GOBIERNO DE CHILE ClRG.:N ANT.: Nohay MKÍ : Negociaciones
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GOBIERNO DE CHILE ClRG.:N ANT.: Nohay MKÍ : Negociaciones
GOBIERNO DE CHILE NSTIQ DE HACIENDA MIFS1MDE FMPFiESA DE COFfl ZZ-24 I&O6.2OO3 5i ClRG.:N ¡ ANT.: Nohay MKÍ : Negociaciones coiedllvas y pof lticas do personal en Empresas PúblIcas SANTIAGO, MINISTRO DL HACNDA Y PES lDENTE COMITÉ SISTEMA DE A EMPRESAS DE COÍWO SEGÚN DISTRJBUCIÓN i N1steho de Hacienda y el Com ité Sistema de Empresas de CORFO (SEP) han considerado necesario criterios y procedimientos que deben imparllr tos observar mayoritaria en su capital o designa a la may las Empresas úbIicas y aquellas en que e Estado ore partcipación oría de los miembros de su Dir ectono o Consejo, en los procesos negociacln colectiva que deban enfren d tar, comoasimismoenalgunas poi lticas de personal. No ohstaro que cada unade las Empresas tiene características pro pias que inciden enesta materia, com nivles historicos cte remuneracione o son os s y las expectativas que se forman Is espectivos sindicatos, es rnenestcr criorics y pofflicas comunes a las neg ociaciones colectivas que serán vincula tijar ntes para los DIrerios Er los puntos siguientes se Indic an los aspactos ms relevantes que deberán observar tas referidas Empre esgociar coiectivamente o ostabiac sas a or sistemas da remuneraciones: 1. SINGULARIDAD DE LA EMPRESA La Empresa es un ente singular, inse rtaen Ponio tanto no puedan paetarse remune una realidad reqlorialy forma parte de una industria queje es propia. En consoetioricla, ea un parrtmetra releraciones ni benencios que noden cuenta da larealidad do cada emprosa. vante para negociar Los sataniós o rem uneraciones altemaUvas de la Fiegion en que se encuentre la emp resa debidamente ajustados por la tas ea rotaclon efectiva de la misma, en estarnens, funciones o especIalidades similares. 11. COSTOS REALES DE CADA NEGOCI ACIÓN Los costos totales del nuevo Contrat Cole o ctivo producto da la negociación que exceder el 1% real anual respecto se lleve a cabo, no puede del Contrato Colectivo vigente proyec tado del estamento que flegocia, porcentajeque debe estar asociado a Inc rementos efectivos de 1a productividad de la empresa, de lo contrario sólo se deben mantener los costos labo rales en trmlnos reates, Esta disposición níe de igual manera para ol sectcr queno negocia y al estamento ejec utivo. It). FINANCIAMIENTO DE LA NEGOCIACI ÓNCOLECTIVA El 1irinncamiunto no debe alaciar el traspas o de utilidades l Fisco o reparto de divlden progrornado en el plan estratégico idos saØ sea el caso, y/o en el presupuesto vigente de cada empresa . El varor presante del coste total anualiz ado de cada negociación, considerando el costo total de la planilla, rio puede comprorneler de manera relovan t el patrimonIo de la empresa / i) GDiERNC’ D CHiLE MINISTEFDcYDE ifACiEND EDCIEPUS DE COiF) — IV. CAPACITACIÓN Pvodcn onvenirse preorainas o pianes da capacitación del person al gados al vumplirnieto de los astratgicos de cada empresa. planes V. IREtM,JNERACIONES a) b) e) Incrementos de Remunrac1ones1 Estos deber asacirse a melorn difernno!ados por gerencias o área ientos da produliiidad considerando alternativas de cgo a en que se divide la empresa. de acu erdo a la contribución que sts realicen al logro da matas y;rasullado s del elercicio. Para que proceda el reajuste de rem uneraciones deben cumplfrse a lo menos los siguientes requisitos: Cumplimiento de metas asociadas a incr ementas da resultados, sea por aumento de estos últimos o disrmnuciones efectivas de cos tas La negociacion colectiva ceb e otorgar benefitos p’v ci mejoramiento de resultados, metas o indicadores y en ningifl casó por [a • Los resultados, metas o indicad mantención de óstos. ores han de tener una expresión flna ncíeraobjetiva; verilicablo y audftabfe. • Ls remunoradones variablesd eben serlo efectivamente, y no arrp arar o cubrien este concepto compensaciones fijas o garantizadas, Se anexe. minute. referente al tema stamento Ejecutivo Las ramune’ac’onvs del etvnento ejec utivo r ebe d&inirse con anlrrir.rdad a neg 1 con hdependencia dó ella. la oclaclon colcrtwa Los 1 benefi o s c pactadas or las negociaciones colectivas rio sari extonsivos ni estamento ejecutivo. El incremento de pueden apticarsa al Tos costas de este estamento tiene tas señalan n& punto II preceder. mismas limitaciones que se Gratificación Legal En las empresas cuyas ullildades pra yetadas hicíerenexigibie el derech o al pac tfegratificación, se debe procurar aplicar la atterriauva que esta anual de 4,75 ngresos mlnimos mensua blece el articulo 50 del Códgo del Trabajo es!c es un toor les. Este beneficIo nedebe pagars altere la base de cIculo delas indemn parmo.nsualktades, ya que izaciones por años de seMclos, y en caso de pagarse en forma parcial durante el año debe quedar exp rasamenteindicado en las iiquidacion se pega en torma de aricipo.Esta nor essu carácter eventual yque ma es epilcabio nto do el personal, inclu1d el estamen to efecuuvo En los contratos IndIviduales, en mat eda de gratificación, {ebe pactarse la nite rnativaestablecida en el artículo 50 del Códloo dei Trabajo. d) Dotación de Personal La dotación de personal de cada emp resa deb e ajustarse a niveles do flcioncia, e) Contratos a Honorários con Personas Nát Las ac9vidades e labores que por su natu uratas raleza impliquen un vinculo de subordinac deberán ebrtrata rse baje las disposic lon y daoendencia iones del Crágo del Trabajo y no bajo la forma de contrato a honorarios. Sobre el paificuar, todas las empresas deberán Hacienda según corresponOs, de sus resultadhacer una evaluación dé la anterior e informar al SEP ylo a1 os. 1) Contratistas y Subcontratistas Tadaq aqueltas empresas que apliquen rógime n de subcorttrataciori çt obras o servicios, o ue ecuten contratos con empresas de servicios temporario s, deben respetar y ap!icarla ley que rige par fe’tos l cual está s1and complem a taiGa entada por un proyecto de le que fue reci entemente aprobarso por el 1-1. Congreso y que está próxim o apromulgarse. por un corcopto distrito del de reaiJ e’itonir&idose sIe uitno cono le ictu3hzec.in la inexpelrnntada po el WC del año, puesto qe ste contorne lo dispone el artIculo 11 incIs Ie r nunecór! del trabendor ebOr pareer duaIizs da erm os rrtmato po lç menos ura vez e aflo, ricki o nsl dio? mdo del yando los reajustas. romurmrjraci5n crlomie :s va 3- 4 GOSIEIRNG DB CHILE MSRO OE HAOEtOf g) Vi. Programas de Desvinculación de Personal Losprogrmas e desvincula ciÓ!i cia personai deben er conocid os previamente porel SEP y/u Hac segin corre5poidE, yccntar iend con a auLorizacin dei Ministerio de Hacienda en lo elativn a mat a presupuestarias y lrancieras, erias INDEMNIZACIONES POR TÉRMIN O DE CONTRATO Lasindomnlzacicnes por término de contrato no deban sobrepasar (os topes legales establecidos en io 172k incisotinal del C6dlgo del el art culo Trabajo. Estas limitaciones deb de nianera obligatoria e Imperat en establecerse ivaen todas tas contrataciones individuales y colectivas. Para el evenio que un Contrato Col ectivo contemple k1demnizacion es que puede mantenerse tal régimen de excepción utitizndóse uncritonia rest sobrepasen los límites antes referidos, rictivo y que dice relación conque rnanten& únicamente respectode óslo la ademas con la preva autorización dcl nómina de trabajadores que ya lótenían en el contrato colectivo ante se SEP yla HacIenda. según corresp rior y onda. No puedonestablecarse en os con tratos ¡ndMdiiales o colectivos pactos de inamovilidad de ninuna esp balo ningún titulo, ecie y 163, inciso segundo yartfde VIL RESPONSAE1LIDAD SEP E SERserá responsable de I sup ervisión del cumplimiento de la pre sente circular en aquellas Enipre nombramiento del Otrecorio sas cuyo o Conseo le corresponda, o a tas cuales les presta asesoría técnica. En vhluci, las viradas Empra ses, tres meses antes delvencnient o de) respectiva instrumento colectiv deberá informar de tal crcunsta o vig ncia a oícho Comité. el que pod rá solicitar toda la información que ente pe’iinem sobre a materia, estime VIII. 1NSTITUTOS CORFO IX. Les cnitoiosy procedimIentos que pre ceden también se aplicarán obligal CORFO (Corporaciones de ter arnonteaIos derominados lnst echo Privado) que se rigen por Lluts la Ley N*19701. VIGENCIA Las presentes instrucciones reg irán e partir de la total tramitación de ia.prosenle Circular y mientras no nuevas normas sobre la materia. se dicten Saluda atentamente a Ud, 4 .4. GOBIERNO DE CHILE MtN!STERIO DE HIENDA D$UG ANEXO DÍSTRIBUCTÓN Sr resden Coj anc dci Estada da Che 5r, Pres irJerd Direcario Empresa NaDioraI M!n de er(a 5r, Presidenta Direttorio CompaNa Mirra dé PanuIcifloS.A. Sr. PTsidente Dlrector!o Oompañfa Mhiera Nacional Ltda. .Sr. Presidenta Dectorio Empresa Naeio’at del Petróleo St, Pre&detoDfrectcrio ENAP Refinerías SA. Sr. Presinente Directoio Sipatrol S,A Sr. Presidente Diectoriu PLra SgrWcio Corp Or. Preidenie DIrectorio Empasa do Los Ferrocarriles del Estado 5r Pro&dente Directorio Ferrc sulud SA. Sr, Presidente Directorio inmobiliaria Nuev a Vía SA. Sr. PresidenWDfrecoro ln!raestructura yTrIico Ferroviario SA Sr. PrasIdenl Ofrectorio Ferrocarril de Moa a La Paz A. Sr. Presderna Direcicrio FerrccarritGs de Pasajeros SA. Sr; Preeidente Otrectorio Ferrocarriles di Sur SA: Sr. Presidente Direclorio Ferrocarriles Suüu rbanos de Concepción S.A. Sr, Prasidante Direutório Metro R onal de ValparaFso SA, Sr. Presidente DI ctoa Enpresa deCo rreos do Chile 5r. Pres3defe Directoria Empresa Peiçd!stfa La Nsck5n S.A, 5. Presidente Direcrono Puerto Madara lnpresoes SA. •Sr.?resIdena Directorio Errp resa Portuaria Arca Sr. Presidente Dlrectaro Empresa PQrtuara Iuiqua Sr, Prosidenta Ofreclorio ‘mpresa Por1 barí Anlolagasla S. Presdente Directorio rmpross Portuaria Coquimbo Sr. Presidente Directorio Empresa Portuana Viparfao Sr Pe&dente Directorio Empresa Portuana San Antonio Sr. Presidente ¡Jirectorio Empresa Portuaria Talcahuano-San Vicente Sr. P sdente Directorio Empresa Portuaria Puerto Montt Sr. Presidente Directorio Empresa Portuaria Chabuco Sr. Presidente DirectHo Empresa Portuaria Austral Sr, Presidente Consejo Empresa de Abas tecimiento de Zonas Aisladas Sr Presdarte Directorio Empresa de $eM cias Sanitarios de Antofagosta S.A. Sr, Presidente Directorio Empresa de SeM cios SaItarios Lago Peñuofas SA. Sr. Presidente Directorio Empresa cia Tran sporte da Pasajeros Metro SA Sr. Presidente Directorio Zona Frarca de iquique SA. Sr. Presidente Directorio Polla Chilena de Beneficencia SA Sr, RresIdene Directorio Come rcializadera de Trigo SA Sr, Presidente Directoto Soci edad Agríccia Sacor Ltda. Sr. Presidente Directorio Sociedad Agrc ofa y Servicios Isla ce Pascua Ltda. 5’. Presidente Directorio Empresa Nacional del Carbón SA Sr. Presidente Directorio Carbonifera Voloda de Lebu SA. Sr, Director E)ecutivo Instituto Forestal Sra. Directora Ejecutva Cororaclm de lnvestlgacWr Sr. Director EjecLtíO lnstituto de Fornerto Pesq n Ternolgica uero Sr. Dfrector Ejecutivo Institu:o Nacional da Norm azación Sra Direc tota Ejocuve Centro da Información da ecursos NtUralas Sr. Presidente Comité Sistema deEmpresas Sector Agrlcota Econórnco DIPRES Sector Empresas Públicas DIPRES Oficina da Portes HACIENDA - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 1 COr4íQ