UGT RESPONDE 3
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UGT RESPONDE 3
UGT RESPONDE- 3ª Parte ¿ES CIERTO QUE LA REFORMA LABORAL HA ESTABLECIDO EL DESPIDO POR ABSENTISMO? No es cierto, el despido por absentismo se encuentra regulado en el articulo 52 d) del Estatuto de los Trabajadores desde antes de la reforma laboral. Lo que si es cierto es que la reforma laboral ha facilitado esta modalidad de despido al reducir el porcentaje de referencia del absentismo, que con anterioridad a la reforma laboral se establecía en un 5% y tras la reforma se ha fijado en un 2,5%. ¿LA EMPRESA NO HA PODIDO UTILIZAR EL ARTICULO 52 D) DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES ANTES DE LA REFORMA LABORAL? No es real por cuanto con anterioridad a la reforma laboral el índice de absentismo superaba el 5% en siete provincias en el año 2010 (datos facilitados por la empresa al Comité Intercentros y del que tienen conocimiento todos los sindicatos), y no obstante no se produjo ningún despido por este motivo. ¿DESPUÉS DE LA REFORMA LABORAL ES MÁS FÁCIL DESPEDIR POR ABSENTISMO? En efecto, tras la reforma laboral y al reducirse el porcentaje máximo de absentismo del 5 al 2,5%, la empresa tiene más oportunidades de aplicar el articulo 52 d) del Estatuto de los Trabajadores, más concretamente, las provincias que superaban el máximo porcentaje de absentismo se incrementaron hasta 46. Sin embargo a pesar de poder haberlo hecho durante todo el 2010 y más ampliamente en el último cuatrimestre, tras la reforma laboral, la empresa no aplicó este artículo hasta la desaparición del Convenio, luego la solución a este problema pasa por negociar un nuevo Convenio cuanto antes. Sector Estatal de Comunicaciones de UGT UGT RESPONDE – 3ª Parte ¿SE PRODUJO INCREMENTO DEL PODER ADQUISITIVO DURANTE LA VIGENCIA DEL XXIII CONVENIO COLECTIVO DE TDE? Sí. Como ejemplo de ello tenemos la siguiente tabla que lo explica por si sola: Ganancia Ganancia GRUPO % 2008 € 2008 y a 2010 2010 8,25% 8,70% 9,44% 9,40% 309,46 € TITULADO SUPERIOR PRINCIPAL DE 1ª 267,00 € TITULADO O TÉCNICO MEDIO DE 1ª 256,57 € ENCARGADO DE PLANTA INTERNA PRINCIPAL DE 1ª 226,13 € OPERADOR TECNICO PLANTA INTERNA PRINCIPAL DE 1ª OPERADOR AUXILIAR PLANTA Y SERVICIOS PRINCIPAL DE 9,99% 216,43 € 1ª 9,55% 226,05 € ASESOR SERVICIO COMERCIAL PRINCIPAL DE 1ª OPERADOR/A PRINCIPAL DE 1ª / SUBJEFE DE NEGOCIADO 10,09% 212,97 € OFIMÁTICO ¿UGT VE IMPOSIBLE RECUPERAR ESTA TENDENCIA? NO. Aunque la situación socio-económica haya cambiado notoriamente, desde UGT continuaremos defendiendo un modelo económico que contribuya, no solo a mantener, sino a incrementar el poder adquisitivo, con subidas salariales por encima del IPC real. ¿CÓMO PRETENDE UGT ABORDAR EN LA NUEVA NEGOCIACION COLECTIVA EL INCREMENTO SALARIAL? En primer lugar, defendiendo una cláusula absurdamente denostada por otras organizaciones sindicales, la cláusula de revisión salarial, que tan buenos resultados ha tenido en el pasado. Por otra parte restableciendo el concepto del Plus de Productividad que es la herramienta que ha posibilitado incrementar el poder adquisitivo en un promedio del 1% para cada trabajador/a. soluciones a tu futuro 2 Sector de Comunicaciones de UGT