Plan garantizado de salud
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Plan garantizado de salud
N° 10 • noviembre de 2011 Plan garantizado de salud Para hacerse cargo del pronunciamiento contenido en el fallo del Tribunal Constitucional de julio de 2010, que declaró inconstitucional los tramos de edad y sexo bajo los cuales las Isapres fijan sus los precios de sus planes, el gobierno del Presidente Piñera formó una comisión encargada de evaluar la factibilidad técnica de crear un nuevo plan de salud para los afiliados a las Isapres, con un precio único por institución y que no distinga por sexo, edad, ni condición de salud del afiliado. A esta iniciativa se la ha denominado Plan Garantizado de Salud (PGS). La propuesta formulada por la Comisión para el Plan Garantizado de Salud contiene tres elementos centrales: PLAN COMÚN: todos los afiliados a Isapres tendrán que comprar al menos un plan común –Plan Garantizado de Salud o PGS– como base de su cobertura. Este plan incluirá inicialmente: • las prestaciones incluidas en el régimen de garantías en salud (AUGE) • el examen de medicina preventiva • la cobertura ante emergencias vitales • las prestaciones curativas que hoy forman parte del FONASA libre elección y • una cobertura financiera que extiende la actual cobertura adicional para enfermedades catastróficas (CAEC) a todo el gasto en copagos. Este último punto es particularmente beneficioso para los afiliados a las Isapres. - Las prestaciones incluidas en el plan, así como las bonificaciones y copagos serán las mismas para todo el sistema privado de salud. - Este Plan Garantizado de Salud puede ser complementado voluntariamente por cada cotizante, adicionando otros productos, como por ejemplo cobertura para medicamentos, cobertura internacional, cobertura complementaria, etc. PRECIO ÚNICO: cada Isapre deberá vender el PGS a un precio único, independientemente del sexo, edad y condición de salud del afiliado. • Este valor podrá ser diferente entre las distintas ISAPRES, y se ha calculado como referencia que estaría cercano a los $17.000 mensuales por persona. • La obligación legal de cotizar el 7% para salud no cambia. Por lo tanto, para acceder a este plan, los trabajadores dependientes deberán descontar de su cotización obligatoria, en primer lugar el Subsidio de Incapacidad Laboral (SIL) que corresponde aproximadamente a un 1,5% de su remuneración bruta, y luego el valor del PGS ($17.000 aproximados) multiplicado por el número de beneficiarios (cotizante y sus cargas adicionales). Si su cotización no es suficiente y el cotizante desea mantenerse en el sistema de Isapres, podrá pagar la diferencia. Y si le sobra, el remanente puede ser utilizado para acceder a coberturas complementarias. • De esta forma, los cotizantes más jóvenes y sanos ayudarán a soportar solidariamente a quienes tienen mayores requerimientos en materia de salud. • Quienes no son trabajadores dependientes podrán comprar este plan al valor establecido por cada Isapre. FONDO DE COMPENSACIÓN VIRTUAL: existirá un fondo virtual que compensará las diferencias de riesgo entre las carteras de afiliados de cada ISAPRE. Este Fondo hará posible que las Isapres cobren un mismo precio por el PGS a todos sus afiliados y además incentivará la competencia entre ellas, Secretaría General Unión Demócrata Independiente permitiendo la movilidad de las personas entre una y otra Isapre, independiente de sus enfermedades preexistentes. - Este fondo se ajustará en un comienzo por sexo y edad. Sin embargo, se espera que al corto plazo sea posible incorporar diagnósticos médicos para mejorar su capacidad de suavizar las diferencias de riesgo entre las personas. En conclusión, esta propuesta de Plan Garantizado de Salud tiene el mérito de terminar con la falta de certeza regulatoria con la cual han debido convivir muchos afiliados al sistema de Isapres durante el último tiempo y, a su vez, permitirá introducir un mayor grado de competencia entre estas instituciones. Sin embargo, la propuesta tiene un inconveniente, como es el aumento del costo de permanecer en el sistema de Isapres, especialmente para los afiliados más jóvenes y sanos quienes deberán soportar solidariamente el mayor riesgo de enfermedad de los demás grupos de la sociedad. Este es un punto importante que hay que considerar, pues en los hechos se produce una pérdida de la propiedad sobre al menos una parte de la cotización de salud de cada trabajador, la cual es destinada a cubrir el mayor riesgo que presentan otras personas que no son parte de su grupo familiar. Fundación Jaime Guzmán