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REPÚBLICA " lJ.; DE COLOMBIA ~.~ •. ,j •••• ~~: '. ., . . " DEPARTAMENTO DE ARAUCA RAMA JUDICIAL DEL PODER PúBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE ARAUCA SECRETARiA GENERAL Arauca, 20 de octubre de 2016. Oficio N" 3730 Doctor JORGE EDUARDO LONDOÑO ULLOA (Accionado) Ministro de Justicia r del Derecho Carrera J 3 No. 52 - 95 Teléfono: 4443100 Email: [email protected] Bogotá, D.C. Referencia: Radicado N": Accionante: Accionado: Asunto: TUTELA DE ID INSTANCIA 81,001.22.08-000.2016.00089.00 HERNÁN AUGUSTO GUERRA BECERRA COMISiÓN NACIONALDEL SERVICIO CIVIL Y OTRO NOTIFICACiÓN ADM1S0RIO DE TUTELA Para los fines legales pertinentes, me permito NOTIFICARLE el AUTO ADMJSORlO de fecha diecinue\'e (19) de octubre de dos mil dieciséis (2016), proferido por esta Corporación dentro de la tutela de la referencia, siendo Magistrada Ponente la Dra. ANGELA MARíA PUERTA CARDENAS, decisión que se anexa a la presente en dos (2) folios y vueltos. Sírvase dar cumplimiento auto en mención. a lo dispuesto en los numerales TERCERO del IguaJmente, se anexa copia del escr.ilo de tutela y sus anexos en dieciocho (lB] folios. Atentamente, £fal>oro-: LU7, llf. 011, Calle 21 N° 21,21 .EdilieioNuevo Palacio de Justicia Em'ai1: tribu.n al superiorarau ca@?gmail.comi sgtsara [email protected] Teléfonos 1097) -8851783/8855133 e,:t, 112 y fa" 110 Arauca- Arauca TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE ARAUCA SALA ÚNicA DE DECISiÓN Magistrada Ponente: ÁNGELA MARIA PUERTA CÁRDENAS Referencia: Radicado: Accionante: Accionado: Acción de Tutela 1. Instancia 81-001-22-08-000-2016-00089-00 Hernán Augusto Guerra Becerra Ministerio de Justicia y del Derecho Comisión Nacional del Servicio Civil y Otres. Auto Admisorio Asunto: Arauca, diecinueve (19) de octubre de dos mil dieciséis (2016). Compete analizar la viabilidad de admitir la acción de la referencia, con la cual el señor HERNÁN AUGUSTO GUERRA estado de cosas inconstitucional debido proceso pres'!ntamenle DEL DERECHO, BECERRA .. ~. , pretende se decrete el y le sea tutelado' el derecho fundamental , conculcado:pqrel la PROCURADURfA MINIS'fERIO GENERAL DE LA al DE JUSTICIA Y NACiÓN Y la COMISiÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL. Por reunir los requisitos exigidos en el art~culo 37 del Decreto 2591 de 1991 y 1382 de 2000 Articulo 1. Numeral.1°,se. procederá be asu admisión. la lectura del libelo intreductorio, se' vislumbra la necesidad de vincular como accionado al CONSEJO SUPERIOR DE terceres con interés a quienes conforman CARRERA NOTARIAL la lista de elegibles, Y como por cuanto pueden resultar afectados con la sentencia de tutela que se adopte. A efectos de realizar las notificaciones respecto de estos últimos, se ordenará a la ,COMISiÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Y al CONSEJO SUPERIOR DE CARRERA NOTARIAL se ~irvan publicar en las respectivas páginas web de dichas instituciones, el escrito de tutela y auto admisorio de la misma con el fin que los terceres nombramiento interesados de Notarios que conforman en prepiedad la lista de elegibles e ingreso a la Carrera para el Notarial, 2 Tutela 1instancia 2016.00089 Admisorio. conforme al Acuerdo 01 del Og de abril de 2015'. puedan manifestar lo que a bien tengan sobre los hechos y pretensiones de la demanda tutelar, Además de lo anierior, ténganse como pruebas para servaloradas déntro, de su oportunidad legal, las aportadas por el accionante y. aquéllas que sean,remitidas por los accionados y los vinculados en sus 'contestaciones, En mérito de lo expuesto la Sala Única del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Arauca, RESUELVE PRIMERO: HERNAN ADMITIR la presente AUGUSTO GUERRA acción BECERRA, de tutela NACIONAL DEL SERVICIO por el señor en contra del MINISTERIO JUSTICIA Y DEL DERECHO, la PROCURADURIA Y la COMISiÓN incoada DE GENERAL DE LA NACiÓN CIVil, de conformidad con las razones el supra, SEGUNDO: SUPERIOR conforman VINCULAR al extremo DE CARRERA NbTARIAL la lista definitiva,de pasivo como accionado al CONSEJO Y como terceros con interés a quienes elegibles para el nombramiento ,dé notarios en Propiedad e ingreso a la Carrera Notarial. TERCERO: NOTIFICAR la presente acción' de tutela a los accionados vinculados, para que dentro del término improrrogable de dos (2) dias hábiles, se sirvan rendir un informe y por duplicado, sobre los fundamentos de, derecho y a los de hecho y y soliciten o aporten las pruebas que estimen pertinentes en ejercicio de sus defensas. Como consecuencia CIVil de lo anterior, la COMISiÓN Y el CONSEJO en las respectivas auto admisorio conforman e ingreso SUPERIOR NACIONAL DE CARRERA NOTARIAL deberán publicar páginas web de dichas instituciones, de la misma DEL SERVICIO el escrito de tutela y con el fin que los terceros la lista de elegibles para el nombramiento interesados de Notarios que en propiedad a la Carrera Notarial, conforme al Acuerdo 01 del Og'de abril de 2015, l .Por d.cualse convocó y fuó las bases del concurso de.mériros.público)' Notarios en propiedad e ingreso a la Carrera Notarial. abierto para el nombramiento de 3 Tutela I ínstancla 2016-00089 Admisorio. puedan manifestar lo que a bien tengan sobre los hechos y pretensiones de la demanda tutelar. CUARTO: IMPRIMIR a la presente actuación el trámite preferente que le corresponde las notificaciones (art. 15 Decreto 2591 de 1991); dispóngase y sumario igualmente que y solicitudes se efectúen por los medios más expeditos y eficaces (art. 16 Ibid.). QUINTO: TENER contentivo accionados, como pruebas de la presente los documentos acción, los informes así como los arrimados aportados que deberán con el escrito presentar por éstos y por los vinculados en sus escntos de contestación, para ser valorados dentro de su oportunidad legal. • • NOTIFíQUESE y CÚMPLASE La Magistrada, los ... _. I Señores Magistrados TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Arauca Ref. Acción de Tutela HERNAN AUGUSTO GUERRA BECERRA, mayor de edad. domiciliado y residente en esta ciudad. obrando en nombre propio. de manera respetuosa me dirijo al despacho del Honorable Tribunal de lo Contencioso Administrativo para presentar acción publica Constitucional de tutela en contra del Ministerio de Justicia y del Derecho. la Procuraduria General de la Nación y la Comisión Nacional del Servicio Civil. todas entidades publicas del orden nacional, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá, debidamente representada por el señor Ministro o quien haga sus veces. la señora Procuradora General de la Nación o quien haga sus veces y el senor Presidente o quien haga sus veces. respectivamente; por el estado inconstituCional de las COsas y la vulneración al debido proceso, por acción y omisión, de conformidad con las siguientes solicitudes y HECHOS: 1. Mediante Acuerdo 01 del Og de abril de 2015, el Consejo Superior de Carrera Notarial, organismo presidido por el señor Ministro de Justicia y del Derecho, convocó y fijó las bases del concurso de méritos público y abierto para el nombramiento de notarios en propiedad e ingreso a Carrera Notarial. 2. Mediante Acuerdo 26 del 29 de junio de 2016, el Consejo Superior de Carrera Notarial aprueba la lista definitiva para el nombramiento de Notarios en propiedad e ingreso la Carrera Notarial. 3. Mediante Acuerdo 27 del 29 de junio de 2016, el Consejo Superior de Carrera Notarial establece el mecanismo para el agotamiento de la lista d~ elegibles y selección de Notarlas vacantes. Toda la Información antes dicha se puede consultar en la página web www.supemotariado.gov.co 4. Desde la aprobación de la lista definitiva de elegibles a la fecha, no se ha posesionado ning6n notario; han aceptado, supuestamente, sólo uno de segunda categoría, y doce de.primera categoría. 5. Por mandato legal., la lista de elegibles 'liene una vigencia de dos años; en la actualidad hay cincuenta y cualro (54) vacantes en primera categorla, treinta y siete (37) de segunda y ochenta y nueve (89) de tercera. 6. El procedimiento utilizado por el Consejo Superior de Carrera Notarial, desconoce los derechos fundamentales 'de todos los 'integrantes de la lista de elegibles, y los ciudadanos y usuarios del serviCio nolarial, por cuanto no se presta por quienes. se presume, cumplen con todos los requisitos y capacidades para ocupar los cargos. CONSIDERACIONES: 1. Las iniciales bases del concurso fueron modrncadas al expedir (Acuerdo un acto posterior 27 del 29 de junio de 2016), que afecta la celeridad. la eficacia y ~.. 2 eficiencia atribuida al Estado y desconoce los derechos fundamentales del debido proceso. 2. ESTADO INCONSTITUCIONAL DE LAS COSAS: En Sentencia T-025/04. de la Corte Constitucional. se determinó: Dentro de los factores valorados por la Corte para definir si existe un estado de cosas inconsUtuciona/. cabe destacar Jos siguientes: (lJ la vulneración masiva y generafizada de varios derechos constitucionales que afecla a un número. significativo de persónas; (ii) la prolongada omisión de las autoridades en el cu.",pfimiéhto de sus-obligaciones para garantizar los derechos: (il) la adopción de prácticas inconstitucionales, como la Incorporación de la acción de tutela como parte del procedimiento para garantizar el derecho conculcado; (ijl) la no expedición de medidas legislativas, derechos. administratiVas (iv) la existencia varias entidades, requiere o presupuesta/es de un problema la adopción necesarias para social cuya solución de un conjunto afectadas por el mismo problema la vufneración de la intervención (os de y coordinado de acciones y exige adicional Importante; (V) si todas las complejo un nivel de recursos que demanda un 'esfuerzo'presupuestal perS;onas evitar ,compromete acudieran a la acción de tutela para obtener la protección de sus derechos, se producirla una mayor congestión judiciaJ. 3. Por qué estamos frente a un estado inconstitucional de las cosas? En el caso concreto se superan con suficiencia los requisitos establecidos por la Corte, porque los afectados son 723 aspirantes en tercera categoria, 914 en segunda y 1.168 en primera. Existe una prolongada omisión de las entidades comprometidas, asi: El ministro de Justicia y del Derecho, como presidente del Consejo Superior de Carrera Notarial, no expide o convoca a todos los aspirantes en proporción con las vacantes existentes; la Procuradurla General de la Nación, a través de sus diferentes delegadas. no hace observación alguna al procedimiento a pesar de múniples solicitudes de los interesados; y la Comisión Nacional del Servicio Civil, entidad enc"rgada de supervisar y administrar el sistema específico de carrera administrativa. 4. Si bien es cierto que la lista de elegibles tiene una vigencia de dos (2) años, se supone que una vez conformado él listado debe procederse de manera inmediata a su agotamiento. porque se supone que el mérito es la esencia para ocupar las vacantes y evitar funcionarios en interinidad y encargo. 5. El procedimiento establecido es abiertamente inconstitucional, a saber: Dos años tienen 492 días hábiles en total, divido en cinco (5) término dado a cada concursante para aceptar, nos arroja 98., es decir en los dos años sólo le pueden comunicar, a lo sumo, al puesto 98 de la lista. Ahora el Consejo Superior tomó la decisión de llamar de a siete (7) concursantes, que para dar mayor celeridad, sin que ello supere la inconstitucionalidadadvertida, porque las vacantes sobrepasan con creces de siete, deben entonces proceder a llamar como minimo ai mismo número de vacantes existentes. 6. Es abiertamente ilegal e inconstitucional que existiendo tantas vacantes, se convoque a un concurso de méritos y ahora no se cumpla con el nombramiento de los funcionarios, significa ello que el Consejo Superior cumple formalmente con la Ley pero materialmente se aparta de su cumplimiento; máxíme que no se agotará la lista de elegibles ni aun en el lapso de dos (2) años. 7. En casos similares de pluralidad de vacantes se convoca a una audiencia para el agotamiento de la lista de elegibles. en donde respetando el orden de precedencia el concursante decide aceptar o no la nominación; es necesario resanar que la tendencia universal es la implementación de la oralidad en toda actuación legal y administrativa, y así evitar trámites engorrosos y dilatorios que terminan, como en el caso que nos.ocupa, desconoci~ndo derechos de mayor identidad. ., '. 3 8. Acudo a la acción de Tutela. como único mecanismo judicial idóneo para que la Judicatura inlervenga y reestablezca los derechos fundamentales vulnerados, una actuación administrativa justa; la omisión advertida afecta a todos los ciudadanos y usuarios por la Indebida prestación del servicio notarial. PETICIONES Solic~o al honorable Tribunal decretar el Estado lnconst~ucional de las cosas y la vulneración del derecho fundamental al debido proceso, por omisión del Ministerio de Justicia y del Derecho. la Procuradurla General de la Nácl6n y la Comisión Nacional del Servicio Civil, con ocasión al procedimiento establecido por el Conseja Superior de Carrera Notarial para agotar la lista de elegibles del concurso de notarios 2015. Se ordene al se~or Ministro de Justicia, o quien haga sus veces, en su calidad de presidente del Consejo Superior de Carrera Notarial proceda a establecer un procedimiento idóneo para el agotamiento eficiente de la lista de elegibles del concurso de notarlos 2015. Se ordene a la Procuraduria General de la Nación-Delegada de la Función Pública, o quien haga sus veces, para que proceda a vigilar la actuación del Consejo Superior de Carrera Notarial y vigile el cumplimiento del agotamiento eficiente de la lista de eiegibles del concurso de notarios 2015. Se ordene a la Comisión Nacional del Servicio Civil, o quien haga sus veces, supervise y vigile al Consejo Superior de Carrera Notarial, en aras de agotar lista de elegibles del concurso de notarios 2015. PROCEDENCIA DE LA ACCiÓN La Corte Constitucional en sentencia T - 180, del 1.6de abril de 2015, magistrado ponente Jorge Iván Palacio Palacio, estableció; ACCION DE TUTELA EN CONCURSO DE MERITOS-Procedencia excepcional cuando a pesar de exislir otro medio de defensa judicial, éste no resulta idóneo para evitar un perjuicio irremediable: En lo qUB 58 refiere a las decislonos que ,se adoptan dentro de un concurso de méritos, esta Corporación ha sostenido qU& si bien los afectados pueden acudir B fas acciones sefltJladas en el éstatuto Procesal Administrativo pera controvertir/as. en algunos casos Iss vías ordinarias no resuflan idóneas y eficaces psra restaurar Jos derechos fundamentales conculcados. ya que nO suponen un remedio pronto e integral para lOs asp;ranfes y la mayoria de veces debido a la congestión del aperato Jurisdiccional. el agotamiento de las mismas implica la prolongac:ión de la vulneración en el tiempo. La acción de tutela 9S un mecanismo excepcional de defensa de los derechos fundamentares de 18S personas participan en un proceso de selecdón de personel publiCO y son vfetimas de un presunto desconocimiento de CU8Iqu/0f8 de sus derechos fundamentales. SISTEMA CE CARRERA ADMINISTRATIVA-Finalidad: .... El sistema de carrera como principio constitucio.nal es un verdadero mec'an;smo de protección de los derechos fundamentales, ya que garantiza que el acceso al empleo público se realice en igualdad de oportunidades y de manera imparclel, evitando que fenómenos 'Subjetivos de valoración como el clientelismo. el nepotismo o (JI amiguísmo sean los qU(J imperen al momento de proveer vacantes en los órganos y entidades del Estado. CONVOCATORIA A CONCURSO DE MERITOS-Importancia La convocatoda se convierte en una expresión de! principio de legalidad tanto para oferentes como para inscritos. de tal forma que incumplit las directrices aflí estipuladas contraviene no soto los derechos de los aspirantes, sino aquel valor superior al cual está sujeto toda actuación publica. Dicho en olros términos, el Bcto administrativo que la contenga funge como nofma del concurso de méritos, por lo cual todos lbs intervinientes en el proceso deben someters.e aquel so pena de' trasgredir :el orden juridico imperante. Ya en Sentencia T-569, del 21 de julio .de 2011, el mismo magistrado retomó la decantada jurisprudencia de la Corte en tratándose .de los concurso de ingreso a la carrera administrativa, así: SISTEMA DE CARRERA ADMINISTRATIVA-Finalidad La consagración constitucional del sistema de caffera como principal forma de acceso al empleo publico es renejo de la necesidad de contar con servidores públicos cuyas capacidades, experiencia, conocimiento y dedicaci6n les permitan atender ,eficazmente las responsabifidad9s que les han sido confiadas, ya que para el Constituyente de 1991 resulta claro que el "desarrollo económico y social de un país depende, entre otras variables, de la calidad della/ento humano de su burocracia .•. CONCURSO PÚBLICO Y PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DEL MERITO-Finalidad La jurisprudencia consfírucional ha señalado reiteradamente que el mérito y el concurso público son los dos pifsrss fundamentales de la carrera administrativa dentro de la Car1a Po1ílica de 1991, En virtud del mérito se pretende que las capacidades, cualidades y eficacia del aspir'ante sean los facto'!Js -detetmina'nles -para el acceso, permanencia y retiro del empleo público, " Por su parte, ,el conCurso publica es el mecanismo para establecer el mérito, ya que aquel está exclusivamente dirigido B_,comprobar~/ascalidades académicas. la experiencia y laS competencias requeridas para el desempeño de los empleos. ,¡ La Corte ha m~njfestado que el concurso público debe ser compr:ensMJ de "tr;Jdos y cada uno de los lactores que deben reunir los candidatos ,8 ocupar un cargó en fa B_driJinistraciÓn 'pub1ica~.Incluidos-f!C1ue/losfactores en los cfiales -'a califtC8clón meramente objetiva es imposible", ya que aque1lo garantiza la erradicación de cualquier margen de subjetividad en la escagencia del concursante. CONCURSO PÚBLICO DE MERITO S-Etapas a agotamiento_ de. las diferentes etapas del concurso - siempre y cuando ,se respeten las reglas inicialmente establecidas - traerá como consecuencia necesaria la designación obligatoria de -aquel quien ,ocupa el primer lugar en fa lista de ,elegibles y de' aquellos que lo preceden en el orden, deperidfendo del numero de vacantes disponibles. La Corte ha expresado. que ~cuando se fijan en forma precisa.y concreta cuá/e_sson fas condiciones que han de concurrir en los aspirantes y se establecen las pautas o procedimientos con arreglo a los cuales se han de regir los concursos, no existe posibilidad legftima alguna para desconocerlos y una vez apreciados éstos quien ocupará el cargo será quien haya obtenido mayor puntuaci6n~, ya que justamente el nombramiento del más, apto es la finalidad para la cual aquel ha s;do fnstítu;do 5 PRUEBAS 1. Copia del oficio fechado septiembre 2 de 2016, asunto: Situación actual agotamiento lista de elegibles y nombramiento notarios en propiedad. 2. Copia del oficio fechado septiembre 30 de 2016, asunto: Agotamiento lista de elegibles y nombramiento notarios en propiedad, segundo informe. 3. Los acuerdos expedidos por el Consejo Superior 'de Carrera Notarial, que se encuentran disponibles en la páginaweb www.supemotariado.gov.co MANI FESTACION Bajo juramento manifiesto que no he presentado acción de tutela por estos mismos hechos y pretensiones. SOLICITUD VINCULACiÓN Solicito se vincule a varios de los ciudadanos, que conforman la lista de elegibles, a quienes puede citar a través del Consejo Superior de Carrera Notarial, o a las direcciones de correo que transcribo en el anexo adjuntó. NOTIFICACIONES El Ministerio de Justicia y del Derecho; debidamente representado por el señor Ministro o quien haga sus veces, en la Carrera 13 No. 52 - 95 de BogOtá D.C.: correo electrónico: notificaciones,'[email protected] La Procuraduría General de la Nación. a través de la señora Procuradora o quien haga sus veces. en la Carrera 5 No. 15 - 60 de Bogotá O.C.: correo electrónico: procesosjud Icia les@procuraduría.gov.co. La Comisión Nacional del Servicio Civil, a través del señor Presidente; de esa corporación o quien haga sus veces, en la Carrera 16 No. 96 - 64 Piso 7 de Bogotá D.C.: correo electrónico: [email protected] El suscrito accionante en la Carrera 18 No. 23 - 04 de la ciudad de Arauca, o en la secretaria de su despacho. De los señores Magistrados, Cordialmente" (!> MINJUSTICIA Bogotá D.C., Septiembre 2 de 2016 OAJ 2131 - GCNR ISNR2016EE031452 Doctor JORGE EDUARDO LONDOÑO ULLOA Ministro de Justicia y del Derecho Presidente Consejo Superior de la Carrera Notarial Calle 53 No. '13 - 27 Asunto: Situaci6nactual agotamiento nombrainientonotarios en propiedad, lista de elegibles y Respetado Señor Ministro: En ejercicio ,de mis .funciones como Secretario Técnico del Consejo Superior de la Carrera Notarial y atendiendo los princlplos de lr,ansparencia, ,celeridad, economia, eficacia y mérito, entre otros, me permito presentar informe ejeclrtivo del desarrollo que halenido hasta la fed1a el Concurso de Méritos Püblico y Abierto para el Nombramiento de Notari~ en Propiedad e.lngreso ala Carrera Notarial. ¡Iniclalmente considero pertinente precisar que si bien es derto el Consejo Superior de la Carrera Notarial a través del Acuerdo 026 de 29 de junio de 2016, publicado el 3 de juliO de 2016, aprob6 "la lista definitiva de elegibles en el Concurso de Méritos Público y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial", para su agotamiento se hizo necesario establecer un mecanismo, el cual fue reglamentado mediante el Acuerdo 027 de 29 de junio de 2016, del mismo cuerpo colegiado. Dicho mecanismo determin6 el siguiente procedimiento: -ARTicULO 1. POSTULACiÓN PARA AGOTAR LA .LISTA DE ELEGIBLES Y SELECCiÓN DE NOTARiAS VACANTES. Conoojo Superior de la Carrera Notanal ó quien debidamente to represente, informará a cada uno de ./os aspirantes en eslricto<Jrden descendente de puntaje, para.cada noteri¡¡ ypor categoriainscrita. sobm tas vacan/esa la feche de la ComunicaCión. Deesla manera se f8Querirá a cada aspirante con el fin de que manifiesíe Su intención. o votuntad da"nombramiento en alguna de las Notarlas vacanles de acuerdo con su inscripción. a PARÁGRAFO 1: La postulación para cada aspiranta, se realizará a través del correo eleclrónlco inscri/o para efeclos del concurso y se en/andara notmeada P~lna 1 de 4 Su¡>ttlnlond.nd. de Not!riodo y Registro Co:a&o2G No, '3-cl) In1. 2Ci~ -~)( , {1}:!:2S--21- 2': ~¡)"C.-~ hl'.p:JNmw~.ai"""{l"" .ro "-, ", @ MINJUSTICIA personalmente en los mismos ténnínos del artículo 30 del Acuerdo 001 de 2015, y' el artículo 67 de la Ley 1437 de 2011," Asi las cosas, dicha procedimiento debió éomenzar a implementarse el dia lunes 4 de julio de 2016, es decir, una vez publicada la lista de elegibles, sin embargo en el proceso de elaboración de las primeras postulaciones se evidenció que por error de tranScripción. la notaria única de San Pedro de Urabil- Antioquia, habiasido éOnvocadacomo de tercera categorla. siendo lo correao convocarla cómo 'de segunda categoria, motivo por el cual se hizo necesario que el Consejo Superior .$8sionara extraordimiriamente, para que aprobara suexc!usión de la categoriatercera y su inClusión como vacante en segunda categoría, esto con el fin de que fuera provista agotando la lista (fe elegibles. Como resultado de lo anterior. el COnsejo Superior mediante Acuerdo 028 de 21 de julio de 2016. resolvió: "Artículo 1. CORREGIR el articulo 1 del Acuerdo 001 de 09de'sb'ril de'2015, en el sentido de excluir de las Notarias de tercera ,categ(íría la que se relaciona a continuación: ' , " " , ,Dl;!"~BMMEm:-Q~.;;.:,~'MQl\II~O~,,~, ,:1'hiNOIfA~l~r ';,':', 1 ANTIOQUIA SAN PEDRO DE ÚRABA 1 Articulo 2. De acuerdo a lo resuelto en el artículo primero del presente Acuerdo será provista con la lista de elegibles conformada para las notarías de segunda categoría. la notaría que se relaciona.a continuación. --"_~_'~__',~ ::_~~#L _¡_;-~"i:.,~~'~~;: f-".,' 'D,EI"AR;r ,Il;MENTO 'MUN1G1P.IO:. ,~'-'~"-'~--,":;'--'-f '-; 1 :.~~~,.r '''~'-';'''-,,:,;',::?; ANTIOQUlA SAN PEDRO DE URA8A ',,:-;,:'.-¡:': -'." ... CATI:G'C>RIA ~~t.8¡~ $"",-'~.-,;,,-,;'\;' 1 2 (. ..) Artículo,5. El piesente AcuerdO rige a"paitirde lafeClíade ,su Putilicaci6n: Razón por lo cual. no fue posible comenzar con las postulaciónéscon lunes 25 de julio de 2016. antelación al dia Página 2do 4 Sup,rintendencia 'do Notariado y Roglslto Calle 26 No. 13.:49 Inl. 201 -.PaX (1)328-21. ~1 Bogciá O,C. - Colombia ,ro h[l¡>:lltr,w,.supSrnnlC'iado.gÓv 8 <ID MINJUSTICIA Ahora. respecto a las postulaciones realizadas informo lo siguiente: Desde ,el dla 25 de julio aja fecha, se han realizado postulaciones a 44 elegibles diferentes categorias de notarlas convocadas de la siguiente forma: para las Postulaciones elegibles 1 categoría: 12 Postulaciones 2 categoría: 15 Postulaciones 3 categoría: 17 De las postulacioneS realizadas se han aceptado ,las siguientes notarías: PRIMERA CATEGORiA . ~ :1 ~ ELfGIBu:POSTU~OQ - ,~. 1. ~'. ". JOSE FRANCISCO VARONA ORTIZ :2,1 3 JOS~ LUIS COLMENARES CÁR'DENAS _'" - .' ,-'- .,'. 76 de Bogotá 1 de Florldablanca LuiS FERNANDO QUINTERO FACUNDO :-:~.:!SABINO .. 'NOTARIA . :£I:.EGIDA . - Santander 58 de Bogotá ALFONSO CABALLERO VILLAMIL Rlonegro 2 - Antioquía -S':, :;¡. .- JUAN FERNANDO TOLOSA SUÁREZ 53de Bogotá ;',li~, JAIME JAVIER ROMERO AMADOR 1 de ValJedupar 7''- ABERLARDO BERNAL JIMENEZ 2 de VlIJavicendo JANETH PATRICIA RODRíGUEZ AYALA 71 de Bogotá HENRY CADENA FRANCO OCTAVIO DE LA MERCED PALACIO HINCAP1E 60 de Bogotá 8, >-,9 ~io 12de Medellin SEGUNDA CATEGORÍA ~EI:.EGlill,£j>.QstuL4DÓ, <"1' 1;1', SANDRO CESAR VERGARA HERNANDEZ i:"~:NqTAíúA~EGIDA 12 de Soledad - Atlántico TERCERA CATEGORíA ex , . ",. ... ~s._~ 'r.;)'I'l1 .-...... -', ~ .t:tí1 '",-.,,/ •.... PtJglna 3 da 4 Superlnlend •• tia d. Notlriado y Registro Calle 26 No. 13-49101; 201 - P6X (1)328'21- 2i Ilogotá D,C, - Colombia hltp:JIwvIW .• upelT1Olarla!fo,gov,co ____ '.:t¡, .'_ ••h. ' ~ ~._~ -..-' q " <ID MINJUSTlCIA Es pertinente aclarar, que una vez recibida la manifestación de aceptación por el elegible, se le solicitan los documentos para la elaboración del proYecto de Decreto de nombramiento en propiedad, sin embargo, de la relación de personas que se presentó lineas arriba, sólo cuatro (4) han allegado la documentación requerida deforma completa y una (1) de forma incompleta, motivo por el cual a ía fecha sólo ha sido posible remitir para su estudio y aprobación el proyecto de Decreto de nombramiento la Notaria cincuenta Y tres (53) del. circulo de Bogotá..el cual ;fue, illfegado via correo electrónico el dia 23 de agosto de 2016, y radicado el rnismo diaen fisíco en el Ministerio de Justicia y el Derecho, ingresando con el número EXT16-o032206, en A la fecha se encuentra en curso la elabora¡;ión de!! proyecto del Decreto de nombramiento en la Notaria cincuenta y.ocho (58) Y .setenta ys.eis (76) del círculo de Bogotá y la Notaria Primera de Florida Blanca, Santander. Pana ser r,emitido a su digno despacho para la respectiva aprobación y trámite ante la Presidencia de la RepGblica. Asi las cosas reitero respetuosamente, señor Ministro, que la Secretaría Técnica del Consejo Superior ha realizado el proceso de postulaciÓn de la lista de elegibles apegado al procedimiento establecido para tal fin por el organismo rector de la Carrera Notarial, no obstante. situaciones que escapan de la esfera de dominio del suscrito no'hanpermitido dar la celeridad adecuada, esto teniendo en cuenta como se anotó, que la mayória de los postulados se toman todo el término legal previsto (5 dias) para tal fin y aunado a ello no allegan los documentos requeridos para el trámite de los Decretos respectivos, a pesar de las reiteradas comunicaciones enviadas para el cumplimiento de este requisito. Respetado señor Ministro, en los anteriores términos se rinde informe ejecutivo del desarrollo que ha tenido hasta la fecha el Concurso de Méritos Públi.co y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso aja Carrerá. Notarial. ' Finalmente, me permito informarle que en aras de' la transparencia, este informe será enviado como copia a lo 'honorables miembros del Consejo, Superior, al ,.Señór Superintendente de Nota. ca y Registro y a los.integrantes de la lista de élegibles. c.c. Honorables miembros Consejo Superior ,de la Carrera Notarial. SUperintendente de Notariado y Registro. Integrantes de la lista -00elegí~es. Página 4de 4 Superintendencia de lIolarlado y Registrn Calle 26 No, 13-491n1. 201 .;,?BX(1)328-21- 21 Bogotá D,C. - Colombia ~1t¡l1¡"'_.SlJpemOlana<!o:go"co Lv @ MINJUSTICIA Bogotá D.C., Septiembre 30 de 201'6 OAJ 2498 • GCNR I SNR2016EE035897 Doclor JORGE EDUARDO LONDOÑO ULLOA Minlstro de Justicia y del DereCho Pre!>idente Consejo Superior de la Carrera Notarial Calle 53 No. 13 - 27 CiudadAsunto: Agotamiento lista de elegibles y nombr,amiento notarlos en propiedad. Respetado sellor Ministro: En ejercicio de mis funciones como Secretario TéClllco del Consejo Superior de la Carrera Notarial y atendiendo los princlpios de transparencia. celerirtad. economia, eficacia y méritos, entre otros, me permito presentar el segundo informe ejecutivo del desarrollo que ha tenido hasta la lecha el Concurso de Méritos Público y Abierto para el Nombramiento de Notarlos en Propiedad e Ingreso a 'la Carrera Notarial. Ahora bien, en cuanto a las Pilstulaciones Se han realizado poslulaciones convocadas realizadas a la fecha, tenemos: a 98 elegibles para las diferentes categorias de notarlas de 'la siguiente forma: Postulaciones elegibles 1 categoría: 31 'Postulaciones elegibles 2 categoría; 3S Postulaciones elegibles 3 categorla: 32 Ce las postulaciones realizadas se han aceptadO las siguientes notarlas' PRIMERA CATEGORIA EtEGI81.E POSTULADO 1 , 2 JOSE FRANC15CO VARONA ORTIZ NOTARIA IElEGIDA 76 de Bogotá 1 de F10ridablanta • JOst :LUIS COLMENARES CÁROENAS Santander Página 1 de 4 s~ ••• md. d. _ri.do yRo9lCOI", 2S No. '3-<9101. 20' - PeX 1')328.2" 21 9090liJ D,C. - COlombi. hll¡l:ilv.'Vo"tlsupemolariadc.jjóV.'" -..- o . '. @) MINJUSTICIA SNR SLn'EkmtDlDI!NO:::U. TODOS POR UN D.E NOtA.liUAOO •• IlfGt$TRO. ;a •••••• . NUEVOpAlS """",.;,t/li;. ~. ";. .•• ,, 3 LUIS FERNANDO QUIN];ERO FACUNDO 58 de. Bogotá 4 SABINO ALFONSO CABALLEROVILLAMIL Rlo Negró 2- Antloquja S JUANFERNAN DO:TO~OSASUÁREZ 6 JAIME JAVIER ROMERO AMADOR 1 deValledupar 7 ABERLAROO BERNAL JIMENEZ 2 de VUlalilcendó 8 JANETH PA1RICIARODRíGUEZ AVALA 71 d~Bc>got~ 9 HENRVCADENAFRANCP 60 de Bogota 10 OCTAVIO OE LA MERCED PALACIO HINCAPIE 12 de Medelirn 11 ALVARO ENRIQUE MARQUEZ CARDENAS 54 de Bogotá 12 HECTOR ADOLFO SINlURA VARELA 3 de Bogotá 13 GUSTAVO EMILIO PALACIOS CALLE •.0 •••• " .•• " ., •••• <0 ••• 53 de Bogotá S de Medellín I 14 RAVMUNDO VELEZPLA 15 PEDRO FERNANDO 8UITRAGO AGON 16 lESUS GERMAN RUSINQUE FORERO 17 HANZ PETERZARAMASANTACRUZ 1 de Palmira 18 ALEJANDRO HERNANDEZ MUÑOZ SS de .80gotá 19 LEONARDO AUGUSTO TORRES CALDERÓN 74 d!, Bogotá 20 DARío MARTíNEZSANTACRUt 21 ESTHERDEL CARMEN SANCHEZME~lINA 19 de:!=a1i 22 SONIA PATRICIA GONZALEZ GELVEZ 1 de Ita gOl 23 CARLOS EDUARDO VALÉf',jGlAGARCíA 27 de Medellin 24 HECTOR.MAU.RICIO DAVlLA BRAVO 24 de Medellín Z5 PAULINA GOMEZ GONZALEZ 31 de Medellfn 26 MANUEL ENRIQUE CORREATEllO 1 de .LaEstreUa 3 de Sincelejo 2 deValledupar . 49 de Bogotá .Zltagül SEGUNDA CATEGORiA ElEGIBtE POST.uLADO 1 3 4 S.. elEGIDA SANDRO CESARVERGARA HERNANOE=.Z-¡I_-_....=.2,:::d.eSoledad ALVARO BARRERAGUARIN .. ¡ l ~ --¡--N-O-T-A'"RIA PABLO CUELLARBENAVlDES AURORA SEGURA LEON CA~L()S ENRIQUÚALAZAR PUY-O~~~~ __ 1 de Mál'agaB.' 2 de Chiqui",!uirá 2 de Calareá ~~YU-mbo-.-" : Págin82de 4 SUJl.ri~ndlld. N_. YRegi.tro Q:¡lle.26 Nó. 1J,.:<;9Int: 2(11''': P6x i1l323-21. 21 lloj¡oIáD.C. - C<l!ombJ. hIlp.Jiwww.suPe1l101artado.gtiI.OO .. ',-. . .•.... ---._-+--_ .. l¿ @)MINJUSTlCIA ,..... -_ ....•• _._---" TERCERA CATEGORíA ,-1 ELEGIBLE POSTUlADO NOTARíA ELEGIDA :BERNARDO ALfREDO GARCiA VERNAZA Timbio Es pertinente aclarar, que una vetrecibída la manifestación de aceptación por el elegible, se solicitan los documento.s para la elaboración del proyecto de Decreto de' nombramiento en propiedad, de la relación de personas que se presentó lineas arriba, doce (12) no han allegado documentación algUna, do~ (2) hah allegado la documentación requerida de forma incompleta, motivo por el CUlil la fecha se han remitido para su estudio y aprobación al Ministerio de Justicia y del Derecho, el proyecto de Decreto de nombramiento de catorce (14) elegibles de primera. categoría y dos (2) a la respectivas Gobernaciones para notarias de segunda categoría, de los cuales se ha realizado el nombramiento en propiedad de. los Notarios 76 y 58 de Bogot3 y Primera de Florida Blanca - Sahtander, de primera categoría por medio de los Decretos 1538, 1540 Y 1537 de 2016, respectivamente, y el del Notario Segundo de Soledad':' Atlántico, por medio del Decreto 480 de 2016,. emitido por la Gobemiicióndel Atlántico. . a -- A la fecha se encuentra en curso laelaboraci6n del proyecto del Decre10 de nombramiento en la Notaría Segunda de Rionegro - Antioqúia, para ser remitido a su digno despacho para la respectiva aprobación y trámite ante la Presidencia de la República, No obstante,sellor Ministro, que la Secretaría Técnica del Consejo Superior ha realizado el proceso de postulaci6n de la lista de elegibles respetando el estricto orden descendente de la misma, . Se decidió realizar postulaciones masivas, es decir que desde el paS<ido 15 de septiembre de 201e, las postulaciones. se están hacienda a siele (7) personas por cada categoría notarial, dependiendo del orden de la lista de elegibles, cada elegible al que se le esté postulando en ese momento; tendrá derecbo a escoger un número de notarias, dependiendo del'lugar. que ocupe ~n el grupo que ,se está ¡postulando, es decir que el prímero del grupo escoge una notarie, el segundo sella la'2 opciones yasi sucesivamenle, hasta que finalmente elséplirno del grupo manifestará su intenCión de ser nombrado en alguna de I¡;¡s 1 notarías que dé como opclón, para ser nombrado en la primera de las opciones que no confluya con la de los postulados con mejor derecno dentro del grupo, para It,anterior serespetarnn los. cinCo (S) dias que establece la norma, para que los postuladosháganla respectiva manifestación; 'posteriormente se volvern'a postulara otro grupo de siete (7) personas para realizar el mismo p'rocedimiento, siempre respetando el orden descendente de la lista de elegibles y sin :afectar lo establecido en el Acuerdo 027 de 2016, to afllerlor hará que se agote la misma con mayor rapidez, decisióri que fue lomada de a'cuerdo a las múniples petiCiones de los integrantes de la lista de elegibles para que se dé mayor celéridadal'proceso de postulación, Pagina 300 4 Superintendenei. de Il.lHriad. YRegitrtro Call.26 No. \3-49Inl. 201 - pex (1)J2e-21- 21 . 8"!10I.D,C, - Colombia htt¡Jj/¡"",.$upemolanaóo~ov .00 -- -.. " • <' {3 @ MINJUSTlCIA SIR _ . ,,,.i,,,,,,,, •• "ca DE NOTARIADO & RtG4ST,¡¡:O .100••••• ""'111 ••••• Igualmente, considero pertinente informar acerca ..del fallo de aedón de: tutela del dla 26 de septiembre de 2016 del Tribunal AdministratiVo deCundinamarca -SecCión Segunda - Sala Transitoria. Magistrado Ponenie Néstor .Javier calvo Ch<lves, con nadicado No, 2016-4173.00, en donde ORDENA "al Ministerio de. Justicia y del Derecho, que de fOfmB inmediata a la nolificación de la presente providencia suspenda los efectos del Decreto 1168 del 19 de julio de 2016, hastB 18nto se resuelva de forma definitiva lB situBción pensionBI al señor Eduardo Marcelino Castro Pérez, " Dada la anterior situación yal suspenderse trans'itoriamente los efectos del Decreto 1168 de 2016, donde se retira del servicio nOlarial,especiflcamente en la Notaria 55 de Bogotá, al se~or Eduardo Marcelino Castro 'Pérez, por cumplimiento de la edad de retirolorzoso, mientras se "decida de manera definitiva la situación pensional del actor', Jos trámites administrativos tendientes al nombramiento como Notario 55 del circulo de Bogota del señor Alejandro Hemandez Muñoz. serán susPendidos. Respetada señor Ministro, en los anteriores términos se rinde segundo infoome ejecutivo' del desarrollo que ha tenido hasta la fecha el Concui'sode Mérilos Pú~lico y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial. Finalmente, me permito informarle qUé en aras de la transparencia, este informe. será enviado com~ c:o ía- a . honorables. miembros del Consejo Supen.or, al Señor Superintend~te de ot . do . Registro ya Jos integrantes de la Iíslade eleglóles_ MARCOS JA' R PARRA OVIEDO Jefe Oficina Ase Jurídica SNR Secretario Técnico Consejo Superior dé la Carrera Notarial C,C, Honorables miembros Consejo Superior de la Carrera Notarial. Superintendente de Notariado y Registro. Integrantes de la lista de elegibles. Página 4 dé 4 supeñnWnd-encla dé Holailatlo y 1l000lstro Ca3e26 No, .13-49Inl.':1I)1- PBX(1):JZIl.l1.11 BOgOt~OC. - Cdombia hllpilHww ••u(>ernl¡latiado.gov,oo ____ , ~ .__J -I~ [email protected] [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; carlosá[email protected]; laach_7@hotmaíl.com; [email protected]; [email protected]; claud¡a-ü49@hotmail,com; [email protected]; m; [email protected]; [email protected]: [email protected]; nota [email protected]; [email protected]; luísenric¡[email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; lucesacosta@hotm~il.cóm; jesusanto nioa ndril,[email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; alarva93@gmail,com; co nn iea costa denori [email protected] ca r10sangarita [email protected]; fe raria sga [email protected]; jjac.67@hotmaíl.com; [email protected]; [email protected]; [email protected]; ba [email protected] [email protected]; m; notariasegundaderamlriqul@gm om; a [email protected]; [email protected]; [email protected]; v.co; [email protected]; ][email protected]; entre.rios@notm'ail.com; le:angeI196~@hotmfl:il.com; fabloagudelogonza lez@hotmail. [email protected];, com; [email protected]; [email protected],; [email protected]; nubia_stellaarevalo@hotmaiLco [email protected]; ha [email protected]; francisc.oagudelo@hotmail.,om; all.com; aritavilla@hotmall,com; [email protected]; [email protected]; angela.a rroyave.bustil ma nte@g a]¡[email protected]; mall.com; [email protected]; arroyofrancoa [email protected] m; [email protected]; [email protected]; arango,maurldoantonio@gmail. [email protected]; com; [email protected]; fagui rref@d¡an.gov.co; dalesáa2@yahoo,com; edgardo6960@hotmaíl.com: gilbertoa larco n2 [email protected]; [email protected]; pedroavellaneda56@hotmail,co m¡guelangeLa ludingnotañ[email protected]; m' [email protected] om; [email protected]; [email protected]; a Iba rracln 101@hotmaiLc0t'!'l: [email protected]; gab,[email protected]; ebalso14@hotmall,com: heal.se@hotmall,com; gealos@hotmaiLcom; avenda noortiz@hotman,com; [email protected]; rossy67 [email protected]; nota rla2sevilla@yahoo,com; [email protected]; [email protected]; elia na [email protected]; 20ráida _a [email protected]; juanjose,[email protected]; leav14@hotmall,c6m; [email protected]; david a r.oer"[email protected]; luisafern 7@hotmalLcom; 11enrya [email protected]; [email protected]; [email protected]; ballest.erosguzma [email protected]; [email protected] [email protected]; [email protected]; re)'[email protected]; hatdic¡uin@hotma'll.com; [email protected]; controlempresar¡[email protected]; [email protected]; [email protected]; {5 [email protected]; [email protected];. oriolburbano@ho~mail.com; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; maesber32@gmaíl.com; [email protected]; ba rrer~b oBa d [email protected]; <'lbel <'[email protected]; fra nciscoburgosechenie¡ ue@hot [email protected]; auracelberna [email protected]:om; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; ma [email protected]; jotajota [email protected]; [email protected]; snrsimacota [email protected]; [email protected]; ..com; jorbanu@hotmail [email protected]; mail.com; [email protected]; cbustama nte [email protected].; [email protected]; [email protected]; patrlciabustam [email protected]; an [email protected] om; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; fernandobarenas@hotm;,il.com; [email protected]; com; [email protected]; [email protected]; sabinocabi3l1erovTllamll@hotmaíl lu zame liaba stidassegura@hotm ail.com; joseovidio [email protected]; rbu5tosb.ta:s bi [email protected]; [email protected]; [email protected]; jose .enrique.eaballero@hotmail. .com; [email protected]:om; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]óm; [email protected]; [email protected]; ca [email protected]; r afaelbecerraca [email protected]: o bo rjas [email protected]: ivanc~brerafontalvo0807@hotm roa rgo@yahoo_c om; wi llia m. becerra@supernotariado .gov.co; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; bornacel1y@gmail;com; ail.com; [email protected]; [email protected]; misa Ium [email protected] rosita [email protected]; m; [email protected]; ju Ila botero@ho;t'!1ail.ccm; [email protected]; [email protected]; [email protected]; ma riacrlstina boteroduque@gma il.com; caic~~orjoja.@hótmail:eom; jorge u [email protected]; nota tia unlcam [email protected] om; [email protected]; [email protected]; c:[email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; he:ala bria [email protected]; [email protected]; [email protected]; juansofia [email protected]; [email protected]; [email protected] ZiSco80@hotmaíl.com; [email protected]; m; [email protected]; [email protected]; notariasa n p ed [email protected]; no [email protected]; l .- /(, [email protected]¡ isacardona09@hí)tmail.com; [email protected]; jOl'"[email protected]; [email protected]; [email protected]; jorgeenriQue.calixto,@gmail.com [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; bhcalle2@hótmail.com; [email protected]; jcalle71628@gmaíl.com; [email protected]; [email protected]; arisc:[email protected]¡ freddycamac:[email protected]; gu j 11 er mocastrobern [email protected] m: [email protected]; ca stro. [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; jucerin@gmall,com; [email protected]; [email protected]; ana I.ig¡a@int~rca ble.net.co; nestor _ centeno@hotmai!.com; [email protected]; [email protected]; mardo65@hotrnaíl.com; Iu¡sfranciscoca [email protected] ponderado,S7@hotmaiLcom; om; [email protected]; [email protected]; eamila [email protected]; luthoca [email protected]; d¡[email protected]; [email protected]; mari9c~ma[[email protected] edwinc<[email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; jho [email protected]; m' [email protected]; [email protected]; jaú[email protected]; [email protected]; [email protected]¡ jcapellil32@hotmail ..com; [email protected]; lolycami@hotmaít.com; castellanosflieto@hotmail,com¡ [email protected] [email protected]; aeastil/[email protected] soyjaime¡¡¡[email protected]; m' Igm-cardenas@hotmaiLcom; ccastillocadena jhcardena [email protected] [email protected]; l@hotmall,com; [email protected] m; [email protected]: [email protected]; notari atori [email protected]: [email protected]; jajuezOl@hotmail.<:om; [email protected]; [email protected]; edinsoncha rris@yahoo ,es; [email protected]; ara ueaal [email protected]; rochain601@hotmaít,com; gloriaceci lia l@yahoo,es; lutecha_3@hotm<lll.com; [email protected]; [email protected]; a:nacristy966@hormail,com; [email protected]; [email protected]; [email protected]; 31jota [email protected]; falbert o l,@hotmail.es; zarcaguadu<l@gmail,(om; [email protected]; lu [email protected]; frcdymarl [email protected]; miguetcm09@gmail,eom; [email protected]; juezó rcu h:odosqu e bradas20 10@ hotm;¡¡il.com: aljocaor2012@hotmall.'es; cad oscastrolopez:@hotmail.com;. [email protected]; diego. enriqu.e .castro.mo ra les@g mail.com; ama [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected] alfreddaros63@gmaíl.com; [email protected]; [email protected]; ---------- . (-inotariatolu@hotmai\'com; [email protected]; al~){comi552@£mail,com: lílidoots@l':.otmall"col'l'1; josecolcll@notm<'lil.(om: pdbloo.H;!llar.b@hotm~ll.com; [email protected]; [email protected]; [email protected]; ajosecuello@hob'nall.com; mucclacontrerasp@gmaILcorn; .üa:mpl¡@Yi!noo.es; jaitorta ndocantre-r;;!.@holmilll,c m<lrituCll [email protected]; jd"~esl @c-endoj.rami'ljudicial.go v.co; [email protected]; [email protected]; edlliadudu@hotmaiLcom; [email protected]; tuisdu.arte58@hotmaiLes; om; [email protected]; [email protected];om: ruOya stridduarte@hotmail.(-Om; joron¡[email protected]; [email protected]; omarerOS@hotmail.éOm; son¡.,du 123@yahoo,com; [email protected],co; [email protected]; [email protected]; sadavic:al@hotmaILcom; corfrilnklin@hol:maU.com; [email protected]; ferda:[email protected]; notarum iranda@Yd:hoo.es.; [email protected]; fomeda:z:[email protected]; [email protected]: corilladuQ¡ue6iBmaiLrom; cajoda27@hotma'il.GOm; vickycorOI"[email protected]; gedun.,,'@hotmaiJ.c.om; jorge--de-arws@hotmall.(om; [email protected] [email protected]; m- [email protected]; jalroco9@yahoo-,eom; victorf abiodela t orr e@hotmail,co m; [email protected]; [email protected]: evebrath~gmall,com; [email protected]; cotreatmanuEI@gfii.<lll.com; pongU!266@ho~mail.com: alvatoa-cñe-egt@gmaitcom; [email protected]; glorianerty19@ho;maiLcom; mateehesqul@hotmaiLcom; [email protected]; [email protected]; ra bio.t.Ort esdia¡@gmai1,com; elderao@hotmaiLcom: javierd e Igil dojl me n el@hotmaH.( [email protected] [email protected]; om; m¡ [email protected]; ju tioalbertodelosrlosmlllfmolej grotes4 7@hotmaíl.c.om: @hotma:il.com; o [email protected]; [email protected]. {[email protected]; ro; ,- huradiban@hounaJLcom; gonlaloesplnetquilitana@yahoo. yaco_S25@hotmaltcom; aldichal@notmati,com; chacat [email protected]; dla,[email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]:; jul¡[email protected] uá[email protected]áu.ca; [email protected] es; [email protected]; diesS-@hótmall.com; yu"yseStrada~hotmai1.com; [email protected]; ricumbat@v&hoo.~; m; [email protected]; 1 'TU [email protected]; yoyitaamada'[email protected]; julíocediaz@gmCllll.(om; [email protected]; j OSE'cruzsua '(el@gmail,(om; [email protected]; ef13jardom@dlñn,gov,co; orlandono:a [email protected]; [email protected]~mi bladimi'(cu.adroCfespo@8m~¡I.co m; fandino20S0@hormalLcom; [email protected];om; fandil103&@y ••hoo.com; 05COGOND@holmaH,com; li [email protected]; wendyga'[email protected]; [email protected]; nota,lose.8undodesincclejo~hot snr.,r tibC'[email protected]; matl.com; <II'lZilZU [email protected]; n-otariadonmatta.s [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]: joMnjglr¡:¡[email protected]'om; [email protected]; jgodlnl@)hotmaiLcom jfeme [email protected]; [email protected]; cedl 'at;teatriz S4@holmaILcom; imaofa@hotmaíl.com; [email protected]; jalJlerfdi:l@hotmaitr::~m; lUia naJerni'l nde¡.@supernotllriad o.¡gav.co; luisgu illermogs230@hatmail,Go m' rOSé[email protected]: rodrife,[email protected] sa nd rahretgarcla@hotmilll,com; gfenel,[email protected]; ye-sml nsarcia ga [email protected] [email protected]: m' sopaf¡yj [email protected]; buca,[email protected]; e [email protected]; myr~lvl,[email protected]; [email protected]; [email protected]; etjeI122@hotmaiLcom; [email protected]: mJlorel6~hotmail.com; [email protected]; caroJmllrla2002@hotmaILcom; bardó[email protected]; cadtoflofezlS@hotma'll.com; [email protected]: [email protected] [email protected]: om: nota tia lsanmartind elobB@Yllho margarltanorezamaya@hotmall. com; [email protected]¡ eur([email protected]; henrygarclanel@¡mail.com; Ic:gil [email protected]; [email protected]; [email protected]; patgv67@)gmaiLt:om; emfllaJon@gmi!lI.com; alfredafarcra@ho:ma'il.clJm; fU [email protected]; [email protected]: snrambalemalnotaria@hotmnll. abogad-oagv1981@6n'la;I.-eom; notaria:r:ona [email protected] om; Jaime.¡[email protected] du.co; com; c1audlageovo [email protected]; notilflau.tenJo@supemotal'!ado. [email protected]; gO\l.CO; risan&ia@hotm.,iJ.t;Om; [email protected]; [email protected]; pachltocall [email protected]; [email protected] m' [email protected]: gustavo.Sira Ido. r@gmaiJ,c.om; [email protected];