conten_máx _det_contaminantes_hortalizas
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conten_máx _det_contaminantes_hortalizas
CONTENIDO MÁXIMO DE DETERMINADOS CONTAMINANTES Fecha actualización: 07/01/2014 Contenidos máximos (mg/NO3/kg) NITRATOS Espinacas en congeladas coserva, refrigeradas o PLOMO Hortalizas excluidas las del género Brassica, las hortalizas de hoja, las hierbas frescas, las setas y las algas marinas* . En el caso de las patatas, el contenido máximo se aplica a las patatas peladas. * el contenido máximo se aplica después de lavar 2000 Contenidos máximos (mg/kg peso fresco) 0,10 las frutas o las hortalizas y separar la parte comestible Hortalizas del género Brassica, hortalizas de hoja * y las siguientes setas: Agaricus bisporus (champiñón), Pleorotus ostreatus (seta de ostra) y Letinula edodes (seta shiitake ) * el contenido máximo se aplica después de lavar 0,30 las frutas o las hortalizas y separar la parte comestible CADMIO Hortalizas y frutas, excluidas las hortalizas de hoja, las hierbas frescas, las hortalizas del género Brassica, las setas, los tallos jóvenes, las hortalizas de raíz y tubérculo y algas marinas*. *el contenido máximo se aplica después de lavar las Contenidos máximos (mg/kg peso fresco) 0,05 frutas o las hortalizas y separar la parte comestible Tallos jóvenes, hortalizas de raíz y tubérculo, excluidos los apionabos *. En el caso de las patata, el contenido máximo se aplica a las patatas peladas. *el contenido máximo se aplica después de lavar las frutas o las hortalizas y separar la parte comestible 0,10 Hortalizas de hoja, hierbas frescas, hortalizas de hoja del género Brassica , apionabos y las siguientes setas : Agaricus bisporus (champiñón), Pleorotus ostreatus (seta de ostra) shiitake) y Letinula edodes (seta 0,20 *el contenido máximo se aplica después de lavar las frutas o las hortalizas y separar la parte comestible Setas, excluidas las enumeradas en el punto anterior MELAMINA Productos alimenticios a excepción de los preparados para lactantes y de los preparados de continuación *. *No se aplica el contenido máximo en el caso de productos alimenticios cuyo contenido de melamina se pueda demostrar es superior a 2,5 mg/kg y consecuencia del uso autorizado de ciromazina como insecticida. El contenido de melamina no superará el de ciromazina 1,00 Contenidos máximos (mg/kg) 2,50