UrqrveRstnAD DE 0vtEoo Servicio iurídico
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UrqrveRstnAD DE 0vtEoo Servicio iurídico
U r q r v e R s t nDAED0 v t E o o Servicio iurídico VOBO E L S E C R E T A R IGOE N E R A L . iúaf cnñÉ d,¡#1 ¡ r r.r:a¡i4:l Fdo: José FranciscoFernándezGarcía Dictamen:3412011 Gonsultante:Departamento de Energía Fecha:18 de mazo de2011 Consulta:Figuradel Profesor Coordinador Disposicionesestudiadas: Estatutosde la Universidad de Oviedoaprobadospor Decreto1212010, de 3 de febrero,del Principadode Asturias;Acuerdode 25 de noviembrede 2010,del Consejode Gobiernode la Universidad de Oviedo,por el que se apruebael ReglamentoMarcode los Departamentos; Reglamentode Régimen Internodel Departamento de Energía,aprobadopor el Consejode Gobiernode la Universidadde Oviedo en su sesión de 19 de julio de 2007; Procedimiento de elaboración del Plande Organización Docentede enseñanzas regladasno adaptadas y procedimiento al RD 139312007 de elaboración del Plande Organización Docentede enseñanzasregladasadaptadasal RD 139312007, aprobadospor el Consejode Gobierno el26 de febrerode 2009. Dictamen Antecedentes de hecho Desde el Departamento de Energíase solicitainformejurídicosobre la figura del ProfesorCoordinador,preguntandopor el procedimientorelativoa su elección, y obligaciones, funciones en consecuencia sus derechoso capacidadde decisión. Cons ideracio nes j urídica s En relación con las competenciasde los Departamentosrelativas la planificación docente y coordinaciónde las enseñanzas,los Estatutosde la Universidadde Oviedo establecenen el artículo76 que le correspondea este órgano: "( ) c) Aprobar el plan anual de actividad docente, investigadora y académica a desarrollar por el Depañamento. d) Coordinar,en colaboracióncon los Centros, las enseñanzas de las asignaturas a su cargo." En ef mismo sentido se pronuncia el artículo 72 referido a las competencias del Consejode Departamento. DD E0 v ¡ r n o UNiveRstoA Jurídico Servicio De otro lado,el Reglamento de Marcode los Departamentos recogeen el artículo8, sobrelas funcionesdel Conseiode Deoartamento: "c) Aprobarel plan anualde actividaddocente,investigadoray académicaa desarrollar por el Departamento. d) Coordinar,en colaboracióncon los centros, las enseñanzasde las asignaturasa su carQo. g) Asignar al profesorado la docencia de las asionaturas dentro de su área de conocimiento,de acuerdocon los criteriosoue establezcael Conseiode Gobierno." Por su partey en relacióncon el procesode elaboración de los PlanesDocentes,los Estatutoscontemplanen los artículos120 y 123 los aspectosbásicosdel proceso, señalando lo siguiente: " Artículo120.-Plan docente. 1.El Rectorsometeráanualmentea la aprobacióndel Consejode Gobiernoel plan de orqanizacióndocente de la Universidadde Oviedo. Dicho plan contendrá,para fodas /as titulacionesregladas que se impañan, al menos /os siguientesdatos: /as asignaturasque formanparte de cada titulación,con su correspondientedistribución de créditos teóricos y prácticos; Ios grupos de cada asignatura, así como sus respectivoshorarios y lugares de impartición; Ios profesores asiqnados a cada asiqnaturay orupo:y los horariosde tutoríasde los profesores. 2.(..) 3. El Conseio de Gobierno establecerá reglamentariamenteel procedimiento generalde elaboracióndelplan de organizacióndocente. 4 . ( . . . )" Este procedimiento al que se refiereel preceptoestatutarioviene recogidoen la normativaque resoectoa la elaboracióndel Plan de OrqanizaciónDocentede enseñanzasregladasadaptadasy del Plan Docentede enseñanzasregladasno adaptadas,aprobóel Consejode Gobiernocon fecha 26 de febrerode 2009. En y calendario amboscasosse reflejade formadetalladay completael procedimiento de actuaciones, siendoel Vicerrectorado con competencias en ordenaciónacadémicaal que le corresponde la comunicación formaldel inicio,revisiónde las propuestasdel Plan, seguimientodel procesoy tramitaciónen la Comisióncon competencias en ordenaciónacadémicadel Consejode Gobiernoparasu aprobaciónfinalmenteen el Pleno. Asímismo, se contempla la actividad que los Departamentostienen encomendada en cadacursoacadémicorespectoa las asignaturas de las titulaciones oficialesque se impartenen los Centrosde la Universidad,correspondiéndo al Consejode Deoartamento. talcomoestablece elartículo 2: :' Revisióndel Plan de OrganizaciónDocente,asignaciónde profesorado,desionación coordinadores.propuestade tribunales,fijación de horarios de tutoríasy elaboración de programas." Por su parte, el Artículo4 referidoa los Criteriosde elaboracióndel Plan de Organización Docenteporlos Departamentos, establece en el apartado5: U x i v s n s t o ADDEO v ¡ E o o Servicio Jurídico '5. Se evitará en lo posible el fraccionamiento injustificado de las asignaturas entre varios profesores. En cada asignaturael Consejode Depaftamento nombraráa un coordinador,quien tendrá la función de armonizacióny coordinaciónde programas, exámenes,pautas y criteriosdocentescomunesy actuarácama represenúanfe formal de la asignatura.Cuandointeruenganáreaspertenecientesa variosdepartamenfos,e/ coordinadorserá designadopor el que tengamás docenciaen la asignatura,pudiendo establecerseun sisfema de turnos o rotaciones enfe ellos. A esfos efecfos, /os depañamentosremitiránal vicerrectoradocon competenciasen ordenaciónacadémica la relación de coordinadores utilizando exclusivamenteel procedimiento que se indique." La normativa aprobada por el Consejo de Gobierno anteriormentereferida, no desarrollael procedimiento concretoparala elecciónpor el Consejode Departamento por lo que a falta de una previsiónconcretaa este de fos profesorescoordinadores, y el Reglamento respectoen el Reglamento Marcode Departamentos de Régimen Internodel Departamento de Energía,es de aplicaciónel régimende acuerdos establecidocon caráctergeneralen el artículo13 de éste último,al disponerque: "Salvoque la normativade aplicacióndispongaotra cosa, las decisionesdel Consejo se adoptarán por mayoría simple." De este modo, la designacióncorresponde pormayoríasimple. aprobarla al Consejode Departamento ya hemos visto que vienen Respecto a las funcionesde los coordinadores, recogidasen la normativade elaboracióndel Plan de Organización expresamente y coordinación Docenteal señalarque serán las de armonización de programas, exámenes,pautasy criteriosdocentescomunesy actuarácomo representante formal de la asignatura, es decir,todoslosaspectosacadémicos de la asignatura. Por último y, respectoa sus derechosy oblioaciones,no se estableceni hay regulaciónespecíficaque desarrolleeste aspectoconcreto,ya que el procedimiento aprobadopor el Consejode Gobiernono los precisa.Porello,hemosde referirnos a la previsión contenida en el artículo 21 del Reglamentode Régimen Interno Departamento de Energía,al señalarque corresponde a la Comisiónde Docenciay Calidad,"( ..) C Supervisarel contenidoy desarrollode /os temariosy mantenerla coordinaciónentre los docentes",teniendocompetencia,además,en "Cualquierotro asuntoque, específicamente,le delegueel Consejode Departamento. En virtud de lo anterior,ha de ser este órgano o, en su caso, el Consejode Departamento,el que desarrolleel ámbito de actuación de los profesores coordinadoresparu el ejercicio de las funcionesacadémicasencomendadas. Considerando, además,la tarea de coordinaciónde los docentesatribuidaa la Comisiónde Docenciay Calidadle correspondería, en su caso, resolvercualquier que, el restode profesores pudieranformularfrentea discrepancia de la asignatura, las decisiones porlos coordinadores adoptadas en el ejerciciode su función. Todo ello considerando las directricesque, en su caso, puedanindicarsedesde el vicerrectorado competente en la materia. Por lo expuesto,cabeseñalarcomo U N r v e R s r nDAE0 Dv l r u o Servicio Jurídico Conclusión Que la regulación de la figuradel profesorcoordinador vienerecogidaen la normativa que respectoa la elaboracióndel Plan de Organización Docentede enseñanzas regladasadaptadasy no adaptadas,aprobóel Consejode Gobiernocon fecha 26 de febrerode 2009. En los aspectos no previstosen dicha normativa,deberá ser el Consejo de Departamento o su Comisiónde Docenciay Calidad,los que desarrollen el ámbitode actuaciónde los profesores y resuelvanlas posiblesdiscrepancias que coordinadores pudieransurgirentreéstosy los demásprofesores que impartenla asignatura. En todo caso, deberántenerse en cuenta las directricesque, en su caso, pueda disponersobrela materiaelvicerrectorado competente. Oviedo,a 24 de ma'zode 2011. La Jefade ServicioJurídico. Fdo.:LourdesFuencisla AlvarezBravo 4