tlatelolco Teotihuacan Central de Abastos Obligatorio Obligatorio Obligatorio A solicitud Obligatorio Obligatorio A solicitud Obligatorio A solicitud A solicitud A solicitud A solicitud Obligatorio Obligatorio Obligatorio A solicitud Obligatorio Obligatorio A solicitud Centro Comercial Perisur Calz. I. Zaragoza y J. Rojo Gómez Calz. I. Zaragoza y puente Canal de San Juan Central de Abastos Caseta de peaje, autopista México - Querétaro Pueblo de Topilejo Viveros de Coyoacan Calz. I. Zaragoza y Río Churubusco. Obligatorio A solicitud Obligatorio Obligatorio Obligatorio Obligatorio Obligatorio Obligatorio A solicitud A solicitud A solicitud Obligatorio Obligatorio Operación en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México 11.1 La Torre de Control México a través del Servicio de Información y Seguimiento de Vuelo para Helicópteros (Helicópteros MEX) proporciona servicios de Control de Tránsito Aéreo con base en las condiciones de tránsito conocidas u observadas. 11.2 El Servicio de Información y Seguimiento de Vuelo para Helicópteros (Helicópteros MEX) es responsable de: 11.3 Aplicar separación establecida entre los helicópteros que aterrizan y despegan en áreas visibles desde TWR dentro del AICM Proporcionar información de tránsito conocido en plataformas y helipuertos autorizados que no son visibles desde TWR. Aplicar separación visual en rutas publicadas de entrada y salida desde el AICM hasta los puntos de reporte visual obligatorios: SUR ABASTOS, NORTE ABASTOS y CHIMALHUACAN. Proporcionar información de tránsito conocido a las aeronaves que vuelen dentro o pretendan cruzar las rutas de entrada y salida, y el circuito exterior publicados. Despegues a) Rodaje ECO: Previa autorización de Helicópteros MEX, efectuar la carrera de despegue siguiendo el eje del rodaje ECO con rumbo NE, a través del Helipuerto 13/31 virar por la derecha hacia la Alameda Oriente a una altitud no mayor a 7 800 FT y proseguir con la ruta de salida autorizada. b) Forma 31: Previa información de tránsito de Helicópteros MEX, despegar con rumbo 310° y efectuar viraje a la derecha sin rebasar el rodaje ECO hacia la Alameda Oriente a una altitud no mayor a 7 800 FT y proseguir con la ruta de salida autorizada. c) 11.4 Forma 13: Previa información de tránsito de Helicópteros MEX, despegar con rumbo 130° hacia el ARENAL y al alcanzar 7 800 FT proseguir con la ruta de salida autorizada. Rutas de salida. a) Salida Este: SCT-DGAC-SENEAM Abandonar la Alameda Oriente o ARENAL con rumbo hacia CHIMALHUACAN en ascenso a 8 300 FT y proseguir con la ruta autorizada hasta recibir instrucciones para abandonar la frecuencia. AIRAC AMDT 03/14 MMMX VAC-5 AIP DE MEXICO 13-NOV-2014 b) 11.5 Abandonar la Alameda Oriente o ARENAL con rumbo hacia PUENTE SAN JUAN en ascenso a 8 300 FT. Continuar hacia SUR ABASTOS y proseguir con la ruta autorizada hasta recibir instrucciones para abandonar la frecuencia. Rutas de Llegada. 11.6 12. Salida Sur: a) Llegada Este: De CHIMALHUACAN proseguir hacia ARENAL manteniendo una altura mínima de 500 FT sobre el terreno y continuar la aproximación de acuerdo a las instrucciones de Helicópteros MEX. b) Llegada Sur: De NORTE ABASTOS proseguir hacia ROJO GÓMEZ y posteriormente hacia ARENAL manteniendo una altura mínima de 500 ft sobre el terreno y continuar la aproximación de acuerdo a las instrucciones de Helicópteros MEX. Aproximación y aterrizaje: a) Forma 31: De ARENAL efectuar aproximación directa al Helipuerto 13-31 debiendo verificar que el área de aterrizaje esté libre. b) Forma 13: De ARENAL, interceptar tramo a favor del viento por la izquierda, virar a final sin rebasar el rodaje DELTA debiendo verificar que el área de aterrizaje este libre. c) Rodaje ECO: De ARENAL sobrevolar el helipuerto 13-31, virar por la izquierda a interceptar la calle de rodaje ECO y continuar con rodaje aéreo hacia la plataforma de destino de acuerdo con las instrucciones del ATC. Falla de comunicación de los helicópteros con Plan de Vuelo VFR autorizado al AICM. Cuando un helicóptero experimente falla de comunicación en las inmediaciones del AICM y su destino sea el mismo, deberá cumplir con lo siguiente: a) Observar y evitar el tránsito de aeródromo incluyendo las rutas y circuitos publicados. b) Activar código transponder para falla de comunicación (RCF) en 7600 c) En la medida de lo posible volar hacia ARENAL. 13. Procedimiento para helicópteros en asistencia de emergencias. 13.1 Se define como Área de Emergencia aquella porción del espacio aéreo establecido por la Autoridad Aeronáutica, en la cual participan helicópteros en operaciones de rescate, búsqueda y salvamento. Esta área tiene como dimensiones desde la superficie del terreno hasta 500 FT y 2 NM de radio en la horizontal desde el punto en el que se desarrolla la emergencia. No se permite el vuelo dentro de esta área a operaciones de helicópteros con fines diferentes. 13.2 Las autorizaciones para entrar en apoyo a un Área de Emergencia, se coordinan a través de la Autoridad Aeronáutica en la frecuencia CTAF 122.5 MHZ o la asignada para este fin. 13.3 El inicio y terminación de las operaciones en un Área de Emergencia se hará a través de la frecuencia CTAF 122.5 MHZ. 13.4 Los helicópteros que operen dentro de un Área de Emergencia deberán: 13.5 14. Si el destino es el Helipuerto 13-31 verificar que el área de aterrizaje se encuentre libre y una vez en tierra reportar su llegada a la OSIV por el medio más expedito posible. Si el destino es una plataforma dentro del área de movimiento, proseguir de ARENAL sobrevolando el Helipuerto 13-31 virar por la izquierda sin rebasar el rodaje DELTA y descender en la intersección de los rodajes ECO 2 y ECO, y esperar señales luminosas de TWR para proseguir a su destino. Antes de penetrar el Área de Emergencia; reportar en la frecuencia CTAF 122.5 MHZ o la asignada, su posición e intenciones y determinar la posición y altura de otros tránsitos en el área. Volarán en círculos de 360° alrededor del punto de emergencia con virajes a la derecha y a una distancia no menor de 1 NM. Excepto para despegar o aterrizar, se mantendrán a una altura no menor de 500 FT sobre el área. Los helicópteros que no estén relacionados con la actividad de rescate, búsqueda y salvamento, y/o vigilancia y pretendan sobrevolar el área de la emergencia, deberán hacerlo con virajes por la derecha y a una altura no menor de 800 FT Procedimiento para apertura y cierre de Plan de Vuelo. 14.1 Todo Concesionario, Permisionario u Operador Aéreo que opere o pretenda operar aeronaves de ala rotativa dentro del espacio aéreo de los Estados Unidos Mexicanos, deberá presentar para su aprobación ante la Autoridad Aeronáutica previo al vuelo, un plan de vuelo de la forma y contenido expresados en la AIP de México y la normatividad vigente. 14.2 La vigencia de los Planes de Vuelo FPL (incluye los LCL y FPQ) es de 1:30 horas, a partir del ETD consignado en el plan de vuelo. 14.3 Para mantener vigente el Plan de Vuelo presentado FPL, se deberá notificar cualquier cambio al mismo para conocimiento de la Autoridad Aeronáutica y los ATS, si el plan de vuelo fue presentado a la OSIV, el cambio deberá notificarse a la misma, antes de que la vigencia del Plan de Vuelo haya concluido. AMDT AIRAC 03/14 SCT-DGAC-SENEAM AIP DE MEXICO MMMX VAC-6 13-NOV-2014 14.4 Si el vuelo no se inicia dentro del periodo de vigencia, el ATS cancelará automáticamente el Plan de Vuelo debiéndose presentar un nuevo Plan de Vuelo antes de la salida. Los Planes de Vuelo se mantendrán activos siempre y cuando se notifique al ATS la nueva hora de salida. 14.5 Al solicitar la ampliación del Plan de Vuelo, deberá recabar la información meteorológica y operacional correspondiente al nuevo ETD. 14.6 Cuando se requiera modificar la ruta o el destino durante el vuelo dentro de 15 NM del VOR/DME/MEX deberá solicitar autorización en la frecuencia de Helicópteros MEX. Fuera de 15 NM del VOR/DME/MEX deberá notificar dicha modificación al FIS en la frecuencia 126.9 MHZ. 14.7 La Oficina del Servicio de Información de Vuelo OSIV, será el conducto para la notificación del Plan de Vuelo Presentado FPL o el Plan de Vuelo Grabado FPQ, este último en la frecuencia FIS en 126.9 MHZ y/o el número telefónico 01 (55) 55589266. Ambos con una antelación mínima de 10 minutos del ETD. Debiendo cumplir con la normatividad vigente aplicable. SCT-DGAC-SENEAM AIRAC AMDT 03/14 LUCIA VOR/DME 116.6 S SLM L M 194434N 0990147W 8809 7° 31 350° 20°0'0"N 98°45'0"W 30 N M 20 72 9 NF M H 9900 Q M O 10 NM 88 60 10 50 0 MMR-124 10500 GND CHALCO 110 ° 15 NM 25 N 17158 0 78 13 11516 00 105 12106 M 30 10500 12106 8860 17930 7220 13500 20 NM J MMP-12 B MMP-2 K MMP-13 C MMP-3 L MMP-14 D MMP-6 M MMP-16 E MMP-7 N MMP-17 F MMR-8 O MMP-18 G MMP-9 P MMP-19 H MMP-10 Q MMP-20 I MMP-11 OBSTACULOS: 1 TORRE ALTUS 2 WTC 9170 (1854) 8097 (781) 3 SCT 4 TORRE MAYOR 5 TORRE PEMEX 6 7 8 TORRE LATINOAMERICANA HOTEL NIKKO HOTEL PRESIDENTE 7766 (450) 8148 (832) 8113 (797) 8094 (778) 7864 (548) 7824 (508) ESCALA 1:500 000 0 0 NM KM 5 10 13-NOV-2014 AMDT AIRAC 03/14 99°0'0"W CAMBIOS: ALTITUD VFR, NOTAS, FREQ D-ATIS Y CTAF 4° 13 20 72 ALTITUDES, ALTURAS Y ELEVACIONES EN PIES. DISTANCIAS EN MILLAS NAUTICAS. LAS MARCACIONES SON MAGNETICAS. 99°15'0"W MMP-1 AIP D E MEXIC O SCT- DGA C -SEN EAM ATZ CUERNAVACA 6500 AMSL GND 118.35 12500 A -EVITAR RUTAS Y CIRCUITOS DE HELICOPTEROS VER AD-MMMX-VAC-12 Y AD-MMMX-VAC-13 MMR-159 UNL GND 55 80 D 99°30'0"W 13 12 780 10 140 50 0 VOLCAN POPOCATEPETL 13000 19°0'0"N HERMANOS SERDAN 7361 L H 118 12 3° 10958 11500 102 ° N 12 0° ° 154 14 NM PUEBLA VOR/DME 115.2 P PBC B C 190939N 0982213W VOLCAN IZTACCIHUATL 9514 10500 10300 19500 M 11500 11500 19°45'0"N 19°30'0"N 12 14 0 10500 TOPILEJO 11500 88 60 VER ENR 5.1 XOCHIMILCO K 12894 102 ° PIRAMIDES TEPOZOTLAN TLALNEPANTLA TOPILEJO XOCHIMILCO ALERTAS A LA NAVEGACION: 14500 19°15'0"N ESTRELLA CERRO DE LA CALDERA CARACOL CERRO DE LA CALDERA CHALCO ESTRELLA LA VILLA NONOALCO 13514 NM 21 5° 12 0° E N L 100° 0 14 12 118.55, 118.7 118.5 122.1 121.2 119.75 121.85, 121.0 120.5 129.1 129.6 127.650 126.9 121.5 122.5 PUNTOS DE NOTIFICACION VFR: 11815 12140 M 3 NM 8800 88 60 13500 8300 079° 3° PI PA ZQ I 170° 9400 6 3 8300 0 12664 3° PI PA IZQ J 068° BENITO JUAREZ 7316 L H 130 13 NM 4 0 97 3 NM 19°15'0"N A I M P 1 ° 240 LIC. ADOLFO LOPEZ MATEOS 8466 L H 137 M 5 2 11188 12000 8N 8 7 6N 60 88 9 NM 248C° D 9200 B 12500 072° 11500 20 03 0° LA VILLA 8 NM 11549 8300 4 NM 8300 10500 M 10000 290 ° APAN VOR/DME 114.8 A APN P N 193814N 0982355W M G M 0 50 10 7 NM 20 N CARACOL TWR/MEX TWR/SLM CD APP FINAL MEX SMC SALIDAS E SALIDAS W LLEGADAS D-ATIS FIS EMERG CTAF 6° 05 MEXICO VOR/DME 115.9 M MEX EX 192618N 0990408W 10800 TLALNEPANTLA 10500 10 N 10006 NONOALCO M 0 886 10700 10500 280° 10014 PIRAMIDES TEPOZOTLAN ATIZAPAN DE ZARAGOZA 8120 - H 43 TOLUCA VOR/DME 114.3 T TLC L C 191958N 0993340W 10700 19°0'0"N M 6N 19°30'0"N N 015 ° ° 335 8N 20 7N NM 19°45'0"N 30 MATEO VOR/DME 112.1 M SMO S O 193320N 0991342W LAS ALTURAS ESTAN REFERIDAS A LA ELEV AD COMUNICACIONES: 88 60 0 722 9514 10690 ACTIVADA EL AREA AERONAVES CIVILES VFR SOLICITAR AUTORIZACION EN 118.5 PARA PENETRAR HORARIO HJ AERONAVES CIVILES VFR SOLICITAR AUTORIZACION EN 118.5 PARA PENETRAR HORARIO HJ 11500 13000 10000 MEXICO BENITO JUAREZ ELEV AD 7316 FT MMR-112 10500 GND 289 ° M 10 N 9842 MMP-113 10000 GND 12500 14500 ALA FIJA MMR-100 10000 GND 10500 10270 8860 CARTA DE APROXIMACION VISUAL 11500 11500 8860 98°30'0"W 20°0'0"N 99°0'0"W 6° E 99°15'0"W VA R 99°30'0"W 98°45'0"W CUAUTLA VOR/DME 116.3 CUA A D - M M M X - VA C - 8 98°30'0"W 99°5'0"W 99°0'0"W 7550 85 50 CARTA DE APROXIMACION VISUAL 180° SLM MMR-112 10500 GND 11000 DE SLM D-10 MEX MEXICO BENITO JUAREZ P I S TA 0 5 L ALTITUDES, ALTURAS Y ELEVACIONES EN PIES. DISTANCIAS EN MILLAS NAUTICAS. LAS MARCACIONES SON MAGNETICAS. ELEV AD 7316 FT LAS ALTURAS ESTAN REFERIDAS A LA ELEV AD 10210 19°35'0"N 9550 VA R 50 85 6° E COMUNICACIONES D-ATIS CD TWR LLEGADAS APP FINAL MEX EMERG CTAF MMP-9 8000 GND PRECAUCION: ANTENA RADAR CERRO DEL PEÑON 2325 M (7628 FT) 127.650 122.1 118.55, 118.7 129.6 121.2 119.75 121.5 122.5 DEL RADIAL 360° Y D-10 DEL VOR/DME/MEX 6 NM 75 50 PROSIGA EN ALTITUDES Y RUMBOS INDICADOS Y REPORTE AEROPUERTO A LA VISTA PARA MOTOR Y AL AIRE ASCIENDA EN RUMBO DE PISTA HASTA CONTINUAR DE ACUERDO A INSTRUCCIONES DEL ATC. ALCANZAR 7600 FT, EFECTUE VIRAJE A LA IZQUIERDA A INTERCEPTAR TRAMO 75 50 A FAVOR DEL VIENTO HACIA EL FIJO 8550 INTERMEDIO Y ESPERE INSTRUCCIONES DEL ATC. LA VILLA 360° MEX 2.6 NM 7550 19°30'0"N D-4 MEX MINIMOS DE APROXIMACION 2000 FT - 5 SM (8000 M) INICIAL D-1.4 MEX LUCES DE ATERRIZAJE DE LA AERONAVE ENCENDIDAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO. BOSQUE DE ARAGON MMP-6 8400 GND TORRE LATINO AMERICANA 19°25'0"N 8094 (778) MMP-11 18000 GND INTERMEDIO BASICO 0 N O ÑO RRPE E C EL D 0 MEXICO VOR/DME 115.9 M MEX EX 192618N 0990408W PAPI 3° IZQ TAPO MMP-12 18000 GND ESCALA 1:130 000 M 2 N 7° 22 M 1N ° 238 1 0. 23 ° 8 ° 060 NM FINAL 99°5'0"W ESTE PROCEDIMIENTO ES SOLO PARA OPERACIONES CON EQUIPO TURBOHELICE BAJO CONDICIONES VMC ENTRE SR Y SS. SE REQUIERE AUTORIZACION DEL ATC. BENITO JUAREZ 7316 L H 130 755 0 99°0'0"W NM 3 KM AIP D E MEXICO SCT- DGA C -SEN EA M 13-NOV-2014 AMDT AIRAC 03/14 CAMBIOS: DESIGNADOR CARTA, MMP, FREQ D-ATIS, LLEGADAS Y CTAF AD-MMMX-VAC-9 6 D-ATIS CD TWR SALIDAS E SALIDAS W SMC ACC/MEX/SEC 1 ACC/MEX/SEC 2 ACC/MEX/SEC 3 EMERG CTAF CARTA DE ASCENSO VISUAL 85 50 MEXICO LAS ALTURAS ESTAN REFERIDAS A LA ELEV AD BENITO JUAREZ ASCENSO VISUAL 05 R/L 85 50 9210 ELEV AD 7316 127.650 122.1 118.55, 118.7 120.5 129.10 121.85, 121.0 126.6 128.0 128.5 121.5 122.5 ALTITUDES, ALTURAS Y ELEVACIONES EN PIES. DISTANCIAS EN MILLAS NAUTICAS. LAS MARCACIONES SON MAGNETICAS. 75 50 9210 9210 3 NM 19°30'0"N 0 KM 0 6 EN SO VIS U AL 75 50 "A 8550 19°30'0"N ESCALA 1:229 000 LF A" 75 50 VA R MMP-9 8000 GND 020 ° 75 50 6° E 85 50 AS C MEXICO VOR/DME 115.9 MEX M E X 192618N 0990408W BENITO JUAREZ 7316 L H 130 MMP-11 18000 GND AL "B RA VO " AL 8550 "C 7766 (450) 50 75 110 ° SU VI SCT MMP-14 8500 GND MMP-7 8400 GND 0 14 ° ESTE PROCEDIMIENTO ES SOLO PARA OPERACIONES CON EQUIPO TURBOHELICE BAJO CONDICIONES VMC ENTRE SR Y SS. SE REQUIERE AUTORIZACION DEL ATC. " IE RL MINIMOS DE DESPEGUE 2000 FT - 5 SM (8000 M) 50 75 HA MMP-17 9000 GND 19°20'0"N EN SO VIS U SO EN 19°25'0"N C AS MMP-12 18000 GND 8094 (778) 19°25'0"N AS C 7550 8550 99°5'0"W 85 50 99°0'0"W 9210 98°55'0"W CAMBIOS: DESIGNADOR CARTA, MMP, FREQ D-ATIS Y CTAF ASCENSO VISUAL "ALFA" ASCIENDA EN RUMBO DE PISTA 05L HASTA EL UMBRAL 23R, VIRE A LA IZQUIERDA EN RUMBO 020° Y ESPERE VECTORES RADAR, EN CASO DE FALLA DE COMUNICACION A 4 DME DEL VOR/DME/MEX PROSIGA A INTERCEPTAR LA SID ASIGNADA. MANTENGA VISUAL A TRAVES DE 12000 FT. ASCENSO VISUAL "BRAVO" ASCIENDA EN RUMBO DE PISTA 05R HASTA EL UMBRAL 23L, VIRE A LA DERECHA EN RUMBO 110° Y ESPERE VECTORES RADAR, EN CASO DE FALLA DE COMUNICACION A 4 DME DEL VOR/DME/MEX PROSIGA A INTERCEPTAR LA SID ASIGNADA. MANTENGA VISUAL A TRAVES DE 14000 FT. ASCENSO VISUAL "CHARLIE" ASCIENDA EN RUMBO DE PISTA 05R HASTA EL UMBRAL 23L, VIRE A LA DERECHA EN RUMBO 140° Y ESPERE VECTORES RADAR, EN CASO DE FALLA DE COMUNICACION A 4 DME DEL VOR/DME/MEX PROSIGA A INTERCEPTAR LA SID ASIGNADA. MANTENGA VISUAL A TRAVES DE 14000 FT. 13-NOV-2014 AMDT AIRAC 03/14 SCT-DGAC-SENEAM AD-MMMX-VAC-10 19°20'0"N MMP-6 8400 GND TORRE LATINO AMERICANA 99°20'0"W 99°10'0"W 99°0'0"W TEPOZOTLAN 11500 98°50'0"W DE SLM MMR-100 10000 GND CARTA DE APROXIMACION VISUAL HELICOPTEROS MMR-112 10500 GND MEXICO 19°40'0"N 20 N M PIRAMIDES BENITO JUAREZ 8550 ELEV AD 7316 FT 85 50 50 75 VA R 10500 7550 LAS ALTURAS ESTAN REFERIDAS A LA ELEV AD 6° E 9210 COMUNICACIONES: 9210 50 75 10210 9550 CHICONCUAC 8300 10000 ° 015 8550 LA VILLA 072° TORRE LATINO AMERICANA 8094 (778) HOTEL NIKKO 7864 (548) HOTEL PRESIDENTE 7824 (508) A 248° TORRE ALTUS 9170 (1854) ° 240 9700 P ESTADIO AZUL PLAZA MEXICO ZARAGOZA NORTE ABASTOS N VIVEROS 9 NM 11550 9210 H 110 ° 9550 ° 154 170° MMP-3 L MMP-14 D MMP-6 M MMP-16 E MMP-7 N MMP-17 F MMR-8 O MMP-18 G MMP-9 P MMP-19 H MMP-10 Q MMP-20 I MMP-11 TODAS LAS TRIPULACIONES EN VUELO EN EL AREA DE LA CIUDAD DE MEXICO DEBERAN ESTAR ATENTAS A LAS AERONAVES TURBOREACTORAS EN EL PROCEDIMIENTO DE APROXIMACION AL AICM Y MANTENERSE OBLIGATORIAMENTE DENTRO DE LOS LIMITES Y ALTITUDES PUBLICADAS. 0 NM 5 KM 10 ° 193 MMP-13 C 0 AIP D E MEXIC O SCT- DGA C -SEN EAM 11500 XOCHIMILCO K 10210 0 55 12 50 5 11 99°10'0"W MMP-12 K CHALCO 13500 13210 J MMP-2 ESCALA 1:221 000 NM 10 O 7550 9550 MMP-1 B 7550 Q 9550 99°20'0"W 8550 A AVISO DE SEGURIDAD 102° 10500 VOLVO PERISUR 8550 7550 E M F 100° 0° 8550 ESTADIO AZTECA 1155 0 12 9900 SUR ABASTOS 8800 50 105 COYOTE NEZA ESTRELLA ESTADIO OLIMPICO 105 50 8550 22 CONAGUA CENTRO LIBANES R L CNA 9550 85 50 PUENTE SAN JUAN ROJO GOMEZ CENTRO BANCOMER 5° SANTA ROSA D DE GN LOSPALACIO DEPORTES 21 A TLC POETAS ARENAL 7766 (450) 0° DE TLC JESUS DEL MONTE 8097 (781) 8300 I CHIMALHUACAN M 0 830 C VER ENR 5.1 ALAMEDA ORIENTE 7550 SCT 6N WTC J 11500 13-NOV-2014 AMDT AIRAC 03/14 0 855 ALTITUDES, ALTURAS Y ELEVACIONES EN PIES. DISTANCIAS EN MILLAS NAUTICAS. LAS MARCACIONES SON MAGNETICAS. TOPILEJO 99°0'0"W 98°50'0"W CAMBIOS: ALTITUD, RUTAS, PUNTOS DE REPORTE VFR, FREQ D-ATIS NM 248° ALERTAS A LA NAVEGACION: 079° 15 50 95 TORRE MAYOR 8148 (832) BENITO JUAREZ 7316 L H 130 M PEMEX CLUB GOLF CHAPULTEPEC D 8113 (797) 14500 13 NM TORRE PEMEX VER PAGINA MMMX VAC-5 Y MMMX VAC-6 7N 9200 B D GN R 12500 3 NM 8300 NONOALCO PUNTOS DE NOTIFICACION VFR: 068° 8 NM MEXICO VOR/DME 115.9 M MEX EX 192618N 0990408W TEXCOCO M 280° 0° 6N 4 NM SATELITE 85 50 04 20 290 ° TLALNEPANTLA C. CHIQUIHUITE MATEO VOR/DME 112.1 S SMO M O 193320N 0991342W 118.55, 118.7 118.5 122.1 121.2 119.75 121.85, 121.0 120.5 129.1 129.6 127.650 126.9 121.5 122.5 118.15 19°30'0"N G NM 8550 50 85 CARACOL PARQUE NACIONAL TEPEYAC 19°20'0"N 10800 10500 ATIZAPAN DE ZARAGOZA 8120 - H 43 TWR/MEX TWR/SLM CD APP FINAL MEX SMC SALIDAS E SALIDAS W LLEGADAS D-ATIS FIS EMERG CTAF HELICOPTEROS MEX A D - M M M X - VA C - 1 2 01 7550 99°0'0"W 19°30'0"N ALTITUDES, ALTURAS Y ELEVACIONES EN PIES. DISTANCIAS EN MILLAS NAUTICAS. LAS MARCACIONES SON MAGNETICAS. 4 NM 7550 8210 VA R PEMEX HOTEL PRESIDENTE 7824 HOTEL NIKKO (508) 7864 (548) 8113 (797) J TORRE LATINO AMERICANA TORRE PEMEX 8094 (778) D N G 3 NM D LAS ALTURAS ESTAN REFERIDAS A LA ELEV AD 6 NM NONOALCO ELEV AD 7316 FT 8300 290 ° MEXICO BENITO JUAREZ MEXICO VOR/DME M 115.9 MEX EX 192618N 0990408W LA VILLA 9200 CARTA DE APROXIMACION VISUAL HELICOPTEROS 8300 10000 6° E 19°30'0"N 99°10'0"W 0 4 0 079° BENITO JUAREZ 7316 L H 130 I ALAMEDA ORIENTE 8300 ARENAL TORRE MAYOR COMUNICACIONES: TWR/MEX TWR/SLM CD APP FINAL MEX SMC SALIDAS E SALIDAS W LLEGADAS D-ATIS FIS EMERG CTAF HELICOPTEROS MEX 118.55, 118.7 118.5 122.1 121.2 119.75 121.85, 121.0 120.5 129.1 129.6 127.650 126.9 121.5 122.5 118.15 8148 (832) ZARAGOZA M 8097 (781) SCT 7766 (450) ESTADIO AZUL CENTRO BANCOMER PLAZA MEXICO ROJO GOMEZ NORTE ABASTOS 22 0° 12 0° L 9900 7550 7550 F ESCALA 1:96 000 0 NM KM H 8210 M AIP D E MEXIC O SCT- DGA C -SEN EAM Q M N 10 170° 10500 99°0'0"W 15 99°10'0"W 8550 0 O 13500 MMP-12 MMP-13 MMP-14 MMP-16 MMP-17 MMP-18 MMP-19 MMP-20 3 9550 ESTADIO AZTECA PERISUR VOLVO ESTRELLA 19°20'0"N 8210 NM 21 5° 19°20'0"N 9 J K L M N O P Q TODAS LAS TRIPULACIONES EN VUELO EN EL AREA DE LA CIUDAD DE MEXICO DEBERAN ESTAR ATENTAS A LAS AERONAVES TURBOREACTORAS EN EL PROCEDIMIENTO DE APROXIMACION AL AICM Y MANTENERSE OBLIGATORIAMENTE DENTRO DE LOS LIMITES Y ALTITUDES PUBLICADAS. 8550 8800 MMP-1 MMP-2 MMP-3 MMP-6 MMP-7 MMR-8 MMP-9 MMP-10 MMP-11 AVISO DE SEGURIDAD CONAGUA ESTADIO OLIMPICO A B C D E F G H I E SUR ABASTOS CNA ALERTAS A LA NAVEGACION: VER ENR 5.1 N 7550 VIVEROS VER PAGINA MMMX VAC-5 Y MMMX VAC-6 R 8550 CHIMALHUACAN COYOTE NEZA R 6N WTC D N G PUNTOS DE NOTIFICACION VFR: PUENTE SAN JUAN PALACIO DE LOS DEPORTES M 248° 0 830 50 75 7N A 13-NOV-2014 AMDT AIRAC 03/14 CAMBIOS: CARTA NUEVA A D - M M M X - VA C - 1 3 6