convenio cmr canje de los carnés de conducir
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convenio cmr canje de los carnés de conducir
ESPAÑA EUROPA COSTES FISCAL SEGUROS RESP. DOCUMENTACIÓN VEHÍCULOS PRL MEDIO AMBIENTE FORMACIÓN INFRAESTRUCTURAS CALENDARIOS Documentación que deberá aportar en la Jefatura de Tráfico el día que haya sido citado: Ver apartado 4 en pág. 87. 84 Manual del Transporte 2014 GUITRANS GUITRANS Manual del Transporte 2014 85 DATOS CONTACTOS El contrato regulado por este Convenio es consensual (es válido el celebrado de palabra) si bien necesariamente ha de documentarse en una carta de porte, la cual, sin embargo, no es requisito imprescindible para la existencia y validez del contrato. CALENDARIOS DATOS CONTACTOS Este trámite es voluntario y puede solicitarse en cualquier Jefatura Provincial de Tráfico. En Francia, no obstante, exigen a los conductores españoles con residencia francesa canjear el carné y obtener el francés. Transportes postales internacionales. Transportes funerarios. Transportes de mudanzas. INFRAESTRUCTURAS - Tener la residencia en España - Tener la edad establecida en la normativa española - Que el permiso no se haya obtenido siendo residente en España. FORMACIÓN Requisitos: MEDIO AMBIENTE Este Convenio se aplica a todo los contratos de transporte público de mercancías por carretera en los que el lugar de carga de la mercancía y el lugar previsto para la entrega estén situados en dos países diferentes, si uno al menos de estos países es firmante del Convenio. Están excluidos de su aplicación los siguientes: PRL Países Comunitarios: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Reino Unido, Rumanía y Suecia. Países pertenecientes al EEE: Noruega, Islandia y Liechtenstein. CONVENIO CMR 1. 2. 3. A.- PAÍSES COMUNITARIOS Y PAÍSES PERTENECIENTES AL ESPACIO ECONOMICO EUROPEO (EEE: NORUEGA, ISLANDIA Y LIECHTENSTEIN) ESPECIALIDADES NORMATIVA REGULADORA: • Ley 15/2009, del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías (BOE, 12/11/09). • Orden FOM/2861/2012, de 13 de diciembre, por la que se regula el documento de control administrativo exigible para la realización de transporte público de mercancías por carretera (BOE, 05/01/2013). CANJE DE LOS CARNÉS DE CONDUCIR TACÓGRAFO Sanción económica por no llevar a bordo el documento de control El nuevo baremo sancionador, aplicable desde el 25 de julio de 2013, establece una sanción económica de 201 euros por no llevar a bordo del camión este documento. Ahora bien la carencia, falta de datos esenciales, ocultación o falta de conservación de la documentación de control se sanciona con 401 euros. Carta de porte electrónica (e-CMR). El 14 de junio de 2011 se publicó en el BOE el Instrumento de Adhesión de España al Protocolo Adicional al Convenio relativo al contrato de transporte internacional de mercancías por carretera (CMR) en relación con la carta de porte electrónica. Este protocolo entró en vigor el 9 de agosto de 2012. Su uso es opcional. Actualmente, Bélgica, Bulgaria, España, Finlandia, Holanda, Letonia, Lituania, Noruega, República Checa, Suecia y Suiza tienen ratificado este protocolo. VEHÍCULOS Los sujetos obligados a documentar los envíos deberán conservar un ejemplar o copia del documento, a disposición de la Inspección de Transporte Terrestre, durante al menos 1 año. La conservación de la documentación original o, en su caso, la de la copia, podrá realizarse en cualquier soporte siempre y cuando se mantenga íntegramente toda la información exigida y los datos sean legibles. En la carta de porte se harán constar una serie de indicaciones tales como: • Lugar y fecha de su redacción. Nombre y domicilio del remitente. • Nombre y domicilio del transportista. • Lugar y fecha de carga y lugar previsto de entrega. • Nombre y domicilio del destinatario. • Número de paquetes e identificación de los mismos. • Cantidad transportada. • Precio y gastos del transporte etc. DOCUMENTACIÓN TACÓGRAFO El CMR exime de la obligación de llevar documento de control en su recorrido por España, pero hay que asegurarse de que el CMR contenga todos los datos exigidos por el documento de control. El primer ejemplar queda en poder del remitente. El segundo acompañará a las mercancías. El tercero quedará en poder del destinatario. SEGUROS RESP. ESPECIALIDADES Formato y conservación El formato del documento es libre, siempre que contenga la documentación indicada, siendo el formato del CMR válido para esta función, incluso en trayectos de transporte interior. Es independiente de la carta de porte. Haya o no carta de porte, debe ir a bordo del vehículo. 1. 2. 3. COSTES FISCAL La carta de porte, conocida como carta de porte CMR, se expide en tres ejemplares originales, firmados por el remitente y el transportista. ESPAÑA EUROPA Exenciones 1. Transportes para cuya realización no resulte preceptiva la previa obtención de un título habilitante expedido por la Administración, conforme a lo que se dispone en las normas de ordenación del transporte terrestre. 2. Transportes de mudanza. 3. Transportes de vehículos accidentados o averiados en vehículos especiales. 4. Servicios de paquetería y cualesquiera otros similares que impliquen la recogida o reparto de envíos de mercancías consistentes en un reducido número de bultos que puedan ser fácilmente manipulados por una persona sin otra ayuda que las máquinas o herramientas que lleve a bordo el vehículo utilizado. 5. En aquellos supuestos en los que el transporte se documente en una carta de porte u otra documentación acreditativa ajustada a la legislación nacional, de la Unión Europea o internacional vigente en la materia, ésta servirá como documento de control administrativo siempre que contenga todos los datos exigidos. Es decir, el documento CMR sirve como documento de control, pero siempre que contenga todos los datos previstos para el mismo. Si en el CMR falta la matrícula del tractor se podrá sancionar a un transportista que haga internacional por omisiones en el documento de control, aunque esa exigencia no se recoja en el Convenio CMR. Y aunque se trate de un transportista extranjero, que puede no estar al tanto de esta nueva exigencia reglamentaria.
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