Nuevo modelo 340 de declaración de operaciones incluidas en los

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Nuevo modelo 340 de declaración de operaciones incluidas en los
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Circular nº 38/13 - Septiembre 2013
NUEVO MODELO 340 DE DECLARACIÓN DE OPERACIONES INCLUIDAS EN LOS LIBROS REGISTROS
En las circulares de Bufete Escura únicamente les informamos de disposiciones aprobadas, no obstante
en algunas ocasiones también les informamos de aquellas novedades de proyectos que puedan tener
una trascendencia significativa para las empresas.
cu
ra
La Administración Tributaria está preparando el borrador del Real Decreto mediante el que se
establece la presentación obligatoria del Modelo 340 para todas las empresas
empresas,, tanto autónomos en
estimación directa como sociedades mercantiles.
Es
En la actualidad el Modelo 340 únicamente lo presentan las empresas que están adscritas al Registro
de Devolución Mensual de IVA (REDEME). Este modelo requiere el volcado directo de las bases de
datos de contabilidad con las facturas detalladas para que se puedan presentar línea a línea todos los
registros de IVA incluidos en las correspondientes declaraciones.
fe
te
A través del Modelo 340 los obligados tributarios deberán remitir a la Administración Tributaria una
relación detallada de todas las facturas incluidas en cada liquidación trimestral de IVA
IVA.. Es muy
probable que esta obligación se extienda a los autónomos que también deberán presentar el Modelo
340.
En este modelo se deberán incluir las siguientes operaciones:
Operaciones anotadas en el Libro Registro de Facturas Recibidas.
Bu
Operaciones anotadas en el Libro Registro de Operaciones Intracomunitarias durante el
correspondiente período de declaración.
Operaciones anotadas en el Libro Registro de Facturas Expedidas durante el correspondiente
período de declaración.
Los datos que deben identificarse en el Modelo 340 serán todos los que aparecen en las facturas:
identificación del cliente o proveedor, fecha, número de factura, base imponible, tipo impositivo y
cuota y total factura.
Esta medida obliga a llevar una contabilidad más formal, más informatizada y un mayor control de la
actividad empresarial e implica una gestión más profesionalizada del día a día de las empresas.
La previsión actual es que esta medida entraría en vigor el 1 de enero
enero de 2014.
2014.
Las circulares de Bufete Escura tienen caracter meramente informativo, resumen disposiciones que por carácter limitativo propio de todo
resumen pueden requerir de una mayor información. La presente circular no constituye asesoramiento legal.
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