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Ingrese a la sección Mundo a través del código QR, escanéelo con su celular y podrá ver los resultados del referéndum realizado el martes pasado. Legalización en Washington La capital de Estados Unidos se abre al cannabis http://tinyurl.com/o7bat45 Aucas se impuso 3-1 a River Plate y sigue acercándose a la serie A. 19 Facebook: https://www.facebook.com/diarioeltelegrafo 50 S AVO CENT Twitter: @el_telegrafo Pinterest: http://pinterest.com/eltelegrafo/ JUEVES 6 DE NOVIEMBRE DE 2014 | HORA DE CIERRE: 18:13 | EJEMPLARES EN CIRCULACIÓN: 19.222 | 40 PÁGINAS | Nº 47.312 | ECUADOR | PRIMERA EDICIÓN EN LA CITA SE ACORDÓ APOYO DE CENTROS DE INVESTIGACIÓN ESTADOUNIDENSES A 4 UNIVERSIDADES ECUATORIANAS EMBLEMÁTICAS EE.UU. agilizaría extradición de los hermanos Isaías La Cancillería de Ecuador enviará en diciembre la sentencia actualizada y traducida en el formato que la justicia de ese país requiera. La secretaria Jacobson aseguró que no se dejará influenciar. 03 AL INTERIOR TEMA DEL DÍA . 04 Ecuador tiene una Carta Magna participativa Hay 3 tipos de participación: proactiva, reactiva y la relacionada con la posibilidad de referéndum. Según un análisis presentado en Quito, la Constitución ecuatoriana cumple con estos aspectos, al igual que las de Venezuela y Bolivia. 1.000 MUJERES MARCHAN POR TARIFAS Familiares de los transportistas piden al Municipio de Guayaquil que asuma las competencias de tránsito. 05 MIGUEL CASTRO / EL TELÉGRAFO LA ASAMBLEA TIENE 12 MESES PARA DEBATIRLAS . 11 La venta de saberes ancestrales es una de las 11 enmiendas constitucionales que analiza el Ejecutivo ÍNDICE 02 Página Dos 03 - 04 - 05 Tema del Día 06 Economía 07 - 08 - 09 - 10 Ciudadanía 11 Actualidad 12 - 13 Opinión 14 - 15 - 16 Mundo Cuerpo B 17 - 18 - 19 - 20 - 21 Fanático 22 - 23 Sociedad 24 - 25 Cultura 26 - 27 Telemix Cuerpo C 33 - 34 - 35 Justicia Gaceta Judicial SOCIEDAD . 23 El VIH, el temor más grande en el mundo Un informe aplicado a 48.643 personas en 44 naciones revela los aspectos que más preocupan. A más de las enfermedades crónicas, como el sida, los ciudadanos temen por la contaminación ambiental en la Tierra. JUSTICIA . 34 Tribunal emite sentencia hoy en caso ‘Las Dolores’ De los 11 imputados que fueron llamados a juicio por asesinato en el hecho, ocurrido el 19 de noviembre de 2003, la Fiscalía acusó a 5 policías como autores. En la investigación, peritos venezolanos concluyeron que los 8 fallecidos presentaron disparos por la espalda. EN LA WEB @ Escanee el código en su teléfono inteligente y navegue en la edición web de EL TELÉGRAFO. 02 02 PÁGINA DOS “Esta edición se hizo con el mayor esfuerzo y responsabilidad. Mañana será mucho mejor” El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 La frase del día Somos una organización humanitaria y aunque lideramos este pedido (al Gobierno de EE.UU.), en realidad somos una coalición interreligiosa mayor que quiere que termine el bloqueo a Cuba. Rev. John L. McCullough - Presidente y Director Ejecutivo of Church World Service LA COLUMNA DE REP UN DÍA COMO HOY LA IMAGEN DEL DÍA EN CORTO (Nacional e internacional) Evento se desarrolla en Punta Cana, República Dominicana SELA y ONU analizan los conflictos de países de la región por el comercio Colombia - Bogotá (06/11/1985) El Sistema Económico Latinoamericano y del Caribe (SELA) y la Conferencia de la ONU sobre Comercio y Desarrollo cumplen desde ayer, en República Dominicana, la IV Reunión Anual del Grupo de Trabajo sobre Comercio y Competencia. El encuentro lo organiza el Ministerio de Industrias del país caribeño y el tema central se refiere a los litigios de los países de la región por el comercio. El grupo guerrillero Movimiento 19 de Abril (M-19) asaltó y tomó posesión del Palacio de Justicia de Bogotá. El M-19 consideró que los políticos usaban la justicia para crear leyes en contra del pueblo. El Gobierno de Bachelet invoca la intangibilidad de los tratados China - Yunnam (06/11/1988) Chile critica ante Naciones Unidas la Un potente terremoto causa en la región de Yunnam (sudoeste de China) 730 muertos, 4.014 heridos y millonarias pérdidas materiales. demanda de Bolivia por salir al mar En la II Conferencia de la ONU sobre Países sin Litoral, Chile criticó la demanda de Bolivia por salir al mar. El representante chileno Mariano Fernández sostuvo que “Bolivia pretende vulnerar principios básicos del derecho internacional, como la intangibilidad de los tratados y la estabilidad de las fronteras”. Insistió en que el acuerdo de 1904 fue firmado libre y voluntariamente. TOMADO DEL TWITTER @el_telegrafo Seguidores: 175.290 Las dos personas se guarecían de una fuerte lluvia @martumusic (Martu) Cuenca, tierra de todos. Gracias a diario @el_telegrafo por incluirme en la sección #arteycultura de este especial multimedia. http://youtu.be/PrwRfv9ALXY. Un rayo mató a una mujer y a su hijo cuando estaban debajo de un árbol Una mujer de 48 años y su hijo de 15 murieron al ser alcanzados por un rayo en Angochagua (Imbabura), cuando se guarecían de un aguacero bajo un árbol. Los 2 son de la comunidad de Zuleta y estaban ordeñando vacas. Cuando regresaban a su casa empezó la lluvia. Un perro que iba con ellos también murió. Andes @ebejar74 (Eduardo Béjar) Ethos, creada por Rodas, recibió fondos de Sedesol. http://tinyurl.com/ofxxqcd, vía @el_telegrafo ---> Esta relación deja cada vez más preguntas. En el evento se lanzará la Agenda Animalista 2015 Festican 2 recaudará fondos para ayudar a los animales rescatados @ninesterling (Ángel Sterling) @el_telegrafo Las obras en el colegio Montúfar cuestan $ 1,4 millones. ¿Cuántos gobiernos pasaron y no hicieron nada por la excelencia académica? Buen vivir. @joga1974 (JOSEPH GARCÍA) Cerca de 1.600 proveedores tendrán nuevas reglas en las perchas a partir de hoy. http://tinyurl.com/k72fg3r, vía diario @el_telegrafo ---> ¡Qué buena noticia! @XavierVillacis (Xavier Villacís) $ 870,43 millones se invertirán en hospitales y centros de salud @Salud_Ec en 2015 (Infografía). http://ow.ly/3tNzMw,vía @el_telegrafo. El grupo Yo Amo Animales realizará el sábado 8 de noviembre, en el Centro de Convenciones de Guayaquil, el evento Festican 2, con desfiles caninos y felinos, feria de dulces, bazar y el lanzamiento de la Agenda Animalista 2015. Entre los artistas y presentadores invitados están Danilo Parra, Jonathan Luna, Diego Spotorno y Prisca Bustamante. Informes en [email protected]. Participan 20 equipos de cinco países Libre de ébola Ecuador competirá en la Carrera Solar de Atacama, que se realizará en Chile Javier Limón besa a su esposa Teresa Romero, la enfermera que se contagió de ébola en un hospital de Madrid y que ayer recibió el alta tras superar el mal. AFP Veinte equipos de Chile, Colombia, Ecuador, Bolivia y Japón participarán del 13 al 17 de noviembre en la Carrera Solar de Atacama, la única en la región que desafía a recorrer el desierto mas árido del mundo usando como base la energía del Sol. Los vehículos solo pueden ser solares o híbridos (con pedales). POLÍTICA El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 Tema del día 03 @ Ingrese a la sección Política a través del código QR, que deberá escanear con su celular y que, al activarse, mostrará los temas de su interés. www.telegrafo.com.ec/politica.html LOS CENTROS DE INVESTIGACIÓN DE LOS EE.UU. APOYARÁN AL DESARROLLO CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE 4 UNIVERSIDADES ECUATORIANAS Los pedidos de extradición del Ecuador serían atendidos por la justicia de EE.UU. Durante la reunión entre Roberta Jacobson y la Cancillería ecuatoriana se discutieron temas como la migración de niños. Una de las inquietudes es reactivar el Consejo de Comercio e Inversiones. HABLA UN PERFECTO ESPAÑOL Una diplomática especializada en América Latina Roberta Jacobson llegó al Palacio de Najas, edificación donde funciona la Cancillería, acompañada del embajador estadounidense en Quito, Adam Namm. Redacción Política [email protected] Quito Como positiva calificó el canciller Ricardo Patiño la agenda que mantuvo con Roberta Jacobson, secretaria de Estado adjunta de Estados Unidos (EE.UU.) para el Hemisferio Occidental. La funcionaria llegó a Quito el domingo y en una cita oficial se reunió el martes pasado con varias autoridades en el Palacio de Najas (Cancillería) para lograr algunos acuerdos. Entre ellos se abordaron ejes relacionados con asuntos comerciales, cooperación, migración y extradiciones. En el último tema, Patiño destacó que habría el interés de EE.UU. para repatriar a los banqueros William y Roberto Isaías; el expresidente Jamil Mahuad; el extitular del Banco Central, Pedro Delgado; y el exgeneral de la Policía, Édgar Vaca. Para Jacobson este sería un tema prioritario para el Departamento de Justicia de su país, dijo el Canciller, quien solicitó que esos procesos sean atendidos lo antes posible. En el caso de los exdirectivos de Filanbanco, la justicia ecuatoriana ratificó la sentencia de 8 años de prisión, por lo que esperan llevar la última actualización “en el formato que las autoridades de EE.UU. requieran para tomar una decisión final de la extradición. Y si es así, en diciembre podremos llevar la información completa en los formatos correspondientes, con la traducción debida, a efectos de que pueda viabilizarse la extradición de los señores Isaías”, dijo Patiño. Según el canciller, Jacobson ha- DATOS Durante la cita con Jacobson, Patiño dijo que se manifestó la molestia de Ecuador de elaborar un informe de derechos humanos para el Departamento de Estado. El canciller Patiño reconoció que a pesar de que existen discrepancias con EE.UU. en materia internacional, la relación bilateral debe continuar y “construir de la mejor manera los acuerdos”. Además se acordó exigir a la Embajada de EE.UU. que todos los acuerdos se realicen a través de la Cancillería; esto como decisión soberana para evitar confrontaciones. Jacobson aceptó este pedido. Patiño confirmó el hallazgo en Ecuador de la versión en idioma español de la Carta de Jamaica escrita por Simón Bolívar, en 1815. Se dispuso la protección de ese documento histórico. bría rechazado cualquier tipo de presión por parte de estos sectores, tras conocer sobre los aportes económicos que los hermanos Isaías hicieron a campañas políticas de algunos senadores norteamericanos. Temas migratorios Durante la cita bilateral se evaluó el creciente reporte de viajes ilegales de ecuatorianos desde 2013, especialmente de niños. Gran parte de aquellos menores que fueron ubicados se reencontraron con sus familiares en EE.UU., mientras que otros fueron deportados a Ecuador. También se reportó la detención de 30 menores de edad en centros migratorios estadounidenses. Es así que se insistió en mantener la cam- paña en contra de la migración riesgosa. Talento humano En cuanto a temas de cooperación, Patiño dijo que se planteó la prioridad de desarrollar el talento humano para ciencia, tecnología e innovación. Además el Departamento de Estado de EE.UU. destinará una parte de sus recursos de cooperación con el Ecuador para este propósito. Por ello se consideró que los Centros de Investigación de EE.UU. apoyen al desarrollo de las 4 universidades emblemáticas construidas en el país: UNAE, Uniartes, Yachay e Ikiam. Este tema fue aprovechado para exponer sobre la política pública ecuatoriana de entregar becas a los mejores estudiantes para que accedan a las universidades más destacadas del mundo. En ese sentido, el Canciller dijo que muchos han optado por ir al país anglosajón y pidió que se lograran acuerdos con esas universidades para que disminuya el costo para el Estado. Además manifestó que se ampliará la política de becas para los estudiantes ecuatorianos y que continuará el plan de fortalecimiento de los conocimientos en inglés de los profesores de educación básica que laboran en Ecuador. Acuerdos comerciales Una de las principales inquietudes para Ecuador es reactivar el Consejo de Comercio e Inversiones, que estuvo por un tiempo sin funcionar. La oficina comercial de EE.UU. está interesada en tratar sobre temas de propiedad intelectual y normas técnicas de importación, previo a la reactivación del Consejo. Patiño dijo que la relación co- FERNANDO SANDOVAL / EL TELÉGRAFO CITAS “Lo que queremos es trabajar cada vez más en una agenda positiva entre Ecuador y Estados Unidos”. Ricardo Patiño Canciller del Ecuador “Hay muchas áreas en las que podemos continuar cooperando, incluso en áreas de seguridad, eso fue parte de la discusión”. Roberta Jacobson Secretaria de Estado adjunta de EE.UU. mercial se intensificó en 2014. En ese sentido dijo que se acordó que el Ministerio de Comercio Exterior aborde estos temas de inmediato para que las relaciones comerciales sean “más fluidas”, insistió. Este acuerdo se da a pesar de la ausencia de la Ley de Preferencias Arancelarias Andinas y Erradicación de la Droga, mejor conocida como Atpdea (siglas en inglés). Por otro lado se insistió en un acuerdo para el intercambio de información tributaria con el país del norte, siendo esta una de las prioridades para ambas naciones. Actualmente EE.UU. trabaja en este acuerdo con varios países del mundo y Ecuador se quiere sumar a esta lista. Caso Angostura El canciller Patiño se mostró preocupado por la insuficiente información proporcionada por Jacobson en el caso del ataque a un campamento de las FARC en Angostura, ocurrido el 1 de marzo de 2008. Por ello prefirió en no referirse al caso. Roberta Jacobson fue nombrada el 30 de marzo de 2012 por el presidente de EE.UU., Barack Obama, como secretaria de Estado adjunto para Asuntos del Hemisferio Occidental. La funcionaria ya estaba en funciones, pero de forma interina, desde el 18 de julio de 2011, cuando Arturo Valenzuela renunció para regresar como catedrático a la Universidad de Georgetown. Jacobson asumió esta función en momentos en que la administración de Obama buscaba estrechar los lazos con América Latina, marcada por retos contra el narcotráfico y el crimen organizado. La funcionaria figuraba entre un puñado de nombres de posibles candidatos al cargo, entre ellos Arturo Estupiñán, director del despacho de Ileana RosLehtinen, legisladora republicana y presidenta del Comité de Relaciones Exteriores de la Cámara de Representantes. Pero Jacobson tiene un largo historial de servicio en la diplomacia estadounidense. El 4 de junio de 2007 fue nombrada subsecretaria adjunta del Departamento de Estado para Canadá, México, y el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, en la Oficina de Asuntos del Hemisferio Occidental del Departamento de Estado. Anteriormente se había desempeñado como directora de la Oficina de Asuntos Mexicanos (2002). Además fue ministra consejera en la Embajada de EE.UU. en Lima, Perú, y entre 1996 y 2000 trabajó como directora de la Oficina de Planificación y Coordinación de Política en la Oficina de Asuntos para el Hemisferio Occidental. Por esa experiencia domina perfectamente el español, que lo pronuncia casi sin acento. Durante el desempeño de sus cargos abarcó asuntos como relaciones civiles y militares, derechos humanos, asistencia al exterior, viajes presidenciales, y asuntos antinarcóticos a lo largo del hemisferio, la principal preocupación norteamericana en América Latina. También fue coordinadora para Asuntos Cubanos en la Oficina de Asuntos del Hemisferio Occidental, fue asistente ejecutiva para el Secretario Adjunto (19931994), asistente especial para el Secretario Adjunto (1989-1992) y en el Consejo de Seguridad Nacional (1988). Jacobson tiene una Maestría en Derecho y Diplomacia por la Escuela Fletcher de Leyes y Diplomacia (1986), con énfasis en las relaciones entre los Estados Unidos y Latinoamérica y desarrollo político. Tiene una licenciatura por la Universidad Brown. También trabajó para las Naciones Unidas de 1982 a 1984 en el Centro para Desarrollo Social y Asuntos Humanitarios. Comenzó su carrera como becaria en la oficina de Gestión Presidencial. 04 TEMA DEL DÍA - POLÍTICA El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 Samper ve pobre el diálogo político con Europa La relación entre América Latina y Europa es agridulce; hay un pobre diálogo político y como vocero de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur) veo vacío el contenido. Ernesto Samper - secretario general de la Unasur @ernestosamperp EL PELIGRO DE ESTOS MECANISMOS ES QUE SE CONVIERTAN ÚNICAMENTE EN UNA HERRAMIENTA DE COMUNICACIÓN POLÍTICA Ecuador, Bolivia y Venezuela tienen las constituciones más participativas El dato fue revelado en una conferencia sobre democracia. Los gobiernos progresistas latinoamericanos han promovido la participación, a diferencia de los regímenes neoliberales. DATOS En casi todos los países de Europa Occidental, los mecanismos de democracia directa registraron una concurrencia de votantes inferior a la de los comercios parlamentarios. En Europa, cuanto más frecuentes son los referendos, mayor se torna la diferencia de participación entre las elecciones nacionales y los mecanismos de democracia directa, salvo Suiza que es la excepción. En Suiza, solo el 10% de las iniciativas populares tiene éxito, mientras que los referendos de los partidos de gobierno logran el 60% de aceptación. En las elecciones pasadas en Uruguay, el país que más ha celebrado consultas por iniciativa ciudadana, se decidió sobre la imputabilidad de los adolescentes. Redacción Política [email protected] Quito La llegada de la izquierda al poder en América Latina significó un aumento de los mecanismos de participación ciudadana en la región. En ese marco, Ecuador, Bolivia y Venezuela, que como parte de este proceso celebraron asambleas constituyentes, son los países con una Carta Magna más participativa. Ese fue uno de los ejes del primer día de la conferencia ‘Democracia participativa e izquierdas’, que inició el martes pasado en la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso), en Quito. Expertos de Venezuela, Alemania, Brasil, Uruguay y México analizaron esta temática en un foro con escasa participación. En el auditorio estaban poco más de 10 personas. La uruguaya Alicia Lissidini ha hecho un estudio de las reformas constitucionales de América Latina, desde que la región superó las dictaduras militares y retomó la democracia. En todos esos cambios, en unos casos más y en otros menos, se han incorporado mecanismos de participación ciudadana. Hay 3 tipos de participación ciudadana: la proactiva, que se presenta para promover una ley o reforma; la reactiva, que busca derogar una norma o política, y la relacionada con el referéndum, que es la consulta al pueblo en determinada situación, por ejemplo aprobar una nueva Constitución. En esa división, Ecuador cumple los tres ítems, al igual que los países andinos antes citados. Lo contrario ocurre en países del Cono Sur, como Chile y Argentina, que tienen constituciones hechas por las antiguas dictaduras militares. Y aunque estas cartas magnas han sido modificadas parcialmente, la participación aún es pobre. Una excepción representa Uruguay. Allí, para evitar el hiperpresidencialismo, se prohibió al presidente convocar referendos. Sin embargo el país tiene mecanismos de iniciativa popular que lo han convertido en el estado latinoamericano que más ha usado esta herramienta. Lissidini contó la experiencia uruguaya. Los sindicatos evitaron, en el auge del neoliberalismos, las privatizaciones. Esa fue la ventaja que tuvo Montevideo. Lo contrario ocurrió en la vecina Argentina, donde Carlos Menem privatizó casi todas las empresas públicas, pese a las protestas, y sin que nadie lo detuviera porque no hay allí mecanismos de participación ciudadana. “Déjenme hacer”, pidió en aquella época el presidente argentino, recordó Lissidini. Si el neoliberalismo dejó a un lado la participación, la izquierda la retomó. La muestra de aquello son las experiencia mexicana y brasileña. Wagner Romao, de la Universidad Estadual de Campinas, manifiesta que con la llegada al poder del Partido de los Trabajadores (PT) se doblaron las iniciativas de participación ciudadana. En Brasil existen consejos y conferencias que más bien son espacios de diálogo con la ciudadanía, o entre el gobierno federal y los estados. En ese sentido los temas de salud, educación y derechos de los niños son los que más han convocado estos encuentros, cuyas conclusiones no son vinculantes. CITAS “En Europa las clases bajas no asisten a las elecciones. El voto se ha convertido en algo selectivo, a nivel social”. Wolgang Merkel Docente de U. de Humboldt de Berlín “Una gran limitación de la democracia directa es que casi siempre la mejor opción está en el medio”. Alicia Lissidini Docente de la U. de San Martín “La izquierda es la única corriente que ha presionado por los mecanismos de participación en México”. Emiliano Rosales Director de Pauta Política Consultores En total se han organizado alrededor de 30.076 consejos de participación, que son los mecanismos más básicos. Algo parecido ocurrió en México DF, donde la alcaldía, liderada por el izquierdista Partido de la Revolución Democrática (PRD), promovió la participación ciudadana. Andrés Manuel López Obrador aprobó una ley local sobre esto, y su sucesor, Marcelo Ebrard, presentó el mecanismo más exitoso: la formulación de un presupuesto participativo para la ciudad. Así lo contaron Luis Fernández y Emiliano Rosales, de la Asociación Participando por México. 150.000 personas intervinieron en los debates sobre el presupuesto para 2014. Su opinión incidió en el ARCHIVO reparto de al menos $ 60’000.000. Es la iniciativa más exitosa porque las otras, como el referendo, enfrentan obstáculos institucionales muy difíciles de superar. Y esa es una de las dificultades para aumentar la participación ciudadana en la región. Todos los conferencistas proponen bajar el número de firmas que se deben recoger. En México, por ejemplo, debido a su numerosa población, una iniciativa requeriría más de 2 millones de firmas, lo que demanda recursos que solo podrían afrontar instituciones. A eso se añade que los referendos pueden ser promovidos por el legislador, por lo que resulta más fácil conseguir un padrino que convocar a la ciudadanía. Todos concordaron en que la participación ciudadana mejora las democracias porque las vuelve más transparentes y conecta a los gobernantes con los ciudadanas. Y ese es un pedido que se da en todo el mundo, desde las manifestaciones de junio pasado en Brasil y Turquía, hasta los indignados españoles y los Ocupa de Wall Street. Ahora hay un problema y que fue advertido por los panelistas: que estos mecanismos se conviertan en una herramienta de comunicación política, es decir que sean usados por los gobernantes para ganar legitimidad o refrendar sus decisiones. Por ejemplo los uruguayos fueron consultados en las recientes elecciones para bajar la edad de imputabilidad (de 18 a 16 años). Acosados por la inseguridad, grupos de derecha promovieron esta idea. Al principio las encuestas vaticinaban un rotundo triunfo del sí, pero al final venció el no gracias a la activa participación de los jóvenes, La mayor influencia de los partidos en los referendos se registra en Suecia, Gran Bretaña, Países Bajos y Austria. En los países europeos, los partidos tienen una incidencia alta o extraordinariamente alta. En Europa actualmente existe en las consultas una tendencia conservadora populista. contó Lissidini. El otro punto es que no se puede preguntar todo. El alemán Wolfang Merkel, de la Berlin Social Science Center, excluye los derechos de las minorías. En ese marco presentó el caso de Suiza, un país europeo famoso por su democracia participativa. Allí se ha consultado sobre los derechos de los migrantes, recientemente. Y hace un año se preguntó sobre la prohibición de minaretes, las tradicionales torres de las mezquitas. En ambos casos ganó el sí, lo que escandalizó a la propia Unión Europea y organismos de derechos internacionales. Iniciativas similares están siendo promovidas en Reino Unido y Francia. Por eso Merkel advierte sobre las restricciones que deben tener las consultas para evitar las tiranías de las mayorías. Al final surgió el caso ecuatoriano, pese a que los organizadores habían dicho que el tema era general, desde una perspectiva latinoamericana y europea. La coyuntura saltó con Francisco Carrión cuando le preguntó qué consejo daría a Rafael Correa en el tema de la consulta popular sobre la reelección. Merkel dijo que probablemente sería despedido si fuese asesor presidencial porque se opone a largos periodos en el poder. Incluso criticó a Helmut Kohl, quien fue canciller de Alemania por 14 años. Su argumento es que la excesiva continuidad aumenta la corrupción y disminuye la transparencia. Lissidini fue más contundente. Para ella Correa no debe presentarse en 2017, como tampoco debió hacerlo Evo Morales, ni Hugo Chávez en su momento. “La renovación de las élites políticas es un concepto de las izquierdas”, concluyó. TEMA DEL DÍA - ACTUALIDAD El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 05 Venezuela está agobiada por los virus La red ‘Defendamos la Epidemiología’, de la Sociedad Venezolana de Salud Pública, y el Observatorio de Salud informaron que, desde enero hasta octubre de este año, 71.620 personas han sido diagnosticadas con malaria, 71.007 con dengue y 9.831 con chikungunya. Expertos dicen que -además- hay escasez de medicina y equipos. PARA EL 12 DE NOVIEMBRE SE PLANIFICA UNA MARCHA CON LOS CHOFERES Familiares de transportistas exigen a Nebot que revise costos operativos y fije tarifas Tres representantes de un grupo de cerca de mil ciudadanas dialogaron con el Alcalde de Guayaquil. Lorena Gilser dijo que él no se refirió a las competencias y solo las atendió ‘por ser mujeres’. Redacción Actualidad [email protected] Guayaquil-Quito En febrero, cuando corría la campaña electoral para Alcalde, el entonces candidato Jaime Nebot indicó que el Consejo Nacional de Competencias “ponía trabas” al Municipio de Guayaquil para no traspasar la competencia del tránsito. “No quieren entregar la competencia, les molesta”, dijo Nebot en una entrevista. Esta vez el mensaje es otro: “Yo tengo que recibir competencias, obligación y dinero. No hay dinero sin competencia, ni competencia sin dinero”. Esto lo dijo ante la declaración de la ANT (Agencia Nacional de Tránsito) de que el Cabildo guayaquileño debe asumir el total control del tránsito en la ciudad. Según contemplan la Constitución, el Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad), la Ley de Tránsito y la Resolución 006 del Consejo Nacional de Competencias (CNC), los 221 municipios deben asumir las competencias de tránsito y esto incluye la definición de tarifas del transporte urbano. La ANT indica que existen 3 tipos de Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD): A, B y C. El primero tiene la capacidad de matricular o revisar vehículos, otorgar títulos habilitantes y controlar el tránsito; el tipo B puede emitir títulos habilitantes y la matriculación; y el tipo C, solo títulos habilitantes. Guayaquil es de tipo A y debía asumir los títulos habilitantes desde el 15 de septiembre. Basados en estas normas, choferes y estudiantes han pedido en reiteradas ocasiones a Nebot que el Municipio de Guayaquil asuma totalmente las competencias (actualmente la Agencia del Municipio solo efectúa la revisión de vehículos) y llegue a un acuerdo para fijar los nuevos pasajes urbanos. Al reclamo se suma el de los familiares de los transportistas, quienes caminaron ayer desde un hotel en Guayaquil hasta el Municipio de la ciudad y luego a la Gobernación. En Guayaquil hay 3.370 transportistas urbanos que piden la definición de los pasajes. Con carteles y banderas de Guayaquil, cerca de mil mujeres, entre esposas, algunas embarazadas e hijas de transportistas urbanos, exigieron al Cabildo la revisión al costo de operaciones e hicieron una comparación de que hace unos años la libra de arroz tenía un costo de 20 centavos y ahora es de 45 centavos. “En 11 años no se ha revisado el costo operacional, todo ha subido, la canasta familiar, los insumos de la transportación”, expresó Lorena Gilser, esposa de un socio de la cooperativa Las Orquídeas, mientras marchaba hacia el Municipio. El grupo de mujeres, entre las que había embarazadas, recorrió un tramo del Malecón 2000 hasta llegar al Municipio de Guayaquil. CIFRA $ 142 millones transfirió el Consejo Nacional de Competencias a los municipios para que asuman obligaciones de tránsito. DESTACADO El 15 de enero de 2014 el puerto principal deberá asumir el control vial con sus agentes civiles. “Nos hemos visto obligadas a parar nuestros quehaceres domésticos y hacer un frente de mujeres de familias transportistas”, dijo Gilser. Ella junto a otras dos mujeres (Martha Castro y Sonia Llaguno) subieron hasta el despacho de Nebot, quien dio la orden para permitir que ingresaran. “Teníamos expectativas de que el Alcalde dialogara con nosotras para darnos aliento, pero salimos con los brazos abajo”, afirmó Gilser. “Nos recibió solo por ser mujeres y, aunque nos atendió amablemente, fue tajante al decir que no iba a hablar sobre la revisión de costos operacionales mientras el Gobierno no le dé todo el dinero y que conversaría con nuestros esposos cuando eso ocurra”. Sobre la reacción del Alcalde al preguntarle sobre las demás alcaldías que sí han asumido sus competencias, comentó: “Fue algo que no le gustó y solo me dijo que le preguntara al Gobierno”. Ante la negativa, las 3 mujeres se trasladaron a la Gobernación, donde fueron atendidas por el titular, Rolando Panchana, quien manifestó que el Municipio de Guayaquil es el único de otros 7 que no ha asumido sus competencias. “El señor Nebot no quiere hacerlo. Los alcaldes no determinan cuántos son los recursos suficientes sino el Consejo Nacional de Competencias, que hace mucho lo decidió, pero como él no entiende razones, es soberbio, engreído y prepotente, provoca estos problemas”. Por otra parte, el alcalde Nebot insiste en convocar a una consulta popular para definir el tema tarifas. La próxima semana el funcionario se reunirá con instituciones y representantes populares para determinar la convocatoria. Por lo pronto adelantó la pregunta: “¿Usted está de acuerdo con recibir menos obras y menos servicios, menos pavimento popular, menos computadoras, menos libros gratuitos, menos salud gratuita, menos regeneración urbana, menos parques, menos juegos de agua gratuitos, para que ese dinero se vaya a los empresarios del transporte?”, dijo Nebot en su acostumbrado enlace radial de los miércoles. Estefanía Guariño, con 4 meses de embarazo, quien acudió a la marcha, rechazó la consulta: “La hacen como para lavarse las manos. Me parece innecesaria, sería mejor que el dinero que van a gastar sirva para realizar una revisión, un informe bien hecho”. Además, Sonia Llaguno aseguró que la postura del grupo se contrapone a la consulta. “Él nunca preguntó si estábamos de acuerdo con la Metrovía ni sobre el estudio del transporte aéreo, ¿por qué ponernos a la ciudadanía en contra?”. MIGUEL CASTRO/ EL TELÉGRAFO HASTA EL MOMENTO SOLO FALTAN 37 MUNICIPIOS POR ASUMIR FACULTADES “Ninguna ley establece que subsidios formen parte de las tarifas de buses” Basados en el artículo 273 de la Constitución de la República, la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) transfirió al Municipio de Guayaquil $ 30 millones por concepto de las competencias de tránsito. Este monto corresponde al valor de un año de ejecución de todas las competencias. Hasta el momento Guayaquil es el único municipio de los 7 que se encuentran en el modelo A (Cuenca, Quito, Ambato, Manta, Ibarra y Loja) que no ha capacitado a quienes reemplazarán a los 1.200 uniformados de la Comisión de Tránsito, que actualmente coordinan el tránsito en la urbe, pero que lo harán solamente hasta enero de 2015. Nebot ha mencionado que la ANT “no podrá interrumpir el servicio de los vigilantes de tránsito porque la competencia no está traspasada”. Al respecto, “las competencias no necesitan de la aceptación expresa de los alcaldes; asumirlas es una obligación constitucional y al Municipio de Guayaquil ya se la han transferido los valores correspondientes por el organismo competente”, indicó la ANT. Los nuevos agentes municipales deben capacitarse durante 4 meses para ejercer sus funciones. Bajo ese parámetro, a Guayaquil no le alcanzará el tiempo para cumplir con el trámite. Con respecto al dinero entregado para asumir la competencia, el Cabildo guayaquileño indica que esta cifra corresponde a 2 de las 3 partes de competencias de tránsito, y que aún faltan $ 15 millones para cubrir el subsidio a las tarifas urbanas. Ante esto, la ANT aclara que “ninguna ley establece que los subsidios forman parte de las tarifas. Los montos que exige sin razón tenían un origen definido hace más de 2 años y ya no están vigentes, estos fueron un compromiso entre el Gobierno Nacional y los transportistas antes de que las competencias sean transferidas a los GAD”. Datos entregados por la ANT indican que aún hay 37 municipios pendientes, de los 221, por asumir las competencias. Para que lo hagan de forma exitosa, la entidad realizará una nueva capacitación desde el 15 hasta el 17 de noviembre. 75 municipalidades más, asumieron las competencias desde el uno de noviembre, luego de que finalizó la primera instrucción. En total 184 cabildos han asumido sus obligaciones. El Municipio de Guayaquil es uno de los 7 que reúne todas las condiciones para contraer estas facultades y “se tomarán todas las medidas legales si no las asumen”, mencionó el director de la ANT, Héctor Solórzano. ECONOMÍA El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 UAL DE SEPT NS BRE 2014 IEM ción M Infla E 06 0,61% SEPTIEMBRE 1,2483 11,33% Banano Arroz Azúcar Soya Cacao Papa Arroz Carne Tomate Azúcar Pescado Cebolla Lenteja $ 641,20 $6 CADA CAJA $ 34,50 QUINTAL $ 36,36 QUINTAL $ 30 QUINTAL $ 137,98 QUINTAL $ 0,35 LIBRA $ 0,45 LIBRA $ 3,00 (RES LIBRA) $ 0,70 LIBRA $ 0,40 LIBRA $ 4,00 LIBRA PICUDO $ 0,60 LIBRA $ 1,00 LIBRA $ 462,40 SE PERDERÍAN UNOS $ 5.000 MILLONES Ecuador enfrenta 6 procesos de arbitraje con petroleras Redacción Economía Guayaquil Desde 2008, Ecuador enfrenta simultáneamente 6 procesos de arbitraje planteados por las petroleras estadounidenses Occidental (Oxy), Chevron, Burlington y Murphy, y la anglofrancesa Perenco. “Si tenemos en cuenta los procesos que hasta el momento se han desarrollado, con la aclaración de que no son cifras precisas ni exactas, ni responden a decisiones ya tomadas, creo que podemos hablar de cuantías superiores a $ 5.000 millones de reclamos”, aseguró el procurador general del Estado, Diego García, quien agregó que son 6 procesos de arbitraje internacional y uno que está comenzando con Petrobras. La empresa brasileña abandonó el país en 2010 por la falta de acuerdo sobre un nuevo modelo de operación fijado por el Gobierno, que anunció una indemnización de $ 217 millones. El procurador mencionó que Petrobras impulsa el proceso por “reclamos contractuales en relación a la liquidación del contrato que tenía acá”. La cifra ($ 5.000 millones) que tendría que pagar Ecuador si pierde los juicios representa el 14% del presupuesto estatal de este año ($ 34.300 millones). “Son demandas que, de darse una resolución contra el Estado y que el Estado tenga que finalmente hacer un pago por cuantías de miles de millones de dólares, afectarán gravemente al presupuesto de Ecuador”, dijo García, antes de una visita que inició el martes a EE.UU. La mayoría de disputas, que se ventilan en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi, con sede en Washington) y la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya, responde a reclamos contra una ley ecuatoriana de 2006 que elevó la participación del Estado en las ganancias que re- cibían las petroleras. Sin embargo, los procesos más emblemáticos, el de Oxy y el de Chevron, obedecen a otras razones. En el primer caso la empresa pretende recibir una indemnización de $ 1.700 millones -de una aspiración inicial de $ 3.300 millonesa raíz de que su contrato fue cancelado en 2006 por venta ilegal de acciones, según autoridades ecuatorianas. Mientras que Chevron, cuya filial Texaco operó en la Amazonía ecuatoriana entre 1964 y 1990 antes de ser adquirida por su actual propietaria, acudió al arbitraje internacional por “denegación de justicia”. La petrolera tacha de fraude el juicio en Ecuador por el que fue finalmente condenada en 2013 a pagar $ 9.500 millones por daños ambientales. “Ecuador nunca antes había tenido que defenderse simultáneamente en este tipo de procesos”, reconoció García, quien cree que el caso ecuatoriano puso sobre el tapete que es necesario reformar el sistema internacional de arbitraje. En sus procesos, Chevron, Oxy y Perenco se ampararon en los tratados bilaterales para la protección de inversiones (TBI) que suscribió Ecuador con EE.UU. y Francia, y que, a juicio del procurador, están inclinados a favor de las firmas. “Ecuador no está en contra del sistema de arbitraje internacional en general, pero hace observaciones puntuales que deben ser escuchadas (...). La idea es que el sistema funcione, pero que no funcione con el desbalance, desequilibrio, contradicciones y violaciones a derecho que hoy se están dando”, sostuvo. García teme que esos casos sienten un mal precedente contra los Estados. “Cada tribunal está resolviendo como si fuera un poder omnímodo, que puede hacer justicia de acuerdo a su criterio, y eso es malo para la seguridad jurídica. Hoy le pasa a Ecuador, pero más tarde, cuando otro país tenga que hacer lo mismo, ¿cómo va a proceder?”. AFP 16,30% 17,484, 53 VALOR 10,58%VARIACIÓN $ 340 $ 76,91 $ 83,22 EL MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES ESTABLECIÓ OTRO PROCEDIMIENTO El servicio público tendrá un banco de elegibles Dentro de los cambios, anunciados por el MRL, se destaca que los nuevos funcionarios se sujetarán solo a la Losep. El ministro de Relaciones Laborales, Carlos Marx Carrasco, presentó a los servidores públicos el nuevo sistema. Redacción Economía [email protected] Quito El ministro de Relaciones Laborales, Carlos Marx Carrasco, presentó ayer el nuevo sistema de selección de personal para el servicio público, en el cual se reduce el proceso de elección de 134 a un máximo de 38 días. La filosofía de este programa, trabajado conjuntamente con el Instituto Nacional de la Meritocracia (INM), se sustenta en la transparencia, celeridad y objetividad. Uno de los primeros pasos que se establece es la creación de un banco de elegibles, que se conformará con aquellos participantes de los concursos que obtuvieron el puntaje mínimo requerido para acceder al servicio público. “Cuando se requiera llenar una vacante, se elegirá de dicho banco en orden de puntuación”, dijo Carrasco. El banco tendrá la información 2 años. Se eliminan: el proceso de capacitación para el concurso, la obligatoriedad de publicar en la prensa y en las carteleras institucionales el anuncio de los concursos -se difundirá solo por las páginas web de cada institución-, el informe favorable del Instituto Nacional de la Meritocracia, el cual se lo sustituye por el control posterior (cómo fueron otorgados los puestos). Además, se elimina el requisito de la experiencia que se exige para participar en un concurso para cargos públicos, pero sí tendrá una puntuación al momento de la calificación. Los méritos estarán dirigidos al perfil de cada aspirante y la oposición será el proceso objetivo de evaluar las competencias de cada una de las personas a través de las pruebas psicotécnicas (competencias) y psicométricas (aptitudes y conocimientos) y las entrevistas. En el nuevo sistema se valora el mérito adicional tanto de la instrucción formal como la experiencia de los aspirantes que superen los requisitos del perfil del puesto vacante, hasta por 5 puntos; y a la fase de entrevistas pasan los 5 mejores puntuados (antes pasaban los 5 mejores puntajes, que podrían ser más de 5 aspirantes al tener varias personas la misma puntuación). Funcionarios apoyan el cambio Los funcionarios de diferentes entidades públicas que estuvieron presentes en el acto dijeron que este sistema está acorde a la realidad, sobre todo resaltaron la eliminación del requisito de la experiencia y que se tenga el informe del Instituto de Meritocracia. María C. sostuvo que esto agilizará los trámites y podrán llenarse las vacantes de una manera más rápida y transparente. Dijo que en la DESTACADO Las reformas al Código señalan que los contratos no tendrán plazo fijo sino que serán indefinidos. entidad en donde ella trabaja existen vacantes hace casi un año. Destacó la eliminación del informe del Instituto Nacional de la Meritocracia, que era uno de los requisitos que, a su criterio, era el que más demoraba el trámite. Mientras que Marlon M. cree que es un gran avance eliminar el requisito de la experiencia, ya que considera que aquello era una limitante para acceder al concurso, ya que muchos salen de la Universidad preparados, pero no pueden participar en la selección porque les piden 3 o 4 años de experiencia. FERNANDO SANDOVAL / EL TELÉGRAFO Código del Trabajo El ministro de Relaciones Laborales, Carlos Marx Carrasco, tenía previsto reunirse ayer con el presidente de la República, Rafael Correa, para definir cuál será el contenido explícito de las reformas al Código Laboral que se presentará el 15 de noviembre en Guayaquil. Entre los temas que constarán adelantó el ‘carácter de despido nulo’, sobre todo para la mujer embarazada; se da por terminada la contratación a plazo a fijo y se establece que todo contrato tendrá una duración indefinida. Se determina también que la elección de las dirigencias sindicales se hará por el voto universal, libre y secreto. El presidente del Frente Unitario de los Trabajadores (FUT), Édgar Sarango, dijo que ellos están a favor de los derechos individuales de los trabajadores y temas como los que se han adelantado tienen su total apoyo; sin embargo, indicó que existen otros puntos que son parte de la propuesta que ellos presentaron y no se han tomado en cuenta, por lo que reiteró su decisión de movilizarse el 19 de noviembre. Enmienda constitucional Carrasco dijo que dentro de las enmiendas constitucionales que deberá tramitar la Asamblea está la eliminación de que los servidores públicos sean contratados sobre la base del Código de Trabajo. La única forma de contrato será por la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep). Aclaró que las personas de las instituciones públicas que están sujetas al Código de Trabajo mantendrán este estatus, pero que en adelante, una vez en vigencia la enmienda, los nuevos funcionarios solo se sujetarán a la Losep. Sarango mostró su desacuerdo con este tema e indicó que la Losep no sirve para organizar los sindicatos ni contratos colectivos, ya que son derechos constitucionales que tienen los trabajadores. CIUDADANÍA El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 07 07 Bicipaseo en Guayaquil Del 9 al 16 de noviembre se desarrollarán varias actividades de educación vial y prevención de accidentes en Guayaquil. El domingo se realizará un ciclopaseo por las calles Malecón-Loja-Panamá-Junín-6 de Marzo-1 de Mayo-Lorenzo de Garaicoa-9 de Octubre -Chile-Olmedo-Malecón. El evento es a las 07:30. MUNICIPIO DE GUAYAQUIL EXPLICA QUE NO PUEDE ASEGURAR A COMERCIANTES Mercado incendiado era inseguro, según informe EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN LOS CAPACITARÁ Artesanos accederán a títulos profesionales tras un acuerdo El Gobernador del Guayas confirma falta de hidrantes y de sistema contra fuego en Terminal de Transferencia de Víveres. JOHN GUEVARA/ EL TELÉGRAFO El vicepresidente Jorge Glas (izq.) se reunió ayer con los artesanos, quienes manifestaron su apoyo al proceso de cambio de la matriz productiva. Redacción Política polí[email protected] Personal de Puerto Limpio sigue retirando los escombros que quedaron en bodegas incineradas. Redacción Guayaquil [email protected] Guayaquil Ubicación N a rellan Montebello Bastión Popular Terminal de Metrobastión O o. de Av. Fc Vía Perimetral Terminal de Transferencia de Víveres Pascuales le Vía a Dau Guayaquil Quinto Guayas 10 kilómetros El incendio registrado en las bodegas de la Terminal de Transferencia de Víveres (TTV) de Guayaquil, en Montebello (norte), se originó por una hornilla eléctrica que se quedó encendida. Así reza en el informe de peritaje revelado ayer por la Gobernación del Guayas. El documento es parte de una investigación desarrollada por la Fiscalía del Guayas, la cual aún no está concluida. Los primeros datos, difundidos públicamente ayer por el gobernador Rolando Panchana, indican que el fuego de la hornilla contaminó material inflamable cercano y propició el suceso. Panchana explicó que, de acuerdo con la inspección realizada en el mercado de transferencia, “el galpón número 15 (el que se quemó) no presenta protección...”. Sin embargo, el artículo 26 de la Ordenanza Sustitutiva de Edificaciones y Construcciones establece que los inmuebles deben contar con divisiones contra incendio, que compartimenten el inmueble, para que cada una actúe como un espacio separado. “Así se evita la propagación del fuego y del humo”. DATOS En noviembre de 2011, 36 comerciantes resultaron afectados tras un incendio originado por un cortocircuito. Las pérdidas por mercadería fueron estimadas en $ 2,5 millones. El art. 364 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece una pena privativa de libertad de 10 a 13 años para quien provoque incendios en almacenes. El art. 395 del COIP, en cambio, sanciona hasta con 15 días de prisión a “la o el propietario o administrador de establecimientos en funcionamiento que no cumpla las medidas vigentes de seguridad frente a incendios”. El Municipio de Guayaquil establece, como parte del trámite para permisos de funcionamiento, una inspección del Cuerpo de Bomberos. CIFRA 46 son las bodegas que se quemaron el pasado 29 de octubre en la Terminal de Transferencia de Víveres. El espacio afectado de la TTV, según el informe que leyó el Gobernador, no posee sistemas que permitan descubrir y/o alertar la presencia de fuego en un lugar. Además, no existe un sistema contra incendios ni hidrantes: “Todo eso es responsabilidad del Municipio”, acusó el funcionario. Por su parte, al ser consultado sobre el tema, el alcalde Jaime Nebot prefirió no contestar a las observaciones sobre la falta de hidrantes. “Yo no respondo a quien no debo responder”. En cuanto a la reparación de da- CARINA ACOSTA / EL TELÉGRAFO ños a los afectados, justificó que asegurar los productos era una obligación de los propios comerciantes. Argumentó que el Ayuntamiento no puede asegurar esos bienes porque “eso es peculado. No se pueden pagar negocios privados con plata del sector público”. Personal de Puerto Limpio, hasta ayer, continuó retirando escombros de las 46 bodegas dañadas. En el lugar se observan solo los pilares que sostenían los techos. A pocos metros se encuentra un escenario similar que quedó de los locales que se quemaron en el incendio de 2011. Algunos de los perjudicados en aquella ocasión habían sido reubicados en el sitio que se destruyó hace poco. Según comerciantes consultados, la mayoría de los afectados fueron asignados a otros espacios. Hay 16 personas que aún no cuentan con un nuevo sitio y el monto total de las pérdidas no está establecido. Piedad Ordóñez, quien labora en el lugar desde hace 15 años, perdió su mercadería en los dos últimos incendios presentados en la TTV. “Ni antes ni ahora me han reconocido las pérdidas”, afirmó. Al respecto, Panchana informó que se reunió hace 6 días con los comerciantes afectados. Estos, a su vez, mantendrán un encuentro con los directivos del Banco Nacional de Fomento para que puedan obtener una línea de crédito, pagarla y seguir con su actividad. El Gobernador recordó que hace tres años ocurrió un incendio en el mismo mercado y, pese a ello, no se habían tomado los correctivos necesarios. Este Diario consultó al Cuerpo de Bomberos de Guayaquil, mediante correo electrónico, acerca de las recomendaciones realizadas tras los últimos incendios en la TTV, pero hasta el cierre de esta edición no hubo respuesta. La actividad artesanal será reconocida como una profesión, luego de que ayer el Ministerio de Educación y la Junta de Defensa del Artesano firmaron un convenio que permite la titulación de este sector por la práctica profesional. Augusto Espinosa, titular de la cartera de Estado, y Luis Quishpe Véliz, presidente de la Junta, rubricaron el acuerdo en la plaza de San Francisco, en Quito. En el encuentro también estuvo el vicepresidente de la República, Jorge Glas, quien se reunió con los agremiados y les agradeció su compromiso en el cambio de la matriz productiva. Reconoció el trabajo de estos ciudadanos, por ejemplo, en la elaboración de uniformes escolares, que benefician a los niños de las escuelas públicas del país. Glas dijo que los artesanos son actores fundamentales de la Revolución Ciudadana. “Son fuerza que genera producción y trabajo, con sus artesanías y emprendimientos que hoy son reconocidos por la política pública, por el Gobierno nacional como nunca antes”. Quishpe, en representación de sus compañeros, señaló que apoyan el proceso de revolución y están a favor de las reformas al Código Laboral. “Hoy somos parte del cambio de la matriz productiva”, señaló. Destacó que por las políticas que emprende el régimen sus colegas “viven con dignidad”. Afirmó que parte de la Junta de Defensa de los Artesanos está integrada por representantes de 54 mercados, que representan el 50% de la fuerza productiva artesanal. En la plaza de San Francisco estuvieron más de 2.083 emprendedores, taxistas y representantes de los mercados. DESTACADO La Junta de Defensa del Artesano está integrada por más de 420.000 miembros en todo el país. Viviana Bonilla, secretaria nacional de Gestión Política, indicó que los artesanos ponderan el apoyo del Gobierno en diferentes sectores, sobre todo en materia productiva. “Es importante el reconocimiento desde la parte artesanal al régimen”. Añadió que el sector respalda las reformas laborales y que la organización estará en Guayaquil el próximo 15 de noviembre. Ramiro González, ministro de Industrias y Productividad, dijo que trabajan en la regularización de los artesanos para que puedan acceder a líneas de créditos productivo. Al momento 5.500 están regularizados. 08 CIUDADANÍA El Telégrafo | jueves 6 de noviembre del 2014 Nueva terminal terrestre se construirá en Guayaquil La construcción de la Terminal Satelital Norte, en el km 14,5 de la vía Daule, ya fue adjudicada por el Cabildo. El valor de la obra asciende a $ 7’328.022 y su plazo de entrega es un año. Según el Municipio, en la estación operarán 18 cooperativas y recibirá un promedio de 800 buses de transporte cantonal. EL ALCALDE DE GUAYAQUIL DESCALIFICA LAS CRÍTICAS CIUDADANAS BREVES Las esculturas más caras de la calle Panamá cuestan $13.800 El guayaquileño, autor de dos obras de niños trabajadores, explica que su intención no era fomentar la labor infantil, sino preservar hechos históricos. Redacción Guayaquil [email protected] Guayaquil Continúa eliminatoria en rodeo montubio Milton José Molina (Naranjal), Giraldo Jama Tejada (Chongón), Artemio Silva (Salitre), Julio Briones (Yaguachi), Diógenes Herrera y Daniel Ramírez (ambos de Tarifa) participan en la nueva eliminatoria que busca al Mejor Vaquero del Guayas. El evento será el domingo en la feria ganadera (vía Durán-Yaguachi). El 7 darán los nombres de las ganadoras INFOGRAFÍA Detalles sobre las nuevas esculturas del centro Las figuras que se colocaron a escala natural en diferentes espacios públicos -según el Municipio de Guayaquil- evocan remembranzas de orden cívico, artístico, costumbrista, deportivo, folclórico u otros que sirven para recordar hechos históricos a viejas y nuevas generaciones. CANGREJERO Autor: Gastón Macías Material: Bronce NERO BETUNERO r: Hans San Andrés Autor: rial: Resina Material: Jua nM olív ar nB mó Barrios de Guayaquil tendrán otro número cafu erte nez n Si artí lecó sM Pan a re Tom á Ma Agu ir má Pad re ont alvo El sábado se restablece el servicio telefónico Imb abu ra a Pa n rrag am á Luzu A un mes del cierre de votos a favor de Quito El 6 de diciembre se cierran las votaciones para que la capital de la República pueda formar parte de las ‘7 Ciudades Maravillas del Mundo’. El Ministerio de Turismo colocó seis islas de ‘Viaja Primero Ecuador’, de forma estratégica, en centros comerciales de Quito, Guayaquil, Manta y Cuenca, para que la gente pueda votar. Loja V. Ro El alcalde de Guayaquil, Jaime Nebot, ayer calificó como “bobas” a las personas que consideran ofensiva la escultura de un niño lustrabotas en la calle Panamá (centro). El burgomaestre argumentó que las opiniones ciudadanas en contra son “una cortina de humo” a los problemas del país. “Entonces habría que prohibir la imagen del niño Dios en el pesebre, porque es una exaltación a la pobreza”. Según el Cabildo, previo a la instalación de las imágenes, cuyos costos van desde $ 4.400 a $ 13.800, fueron aprobadas en maquetas. La entidad explicó que se regeneró la Panamá porque es emblemática. “Se han recuperado espacios propicios para la interacción con figuras que evoquen hechos que preserven la memoria histórica”. De acuerdo con el portal del Municipio, la regeneración en la zona cuesta $3 millones, lo que incluye intervención de fachadas de casas, aceras, bordillos, esculturas y tres museos (que están pendientes). El artista Hans San Andrés, autor de la imagen del niño vendedor de diarios y del betunero, aseveró que sus obras no promueven el trabajo infantil, sino que recuerdan un momento histórico. “Me conviene que se hable de la imagen porque despierta curiosidad por conocerla, pero la discusión se ha vuelto política”. Evitó precisar cuánto costó la mano de obra, pero dijo que sus ganancias están dentro de los $4.400 y $6.250 que costaron sus trabajos. La final será el 23 de este mes Río Guayas Debido al cambio de tecnología, que implementa la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), en varios sectores del puerto principal el servicio telefónico quedará restablecido el sábado a partir de las 16:00. La entidad estatal otorga nuevos números a los abonados de unos 20 barrios. Roc a VICEN ROCAFUERTE VICENTE Autor: Tony Balseca Autor Material: Bronce Mate ALBERTO SPENCER Autor: Diana Ponce Material: Bronce Tres labores en marcha Tamaño de las imágenes: 1,6 metros en promedio Costos de las esculturas Las de resina costaron entre $ 4.400 y $6.250 Las de bronce costaron $ 13.800 Tiempo de elaboración: Entre 7 y 9 meses En Huaquillas empezó la reparación de avenida CANILLITA Autor: Hans ns San Andrés Material: terial: Resina Fuente: Municipio de Guayaquil A un costo de $ 900 mil, el Municipio de este cantón orense empezó la primera etapa de los trabajos de readecuación en la avenida. Durante esta fase se cumplirá el retiro del parterre central, la equiparación de las veredas y el cambio de adoquinado. CIUDADANÍA 09 El Telégrafo | jueves 6 de noviembre del 2014 EN CIFRAS ESTABLECIMIENTOS EN MANABÍ-CENSO INEC 2011 8.597 2.787 2.694 locales no especializados en la venta de comida, bebidas y tabaco. sitios de ventas, al por menor, en comercios especializados. establecimientos para restaurantes y servicio móvil de comida. UN GRUPO DE VENDEDORES SE TOMÓ LAS VEREDAS DEL MERCADO EN TARQUI EL DRENAJE COLAPSÓ En Manta, los comerciantes de mariscos están enfrentados Doce sectores de Tulcán quedaron inundados por un torrencial aguacero Los formales cuestionan la presencia de los informales en las calles, pues tienen ventaja a la hora de acceder a los clientes y ofertar productos a menor precio. Redacción Regional Manabí [email protected] Manta Cirilo Mendoza continúa en la vereda de la avenida 108, en los exteriores del Mercado de Tarqui. Lleva cerca de 8 días en el lugar vendiendo pescado. El mesón que era su lugar de trabajo en el área destinada para los mariscos está vacío. Asegura que allí dentro no tenía clientela y que “se mantendrá en la vía pública hasta que se controle a los comerciantes informales”. Considera que su negocio ha dejado de ser rentable por culpa de los ambulantes. Pide a las autoridades que solucionen esta situación. “Nosotros estamos de acuerdo con que ellos trabajen, pero organizadamente”, explicó. El presidente de la Unión de Mariscos de Tarqui, José Mera, de la cual es miembro Mendoza, expresó que solicitaron, desde el inicio de la nueva administración municipal, la prohibición de vender pescado en las calles. “Ya hemos mantenido reuniones, lastimosamente hasta el momento no vemos que actúen de una manera efectiva para contrarrestar esta situación”, enfatizó. Advirtió que de no haber ninguna solución cerrarán mañana la avenida 108 y se ubicarán allí los comerciantes formales de mariscos del mercado. La administradora del centro de abastos, Hilda Suárez, destacó que el desorden del lugar es por los vendedores informales de pescado, que serían 10, manifiesta. Redacción Actualidad Tulcán Comerciantes informales de pescado y otros víveres están en las veredas, mientras los formales en el mercado. “Hay un convenio que permite a los informales ocupar tres mesas de adentro del centro de víveres para evitar la contaminación”, acotó. La funcionaria afirmó que esa es una de las soluciones que se les dio para que laboren, pues ellos no pagan impuestos y venden a menor precio. “Con justa razón los formales están protestando”, añadió. Carlos Castro, comerciante informal, indicó que en el lugar que les destinaron no se vende. “Estuvimos como 15 días y apenas a diario se vendía 3 dólares”, refirió. Por su parte, Luis Cheme aseguró que el lugar asignado no reúne los requisitos necesarios, “no hay área de desagüe”. Él, como sus otros compañeros que no son agremiados, concluyó que quieren que los ubiquen en un DESTACADO En el sector de Los Esteros, el Cabildo mantense edificará un nuevo centro de abastos. lugar donde puedan laborar bien y vender el producto. El alcalde de Manta, Jorge Zambrano, lamentó lo que está sucediendo en el mercado. No es falta de autoridad, dijo, sino desesperación y por ello buscan vender de cualquier forma. “Nosotros a los ambulantes les dimos una alternativa de trabajo, pero parece ser que donde se los ubicó RODOLFO PÁRRAGA/ EL TELÉGRAFO tampoco les va bien y volvieron a salirse a la calle”. Aseguró haber dispuesto todo lo que sea necesario para la comodidad de los mercaderes. “Si algo falta entonces que comuniquen a la persona de administración del mercado para disponer a Obras Públicas la adecuación”. El burgomaestre habló de la importancia de trabajar aceleradamente en la construcción del nuevo centro de abastos. “Vamos a arrancar por el sector de Los Esteros para darles alternativa de trabajo a aquellos que de manera excesiva están en el sector y ocupando la vía pública”. Zambrano señaló que en el mercado de Tarqui actualmente hay exceso de comerciantes, lo que provoca este tipo de inconvenientes. Una intensa lluvia registrada la tarde del martes, en Tulcán, inundó 12 zonas pobladas. Personal de la Policía y bomberos se trasladaron a esos sitios para prestar ayuda. Uno de los afectados fue el barrio Las Tejerías, ubicado al sur de la urbe, donde el agua causó daños materiales en las viviendas. Los ciudadanos usaron baldes para sacar el líquido y el lodo acumulados en las habitaciones. Incluso con barretones abrieron canales para que el agua desfogue de los cuartos. Colchones, muebles, vestimenta y más enseres quedaron bajo el agua, que alcanzó cerca de los 50 centímetros. Según Alan Rosero, del Cuerpo de Bomberos de Tulcán, el sistema de alcantarillado colapsó, lo que no permitió evacuar las aguas lluvias. Para desfogar, los socorristas se apoyaron en una motobomba. Indicó que recibieron llamadas de emergencia de 12 sectores que registraron las mismas novedades: daños por inundaciones. Rosa Viveros, moradora, dijo que cada vez que llueve los pocos enseres que tiene terminan casi destruidos, por ello solicitó ayuda ante otro desastre. 10 CIUDADANÍA El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 EN CIFRAS CAUSAS DE LOS ACCIDENTES DE TRÁNSITO EN 2014 38,50% 16,60% 9,87% de los siniestros viales el país se debe a imprudencia e impericia del chofer. de los accidentes ocurrió por irrespeto de las señales de tránsito. de los casos se debió a la embriaguez del conductor del vehículo. LA AGENCIA DE TRÁNSITO NO SE PRONUNCIA AÚN SOBRE EL SINIESTRO DEL LUNES 13 personas mueren al día en las vías de Ecuador LA OBRA CIVIL REGISTRA UN AVANCE DEL 14% Los carriles del tranvía toman forma en las calles cuencanas Representantes de la Flota Pelileo dijeron que, además del SOAT, pagarán con su seguro a familiares de las víctimas. El emplazamiento de los carriles se cumple en dos etapas: la fundición de una capa de hormigón y la colocación de los durmientes y los rieles. Redacción Regional Sur Cuenca En 2013 un bus de la misma cooperativa sufrió un accidente. Natalia Villena (d.) perdió a su hija aquella vez. Redacciones Centro y Quito [email protected] Ambato y Quito El accidente el lunes de un bus de la cooperativa Flota Pelileo en la vía entre Papallacta y Pifo (al nororiente de Quito), que dejó 4 muertos y 26 heridos, es el segundo percance con víctimas mortales en el que se ha visto involucrada dicha operadora en los últimos 2 años. El 16 de marzo de 2013, un vehículo de placas TAQ-0292 cayó de un puente en el kilómetro 81 de la vía El Triunfo-Bucay, cuando se dirigía a Guayaquil con artesanos del cantón tungurahuense a bordo. En aquella ocasión 13 personas fallecieron y 14 resultaron heridas, tras lo cual la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) suspendió durante una semana la ruta Ambato-Guaya- quil de la empresa y evaluó a los conductores y los vehículos. Esta vez la ANT abrió un proceso administrativo contra la operadora de transporte y espera el informe del Servicio de Investigación de Accidentes de Tránsito (SIAT) para determinar posibles sanciones, dijo ayer el director Héctor Solórzano. Mientras tanto, el gerente de la cooperativa de transporte, Omar Mayorga, aseguró este miércoles que los familiares de las 4 víctimas mortales del accidente ocurrido hace 3 días serán indemnizados. “Flota Pelileo es una empresa bien organizada. Indudablemente, lo primero que se gestionará es el pago del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), como indica la ley. Pero nosotros tenemos contratado un seguro privado que se encargará de indemnizar a los familiares de fallecidos y a los heridos”, aseguró el directivo. ROBERTO CHÁVEZ/ EL TELÉGRAFO Los familiares de las víctimas y de los sobrevivientes del accidente de 2013 recordaron ayer cómo respondió la empresa en torno a las indemnizaciones. Vicente Ulle, familiar de 5 de las víctimas, manifestó que la Flota Pelileo los indemnizó con $ 5 mil por cada deceso. “El SOAT cubrió la muerte de nuestros familiares con una cantidad similar. Pero la cooperativa no pagó por los heridos”, sostuvo el tungurahuense. Sobre los efectos humanos, Ulle señaló que su sobrina Natasha (21 años) quedó huérfana tras el suceso y “tuvo que abandonar temporalmente sus estudios para atender el negocios de jeans de sus padres”. El siniestro del lunes se sumó a los cerca de 29 mil accidentes ocurridos en lo que va del año. Y las 4 víctimas están entre las más de 20 mil registradas de 2007 a 2013 por esta causa; es decir, 13 por día. Un avance del 14% registra la obra civil del proyecto tranvía en Cuenca. La forma en que los carriles del nuevo sistema de transporte quedarán ya puede ser visualizada en la avenida De Las Américas, sector Control Sur. Se trata del primer frente de trabajo en donde comenzó la colocación de los rieles. El 3 de noviembre, el presidente de la República, Rafael Correa, realizó un recorrido por este sector. Ahí manifestó su deseo de ver funcionando el tranvía, específicamente por el Centro Histórico. A decir de Gerard Fernández, secretario de Movilidad del Municipio, con esta visita el Primer Mandatario pudo conocer el avance de los trabajos y el cronograma con el que se ejecutan. Señaló que las obras avanzan con normalidad, sin embargo acotó que coordinan la forma en la que continuarán en sectores con alto movimiento comercial, por la temporada navideña y de fin de año. En el caso de la avenida De Las Américas, los trabajos se ejecutan hasta la calle México, posterior a esta, empezaría un nuevo tramo hasta el sector de la Feria Libre. “Procuraremos no afectar los nego- CORTESÍA cios en el periodo de noviembre y diciembre, por ser meses de venta. Pretendemos coordinar para que nos acerquemos a la Feria Libre sin interferir con los locales”, dijo. En el caso de la calle Gran Colombia, el Municipio aún espera el informe de la Unesco, para plantear estrategias en las que se cumplan las recomendaciones que emitan, e iniciar los trabajos. La intención, dijo el secretario, DESTACADO La Contraloría del Estado presentó el borrador del informe del examen de ingeniería del proyecto. es que se intervenga en esta zona a partir del próximo año. Más de 350 personas trabajan en cinco zonas: avenida De Las América, España, Gran Colombia (zona rosa), Lamar y el patio taller. Para enero de 2015 está previsto que en una parte de los otros frentes (Gran Colombia, España y Lamar) también se coloquen los rieles, además de estaciones, para que la ciudadanía tenga idea de cómo van a quedar los carriles del nuevo sistema, en diferentes sectores. ARTISTAS LOCALES Y NACIONALES EXPONDRÁN SUS MEJORES CUADROS Y FOTOGRAFÍAS SERÁ PRESENTADA UNA GUÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA Ambato inicia el Sol de Noviembre Unos 600 policías estarán en festival acrobático de Cuenca Redacción Regional Centro Ambato Hoy, desde las 16:00, se inicia en Ambato una serie de exposiciones pictóricas y fotográficas que tienen como objetivo demostrar el potencial de los artistas plásticos y gráficos de la ciudad. Esto como parte del Sol de Noviembre, programación cultural y artística que anualmente es organizada por el Municipio, con la finalidad de celebrar de manera artística el mes de la independencia. José Luis Garcés, promotor cul- tural del Cabildo, manifestó que el primero de estos eventos tendrá lugar en el atrio de la Catedral. “Hoy, a la tarde, Omar Vásconez inicia con su muestra de fotografía urbana. Allí el artista gráfico expondrá sus mejores trabajos y las principales técnicas que utiliza para retratar los hermosos paisajes de la urbe”, dijo. Un día después se estrenará en el museo pictórico Edmundo Martínez la exposición de pintura nacional denominada ‘Pintura Monocromática’. La muestra estará a cargo del artista guayaquileño Enrique Tábara. De igual forma, el Salón de Pintura de Noviembre se instalará a partir del 14 del presente mes, en la casa patrimonial Pachano Lalama. Allí se podrá admirar pinturas de artistas locales. Redacción Regional Sur Cuenca Este sábado, a partir de las 10:00, se desarrollará en Cuenca el festival ‘Policía y Comunidad, juntos por la seguridad’. Durante el acto, a cumplirse en el estadio Alejandro Serrano Aguilar, será presentada una Guía de Seguridad Ciudadana. El Ministerio del Interior y la Policía Nacional ultiman los detalles del evento, al que está previsto acu- dan más de 18.000 personas, como en años anteriores. Víctor Baquero, jefe de la zona 6 de la Policía, explicó que este acto es el homenaje de la institución a la ciudad y a sus habitantes por sus fiestas. Durante el festival, cuya entrada es gratuita, los cuencanos disfrutarán de las demostraciones de las diferentes unidades de la Policía Nacional como son el Grupo de Intervención y Rescate (GIR); el Grupo de Operaciones Especiales (GOE); además del equipo motorizado, el aeropolicial y paracaidistas. ACTUALIDAD El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 11 11 @ Ingrese a la sección Actualidad a través del código QR, que deberá escanear con su celular y que, al activarse, mostrará los temas de su interés. www.telegrafo.com.ec/actualidad.html LA COMISIÓN ESTARÁ CONFORMADA POR 12 LEGISLADORES, 8 DE ALIANZA PAIS Y 4 DE LA OPOSICIÓN El Ejecutivo analiza 11 nuevas enmiendas constitucionales sobre temas técnicos El Consejo de la Administración Legislativa será el encargado de designar a los integrantes de la comisión ocasional para los cambios a la Carta Magna. La Asamblea tiene 12 meses para debatirlos. Redacción Actualidad [email protected] Quito El secretario jurídico de la Presidencia de la República, Alexis Mera, informó que están en análisis 11 enmiendas constitucionales y serán presentadas a la ciudadanía para que se realice el trámite correspondiente. Al igual que la primera propuesta, será la Corte Constitucional la que determine el procedimiento a seguir, como consta en la Constitución. “(La propuesta) Tendría que ir a la Corte Constitucional para que sea discutida ampliamente y poder establecer las normas -a seguir- con base en la Constitución”, reiteró. Mera aclaró que en esta ocasión se trata básicamente de temas técnicos, aunque no dio detalles de lo que se busca enmendar, pero puso como ejemplo una de las propuestas que involucra a los habitantes nativos de pueblos ancestrales. “Permitir que las comunidades indígenas, previo consentimiento, puedan vender sus conocimientos ancestrales con autorización de las propias comunidades”, explicó el funcionario. Ximena Ponce, presidenta de la Comisión de Educación y militante de PAIS, informó que el bloque se ha reunido en días anteriores para definir cómo se conformaría la Comisión que analizará las enmiendas. Al igual que las comisiones permanentes existentes en el legislativo se formará un equipo de 12 personas, que tendrá la proporcionalidad de otras fuerzas políticas. “En un 73% estaremos presentes Alianza PAIS y en el 27% las otras fuerzas. Esto nos da una relación de 8 y 4 personas”, indicó Ponce. La asambleísta también se refirió a los plazos que plantea el Código de la Democracia. Indicó que durante el análisis del texto remitido por la Corte se colocará la reforma al Código a la Democracia. “Cualquier modificación a las reglas del juego electoral tiene que estar un año antes del llamado a las urnas”, reiteró. Con ese antecedente, la asambleísta recordó que se cuenta con un plazo de 12 meses más uno hasta realizar el primer debate. LA AFECTACIÓN EN LA ZONA A EXPLOTAR SE REDUJO Correa verificará el uso de tecnología limpia en Yasuní Redacción Actualidad [email protected] Guayaquil El presidente de la República, Rafael Correa, llega hoy a la Amazonía para corroborar los avances en las obras para la explotación del crudo en las zonas de Ishpingo, Tambococha y Tiputini (ITT) de la reserva natural Yasuní. De esta forma cumple con el compromiso de verificar la utilización de tecnología limpia, que adquirió cuando puso fin a la iniciativa que buscaba dejar bajo tierra el petróleo a cambio de aportes internacionales. “Quiero verificar que se esté cumpliendo con la utilización de tecnología de punta. Queremos ir con periodistas nacionales e internacionales para que ojalá puedan informar objetivamente”, recalcó el Mandatario. Anunció que inicialmente había manifestado que la afectación iba a ser en 5 hectáreas de cada 1.000, cifra que ahora se ha reducido a 2, lo que significa un gran logro para la conservación del ecosistema. Recordó además que esta actividad le dejará al país $ 20 mil millones, cuya inversión será prioritaria para la Amazonía. Resaltó que este beneficio será para las próximas generaciones y no para las próximas elecciones, puesto que ahora lo que se hace es invertir para luego obtener los frutos. “La propia prensa tuvo que reconocer que hemos invertido cerca de $ 500 millones, porque decían que la decisión de explotar el petróleo es porque el país estaba quebrado. Ahora el Yasuní solo nos cuesta plata, el beneficio es para el futuro, si yo fuera un irresponsable diría que mejor no hiciéramos nada y me ahorraría centenas de millones de dólares”, enfatizó. En su intervención resaltó las incoherencias en relación al tema, puesto que Perú explota su lado de la reserva desde hace muchos años. “Los ecosistemas no conocen de fronteras y al otro lado (en Perú) existe lo mismo, igualito, con pueblos no contactados y todo. Y desde hace más de 10 años se explota el petróleo”, dijo. El Jefe de Estado indicó que existe una doble moral, una persecución política hacia ciertos gobiernos que no se someten al imperio, porque nadie ha llevado a Perú ante la CIDH. DESTACADO La venta de los saberes ancestrales es uno de los temas que se plantea en una de las enmiendas. Alexis Mera, secretario Jurídico de la Presidencia, acudió la mañana de ayer a la Comisión de Educación de la Asamblea Nacional. “Esto nos garantiza la posibilidad de un debate profundo e intenso con el compromiso de nuestros asambleístas para desplazarnos por todos los territorios del país y dar a conocer por qué estamos trabajando en las reformas”, mencionó. Ricardo Moncayo, miembro del Consejo de la Administración Legislativa (CAL), reiteró que hoy el organismo tendrá que definir quiénes FOTO: JOHN GUEVARA / EL TELÉGRAFO integrarán la comisión ocasional. Añadió que también podría resolver que sea el pleno de la Asamblea el que conforme dicho organismo de manera democrática. Además de la propiedad intelectual y saberes ancestrales, otro de los posibles temas de las enmiendas sería el impuesto a la plusvalía. Por otro lado, el secretario presidencial, Alexis Mera, también se pronunció sobre la consulta popular que plantea Guillermo Lasso, excandidato a la presidencia y líder del Movimiento Creando Oportunidades (CREO). Señaló que, a su criterio, una consulta no sería procedente porque la Corte resolvió el procedimiento a seguir. “Me parece ridículo. ¿Cuál es la pelea por una consulta? Si el pueblo va a decidir si (el presidente Rafael) Correa sigue siendo reelecto, si no quieren que se lo reelija, pues votan por otro candidato”, recalcó. Correa, por su parte, indicó que ese cambio constitucional, al contrario de lo que se busca hacer creer, “lo que pretende es ampliar derechos, porque el pueblo puede optar por la continuidad”. 12 OPINIÓN El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 Director: Orlando Pérez Jefe de Editores: Karla Pesantes Editores Jefes: Néstor Espinosa, Omar Jaén, Elías Vinueza Editor Gráfico: Xavier Peña Merchán Coordinadora Regional Quito: Geovanna Melendres Coordinador Regional Sur: Rodrigo Matute Coordinador Regional Centro: José Miguel Castillo Gerente General: Santiago León Abad EDITORIAL Una relación soberana con EE.UU. cambia todas las percepciones Por mucho tiempo las visitas de las más altas autoridades diplomáticas de EE.UU. constituían una cosa extraña y casi siempre el fin era verificar hasta dónde nuestro país cumplía con cierta conducta fijada desde Washington. Aunque suene raro, así fue. Por eso algunos medios y analistas no salen de su asombro cuando una funcionaria como la secretaria de Estado adjunta de EE.UU., Roberta Jacobson, nos visita y se habla horizontalmente. Incluso llegan a valorar como si fuese un cambio de posturas y/o hasta una ‘genuflexión’ con la hegemonía política Jaime Galarza Zavala [email protected] a s enmiendas aprobadas por la Corte Constitucional han producido el efecto de una mordedura de víbora en la derecha ecuatoriana y en el cargado tren de oportunistas y vivarachos trepados desde ya en sus vagones. La razón es simple: aquella ve en las enmiendas su posible naufragio en las elecciones presidenciales de 2017, en la medida que el paso de la Corte favorecería la reelección presidencial, motivo suficiente para engullirse vivos a los miembros de la dichosa Corte. Por de pronto, se ha iniciado una tempestad de leguleyadas que, lejos de aclarar el panorama, lo envuelven en denso humo. En lo que toca a Alianza PAIS, el problema se ubica más allá de lo jurídico, en el plano meramente político. Y eso es lo más grave. Sin ser profetas, lo dijimos en esta columna periodística enseguida de las derrotas electorales sufridas por PAIS el 23 de febrero último, cuando ciertas figuras o figurines lanzaron las consignas de la reelección presidencial. Argumentamos entonces que esta consigna arrojaría a la nación a una batahola electoral de cuatro años, de la que saldría mal parada Alianza PAIS, dada la previsible campaña sobre las supuestas intenciones de eternizarse en el poder por parte de Rafael Correa. Dijimos, a la vez, que lo procedente era asimilar los reveses del 23 de febrero con real sentido autocrítico, establecer y sancionar responsabilidades, rectificar a fondo el sectarismo y demás causas de aquellos malos resultados, combatir drásticamente la corrupción, reducir la burocracia de alto copete e impulsar con energía las justas y amplias promesas de la Revolución Ciudadana. L POR CALVIN Enmiendas y leguleyadas Estos planteamientos no se pronunciaron al azar, fueron recogidos en diversos ambientes, incluidos sectores críticos o desilusionados del movimiento político en cuestión. Ocho meses después, el baile sigue siendo el mismo, aunque la música ha variado en algunas notas. Incluso se han incrementado las quejas sobre la corrupción que emerge en diversas entidades oficia- En lo que toca al movimiento Alianza PAIS, el problema se ubica más allá de lo jurídico, en el plano meramente político. Y eso es lo más grave. les o alcaldías, mientras al interior de Alianza PAIS la carnetización, lanzada en mayo como política fundamental, no ha logrado el impacto que se esperaba en los millones de simpatizantes. ¿No deberían los dirigentes de Alianza PAIS abrir en su seno, y aun fuera de él, un profundo debate sobre estos y otros lacerantes problemas? Así crecería la autoridad política y moral de la Revolución Ciudadana que, de otro modo, se vería envuelta en una maraña de enmiendas y leguleyadas. Más información en: http:// bit.ly/10xuiwr y militar del planeta. Lo cierto es que, en las actuales circunstancias, Ecuador puede dialogar con cualquier país sin pedir permiso a otro, y mucho menos sin hipotecar principios o tesis fundamentales de su política exterior. Y eso -que le hace bien a toda nacióntambién debe repercutir en una actitud recíproca. No basta ofrecer con cumplir obligaciones legales (como la extradición de prófugos de la justicia) sino de consolidar políticas de respeto a la autodeterminación. Fabrizio Reyes De Luca [email protected] braham Lincoln, político y presidente de EE.UU., sentenció: “Todos los hombres nacen iguales, pero es la última vez que lo son”. La esencia contenida en esta frase refleja que la igualdad, aun cuando es una aspiración legítima de toda sociedad, es un valor difícil de alcanzar. ¿Cuántas veces nos hemos sentido discriminados en el ejercicio de nuestros derechos y en el acceso a las oportunidades para desarrollarnos? Alicia Bárcena, secretaria ejecutiva de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), explica que el crecimiento sostenible de los países de la región ha transitado por un camino de luces y sombras, con éxitos tangibles en la reducción de la pobreza. Resalta de manera positiva la reducción significativa de sus niveles, de un 48% en 1990 a un 28% en 2012; no obstante, existen más de 160 millones de pobres en nuestra región. Como un elemento de retroceso, la funcionaria analiza la inequidad existente en el subcontinente, que se re- A Desarrollo con igualdad fleja en profundas desigualdades económicas y sociales: “Según datos de 2011, el ingreso del 20% más rico de la población es 17 veces mayor que el del quintil más pobre, y esa diferencia llega a ser de 25 veces en los países con mayor desigualdad”. Estas diferencias en los niveles de ingresos provocan profundas exclusiones que se observan en las brechas existentes en educación, salud, productividad, competitividad y acceso a servicios básicos. En primer término, es imperativo planificar el desarrollo de los territorios para que su crecimiento responda a lineamientos estratégicos y coordinados, orientados a lograr objetivos concretos. Otro aspecto es la cohesión social, que relaciona la visión compartida entre ciudadanos y el Gobierno, acerca de un modelo de sociedad basado en justicia social y solidaridad que promueva los consensos necesarios. Un tercer tema es el proceso de descentralización, herramienta clave para impulsar una noción de desarrollo ba- sado en el valor real de cada unidad administrativa y política del territorio, procurando mayor eficiencia, eficacia y efectividad en la gestión del Estado. Otra investigación de esta entidad, ‘La hora de la igualdad: brechas por cerrar, caminos por abrir’, de 2013, analiza la necesidad de que los países asuman la igualdad como un valor asociado a la dignidad de las personas. La Comisión resalta que, en la última década, la región ha logrado una importante reducción de la pobreza, del desempleo y de la desigualdad de ingresos, mejoras en la cobertura educativa y de protección social y consolidación de la estabilidad económica. Como resultado de sus investigaciones, el organismo plantea que en 2013, la tasa de pobreza en América Latina fue de 27,9% de la población, frente a 43,9% que se registró en 2002. La tasa de desempleo, en cambio, fue de 6,4% en 2012, mientras que en 2002 se situó en 11,2%. El empleo ha sido el principal factor en la reducción de la pobreza y es la llave maestra para la igualdad. OPINIÓN El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 Llámenos: 1800-TELÉGRAFO (1800-835347) [email protected] 13 Guayaquil: Avenida Carlos Julio Arosemena, km 1,5. PBX: 2595700 Quito: San Salvador E6-49 y Eloy Alfaro. PBX: 022522331 Cuenca: Av. José Peralta 1-111 y Cornelio Merchán, edificio Ónix, planta baja. PBX: 074104021/074104020 Ambato: Av. Los Shyris s/n e Imbabura, a dos cuadras del colegio Natalia Vaca. Telf.: 032416036 Manta: Av. Flavio Reyes y calle 33 Telf: 053701595 CARTAS AL DIRECTOR www.eltelegrafo.com.ec Ketty RomoLeroux G. [email protected] Antonio Quezada Pavón [email protected] La comuna de Ayangue Recordando al ‘Che’ Escríbenos a: [email protected] Las cartas al Director tendrán una extensión máxima de 1.200 caracteres, en caso de exceder ese límite, nuestro diario se reserva el derecho de editarlas. Octubre rojo esulta siempre gratificante recordar a aquellos combatientes que, con las armas en la mano, murieron en combate, por construir otro mundo de bienestar y solidaridad. Ernesto Guevara de la Serna, conocido cariñosamente como el ‘Che’ Guevara, es uno de ellos. Nació en el puerto fluvial argentino del Rosario, el 14 de junio de 1928. Enfermizo, afectado por un asma alérgica, sin embargo practicaba deportes. Su padre lo inició en la lectura de muchos libros de la biblioteca familiar. Terminada su secundaria decidió estudiar medicina en Buenos Aires. Siendo aún estudiante, con su amigo Alberto Granado, en motocicleta, realizó un primer viaje por Latinoamérica en 1952. Cruzaron los Andes y Chile. Desde ahí viajaron ‘a dedo’ hasta Venezuela, de donde se las arreglaron para seguir hasta Miami, en un avión de carga. Regresó a continuar sus estudios. Se graduó en 1953. En julio de este mismo año decidió emprender un segundo viaje con su amigo Carlos Ferrer (Calica). Arribaron a nuestro país el 27 de septiembre y llegaron a nuestra ciudad el 2 de octubre. Guevara se hospeda en el barrio Las Peñas hasta el 28 del mismo mes. Utilizando un pasaje que le consiguió la hermana de un amigo en una naviera propiedad de la United Fruit, salió a Panamá rumbo a Guatemala, donde existía el gobierno nacionalista revolucionario del capitán del Ejército Jacobo Arbenz, amenazado de inminente invasión dirigida por EE.UU. Fue entonces aquí en Guayaquil que el joven médico argentino Ernesto Rafael Guevara de la Serna decidió emprender la gran aventura que lo condujo a la inmortalidad. Aquella fue la razón por la que el Concejo Cantonal de Guayaquil resolvió, por unanimidad, aprobar el levantamiento de un busto en su honor en un lugar cercano al que vivió. El embajador de Cuba de ese entonces, licenciado Benigno Pérez, autor de la petición al Concejo, asumió la responsabilidad de su construcción, la que delegó a nuestra Coordinadora de Solidaridad con Cuba, filial del Guayas, presidida en ese entonces por la suscrita, apoyada por una entusiasta directiva. Construido gracias a la contribución económica de sus simpatizantes y múltiples actividades, fue inaugurado el 30 de octubre de 2012. Es muy hermoso y constituye un justo reconocimiento de nuestra ciudad. A los 47 años de su asesinato en Bolivia (La Higuera, 8 de octubre de 1967), perpetrado por orden de los gobiernos de Lyndon B. Johnson y René Barrientos, se recuerda su consigna de “crear dos, tres…muchos Vietnam”, aunque hoy la lucha de los pueblos de nuestra América no se orienta por la vía armada. El mundo ha cambiado radicalmente. Si hoy en las luchas revolucionarias, le preguntáramos: ¿Hasta cuándo, comandante?, con seguridad respondería: “Hasta la victoria siempre”, que es la proclama con la que cerró su carta de despedida a Fidel. Su ejemplo inflama el corazón de los revolucionarios. R Jorge Núñez Sánchez [email protected] as escuelas normales son instituciones educativas cuya misión es la de formar maestros de escuela primaria. Son un legado educativo de la Revolución Francesa y su Comité de Instrucción Pública, que en 1794 emitió, a través de la Convención Nacional, un decreto estableciendo en París “una Escuela Normal donde se requerirían, de todas las partes de la República, de los ciudadanos ya informados en las ciencias útiles, para aprender, bajo los profesores más hábiles de todas las clases, el arte de enseñar”. Siguiendo ese ejemplo, las escuelas normales se multiplicaron por Europa y luego por América durante el siglo XIX, con el fin de formar maestros de primeras letras, que estuvieran también capacitados para ayudar a la comunidad en la que actuaban. Las primeras escuelas normales, de método lancasteriano, fueron creadas en Bogotá, Caracas y Quito por decreto ejecutivo del Libertador Simón Bolívar, del 26 de enero de 1822, que dispuso que los intendentes de las pro- L on 3.100 metros de la costa ecuatoriana, pero solamente unos 900 metros de playa. Esta pequeña comunidad, ubicada en el kilómetro 39 de la Ruta del Spondylus, tenía como principal actividad la pesca artesanal y luego la deportiva, pero ahora está centrada en el turismo, lo cual provoca un desordenado crecimiento, con el peligro de que sigan el ejemplo de la comuna de Montañita. ¿Qué pasa en Ayangue? Es muy difícil contestar, a menos que nos remontemos a la historia muy antigua, donde las sociedades indígenas mantuvieron a su manera las lógicas comunales sobre la tierra, especialmente para la labranza. Pero llegó la conquista española, encontrando que todas las tierras mantenían su carácter comunal, por lo cual cortan el desarrollo de las sociedades autóctonas, haciendo que el sistema parcelario familiar, por el cual gozaban los comuneros el usufructo de las tierras comunales, pasen a ser de propiedad individual para interés indudablemente de los españoles. Esto tuvo consecuencias lamentables: abandono de las tierras, concentración poblacional bajo el sistema de reducciones, el origen de los latifundios propiedad de los conquistadores, impuestos y, de la misma manera, la catequización y la esclavitud. Los indios son despojados de sus tierras, que eran su único bien y son convertidos en mitayos. Se reduce la producción agrícola y la población indígena, pero lo que es peor, los que quedan caen en la mendicidad, el alcoholismo y la exclusión social. La independencia y en 1820 Simón Bolívar cambia esta situación, pues quita la propiedad a los españoles y con decreto dice: “Mando devolver a los naturales como propietarios legítimos todos los resguardos, cualquiera que fuere el título que alegasen los actuales tenedores”. Pero la ley del 15 de octubre de 1828 que se dicta en Bogotá, de la cual dependíamos como parte de la Gran Colombia, establece que se asignará a cada familia de indígenas la parte indispensable para su habitación y cultivo, a más de la que necesitarán para su ganado y otros usos. Las tierras sobrantes podrían ser arrendadas en subasta pública aún a las comunidades indígenas. Imposible que los pobres indios pudieran competir con los oligarcas latifundistas en este ‘arriendo’ de sus antiguas tierras comunales. El 30 de julio de 1937 se expide la Ley de Organización y Régimen de las Comunas, que se mantiene vigente y es el primer acto de reconocimiento jurídico y orgánico de las comunas y de sus tierras comunales durante el período republicano. Pero es una legislación que se presta a interpretaciones y aun con dedicatorias. La provincialización de Santa Elena en 2007 no ha mejorado esta realidad. El mayor problema son los intentos de adquisición de las tierras comunales utilizando fórmulas diversas, desde la invasión y el conflicto jurídico, hasta la compra directa bajo presión, chantaje o en forma fraudulenta de estas tierras ancestrales. Tenemos como ejemplos lo que sucede en las comunas de Montañita, Pechiche y, lamentablemente, en mi querida comuna de Ayangue, donde los intereses privados, jueces venales y la permisibilidad de las instituciones públicas arrebatan lo único que les queda a sus habitantes, que es la tierra. S Fue un, dos y tres, como planeado de antemano, perfecto o casi perfecto. Bolivia, paliza, el MAS, 61%, se avizoraba; Brasil, PT, 51%, quisieron torcerlo y el Frente Amplio sorprendió con un 48% de preferencias electorales, en primera vuelta, asegurando la mayoría legislativa y una victoria definitiva para la segunda. A la ‘restauración conservadora’ le dieron para el santo y la limosna, pero, como siempre, no hay que confiarse. Peor cuando se triunfa. Brasil es el mejor ejemplo, indudablemente la presa más codiciada. Todos los dardos, todas las estrategias, todo lo mediático apuntaba a impedir la reelección de Dilma. La trágica muerte de Eduardo Campos trastocó el escenario electoral y fabricó la supuesta fortaleza electoral de Marina Silva, que al final se diluyó en un pálido tercer puesto. Pero O Globo, la revista Veja y compañía, en plena y desenfrenada campaña, no podían ceder, y a la derrotada Silva le confirieron el papel de árbitro; eso significaba que al candidato que ella le diera su apoyo, aquel sería el ganador. Por supuesto, y por fortuna, respaldó a Neves y perdió. A propósito, Roberto Amaral, histórico dirigente de izquierda y líder del psb, dio su voto por la Rousseff. ¿Cuánto se supo de esa noticia, cuánto se ‘retuitió’? Vamos por una tercera tanda de victorias de los llamados gobiernos progresistas, sin sombra y sin discusión. Continúa Evo, Dilma demostró ser Dilma y el Frente Amplio tiene el camino certero. Las alertas planteadas por Rafael Correa, en cuanto a la restauración conservadora, fueron necesarias y se logró entender que por ahora es imprescindible la continuidad en los liderazgos políticos. Algo de los 60, así entenderemos mejor que lo que vivimos ahora no es gratis ni cayó del cielo: “Hombres habrá traidores, pero pueblos no”, Camilo Cienfuegos al pueblo de Camagüey, por la traición de Huber Matos. Al que le calce el guante... Andrés Martínez Arrata Sociólogo C.C. 0907682884 Los normalistas vincias seleccionasen a maestros en funciones, o a jóvenes de talento, para que concurrieran a formarse como preceptores en las normales, en calidad de alumnos-becarios del Estado. Y cuando nuestro país fue liberado totalmente del dominio colonial, el 24 de mayo de ese mismo año, le correspondió aplicar ese decreto al general Sucre, en su calidad de Intendente del Departamento de Quito. En México ocurrió algo semejante y las primeras normales lancasterianas surgieron tras la independencia, pero fueron suprimidas durante el Imperio mexicano y debieron ser restablecidas luego de este, convirtiéndose en el germen de las nuevas universidades estatales. En Perú se instituyó la primera normal en 1822, en Chile en 1842, en Argentina en 1870 y en Uruguay en 1885. En la República del Ecuador nunca llegaron a establecerse normales hasta fines del siglo XIX: en 1889 se formó la Escuela Normal de Varones y en 1901 la Normal de Señoritas. Pero el verdadero despegue en la formación de docentes primarios se dio a partir de la Revolución Al- farista, cuando fueron creados los colegios normales Juan Montalvo y Manuela Cañizares, para varones y mujeres, respectivamente, en 1901. Más tarde surgieron los normales rurales, encargados de formar maestros que laboraran en el campo y promovieran el desarrollo comunitario. Uno de ellos fue el Normal Ángel Polibio Chaves, de San Miguel de Bolívar, que graduó a centenares de maestros laicos, quienes han dejado una honda huella educativa en las provincias de Bolívar, Chimborazo, Los Ríos, Guayas, Manabí y El Oro. Me enorgullezco de haberme formado en ese normal y de haber iniciado mi vida docente como maestro rural en un pequeño caserío andino. Y por eso mismo he sentido una mezcla de dolor e indignación al ver lo ocurrido con los jóvenes normalistas mexicanos, que fueron secuestrados y asesinados por policías al servicio del narcotráfico, cuando se formaban para llevar luces a los campesinos de su país. Esperamos que el Gobierno de México castigue con severidad tan terrible delito. 14 MUNDO El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 @ Ingrese a la sección Mundo a través del código QR, que deberá escanear con su celular y que, al activarse, mostrará los temas de su interés. www.telegrafo.com.ec/mundo.html WASHINGTON APRUEBA LEGALIZACIÓN DE LA MARIHUANA Y FLORIDA LA RECHAZA Los republicanos toman el control del Congreso estadounidense Son mayoría en el Parlamento. Conquistaron 242 escaños en la cámara de diputados y 7 nuevos asientos en el Senado, completando un total de 52 bancas. INFOGRAFÍA Obama en minoría en ambas cámaras del Congreso Resultados (A las 09:30 GMT) Demócratas Agencias AFP/Prensa Latina DESTACADO [email protected] Washington Ubicación Canadá ESTADOS UNIDOS Océano Pacífico Washington Dc Océano Atlántico México Los demócratas intentaban comprender ayer las causas de su histórica derrota en la elección legislativa, alimentada por la desconfianza de los estadounidenses hacia la política económica del presidente Barack Obama. Seis años después de su triunfal elección en la Casa Blanca, Obama amaneció ayer con la mayoría republicana más importante en el Con- El nuevo Senado Renovación de 36 de los 100 escaños 3 Barack Obama deberá afrontar sus últimos 2 años en el poder con una oposición fortalecida. Detalle El edificio del Empire State, en Nueva York, se ilumina de rojo, lo que representa la victoria del Partido Republicano en las elecciones legislativas. greso en décadas. La victoria del Partido Republicano se concretó después de que los candidatos conservadores se impusieran en Arkansas, Colorado, Montana, Dakota del Sur, Virginia Occidental, Carolina del Norte y Iowa, donde fueron capaces de derrocar a AFP los legisladores demócratas titulares. Los republicanos atribuían su victoria al buen uso de tecnologías. “Hemos instalado una infraestructura informática y digital sin precedentes, lo que nos permitió movilizar a los votantes y ganar la batalla en el terreno”, se congratuló el Co- mité republicano en un comunicado. Habiendo logrado la mayoría en el Senado gracias a la obtención de las 6 curules que necesitaban, los republicanos quedan como partido dominante, ya que también controlan la Cámara de Representantes, por lo que el presidente Obama deberá afrontar sus últimos dos años en el poder con una oposición fortalecida y capacitada para marcar la pauta en temas que oscilan entre la reforma migratoria, la guerra contra el grupo Estado Islámico, Irán y Siria. En estos comicios, la capital Washington aprobó la legalización de la marihuana, mientras que Florida la rechazó para fines medicinales. Republicanos resultados 45 52 100 escaños Cámara de Representantes Renovación total de los 435 escaños 18 175 resultados 242 435 escaños Gobernadores estatales Renovación de gobernadores en 36 de los 50 estados 15 4 resultados 31 MUNDO El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 15 Alemania aportará $ 99 millones al proceso de paz colombiano Tras reunirse con el presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, la canciller federal alemana, Ángela Merkel, anunció una ayuda de 75 millones de euros (unos $ 99 millones) en dos años para apoyar el proceso de paz que el Gobierno colombiano negocia con las guerrillas en La Habana. EL PROYECTO HA GENERADO SENDOS CUESTIONAMIENTOS CONSULTA EL 9 DE ESTE MES Un nieto de Pinochet quiere fundar un partido en Chile El Gobierno catalán desobedecerá al Tribunal Constitucional “Por mi patria” es un movimiento que defiende el ‘legado’ de la dictadura chilena y Adrià Soldevila Corresponsal en Barcelona pretende transformarse en partido político. Su fundador es Augusto Pinochet Molina. Este próximo domingo, en Cataluña se vivirá una jornada histórica, nunca antes repetida, con la celebración de la consulta alternativa bautizada esta vez como ‘proceso participativo’, en la que los ciudadanos de la región podrán votar, sin ser un referéndum vinculante, su voluntad de pertenecer o no a España. Tras la suspensión cautelar por parte del Tribunal Constitucional a la consulta alternativa, tal y como pasó con la primera consulta, los ciudadanos y el mismo Gobierno de Cataluña decidieron seguir adelante con el proceso y desobedecer las órdenes del tribunal. “Está todo listo”, dijo el portavoz del Gobierno catalán, Francesc Homs. El presidente de Cataluña, Artur Mas, también aseguró ayer que el proceso sigue porque “no se pueden dejar humillar”. Acusó de “lesionar el derecho a la ideología, a la libertad de expresión y a la participación”. ELECCIONES URUGUAY Los partidarios del exdictador chileno Augusto Pinochet durante una manifestación en Santiago de Chile. Alejandro Tapia [email protected] Corresponsal en Santiago de Chile Perú Bolivia CHILE Valparaiso Océano Pacífico Argentina Santiago Ubicación Detalle La Alianza por Chile, el conglomerado de la oposición de centroderecha, tiene solo un 22% de apoyo y un 66% de desaprobación ciudadana, según reveló esta semana un sondeo de la encuestadora Adimark. Las cifras muestran que los partidos que se oponen a Michelle Bachelet atraviesan una fuerte crisis. De hecho, hasta ahora, el único líder de ese sector con posibilidades de convertirse en candidato en 2017 es el expresidente Sebastián Piñera (2010-2014). En este marco, ha nacido en Chile un nuevo partido de ultraderecha, cuya inspiración es nada menos que la figura de Augusto Pinochet Ugarte. Por mi patria, así se llama el movimiento que este mes presentará la documentación respectiva al Servicio Electoral (Servel) para convertirse en partido político y que es liderado por Augusto Pinochet Mo- lina, uno de los nietos del exdictador chileno. La irrupción de esta agrupación no ha dejado indiferente a nadie en Chile y es especialmente controversial, debido al largo historial de violaciones a los derechos humanos que cometió Pinochet entre 1973 y 1990. En Chile, las heridas aún están abiertas debido al golpe contra Salvador Allende que quebró la democracia chilena. Aún hay desaparecidos, la mayoría de los militares y civiles culpables de crímenes contra la humanidad no fueron juzgados y no ha habido perdón ni reconciliación. En ese sentido, que un movimiento intente convertirse en partido admirando a Pinochet, genera una serie de cuestionamientos, principalmente desde la izquierda. La propia presidenta Bachelet fue víctima de torturas durante la dictadura. El propósito del nieto de Pinochet es legalizar la agrupación Por mi patria y para ello convocó a exmilitantes de la Unión Demócrata Independiente (UDI), el partido de derecha chileno que durante años intentó mantener vivo parte del legado de Pinochet, con varios políticos ligados al régimen militar. La UDI forma parte de la Alianza por Chile, que llegó a La Moneda de la mano de Piñera, quien a su vez milita en el centroderechista Renovación Nacional (RN), que no es pinochetista. De hecho, Piñera fue opositor a la dictadura. El grupo Por mi patria no solo funciona en Santiago, sino también en ciudades como Concepción y Puerto Montt. La idea es llegar a todo Chile para convertirse en partido político y así participar en las próximas elecciones parlamentarias de 2017. También esta agrupación DESTACADO La agrupación critica la gestión de Bachelet y sus reformas tributaria, educacional y electoral. ha logrado convocar a exmiembros del Movimiento Unitario Nacional, ligado al ‘mundo militar’. El nieto ¿Cuál es la ideología de este movimiento? El propósito es defender la ‘herencia’ del régimen de Pinochet, principalmente en términos económicos, y del modelo de sociedad que se construyó durante la dictadura. Aquello pese a cifras que indican que durante el gobierno militar la desigualdad y la pobreza no hicieron más que escalar. Asimismo, por supuesto, critican la gestión de Bachelet y sus reformas estructurales (tributaria, educacional, electoral, laboral, etc.). Además, en temas valóricos, se oponen al matrimonio homosexual, aunque sostienen que están de acuerdo con el proyecto ‘Acuerdo de Vida en Pareja’, que se discute en el Congreso y que espera regular relaciones de hecho entre personas del mismo sexo. Al mismo tiempo, se oponen a la legalización de la marihuana. Eso sí, no son contrarios al aborto -otro de los temas que actualmente discute la sociedad chilena-, siempre y cuando la interrupción del embarazo sea por razones terapéuticas, alternativa que paradójicamente fue penalizada por Pinochet casi al final de su régimen. En cuanto a los cuestionamientos A.GALLAFENT por defender la figura de un gobernante que violó los derechos humanos, con casi 3 mil muertos y miles de torturados, Por mi patria se defiende al sostener que esos “fueron hechos puntuales, porque de lo contrario hubiese habido muchas más víctimas”. El nieto de Pinochet es conocido en Chile por haber pronunciado un discurso en el funeral del exdictador, en diciembre de 2006. En esa ocasión, Pinochet Molina apareció vestido con uniforme en la Escuela Militar y no reparó en elogios para su abuelo. Pero además lanzó una severa crítica a la justicia chilena. “La batalla más dura fue su vejez, ver cómo su mujer y familia eran vejados por jueces que buscaban más renombre que justicia”, dijo en esa ocasión. Se espera que el proceso de inscripción de Por mi patria coincida con un acto que preparan a manera de homenaje a Pinochet, con motivo de su natalicio 99, que es el próximo 25 de noviembre. El año pasado, una encuesta del Centro de Estudios de la Realidad Contemporánea (CERC) reveló que el 76% de los chilenos considera a Pinochet como un dictador. A su vez, el 12% se mostró de acuerdo con que “las muertes durante el régimen militar fueron un mal necesario para impedir el comunismo”. Algunos analistas estiman que el surgimiento de este movimiento responde a una cierta nostalgia de una parte minoritaria de la sociedad chilena que no quiere renegar de Pinochet y que estima que hasta la propia UDI y figuras de derecha han ‘traicionado’ los ideales del excomandante del Ejército. En ese sentido, Por mi patria estaría bastante alejado de los actuales postulados de la Alianza por Chile, la oposición a Bachelet. Vázquez tiene 16 puntos de ventaja sobre Lacalle de cara al balotaje Agencias AFP/Prensa Latina Montevideo El candidato oficialista y expresidente de Uruguay, Tabaré Vázquez, cuenta con una intención de voto de 52% para la segunda vuelta de las presidenciales el 30 de noviembre. Según una encuesta de la consultora Factum, el representante de la derecha, Luis Lacalle Pou, tiene 36% de las preferencias, de acuerdo con el sondeo que publicó ayer la prensa local y el primero conocido tras las elecciones del 26 de octubre, cuando el gobernante Frente Amplio (FA) se impuso con 47,8%. Vázquez lideró el primer gobierno del FA, entre 2005 y 2010. Quien gane el balotaje será el sucesor de José Mujica y asumirá el 1 de marzo de 2015 por un período de 5 años. 16 MUNDO El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 Putin es el hombre más poderoso del mundo El presidente ruso, Vladimir Putin, vuelve a ocupar el primer lugar en la clasificación de personas más influyentes del mundo, de la revista estadounidense Forbes. El segundo lugar fue otorgado al gobernante de EE.UU., Barack Obama, mientras el tercero es el mandatario chino, Xi Jinping, y el cuarto es el papa Francisco. MÉXICO SE MOVILIZA Y EL REPUDIO SE REFLEJA EN TODO EL PAÍS DONDE NO CESAN LAS MANIFESTACIONES Alcalde detenido no da pistas sobre jóvenes José Luis Abarca y su esposa fueron acusados de autores intelectuales en la desaparición de 43 normalistas. Ante la falta de noticias, los familiares convocaron a nuevas marchas. Agencias Prensa Latina/Telesur DESTACADO [email protected] Ciudad de México Los partidos políticos se han pronunciado para que se aplique la ley a la ‘pareja imperial’. Ubicación Detalle Monterrey MÉXICO Océano Pacífico México DF Océano Atlántico La detención de José Luis Abarca y su esposa María de los Ángeles Pineda, la ‘pareja imperial’ de Iguala, según los reconoce el pueblo mexicano del estado de Guerrero, aún no ha dado respuesta a la desaparición de los 43 estudiantes, secuestrados hace más de un mes. Aunque algunos medios mexicanos afirman que dos de los detenidos de Guerreros Unidos -la organiza- Los familiares y compañeros de los 43 estudiantes desaparecidos participan en una protesta en la Ciudad de México. ción criminal que recibió la entrega de los estudiantes- han confesado su responsabilidad en “una matanza” perpetrada, y por ello se procedió con la detención del matrimonio de jerarcas, que desde un principio dijeron no tener nada que ver con los he- AFP chos, todo se ha difuminado en una serie de versiones sin confirmación. La pareja fue detenida el martes en una modesta vivienda en la colonia Santa María Aztahuacán, en la delegación Iztapalapa (oeste), en la ciudad de México. Posteriormente rindieron declaración ante la Fiscalía general, sin que se conozca hasta el momento el contenido de sus esperadas revelaciones. Además, nada se sabe sobre las actuaciones de la Fiscalía y las autoridades no han reconstruido lo que sucedió el 26 de septiembre, día en que desaparecieron los normalistas. El gobierno federal y la Fiscalía de Guerrero acusan a la pareja como los autores intelectuales de la desaparición de 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural Raúl Isidro Burgos de Ayotzinapa, Guerrero, el pasado 26 de septiembre, y también de la muerte de tres normalistas, la de una mujer que viajaba en un taxi y la de dos integrantes del equipo de fútbol de tercera división Avispones de Chilpancingo, que fueron agredidos por policías de los municipios de Iguala y Cocula por órdenes del entonces Alcalde. Indignados por la falta de noticias de los chicos, los familiares se unieron ayer a una nueva marcha multitudinaria de estudiantes universitarios en la Ciudad de México. Todas las universidades del país y otros centros docentes amanecieron en paro, mientras en el Distrito Federal, se concentraba una manifestación que tuvo por epicentro El Zócalo. La manifestación, denominada ‘Jornada Global por Ayotzinapa’, contó con la participación de decenas de organizaciones no políticas, e incluye misas por los desaparecidos. Tras el arresto de Abarca, los medios mexicanos acusan al PRD de usar al Alcalde como una especie de ‘chivo expiatorio’ para no hacer frente a las acusaciones de vínculos entre la política mexicana y los narcos. EL PARTIDO TIENE UNA ESTIMACIÓN DE VOTO DEL 22,5% Podemos se consolida como la tercera fuerza política en España El líder de Podemos, Pablo Iglesias, un profesor de Ciencias Políticas de 36 años, se ha convertido en una celebridad, gracias a un discurso bien articulado. Agencias AFP/RT Madrid ‘Terremoto’, ‘tsunami’: el fulgurante ascenso en los sondeos electorales de Podemos, pequeño partido de izquierda surgido hace menos de un año del movimiento ‘Indignados’, suscita el entusiasmo de los electores decepcionados en una España sacudida por la corrupción. Por primera vez, una encuesta publicada el domingo por el diario El País situaba a Podemos en cabeza de las proyecciones de voto si se celebrasen ahora elecciones legislativas. Y ayer, el pequeño partido llegaba en tercera posición -tras las AFP. dos fuerzas tradicionales, el conservador Partido Popular (PP) y el opositor Partido Socialista (PSOE)- en las estimaciones recogidas en octubre por el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS). El CIS sitúa a Podemos como tercera fuerza política con una estimación de voto del 22,5%, mientras que el PP se desploma hasta marcar su peor resultado desde al menos la década del noventa, 27,5% y ya solo supera en 3,6 puntos al PSOE, que llega hasta el 23,9%. El politólogo Antón Losada atribuye estos resultados a la creciente insatisfacción de los españoles con los partidos tradicionales y su falta de respuesta ante la crisis económica y la corrupción. 17 El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 Oeste de Génova Windsurf: viento, mar y piruetas Un deportista practica una maniobra antes del campeonato mundial. AFP Fanático @ [email protected] Ingrese a la sección Fanático a través del código QR, escanéelo con su celular y, al activarse, podrá ver los temas de su interés. www.telegrafo.com.ec/fanatico.html A 4 FECHAS DE QUE FINALICE EL TORNEO, LOS ‘ORIENTALES’ SUMAN 77 PUNTOS Vuelo directo a la serie A El ‘Papá’ Aucas venció ayer, en Quito, 3-1 a River Plate Ecuador. Luego de 8 años de decepciones está cerca de ascender. 19 FERNANDO SANDOVAL / EL TELÉGRAFO LOS 23 CANDIDATOS PARA GANAR EL BALÓN DE ORO DE LA FIFA CUESTAN 1.441 MILLONES DE DÓLARES . 18 ALLISON CHIRIGUAYO MOSTRÓ TODA SU DESTREZA Y FUE LA GIMNASTA MÁS DESTACADA DE LOS JUEGOS DE MENORES . 21 18 FANÁTICO El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 Inactividad de Ochoa preocupa a selección mexicana José Torruco, entrenador de porteros en la Selección Mexicana, manifestó que confían en la capacidad de Guillermo Ochoa y destacó que el guardameta mantiene un buen nivel a pesar de no tener actividad con el Málaga, club al que llegó en esta temporada tras su destacada participación en Mundial de Brasil. MESSI Y CRISTIANO RONALDO SON LOS MÁS CAROS Los candidatos al Balón de Oro se cotizan en $1.441 millones La valoración de los 23 futbolistas significa el 6,4% de la deuda de Ecuador, cifrada en $ 21.479.000 Adriá Soldevila [email protected] Corresponsal en España Una persona vale más que todo un equipo profesional. Así es el fútbol europeo de élite. Cristiano Ronaldo o Leo Messi, los futbolistas más importantes del mundo tienen un valor económico individual que supera el presupuesto de la gran mayoría de equipos del planeta e incluso el de algunas ligas y torneos. No es de extrañar, entonces, que los 23 jugadores que forman la lista de candidatos al Balón de Oro sumen, entre todos, una cantidad de dinero inimaginable e indecente con el que se podría pagar gran parte de la deuda en muchos países, incluso la de Ecuador. Los $ 1.441 millones con los que están valorados los 23 futbolistas significan el 6,4% de la deuda de Ecuador, cifrada en $ 21.479 millones. Con su valor de mercado se podría financiar incluso el 40,5% del gasto en educación (3.557 millones de dólares), el 59,1% del gasto en salud (2.436 millones de dólares) o el 52,55% del gasto en defensa (2.742 millones de dólares). Si echamos una mirada a las ligas sudamericanas, con solo el valor de mercado de Cristiano Ronaldo, Gareth Bale y Leo Messi (399,5 millones de dólares) se supera el total de la liga argentina (388,8 millones de INFOGRAFÍA BREVES Valoración individual y global de los aspirantes a mejor jugador del año Thibaut Courtois $ 31,2 millones Manuel Neuer $ 50 millones Philipp Lahm $ 37,4 millones Sergio Ramos $ 56,2 millones Mario Götze $ 60 millones Andrés Iniesta $ 56,2 millones Toni Kroos $ 56,2 millones Javier Mascherano $ 18,7 millones Paul Pogba $ 56,2 millones Bastian Schweinsteiger $ 43,7 millones Touré Yaya $ 37,4 millones Gareth Bale $ 100 millones Karim Benzema $ 56,2 millones Diego Costa $ 46,2 millones dólares) y superaría también el de las ligas ecuatoriana y chilena, valoradas en 201,7 y 158 millones, respectivamente. Solo Javier Mascherano tiene una cotización menor que Emelec, el equipo más valorado de Ecuador. El centrocampista argentino ostenta, a sus 31 años, un valor de mercado de 18,7 millones de dólares, y se situaría justo detrás de Emelec, Barcelona SC e Independiente del Valle en la clasificación de equipos mejor valorados, empatando con Universidad Católica, un conjunto que tiene la misma valoración económica que el actual futbolista del FC Barcelona. El resto de los 22 candidatos, empezando por el belga Courtois (31,2 millones), superan el valor total de Emelec, que es de 27,4 millones de dólares. El dato sorprendente llega cuando hacemos la comparación con la Copa Bridgestone Libertadores, la competición continental más importante de Latinoamérica. El torneo por excelencia del continente americano no puede tampoco Angulo responderá por sus declaraciones La Ecuafútbol decidió abrirle un expediente al delantero de Independiente del Valle, Daniel Angulo, quien calificó de ‘brutos’ a los jugadores de Barcelona después del partido que sus equipos jugaron el sábado pasado en Sangolquí. El club no entregó roles de julio DESTACADO La FIFA entregará el reconocimiento el 12 de enero al mejor futbolista del planeta. La próxima semana irá a la Ecuafútbol Cristiano Ronaldo $ 150 millones Ángel Di María $ 81,1 millones Eden Hazard $ 60 millones Zlatan Ibrahimovic $ 32,4 millones Lionel Messi $ 150 millones Thomas Müller $ 62,4 millones Neymar $ 87,4 millones Arjen Robben $ 37,4 millones Espoli pierde un punto por no pagar a plantilla Espoli se convirtió en el primer equipo ecuatoriano al que se le restó un punto por falta de pago a sus jugadores. La resolución la tomó el martes pasado el comité ejecutivo de la Ecuafútbol. Catar 2022 podría jugarse en invierno Champions se adaptaría a las fechas del Mundial El presidente de la UEFA, Michel Platini, está dispuesto a celebrar la final de la Liga de Campeones 2022 en junio para adaptarse a un eventual cambio de fechas del Mundial de Catar. Le ganó la final del torneo al Puebla Santos Laguna se James Rodríguez $ 75 millones PORTEROS: $ 81,2 millones DEFENSAS: $ 93,6 millones CENTROCAMPISTAS: $ 328,4 millones DELANTEROS: $ 938,1 millones TOTAL: $ 1.441 millones competir con el Balón de Oro, con un valor total de 771,8 millones de dólares, teniendo incluso un valor inferior al de únicamente los 12 delanteros seleccionados, quiénes entre ellos suman 938,1 millones de dólares en valoración económica. En España, para poner un ejemplo en las ligas de Europa, Cristiano Ronaldo, el actual ganador del premio, es más caro que 15 de los 20 equipos de la Liga y tiene un valor solo 12 millones por debajo de todo el Sevilla FC. Lo mismo pasa con Messi, valorado exactamente con la misma cifra (150 millones). Queda claro, con estos datos, que los mejores futbolistas de Europa lo son también del mundo y que el dinero que se mueve en el fútbol europeo no puede compararse con el del resto del planeta. La FIFA entregará el 12 de enero el Balón Oro 2014 al mejor futbolista del planeta. El 1 de diciembre la lista se reducirá a 3 candidatos. consagra en México El Santos Laguna se consagró campeón del torneo Apertura-2014 del fútbol mexicano la noche del martes pasado tras vencer 4-2 en penaltis al Puebla. La final se jugó en el estadio Corona de la ciudad de Torreón. La fiscalía de Río de Janeiro lo investiga Adriano es acusado por asociación con el tráfico El centrodelantero brasileño Adriano, que busca reflotar su carrera en el fútbol francés, fue denunciado en su país por asociación con el tráfico ilícito de drogas, informó el martes pasado la fiscalía de Río de Janeiro a la agencia AFP. RECTIFICACIÓN Edición del miércoles 5 de noviembre de 2014 Israel probó 4 arqueros y eligió a Ayrton Morales Fanático / página 19 Carlos Luis Morales debutó en el arco de Barcelona en 1983, no en 1978 EL TELÉGRAFO publicó ayer en la sección Fanático una nota en la página 19 bajo el título “Israel probó 4 arqueros y eligió a Ayrton Morales”. En ella se explicaba que no es la primera vez que Barcelona recurría a un guardameta juvenil (Ayrton Morales) para jugar un partido oficial del Campeonato Nacional (ayer contra el Manta) y hacía alusión a Carlos Luis Morales y José Francisco Cevallos, cancerberos que debutaron jóvenes en el arco ‘canario’. En el caso específico de ‘Pestañita’ Morales, publicamos que había debutado el 22 de mayo de 1978, en el estadio 7 de Octubre en un partido ante el Deportivo de Quevedo. Esa fecha es errada, puesto que Morales debutó el 22 de mayo de 1983. Ofrecemos disculpas a nuestros lectores y a los involucrados por esta imprecisión involuntaria. FANÁTICO El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 19 En conferencia de Blatter lanzan una bomba de humo El presidente de la FIFA, Joseph Blatter, enfrentó una protesta de estudiantes cuando pronunciaba un discurso en Zúrich. Los manifestantes se reunieron afuera del edificio donde Blatter se encontraba y lanzaron una bomba de humo; además, mostraron una manta con frases que decían: “Saquen a Blatter. Llévense el dinero de FIFA”. ARGENTINA DESISTIÓ ESTA SEMANA DE COMPETIR COMO SEDE AUCAS LE SACÓ 6 PUNTOS DE VENTAJA A RIVER PLATE Chile y Uruguay quieren organizar el Mundial 2030 El ‘Ídolo del Pueblo’ se acerca a la serie A después de 8 años La candidatura sería conjunta, tal como lo hicieron Japón y Corea en 2002. La propuesta se pule para llevarla a la FIFA. FERNANDO SANDOVAL / EL TELÉGRAFO El delantero paraguayo Lauro Cazal (9) en el momento en que marcó el tercer gol de Aucas en el triunfo de ayer 3-1 ante River Plate Ecuador. Redacción Fanático Quito El estadio Nacional de Chile tiene capacidad para 48 mil aficionados, cifra que no cubre las exigencias de FIFA. Alejandro Tapia [email protected] Corresponsal en Chile “Porque no tenemos nada, queremos hacerlo todo”. Ese fue el eslogan que utilizó Chile para organizar el Mundial de Fútbol de 1962, uno de los eventos deportivos más importantes en la historia de Sudamérica. Para ese Mundial, Chile debió construir el Estadio Nacional y otros recintos que aún son utilizados en el campeonato local. En aquella época el país no contaba con una infraestructura apropiada y todo se hizo con una mística y profesionalismo que hasta hoy se destacan. Pero ahora Chile va por más. La idea de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) es que el país organice el Mundial de 2030, junto a Uruguay. Ese año se cumplirán 100 años desde el primer gran evento futbolístico ‘charrúa’, y qué mejor para Chile que intentar sumarse como anfitrión de esa fiesta. Hasta ahora, 5 países se han ‘repetido el plato’ como organizadores de un Mundial: Italia, Francia, Brasil, México y Alemania. Como en 2030 la sede mundialista le correspondería a Sudamérica (después de Rusia 2018 y Qatar 2022), el plan de Chile es volver a ser sede del Mundial, emulando lo que ocurrió con Corea del Sur y Japón en 2002. Es decir, que el hecho de no tener fronteras no sea impedimento para que se lleve a cabo el evento futbolístico más importante del planeta. En avión, entre Santiago y Montevideo hay apenas dos horas de viaje. Esta semana, el presidente de la ANFP, Sergio Jadue, anunció la apuesta chilena, con bombos y platillos. “La posibilidad de una opción legítima de organizar solos o a la par con Uruguay es real”, dijo Jadue. Las aspiraciones de Chile no solo se basan en buenas intenciones. Las conversaciones para que el Mundial vuelva a Sudamérica -después de la reciente Copa del Mundo en Brasil, que tuvo un costo de $ 14 mil millones- están avanzadas. Tanto así que Jadue ya conversó con el nuevo presidente de la Asociación Uruguaya de Fútbol, Wilmar Valdez. “Los uruguayos saben las circunstancias económicas y de infraestructura de su país y que no pueden realizarlo solos”, afirmó Jadue. En medio de este ambiente de optimismo, las posibilidades se abrieron aún más para Chile y Uruguay después de que Argentina desistiera de intentar competir como sede para 2030. El vicepresidente de la Asociación de Fútbol Argentino (AFA), Miguel Ángel Silva, le dijo al diario chileno La Tercera: “Argentina no está pensando en el Mundial de 2030. Ni siquiera lo contemplamos CIFRA 14.000 millones de dólares invirtió Brasil para organizar la Copa del Mundo que se jugó a mediados de año. todavía. Si me lo pregunta concretamente, Argentina no se postula a organizar esa Copa del Mundo”. Estas declaraciones han generado grandes expectativas en Chile y la propuesta formal será presentada en las próximas semanas al mismísimo presidente de la FIFA, Joseph Blatter, en Suiza. Experiencia como anfitrión A su favor, Chile cuenta con el hecho de haber organizado un Mundial en 1962 y posteriormente los mundiales Sub-20 en 1987 y 2008. Pero, además, Chile será sede del INTERNET Mundial Sub-17 en 2015, al igual que de la Copa América. Por eso es que los dirigentes chilenos han puesto énfasis en que la Copa del Mundo de 2030 depende de cómo resulte la organización de estos dos importantes eventos deportivos. Para llegar a buen puerto, Chile y Uruguay tendrán que hacer millonarias inversiones en recintos deportivos, pero también en los lugares de entrenamiento. La FIFA exige que la final debe ser jugada en un estadio con 80 mil asientos, pero ni el Centenario ni el Estadio Nacional cumplen con ese requisito. El primero tiene capacidad para 65 mil personas y el chileno para 48 mil. Por eso, la idea es construir un nuevo coloso. Al mismo tiempo, la FIFA exige al país anfitrión un mínimo de 12 estadios para 40 mil personas. Durante el primer gobierno de Michelle Bachelet (2006-2010) se construyó una serie de nuevos estadios y se remodelaron 12, tanto en Santiago como en otras regiones, aunque sus capacidades no llegan a 40 mil. De todos modos, son estadios modernos que perfectamente podrían ampliar su capacidad. Sin embargo, una de las mayores exigencias tiene que ver con que Chile y Uruguay necesitarían al menos 64 complejos deportivos de primer orden como base de operaciones de las selecciones de los 32 países participantes, además de otras 48 en las sedes por si un país deba jugar en una ciudad diferente a la de sus prácticas. Y es más, el país anfitrión debe tener 60 mil habitaciones de hotel habilitadas. El desafío, reconocen las propias autoridades chilenas y uruguayas, es mayor, pero no imposible. Ya está el precedente de Corea-Japón y, además, tanto Chile como Uruguay han sido sedes mundialistas e incluso los ‘charrúas’ han ganado dos veces la Copa del Mundo. Así, podría repetirse el “porque no tenemos nada, queremos hacerlo todo”. Tiempo hay de sobra. “Y dale A, y dale Aucas dale A” corearon ayer los 7.000 aficionados que llegaron al estadio Gonzalo Pozo Ripalda luego del tercer gol del equipo capitalino, anotado por el ariete Jimmy Delgado (90’+4), que plasmó la victoria del ‘Papá’ 3-1 frente a River Plate y lo dejó con un pie en la serie A. El ‘Ídolo del Pueblo’ llegó a 77 unidades y se consolidó como líder en la serie B a 4 fechas para el final del torneo. El domingo, en la 41ª fecha del campeonato, visitará a Macará en el Bellavista de Ambato y podría sellar su boleto a la máxima categoría del balompié nacional, tras 8 años de decepciones. En los graderíos del escenario ubicado en el sector de Chillogallo al sur de Quito, hubo una mezcla de emoción, nerviosismo y sufrimiento porque el cotejo, que finalizó con un marcador favorable, se complicó de principio a fin. El ex-Deportivo Quito Omar Andrade, a los 3’, levantó a los aficionados con su anotación tras una habilitación de Jimmy Delgado, quien es el goleador de la serie B con 20 tantos. Ese gol relajó a los dirigidos por el uruguayo Juan Ramón Silva, que únicamente atacaban gracias a los avances por derecha del lateral José el ‘Cholo’ Quinteros. Los 3 atacantes que presentaron los visitantes, que arrancaron la fecha segundos a 3 unidades del líder, empezaron a generar jugadas de peligro en el arco defendido por Jerónimo Costa. El golero de Aucas fue responsable de la igualdad de River Plate a los 35’. Deny Giler cobró un tiro libre que picó a un metro de Costa e ingresó por el centro del pórtico. En DESTACADO Aucas suma 11 victorias en la segunda etapa del campeonato. La de ayer fue la octava como local. ese momento la alegría de la hinchada se transformó en nervios porque los del puerto principal eran superiores, aún más cuando salió expulsado Édison Carcelén. Pero el ímpetu de los auquistas no mermó y continuaron presionando a los guayaquileños. Una serie de rebotes en el área visitante encontró sin marca a Lauro Cazal, quien a los 57’ logró la ventaja que no se le volvería a escapar a Aucas, que no juega en la serie A desde la temporada 2006. FOTOHISTORIA Debut copero para Rocafuerte Las bicampeonas ecuatorianas juegan a las 09:00 (locales) su primer duelo de Libertadores ante Vitoria, en Sao Paulo, Brasil. CORTESÍA 20 FANÁTICO El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 Willy Sagnol es acusado de racismo El exseleccionado francés y ahora director técnico del Girondins, Willy Sagnol, es acusado de haber expresado frases racistas contra futbolistas de origen africano. Sagnol afirmó que no fichará a jugadores africanos porque “aunque son baratos” no son inteligentes. Esto provocó el rechazo de los periodistas e hinchas franceses. TRINIDAD Y TOBAGO TENÍA PREVISTO LLEGAR AYER La ‘Tri’ femenina cambia su rutina para encarar la repesca LOS PROMOTORES PRESENTARÁN LA INICIATIVA A LAS ASOCIACIONES PROVINCIALES El proyecto de liga profesional se revitaliza Barcelona reforzaría la propuesta por su significativo poder de convocatoria. Así lo consideran 3 presidentes de clubes. Redacción Fanático [email protected] Guayaquil INFOGRAFÍA Asistencias y taquillas del 'Ídolo' 2014 (Primera Etapa) MARCO SALGADO / EL TELÉGRAFO La defensa y capitana de la selección, Ligia Moreira (izq.), domina la pelota durante uno de los entrenamientos de la Tricolor en el estadio Atahualpa. Redacción Fanático Quito La entrenadora de la selección femenina, Vanessa Aráuz, realizó ayer la última práctica de competencia con el equipo que será titular este sábado (14:00), en el partido de ida del repechaje contra Trinidad y Tobago al Mundial de Canadá 2015. La DT definió el equipo inicial con la base del once que disputó la Copa América en el país y no modificará la disposición de las jugadoras en la cancha. En los últimos días se han entrenado siempre a la hora del partido, por lo que han modificado un poco sus hábitos alimenticios. La disposición del cuerpo técnico y médico fue que deben desayunar a las 10:00, una comida más contundente, pues también equivaldría al almuerzo. De esa forma se realiza una correcta digestión y a las 14:00 están listas para los entrenamientos y en este caso, también para el cotejo. Después de la práctica, sobre las 17:00, tienen un refrigerio y a las 19:30 la cena. “Cambiamos un poco los horarios para no tener problemas al momento de jugar. Necesitábamos que las chicas tengan una sola comida entre la mañana y el mediodía, por la hora del encuentro. No hemos tenido inconvenientes en ese aspecto”, contó el preparador físico Eduardo Moscoso. Por la noche también tuvieron una ronda médica, a cargo del galeno de la selección Patricio Maldonado. Katherine Ortiz aún se recupera de un golpe en su rodilla derecha, que no fue de mayor gravedad. Hoy será el último contacto con la prensa en la foto oficial previa al partido. El viernes será la última práctica y el sábado por la mañana tendrán la charla técnica, antes de salir al estadio Atahualpa. DESTACADO Las trinitarias se concentrarán en Guayaquil y llegarán a Quito el viernes por la tarde. Las ‘Princesas del Soca’, como se conoce a las rivales de la Tricolor, tenían previsto llegar ayer a las 20:45 a Guayaquil. Allí se entrenarán el jueves, y el viernes por la tarde se desplazarán a Quito, para evitar los efectos de la altura al llegar con pocas horas de anticipación. El conjunto dirigido por el estadounidense Randy Waldrum estuvo 9 días en un centro de alto rendimiento en México DF para conseguir una mejor adaptación a la altitud. La revancha de esta serie de repechaje se disputará el 2 diciembre en Puerto España, en el estadio Hasely Crawford. La propuesta de liga profesional podría ganar en las próximas horas un respaldo fundamental. Antonio Noboa, presidente de Barcelona, adelantó el martes pasado que el club apoyará dicho proyecto siempre y cuando sea lo que necesita el fútbol ecuatoriano. Minutos después su hermano Luis Noboa (vicepresidente del club) a través de su cuenta en la red social Twitter apoyó la postura de ‘Toño’. Estas declaraciones fueron destacadas por el presidente del club River Plate, Mario Canessa, uno de los principales gestores de la propuesta. “Es un apoyo vital viniendo de un club tan importante. Pero es fundamental que ellos (directivos de Barcelona) estén convencidos de que esta es la solución”. El discurso de los Noboa en este sentido no siempre fue el mismo. A finales de septiembre Luis Noboa dijo estar en desacuerdo con la creación de una liga profesional y destacó el éxito que ha tenido la gestión de Luis Chiriboga en la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF). Desde esa fecha el club ‘torero’ dejó de enviar a sus delegados a las convocatorias para analizar el proyecto de liga profesional. Pero la tarde del martes pasado, los principales dirigentes ‘amarillos’ cambiaron de criterio después de que la Comisión Disciplinaria de la Ecuafútbol sancionó a los arqueros Damián Lanza y Máximo Banguera por los incidentes que se produjeron el sábado pasado durante el partido ante Independiente del Valle. Pero hubo otro detonante. La Comisión de Arbitraje de la FEF respaldó las decisiones del réferi Vinicio Espinel (juez central del partido entre Independiente y Barcelona), le puso 8/10 de calificación y desestimó un pedido de sanción presentado por Barcelona. “Esto es lo que está desbaratando el fútbol, si esto sigue así, nuestra postura será un cambio total en el fútbol ecuatoriano”, declaró Antonio Noboa. Según Canessa, hace 2 semanas dialogó con los hermanos Noboa acerca de la importancia de su participación en el análisis y desarrollo del proyecto de liga profesional. “Ahora hacen público su apoyo porque este diseño y estructura del fútbol ecuatoriano no da garantías para nadie”, sostuvo Canessa. Jaime Villavicencio, presidente de Liga de Loja y otro de los impulsores del proyecto de liga profesional, considera que un eventual respaldo de Barcelona le otorgaría más solidez al proyecto por su ‘poder de convocatoria’. La afirmación de Villavicencio se respalda en las cifras de Barcelona -por conceptos de asistencias y taquillas- en los tor- Local Asistentes 139.682 Taquilla $ 850.224 Cifras ante estos rivales como visitante Equipos Asistentes Taquilla Emelec 14.946 $ 158.011 El Nacional 29.224 $ 267.871 Liga de Quito 11.218 $ 83.949 D. Cuenca 12.906 $ 115.253 Liga de Loja 12.156 $ 106.149 D. Quito 11.493 $ 103.940 Olmedo 13.505 $ 128.290 Mushuc Runa 7.239 $ 73.091 Manta 7.000 $ 62.250 Independiente 5.812 $ 46.821 U. Católica 7.636 $ 68.217 Total 133.135 $ 948.810 2013 Local Asistentes 272.677 Taquilla $ 1'649.843 2012 *Visitante Asistentes 246.123 Taquilla $ 1'568.984 * Datos calculados de los informes de la Ecuafútbol DESTACADO En septiembre pasado Luis Noboa afirmó estar en desacuerdo con la creación de una liga profesional. neos nacionales. En la temporada 2012 fue el equipo que más hinchada tuvo en sus partidos como local y visitante; en el torneo 2013 ocupó el segundo lugar por detrás de Emelec y en la primera etapa del 2014 repitió el segundo lugar (ver infografía). Otro de los dirigentes que valoró las declaraciones del presidente del club amarillo fue el titular ‘atunero’ Jaime Estrada. “Qué bien que Barcelona también haga público su descontento con el manejo de este campeonato inclinado. De lo negativo hay que sacar lo positivo”. Local Asistentes 531.433 Taquilla $ 3'806.787 *Visitante Asistentes 302.088 Taquilla $ 2'414.616 Fuente: Informes consolidados de la Ecuafútbol Asociaciones provinciales desean conocer detalles del proyecto Mario Canessa confirmó que ha recibido la invitación de varias asociaciones provinciales que están interesadas en conocer el diseño y la estructura de la liga profesional. “Hay algunas asociaciones que estuvieron en la sesión de Riobamba y que me han señalado el deseo de conocer profundamente la propuesta. Yo les agradezco y los felicito porque así se debe actuar. Y es también un espaldarazo para nosotros”, explicó Canessa. Doryan Jara, presidente de la Asociación de Fútbol de Chimborazo, confirmó a EL TELÉGRAFO que lo expuesto por Canessa es real, pero no brindó mayores detalles. El desarrollo de la propuesta de liga profesional se encuentra en la última fase de diseño. Hasta el momento la comisión encargada ha elaborado el organigrama de funcionamiento y la próxima semana se la socializará con el resto de clubes. FANÁTICO El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 21 Aguilar, el único latinoamericano en el HSBC Champions de Golf Nunca, a lo largo de sus 15 años de carrera, Felipe Aguilar (150 del Ranking Mundial) enfrentó una competencia tan dura como la que tendrá este fin de semana en China (Shanghái). El chileno de 39 años clasificó al World Golf Championships-HSBC. Aguilar ingresó al evento por su triunfo en The Championship at Laguna de Europa. EL COMBINADO ‘ALBICELESTE’ (DAMAS Y VARONES) DE PESAS TAMBIÉN BRILLÓ EN ESTA IX EDICIÓN DE LOS JJ.NN. Chiriguayo, la mejor gimnasta de los Juegos Nacionales de Menores La deportista de Guayas, de la especialidad rítmica, se adjudicó 3 medallas de BREVES NBA Durant recibe consejo de Kobe tras su lesión Tras sufrir la primera lesión significativa de su carrera, Kevin Durant recibió consejos de otra superestrella también lesionada: Kobe Bryant. “Trato de aprender del juego (básquet) desde afuera, ahora que estoy lesionado”, le dijo Bryant a Durant. oro y 1 de plata en la tercera y última jornada de pruebas en Macas. Grandes Ligas de Béisbol Redacción Fanático [email protected] Guayaquil Guayas se impuso en las disciplinas de levantamiento de pesas y gimnasia rítmica, en el marco del tercer día de competencias en los IX Juegos Nacionales de Menores, que se desarrollan en Macas, Esmeraldas, Carpuela y Cuenca. Las gimnastas ‘albicelestes’ ganaron todas las medallas posibles y terminaron con la suma de 9 metales (5 de oro y 4 de plata); eso además de que en la sumatoria general registró la máxima posible, con 230 unidades. Por su parte, Loja fue segunda en el podio general con 113 y Pichincha tercero con 93 puntos. En la modalidad de manos libres la presea de oro fue para Allison Chiriguayo (la abanderada de Guayas), con puntaje de 11.45; la plateada fue para Dallyana Román (también de Guayas) con puntaje de 11:00, en tanto, Sacha Llumiquinga (Pichincha) fue tercera de la modalidad con 10.05. En cuerda, Doménica Lastra tuvo puntaje de 10.85 que le dio la dorada. Chiriguayo (foto) obtuvo plata con 10.75 y Génesis Pereira (Loja) se quedó con el bronce, tras lograr puntaje de 8.55. En el aro, Román ganó oro con 11.30, Lastra fue plata con 11.20 y Antonella Darquea, de Pichincha, fue tercera. Al terminar las competencias, la máxima ganadora de las ‘albicelestes’, Allison Chiriguayo, se mostró orgullosa y contenta pese a no ganar todas las medallas de oro, ya que sus compañeras se las ganaron. El evento de gimnasia rítmica tuvo lugar en el coliseo municipal de La Loma (Macas, Morona Santiago) y contó con la presencia de 36 deportistas de 9 provincias. Guayas, campeón en halterofilia El equipo de levantamiento de pesas de Guayas superó sus expectativas trazadas en estos JJ.NN., al procla- marse campeón en la sede de Río Verde, Esmeraldas. Los ‘albicelestes’ sumaron un total de 15 medallas (10 de oro, 2 de plata y 3 de bronce), que les sirvieron para liderar el puntaje general con 594 unidades (271 en damas y 324 varones). En tanto, el segundo lugar quedó para Los Ríos, mientras que Santo Domingo fue tercero. Los guayasenses Jorge Vizueta y Carlos Moncayo en la división hasta 77 kg, Jessenia Peralta +63 kg y finalmente Carlos Escudero en +77 kg, fueron los que colaboraron con las preseas de oro. Los otros medallistas fueron Pamela Carriel y Melkin Rodríguez (3 oros cada uno), Josep Briones y Génesis Cargo (2 doradas cada uno), Ricardo Alarcón (1 plata) y Odalis Candelario y Jefferson Rodríguez (1 bronce cada uno) en la última fecha de esta disciplina. Molina obtiene su séptimo ‘Guante de Oro’ El receptor puertorriqueño de los Cardenales, Yadier Molina, se unió a Iván Rodríguez y Johnny Bench en los anales de la historia de los ‘Guantes de Oro’, al haber recibido su séptimo galardón. Boxeo Mayweather gana más de $100 millones al año El boxeador Floyd Mayweather encabeza la lista de deportistas mejor pagados, con $105 millones al año, delante de Cristiano Ronaldo ($80) y LeBron James ($73,2), según publicó la revista Forbes en su lista. 22 SOCIEDAD El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 @ Ingrese a la sección Sociedad a través del código QR, que deberá escanear con su celular y que, al activarse, mostrará los temas de su interés. www.telegrafo.com.ec/sociedad.html ENTREVISTA / LUKE WARWICK / MIEMBRO DE ‘THE PEW CHARITABLE TRUSTS’ Los tiburones, vitales para el ecosistema Esta especie depredadora fortalece la composición genética de otros animales y limpia el fondo del mar. A pesar de su importancia no existe en el mundo una legislación que los proteja. Redacción Sociedad [email protected] Quito En el mundo existen más de 500 especies de tiburones. Según el biólogo británico Luke Warwick, solo 5 de ellas tienen protección especial, por lo que existe una campaña global para la conservación de la especie. Se denomina ‘The Pew Charitable Trusts’ y exhorta a que la XI Convención sobre especies migratorias, reunida hasta el domingo, en Quito, incluya en su lista de especies protegidas a los tiburones. ¿Cuál es la principal amenaza para la población de tiburones? La pesca es el mayor peligro para el tiburón blanco, que ha disminuido su población en los últimos años. ¿Qué otros tipos de tiburones están en peligro de desaparición? Hay otras 2 especies que se encuentran amenazadas: el tiburón martillo y el tiburón zorro, cuyas poblaciones se han reducido en 90% y 80%, respectivamente, a nivel mundial. Ecuador estuvo involucrado muy de cerca en la conservación del tiburón martillo el año anterior y eso permitió brindar un avance importante en este tema, sobre todo con el ecoturismo en las islas Galápagos y la preservación de tiburones y mantarrayas. ¿Cómo avanzan las políticas de conservación de especies marinas? No existe ninguna legislación que proteja a los tiburones. Cada año 100 millones de tiburones mueren alrededor del mundo, lo que es insostenible y los gobiernos de cada país deben privilegiar la protección del tiburón, asegurando que se termine con toda la pesca de este tipo de especie, que alcanza su posibilidad de reproducción a los 17 años y solo tiene en su vida 2 crías. El tiburón no es como otra especie de pez que pone miles de huevos para luego ser consumido, sin que se afecte la cantidad existente. ¿Por qué es tan importante para el ecosistema la protección de los tiburones? Los tiburones son para el mar lo que los leones y pumas son en la tierra, es decir depredadores, y como tales ayudan a eliminar de las aguas los animales muertos, impidiéndose así la propagación de enfermedades y fortaleciendo la composición genética de las poblaciones de presas. Los estudios han demostrado que una desaparición de los tiburones representaría también una disminución en la cantidad de pescado en los mares. Los gobiernos se han dado cuenta de que es mejor y mucho más rentable un tiburón vivo que uno muerto, sobre todo considerando el ecoturismo. Las islas Fiji, por ejemplo, reciben $ 20 millones por la visita de turistas. Anteriormente se creía que Estados Unidos brindaba más protección, pero el año pasado, en un evento similar al de Quito, muchos países de Latinoamérica se unieron para hacer de la protección al tiburón una prioridad en sus políticas ambientales. En el Reino Unido se hace mucho menos por esta especie. Por eso, reuniones como esta son ideales para promover más iniciativas. ¿Hay ejemplos de la preservación de la población de tiburones? ¿Hubo interés por este tema antes en los gobiernos mundiales? En las islas Maldivas y en Palao, en el Pacífico, hay un santuario de tiburones, donde no se les puede tocar ni matar. A nivel internacional hay algunos tratados de comercio que protegen a esta especie, pero se necesita mucho más. Los pescadores internacionales están tratando de colaborar, pero no es suficiente. En el pasado no hubo prioridad ni mayor preocupación en los países por mantener a los tiburones, pero ahora se han dado cuenta de que es importante intensificar la conservación de esta especie. Ahora vemos que hay un esfuerzo global de todos los continentes por preservar estas especies, pero aún hay muchas cosas por hacer. La gente debe tener conciencia de no consumir carne de tiburón y así evitar su caza. ¿En qué región hay más avances en la conservación del tiburón? PUNTO DE VISTA Unicef Suicidio de jóvenes indígenas es mayor El suicidio es la tercera causa de muerte entre los adolescentes y jóvenes de 10 a 25 años en América, según el último informe de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), difundido el pasado 22 de octubre. El informe se basa en los datos de 48 países y territorios de la región, y muestra que el suicidio es un problema de salud relevante y una de las principales causas de muerte prevenible en la región de las Américas. De acuerdo a este estudio, aproximadamente un millón de personas en el mundo muere por suicidio cada año, lo que equivale a una muerte cada 40 segundos. De estas, 65.000 corresponden al continente americano, lo que significa que en la región hay más de 7 suicidios por hora. Históricamente, América Latina ha tenido tasas de suicidio inferiores al promedio mundial, sin embargo, en este último análisis entre 20052009, el informe afirma que se registra un incremento con relación a años anteriores. Según los datos, las tasas de suicidio más altas están en: Guyana (26,2 por 100 mil habitantes), Surinam (23,3), Uruguay (14,2), Chile (11,2), Trinidad y Tobago (10,7) y Cuba (9,9). En el caso ecuatoriano, según la publicación ‘La niñez y la adolescencia en el Ecuador contemporáneo’, las principales causas de muertes en los adolescentes se deben a accidentes, homicidios y suicidios. Y en el caso de las mujeres entre 12 y 17 años, el suicidio es la primera causa de muerte evitable. A nivel mundial, el suicidio representa el 1,4 % de las muertes y se clasifica entre las 20 principales causas de mortalidad. No obstante, todavía se conoce muy poco sobre este fenómeno. El informe de la OPS indica que existen debilidades en los sistemas de información, muchos países no tienen datos disponibles y confiables. Por otro lado, se unen los factores culturales, religiosos y los relacionados con el estigma que llevan a muchas familias a ocultar que un familiar ha muerto por suicidio. En el estudio ‘Suicidio adolescente en pueblos indígenas’, realizado en 2012 por Unicef, se resalta la preocupación por el alto número de suicidios que se registran dentro de la población indígena en América Latina. El informe señala que, pese a que la región registra uno de los índices más bajos de suicidio a nivel global, el suicidio de jóvenes indígenas lidera las tasas entre los diferentes grupos poblacionales latinoamericanos. El suicidio es la manifestación más extrema de la violencia y está relacionado a una trayectoria de vulneraciones. De ahí la importancia de analizar y entender qué lleva a las personas -y en particular a los jóvenes y adolescentes- a optar por el suicidio como respuesta a sus problemas. Según la OMS, por cada suicidio consumado ocurren de 10 a 20 intentos suicidas, lo que indica que el suicidio en gran medida se puede prevenir. En este sentido, se hace necesario profundizar los conocimientos de los diversos profesionales, familias y gobiernos para tomar políticas de prevención, reducción del daño y erradicación definitiva del suicidio. De esta manera, es importante que los esfuerzos que los Estados y las sociedades realizan para reducir la mortalidad infantil no se pierdan en la segunda década de la vida. De ahí la necesidad de que haya continuidad en la inversión en políticas de la adolescencia y analizar por qué el suicidio es actualmente una de las causas de muerte en adolescentes y jóvenes de las Américas, en Ecuador y en las poblaciones indígenas. SOCIEDAD El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 EN CIFRAS LA OBESIDAD LE GANA A LA DELGADEZ EN ECUADOR 62,8% 1,3% 5’558.185 es la prevalencia de adultos obesos en Ecuador, según la encuesta Ensanut. es la prevalencia nacional de adultos delgados hasta 2013. ecuatorianos, entre 19 y 59 años, sufren de sobrepeso u obesidad. EL ÉBOLA HA INFLUIDO PARA QUE LA GENTE SE CUESTIONE SOBRE LO QUE OCURRE EN EL MUNDO 23 BREVES La contaminación ambiental y los virus preocupan a los países latinos Un informe aplicado a 48.643 personas en 44 naciones revela los principales Centro presenta innovadora modalidad Delegación de Senescyt visita instituto alemán El aprendizaje en la Academia Técnica de Siemens es vivencial. Para conocer más de este instituto alemán, el secretario de la Senescyt, René Ramírez, recorrió el centro de estudios, que hasta 2013 tuvo 2.140 postulantes. temores de los ciudadanos. En Ecuador hay miedo a las enfermedades. Inscripción termina 13 de diciembre Redacción Sociedad [email protected] Quito Un reporte de la empresa de opinión pública Pew Global Attitudes Project, aplicado en varios países del mundo, consultó a la gente sobre sus mayores temores respecto al futuro. Las apreciaciones varían de acuerdo al país y a la región. El estudio, que fue realizado entre marzo y junio de 2014, consultó a 48.643 personas de 44 países en varios continentes. La gran mayoría mencionó 5 temas por los que siente más preocupación. Estos son: enfermedades y el VIH; contaminación ambiental; guerras nucleares; inequidad social, y problemas de odio étnico y religioso. Por ejemplo, en el Medio Oriente y África del Norte el 34% de la gente siente temor por los conflictos religiosos y por problemas de etnia, especialmente en países como Líbano, Palestina o Israel, que han protagonizado en las últimas décadas problemas de índole religioso y fundamentalista. En cambio, en África (sur), la población considera que la proliferación de enfermedades y de virus es la principal amenaza. En los últimos meses, algunos países como Sierra Leona o Liberia han presentado varios casos por el virus del ébola, que hasta el momento ha contagiado a más de 10 mil personas y ha provocado la muerte de más de 5.000. Aún no hay un medicamento eficaz para este mal. En países latinoamericanos, con excepción de Argentina y Chile, le temen más a la inequidad y guerras nucleares, respectivamente. Mientras que Perú y Colombia están atemorizados por el daño que el hombre pueda causar al medio ambiente (Ver infografía). Aunque el estudio no incluyó a Ecuador, Diario EL TELÉGRAFO encuestó a 30 personas acerca de aquello que más temen. El 48% considera que los virus y las enfermedades son la mayor amenaza para el país y el planeta. La contaminación al medio ambiente está en segundo lugar. Diana Rivas siente temor por las enfermedades y virus que afecten al ser humano. “Aún estamos a expensas de recibir fórmulas y vacunas extranjeras (...) las exploraciones en el campo de la salud deben ir de la mano con la prevención y, solo por citar un ejemplo, aún hay gente que desconoce de la existencia del virus del chikungunya o del ébola; y aún más, otros ni siquiera conocen de las formas de contagio”, comenta. Como ella, Carla Salgado considera que pese a los avances en medicina en Ecuador, “no existe una cultura de prevención”. Asegura que en el caso de una enfermedad ma- INFOGRAFÍA ENCUESTA Inequidad Francia España ¿A qué le teme el mundo? A 48.643 encuestados provenientes de 44 países se les pidió citar lo que consideran la mayor amenaza global en las cinco categorías. Alemania Polonia EN ECUADOR Corea del Sur Italia Grecia El 44% de encuestados en el país le teme a los virus y a las enfermedades. Argentina Registro escolar otorga número de cédula Hasta el 13 de diciembre los estudiantes que ingresarán por primera vez al régimen fiscal deben inscribirse en el Registro Civil. Para conocer la escuela asignada se debe esperar la siguiente fase. Se efectuará en Cemexpo Enfermedades y sida Nueva jornada por la niñez se realiza en Quito Senegal Uganda Kenia Tanzania La nutrición, estimulación y corresponsabilidad son los ejes de la nueva jornada por la niñez titulada ‘Pensando en grande por los más chiquitos’, a realizarse hoy en Quito. Sudáfrica Medio ambiente y contaminación China Tailandia Colombia Filipinas El 28% le teme a la contaminación del medio ambiente. Importancia de la atención primaria 60 técnicos se capacitan Perú en la Zona 8 del país Guerras nucleares Ucrania Turquía Japón Pakistán ‘Estrategias de Atención Primaria en Salud (APS)’ es el nombre de las charlas de capacitación para personal del ministerio del ramo en las unidades de Guayaquil, Durán y Samborondón. Nigeria Deporte elimina síntomas depresivos Chile Religión y odio racial Reino Unido Túnez Fuente: Pew Global Attitudes Project/www.washingtonpost.com/ encuesta diario El Telégrafo Hacer ejercicio mejora el humor de las personas Líbano Palestina En 2011, un estudio de la Universidad de Bern observó a 127 personas diagnosticadas con depresión. El 30% de los pacientes mejoraron de los síntomas depresivos gracias a la actividad física. Nigeria Gráfico: El Telégrafo / [email protected] DESTACADO El 32% de los encuestados en Europa le teme a la inequidad que se evidencia en esa parte del planeta. siva, la ciudadanía no manejaría con organización la atención médica. “Sería un caos”, dice. Al presidente de la Federación Médica Ecuatoriana, Alberto Narváez, no le extrañan estas respuestas, pues cree que los virus recientes como el ébola, el chikungunya o la gripe aviar han influenciado para que la gente se cuestione sobre las enfermedades y, sobre todo, por una posible cura. “Hay virus que aparecen, mutan, y aún no se han desarrollado intervenciones, tratamien- tos y vacunas para enfrentarlos, eso causa pánico. Creo que en Ecuador hay una buena red de vigilancia epidemiológica que permitirá atender casos con premura. Hay que recordar que la globalización hace que las enfermedades se difundan más en el mundo”, dice. Otra preocupación también es el tema medioambiental. Paola Brito considera que la mayor amenaza es la falta de conciencia del uso de recursos naturales, el no reciclaje y la contaminación del planeta. “El poco respeto por la naturaleza también provoca que los animales y los alimentos cada día vayan desapareciendo por las acciones de los seres humanos”, expresa. Paola dice que con acciones cotidianas como el reciclaje se puede contribuir para lograr un planeta más sustentable. Pero lo cierto es que en Ecuador, según datos del INEC, solo el 19% DESTACADO La esperanza de vida es de 50 años El 25% de latinoamericanos La mitad de Burundi se preocupa por la no tiene agua potable contaminación de los ríos y Burundi es considerado el país más pobre del planeta, pues el 66,9% de su deforestación de bosques. población vive por debajo de la línea de pobreza. Sus habitantes se ven afectados por la malaria, diarrea y el VIH. de los hogares clasifica la basura. La preocupación de Paola y el resto de ciudadanos sobre el medio ambiente tiene sus bases: un informe del Fondo Mundial para la Naturaleza de 2012 indicó que la tierra, el hogar de los humanos, está en amenaza constante por los excesos sobre los recursos naturales que han ido creciendo desde 2008, alcanzando un déficit de 50%. Esto significa que la Tierra necesitaría de un año y medio para regenerar sus recursos y absorber suficiente CO2. Reformas al libro VI de la norma El Vaticano actualizará código tras abusos 170 propuestas de obispos y expertos han llegado hasta el Vaticano con la finalidad de actualizar el código canónico. La Iglesia Católica tomó esta decisión luego de las denuncias de abusos sexuales. 24 CULTURA El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 @ Ingrese a la sección Cultura a través del código QR, que deberá escanear con su celular y que, al activarse, mostrará los temas de su interés. www.telegrafo.com.ec/cultura.html EL PRESIDENTE DE VENEZUELA PROPONDRÁ QUE EL TEXTO SEA MOSTRADO EN LA CUMBRE DE UNASUR EN DICIEMBRE La Carta de Jamaica se cuidaba en Ecuador Uno de sus párrafos fue censurado al traducirse al inglés y sus versiones en lengua castellana están incompletas. El original está en una provincia ecuatoriana, según el gobierno venezolano. Redacción Cultura [email protected] Quito En la ‘Carta de Jamaica’, un Simón Bolívar exiliado en esa isla cita una frase del Barón de Montesquieu que parece un mal presagio en las condiciones históricas que sorteó El Libertador: «Es más difícil sacar un pueblo de la servidumbre que subyugar uno libre». Pero la misiva — fechada el 6 de septiembre de 1815 y cuyo destinatario fue el comerciante jamaiquino de origen inglés Henry Cullen— es una realidad, luego de que pasara el bicentenario de liberación de las naciones bolivarianas. El presidente Nicolás Maduro informó el descubrimiento en Ecuador del manuscrito original del documento, que contiene las razones de la caída de la Segunda República en el marco de la independencia venezolana. “Es un manuscrito de la época, de puño y letra de Pedro Briceño Méndez, que fue secretario de El Libertador en 1815”, dijo el exministro de Cultura de Venezuela Pedro Calzadilla, quien también es historiador y estuvo en Ecuador. Él preside la comisión que confirmó la veracidad del documento que reposaba en un archivo público de una provincia ecuatoriana. El párrafo, en el que Bolívar toma prestada una sentencia del pensador francés, contiene una pregunta que habla de su preocupación luego de dejar Cartagena de Indias: «¿Se puede concebir que un pueblo recientemente desencadenado se lance a la esfera de la libertad sin que, como a Icaro, se le deshagan las alas y recaiga en el abismo?». Por otro lado, y más que una respuesta particular (Cullen fue el primero en enviarle correspondencia), la ‘Carta de Jamaica’ ha sido catalogada como una interpelación de Bolívar a Gran Bretaña, la nación liberal más poderosa durante el siglo XIX, para que decidiera involucrarse en su proyecto transnacional. Las gestas independentistas de Bolivia, Colombia, Ecuador, Panamá, Perú y Venezuela aún no habían cumplido una década cuando Francisco Javier Yánez y Cristóbal Mendoza publicaron su ‘Colección de documentos relativos a la vida pública del Libertador’ (1933). Esta contenía la carta que Bolívar ordenó titular ‘Contestación de un Americano Meridional a un caballero de esta Isla’, la única edición en castellano conocida hasta la actualidad, adicionalmente a un par de copias en inglés, de 1818 y 1825, en las que la censura eliminó un párrafo. De acuerdo con el historiador Juan Paz y Miño, citado por la agencia de noticias Andes, la carta tiene un valor histórico por 3 motivos: primero destaca al proceso de independencia de América, “posiblemente su intención es que Inglaterra apoye a esta causa”. Además la misiva resalta la lucha libertaria en la región y pone énfasis en la unidad de los pueblos, según Paz y Miño. Dentro del contexto histórico, el profesional indica que en 1815, Bolívar estaba exiliado en Jamaica, después del intento de constitución de la primera república de Venezuela. “Venezuela proclama su definitiva independencia en 1811, pero no la asegura”, dijo. Para Paz y Miño, Bolívar dictó la carta con el objetivo de difundir su ideología independentista y de unión de América del Sur. CULTURA El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 25 Los pacientes psiquiátricos transmutan poesía Javier Lara Santos recopiló un juego de testimonios de textos poéticos de pacientes de psiquiátricos de Latinoamérica. Vesania Inc. (Eskeletra editorial), el libro en el que figuran, tendrá su lanzamiento hoy a las 19:00 en el Centro Cultural Benjamín Carrión. EL SEMINARIO PLANTEÓ PROPUESTAS PARA EL MEJORAMIENTO DE ESTOS ESPACIOS 110 gestores proponen digitalizar las bibliotecas públicas del país HISTORIAS DE LA VIDA Y DEL AJEDREZ Ramiro Diez ramirodiez@ramiro diez.com Las brujas bellas, y temibles, de la noche Durante el encuentro realizado a fines de octubre firmaron un manifiesto. Uno de los puntos de acción es adaptar los catálogos a los soportes tecnológicos. Redacción Cultura [email protected] Guayaquil El libro digital o ‘ebook’ es un formato que se expande de forma inevitable. La adaptación a este soporte es uno de los proyectos que se mantiene en espera en distintas bibliotecas públicas del país, mientras que su adaptación en las de carácter académico, principalmente de universidades, ya se ha concretado. A pesar de que a nivel mundial la digitalización de las bibliotecas se encuentra en debate, los gestores culturales locales ven en su adaptación varios beneficios culturales y educativos. A finales de octubre 110 bibliotecarios de Ecuador, de todas las provincias del país, se reunieron en Quito en el marco del seminario ‘Propuestas para el mejoramiento de la gestión en las bibliotecas públicas de Ecuador’. Este evento fue organizado por la Dirección de Bibliotecas del Ministerio de Cultura. Uno de los ejes centrales que se planteó como debate y objetivo, durante la realización del seminario, fue la digitalización de las bibliotecas. Así consta en el manifiesto que se firmó entre los asistentes para alcanzar la mejora de estos espacios de estudio y lectura. El proyecto de digitalización de bibliotecas públicas está entre los planes del Ministerio de Cultura y Patrimonio desde que se constituyó esa cartera de Estado. Para que se pueda concretar el proyecto es necesaria una decisión política con la que se ejecute el presupuesto de 1.000 millones de dólares que costaría su realización, así lo explica Carlos Ramírez, director nacional de Bibliotecas Públicas del Ministerio de Cultura y Patrimonio. Con ello entrarían en digitalización los libros que disponen las 11 bibliotecas que conforman actualmente la red del Ministerio de Cultura. Además a estas, se integrarían las 330 bibliotecas de tipo comunitario que están en proceso de liquidación junto al Sistema Nacional de Bibliotecas Camilo Gallegos Domínguez (Sinab), según el acuerdo del Ministerio de Educación 0023-14 del 11 de febrero de 2014. Para Ramírez, quien ha integrado el proyecto de digitalización de bibliotecas públicas desde sus inicios, lo más importante es democratizar la información de los títulos que están en manos del Ministerio. Parte de este proceso de política pública para el mejoramiento de la gestión bibliotecaria en el país se ha ido gestando con la inclusión de un índice de los libros que dispone la cartera de Estado y que ya es posible consultar vía internet. En otras bibliotecas con gestión pública se está siguiendo el proceso para la digitalización de su catálogo. Este es el caso de la Biblioteca Municipal de Guayaquil. Según su director, Melvin Hoyos, el proyecto existe hace 10 años, sin embargo no se ha ejecutado por el presupuesto que requiere. El proceso prevé digitalizar en un inicio la sección de Archivo histórico, de la cual se han digitalizado hasta el momento 200 mil documentos, entre los que se encuentran principalmente las actas del cabildo colonial de la ciudad. Hoyos explica que el proyecto tiene como objetivo digitalizar todo lo que es manuscritos y periódicos con el fin de que haya un contacto DATOS La digitalización de las bibliotecas va de la mano con el acceso a internet. Según la Unesco, garantiza el acceso equitativo y de calidad a la información. En Ecuador existen 15 millones de dispositivos móviles y alrededor de 12’116.687 personas tendrían acceso a internet hasta junio de 2014, según datos de la Superintendencia de Telecomunicaciones. Según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), los ecuatorianos dedican al menos 10 horas a la semana a la lectura y revisión de medios de comunicación y leen medio libro al año. DESTACADO La Casa de la Cultura y la Biblioteca Municipal de Guayaquil trabajan proyectos de digitalización. directo entre el documento y el usuario para poder tenerlo en mejor cuidado y que la gente utilice solo el archivo digital. Además, una vez que se pueda concretar a plenitud, integraría una red bibliotecaria digital universal, a cambio de que los países que tengan acceso a dicha red también puedan revisar los documentos y libros que constan en la Biblioteca Municipal de Guayaquil. Otra de las bibliotecas que también están en proyecto de digitalización es la de la Casa de la Cultura, en su matriz en Quito. Sin embargo, hasta el momento solo es posible consultar los títulos que tienen disponibles para la compra en su sitio web. En el caso de las bibliotecas que son parte de universidades, la digitalización se ha concretado con convenios internacionales y sus documentos permiten acceder a archivos de consulta de estudios. Este es el caso del Consorcio de Bibliotecas Universitarias del Ecuador que integran 18 universidades del país. Dentro de este sistema es posible consultar trabajos de investigación que pertenecen a cada universidad. Y es que la propiedad de los archivos y libros que se digitalizan es una de las complicaciones que enfrenta la digitalización de las bibliotecas a nivel mundial. Fernando Zapata López, director del Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe (Cerlalc-Unesco), asegura que “las bibliotecas están en capacidad de reproducir y difundir públicamente obras literarias y artísticas en cuatro casos: cuando la biblioteca sea titular de derechos de las obras, cuando dichas obras se encuentren en el dominio público, cuando la digitalización se encuentre amparada por una limitación o excepción de derecho de autor, o cuando se haya obtenido la licencia de uso por parte del autor o titular de la obra”. Actualmente las bibliotecas de 16 países de América Latina y el Caribe cuentan con una autorización de derecho de autor que les permite reproducir una obra en papel cuando se requiera, esto con el propósito de preservar el ejemplar original o sustituirlo cuando sea parte de la colección permanente de la institución. Los nazis, a los que muchos todavía consideran tan superiores, creían en cosas esotéricas. Por ejemplo, buscaban desatar fuerzas implacables con el solo poder del pensamiento. Se llamaban, también, el pueblo elegido. Hitler lo decía: “Los alemanes hemos nacido sin el pecado original”. Y creían en la magia y en las brujas. Pero en esto de las brujas sí tenían razón. Por esos misterios de la vida, las únicas brujas verdaderas que han existido nadie las menciona. Ellas pusieron de rodillas a la arrogancia genocida de los nazis. Todo empezó en 1938 cuando tres mujeres jóvenes, bellísimas y atrevidas, recibieron una merecida distinción. Se llamaban Marina, Polina y Valentina y fueron nombradas Heroínas de la Unión Soviética. Habían roto todos los records de vuelo. Poco después, cuando Hitler rompió el pacto de no agresión contra la URSS, Marina respondió con lo imposible: creó tres regimientos aéreos solo de mujeres. Eran más de cuatrocientas y su edad promedio bordeaba los 21 años. La primera vez que ella las tuvo al frente, sintió miedo por sus vidas. “Recuerden que esta es una misión en la que pueden morir”, dijo Marina. “¡Nosotras dispararemos primero!”, contestaron en coro. La belleza y la juventud de aquellas mujeres eran incomprensibles en medio de la feroz disciplina de cada jornada. Se graduaron como pilotos en pocos meses y volaron los más elementales aviones. Eran biplanos lentos, para prácticas de vuelo, y se convirtieron en verdaderas escobas voladoras de madera y lona, apenas para dos tripulantes y dos bombas que eran arrojadas a mano por ellas mismas. Para no ser detectadas por el ruido del avión, tomaban la máxima altura que les permitía aquel cacharro, apagaban el motor y se dirigían en silencio sobre los objetivos nazis. Arrojaban las bombas, y volvían a encender la máquina para abandonar la zona. Volaban a baja altura, acariciando las copas de los árboles, y amarraban maderos en las botas para alcanzar los pedales. Y no llevaban paracaídas. “Preferimos morir antes que caer en manos de los nazis”, decían aquellas mujeres. Toda la operación era nocturna. Y hubo heroínas que cumplieron 18 misiones en una noche. Por eso los nazis las llamaron ‘Nachtexen’: ‘Las Brujas de la Noche’. Aquellas brujas inolvidables fueron el terror de las hordas nazis y cuando empezaron a ser miradas como amenaza por una ‘feminización’ del Ejército Rojo, Marina Raskova respondió: “No se preocupen. No competiremos con los hombres. Solo haremos lo que sea imposible”. También, en ajedrez, lo máximo es el sacrificio de las damas: 1 DxPA jaqueTxD 2 T8C jaque, y sigue mate. Esta historia se la debo a Alexis Ponce. Una noche me visitó para contármela. Venía montado, no en una escoba, sino en una botella de vino y dos muletas. Pura brujería. Gracias de todo corazón. 26 El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 @ TeleMix Ingrese a la sección TeleMix a través del código QR, escanéelo con su celular y, al activarse, podrá ver los temas de su interés. www.telegrafo.com.ec/telemix.html EL CONCIERTO SE REPETIRÁ MAÑANA EN EL TEATRO DE LA CASA DE LA CULTURA Fonseca sonará ‘Sinfónico’, hoy en Quito Walter Franco Columnista @ fvaras No guarde su celular Los años 2004, 2006 y 2010 son de vital importancia para el surgimiento del SMS que hace de cada uno de los televidentes la mina de oro, y a la cabeza de ese modelo estaba, y sigue ahí, RTS debido a una alianza estratégica con Interacel, empresa regional que gestiona los mensajes SMS con fines de entretenimiento. Claro RTS tiene sus canales hermanos como La Tele y Tropical TV. A la pelea se fueron metiendo Gamavisión, ahora GamaTV, Teleamazonas y Canal UNO, pero con el paso de los años se fortaleció la presencia de Ecuavisa en este mercado. En los últimos 20 años, la innovación tecnológica se convirtió en la pequeña barrera para este servicio, el SMS, según investigaciones de medios nacionales en 2010, los usuarios de Movistar y Claro enviaron 11’503.076 mensajes de texto; mientras que en 2011 bajó a 9’348.453, una reducción del 18,7%. Ya no solo se limitan a las suscripciones por mensaje de texto, sino a publicidades que inundan la pantalla para que los televidentes escriban y concursen en juegos o consejos. Para ello deben mandar palabras como sexo, virgen, chistes, horóscopo, posturas y demás, al número 7777, 623, 2220, 1880. El gancho ha dejado de ser la presencia de voluptuosas modelos que apelan a la alegría desbordante o al ruego patético para que el televidente ‘mensajée’; ahora también aparecen solicitando los preciosos SMS animadoras del primetime como Doménica Saporiti o populares personajes como Guamán y Don Day de El Combo Amarillo, y Yulexy y Stalin de Así Pasa. Ahora que ya viene el 4G y el usuario de celular prefiere aplicaciones gratuitas e ilimitadas de mensajería instantánea como Whatsapp, los canales aún piden enviar SMS para enterarnos hasta de lo último de la novela éxito o reality nacional del momento, además de consejos de belleza, tecnología, chistes, salud y deporte. Los Premium, SMS que se envían por promociones de empresas y medios de comunicación, iniciaron en julio de 2003, con El Gran Hermano, luego Buenos Muchachos sorteaba motos, en programas en vivo, partidos de fútbol o promociones regalaban viajes, entradas a conciertos y más, el Pozo Millonario El colombiano repasará sus éxitos de pop con 90 músicos de la Orquesta Nacional. Redacción Telemix [email protected] Guayaquil Hace casi 15 años el ahora fallecido Gustavo Cerati repasaba parte de su carrera como líder de Soda Stereo y como solista en un disco orquestal que se llamó ‘11 episodios sinfónicos’, que tuvo en su ‘staff’ técnico al también argentino Eduardo Bergallo, como ingeniero de grabación. Ahora es el bogotano Fonseca quien se une a Bergallo para el disco ‘Sinfónico’, que se estrenó en julio pasado y en el que participó la Orquesta Nacional de Colombia y tuvo la dirección del belga Paul Dury. En aquella producción Juan Fernando Fonseca -nombre completo del artista- plasmó su voz en 14 ‘tracks’ y desde su lanzamiento inició una gira de conciertos. Dos de ellos se realizarán hoy y mañana, desde las 20:30, en el Teatro Nacional de la Casa de la Cultura Ecuatoriana, en Quito. Inicialmente era un solo concierto, pero por la demanda en la venta de entradas, Top Shows decidió una fecha más, según Gisella Heredia, promotora de la empresa que trae al artista. Las entradas cuestan: 120 dólares (VIP), 100 (platea), 80 (luneta baja) y 60 (luneta alta). En este espectáculo intervendrán 90 músicos de la Orquesta Sinfónica del Ecuador que estará dirigida por el colombiano Juan Andrés Otalora, que llegó el lunes pasado y desde entonces ensayó con los músicos nacionales. Otalora actualmente compone música para bandas sonoras de películas independientes en Estados Unidos; fue guitarrista de Fonseca durante 8 años (2003-2011). También fue coproductor de la canción ‘Tu amor ya sabe’, del disco ‘Ilusión’, de Fonseca. Ese trabajo fue nominado a un premio Grammy en la categoría ‘Mejor Álbum Pop Latino’. Fonseca debía llegar ayer por la tarde. En la noche tenía previsto dialogar con la prensa local. El cantautor colombiano, de 35 años, interpretará hoy sus éxitos ‘Te mando flores’, ‘Enrédame’, ‘Quiero saber’, ‘Arroyito’, ‘Paraíso’, ‘Ay Amor’, ‘Prometo’ y otras. Todas tendrán el sonido de violines, violas y violonchelos, adornadas con la elegancia del fagot y el oboe, entre otros instrumentos clásicos. También entonará canciones clásicas estadounidenses como ‘What a wonderful world’, del trompetista Louis Armstrong, o ‘Angel eyes’, de Matt Dennis y Earl Brent, que ha sido versionada en decenas de voces, entre ellas las de Ella Fitzgerald, Frank Sinatra y hasta Sting, quien visitará Quito en diciembre. PUNTO DE VISTA sugería a su público ‘mensajear’ si el Pozo se acumulaba o no para sortear 4.000 dólares, junto a Interacel, RTS sorteaba casas, automóviles y viajes, pedía coleccionar las fotos de ‘Las chicas de temporada’, además de los concursos que promovían El club de la mañana y otros espacios de esa televisora. El auge vino con los espacios de concursos vía SMS, Insomnia de Teleamazonas, Mensajea, del entonces Gamavisión -registró en el Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual los términos mensajea, mensajeo, mensajear y mensajeando, que no existen en el español- y Llama y Gana, producción de Telegame S.A. o Telemedia, que emitía Canal UNO. Los fraudes de esos espacios los denunciaron, en su momento, usuarios como los responsables del sitio NECATPACE (necatpace.org/insomnia-enteleamazonas-un-fraude) e investigadores de la Ciespal (Llama y gana: Canal Uno y la ‘transnacional del timo’), sin contar el gran número de denuncias y documentos legales sobre Telemedia que uno puede encontrar en Google. Lo que se mantiene, y hasta que el bolsillo aguante porque estos mensajes cuestan desde 0,65 centavos a un dólar, es la recepción de SMS para que los televidentes interactúen con el concurso y designen a los ganadores, como pasa desde el primer Ecuador Tiene Talento. Eso se lo debemos a espacios de RTS como El Gran Hermano del Pacífico y la cuestionadísima ‘Manomaratón’. Las condiciones de envío y costo siempre son difusas ya que aparecen en la pantalla a gran velocidad en letras pequeñas, además detrás de las empresas que respaldan las ‘promos’, como Interacel, figuran multinacionales que proveen sus servicios a través de las operadoras celulares, ya que cobran un porcentaje por hacer de canal mediador y se encargan de la facturación. Y a quién se puede uno quejar si hubiera estafa o fraude: los canales suelen anunciar “Este canal no se responsabiliza por las opiniones y contenidos emitidos en este espacio”, y al acceder a uno de esos servicios por primera vez, se abre automáticamente un paquete que implica un pago mensual de hasta 20 dólares o lo que dure el saldo. LA ÚLTIMA TEMPORADA TERMINARÁ EN DICIEMBRE CBS anunció que ya no se grabará serie ‘The mentalist’ Redacción Telemix Agencias Fonseca no solo interpretará sus canciones, también incursionará en melodías que Louis Armstrong, Frank Sinatra y otros hicieron famosas. INTERNET Patrick Jane resolverá su último caso el año que viene, asegura Entertainment Weekly refiriéndose a que CBS decidió ponerle fin a la serie televisiva ‘The mentalist’. Tras siete temporadas, Patrick Jane (Simon Baker), el famoso médium que colabora con la policía para resolver crímenes, colgará su chaleco en una temporada que no tendrá siquiera los trece capítulos habituales, sino nueve. La última temporada de ‘The mentalist’ se estrenará el 30 de noviembre y se despedirá por completo en diciembre. The mentalist’, creada en 2008 por Bruno Hellar para la CBS, narra la historia de Patrick Jane, un médium que se gana la vida apareciendo en varios programas de televisión, y cuya vida cambia por completo cuando un asesino conocido como John el Rojo acaba con la vida de su esposa y de su hija. TELEMIX ENTRETENIMIENTO TELEGRAMA, ESTRENOS, CINE INDEPENDIENTE Y SERIES DE TV MALL DEL SUR REC 4 APOCALIPSIS (ESPAÑOL) 13:20, 15:30, 17:40, 19:50, 22:00 STEP UP (SUBTITULADA) 19:20, 21:50 STEP UP (SUBTITULADA) 3D: 16:50 CAMINANDO ENTRE TUMBAS (SUBTITULADA) 14:10, 19:10, 22:30 ALEXANDER (DOBLADA) 15:50, 17:50, 20:00 SOLO AMIGOS (DOBLADA) 13:40, 22:10 ANNABELLE (DOBLADA) 18:00, 20:10, 22:20 LLAMADO A ECCO (DOBLADA) 14:00, 16:00 CITY MALL REC 4: APOCALIPSIS (ESPAÑOL) 14:20, 16:40, 19:00, 21:20 STEP UP: ALL IN (SUBTITULADA) 3D: 15:20, 17:50 STEP UP: ALL IN (SUBTITULADA) 20:10 CAMINANDO ENTRE TUMBAS (SUBTITULADA) 14:30, 19:20, 22:00 SOLO AMIGOS (DOBLADA) 13:20 SOLO AMIGOS (SUBTITULADA) 22:40 SUPERCINES SUR LOS CABALLEROS DEL ZODIACO (DOBLADA) 14:15 EL JUSTICIERO (THE EQUALIZER) (DOBLADA) 16:15 SOLO AMIGOS (DOBLADA) 19:10, 21:20 LLAMANDO A ECO (DOBLADA) 15:50, 18:00 REC 4 APOCALIPSIS (ESPAÑOL) 20:00, 22:15 LA TOLA BOX (ESPAÑOL) 15:40, 17:40 EL JUEZ 19:40 Cine & TELEVISIÓN TELEGRAMA CARTELERA GUAYAQUIL CINEMARK MALL DEL SOL REC 4 APOCALIPSIS (ESPAÑOL) 13:00, 15:20, 17:40, 20:00, 22:20 STEP UP: ALL IN (SUBTITULADA) 3D: 14:40, 17:15, 19:50 STEP UP: ALL IN (SUBTITULADA) 22:30 CAMINANDO ENTRE TUMBAS (SUBTITULADA) 17:00, 19:35, 22:10 ANNABELLE (DOBLADA) 13:30, 15:50 ANNABELLE (SUBTITULADA) 18:10, 20:30, 22:50 LA TOLA BOX (ESPAÑOL) 13:35, 22:15 DRÁCULA (DOBLADA) 15:45, 18:05 DRÁCULA (SUBTITULADA) 20:20, 22:40 BOOK OF LIFE (DOBLADA) 3D: 12:35, 14:50 BOOK OF LIFE (DOBLADA) 17:05, 19:25 EL JUSTICIERO (SUBTITULADA) 21:40 27 El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 CAMINANDO ENTRE TUMBAS 16:30, 19:00, 21:40 EL LIBRO DE LA VIDA (DOBLADA) 15:45, 17:45 STEP UP DOBLADA 14:00 16:10 STEP UP (DOBLADA) 18:30 20:50 ANNABELLE (DOBLADA) 19:50 22:00 SUPERCINES 9 9 DE OCTUBRE ANNABELLE (DOBLADA) 13:50, 16:00, 18:20, 20:30 ANNABELLE (DOBLADA) 12:50, 15:00, 17:10, 19:20, 21:30 EL LIBRO DE LA VIDA (DOBLADA) 12:10, 14:10 CAMINANDO ENTRE TUMBAS (SUBTITULADA) 16:10, 18:40, 21:10 EL LIBRO DE LA VIDA (DOBLADA) 14:45 ALEXANDER Y UN DÍA HORRIBLE, TERRIBLE (DOBLADA) 16:45, 16:45 DRÁCULA: LA LEYENDA JAMÁS CONTADA (DOBLADA) 18:45, 20:45 SUPERCINES ENTRE RÍOS ANNABELLE (SUBTITULADA) 15:40, 17:50, 20:00, 22:10 ANNABELLE (DOBLADA) 16:00 EL JUEZ (SUBTITULADA) 18:30 CAMINANDO ENTRE TUMBAS (SUBTITULADA) 21:20 ALEXANDER Y UN DÍA HORRIBLE, TERRIBLE (SUBTITULADA) 15:30 CAMINANDO ENTRE TUMBAS 17:30, 19:50, 22:20 EL LIBRO DE LA VIDA (DOBLADA) 15:00 EL LIBRO DE LA VIDA (DOBLADA) 17:00 EL JUSTICIERO (SUBTITULADA) 19:10 EL JUEZ (SUBTTTULADA) 22:00 STEP UP: ALL IN (DOBLADA) 14:50 STEP UP: ALL IN (SUBTITULADA) 17:10, 19:40 SUPERCINES SAN MARINO STEP UP: ALL IN (DOBLADA) 3D: 19:20, 21:50, CAMINANDO ENTRE TUMBAS (SUBTITULADA) 15:00, 17:30, 20:00, 22:30 ANNABELLE (DOBLADA) 13:00, 15:10, 17:20 ANNABELLE (SUBTITULADA) 19:30, 21:40 STEP UP: ALL IN (DOBLADA) 13:10, 15:40, 18:10 REC 4: APOCALIPSIS (ESPAÑOL) 20:40, 22:50 ANNABELLE (DOBLADA) 14:40, 16:50, 19:00, 21:10 EL LIBRO DE LA VIDA ESTRENO CINEMARK MALL DEL SOL REC 4: APOCALIPSIS Por Jorge Sisalima - Todos los derechos reservados por diario EL TELÉGRAFO, primer diario público del Ecuador 15:30, 18:10, 20:50 EL LIBRO DE LA VIDA (DOBLADA) 3D: 16:05 ANNABELLE (DOBLADA) 13:00, 13:40, 14:10, 14:40, 15:25, 16:05, 16:35, 17:05, 17:50, 18:30, 19:00, 19:30, 20:15, 20:55, 21:25 Óxido de calcio Rojo en inglés Veneran Inventa 20:00, 22:20 ESTRENO SUPERCINES ENTRE RIOS CAMINANDO ENTRE TUMBAS SUBTITULADA 21:20 (DOBLADA) 14:00, 16:00 EL JUSTICIERO (DOBLADA) 14:00, 16:00 DRÁCULA: LA LEYENDA JAMÁS CONTADA (DOBLADA) 20:45 AMBATO CINEMARK MALL DE LOS ANDES ALEXANDER Y UN DÍA TERRIBLE, HORRIBLE 13:10, 15:00, 17:10 ANNABELLE 13:00, 15:15, 17:30, 19:50, 22:10 DRÁCULA: LA LEYENDA JAMÁS CONTADA 21:30 EL LIBRO DE LA VIDA 3D: 14:00 REC 4 APOCALIPSIS 16:30, 19:00, 21:30 QUITO CCI (MULTICINES) STEP UP: ALL IN (SUBTITULADA) 3D: 14:00 18:35 21:00 CAMINANDO ENTRE TUMBAS (SUBTITULADA) 16:05, 18:35, 21:10 REC 4 (ESPAÑOL) 14:25, 16:35, 21:30 UN PASADO IMBORRABLE (SUBTITULADA) 18:45, 21:15 EL LIBRO DE LA VIDA (SUBTITULADA) 16:25 ANNABELLE (DOBLADA) 13:20, 14:00, 15:45, 16:30, 17:35, 18:15, 20:00, 19:00, 20:45 ANNABELLE (SUBTITULADA) 21:25 LLAMANDO A ECCO (DOBLADA) 13:20, 15:25, 17:30, 19:35 DRÁCULA (DOBLADA) 15:00, 17:10, 19:20 EL RECREO (MULTICINES) STEP UP: ALL IN (SUBTITULADA) 3D: 13:40, 18:15, 20:40 CAMINANDO ENTRE TUMBAS (SUBTITULADA) 16:25, 18:55, 21:25 REC 4: APOCALIPSIS (ESPAÑOL) 13:50, 18:40, 21:05 UN PASADO IMBORRABLE (SUBTITULADA) Gestiono Copos de hielo Silicio José Molibdeno Titanio Amor en inglés Dona Produce la abeja Borde, límite Segunda nota Hombre valeroso Erbio Arte de adivinar con cartas Litio Erbio Pasado del Meridiano No dices la verdad Níquel Municipio de Colombia Cadmio En, a, de en inglés Roca Vehículo sobre rieles Cinta ancha 24 horas Río de Oremburgo Lazadas Nota Mi Norma de calidad Alimento de plantas Planeta que habitamos Calcio Ciudad de Colombia Ser orgánico fijo Posesivo Enojo violento Saludo indio Elemento radioactivo Infusión Amparada, admitida Tendencia, costumbre Salmo, canción Oponente Ventilador manual Masa de agua salada Renio Jefe de la mafia Impuesto tributario Se le dice a los félidos Construcción Seguidas Lo es Shrek Preposición Facultad de crear Conductor de sangre 101 Agrupación de átomos Mister Artículo Acción de atribuir De núm. atóm. 60 Artículo indet. Aire en inglés Red de área local Pedazo de madera Lana sin vocal Litio Hierro magnético Carro en inglés Amistad muy cordial Interjección de susto Sexta nota Compostura y adorno Artículo indet. Tipo de pila Boro Labrar Significa dos Bóvido salvaje ESPAÑOL 3:00, 15:20, 17:40, Séptima nota Especie de loza fina Historia ficticia Argolla de hierro De hojas comestibles Asiento de madera CUENCA MILLENIUM PLAZA (MULTICINES) CAMINANDO ENTRE TUMBAS (SUBTITULADA) 14:00, 16:20, 21:00 EL LIBRO DE LA VIDA (DOBLADA) 3D: 14:35 ANNABELLE (DOBLADA) 13:30, 15:50, 16:40, 18:10, 19:00, 20:30 ANNABELLE (SUBTITULADA) 21:20 LLAMANDO A ECCO (DOBLADA) 13:20, 15:15, 17:10 19:05 DRÁCULA (DOBLADA) 16:00, 18:00, 20:00 ALEXANDER Y UN DIA HORRIBLE (DOBLADA) 14:20 LA LIBERTAD SUPERCINES DRÁCULA LA HISTORIA JAMÁS CONTADA (SUBTITULADA) 21:15 DRÁCULA: LA HISTORIA JAMÁS CONTADA (DOBLADA) 19:15 EL LIBRO DE LA VIDA (DOBLADA) 16:15 STEP UP: ALL IN (DOBLADA) 18:15 STEP UP: ALL IN (SUBTITULADA) 20:45 CAMINANDO ENTRE TUMBAS (SUBTITULADA) 16:00, 18:30, 21:00 ANNABELLE (SUBTITULADA) 16:10 ANNABELLE (SUBTITULADA) 18:20, 20:30 PORTOVIEJO SUPERCINES ALEXANDER Y UN DÍA TERRIBLE, HORRIBLE (DOBLADA) 15:30, 17:30 EL JUEZ (SUBTITULADA) 19:30 CAMINANDO ENTRE TUMBAS (SUBTITULADA) 16:30, 19:00, 21:40 EL JUSTICIERO (DOBLADA) 15:15 ANNABELLE (SUBTITULADA) 18:15, 20:30 LLAMANDO A ECO (DOBLADA) 15:45, 17:45 ANNABELLE (DOBLADA) 19:45, 22:00 STEP UP (DOBLADA) 16:15 18:30 STEP UP (DOBLADA) 20:50 ANNABELLE (DOBLADA 15:00, 17:10, 19:20, 21:30 EL LIBRO DE LA VIDA (DOBLADA) 16:00 ANNABELLE (SUBTITULADA) 20:00 Lutecio Poder judicial Constelación Francio Alaba De en inglés Azufre Yodo Carta Muslo Originario, nato Segunda persona Planta de poca alzada Combustible Carbono Planta gramínea Astro Rey Utiliza Sufijo químico Manta raída 50 Uranio Rata en inglés Calcio Lecho de aves Sociedad Anónima Oro Astato Originaria de África Primeras vocales Oxígeno Abreviatura de feet Expresión de alegría Radón Plano, liso Rata en inglés Abiertas Tecnecio Enojo violento Primera nota natural Membrana que da color al ojo Palpité, pulsé Org. de Educadores Para lanzar flechas, pl. Repetidas Santa Mujer millonaria Tercera nota Seguidores de Mahoma Independientes de órdenes religiosas Freguesía portuguesa Sobresaltar, avergonzar Expresé alegría Argón Primera nota Argolla grande Palo de la bandera Perder el equilibrio Árbol grande Corriente de agua Vestido muy gastado Afirmación Alfa Artefacto para defender Cocina Seguidas Gorro alto Nota Re Argón Vigésima primera Carbono Frie sin aceite Letra doble Nombre de origen romano Escuché Tantalio Germanio Impuesto tributario Níquel Arte de las minas Pelusa, paja Tipo de pila Culto religioso Corta árboles Roba con engaño HORARIOS DE TV ECUAVISA LAS MUJERES 17:00 ICARLY 21:00 ECUADOR TV TC MI CANAL 07:00 CONTACTO DIRECTO 17:30 CADA QUIEN CON 17:30 DRAKE Y JOSH NOTICIAS 07:00 EL NOTICIERO 07:45 TELEVISTAZO EN LA SU SANTO REGIÓN COSTA 22:00 EL EQUIPO 08:15 BIEN INFORMADO COMUNIDAD 18:30 CASO CERRADO 17:00 POWER RANGERS 22:30 LOS REPORTEROS 09:00 DE CASA EN CASA 08:30 EN CONTACTO 20:00 COMBATE A NIVEL NACIONAL 23:30 BERNARD EN LA 11:45 CORAZÓN 11:00 LOCOS POR EL 22:00 LA NOTICIA ESTELAR 18:00 EDUCATV NOCHE APASIONADO TALENTO 22:45 COPA 18:30 LA PAREJA FELIZ 00:30 CASTLE 12:20 EL NOTICIERO 11:30 PAN NUESTRO 23:30 LA NOTICIA EN LA 19:30 VIVOS GAMATV 13:30 LA SUEGRA 11:45 MI CORAZÓN COMUNIDAD 20:00 24 HORAS 07:00 INFORMATIVOS 14:30 CORAZÓN DE INSISTE 00:00 CRIMINOLOGÍA 20:45 YO ME LLAMO GAMATV / OPINIÓN ESMERALDA 13:00 TELEVISTAZO NAVAL REGIÓN SIERRA 07:30 INFORMATIVO DE 15:30 EDUCATV 14:00 HISTORIAS DE LA TELEAMAZONAS 22:30 QUÉ POBRES TAN LA COMUNIDAD DE 16:00 ÁNGEL REBELDE VIRGEN MORENA A NIVEL NACIONAL RICOS!... GUAYAQUIL 17:00 CALLE 7 15:00 DIVINO NIÑO 06:00 24 HORAS REGIÓN COSTA 08:00 RENUÉVATE 19:00 EL NOTICIERO 16:00 CRÓNICAS 06:55 LOS DESAYUNOS DE 22:30 LA VIRGEN DE LA 08:30 T VENTAS 20:00 ESTAS SECRETARIAS URBANAS 24 HORAS CALLE 09:00 CHAVO ANIMADO 21:00 SOY EL MEJOR 16:30 EDUCA 07:30 24 HORAS A NIVEL NACIONAL 10:00 CÓMO DICE EL 23:00 EL NOTICIERO 17:00 DORAEMON REGIÓN SIERRA 23:30 LOS GRADUADOS DICHO CANAL UNO 18:00 DRAGON BALL Z 08:30 HISTORIAS 00:30 EL OCTAVO 11:00 PANTANAL 06:30 NOTICIERO UNO 19:00 COMBO AMARILLO PERSONALES MANDAMIENTO 12:00 PURO TEATRO NACIONAL 19:30 ASÍ PASA... 09:30 TNV. 5 VIUDAS ECUADORTV 13:00 INFORMATIVOS 08:30 NOTICIERO UNO 20:00 TELEVISTAZO 10:30 MUJER…CASOS DE 07:00 ECUADOR TV GAMATV LOCAL 20:45 RASTROS DE LA VIDA REAL NOTICIAS 13:45 GAMA DEPORTES 09:00 LOS CONFIABLES MENTIRAS 11:30 EL CHAPULÍN 08:30 SHUGMA 14:00 LA ROSA DE 10:00 HOLA MAURICIO 21:45 EN OTRA PIEL COLORADO 09:00 LA CASA DE MICKEY GUADALUPE 10:30 MAZINGER 22:45 MARIDO EN 12:30 TRES POR TRES MOUSE 15:00 COMO DICE EL 11:00 WMW ALQUILER REGIÓN COSTA 09:30 ZONA 7 DICHO 11:30 LA PANTERA ROSA 23:45 TELEMUNDO 08:30 MUJER…CASOS DE 12:30 CAFÉ TV 16:00 LA GATA 11H50 EN VIVO: EUROPA RTS LA VIDA REAL 13:30 EL EQUIPO 17:00 EDUCA LEAGUE: DINAMO DE 08:00 LA NOTICIA EN LA 10:30 TNV. UNA FAMILIA 14:00 ECUADOR TV 17:30 CHAVO ANIMADO MOSCU VS. ESTORIL COMUNIDAD CON SUERTE NOTICIAS 18:00 LOS SIMPSONS + 13:45 NOTICIERO UNO 09:30 EL CLUB DE LA 11:30 VIVOS 14:30 VEO VEO 19:00 INFORMATIVOS LOCAL MAÑANA 12:30 LA PAREJA FELIZ 3 15:00 EDUCATV GAMATV 14:45 SE HA DICHO 11:00 LA MUJER DE JUDAS A NIVEL NACIONAL 15:30 ZONA 7 19:40 GAMA DEPORTES 15:30 AQUÍ ENTRE NOS 12:00 LO QUE CALLAMOS 13:25 24 HORAS 17:30 BANDA ANCHA 20:00 HASTA EL FIN DEL 16:00 FARANDULEROS S.A. LAS MUJERES 13:50 COMUNIDAD 18:00 EL PRÍNCIPE DE LA MUNDO 17:30 VEOVEO 13:00 LA PRÓXIMA SÚPER 14:05 DEPORTE TOTAL PASTA 21:00 LA MALQUERIDA 18:00 LA PANTERA ROSA MODELO AMERICANA 14:20 EN CORTO 18:30 TRIUNFADORES 21:30 LA GATA 19:00 NOTICIERO UNO 14:00 VAMOS CON TODO 14:30 TNV. POR ELLA SOY 19:00 ECUADOR TV 22:30 LA ROSA DE 19:30 SHOWMATCH 2014 16:00 EDUCA LA HORA EVA NOTICIAS GUADALUPE 20:30 EN CARNE PROPIA EDUCATIVA 15:30 JARABE DE PICO 19:30 LA ESCLAVA ISAURA 23:30 TE TOMASTE LA 22:30 BAILA LA NOCHE 16:30 LO QUE CALLAMOS REGIÓN SIERRA 20:15 PERSPECTIVA 7 NOCHE 23:30 DE CAMPEONATO 28 El Telégrafo I Jueves 06 de noviembre del 2014 Ofertas laborales de la Red Socio Empleo AGENCIAS RECEPTORAS DE AVISOS Guayaquil: Av. Carlos Julio Arosemena Tola, Km 1.5 / Teléf.: (04) 2595700. Punto de ventas Guayaquil: 10 de Agosto 601 y Boyacá. Teléf.: (04) 2328814. Quito: San Salvador E6-49 y Eloy Alfaro / Teléf.: (02) 2522331. Punto de ventas Quito: Clemente Ponce N14-13 y Hnos. Pazmiño. Teléf.: (02) 3227153 - 3227716. Cuenca: Av. José Peralta 1-111 y Cornelio Merchán Edif. Onyx Planta Baja / Teléf: (07) 4104021, 4104020. Ambato: Calle los Shyris 1260 entre Imbabura y Saraguro / Teléf: (03) 2849366. ANUNCIE CON NOSOTROS Más información en: 04-2595700 ext. 139. [email protected] EMPLEOS EMPLEOS TEMPORALES FIJOS EMPLEOS TEMPORALES AZUAY GUAYAS > ENSEÑANZA SE BUSCA ELECTRICISTA EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-18095 > CONSTRUCCIÓN SE BUSCA CHOFER PARA BUSETA EN LA CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18114 SE BUSCA ALBAÑILES CON EXPERIENCIA EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18489 SE NECESITA PREPARADOR FISICO EN LA CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-18854 > ELECTRICIDAD, GAS Y AGUA > COMERCIALIZACIÓN NAPO SE BUSCA VENDEDORES EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-17783 > SERVICIOS LOS RÍOS > TURISMO Y ALIMENTACIÓN SE BUSCA VENDEDOR EN LA CIUDAD DE BABAHOYO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18291 SE REQUIERE DISTRIBUIDOR AUTORIZADO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-18116 > ENSEÑANZA SE BUSCA IMPULSADORA EN LA CIUDAD DE TENA SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18797 > TEXTILES Y CUERO > CONSTRUCCIÓN SE BUSCA VENTAS EN LA CIUDAD DE RUMIÑAHUI SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18011 SE BUSCA ALBAÑILES EN LA CIUDAD DE SANTO DOMINGO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18805 > CONSTRUCCIÓN SE BUSCA OBRERO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18708 PICHINCHA SE BUSCA YA CASI DICIEMBRE..... SIN TRABAJO.....MUJERES ES LA HORA EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-18881 SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS SE BUSCA 1 MAESTRO MAYOR EN LA CIUDAD DE SANTO DOMINGO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18803 EMPLEOS FIJOS GUAYAS AZUAY > COMERCIALIZACIÓN > AUTOMOTRIZ SE NECESITA TECNICO EN LA CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-18151 SE NECESITA AUXILIAR DE SERVICIOS INTERNOS EN LA CIUDAD DE SAMBORONDON SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18425 > CONSTRUCCIÓN SE BUSCA ATC - SIGATOKA EN LA CIUDAD DE SAMBORONDON SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-18430 SE BUSCA OFICIAL DE LA CONSTRUCCION EN LA CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18188 SE REQUIERE CHOFER DE BUS URBANO EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-17755 SE REQUIERE CARPINTERO EN LA CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18511 > BEBIDAS Y TABACOS > SERVICIOS SE BUSCA COORDINADOR DE SELECCION EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-18700 SE BUSCA ING SISTEMAS EN LA CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-18675 > COMERCIALIZACIÓN SE REQUIERE VENDEDORA DE FARMACIA PUERTO AZUL EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-17883 > SERVICIOS FINANCIEROS SE BUSCA EJECUTIVO DE VENTAS EN LA CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-18142 SE NECESITA CAJERA EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-18554 > TEXTILES Y CALZADO SE BUSCA VENDEDORA DE FARMACIA SUBURBIO O SUR OESTE EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-17882 SE REQUIERE PROGRAMADOR(A) EN LA CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-18864 SE REQUIERE MECÁNICOS INDUSTRIALES O AUTOMOTRICES CON DISCAPACIDAD EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-18520 SE BUSCA AGENTE VENDEDOR EN LA CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-18861 > TRANSFORMACIÓN DE ALIMENTOS SE NECESITA CHOFER DE REPARTO EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-18665 SE NECESITA PANADERO EN LA CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18674 SE BUSCA ATENCIÓN AL CLIENTE Y VENTAS DE FARMACIA PCD EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-17875 CAÑAR > COMERCIALIZACIÓN SE REQUIERE VENDEDOR/RA CON EXPERIENCIA EN VENTAS X MAYOR EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18056 SE REQUIERE VENDEDOR EN EQUIPOS DE AMPLIFICACION EN LA CIUDAD DE AZOGUES SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18529 SE NECESITA VENDEDORA DE FARMACIA - CDLA GUANGALA EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-17884 CARCHI > SECTOR PÚBLICO SE BUSCA GUARDALMACEN JEFE DE DISTRITO EN LA CIUDAD DE TULCAN SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-18455 SE REQUIERE TECNICO OPERADOR EN LA CIUDAD DE TULCAN SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-18458 COTOPAXI > SECTOR PÚBLICO SE BUSCA GERENTE COMERCIAL SUCURSAL EN LA CIUDAD DE LA MANA SE OFRECE $1501 - $2000 OFERTA-17934 CHIMBORAZO > SERVICIOS FINANCIEROS SE BUSCA EJECUTIVO DE COBRANZAS EN LA CIUDAD DE RIOBAMBA SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-18546 ESMERALDAS > SECTOR PÚBLICO SE BUSCA JEFE OPERATIVO EN LA CIUDAD DE MUISNE SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-18562 SE BUSCA ASESOR COMERCILA EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-18833 > SERVICIOS SE REQUIERE ASISTENTE DE GERENCIA BILINGUE EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-17874 SE NECESITO SUPERVISOR DE MANTENIMIENTO EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-17763 SE BUSCA GUARDIA DE SEGURIDAD EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-17754 SE NECESITA MECÁNICO HIDRAULICO EN LA CIUDAD DE DURAN SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-18856 SE NECESITA VENDEDORA DE FARMACIA SAUCES 3,6,7,8,9 EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-17881 > CONSTRUCCIÓN SE REQUIERE ING. CIVIL RESIDENTE DE OBRA EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-18858 SE NECESITA JEFE DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $1501 - $2000 OFERTA-18514 > ENSEÑANZA SE BUSCA ENFERMERA EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-18192 > METALMECÁNICA SE BUSCA ASISTENTE ADMINISTRATIVA/ RECEPCION EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-17822 > BEBIDAS Y TABACOS SE BUSCA ING SISTEMAS EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-18696 SE BUSCA ASISTENTE ADMINISTRATIVA DE 40 A 50 AÑOS EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-18702 LOS RÍOS SE BUSCA SUPERVISOR DE PLANTA EN LA CIUDAD DE BABAHOYO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-18604 SE REQUIERE ADMINISTRATIVOS EN LA CIUDAD DE VINCES SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-18595 SE BUSCA BACHILLER MECANICO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18256 MANABÍ > SERVICIOS FINANCIEROS > SECTOR PÚBLICO SE BUSCA EJECUTIVO COMERCIAL EN LA CIUDAD DE MANTA SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-18547 SE REQUIERE ESPECIALISTA EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-17834 SE BUSCA DOCENTE DE EDUCACIÓN BÁSICA EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-17949 SE NECESITA ANALISTA DE ADQUISICIONES/ COMPRAS EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-17830 SE REQUIERE DOCENTE DE LENGUA Y LITERATURA - COLEGIO EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-17953 SE BUSCA ESPECIALISTA DE NOMINA 3 EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $1501 - $2000 OFERTA-18748 SE NECESITA GUARDAPARQUES ISLA SANTAY EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-17820 SE BUSCA AUXILIAR DE MAQUINA EN LA CIUDAD DE DURAN SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-17848 > TEXTILES Y CALZADO SE BUSCA ANALISTA DE COSTOS EN LA CIUDAD DE MANTA SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-18776 > TRANSFORMACIÓN DE ALIMENTOS SE REQUIERE OPERADOR TECNICO DE MANTENIMIENTO MAQ. FRIO EN LA CIUDAD DE PEDERNALES SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18561 MORONA SANTIAGO > SECTOR PÚBLICO SE BUSCA JEFE LOCAL JURIDICO EN LA CIUDAD DE MACAS SE OFRECE $1501 - $2000 OFERTA-17694 SE REQUIERE JEFE LOCAL DE OPERACIONES EN LA CIUDAD DE MACAS SE OFRECE $1501 - $2000 OFERTA-17751 SE REQUIERE MENSAJERO CON MOTO PROPIA EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18077 IMBABURA > SECTOR PÚBLICO SE REQUIERE ANALISTA CONTABLE EN LA CIUDAD DE LA JOYA DE LOS SACHAS SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-18470 SE BUSCA LAVADOR EN LA CIUDAD DE ORELLANA SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-18250 > TURISMO Y ALIMENTACIÓN SE BUSCA COCINERO / DESPACHADOR EN LA CIUDAD DE OTAVALO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18672 LOJA > COMERCIALIZACIÓN Visite y regístrese en SE REQUIERE POLIFUNCIONALES EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-17696 > TECNOLOGÍA > CONSTRUCCIÓN SE BUSCA ANALISTA_DESARROLLADOR ASPX,C#, TSQL EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-18791 SE NECESITA INGENIERO CISCO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1501 - $2000 OFERTA-18527 > TEXTILES Y CALZADO SE BUSCA GUARDIA DE SEGURIDAD SECTOR MITAD DEL MUNDO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-18669 SE NECESITA SRA. / SRTA PARA COSTURA EN LA CIUDAD DE RUMIÑAHUI SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18255 SE NECESITA BACHILLER EN ELECTRÓNICA DE CONSUMO EN LA CIUDAD DE RUMIÑAHUI SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-18186 SE BUSCA OPERARIA EN COSTURA EN LA CIUDAD DE RUMIÑAHUI SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18297 SE REQUIERE ANALISTA DE CONTRATOS EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-17776 SE REQUIERE COSTURERAS EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-18689 SE BUSCA EJECUTIVO DE COBRANZAS MASIVAS EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-18521 > TURISMO Y ALIMENTACIÓN SE BUSCA OPERADORES DE EXCAVADORA/ CARGADORA FRONTAL/ GRUA EN LA CIUDAD DE SANTO DOMINGO SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-18227 SE REQUIERE AUXILIARES DE BODEGA SANTO DOMINGO EN LA CIUDAD DE SANTO DOMINGO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18089 > SECTOR PÚBLICO SE BUSCA TÉCNICO EN RECURSOS FORESTALES EN LA CIUDAD DE SANTO DOMINGO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-18301 SE REQUIERE ABOGADO - DERECHO AMBIENTAL EN LA CIUDAD DE SANTO DOMINGO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-18324 SE NECESITA ANALISTA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL EN LA CIUDAD DE SANTO DOMINGO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-18239 SE REQUIERE EJECUTIVA DE VENTAS PARA TECNOLOGIA EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18613 SE REQUIERE ANALISTA DE SISTEMAS EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-18092 SE NECESITA COCINERA EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18169 SE NECESITA ASISTENTE ADMINISTRATIVA EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-18388 SE BUSCA ADMINISTRADOR DE LOCAL EN SANGOLQUI EN LA CIUDAD DE RUMIÑAHUI SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-18482 SE REQUIERE AYUDANTE DE COCINA EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18782 > CONSTRUCCIÓN SE BUSCA POLIFUNCIONAL EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-17979 > SERVICIO DOMÉSTICO > VEHÍCULOS SE BUSCA PARAMEDICO O ENFERMERO EN LA CIUDAD DE SHUSHUFINDI SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-18159 SE BUSCA VENDEDORES EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18104 SE BUSCA OBRERO DE CONSTRUCCION EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18563 > TURISMO Y ALIMENTACIÓN > SERVICIOS FINANCIEROS SE REQUIERE MAESTRO ENDEREZADOR AUTOMOTRIZ Y DE PINTURA EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-17983 SE BUSCA RECEPCONISTA POLIVALENTE EN LA CIUDAD DE SHUSHUFINDI SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-18668 SE REQUIERE INSTALADOR EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-17871 SE NECESITA ASISTENTE DE OFICINA Y CONTABILIDAD EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-17897 SE NECESITA EGRESADO DE ARQUTECTURA O UNIVERSITARIO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-17911 SE BUSCA INSTALADORES DE GYPSUM EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-18193 > ENSEÑANZA SE BUSCA ASESOR COMERCIAL EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-18716 SE NECESITA ASESOR COMERCIAL EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-18311 PICHINCHA > METALMECÁNICA > ACTIVIDADES COMUNITARIAS SE BUSCA PRESIDENTE EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-18835 SE REQUIERE VENDEDOR (METALMECÁNICA) EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18318 > ACTIVIDADES DE SALUD > SERVICIOS Los clasificados con este símbolo SE NECESITA AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES-LIMPIEZA CON CARNET CONADIS EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18166 SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS SE BUSCA ASISTENTE ADMINISTRATIVA SUPLENTE EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-18240 SE REQUIERE ASESOR COMERICIAL EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-17986 SE BUSCA SALONEROS O MESEROS EN LA CIUDAD DE ORELLANA SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-17887 SE BUSCA ANALISTA DE ESTADISTICA EN LA CIUDAD DE IBARRA SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-18878 SE BUSCA INSTITUCION PUBLICA REQUIERE PINTORES AUTOMOTRICES EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-18343 SE NECESITA TRABAJADORA SOCIAL EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-17902 SE NECESITA ANALISTA ESTADISTICO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-18437 SE BUSCA MARMOLISTAS EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-18376 ORELLANA > VEHÍCULOS SE NECESITA VENDEDORES, SUPERVISORES, AUXILIARES EN LA CIUDAD DE RUMIÑAHUI SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-18461 > CONSTRUCCIÓN SE NECESITA ESPECIALISTA LOCAL DE BASE DE DATOS EN LA CIUDAD DE MACAS SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-17824 > SECTOR PÚBLICO SE REQUIERE COBRADOR CON MOTO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18861 SE BUSCA ASESORA DE VENTAS EN FERRETERIA EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-18820 SE REQUIERE SUPERVISOR DE OPERACIONES II EN LA CIUDAD DE MACAS SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-17753 > SERVICIOS SE NECESITA ING, INDUSTRIAL SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-18819 SE REQUIERE BACHILLER TECNICO ELECTRONICO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-17952 SE NECESITA INGENIERO ELECTRÓNICO O EGRESADO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-17955 SE BUSCA JEFE COMERCIAL EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $1501 - $2000 OFERTA-18555 SE NECESITA PERIODISTA 2 - RELACIONISTA PÚBLICO EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-18160 SE NECESITA ASISTENTE ADMINISTRATIVO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-18761 > COMERCIALIZACIÓN > FARMACÉUTICOS Y QUÍMICOS > SECTOR PÚBLICO SE NECESITA COORDINADOR PUERTO INCA EN LA CIUDAD DE NARANJAL SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-18524 SE BUSCA FISIOTERAPISTA SECTOR CONOCOTO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-17957 > SERVICIOS > SERVICIOS FINANCIEROS > TRANSFORMACIÓN DE ALIMENTOS SE REQUIERE AYUDANTES DE BODEGA ESTIBADORES EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-18558 SE NECESITA CONDUCTOR TIPO “D” O “E” EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-18382 SE BUSCA EJECUTIVO DE EMISION EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-18550 SE REQUIERE EJECUTIVO DE INDEMNIZACIONES EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-18552 > SECTOR PÚBLICO SE REQUIERE ANALISTA 2 DE EVALUACION DE CONTENIDOS EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-18292 y busque el empleo de su interés según el código de OFERTA SUCUMBÍOS TUNGURAHUA SE REQUIERE AYUDANTE DE BODEGA AUTOMOTRIZ EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-17984 > SERVICIOS FINANCIEROS SE NECESITA MECANICO AUTOMOTRIZ EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-17981 SE BUSCA JEFE DE AGENCIA EN LA CIUDAD DE AMBATO SE OFRECE $1501 - $2000 OFERTA-18244 SE BUSCA ANALISTA 2 ANALISIS DE CONTENIDOS EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-18401 SE REQUIERE ANALISTA 1 DE EVALUACION DE CONTENIDOS EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-18317 SE BUSCA ANALISTA DE MONITOREO DE MEDIOS EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-18877 SE REQUIERE DOCENTES DE EDUCACION BASICA SUPERIOR EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-18411 SE NECESITA ANALISTA 2 ABOGADO LABORAL EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-18515 SE BUSCA ANALISTA DE TALENTO HUMANO 2 EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-17910 SE REQUIERE ESPECIALISTA EN SEGURIDAD OCUPACIONAL EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1501 - $2000 OFERTA-17920 aplican para personas con discapacidad. www.socioempleo.gob.ec SE BUSCA TÉCNICO EN GEOLOGÍA Y MINAS EN LA CIUDAD DE SANTO DOMINGO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-18319 UN SERVICIO DE www.eltelegrafo.com.ec El Telégrafo I jueves 6 de noviembre del 2014 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS AVISO DE REMATE FIDEICOMISO MERCANTIL IRREVOCABLE “TERCERA TITULARIZACIÓN DE FLUJOS AGRIPAC” REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL AL PÚBLICO SE LE HACE SABER: Que dentro del Juicio Ejecutivo No. 1235-2014, (1141/A/2011), seguido por la Asociación Cultural Interamericana mediante providencia expedida el 2 de Septiembre del 2014, por el Señor Juez de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL, Ab. CARLOS ALVARADO CHAVEZ, se ha señalado para el día 25 de Noviembre del 2014, desde las 14h00, el remate del 50% del derecho del bien inmueble que se detalla a continuación: ASPECTO GENERALES. OBJETO DE AVALÚO.- Se trata de un inmueble que actualmente se comercializan maquinarias denominado según el Municipio de Guayaquil, como Corredor Comercial. 5 (I) cuenta con todos los servicios básicos.UBICACIÓN Y ZONIFICACIÓN.El inmueble se encuentra ubicado en el solar No. 4 Mz. 2 de la Lotización El Prado, Parroquia Tarqui del Cantón Guayaquil, con código catastral No. 76-0002-004-0-0-0 y cuyos linderos son los siguientes: POR EL NORTE: SOLAR #5 con 51,52 metros; POR EL SUR: SOLAR #3 con 51,52 metros; POR EL ESTE: Vía a Daule con 20 metros; POR EL OESTE: Calle Publica con 20 metros; ÁREA DE TERRENO: 1.030,40 metros cuadrados. Zonificación.- De acuerdo a la ordenanza de edificaciones vigente al sector le corresponde El inmueble colinda en el norte con una Gasolinera Petrocomercial, al Sur con un almacén de maderas de la empresa Masisa; al Este tiene un amplio frente con vista a la Vía a Daule y al Oeste con una calle pública. Este sector tiene un movimiento comercial alto debido a las diferentes empresas, fábricas, estación de servicio que existen en el sector. EQUIPAMIENTO.El sector cuenta con los siguientes servicios: agua por acueducto, alumbrado de vías públicas, calles de concreto y asfalto, con aceras, aseo urbano, servicio telefónico, servicio de cable tv, alcantarillado. ACCESIBILIDAD VEHICULAR: El inmueble tiene accesibilidad por el Este con al Vía a Daule y por el Oeste por una calle publica.CALCULOS Y MEDICIONES 1.- TERRENO: Tiene un área de 1.030,40 m2 Las características del terreno son las siguientes: Es de forma rectangular, topografía plana, medianero, el cual existe una edificación de hormigón armado, cubierta metálica y construcciones en la estado. 2.- CONSTRUCCIÓN: ÁREA DE CONSTRUCCIÓN: 40 m2 en área administrativa y 48 m2 de área con cubierta metálica.Existe una edificación en mal estado de conservación y solo el área de oficina administrativa cpm área de cubierta, se encuentran en buen estado de conservación.3.- CARACTERÍSTICAS DE CONSTRUCCIÓN.NÚMEROS DE PISOS: 1 planta ESTRUCTURA: Hormigón armado. PAREDES: Bloques de cemento. CUBIERTA: Fibrocemento. REVESTIMIENTO EN PARED FRONTAL: Enlucido y pintado. PISO: Duela de madera. PUERTAS: Metálica en el ingreso a la oficina, Portón de ingreso al inmueble es metálico y la puerta del baño es de madera. VENTANAS: Aluminio y vidrio PINTURAS: Pintura látex en el interior y exterior. TUMBADO: Amstrong con estructura galvanizada de soporte. INSTALACIONES ELÉCTRICAS: Empotradas INSTALACIONES SANITARIAS: Empotrada y conectadas a la red de alcantarillado ESTADO DE CONSERVACIÓN: El área de oficinas administrativa y área con cubierta se encuentran en buen estado de conservación. Existen una edificación en mal estado de conservación.DISTRIBUCIÓN INTERNA DEL INMUEBLE.Existen lo siguiente: ÁREA CON CUBIERTA METÁLICA Área de edificación en mal estado de conservación Área Administrativa, el cual existe 2 oficinas con un baño FORMACIÓN DEL VALOR: TERRENO.Según análisis comparativo del sector el costo por m2 de terreno asciende a $240.000 USD. Costo de terreno m2: 1.030,40 M2 X $240 c/m2 COSTO TOTAL DEL TERRENO. $247.296,00 USD. DESCRIPCIÓN CANTIDAD UNIDAD ÁREA CON CUBIERTA METÁLICA ÁREA DE EDIFICACIÓN EN MAL ESTADO ÁREA ADMINISTRATIVA 48,00 20,00 40,00 m2 m2 m2 TOTAL COSTO/ M2 50.00 20,00 200,00 VALOR 2.400,00 400,00 8.000,00 10.800,00 AVALÚO TOTAL DEL BIEN INMUEBLE: Costo del terreno+ Costo de la construcción $247.296,00+$10.800,00= $258.096,00 USD SON. DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL NOVENTA Y SEIS CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS. EL VALOR DEL 50% DE DERECHO DE COPROPIEDAD SOBRE ESTE INMUEBLE ES DE CIENTO VEINTE Y NEUVE MIL CUARENTA Y OCHO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS ($29.048,00 USD) ...f.) ARQ. ANGEL PACAY G (perito avaluador) El remate tendrá lugar en el día y hora señalado, por ventanilla planta baja, con la presencia de la Secretaria de la Unidad Judicial Civil, ubicado en la torre 8 correspondiente del Complejo Judicial de Florida Norte Km. 8 ½ Vía a Daule, de esta ciudad de Guayaquil. No se aceptaran posturas que no cubran por lo menos las dos terceras partes del avalúo, debiendo acompañarse a la misma el 10% del valor de la oferta en dinero en efectivo o en cheque certificado a la orden del Juzgado.- Lo que comunico para los fines consiguientes, indicándoles a los señores postores que deben señalar casilla judicial y correo electrónico para las correspondientes notificaciones, conforme lo dispone el artículo 75 del Código de Procedimiento Civil, y 56 de la Ley de Comercio Electrónico. AVISO DE REMATE AL PÚBLICO AL PÚBLICO SE LE HACE SABER QUE: En providencia dictada el miércoles 15 de octubre del 2014, las 12h58, y rectificada el 22 de octubre del 2014, las 18h45, por el Abogado Gustavo Sánchez Cárdenas, Juez G de Ia Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Guayaquil, dentro del juicio Embargo y Remate No. 2014-11358 (2011-1129), se señala la fecha para el próximo día 26 de noviembre del 2014, desde las 13h00 hasta 17h00 en la sala de esta judicatura, ubicada en el Nuevo Centro Judicial, ubicado en el Km 8 ½ de la vía Daule - Centro Judicial Florida Norte, Torre 8, para que tenga lugar el REMATE PÚBLICO del Bien embargado, de las siguientes características: consistente en el vehículo marca vehículo MARCA: CHEVROLET; MODELO: LUV D-MAX 2,4L CD TM 4X2; COLOR: VINO; CLASE: VEHÍCULO; MOTOR: C24SE-31036225; CHASIS: 8LBETF3D0A0043463; AÑO: 2011. Cuyo avalúo pericial asciende a $ 16,582.04 (DIEZ Y SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS 04/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA). No se admitirán posturas por menos de las dos terceras partes del avalúo, el que se consignará el 10 % de su oferta en dinero en efectivo, cheque girado por Banco o en cheque certificado, a la orden del Juzgado Séptimo de lo Civil y Mercantil de Guayaquil.Dese aviso por tres carteles que se fijaran en tres de los parajes más frecuentes del lugar en que esté situado el bien, para lo cual intervendrá la Actuaria del Despacho, facilitando el extracto de publicación y realizando los avisos por carteles, en los cuales no se hará constar el nombre del deudor. JUEZ DE LA CAUSA: DR. GUSTAVO SÁNCHEZ CÁRDENAS, Juez G de la Unidad Judicial Civil con Sede en el Cantón Guayaquil. Lo que pongo en conocimiento del público, para los fines de ley. Guayaquil, Octubre 23 del 2014. Ab. Jenny Pizarro Tapia Secretaria de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Guayaquil Nov. 4-5-6 (157339) EXTRACTO LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL DE LOS SEÑORES OLGA MARIA SIMBAÑA TITUAÑA y SIMON BOLIVAR LOPEZ SANCHEZ NOTARÍA DÉCIMA DEL CANTÓN QUITO Pongo en conocimiento del público que mediante escritura pública de VEINTE Y TRES (23) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE, otorgada ante mí, DOCTOR DIEGO JAVIER ALMEIDA MONTERO, NOTARIO DÉCIMO DEL CANTÓN QUITO, los señores OLGA MARIA SIMBAÑA TITUAÑA Y SIMON BOLIVAR LOPEZ SANCHEZ, procedieron a liquidar el patrimonio de la Sociedad Conyugal, la misma que fuera disuelta la sociedad conyugal mediante Acta Notarial de fecha 19 de junio del 2014.- Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal antes mencionada, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Artículo Sexto de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial número cuatrocientos seis de fecha veinte y ocho de noviembre del dos mil seis, que faculta a los Notarios disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles correspondientes, la escritura de la Liquidación de la Sociedad Conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, mediante una sola publicación, en uno de los periódicos de circulación Nacional, del Extracto de la liquidación del Patrimonio de la Sociedad Conyugal correspondiente a los señores OLGA MARIA SIMBAÑA TITUAÑA Y SIMON BOLIVAR LOPEZ SANCHEZ, otorgada según escritura pública celebrada 15 de octubre del 2014 ante el Dr. Raúl Cevallos, Notario Sexagésimo del Cantón Quito, subrogante de la Notario Décima del cantón Quito, en la cual se realizan las siguientes adjudicaciones: Olga Marina Simbaña Tituaña, renuncia expresamente a los gananciales que pudiera tener derecho sobre el vehículo clase Camioneta, Marca TOYOTA, modelo Hilux 4x2 CS, color verde, con placas PQT-0018, chasis No. MR0CX12G670019852 y motor No. 2TR8021059, por lo que en consecuencia, TRANSFIERE EL DOMINIO Y POSESIÓN del vehículo antes mencionado equivalente al cincuenta por ciento de derechos y acciones, a favor del señor SIMON BOLIVAR LÓPEZ SÁNCHEZ.SIMON BOLIVAR LÓPEZ SÁNCHEZ adicionalmente la suma de DIEZ MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA, correspondiente a su cuota de gananciales dentro de la cuenta de ahorros No. 3033653500 del banco Pichincha, el mismo que el señor SIMON BOLIVAR LOPEZ SANCHEZ, declara tenerlo recibido a su entera satisfacción en efectivo y dinero de curso legal.La cantidad de ONCE MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA se le adjudica a la señora OLGA MARINA SIMBAÑA TITUAÑA, como valor que le corresponde dentro de la cuenta de ahorros No. 3033653500 del banco Pichincha, valor que declara tenerlo recibido a su entera satisfacción en efectivo y dinero de curso legal.-CUARTA.- PASIVO DE LA EXTINTA SOCIEDAD CONYUGAL: Existe un pasivo de la extinta sociedad conyugal que asciende a la suma de TREINTA MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA, conforme se encuentra detallado previamente. En tal virtud, la compareciente señora Olga Marina Simbaña Tituaña, asume totalmente el pasivo de la sociedad conyugal y se hace cargo del mismo.Por el término de veinte días, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.- QUE mediante resolución No. SB-2014-867 de 7 de octubre de 2014, esta Superintendencia de Bancos declaró a COOPSEGUROS DEL ECUADOR S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, en liquidación forzosa, por la causal, prevista en la letra a) del artículo 55 de la Ley General de Seguros, en concordancia con el artículo 53 de la Ley ibídem; QUE mediante resolución No. SB-2014-868 de 7 de octubre de 2014, esta Superintendencia de Bancos designó al licenciado Sebastián Aníbal Estévez Tinoco como liquidador de COOPSEGUROS DEL ECUADOR S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, en liquidación. QUE el inciso segundo del artículo 59 de la Ley General de Seguros, faculta al Superintendente de Bancos, nombrar un liquidador para que lo represente en la liquidación, delegando las atribuciones que le confiere la ley; y, Conforme los términos del citado FIDEICOMISO (Inscrito bajo el N° 2012-2-13-01188 en el Registro del Mercado de Valores), se pone a disposición el Informe a Inversionistas, con fecha de corte al 31 de Julio del 2014. Los inversionistas podrán retirar estos informes a partir del día de hoy, de 10:00 a 17:00, en oficinas de la Fiduciaria ubicadas en Junín #105 y Malecón Simón Bolívar, Edificio “Vista al Río”, Piso 5, Oficina 1, de la ciudad de Guayaquil; previo presentación de documento de identificación y/o carta de autorización pertinente, de ser el caso. Adicionalmente, el Informe a Inversionistas podrá visualizarse en página WEB de la Fiduciaria: www.mmgtrust.com.ec, sección “On Line” En ejercicio de sus atribuciones legales, RESUELVE: ARTÍCULO 1.- REVOCAR la designación conferida al licenciado Sebastián Aníbal Estévez Tinoco como liquidador de COOPSEGUROS DEL ECUADOR S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, en liquidación, otorgada con resolución No. SB-2014868 de 7 octubre de 2014. p. Fideicomiso de Mercantil Irrevocable “Tercera Titularización de Flujos Agripac” ARTÍCULO 2.- DESIGNAR al doctor Marco Germán Moya Robayo, liquidador de COOPSEGUROS DEL ECUADOR S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS en liquidación, quien actuará a nombre y en representación del señor Superintendente de Bancos en los actos administrativos, judiciales y extrajudiciales dentro de la liquidación forzosa, teniendo todas las atribuciones que para esta clase de actos le confieran la ley, reglamentos y resoluciones respectivas. MMG Trust Ecuador S.A. Ricardo Parra C. Gerente ARTÍCULO 3.- DELEGAR al doctor Marco Germán Moya Robayo, el ejercicio de la jurisdicción coactiva, que la ejercerá de conformidad con lo dispuesto en la resolución JB-2013-2621 de 12 de septiembre del 2013 que tiene con fundamento la Sección Trigésima del Título Segundo del Código de Procedimiento Civil, para que actúe en calidad de empleado recaudador y proceda con el cobro de la obligaciones vencidas a favor de COOPSEGUROS DEL ECUADOR S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, en liquidación a este efecto, la presente resolución le servirá de orden de cobro general. ARTÍCULO 4.- EL LIQUIDADOR designado sustanciará las diligencias dispuestas en la Ley General de Seguros con máxima celeridad. Además está obligado a presentar informes mensuales del avance del proceso liquidatario a la Superintendencia de Bancos. ARTÍCULO 5.- FIJAR los honorarios profesionales del doctor Marco Germán Moya Robayo en USD 3.500.00 dólares mensuales más IVA con cargo al presupuesto de la entidad en liquidación que será aprobado por la Superintendencia de Bancos. ARTÍCULO 6.- DISPONER que el liquidador saliente y el liquidador entrante suscriban el acta de entrega-recepción de bienes y documentos de COOPSEGUROS DEL ECUADOR S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, en liquidación, en el término de 5 días, contados a partir de la fecha en que sean notificados con la presente resolución, debiendo remitir copia del acta referida a este despacho. ARTÍCULO 7.- DISPONER que la presente resolución se inscriba en el Registro Mercantil del Distrito Metropolitano de Quito. ARTÍCULO 8.- DISPONER que la presente resolución se publique en un diario de circulación nacional. COMUNÍQUESE.- Dada en la Superintendencia de Bancos, en Quito, Distrito Metropolitano, el veintiuno de octubre del dos mil catorce. Ab. Pedro Solines Chacón SUPERINTENDENTE DE BANCOS LO CERTIFICO.- En Quito, Distrito Metropolitano, el veintiuno de octubre del dos mil catorce. Lic. Pablo Cobo Luna SECRETARIO GENERAL (157534) AVISO DE REMATE BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL QUITO Se pone en conocimiento al público en general, que dentro del juicio coactivo N° 025-2013, se ha señalado que el día VIERNES 28 DE NOVIEMBRE DEL 2014; desde las trece horas hasta las diecisiete horas, en las oficinas del Juzgado de Coactivas del Banco Nacional de Fomento, Sucursal Quito ubicado en la Avenida Diez de Agosto N12-13 y calle Santa Prisca, Cantón Quito, Provincia de Pichincha, se procederá al remate del bien embargado, que obra de autos; que consiste en un terreno con construcción, signado con el número seis, ubicado en el barrio el manzano, de la Parroquia Cotogchoa, Cantón Rumiñahui, Provincia Pichincha, cuyos LINDEROS GENERALES, en donde se encuentra la propiedad son los siguientes: NORTE: Con el lote N° 7, en una longitud de 55 metros, SUR: Con la calle N°9, en una longitud de 57 metros. ESTE: Con propiedad de Rosario Topón, en una longitud de 32.25 metros, OESTE; Con la calle N° 9, en una longitud de 38.25 metros. Con una área de 1.878 metros cuadrados, el AVALÚO del inmueble materia del presente remate es de CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTIDÓS CON 33/100 DÓLARES.- Por tratarse del SEGUNDO SEÑALAMIENTO, se recibirán posturas sobre la base de la mitad del precio del respectivo avalúo, de conformidad con el artículo 471 del Código de Procedimiento Civil, diligencia que se llevará a efecto en la Secretaría del Juzgado de Coactivas del Banco Nacional de Fomento, situado en la Av. Diez de Agosto N12-13 y Calle Santa Prisca: Las posturas se presentarán en sobre cerrado, con la indicación de domicilio legal de cada postor para las notificaciones de ley. Sólo se admitirán posturas que estén acompañadas del diez por ciento del valor total de la oferta, en efectivo, cheque certificado, o cheque de gerencia a la orden del Banco Nacional de Fomento.- Los postores calificados presentarán sus posturas por escrito, según lo previsto en los artículos 457 inciso primero y 458 del Código de Procedimiento Civil desde las 13h00 hasta las 17h00 del día señalado para el remate; y, serán calificados de acuerdo al Art. 471 del Código de Procedimiento Civil. Los postores serán calificados conforme a lo prescrito en el Art. 457 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil, en base de la solvencia económica y experiencia en el negocio; las bases para la participación en el remate, se entregara en el Juzgado de Coactivas del Banco Nacional de Fomento Sucursal Quito. Se admitirán posturas en que se fijen plazos de hasta ocho años para el caso de remate de bienes inmuebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de por lo menos el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo.- El remate se efectuara como cuerpo cierto como lo dispone el Art. 1773 del Código Civil.- Todos los gastos que se ocasionaren para la transferencia de dominio de dicho inmueble, los impuestos y cancelación de gravámenes, pagos de servicio Básicos; serán de cuenta del adjudicatario, con excepción de aquellos que por expreso mandato de la ley, deban ser pagados por el coactivado. Particular que pongo en conocimiento del público en general para los fines legales consiguientes. REPÚBLICA DEL ECUADOR Mayor información se ofrecerá en la Secretaría del Juzgado de Coactivas del Banco o llamando al Telf. 02 -2946-500 Ext. 2020-2058 ABG. WILLIAN FERNANDO SANTAMARÍA VALLE JUEZ DELEGADO DE COACTIVA BANCO NACIONAL DE FOMENTO (157617) Oct. 13-24; Nov. 6 (155312) A la Señora GLORIA NELLI DUCHIMAZA ORELLANA, se le hace saber: Que la Dirección Distrital de Cuenca del Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador procede a notificarle por la presa por cuanto su residencia es imposible determinar: Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. CONSIDERANDO: DR. DIEGO JAVIER ALMEIDA MONTERO NOTARIO DÉCIMO DEL CANTÓN QUITO ABG. ANA CARDENAS VELOZ SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL La adjudicación del patrimonio se encuentra detallado en el texto de la referida escritura pública de liquidación de Sociedad Conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la ley Reformatoria a la ley Notarial Publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en el Registro de la Propiedad, la escritura de Liquidación de la sociedad conyugal, previo al trámite previsto en dicha norma legal pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de Liquidación de patrimonio de la sociedad Conyugal correspondiente a los cónyuges JOSE JULIO GUACHAMIN VILAÑA Y MARIA MARTHA RUALES VILAÑA otorgada mediante escritura pública el 28 de Agosto del dos mil catorce, ante la suscrito Notaria Doctora ALICIA YOLANDA ALABUELA TOAPANTA NOTARIA NOVENA DEL CANTÓN QUITO por el termino de veinte días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieran interés en esta Liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. COMUNICADO PEDRO SOLINES CHACÓN SUPERINTENDENTE DE BANCOS Quito, veinte y tres (23) de octubre del 2014.- Atentamente NOTARIA NOVENA DEL CANTÓN QUITO.- Cúmpleme poner en conocimiento del Público que mediante escritura pública otorgada ante mí, DOCTORA ALICIA YOLANDA ALABUELA TOAPANTA, NOTARIA NOVENA DEL CANTÓN QUITO, los señores cónyuges JOSÉ JULIO GUACHAMÍN VILAÑA y la señora MARÍA MARTHA RUALES VILAÑA. Procedieron a liquidar el patrimonio de la Sociedad Conyugal conforme consta de la Escritura pública de fecha veinte y ocho de Agosto del dos mil trece celebrada ante la Doctora Alicia Yolanda Alabuela Toapanta, Notaria Novena del Cantón Quito. RESOLUCIÓN SB-2014-917 El bien embargado se encuentra bajo custodia del Depositario Judicial Roger Garcia. Guayaquil, 19 de Septiembre del 2014 EXTRACTO 29 Extracto de la Providencia No. SENAE-DDC-2014-1052-PV de fecha 07 de Octubre del 2014, dentro del expediente No.033-2014 “…… el suscrito DIRECTOR Distrital de Cuenca del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, DISPONE: Que se inicie un procedimiento sancionatorio administrativo en contra de la señora GLORIA NELI DUCHIMAZA ORELLANA, por cuanto de los antecedentes expuestos se presume la comisión de una contravención, concretamente el uso indebido de mercancías importadas al amparo de regímenes especiales o con exención total o parcial sin la debida autorización, la misma que se encuentra descrita en el Art. 302 del COIP en relación con la disposición general cuarta del código ibídem, esto con respecto al vehículo marca MAZDA, modelo CX7, tipo JEEP, placas GRZ4205, color PLATEADO; chasis JM3ER29L980203735, ingresado al país libre del pago de tributos al comercio exterior; para lo cual de conformidad con lo dispuesto en el Art. 76, numeral 7, literal a) de la Constitución de la República, en relación con el Art. 241 del RCOPCI se le concede el termino de cinco días hábiles improrrogables para ejercer su derecho a la defensa, con respecto a presuntos hechos que configuran la mencionada.” Esta notificación será publicada por tres veces en días distintos, en uno de los periódicos de mayor circulación del lugar, de conformidad con el numeral 4 del Art. 107 y Art. 111 del Código Tributario. HAGASE SABER Y CUMPLASE NATURALIZACIÓN DEL SEÑOR ALBERTO GÓMEZ SALAZAR De conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 8 del Reglamento a la Ley de Naturalización se pone en conocimiento, que el ciudadano de nacionalidad colombiana ALBERTO GÓMEZ SALAZAR ha solicitado Carta de Naturalización en el Ecuador. De la documentación presentada se desprende que el peticionario reside ininterrumpidamente en el país desde el 10 de diciembre de 2009 fecha en que fue reconocido como refugiado por el Estado ecuatoriano. (157684) REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO TERCERO PROVINCIAL DE TRABAJO DEL GUAYAS EXTRACTO DE CITACIÓN A: Herederos desconocidos y presuntos de quien en vida fue el señor MARCOS EUGENIO MAGALLANES ORELLANA.Que en esta Judicatura ha tocado mediante sorteo el conocimiento del Juicio Laboral de Procedimiento Oral No. 150-2014, cuyas características son las siguientes: DEMANDANTE: ZORAIDA ELENA PARRALES MEZA por los derechos que representa de quien en vida fue MARCOS EUGENIO MAGALLANES ORELLANA. DEMANDADOS: TRANSITALIA S.A, en la persona de su representantes, JOSE ALBINO CAMPOVERDE ABAD Y EDGAR DE JESUS PADILLA.CUANTÍA: $88.220,67. De acuerdo con el artículo 11 de la Ley de Naturalización, cualquier persona, natural o jurídica, podrá presentarse al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana para oponerse, fundamentadamente, a la concesión de la naturalización solicitada. Quito, 19 de agosto de 2014 Carlos Andrés Martínez Bolaños, COORDINADOR ZONAL 9, ENCARGADO MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y MOVILIDAD HUMANA TRÁMITE: LABORAL DE PROCEDIMIENTO ORAL.- Cítese a los herederos conocidos, presuntos y desconocidos del causante de conformidad con lo establecido en el Art. 83 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Art. 82 Ibídem, Verificadas las citaciones, se señalará fecha para que se efectúe la audiencia preliminar de conciliación, contestación a la demanda y formulación de pruebas. Se previene a las partes de la obligación de comparecer personalmente o su defensor deberá acompañar el poder suficiente para transigir.JUEZ: AB. FRANCISCO REYES GARCIA, Juez Tercero Provincial de Trabajo del Guayas.Lo que comunico a Uds. Para los fines de ley, advirtiéndoles la obligación que tienen de comparecer a juicio y señalar domicilio para posteriores notificaciones, dentro de los veinte días siguientes a la publicación de este extracto.Guayaquil, 17 Octubre 2014 B. MA. CASTRO SUAREZ SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE TRABAJO DEL GUAYAS Nov. 5-6-7 (157259) Cuenca, 28 de Octubre de 2014 (157204) Ing. Christian Alfredo Ayora Vásquez. Director Distrital Cuenca (Encargado) DOCTORA ALICIA YOLANDA ALABUELA TOAPANTA NOTARIA NOVENA DEL CANTÓN QUITO (157545) Nov. 4-5-6 (157507) REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA CUARTA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE PICHINCHA A LA SEÑORA YUMISNEYSI CABREJA RODRIGUEZ AUDITORPOOL ASESORES S. A. EN LIQUIDACIÓN, AVISO DE LLAMADO DE ACREEDORES De conformidad con lo dispuesto en el Art. 393 de la Ley de Compañías vigente, notifico a los acreedores de la compañía AUDITORPOOL ASESORES S. A. EN LIQUIDACION, para que en el término de veinte días contados desde la última publicación, presenten los documentos que acrediten su derecho ante el liquidador de la compañía en la siguiente dirección: Clemente Ponce N15-17 y Av. 6 de Diciembre, Edificio: "Acuarius", Oficina 37, piso 3, Teléfono: 2545982, de esta ciudad de Quito, provincia Pichincha. LIC. LUIS ENRIQUE HIDALGO VINUEZA LIQUIDADOR Nov. 5-6-7 (157440) MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN TRAMITE: SOLICITUD DE VISTO BUENO N° 190629-2014 CAUSAL: NUMERAL 1 DEL ART. 172 CÓDIGO DEL TRABAJO ACTOR: SRA. CYNTHIA SAMANTHA SÁNCHEZ ALBAN COMPAÑÍA CENAG S.A. CONTRA: SRTA. BEATRIZ BETZABETH BATALLAS RUIZ VISTO BUENO N.° 190629-2014 DIRECCIÓN REGIONAL DEL TRABAJO Y DEL SERVICIO PUBLICO DE GUAYAQUIL.- INSPECTORÍA DE TRABAJO DEL GUAYAS.- Guayaquil, 27 de octubre de 2014, a las 09:53.Completada que fuera la solicitud de VISTO BUENO N.° 190629-2014, presentada por CYNTHIA SAMANTHA SÁNCHEZ ALBAN quien comparece por los derechos que representa de la COMPAÑÍA CENAG S.A., en contra de la trabajadora SRTA. BEATRIZ BETZABETH BATALLAS RUIZ. En lo principal, revóquese la providencia de fecha 22 de septiembre de 2014 a las 16h01; amparada en lo que disponen los artículos 183 y 621 del Código del Trabajo y de conformidad con lo prescrito en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, norma supletoria del Código del Trabajo se dispone emitir el extracto de notificación por cuanto la parte actora declara bajo juramento desconocer la individualidad o residencia actual de la accionada, en mérito de lo cual se dispone notificar a la trabajadora SRTA. BEATRIZ BETZABETH BATALLAS RUIZ mediante la publicación del presente extracto en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Guayaquil, concediéndole veinte días a partir de la última publicación a efecto de que comparezca a dar contestación a la acción planteada en su contra, haciéndole saber que tiene la obligación de señalar casilla judicial para que reciba futuras notificaciones.- Publíquese el presente extracto en la forma señalada, en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil y remítase al despacho de la suscrita las respectivas publicaciones.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- Guayaquil, octubre 27 de 2014. ABG. ROSA ELVIRA VASQUEZ VALDIVIEZO INSPECTOR DE TRABAJO DEL GUAYAS Nov. 5-6-7 (157525) EXTRACTO CAUSA: Nro. DE JUICIO: ACTOR: DEMANDADA: CUANTÍA: JUEZ: DIVORCIO 2014-1509 ANGELO SANTIAGO AGUIZA CAYAMBE YUMISNEYSI CABREJA RODRIGUEZ INDETERMINADA DRA. BLANCA CARMITA PEÑALOZA ESPINOSA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA CUARTA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE PICHINCHA.- Quito, viernes 17 de octubre del 2014, a las 12h28. VISTOS.- Agréguese los escritos presentados. Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Encargada de esta judicatura mediante acción de personal No. 7367-DP-UPTH, de fecha 03 de octubre de 2014 y en virtud del sorteo realizado.- Por cuanto el actor ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia anterior en la forma solicitada y dentro del término respectivo. La demanda presentada por: ANGELO SANTIAGO AGUIZA CAYAMBE, es clara y reúne los demás requisitos de Ley, se la admite a trámite en juicio verbal sumario, por tanto CÍTESE, a la demandada YUMISNEYSI CABREJA RODRIGUEZ, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 82 del Código del Código de Procedimiento Civil, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación a nivel nacional que se editan en esta ciudad de Quito. Para lo cual confiérase el extracto judicial correspondiente. Sí contados veinte días a partir de la última publicación, no compareciere, se seguirá con la causa en su rebeldía.- Agréguese al proceso la documentación que se adjunta.- Téngase en cuenta la casilla judicial señalada por el actor así como la autorización conferida a su Abogado defensor.- Notifíquese.- F) DRA. BLANCA CARMITA PEÑALOZA ESPINOSA, JUEZA (E) EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN POR LA PRENSA TRÁMITE: ACTOR: CAUSA: ACCIONADO: VISTO BUENO. EXPALSA, EXPORTADORA DE ALIMENTOS S.A. 1 DEL ART. 172 DEL CÓDIGO DE TRABAJO. MARIO RENE PINCAY SOLORZANO INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL GUAYAS.Guayaquil, 28 de Octubre de 2014; a las 10H50.En virtud de la providencia que antecede dictada en Guayaquil, el 28 de octubre de 2014; a las 10H48, donde se ordena emitir el extracto de notificación por la prensa como en efecto se lo hace, la parte actora manifiesta bajo juramento que desconoce la individualidad del domicilio del trabajador accionado MARIO RENÉ PINCAY SOLORZANO.- En lo principal, se dispone que al señor MARIO RENÉ PINCAY SOLORZANO, se lo notifique mediante este extracto de notificación por tres publicaciones en la prensa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, haciéndole saber que tiene veinte días para dar contestación a la solicitud de Visto Bueno planteada en su contra siendo su obligación señalar casilla judicial para futuras notificaciones, tiempo que empezará a discurrir a partir de la última publicación de este documento por la prensa. Téngase en cuenta la casilla judicial señalada por la parte actora, así como la autorización conferida a su Abobado patrocinador.- NOTIFÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- f) Abg. Laura Gabriela Cuesta Vaca, Inspectora Provincial del Trabajo del Guayas.- Lo que comunico para los efectos de ley. Guayaquil, 28 de Octubre del 2014.- Lo que se comunica para los fines legales consiguientes. Dr. MSc. CARLOS E. MORALES C. SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA CUARTA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE PICHINCHA Oct. 23; Nov. 6-19 (156762) Abg. Laura Gabriela Cuesta Vaca INSPECTORA PROVINCIAL DE TRABAJO DEL GUAYAS Nov. 4-5-6 (157351) 30 El Telégrafo I jueves 6 de noviembre del 2014 AVISO DE REMATE AVISO DE REMATE Pongo en conocimiento del público, que en Auto dictado el 28 de octubre 2014; a las 09h30, por el señor Juez Nacional de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, dentro del Juicio Coactivo No. 122-2013, se ordenó el remate del bien inmueble embargado, señalándose para el efecto, el día LUNES 29 DE DICIEMBRE DE 2014, el que se llevará a cabo desde las 13h00 hasta las 17h00, en la Secretaría de este Despacho, en el Juzgado de Coactivas de la Corporación Financiera Nacional, ubicado en la Av. 9 de octubre 200 y Pichincha de la ciudad de Guayaquil. Pongo en conocimiento del público, que en Auto dictado el 28 de octubre 2014; a las 11h30, por el señor Juez Nacional de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, dentro del Juicio Coactivo No. 262-2010, se ordenó el remate del bien inmueble embargado, señalándose para el efecto, el día LUNES 29 DE DICIEMBRE DE 2014, el que se llevará a cabo desde las 13h00 hasta las 17h00, en la Secretaría de este Despacho, en el Juzgado de Coactivas de la Corporación Financiera Nacional, ubicado en la Av. 9 de octubre 200 y Pichincha de la ciudad de Guayaquil. CARACTERÍSTICAS DE LOS BIENES A REMATARSE: bien inmueble consistente en: un lote de terreno, ubicado en el sitio Jama, parroquia Eloy Alfaro del Cantón Chone, provincia de Manabí, el mismo que se encuentra circunscrito dentro de los siguiente linderos y medidas: POR EL NORTE: propiedad de Alfredo Almeida y Estero la Conturia, con quinientos cincuenta y dos metros, doscientos setenta y siete metros y trescientos veinte y un metros, Remigio Zambrano con ciento veinte y nueve metros, Río Jama con trescientos treinta y cuatro metros, Zoila Chica Palma viuda de Guadamud con quinientos sesenta y un metro, Narciso Arteaga con quinientos ochenta y cuatro metros; POR EL SUR: varios propietarios, con doscientos sesenta metros setenta y siete centímetros, Juana Lidia Cevallos Vera, con ciento cincuenta y seis metros sesenta y dos centímetros, noventa y dos metros treinta y un centímetros, trescientos un metros con treinta y dos centímetros, trescientos metros noventa y seis centímetros y cuatrocientos treinta metros diez centímetros y Guido Cedeño, con cuatrocientos dos metros; POR EL ESTE: Vía pública a Camarones con quinientos treinta y cinco metros; y, POR EL OESTE: Amelio Vélez, con setecientos treinta y nueve metros dieciocho centímetros, Galo Giler con doscientos setenta y un metros noventa centímetros, Cristóbal Giler, con doscientos dieciséis metros sesenta y seis centímetros, Colegio Nuevo Horizonte con sesenta y dos metros; Con una superficie de 110.83 hectáreas, como cuerpo cierto, cuyo avalúo asciende al valor de USD $ 255.944 CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA); Las características y demás especificaciones podrán ser apreciadas en el Informe de Avalúo que consta en el proceso. CARACTERÍSTICAS DE LOS BIENES A REMATARSE: Al amparo de lo dispuesto en el artículo 458 del Código de Procedimiento Civil, las posturas se presentarán ante el (la) Secretario (a) Abogado (a) designado (a) dentro del proceso, en la Sala del Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicada en la Avenida 9 de Octubre # 200 y Pichincha, Segundo Piso, en la ciudad de Guayaquil. Las posturas se presentarán por escrito dirigidas al Juez de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, en las que se indicará el número de proceso, el bien y precio por el que se presenta postura, actividad económica del postor y la casilla judicial o correo electrónico para las notificaciones de Ley, debiendo ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión. Conforme el artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, los postores a plazo serán calificados con quince (15) días de anticipación a la realización del remate, para lo cual, deben acudir a las oficinas de la Corporación Financiera Nacional y solicitar los requisitos de toda la información y/o documentación presentar para el proceso de calificación respectivo, para el efecto, el (la) Secretario (a) de Coactiva entregará los formularios correspondientes a las personas interesadas, los cuales también pueden ser obtenidos a través de la página web institucional en www.cfn.fin.ec.- En tal virtud las personas interesadas deberán obtener o retirar la información y/o documentación correspondiente a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos los documentos habilitantes hasta 15 días antes del día del remate; esto es, hasta el día JUEVES 04 DE DICIEMBRE DE 2014, a las 12H00. en el Departamento de Cartera-Administración de Crédito.- No se aceptarán ofertas de postores a plazo que no hubieren sido previamente calificados por la Institución, salvo el caso, de aquellos postores que presenten su postura de contado a la cual deberán acompañar, a demás de la postura, actividad económica del postor y la casilla judicial o correo electrónico para las notificaciones de Ley, debiendo ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión, la siguiente documentación habilitante: 1) Formulario Conoce a tu Postor; 2) Formulario de Licitud de Origen de Fondos; 3) Copia de cédula de ciudadanía o de identidad y papeleta de votación, de ser aplicable también del cónyuge, en caso de personas naturales; copia de nombramiento y Registro Único de Contribuyentes, en caso de personas jurídicas; 4) copia de pago de servicio básicos del domicilio del postor; 5) Declaración de Persona Expuesta Políticamente, en caso de ser aplicable. No se admitirán posturas tachadas, corregidas o ininteligibles, así como las que no vayan acompañadas de los documentos habilitantes exigidos por la Corporación Financiera Nacional, así como aquellas que no contengan por lo menos, el diez por ciento del valor total de la oferta, el que se consignará en cheque certificado, cheque de Gerencia a la orden de la Corporación Financiera Nacional, o depósito efectuado a la cuenta de la Corporación Financiera Nacional; tampoco se admitirán las que fueren presentadas antes de las trece horas o después de las diecisiete horas del día señalado para el remate. Por tratarse del PRIMER SEÑALAMIENTO conforme a lo previsto en el Art. 468 del Código de Procedimiento Civil, tampoco se admitirán posturas por menos de las dos terceras partes del valor del avalúo del bien a rematar. Según el mandato del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, se podrá aceptar posturas en las cuales se fijen plazos de hasta ocho años para el caso de bienes inmuebles y de tres para los bienes muebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 461 del Código de Procedimiento Civil, antes de cerrarse el remate, el deudor puede librar sus bienes, pagando la deuda, intereses y costas.- El remate del bien inmueble se lo realizará de conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil y se lo entregará en el estado en que se encuentre, el mismo que es de pleno conocimiento y aceptación del postor.- Todos los costos y gastos que demande la transferencia de la propiedad objeto del remate, serán de responsabilidad del postor/adjudicatario. Así mismo, las costas y gastos que se generen a partir de la fecha en que se dicte el correspondiente auto de adjudicación, serán a cargo del adjudicatario. De igual forma los impuestos municipales, prediales, las tasas, servicios de luz, agua, teléfono y condominio (en caso de que sean bienes que se encuentren en propiedad horizontal) serán con cargo al coactivado.- Si fuera una persona natural que resultare ser la adjudicataria de los bienes a rematarse deberá contratar un seguro de desgravamen, siempre y cuando se rematare el bien a plazos. La Actuaria del despacho, elabore el aviso correspondiente que se publicará por tres ocasiones en diario El Telégrafo, así también, que la Gerencia Nacional de Mercadeo y Promoción y/o la Gerencia de División de Informática y/o la unidad administrativa competente publiquen la información correspondiente en la página web institucional en www.cfn.fin.ec. Hecho vuelvan los autos para proveer lo que corresponda.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.-f) Dr. Jorge Chang Ycaza, Juez Delegado de Coactivas. UN LOTE DE TERRENO UBICADO AL MARGEN DERECHO DE LA CARRETERA, MANTA-JIPIJAPA, SECTOR LA PILA, ARROPQUIA LA PILA, CANTON MONTECRISTI, PROVINCIA DE MANABI, con los siguientes linderos y medidas: POR EL FRENTE: doscientos metros carretera la PilaJipijapa; POR ATRÁS: doscientos un metro y lindera con terreno de Amador Pachay y Miguel Delgado; POR EL COSTADO IZQUIERDO: novecientos cuarenta y tres metros terrenos del señor Néstor José Loor Arteaga, antes de los vendedores; y, POR EL COSTADO DERECHO: mil metros y terrenos con la familia Triviño.- Con una superficie de 195.000,00 M2, como cuerpo cierto, cuyo avalúo asciende al valor de USD $ 48.750,00 CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA); Las características y demás especificaciones podrán ser apreciadas en el Informe de Avalúo que consta en el proceso.Al amparo de lo dispuesto en el artículo 458 del Código de Procedimiento Civil, las posturas se presentarán ante el (la) Secretario (a) Abogado (a) designado (a) dentro del proceso, en la Sala del Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicada en la Avenida 9 de Octubre # 200 y Pichincha, Segundo Piso, en la ciudad de Guayaquil. Las posturas se presentarán por escrito dirigidas al Juez de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, en las que se indicará el número de proceso, el bien y precio por el que se presenta postura, actividad económica del postor y la casilla judicial o correo electrónico para las notificaciones de Ley, debiendo ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión. Conforme el artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, los postores a plazo serán calificados con quince (15) días de anticipación a la realización del remate, para lo cual, deben acudir a las oficinas de la Corporación Financiera Nacional y solicitar los requisitos de toda la información y/o documentación presentar para el proceso de calificación respectivo, para el efecto, el (la) Secretario (a) de Coactiva entregará los formularios correspondientes a las personas interesadas, los cuales también pueden ser obtenidos a través de la página web institucional en www.cfn.fin.ec.- En tal virtud las personas interesadas deberán obtener o retirar la información y/o documentación correspondiente a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos los documentos habilitantes hasta 15 días antes del día del remate; esto es, hasta el día JUEVES 04 DE DICIEMBRE DE 2014, a las 12H00, en el Departamento de Cartera-Administración de Crédito.- No se aceptarán ofertas de postores a plazo que no hubieren sido previamente calificados por la Institución, salvo el caso, de aquellos postores que presenten su postura de contado a la cual deberán acompañar, a demás de la postura, actividad económica del postor y la casilla judicial o correo electrónico para las notificaciones de Ley, debiendo ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión, la siguiente documentación habilitante: 1) Formulario Conoce a tu Postor; 2) Formulario de Licitud de Origen de Fondos; 3) Copia de cédula de ciudadanía o de identidad y papeleta de votación, de ser aplicable también del cónyuge, en caso de personas naturales; copia de nombramiento y Registro Único de Contribuyentes, en caso de personas jurídicas; 4) copia de pago de servicio básicos del domicilio del postor; 5) Declaración de Persona Expuesta Políticamente, en caso de ser aplicable. No se admitirán posturas tachadas, corregidas o ininteligibles, así como las que no vayan acompañadas de los documentos habilitantes exigidos por la Corporación Financiera Nacional, así como aquellas que no contengan por lo menos, el diez por ciento del valor total de la oferta, el que se consignará en cheque certificado, cheque de Gerencia a la orden de la Corporación Financiera Nacional, o depósito efectuado a la cuenta de la Corporación Financiera Nacional; tampoco se admitirán las que fueren presentadas antes de las trece horas o después de las diecisiete horas del día señalado para el remate. Por tratarse del SEGUNDO SEÑALAMIENTO conforme a lo previsto en el Art. 471 del Código de Procedimiento Civil, tampoco se admitirán posturas por menos del cincuenta por ciento del valor del avalúo del bien a rematar. Según el mandato del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, se podrá aceptar posturas en las cuales se fijen plazos de hasta ocho años para el caso de bienes inmuebles y de tres para los bienes muebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 461 del Código de Procedimiento Civil, antes de cerrarse el remate, el deudor puede librar sus bienes, pagando la deuda, intereses y costas.- El remate del bien inmueble se lo realizará de conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil y se lo entregará en el estado en que se encuentre, el mismo que es de pleno conocimiento y aceptación del postor.- Todos los costos y gastos que demande la transferencia de la propiedad objeto del remate, serán de responsabilidad del postor/adjudicatario. Así mismo, las costas y gastos que se generen a partir de la fecha en que se dicte el correspondiente auto de adjudicación, serán a cargo del adjudicatario. De igual forma los impuestos municipales, prediales, las tasas, servicios de luz, agua, teléfono y condominio (en caso de que sean bienes que se encuentren en propiedad horizontal) serán con cargo al coactivado.- Si fuera una persona natural que resultare ser la adjudicataria de los bienes a rematarse deberá contratar un seguro de desgravamen, siempre y cuando se rematare el bien a plazos. La Actuaria del despacho, elabore el aviso correspondiente que se publicará por tres ocasiones en diario El Telégrafo, así también, que la Gerencia Nacional de Mercadeo y Promoción y/o la Gerencia de División de Informática y/o la unidad administrativa competente publiquen la información correspondiente en la página web institucional en www.cfn.fin.ec. Hecho vuelvan los autos para proveer lo que corresponda.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Jorge Chang Ycaza, Juez Delegado de Coactivas. Particular que comunico para los fines de ley. Lo que comunico al público, para los fines de Ley.- Dr. Omar Obando Rosero SECRETARIO DE COACTIVA CORPORACION FINANCIERA NACIONAL Dr. Omar Obando Rosero SECRETARIO DEL PROCESO CORPORACION FINANCIERA NACIONAL Nov. 06-19; Dic. 03 (157402) Nov. 6-19; Dic. 03 (157350) SEGUNDA CONVOCATORIA UNIDAD JUDICIAL ESP. PRIMERA DE FMNA DE LA PROV. DE SANTA ELENA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DIGITAL FRIO S.A. DIGIFRIO De conformidad con el ARTÍCULO DÉCIMO del Estatuto vigente de la compañía DIGITAL FRIO S.A. DIGIFRIO se convoca por segunda ocasión a los accionistas a JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS a celebrarse el día Lunes 17 de Noviembre del 2014, a las 19H00 en el domicilio de la compañía ubicado en la CDLA. URDENOR, MZ. E128, SOLAR 18 con el objeto de conocer y resolver sobre el siguiente orden del día: 1.- Designación de Gerente Genera! y Representante Legal de la compañía DIGITAL FRIO S.A. DIGIFRIO 2.- Disolución, Liquidación y Cancelación de la compañía DIGITAL FRIO S.A. DIGIFRIO 3.- Designación de Liquidador y Liquidador Suplente de la compañía DIGITAL FRIO S.A. DIGIFRIO En caso de no existir el quorum reglamentario en la hora señalada se esperará una hora más y luego se procederá con el número de accionistas presentes, tal como lo indica el Estatuto en el ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. Guayaquil, 4 de Noviembre del 2014 A LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA CARBISA S.A. Se convoca a los Accionistas de la Compañía CARBISA S.A. en liquidación a la Junta General de Accionistas a llevarse a cabo el día miércoles 19 de Noviembre del 2014 en el domicilio de la compañía situada en Brisas del Norte Manzana F Solar 32 a las 11h30 a.m., con la finalidad de tratar el siguiente orden del día: • Informe del Liquidador. • Conocimiento y Resolución sobre el Balance Final. • Distribución del Acervo Social. (157648) (157641) JUEZA: IRMGARD ELISABETH DIETRICH WINKELMAN ALEXANDRA ELIZABETH GUERRERO MENDOZA No. 497-2014 - TRÁMITE SUMARÍSIMO INDETERMINADA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA PRIMERA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PROVINCIA DE SANTA ELENA DRA. SUSY ALEXANDRA PANCHANA SUAREZ EXTRACTO DEL AUTO DE CALIFICACIÓN: VISTOS: En mérito al sorteo de ley y en mi calidad de Jueza de la Unidad Especializada Primera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la Provincia de Santa Elena, mediante Acción de Personal No. 141-UP-DPCJSE-2013, emitida por la Dirección del Consejo de la Judicatura de la Provincia de Santa Elena y en mérito de la razón sentada por la Analista Jurídica del despacho, puesta a mi despacho en esta fecha y hora avoco conocimiento de la presente causa de la presente demanda de PRIVACIÓN DE LA PATRIA POTESTAD propuesta por IRMGARD ELISABETH DIETRICH WINKELMAN contra ALEXANDRA ELIZABETH GUERRERO MENDOZA, la misma que se la califica de clara, precisa y reunir los requisitos de admisibilidad contemplados en los Art. 67 y 68 del código de procedimiento civil y Art. 106 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, en consecuencia se la acepta al trámite Sumarísimo que establece el Art. 271 Ibídem.En virtud del acta que declaración voluntaria, acorde con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, dado que la accionante, bajo declaración juramentada realizada ante el suscrito juez, declara que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia del demandado; se dispone que la citación a ésta, se haga por medio de la prensa; lo que se efectuará por intermedio de 3 publicaciones, que se las hará mediando término de ocho días, por lo menos, entre la una y la otra, de conformidad con el Art. 119 del Código Civil, en uno de los siguientes diarios: "El Telégrafo", "El Universo", "Expreso" o "Extra", medios de amplia circulación en la ciudad de Guayaquil y en la Provincia de Santa Elena. Guayaquil, 4 de Noviembre del 2014. MARIO EDUARDO GUALPA LUCAS LIQUIDADOR ROBERTO MAURICIO VELIZ FRANCO PRESIDENTE EXTRACTO DE CITACIÓN CUIJ: 240162014000488 NÚMERO DE CAUSA: 497/2014 JUEZ: SUSY PANCHANA ACTOR: DEMANDADO: JUICIO: CUANTÍA: JUZGADO: Advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio dentro de los veinte días después de la última publicación y señalar casillero judicial para sus notificaciones y que de no hacerlo, podrá ser considerado o declarado rebelde. Lo que comunico a usted para los fines de ley.Santa Elena, 17 de Octubre del 2014 FUERZA AÉREA ECUATORIANA ALA DE COMBATE Nro. 21 BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL EL TRIUNFO AVISO DE REMATE Por auto dictado por el señor abogado Horacio Eladio Coello Montiel, Juez Delegado de Coactiva del Banco Nacional de Fomento Sucursal El Triunfo, con fecha 27 de octubre del 2014, a las 16h:30, se ha ordenado el REMATE, del bien inmueble embargado dentro del Juicio Coactivo N° 113-2007; señalándose para que se verifique la subasta, el día Jueves 18 de Diciembre del 2014, de las 13h:00 a 17h:00 (de 1 a 5 de la tarde), en el Juzgado de Coactiva del Banco Nacional de Fomento, Sucursal El Triunfo, ubicado en la vía la Troncal y Avenida Simón Bolívar, primer piso (Mezanine) de la ciudad El Triunfo, cuyo informe pericial es el siguiente: UBICACIÓN: Solar y casa N° 16, manzana 6 de la Lotización Las Palmas jurisdicción de la parroquia y cantón El Triunfo, provincia del Guayas. SUPERFICIE: 350 metros cuadrados LINDEROS Y MEDIDAS: NORTE: Con los solares 1,2 y 3 parte del número 4 con 35 metros; Por el SUR: Solares 15,14 y 13 y parte del N° 12 con 35 metros, Por el ESTE: Con calle pública, con 10 metros y por el OESTE: Con solar N° 8, con 10 metros. Dando una superficie total de 350 metros cuadrados. AVALÚO: El avalúo del solar y casa con cerramiento es de VEINTE MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA.- ( USD $ 20,000.00 ) Por Tratarse del primer señalamiento del remate, no se admitirán ofertas que no cubran por lo menos las 2/3 partes del total del avalúo pericial y consignado el 10% de la oferta en dinero efectivo o en cheque certificado por uno de los Bancos del Sistema Financiero a la orden del Juez de la causa. El remate se lo realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 1.773 del Código Civil. Al tenor de lo dispuesto en el artículo 457 del Código de Procedimiento Civil reformado, los postores deberán ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio. Los impuestos prediales, tasas y otros tributos que se encuentren pendientes de pago, así como los gastos de transferencia de dominio y la plusvalía serán de cuenta del adjudicatario, Más información se la podrá solicitar al Depositario Judicial señor Pedro Reinoso Larrea, quien deberá dar mayor información que el caso requiera o en la Secretaría del Juzgado de Coactiva del Banco Nacional de Fomento, Sucursal El Triunfo. Lo que pongo en su conocimiento del público, para los fines de Ley. El Triunfo 27 de Octubre del 2014 Daniel Alvarado Revelo SECRETARIO AD-HOC COACTIVA Nov. 6-19; Dic. 2 BANCO COOPNACIONAL: Se comunica al público el extravío de la LIBRETA de AHORROS de la Cta. No. 311968023 perteneciente a WILSON BOLIVAR ECHEVERRYA PROAÑO. Particular que se comunica para los fines de ley. Nov. 6-8-10 (157663) INVITA A LAS PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS LEGALMENTE DOMICILIADAS EN EL PAÍS A PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN PARA EL ARRENDAMIENTO DE UN BIEN INMUEBLE, EN EL INTERIOR DE LA BASE AÉREA TAURA, UBICADA EN EL KM. 24 ½ VÍA DURÁN TAMBO, EN LA PROVINCIA DEL GUAYAS, CANTÓN YAGUACHI, CON UN ÁREA APROXIMADA DE 140 MTS CON TODOS LOS SERVICIOS EN PERFECTO ESTADO DE FUNCIONAMIENTO, CON EL OBJETIVO DE QUE SE UBIQUE UNA AGENCIA BANCARIA. PRECIO REFERENCIAL: USD. 500.00 DÓLARES AMERICANOS SIN INCLUIR IMPUESTOS AL VALOR AGREGADO IVA Y SERVICIOS BÁSICOS. TIEMPO: DOS (2) AÑOS. LAS OFERTAS SE RECEPTARÁN HASTA LAS 17H00 DEL DÍA 12/11/14 EN EL INTERIOR DE LA BASE AÉREA SIMÓN BOLÍVAR, UBICADA EN LA PROVINCIA DEL GUAYAS, CANTÓN GUYAQUIL, AV. PEDRO MENÉNDEZ GILBERT Y AV. MACARÁ, EN EL DPTO. COMPRAS PÚBLICAS UBICADO EN EL ANTIGUO COMISARIATO FAE. BRIG. ESTEBAN BENÍTEZ YÉPEZ COMANDANTE COAD, Interino BANCO COOPNACIONAL: Se comunica al público el extravío de CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO de la Cta. No. 291811 perteneciente a RIPALDA ABRIL JOHNNY PAUL. Particular que se comunica para los fines de ley. BANCO COOPNACIONAL: Se comunica al público el extravío de la LIBRETA de AHORROS de la Cta. No. 355889943 perteneciente a SANTANA CEVALLOS NICOLAS. Particular que se comunica para los fines de ley. BANCO COOPNACIONAL: Se comunica al público el extravío de la LIBRETA de AHORROS de la Cta. No. 377765750 perteneciente a ORTIZ CAGUA MARGARETH NATHALY. Particular que se comunica para los fines de ley. Nov. 6-8-10 (157649) Nov. 6-8 (157618) Nov. 6-8-10 (157609) REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL NORTE DEL CANTÓN GUAYAQUIL AB. MARIA MAGDALENA SILVESTRE BARRETO SECRETARIA A: CORDOVA PARRALES PABLO ROBERTO. LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL No. 09201-2014-1715 seguido por CAMPAÑA GARCIA NATHALIA NOEMI, en contra del señor CORDOVA PARRALES PABLO ROBERTO. ACTOR: CAMPAÑA GARCIA NATHALIA NOEMI. DEMANDADA: CORDOVA PARRALES PABLO ROBERTO. OBJETO DE LA DEMANDA: Que la señora Jueza mediante Sentencia declare disuelto el vínculo matrimonial que une a la señora CAMPAÑA GARCIA NATHALIA NOEMI y al señor CORDOVA PARRALES PABLO ROBERTO de conformidad a lo establecido en el artículo 110 Numeral 11 inciso 1 del Código Civil vigente. AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS. UNIDAD JUDICIAL NORTE DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. Guayaquil, martes 16 de septiembre del 2014, las 12h24. VISTOS: Que forme parte del proceso el acta de reconocimiento de la firma y rúbrica de la declaración juramentada de fecha 10 de septiembre del 2014, realizada por CAMPAÑA GARCIA NATHALIA NOEMI, en esta fecha, la Abg. SIXTA AMARILIS BARCOS PORRO, Mst. Jueza de la Unidad Judicial Especializada de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil, encontrándome legalmente en mis funciones de conformidad con lo establecido en los Arts. 171 Y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, publicado en el Registro Oficial No. 544 del 9 de Marzo del 2009, y por disposición del Consejo de la Judicatura, AVOCO, conocimiento de la demanda de divorcio litigioso con tramite VERBAL SUMARIO; DIVORCIO POR CAUSAL; presentada por CAMPAÑA GARCIA NATHALIA NOEMI en contra de CORDOVA PARRALES PABLO ROBERTO, es clara y precisa reúne los requisitos establecidos en el Art. 67 y 1013 del código de procedimiento civil, se la admite al trámite del juicio verbal sumario, de acuerdo en el Art. 118, del código Civil.- En lo principal, por desconocerse el domicilio la parte demandada según afirma bajo juramento.- CITES, con la demanda y esta providencia, por tres veces, en un periódico de esta localidad, las publicaciones se harán mediando ocho días, por lo menos, entre la una y la otra. Al efecto, la actuaria del despacho confiera el extracto respetivo; todo de acuerdo con lo que dispone el art. 82 del Código De Procedimiento Civil.- La parte actora, manifiesta que no han procreado un hijo común del matrimonio, además declara que no han adquirido bienes.- Agréguese a los autos los documentos que adjunta a la demanda la parte actora, tómese en consideración la casilla judicial #4040, así como la autorización que le confiere a su abogado patrocinador, y la dirección de correo electrónico.- Que intervenga en calidad de actuaria del despacho de la Unidad Judicial Especializada de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia Norte del cantón de Guayaquil, la Ab. María Fernanda Roggiero Dick.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.- Hágase saber.- Lo que comunico a usted para los fines de Ley advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación y la de señalar casilla judicial para futuras notificaciones, en caso contrario será tenido o declarado rebelde. CUANTÍA: Indeterminada. JUEZ DE LA CAUSA: ABG. SIXTA AMARILIS BARCOS PORROS, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL NORTE DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL. SIGUE LA CERTIFICACIÓN F) AB. MARIA FERNANDA ROGGIERO DICK, SECRETARIA.- Particular que comunico a Ud., para los fines de Ley.- Guayaquil, miércoles 23 de septiembre del 2014.AB. MARIA FERNANDA ROGGIERO DICK SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL NORTE DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL Nov. 6-19; Dic. 2 (157658) REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO ADJUNTO DÉCIMO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL GUAYAS (157643) AVISO EXTRACTO DE CITACIÓN A: ROSA ANGELICA LUCAS LAGE LE HAGO SABER: Que en ésta Judicatura el señor MARCOS ANGEL PEÑA SALVATIERRA ha presentado el juicio de DIVORCIO CONTROVERTIDO No. 09960-2013-0222, cuyo extracto de demanda y auto en ella recaído es del tenor siguiente: JUZGADO DÉCIMO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL GUAYAS.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa y atento al contrato de Servicios No. 439 - CJT- 09 - RN- 2012, expedido por el Consejo de la Judicatura de Transición a favor del Ab. Walter Guamán Chamba, Juez Temporal del Juzgado Décimo Adjunto de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Guayas.- La demanda que antecede asignada con el No. 0222-2013-B y su complemento presentada por el señor MARCOS ANGEL PEÑA SALVATIERRA contra ROSA ANGELICA LUCAS LAGE, por reunir los requisitos determinados en los artículos 67 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara y precisa razón por lo cual se la admite al trámite de juicio Verbal Sumario.- Cítese a la señora ROSA ANGELICA LUCAS LAGE, en el domicilio que se señala de conformidad a lo dispuesto Art. Innumerado 35 por medio del Departamento de citaciones, y previniéndole la obligación de señalar casillero judicial para sus notificaciones, para lo cual el accionante debe de brindar las facilidades del caso, para que se cumpla con la citación de la demandada. Luego de haberse citado la demandada dótese de curador ad-litem al hijo menor de edad que responden a los nombres de MARCOS GABRIEL PEÑA LUCAS, para lo cual en cualquier día y hora hábil comparecerán a este despacho dos parientes cercanos y a falta de éstos dos personas honorables e insinúen el curador que representará a los menores y que la sociedad conyugal, carecen de bienes por Téngase en cuenta para futuras notificaciones la casilla judicial No. 392, así como la autorización que le confiere a su abogado patrocinador.- HÁGASE SABER.Guayaquil, miércoles 15 de octubre de 2014.Abgda. GLENDA LEON GARCIA SECRETARIA JUZGADO ADJUNTO DÉCIMO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL GUAYAS Nov. 6-19; Dic. 2 (157654) BANCO COOPNACIONAL: Se comunica al público el extravío de la LIBRETA de AHORROS de la Cta. No. 169263440 perteneciente a OCHOA IBARRA CECILIA MARIANA. Particular que se comunica para los fines de ley. Nov. 6-8-10 (157668) A los socios y accionistas de la Compañía de Trasportes S.J Cocotog C.A. se informa que deben concurrir a la empresa hasta 10 de noviembre de 2014, de 13h00 a 15h00 para presentar documentación, para la acreditación de valores por concepto de compensación a media tarifa, que otorga el Gobierno nacional por los meses Noviembre, Diciembre del 2012 y de los meses de Enero a Agosto del 2013. Atentamente. LA GERENCIA (157526) Banco del Pacífico: Al público, comunicamos el extravío del Certificado de Depósito No. 261682025 por USD $5000.00 del Banco del Pacifico S.A., a favor del Sr. PAGUAY JOSE, con fecha de vencimiento 15-Septiembre-2014. Nov. 6-21; Dic. 6 (157689) El Telégrafo I jueves 6 de noviembre del 2014 31 AVISO DE REMATE AVISO DE REMATE Pongo en conocimiento del público, que en Auto dictado el 23 de octubre 2014; a las 10h00, por el señor Juez Nacional de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, dentro del Juicio Coactivo No. 230-2013, se ordenó el remate del bien inmueble embargado, señalándose para el efecto, el día LUNES 29 DE DICIEMBRE DE 2014, el que se llevará a cabo desde las 13h00 hasta las 17h00, en la Secretaría de este Despacho, en el Juzgado de Coactivas de la Corporación Financiera Nacional, ubicado en la Av. 9 de octubre 200 y Pichincha de la ciudad de Guayaquil. CARACTERÍSTICAS DE LOS BIENES A REMATARSE: UN LOTE DE TERRENO DENOMINADO “HACIENDA BIJAHUAL 2” CON UNA EXTENSION DE 100 HECTAREAS, UBICADA EN EL SITIO BIJAHUAL DE LA PARROQUIA Y CANTON FLAVIO ALFARO, PROVINCIA DE MANABI, con los siguientes linderos y medidas: POR EL FRENTE: el río bijahual; POR ATRÁS: Dora Calero Briones; POR UN COSTADO: Agapito Calderón; y, POR EL OTRO COSTADO: Herederos de Nelson López; cuyo avalúo asciende al valor de USD $ 312.457 CON 27/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA); Las características y demás especificaciones podrán ser apreciadas en el Informe de Avalúo que consta en el proceso.Al amparo de lo dispuesto en el artículo 458 del Código de Procedimiento Civil, las posturas se presentarán ante el (la) Secretario (a) Abogado (a) designado (a) dentro del proceso, en la Sala del Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicada en la Avenida 9 de Octubre # 200 y Pichincha, Segundo Piso, en la ciudad de Guayaquil. Las posturas se presentarán por escrito dirigidas al Juez de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, en las que se indicará el número de proceso, el bien y precio por el que se presenta postura, actividad económica del postor y la casilla judicial o correo electrónico para las notificaciones de Ley, debiendo ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión. Conforme el artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, los postores a plazo serán calificados con quince (15) días de anticipación a la realización del remate, para lo cual, deben acudir a las oficinas de la Corporación Financiera Nacional y solicitar los requisitos de toda la información y/o documentación presentar para el proceso de calificación respectivo, para el efecto, el (la) Secretario (a) de Coactiva entregará los formularios correspondientes a las personas interesadas, los cuales también pueden ser obtenidos a través de la página web institucional en www.cfn.fin.ec.- En tal virtud las personas interesadas deberán obtener o retirar la información y/o documentación correspondiente a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos los documentos habilitantes hasta 15 días antes del día del remate; esto es, hasta el día JUEVES 04 DE DICIEMBRE DE 2014, a las 12H00, en el Departamento de Cartera-Administración de Crédito.- No se aceptarán ofertas de postores a plazo que no hubieren sido previamente calificados por la Institución, salvo el caso, de aquellos postores que presenten su postura de contado a la cual deberán acompañar, a demás de la postura, actividad económica del postor y la casilla judicial o correo electrónico para las notificaciones de Ley, debiendo ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión, la siguiente documentación habilitante: 1) Formulario Conoce a tu Postor; 2) Formulario de Licitud de Origen de Fondos; 3) Copia de cédula de ciudadanía o de identidad y papeleta de votación, de ser aplicable también del cónyuge, en caso de personas naturales; copia de nombramiento y Registro Único de Contribuyentes, en caso de personas jurídicas; 4) copia de pago de servicio básicos del domicilio del postor; 5) Declaración de Persona Expuesta Políticamente, en caso de ser aplicable. No se admitirán posturas tachadas, corregidas o ininteligibles, así como las que no vayan acompañadas de los documentos habilitantes exigidos por la Corporación Financiera Nacional, así como aquellas que no contengan por lo menos, el diez por ciento del valor total de la oferta, el que se consignará en cheque certificado, cheque de Gerencia a la orden de la Corporación Financiera Nacional, o depósito efectuado a la cuenta de la Corporación Financiera Nacional; tampoco se admitirán las que fueren presentadas antes de las trece horas o después de las diecisiete horas del día señalado para el remate. Por tratarse del SEGUNDO SEÑALAMIENTO conforme a lo previsto en el Art. 471 del Código de Procedimiento Civil, tampoco se admitirán posturas por menos de la mitad del valor del avalúo del bien a rematar. Según el mandato del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, se podrá aceptar posturas en las cuales se fijen plazos de hasta ocho años para el caso de bienes inmuebles y de tres para los bienes muebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 461 del Código de Procedimiento Civil, antes de cerrarse el remate, el deudor puede librar sus bienes, pagando la deuda, intereses y costas.- El remate del bien inmueble se lo realizará de conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil y se lo entregará en el estado en que se encuentre, el mismo que es de pleno conocimiento y aceptación del postor.- Todos los costos y gastos que demande la transferencia de la propiedad objeto del remate, serán de responsabilidad del postor/adjudicatario. Así mismo, las costas y gastos que se generen a partir de la fecha en que se dicte el correspondiente auto de adjudicación, serán a cargo del adjudicatario. De igual forma los impuestos municipales, prediales, las tasas, servicios de luz, agua, teléfono y condominio (en caso de que sean bienes que se encuentren en propiedad horizontal) serán con cargo al coactivado.- Si fuera una persona natural que resultare ser la adjudicataria de los bienes a rematarse deberá contratar un seguro de desgravamen, siempre y cuando se rematare el bien a plazos. La Actuaria del despacho, elabore el aviso correspondiente que se publicará por tres ocasiones en diario El Telégrafo, así también, que la Gerencia Nacional de Mercadeo y Promoción y/o la Gerencia de División de Informática y/o la unidad administrativa competente publiquen la información correspondiente en la página web institucional en www.cfn.fin.ec. Hecho vuelvan los autos para proveer lo que corresponda.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.-f) Dr. Jorge Chang Ycaza, Juez Delegado de Coactivas. Lo que comunico al público, para los fines de Ley.- Pongo en conocimiento del público, que en Auto dictado el 28 de octubre 2014; a las 09h30, por el señor Juez Nacional de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, dentro del Juicio Coactivo No. 426-2010, se ordenó el remate del bien inmueble embargado, señalándose para el efecto, el día LUNES 29 DE DICIEMBRE DE 2014, el que se llevará a cabo desde las 13h00 hasta las 17h00, en la Secretaría de este Despacho, en el Juzgado de Coactivas de la Corporación Financiera Nacional, ubicado en la Av. 9 de octubre 200 y Pichincha de la ciudad de Guayaquil. CARACTERÍSTICAS DE LOS BIENES A REMATARSE: a).- solar y villa modelo Oliva signada con el No. 13 de la Mz. 05 del sector A, también conocido como sector Aguamarina de la Urbanización Matices de Samborondon en la parroquia Aurora, Cantón Daule, Provincia del Guayas, el mismo que se encuentra circunscrito dentro de los siguiente linderos y medidas: POR EL NORTE: solar No. 19 con 8 metros; POR EL SUR: Vía publica con 8 metros; POR EL ESTE: solar No. 12 con 24.53 metros; y, POR EL OESTE: Solares 14, 15 y 16 con 24.7 metros; con una superficie de 193,38 M2; y b).- solar No. 13 de la Mz. 114 del sector Carbo Viteri en el Cantón salinas, provincia de Santa Elena, el mismo que se encuentra circunscrito dentro de los siguiente linderos y medidas: POR EL NORTE: fracción No. 4 con 11 metros; POR EL SUR: calle publica con 10 metros; POR EL ESTE: solar No. 7 con 18.50 metros; y, POR EL OESTE: Solar No. 3 con 16.30 metros; con una superficie de 193,38 M2; con una superficie de 184.00 m2: cuyos avalúos ascienden al valor de USD $ 75.651,60 CON 00/100 y USD$ 46.741,00 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, respectivamente; Las características y demás especificaciones podrán ser apreciadas en el Informe de Avalúo que consta en el proceso.Al amparo de lo dispuesto en el artículo 458 del Código de Procedimiento Civil, las posturas se presentarán ante el (la) Secretario (a) Abogado (a) designado (a) dentro del proceso, en la Sala del Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicada en la Avenida 9 de Octubre # 200 y Pichincha, Segundo Piso, en la ciudad de Guayaquil. Las posturas se presentarán por escrito dirigidas al Juez de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, en las que se indicará el número de proceso, el bien y precio por el que se presenta postura, actividad económica del postor y la casilla judicial o correo electrónico para las notificaciones de Ley, debiendo ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión. Conforme el artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, los postores a plazo serán calificados con quince (15) días de anticipación a la realización del remate, para lo cual, deben acudir a las oficinas de la Corporación Financiera Nacional y solicitar los requisitos de toda la información y/o documentación presentar para el proceso de calificación respectivo, para el efecto, el (la) Secretario (a) de Coactiva entregará los formularios correspondientes a las personas interesadas, los cuales también pueden ser obtenidos a través de la página web institucional en www.cfn.fin.ec.- En tal virtud las personas interesadas deberán obtener o retirar la información y/o documentación correspondiente a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos los documentos habilitantes hasta 15 días antes del día del remate; esto es, hasta el día JUEVES 04 DE DICIEMBRE DE 2014, a las 12H00, en el Departamento de Cartera-Administración de Crédito.- No se aceptarán ofertas de postores a plazo que no hubieren sido previamente calificados por la Institución, salvo el caso, de aquellos postores que presenten su postura de contado a la cual deberán acompañar, a demás de la postura, actividad económica del postor y la casilla judicial o correo electrónico para las notificaciones de Ley, debiendo ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión, la siguiente documentación habilitante: 1) Formulario Conoce a tu Postor; 2) Formulario de Licitud de Origen de Fondos; 3) Copia de cédula de ciudadanía o de identidad y papeleta de votación, de ser aplicable también del cónyuge, en caso de personas naturales; copia de nombramiento y Registro Único de Contribuyentes, en caso de personas jurídicas; 4) copia de pago de servicio básicos del domicilio del postor; 5) Declaración de Persona Expuesta Políticamente, en caso de ser aplicable. No se admitirán posturas tachadas, corregidas o ininteligibles, así como las que no vayan acompañadas de los documentos habilitantes exigidos por la Corporación Financiera Nacional, así como aquellas que no contengan por lo menos, el diez por ciento del valor total de la oferta, el que se consignará en cheque certificado, cheque de Gerencia a la orden de la Corporación Financiera Nacional, o depósito efectuado a la cuenta de la Corporación Financiera Nacional; tampoco se admitirán las que fueren presentadas antes de las trece horas o después de las diecisiete horas del día señalado para el remate. Por tratarse del PRIMER SEÑALAMIENTO conforme a lo previsto en el Art. 468 del Código de Procedimiento Civil, tampoco se admitirán posturas por menos de las dos terceras partes del valor del avalúo del bien a rematar. Según el mandato del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, se podrá aceptar posturas en las cuales se fijen plazos de hasta ocho años para el caso de bienes inmuebles y de tres para los bienes muebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 461 del Código de Procedimiento Civil, antes de cerrarse el remate, el deudor puede librar sus bienes, pagando la deuda, intereses y costas.- El remate del bien inmueble se lo realizará de conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil y se lo entregará en el estado en que se encuentre, el mismo que es de pleno conocimiento y aceptación del postor.- Todos los costos y gastos que demande la transferencia de la propiedad objeto del remate, serán de responsabilidad del postor/adjudicatario. Así mismo, las costas y gastos que se generen a partir de la fecha en que se dicte el correspondiente auto de adjudicación, serán a cargo del adjudicatario. De igual forma los impuestos municipales, prediales, las tasas, servicios de luz, agua, teléfono y condominio (en caso de que sean bienes que se encuentren en propiedad horizontal) serán con cargo al coactivado.- Si fuera una persona natural que resultare ser la adjudicataria de los bienes a rematarse deberá contratar un seguro de desgravamen, siempre y cuando se rematare el bien a plazos. La Actuaria del despacho, elabore el aviso correspondiente que se publicará por tres ocasiones en diario El Telégrafo, así también, que la Gerencia Nacional de Mercadeo y Promoción y/o la Gerencia de División de Informática y/o la unidad administrativa competente publiquen la información correspondiente en la página web institucional en www.cfn.fin.ec. Hecho vuelvan los autos para proveer lo que corresponda.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.-f) Dr. Jorge Chang Ycaza, Juez Delegado de Coactivas. Lo que comunico al público, para los fines de Ley.- Dr. Omar Obando Rosero SECRETARIO DEL PROCESO CORPORACION FINANCIERA NACIONAL Dr. Omar Obando Rosero SECRETARIO DEL PROCESO CORPORACION FINANCIERA NACIONAL Nov. 06-19; Dic. 03 (157404) Nov. 06-19; Dic. 03 (157405) CASILLA No. 2994 REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL SUR DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUAYAQUIL Oficio. 50.064 -UJFMNA-G-SUR EXTRACTO DE CITACIÓN A: VICTOR ENRIQUE CEDEÑO YANEZ. LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de Divorcio por Causal No. 3606-2013, seguido por ROSA DE LOURDES NARVAEZ TAPIA en contra del señor VICTOR ENRIQUE CEDEÑO YANEZ. ACTORA ROSA DE LOURDES NARVAEZ TAPIA: DEMANDADO: VICTOR ENRIQUE CEDEÑO YANEZ. OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia, quede disuelto el vínculo matrimonial entre los cónyugues amparado en el Código Civil Ecuatoriano. AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTÓN GUAYAQUIL.Guayaquil, martes 26 de febrero del 2013, las 15h20. VISTOS: Puesta en mi Despacho en esta fecha, en lo principal, Habiéndose dado cumplimiento a lo ordenado en providencia de fecha 14 de febrero del año 2013; esto es, que la actora, ha comparecido y ha declarado bajo juramento que le es imposible determinara la individualidad o residencia del demandado y que ha hecho lo posible por encontrarlo. Por lo que la demanda de DIVORCIO POR CAUSAL que interpone la señora ROSA DE LOURDES NARVAEZ TAPIA, se la califica de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, se la admite al trámite verbal sumario.CÍTESE al demandado señor VICTOR ENRIQUE CEDEÑO YANEZ, por la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad, que puede ser El UNIVERSO, El EXPRESO O El TELÉGRAFO, de conformidad, con lo que determina, el art. 82 del C. P. C.; y conforme lo establece el art. 119 del C. C.; esto es, que debe ser por tres publicaciones, mediando término de ocho días laborables, por lo menos, entre la una y la otra. Debiendo el Actuario del Despacho, conferir los extractos respectivos para su publicación. A la parte demandada se le previene de la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar domicilio judicial para sus notificaciones, caso de no comparecer a juicio dentro del término de ley, se procederá en rebeldía.A a los hijos menores de edad, se los proveerá de curador especial, una vez trabada la Litis.- Notifíquese y cúmplase.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTÓN GUAYAQUIL.- Guayaquil miércoles 15 de octubre del 2014, las 09h03.- Abogado GEORGE WILLIAMS ZAVALA CASTRO, Juez Titular de Primer Nivel nombrado mediante acción de personal No. 3615-DNTH2014 del 8 de Mayo del 2014.- Avoco conocimiento de la presente causa. Agréguese a los autos escritos de fecha 12 de Septiembre del 2014, 09 de Octubre del 2014. Proveyéndolos se dispone: Que el Ayudante judicial al día realice el extracto de citación dispuesto en auto que antecede. Téngase en consideración la casilla judicial y el correo electrónico que señala la actora para sus notificaciones, así como la autorización concedida a su abogado patrocinador. Notifíquese y Cúmplase CUANTÍA: INDETERMINADA.JUEZ DE LA CAUSA: AB. GEORGE ZAVALA CASTRO, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL SUR DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUAYAQUIL Y ABOGADO SANTIAGO REAL HOJAS SECRETARIO QUE CERTIFICA.Guayaquil, 22 DE OCTUBRE DEL 2014 CONSTRUCTORA SELVA NORTE CIA LTDA CONVOCATORIA CONVOCATORIA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS Se convoca a todos los accionistas de la COMPAÑÍA VALTHOMIG S.A., a la JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, que se realizará el día miércoles 19 de noviembre de 2014, en las oficinas de la empresa ubicadas en la Av. 6 de Diciembre s/n y Av. Whimper del Distrito Metropolitano de Quito, a las 10h00, en la misma que se tratará el siguiente punto del orden del día: ÚNICO.- Nombramiento de Gerente General y Presidenta de la compañía, para el período estatutario 2014 - 2019. En observancia de lo establecido en el artículo 236 de la Ley de Compañías y de lo previsto en el artículo del Estatuto Social, se convoca a los señores accionistas de la compañía CONSTRUCTORA SELVA NORTE CIA LTDA a la Junta General Ordinaria que se celebrará el día 17 de noviembre del 2014, a las 16:00 en la dirección de la compañía, ubicada en la Avenida Quito 910 y 20 de Junio, de la ciudad de Lago Agrio para conocer, tratar y resolver sobre el siguiente orden del día: 1.- 2.3.- 4.- Se ruega a los accionistas de la Compañía puntualidad y asistencia, dada la importancia del asunto a tratar. En el Distrito Metropolitano de Quito, a los 04 días del mes de noviembre de 2014. 5.- 6.- Los informes del señor Gerente General acerca de los negocios sociales de la compañía por los ejercicios económicos de los años fiscales 2008-20092010-2011-2012; Lectura y aprobación del Informe de auditoría de los años fiscales 20082009-2010-2011-2012; Conocer y resolver las cuentas de pérdidas y ganancias y balances de la Compañía, por los ejercicios económicos de los años fiscales 2008-20092010, 2011 y 2012; El destino de los beneficios sociales generados durante el ejercicio económico de los años 2008-2009-2010, 2011 y 2012; Autorización al gerente general del actual periodo para tomar las medidas necesarias, por todos los actos ocasionado en contra de CONSTRUCTORA SELVA NORTE CIA LTDA por parte de la anterior administración. Cambio de domicilio de La compañía a la ciudad de Quito. Quito, 31 de octubre de 2014 De conformidad a los astutos sociales, la ley de compañías y su reglamento se convoca a los ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTES EN TAXIS EXPRESSNOR S.A., a la junta general de socios que tendrá lugar el día 15 de noviembre a las 10 am horas. En el domicilio de la compañía ubicada en la calle N76 NÚMERO OE18-25 e intersección OE18A en el sector LA PLANADA CASA COMUNAL La junta general extraordinaria deberá conocer y resolver el siguiente orden del día. 1.- Constatación de Quórum 2.- Elección De Director principal y suplente. 3.- Elección de Comisario. Se solicita puntual asistencia. Sr. Alberto Muela GERENTE GENERAL COMPAÑÍA DE TRANSPORTE EN TAXIS EXPRESSNOR S.A Atentamente Alberto Cantillana Rojas GERENTE GENERAL A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE COMPAÑÍA DE TRANSPORTE EN TAXIS EXPRESSNOR S.A Manuel Apolo PRESIDENTE (157560) (157627) (157596) ABG. SANTIAGO REAL HOJAS SECRETARIO DE LA UNIDAD SUR FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Nov. 6-19; Dic. 2 (157650) AVISO DE REMATE JUZGADO TERCERO DE INQUILINATO Y RELACIONES VECINALES DE PICHINCHA ACTORA: BAYARDO NEPTALI CEVALLOS VIERA. DEMANDADO: JOSE AGUSTIN CASTRO LAFUENTE FUNDAMENTO LEGAL: Art. 30 literal a) de la Ley de Inquilinato JUICIO : Verbal Sumario No. 0344-2011-AG. SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL QUE EN LA SECRETARÍA DEL JUZGADO TERCERO DE INQUILINATO DE QUITO, EL DÍA JUEVES DIECIOCHO DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014, DESDE LAS TRECE HORAS Y HASTA LAS DIECISIETE HORAS SE LLEVARA A CABO EL REMATE DE LOS BIENES MUEBLES, CUYAS CARACTERÍSTICAS Y DEMÁS ESPECIFICACIONES SE DETALLAN EN LA SIGUIENTE PROVIDENCIA: JUZGADO TERCERO DE INQUILINATO Y RELACIONES VECINALES DE PICHINCHA.Quito, jueves 16 de octubre del 2014, las 15h20. Agréguese a los autos, el escrito presentado.- En atención al escrito que antecede, vista la razón entada por la Secretaria Encargada de esta Judicatura, y aprobado que ha sido el informe del avalúo de los bienes embargados, de conformidad a lo determinado en el Art. 456, 457 y 458 del Código de Procedimiento Civil, se dispone el remate de los bienes muebles embargados dentro de la presente causa, para lo cual se señala el día jueves dieciocho de diciembre del año 2014, desde las trece hasta las diecisiete horas, en la Secretaría del Juzgado Tercero de Inquilinato.- El remate de los siguientes bienes muebles: Una maquina rebanadora de esponja, estructura metálica, sobre caballetes metálicos, sin marca ni numeración visible industria nacional, con 2 motores eléctricos, uno marca GENERAL ELECTRIC, modelo 5K145BL254A, sin numeración visible, y otro motor eléctrico marca DELCO, modelo B2234A1A, color azul, dimensión aproximada de cinco metros de largo por tres metros de ancho, usadas.- Dos mesas de trabajo, estructura metálica y tablero de madera, de aproximadamente dos metros por dos metros.- Dos mesas de trabajo base metálica giratoria y tableros metálicos, de dos por un metro aproximadamente, usadas.- Una balanza metálica, marca SISBAL, modelo SA60, serie 1975, usada.- Una mesa base metálica y tablero de madera café, de dos por un metro aproximadamente, usada.- Cuatro sillas con armazón metálico, tapizadas con tela azul.- Un Computador compuesto de: monitor marca LG, modelo C17LC-0, serie 508MXMTOL331.CPU - ZIP, DISC SAMSUNG, sin número visible.- Teclado, marca GENIOS, modelo ZM3100306441.- Mouse, marca GENIUS, modelo 144201000617.- Impresora, marca LEX MARCK Z25, modelo 52312447094, usados.- Un computador, monitor marca SAMSUNG, modelo 551V, No. AN15HCBW2041250.- CPU, marca SUPER POWER, sin números visibles, color crema.- Un teclado, marca GENIUS, modelo K639, No. ZM4115107756.- Una impresora, marca EPSON LX300, modelo P170A, No. ETUY252232, usadas, desconociéndose su funcionamiento.- Un armazón metálico portarrollos de tres compartimientos, usado.- Un cabezote máquina de coser Overlock, eléctrica, portátil, marca JANOME MYLOCK 203, No. 7840H6654, con pedal CONTROLLER, usada, desconociéndose su funcionamiento.- Un cabezote máquina de coser, marca BROTHER VX-1120, No. 885412, portátil, usada, desconociéndose su funcionamiento.- Una mesa circular de madera, usada.- Un DVD, marca DAWEOO, modelo DG-K23, No. 501AG01822, sin cables, usado, desconociéndose su funcionamiento.- Una silla giratoria, base metal-plástica, tapizadas con tela azul, usada.- Un motor eléctrico ECERLE, modelo S71B4, No. 0397, plomo, usado.- Un motor eléctrico, marca LOHER&SOHNE, No. 627987, verde, usado.- Un motor eléctrico DAYTON, modelo 2N915E, gris.- Un motor eléctrico sin marca y numeración visibles, verde, usado, los mismos que se hallan deteriorados sin conocer su funcionamiento.- El Avalúo total de los bienes asciende a la suma de QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO DÓLARES AMERICANOS ($548.00).- Realicese las tres publicaciones por la prensa, fíjese los carteles en los lugares más visibles.- Por tratarse de primer señalamiento, se aceptarán posturas que cubran las dos terceras partes del avalúo pericial.- Las posturas deberán acompañar del 10% del valor total de la oferta, en efectivo o en cheque certificado a orden del Juzgado, para seriedad de la misma.- Actúe, la Lic. Myriam Fuertes Romero, en calidad de Secretaria Encargada de este Juzgado, según acción de personal número 6366-DP-UPTH de 22 de Agosto del año 2014.- Notifíquese. f).- DRA. PATRICIA VITERI MOYA, JUEZA. Particular que pongo en conocimiento del público para los fines de Ley.- CONVOCATORIA A LA PARTICIPACIÓN SOCIAL DEL BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL (Expost) del Proyecto: OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO DE LAS ACTIVIDADES DE PROCESAMIENTO Y EMPACADO DE CAMARÓN DE LA EMPRESA WINREP S.A. La M. I. Municipalidad de Guayaquil como Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable y la Empresa WINREP S.A. en ejercicio de la facultad prevista en el Artículo 12 del Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental; Decreto Ejecutivo No. 1040, publicado en el Registro Oficial No. 332, del 8 de mayo del 2008, acorde con la Normativa ambiental vigente (Acuerdo Ministerial No. 066 convocan a las Autoridades Nacionales, Gobiernos Seccionales, Representantes Comunitarios y Público en general a la Audiencia Pública del borrador del “Estudio de impacto Ambiental Proyecto: OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO DE LAS ACTIVIDADES DE PROCESAMIENTO Y EMPACADO DE CAMARÓN DE LA EMPRESA WINREP S.A.” LCDA. MYRIAN FUERTES SECRETARIA ENCARGADA JUZGADO TERCERO DE INQUILINATO Nov. 6-19; Dic. 2 (157619) La Dirección Nacional de Intervención del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, de conformidad con lo establecido en los artículos 144, 145 inciso primero y segundo, 205, 212 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones; en concordancia con los artículos 104, 114 del Reglamento al Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio del Libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones; la Resolución DGN-2011-0495, del 31 de Agosto -2011, suscrita por el señor Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, publicada en el R.O. 555 el 13 de Octubre de 2011; en los artículos 88, 90 inciso final, 91 y 68 del Código Orgánico Tributario, en concordancia con el Art. 212 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, la Dirección Regional de Intervención 1, de la Dirección Nacional de Intervención, del Servicio de Aduana del Ecuador, dispone notificar por la prensa, conforme lo dispuesto en los Artículos 85, 105, 107 numeral cuarto y 111 del Código Orgánico Tributario el requerimiento de información que se detalla en el cuadro siguiente: TIPO DE DOCUMENTO / No. DOCUMENTO REFRENDO EXTRACTO WINREP S.A. es una empresa ubicada en la ciudad de Guayaquil, su actividad principal es el empacado de camarón en cautiverio (granjas acuícolas) para exportación y mercado interno, ubicada en Mapasingue Oeste, Km. 5.5 de la vía Guayaquil -Daule. El EIA expost, a presentar corresponde a un estudio ambiental en fase de operación. La empresa inició sus labores en el segundo semestre del año 2013, anteriormente las instalaciones pertenecían a la empresa PRODUMAR, del grupo Tropical Packing, la misma que disponía de todos los estudios ambientales y sus efluentes cumplían las Normas y Ordenanzas municipales, cumpliendo con la Legislación Ambiental vigente, pone en consideración de la comunidad el Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental. REQUERIMIENTO DE INFORMACION /SENAE-DNI-2014-1293-OF ********* NOTIFICACIÓN DE INICIO DE CONTROL /JRP3-2014-0099-I001 ********* RAZÓN SOCIAL LICORES NACIONALES Y EXTRANJEROS LIQUORS CIA. LTDA. MILLYS ZAPATOS Y CARTERAS RUC 1790013391001 0702276072001 REPRESENTANTE LEGAL ROMAN DAVALOS ARTURO CI. 1705897294 TENESACA ORTIZ EDRIZ PABLO ECO. MAX AGUIRRE NARVAEZ. DIRECTOR NACIONAL DE INTERVENCIÓN DIRECCIÓN NACIONAL DE INTERVENCIÓN SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR AUDIENCIA Y PRESENTACIÓN PÚBLICA: Fecha: Hora: Lugar: Viernes 14 de Noviembre del 2014 10h00 am Oficinas de la Empresa Winrep S.A., en Mapasingue Oeste, Km 5.5 vía Guayaquil-Daule (al lado del Colegio Dolores Sucre). Se ha instalado un punto de información y revisión del borrador del Estudio de Impacto Ambiental (Expost) en las Oficinas de la Empresa Winrep S.A., previo a la Audiencia Pública. Periodo de Atención: 07 de noviembre 2014 hasta el 21 de noviembre de 2014 Horario de Atención: 9H00 hasta 12H00 y de 15h00 hasta 17H00 Representante: Teléfono: 6008777 Para Mayor Información: El borrador del documento estará publicado en la página Web www.guayaquil.gov.ec de la M. I. Municipalidad de Guayaquil Las observaciones y comentarios de la ciudadanía se recibirán al correo electrónico: Ing. Gabriela Castillo, [email protected]; [email protected], Ab. Antonio Gómez, Representante Legal, Ing. Faviola Estupiñán: [email protected]; Dra. Alexandra Quesada de Mejía: [email protected], Facilitadora, hasta el 21 de noviembre de 2014. Esperando contar con su valiosa presencia, anticipamos nuestro más sincero agradecimiento. Atentamente. SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR Ab. Antonio Gomez Aguirre Representante Legal WINREP S.A. (157647) SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR La Dirección Nacional de Intervención del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, de conformidad con lo establecido en los artículos 144, 145 inciso primero y segundo, 205, 212 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones; en concordancia con los artículos 104, 114 del Reglamento al Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio del Libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones; la Resolución DGN-2011-0495, del 31 de Agosto -2011, suscrita por el señor Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, publicada en el R.O. 555 el 13 de Octubre de 2011; en los artículos 88, 90 inciso final, 91 y 68 del Código Orgánico Tributario, en concordancia con el Art. 212 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, la Dirección Regional de Intervención 1, de la Dirección Nacional de Intervención, del Servicio de Aduana del Ecuador, dispone notificar por la prensa, conforme lo dispuesto en los Artículos 85, 105, 107 numeral cuarto y 111 del Código Orgánico Tributario el requerimiento de información que se detalla en el cuadro siguiente: TIPO DE DOCUMENTO / No. DOCUMENTO REFRENDO RAZÓN SOCIAL RUC NOTIFICACIÓN DE REQUERIMIENTO DE INFORMACION/ SENAE-DRI1-2014-1045-OF 2820111010125579 IMPORTADORA AIG COMPAÑIA ANONIMA 0991264205001 ING. SIXTER PARDO ZUÑIGA. DIRECTOR REGIONAL DE INTERVENCIÓN 1 (E) DIRECCIÓN NACIONAL DE INTERVENCIÓN SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR REPRESENTANTE LEGAL LOPEZ JARA OLIVA DE LOURDES CI. 0101497246 32 El Telégrafo I jueves 6 de noviembre del 2014 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL EXTRACTO JUDICIAL A: Compañía inmobiliaria Campo Alegre representada por el Ab. Jaime Del Hierro Cordero, y a todos las personas que se creyeren con derechos reales sobre el bien inmueble de la Litis. SE LES HACE SABER: Que por sorteo ha tocado conocer a esta Judicatura la presente causa de Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de Dominio No. 59811-2014, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: Peppina Victoria Teresa Schettino Faubla. DEMANDADOS: Compañía inmobiliaria Campo Alegre representada por el Ab. Jaime Del Hierro Cordero, y a todas las personas que se creyeren con derechos reales sobre el bien inmueble materia de la Litis. OBJETO DE LA DEMANDA: Que se declare la prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio del bien inmueble compuesto de solar signado con el No. 25, manzana 207 (actual manzana 1047), sector II Urbanización Urdenor, parroquia Tarqui, en esta ciudad de Guayaquil, con los siguientes linderos: Norte, Solar No. 26, con 15 metros, Sur, Solar No. 24, con 15 metros, Este, Calle Pública, con 8 metros; Oeste, Solar 09, con 8 metros; medidas que hacen, una superficie de Ciento Veinte Metros Cuadrados (120,00m2) AUTO INICIAL: Guayaquil, 7 de julio de 2014, las 16h20.- Se aceptó la demanda al trámite por reunir los requisitos legales; que se cite a la Compañía inmobiliaria Campo Alegre representada por el Ab. Jaime Del Hierro Cordero, y a todas las personas que se creyeren con derechos reales sobre el bien inmueble materia de la Litis, por la prensa, por medio de tres publicaciones que se harán en uno de los periódicos que se editan en esta ciudad, en tres días diferentes conforme lo establece el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, para que dentro del término de quince días presenten las excepciones dilatorias y perentorias de las que se crean asistidos bajo apercibimiento de Ley.JUEZ DE LA CAUSA: Dr. José Sotomayor Terán, Juez de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil.Particular que pongo en conocimiento de ustedes para los fines de Ley, previniéndole de las obligación que tienen de señalar casillero judicial para futuras notificaciones, así como la de comparecer a juicio dentro de los vente días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario serán tenido o considerado rebelde. REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN A: PABLO FRANKLIN SORIANO YAGUAL - CATALINA BORBOR LE HAGO SABER: Que en este Juzgado por sorteo se ha presentado la demanda PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO No. 1911-F-2014, seguido por: JULIO SIGIFREDO JARAMILLO MUÑOZ, contra PABLO SORIANO y OTRO.PROVIDENCIA: Dictada el día GUAYAQUIL, 31 de ENERO de 2013; las 11H50.- VISTOS: En mérito de la acción de personal No. 3786-UARH-KZF, de fecha 24 de Julio del 2012, remitida por el Consejo de la Judicatura, avoco conocimiento de la presente causa.- La demanda que antecede presentada por JULIO SIGIFREDO JARAMILLO MUÑOZ, se la califica de clara, precisa y completa porque reúne los requisitos de ley.- Por tanto se acepta la demanda al trámite del juicio ordinario y consecuentemente se da traslado con la misma, con apercibimiento en rebeldía a PABLO FRANKLIN SORIANO YAGUAL y CATALINA BORBOR, a quien se le concede el término de quince días para que la conteste proponiendo conjuntamente las excepciones dilatorias y perentorias de las que se consideren asistidos.- Cítese a PABLO FRANKLIN SORIANO YAGUAL y CATALINA BORBOR, de conformidad a lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, esto es, citar por medio de tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad.- Téngase en cuenta la autorización profesional que le concede a sus abogados patrocinadores.- Intervenga el Ab. José Sotomayor Coronel, como secretario encargado del Juzgado por Acción de Personal No.- 5643-UARH-KZF, de fecha 18 de octubre del 2012.- Hágase saber.- Advirtiéndole la obligación que tiene de comparecer a juicio, señalando casillero judicial para las notificaciones correspondientes, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso de no comparecer a juicio será considerada rebelde. JUEZ TITULAR: AB. ROBERTO ANGULO LUGO SECRETARIO: AB. PABLO VERGARA RAZZETO CUANTÍA: INDETERMINADA Guayaquil, 23 de octubre del 2014 Guayaquil, 11 de septiembre de 2014 Pablo Vergara Razzeto ABOGADO SECRETARIO AB. CHRISTIAN CRIOLLO ESCALANTE SECRETARIO AVISO DE REQUERIMIENTO A LOS ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA JAMILSA S. A. "EN LIQUIDACIÓN" AB. GINA PITA PAZMIÑO Secretaria Titular del Juzgado Décimo Cuarto de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Guayas De conformidad con lo señalado en el Art. 393 de la Ley de Compañías, notifico a los acreedores de la compañía JAMILSA S. A. "EN LIQUIDACIÓN" para que en el término de veinte días, contados desde la última publicación del presente aviso, concurran en horas de oficina ante el infrascrito Liquidador, en el local social ubicado en el 1er. piso alto del edificio Inrapallo, sito en la manzana 207, solares 1 y 2, calles Eugenio Almazán y Miguel H. Alcívar, ciudadela Nueva Kennedy, en esta ciudad de Guayaquil, a presentar la documentación respectiva que acredite su derecho como acreedores, previniéndoles que en caso de no hacerlo, no se los tomará en consideración en la liquidación de la compañía. Guayaquil, 31 de octubre del 2014 Nov. 6-7-8 (157613) Banco del Pacífico: Al público, comunicamos el extravío del Certificado de Depósito No. 261627188 por USD $5543.46 del Banco del Pacifico S.A., a favor del Sr. REMOSO CHAGUAY ESTEBAN ENRIQUE, con fecha de vencimiento 4-Noviembre-2013. 240162014002176 2175/2014 KELLY FLORES UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA PRIMERA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PROVINCIA DE SANTA ELENA EXTRACTO DE CITACIÓN QUE el 28 de marzo de 2014, se ha otorgado ante el Notario Sexto del cantón Cuenca, la escritura pública de cambio de domicilio y reforma del estatuto de la compañía HERBOLOGICS S.A.; QUE la Subdirección de Actos Societarios ha emitido informe favorable SCV-INC-DNASDSAS-14-0739 de 25 se agosto de 2014, para la aprobación solicitada; En ejercicio de las atribuciones delegadas por el Superintendente de Compañías y Valores mediante Resolución ADM 14-002 de 6 de febrero de 2014; RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR: a) el cambio de domicilio de la compañía HERBOLOGICS S.A., de la ciudad de Guayaquil al cantón Cuenca, provincia de Azuay; y, b) la reforma del estatuto constante en la referida escritura, por ser procedente de acuerdo al informe favorable contenido en el Memorando SCV-INC-DNASD-SAS-14-0739 de 25 de agosto de 2014 emitido por la Subdirección de Actos Societarios, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley de Compañías. ARTÍCULO SEGUNDO.- ORDENAR que un extracto de la respectiva escritura pública se publique por tres días consecutivos, en uno de los diarios de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía, a fin de que quienes se consideren con derecho para oponerse a la inscripción de estos actos, presenten su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía para su correspondiente trámite en la forma y términos señalados en los artículos 87, 88, 89 y 90 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición. ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER: a) Que el Notario ante el cual se otorgó la escritura pública que se aprueba tome nota al margen de la matriz, del contenido de la presente Resolución y siente razón de esta anotación; b) Que el Registrador Mercantil o de la Propiedad a cargo del Registro Mercantil del domicilio al que se cambia la compañía inscriba la referida escritura junto con la presente Resolución, archive una copia de dicha escritura y devuelva las restantes con la razón de la inscripción que se ordena; y, c) Que el Notario ante el cual se otorgó la escritura pública de constitución de la compañía y el Registrador Mercantil del domicilio actual de la compañía citada anteriormente, tomen nota del contenido de la presente resolución al margen de la matriz. Cumplido, sentará razón de lo actuado. CUMPLIDO, vuelva el expediente. COMUNÍQUESE.- DADA y firmada en la Superintendencia de Compañías y Valores, en Guayaquil, a 3 de septiembre del 2014. A: JOHANNA DENISSE y EVELYN ESTEFANIA DE LA CRUZ VILLON LES HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Juicio de CADUCIDAD DEL DERECHO DE ALIMENTOS No. 2175-2014, seguido por el señor FLABIO ANIBAL DE LA CRUZ PERERO, en contra de los señores JOHANNA DENISSE y EVELYN ESTEFANIA DE LA CRUZ VILLON ACTOR: FLABIO ANIBAL DE LA CRUZ PERERO DEMANDADOS: JOHANNA DENISSE y EVELYN ESTEFANIA DE LA CRUZ VILLON OBJETO DE LA DEMANDA: Que la señora Jueza mediante Resolución declare la extinción de alimentos, en contra de los señores JOHANNA DENISSE y EVELYN ESTEFANIA DE LA CRUZ VILLON, de conformidad a lo establecido en el Artículo innumerado 34, numeral 3 y siguientes del Código de la Niñez y Adolescencia, en concordancia con el artículo 328, numeral 4to. Del Código Civil vigente. AUTO INICIAL: En la ciudad de SANTA ELENA CABECERA CANTONAL Y CAPITAL DE PROVINCIA, a dieciocho de septiembre de dos mil catorce, a las dieciséis horas y diez minutos. Agréguese a los autos, el escrito presentado por la parte accionante de fecha viernes cinco de septiembre del dos mil catorce en el que manifiesta que por segunda ocasión se le envía a completar, cuando con escrito de fecha cinco de agosto del dos mil catorce, a las trece horas y quince minutos, dio cumplimiento a lo ordenado mediante decreto de fecha treinta y uno de julio del dos mil catorce, a las catorce horas y cuarenta minutos. En lo principal, de una revisión exhaustiva de los autos y de los documentos aparejados a la demanda inicial, efectivamente la parte actora ha dado cumplimiento con lo requerido en decreto de fecha treinta y uno de julio del dos mil catorce, a las catorce horas y cuarenta minutos, por lo que de oficio se revoca el auto de fecha tres de septiembre del dos mil catorce, a las catorce horas y cuatro minutos, y en su lugar se procede a calificar la demanda de Caducidad del derecho, la misma que por ser clara, completa, precisa, ya que reúne los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 67, 68 del Código de Procedimiento Civil se la declara completa aceptándola al trámite dispuesto en el Articulo Innumerado 34 y siguientes de la Reforma al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. En consecuencia, acorde con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, dado que el accionante, bajo instrumento público de declaración juramentada adjuntada al proceso, declara que desconoce el domicilio o paradero de las demandadas a pesar de haber averiguado y agotado los medios existentes y no ha podido localizarlas; se dispone que la citación a éstas, se haga por medio de la prensa; publicaciones que se las hará mediando término de ocho días, por lo menos, entre la una y la otra, de conformidad con el Art. 119 del Código Civil, en uno de los siguientes diarios: "El Telégrafo", "El Universo" o "Expreso" de la ciudad de Guayaquil, medios de amplia circulación en la provincia de Santa Elena; El actuario del Despacho conferirá el extracto pertinente, para la indicada publicación de citación, las demandadas en el extracto de citación serán advertidas de la obligación que tienen de comparecer a este proceso y de señalar casilla judicial en esta ciudad de Santa Elena, para sus notificaciones, en caso de que no comparecieren veinte días después de la última publicación, podrán ser consideradas o declaradas rebeldes.- Hecho que fuere realícese la audiencia única en la que concurrirán las partes en virtud del principio de inmediación y celeridad procesal previsto en el artículo 75 y 169 de la Constitución de la República del Ecuador en forma personal o por intermedio de su procurador judicial quien deberá tener poder para transigir, de no existir un acuerdo se procederá de conformidad con el principio de concentración en dicha audiencia donde se realizarán las pruebas pertinentes previo a resolver al tenor de lo dispuesto en el artículo Innumerado 37 de la Ley Reformatoria del Código de la Niñez y Adolescencia, para lo cual tendrá la parte demandada hasta 48 horas antes de señalada la audiencia para anunciar su prueba. Agréguese a los autos los documentos que adjunta a la demanda. Téngase en cuenta la casilla judicial No. 100 y el correo electrónico que señala para recibir sus notificaciones, así como la autorización que le confiere a su abogada patrocinadora.- Que intervenga la Ab. Dorys Gavilanes Porras en calidad de secretaria de la Unidad Judicial Especializada de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Santa Elena. NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.- La cuantía de esta demanda por su naturaleza es indeterminada.Jueza de la causa: AB. KELLY MICAELA FLORES VERA Juzgado: UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA PRIMERA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PROVINCIA DE SANTA ELENA.LO QUE LLEVO A SU CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY, ADVIRTIÉNDOLES LA OBLIGACIÓN QUE TIENEN DE SEÑALAR DOMICILIO LEGAL, PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES EN LA PRESENTE CAUSA, EN ESTE CANTÓN SANTA ELENA, DENTRO DE LOS VEINTE DÍAS POSTERIORES A LA TERCERA Y ÚLTIMA PUBLICACIÓN DE ESTE AVISO, PODRÁN SER CONSIDERADOS EN REBELDÍA. Santa Elena, a 30 de septiembre del 2014. AB. MARIO BARBERÁN VERA ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO Nov. 5-6-7 (157437) ESP. AB. DORIS DEL ROCIO GAVILANES PORRAS SECRETARIA Oct. 23; Nov. 6-19 (156831) REPÚBLICA DEL ECUADOR MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES EXTRACTO VISTO BUENO No. 184537-2014-DMMM AVISO En atención a lo dispuesto en el Artículo 393 de la Ley de Compañías, se notifica a los acreedores de la Sucursal en el Ecuador de ORDOÑEZ Y CIA. LTDA. ORDOCOL en Liquidación, para que en el término de veinte (20) días, contados a partir de la última publicación de este aviso, presenten los documentos que acrediten su derecho en la Avenida Diez de Agosto N37-90 y Naciones Unidas, Edificio Comandato, Torre 10 de Agosto, Piso 3, Oficina 302. Pablo Marcelo Espinosa Quiroz LIQUIDADOR Sucursal en el Ecuador de ORDOÑEZ Y CIA. LTDA. ORDOCOL en Liquidación (157304) Oct. 23; Nov. 6-19 (156770) CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA NORTE DEL CANTÓN GUAYAQUIL LE HAGO SABER: dentro del juicio Verbal Sumario No. 2014-0204, seguido por CALDERON ORELLANA LUIS ALBERTO, En contra, SAONA GOMEZ JORGE ALFREDO, cuyo extracto de la demanda y providencias recaídas, son del tenor siguiente: OBJETO DE LA DEMANDA: VISTOS: Incorpórese a los autos el escrito que antecede. Una vez reunidos los requisitos por la parte actora señor LUIS ALBERTO CALDERON ORELLANA, por reunir los requisitos de ley, se la califica de clara y completa, razón por la cual se la admite a trámite verbal sumario, en consecuencia CITESE al señor JORGE ALFREDO SAONA GÓMEZ, a quien se les entregará copia del contenido de la demanda y de este auto, advirtiéndoles de la obligación que tiene en señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones. Tómese en cuenta la casilla judicial No. 5592 y correo electrónico [email protected] que señala la actora para sus notificaciones. Agréguese a los autos los documentos aparejados al libelo de demanda. Remítase las boletas correspondientes a la Oficina de Citaciones. Actúe como secretario encargado, el Ab. Andrés Minchala Carchi. CÍTESE y NOTIFÍQUESE en los lugares señalados.- JUZGADO QUINTO DE INQUILINATO Y RELACIONES VECINALES DE GUAYAQUIL.- Guayaquil, Viernes 3 de octubre del 2014, a las 10h30.- Agréguese a los autos el escrito que antecede presentado por el señor Luis Alberto Calderón Orellana, cuanto el actor bajo juramento manifiesta la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia de la parte demandada señor JORGE ALFREDO SAONA GÓMEZ, en calidad de inquilino, de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil se dispone citarlo por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Guayaquil a fin de dar cumplimiento, que el señor actuario encargado del despacho elabore el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE. El secretario encargado, proceda a elaborar el extracto de citación. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE en los lugares señalados.FUNDAMENTOS DE DERECHO: Art. 30 Lit. a); de la Ley de Inquilinato TRÁMITE: Juicio Verbal Sumario JUEZ: Avoco conocimiento de la presente solicitud, en virtud de la acción de personal No. 8611-DNP, del 26 de junio del 2013, suscrita por la Directora General del Consejo de la Judicatura.- Lo que comunico y cito a usted para los fines de Ley, advirtiéndole la obligación que tiene de señalar casilla judicial o correo electrónico para sus notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación del presente aviso, caso contrario, será declarada o considerada rebelde. Lo que comunico para los fines de ley Guayaquil 15 de octubre del 2014 Ab. Andrés Guillermo Minchala Carchi SECRETARIO JUZGADO QUINTO DE INQUILINATO Y RELACIONES VECINALES Oct. 23; Nov. 6 (156776) LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de PRIVACIÓN O PERDIDA JUDICIAL DE LA PATRIA POTESTAD No. 6271-2014, seguido por DIANEY JOHANNA RAMOS PINCAY en contra de RONALD ALBERTO HERRERA MOLINA. ACTOR: DIANEY JOHANNA RAMOS PINCAY. DEMANDADO: RONALD ALBERTO HERRERA MOLINA. OBJETO DE LA DEMANDA: Concurro a su autoridad a demandar al señor RONALD ALBERTO HERRERA MOLINA a fin de que mediante Resolución se declare la Pérdida o Privación de la Patria Potestad con respecto a mi hija MARTINA VALERIA HERRERA RAMOS, conforme lo establece el artículo 113 numeral 5 del Código de la Niñez y Adolescencia. AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS. UNIDAD JUDICIAL NORTE DEL CANTÓN GUAYAQUIL.- Guayaquil, miércoles 15 de octubre del 2014 a las 10h42.- Atento a la razón actuarial que antecede, una vez que se ha dado cumplimiento con las averiguaciones dispuestas, tendientes a establecer el domicilio del demandado, y pese a las mismas, no habiendo sido posible determinar el domicilio del señor RONALD ALBERTO HERRERA MOLINA, dispongo: Con el contenido del escrito de demanda, con el extracto de calificación y con esta providencia, cítese al señor RONALD ALBERTO HERRERA MOLINA, por afirmar la actora con juramento, que le es imposible determinar la individualidad o residencia del accionado, se lo citará de conformidad con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, por publicaciones que se harán por tres veces, en un periódico de mayor circulación de esta ciudad. Las publicaciones se las harán mediando el término de ocho días, por lo menos, entre la una y la otra.- Actúe la Ab. Andrea Rodríguez Padilla, secretaria (E) de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE y CÍTESE.- F) AB. VIVIANNY VILLAGOMEZ DE OLIVEIRA E SOUZA, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL NORTE ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y SECRETARIA AB. ANDREA RODRIGUEZ PADILLA.- Lo que comunico a Ud. Para los fines de ley, a fin de prevenirle la obligación que tiene que señalar casilla judicial para futuras notificaciones, así como de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será tenido o considerado en rebeldía. Guayaquil, 15 de octubre del 2014. Oct. 23; Nov. 6-19 (156804) JUZGADO ADJUNTO DÉCIMO CUARTO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL REPÚBLICA DEL ECUADOR CITACIÓN JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA AL SEÑOR MILTON GONZALO FLORES GAIBOR Y AL PÚBLICO EN GENERAL SE LE HACE SABER LO SIGUIENTE: JUICIO: CUANTIA: ACTORA: DEMANDADO: DIVORCIO No. 6812 - 2014- S .Y. G. INDETERMINADA RITA MIRIAM ZABALA TORRES MILTON GONZALO FLORES GAIBOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 10 de abril del 2014, las 12h59. Vistos: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial.- En lo principal, la demanda de divorcio por causal presentada por ZABALA TORRES RITA MIRIAN, por ser clara y completa reúne con los requisitos de Ley razón por lo que se la acepta al trámite del juicio verbal sumario conforme lo determina el Art. 118 del Código Civil, y artículos 110 numeral 11 del Código Civil, en consecuencia cítese con el contenido de la demanda y esta providencia al señor MILTON GONZALO FLORES GAIBOR advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad para sus posteriores notificaciones el casillero No. 4856 para las posteriores notificaciones del actor, así como la autorización conferida a su defensor para que intervenga en esta causa; y, los documentos adjuntos agréguese al proceso para los fines de Ley. Notifíquese y Cítese.- f) Dra. Sara Yépez Guillen, Jueza.CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 9 de mayo del 2014, las 16h48. Avoco conocimiento de la presente causa en mi condición de Jueza encargada de esta Unidad Judicial mediante Acción de Personal No. 2954 DP-DPP de 29 de abril del 2014.- En lo principal, atento al escrito y documentación adjunta que antecede, por cumplido que ha sido lo ordenado en providencia de fecha 30 de abril del 2014, de las 11h55, de conformidad a lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese al demandado MILTON GONZALO FLORES GAIBOR por la prensa, esto es en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, mediando entre cada una de ellas por lo menos ocho días.- Notifíquese.- f) Dra. Wilma Guaipatin Garzón, Jueza Encargada.Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones en esta causa, en esta ciudad de Quito. EXTRACTO DE PUBLICACIÓN Nov. 6-21; Dic. 6 (157688) CUIJ: NUMERO DE CAUSA: JUEZ: CONSIDERANDO: Dra. Mercy Criollo SECRETARIA ANDREA RODRIGUEZ PADILLA SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL ESP. PRIMERA DE FMNA DE LA PROV. DE SANTA ELENA AB. MARIO BARBERÁN VERA ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO Lo que comunico a Uds., para los fines de ley, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones. CUANTÍA: Indeterminada AB. GIORGIO ZEREGA PIZARRO LIQUIDADOR Oct. 23; Nov. 6-19 (156790) RESOLUCIÓN No. SCV-INC-DNASD-SAS-14- 0005676 JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 4 de julio del 2012, las 14h56. VISTOS.- En virtud del sorteo correspondiente, avoco conocimiento de esta causa en calidad de Juez Encargado mediante acción personal No. 2726-dp-dpp-del 2012.- En lo principal la demanda que antecede es clara y precisa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite en Juicio ORDINARIO.- En consecuencia, córrase traslado por el término legal de quince días, que comenzará a decurrir a partir de la fecha de citación, con el escrito de demanda y esta providencia.- Cítese a los demandados señores: MARIA DEL CARMEN CONDOR PALLO Y JUAN MANUEL CABEZAS SIGCHA, a fin de que propongan las excepciones de las que se crean asistido de conformidad con lo dispuesto en el Art. 397 del Código de Procedimiento Civil, bajo apercibimiento en rebeldía.- Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.- Téngase en cuenta el domicilio y casilla judicial señalado por los comparecientes, así como también la autorización a su Abogada Defensora.- Notifíquese.- f). Dr. Fernando Landazuri Salazar. Juez. JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 13 de octubre del 2014, las 09h39.- Se ha dado cumplimiento a la providencia que antecede .- En lo principal cítese a los señores: MARIA CARMEN CONDOR PALLO Y JUAN MANUEL CABEZAS SIGCHA, encuno de los diarios de mayor circulación en esta Ciudad de Quito, Provincia de Pichincha.- f). Dr. Fernando Landazuri Salazar. Juez. A: JORGE ALFREDO SAONA GOMEZ EXTRACTO DE CITACIÓN Nov. 4-5-6 (157442) A: GONZALO COBOS GUZMAN. SE LE HACE SABER: Que dentro del juicio Pérdida de Patria Potestad No. 2010-1000-3, seguido por REINA VICTORIA VALLE ARCE contra GONZALO COBOS GUZMAN, se encuentra lo siguiente: AUTO INICIAL DE FECHA: Guayaquil, 12 de agosto de 2010. A las 08H45. VISTOS: En mérito del sorteo de ley avoco conocimiento de la acción de PERDIDA DE PATRIA POTESTAD propuesta por la señora REINA VICTORIA VALLE ARCE, por los derechos que representa del niño JOSHUA ALEXANDER COBOS VALLE contra el señor GONZALO COBOS GUZMAN, la misma que por ser clara, completa y reunir los requisitos de Ley se la admite al trámite. F) Ab. Mariella Zunino Delgado, Jueza en ese entonces del Juzgado Décimo Cuarto de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Guayas. Y EN PROVIDENCIA DE FECHA: GUAYAQUIL, 03 de junio de 2014, a las 08H51. En mérito a la Declaración Juramentada realizada con fecha 2 de junio del 2014, las 16h00, y debiendo la actora ante el suscrito Juez declarar de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del código de procedimiento Civil, que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia del demandado; se dispone que la citación a este, se haga por medio de la prensa; lo que se efectuará por intermedio de 3 publicaciones, cada una de ellas en fecha distinta, en uno de los siguientes diarios: "El Telégrafo", "El Universo" o "Expreso" de la ciudad de Guayaquil, medios de amplia circulación. La Actuaria del Despacho conferirá el extracto pertinente, para la indicada publicación de citación, el demandado en el extracto de citación será advertido de la obligación que tiene de comparecer a este proceso y de señalar casilla judicial en esta ciudad de Guayaquil, para sus notificaciones, en caso de no comparecer en veinte días después de la última publicación, podrán ser considerada o declarada rebelde. F) Ab. Luis Toala Moncayo, Juez titular del Juzgado Décimo Cuarto de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Guayas. Guayaquil, 04 de junio de 2014 EXTRACTO DE CITACIÓN CITACIÓN A LOS SEÑORES: MARIA DEL CARMEN CONDOR PALLO Y JUAN MANUEL CABEZAS SIGCHA ACTOR: EMMA BEATRIZ LLIVICOTA REVELO Y LUIS ULPIANO ARIAS BELTRAN DEMANDADO: MARIA DEL CARMEN CONDOR PALLO Y JUAN MANUEL CABEZAS SIGCHA JUICIO: NULIDAD DE SENTENCIA Nro. 556-2012- L A TRÁMITE: ORDINARIO CUANTÍA: Indeterminada A: RONALD ALBERTO HERRERA MOLINA. Oct. 22; Nov. 6-19 (156723) EXTRACTO DE CITACIÓN REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO QUINTO DE INQUILINATO Y RELACIONES VECINALES DE GUAYAQUIL REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO JUDICIAL JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA ACTOR: DIEGO PATRICIO BELTRAN VIDAL ACCIONADO: SONIA PATRICIA VESGA PRADA CAUSAL: Numeral 1 del Art. 172 del Código del Trabajo Dentro del Trámite de solicitud de VISTO BUENO No. 184537-2014-DMMM, presentada por DIEGO PATRICIO BELTRAN VIDAL en contra de SONIA PATRICIA VESGA PRADA se ha dictado lo que sigue: INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 21 de octubre de 2014, a las 08H15.- Dentro de la solicitud de VISTO BUENO No. 184537-2014-DMMM, presentada por DIEGO PATRICIO BELTRAN VIDAL en contra de SONIA PATRICIA VESGA PRADA.Agréguese al expediente el escrito presentado por la parte actora, en lo principal continuando con el trámite se dispone: 1) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabajador mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio de la accionada, a quien se le concede el término de veinte días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones. Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto.- 2) Con su contestación o sin ella realícese las investigaciones de Ley.- 3) Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por el actor y la autorización otorgada al profesional del derecho que suscribe la presente causa.- 4) La parte actora en el término de 10 días a partir de la presente notificación, entregue las publicaciones realizadas.- 5) En el caso de no dar cumplimiento con el término concedido esta Autoridad de oficio dispondrá el archivo del expediente.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.- f) AB. DIEGO MÉNDEZ MERA. Lo que comunico a usted para los fines de ley. AB. DIEGO MÉNDEZ MERA INSPECTOR DEL TRABAJO DE PICHINCHA Oct. 4-5-6 (157379) ACTOR: DEMANDADO: CAUSA: TRÁMITE: CUANTÍA: JUEZ DE LA CAUSA: DRA. NORMA VARGAS ARMIJO SECRETARIA UJETFMNA GLENDA YADIRA BOZA CALERO MARCOS MILTON RUBIO BARZOLA DIVORCIO LITIGIOSO POR CAUSAL Nº 527-2014 VERBAL SUMARIO INDETERMINADA AB. MARIA GABRIELA JUNTO ARAUZ Oct. 23; Nov. 6-19 (156805) JUICIO DE DIVORCIO POR CAUSAL N° 527-2014.- Guayaquil, miércoles 08 de Octubre del 2014, las 11h52.- En calidad de jueza del Juzgado Décimo Cuarto Adjunto de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil, en virtud de la Acción de Personal No. 11324-UPTH-KZF; avoco conocimiento de la presente causa. En lo Principal: Forme parte del proceso la declaratoria bajo juramento que hace la accionante a fojas 15 y 16 del proceso.- En lo principal la demanda de DIVORCIO LITIGIOSO POR CAUSAL, recaída por sorteo en esta judicatura, presentada por GLENDA YADIRA BOZA CALERO en contra de MARCOS MILTON RUBIO BARZOLA, por reunir los requisitos determinados en los artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, completa y precisa además por reunir los requisitos legales se la admite al trámite de juicio verbal sumario.- En virtud a la afirmación efectuada por la actora se dispone que se cite al demandado señor MARCOS MILTON RUBIO BARZOLA por la prensa, por medio de tres publicaciones que se harán en un periódico de mayor circulación que se edita en esta ciudad de Guayaquil, conforme lo establece el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil y 119 del Código Civil, mediando ocho días entre una y otra publicación, advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación y la obligación de señalar casillero judicial y correo electrónico para futuras notificaciones de conformidad con el artículo 75 del Código de Procedimiento Civil, en caso contrario será declarado rebelde.- Elabórese los respectivos extractos.- CÚMPLASE, NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.- F) Abg. María Gabriela Junco Arauz, Jueza Encargada del Juzgado Adjunto Décimo Cuarto de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil. LO QUE COMUNICO A USTED, PARA LOS FINES DE LEY, ADVIRTIÉNDOLE AL DEMANDADO LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR DOMICILIO LEGAL PARA SUS NOTIFICACIONES, DENTRO DE LOS VEINTE DÍAS POSTERIORES A LA TERCERA Y ÚLTIMA PUBLICACIÓN DE ESTE AVISO, DE NO HACERLO SERÁ DECLARADO EN REBELDÍA. Guayaquil, 09 de Octubre del 2014 Ab. Mercedes Álvarez Gómez SECRETARIO DEL JUZGADO ADJUNTO DÉCIMO CUARTO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL Oct. 23; Nov. 6-19 (156895) UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO, PROVIDENCIA DE PICHINCHA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS JUZGADO ÚNICO SEXTO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN DURAN Durán, 01 de Octubre del 2014 Oficio: 3431-JU6FMNA-D EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL A: MARIA ANTONIA NAUYA PINTAG LE HAGO SABER: Del Juicio de Divorcio por causal N° 2013-2030, seguido por JOSE RICARDO GUACHO QUINATA en contra de MARIA ANTONIA NAUYA PINTAG, se encuentra lo siguiente: AUTO DE CALIFICACIÓN: La señora Jueza, mediante auto de calificación acepta al trámite la demanda de DIVORCIO POR CAUSAL, propuesta por JOSE RICARDO GUACHO QUINATA en contra de MARIA ANTONIA NAUYA PINTAG, libelo que se acepta a trámite Especial de Divorcio por reunir los requisitos de ley, cítese al demandado conforme lo que determina el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el actor bajo juramento singularizó que diligencias, investigaciones o averiguaciones ha hecho en orden a establecer el actual domicilio o residencia de la parte demandada y que a pesar de dichas diligencias no le fue posible determinar el domicilio de MARIA ANTONIA NAUYA PINTAG en tal virtud la señora Jueza ordena se CITE POR LA PRENSA a la demandada MARIA ANTONIA NAUYA PINTAG, en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Guayaquil, a quien se le advertirá de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial electrónico en esta ciudad de Durán y comparecer a juicio, para que pueda recibir sus notificaciones en la presente causa bajo prevención de ser declarada en rebeldía en caso de no comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación.- JUEZ DE LA CAUSA: AB. GLENDA ELIZABETH ORTEGA MARCIAL, JUEZA DEL JUZGADO ÚNICO SEXTO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN DURÁN. AB. GISELLA CEREZO RODRIGUEZ, ACTUARIA DEL DESPACHO. Duran, 01 de Octubre del 2014 Abg. Gisella Cerezo Rodríguez SECRETARIA CITACIÓN JUDICIAL AL SEÑOR: AUGUSTO BOLIVAR CORELLA MALDONADO Oct. 9-23; Nov. 6 (155964) EXTRACTO CAUSA: No. DE JUICIO: DEMANDADO: ACTOR: CUANTÍA: JUEZA: DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL 14376-2014- DRA-KB AUGUSTO BOLIVAR CORELLA MALDONADO ELVIA MARÍA GRANDA GONZALEZ US$ INDETERMINADA DRA. KATHYA SUSANA BURBANO IÑIGA JUEZA DE LA UNIDA JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 21 de agosto del 2014, las 15h04. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito.- En lo principal.- La demanda de DISOLUCION DE SOCIEDAD CONYUGAL presentada por ELVIA MARIA GRANDA GONZALEZ, reúne los requisitos de ley, por lo que se le califica como clara y precisa, admitiéndole al trámite correspondiente por la vía especial de la sección 21a. del Código de Procedimiento Civil.- DISPONIÉNDOSE.- Córrase traslado con la demanda y este auto, en el lugar que se señala al otro cónyuge AUGUSTO BOLIVAR CORELLA MALDONADO, para que en el término de tres días proponga únicamente las excepciones de: Incompetencia de la Jueza o Juez; falta de personería jurídica de alguna de las partes e inexistencia de la sociedad conyugal; para cuyo efecto remítase suficiente despacho a la sala de citaciones de esta Unidad Judicial.- Agréguese al proceso los documentos que acompañan la demanda. Tómese nota de la casilla judicial y correo electrónico consignados así como la autorización conferida a la defensa.- NOTIFÍQUESE.- f).-DRA. KATHYA SUSANA BURBANO IÑIGA, JUEZA. UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 23 de octubre del 2014, las 15h01. Agréguese al proceso el escrito que antecede.- AL MISMO.- Por cuanto la accionante señora ELVIA MARÍA GRANDA GONZALEZ, ha dado cumplimiento con lo ordenado en providencia anterior, esto es ha declarado bajo juramento que desconoce el domicilio del demandado, CÍTESE, en legal y debida forma con la demanda y los autos recaídos al señor AUGUSTO BOLIVAR CORELLA MALDONADO de conformidad con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito.- Se le advierte al demandado de la obligación de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE f).- DRA. KATHYA SUSANA BURBANO IÑIGA, JUEZA. REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO (ANTES JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA) CITACIÓN JUDICIAL A: Milton Eduardo Sevilla Padilla. ACTOR: DEMANDADOS: JUICIO: TRÁMITE: FECHA DE INICIO: CUANTÍA: Miguel Bolívar Calle Calle y otros MARISOL ELENA REISANCHO TABANGO, WILLIAM VINICIO NOGALES AYALA y MILTON EDUARDO SEVILLA PADILLA. Reivindicación No. 749-2014-CVM Ordinario 24 de septiembre del 2014 Indeterminada PROVIDENCIA: Lo que comunico a usted, para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio o casilla judicial a posteriores notificaciones dentro del perímetro de Ley. JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 24 de septiembre del 2014, las 15h27.- VISTOS: Agregúese al proceso el escrito que antecede. En lo principal, toda vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto de 9 de septiembre del 2014, se califica la demanda de clara, precisa y de reunir los demás requisitos establecidos por la Ley por lo que se la acepta a trámite ordinario.- Consecuentemente, con copia de la demanda y éste auto, córrase traslado a los demandados MARISOL ELENA REISANCHO TABANGO, WILLIAM VINICIO NOGALES AYALA y MILTON EDUARDO SEVILLA PADILLA, a fin de que contesten en el término de quince días luego de ser citados legalmente, bajo apercibimiento de las partes en rebeldía. De conformidad a lo que dispone el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este Cantón.- Hecho que sea, cítese a los demandados de la siguiente manera: A Marisol Elena Reisancho Tabango y William Vinicio Nogales Ayala se los citará en la dirección que se indica en el libelo inicial, debiendo para el efecto remitir las boletas respectivas a la oficina de citaciones; en tanto que, en virtud del juramento rendido por los accionantes y de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, se dispone citar al demandado Milton Eduardo Sevilla Padilla con un extracto de la demanda y este auto, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Quito.- Por la naturaleza de la causa, cuéntese con los representantes del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.- Tómese en cuenta la designación del procurador común en la persona del señor Miguel Bolívar Calle Calle, tómese nota del casillero judicial y electrónico señalados por los demandantes, así como la autorización que confiere a su abogado patrocinador.- Actúe el Ab. Diego Lozada Valle en calidad de Secretario Encargado de la Judicatura, conforme la Acción de Personal No. 7043-DP-UPTH de 18 de septiembre del 2014. Notifíquese. f) Ab. Oscar Lanata Alava. Juez. Atentamente, Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 29 de Octubre del 2014.- Certifico.- DRA. MARIA BELEN JAQUE SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL AB. ANDREA ESCALERAS PARDO SECRETARIA (C) (157474) Nov. 4-6-10 (157429) 33 El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 Accidente en suburbio de Argel Tren de pasajeros se descarriló En el siniestro vial una persona murió y 50 quedaron heridas. AFP Justicia @ [email protected] Ingrese a la sección Justicia a través del código QR, escanéelo con su celular y, al activarse, podrá ver los temas de su interés. www.telegrafo.com.ec/justicia.html LA DINASED D S D Y FISCALÍA SC GENERAL G DEL D ESTADO S DO COORDINAN COO D LASS BÚSQUEDAS BÚSQU D S El 88% de desapariciones ha sido resuelta Las autoridades policiales recomiendan denunciar los casos de inmediato, a fin de que los investigadores tengan tiempo para actuar y no se cometan otros delitos contra el afectado. 35 Samborondón 9% LAS DENUNCIAS Durán por discapacidad o enfermedades men mentales deben realizarse en persona en las oficinas de la Dinased o Fiscalía Guayaquil 7% accidentes Causas de desapariciones 2% por causas forzadas ENTRE ENERO Y JULIO DE 2014 En la Zona 8 de Policía (Guayaquil, Durán y Samborondón) este año registraron: La mayoría de las denuncias de personas desaparecidas, en este año, se han receptado en el Distrito Metropolitano de Quito y en Guayaquil 91% se aleja voluntariamente de su entorno familiar 662 casos 558 resueltos 3.280 personas reportadas como desaparecidas han sido localizadas ENT EN TRE ENERO TRE ENER EN ERO RO Y OCTUBRE OCTU OC TUBR TU BREE DE 2014 BR 201 014 4 ENTRE esto representa el : DESAPARICIONES POR EDAD EL MAYOR PORCENTAJE Se sitúa en personas mayores de 20 años del total de denuncias presentadas, 12% sigue en investigaciones La Dinased tiene destinados 160 agentes para investigaciones en este sentido EL AMBIENTE HOSTIL EN QUE SE DESENVUELVEN Maltratos, violencia intrafamiliar, hogares disfuncionales. Cuando se ubica a los adolescentes desaparecidos, estos se rehúsan a retornar a sus hogares. 18% Infografia fi : PMC/in i fog f [email protected]/ fi Fuente: DINASED PARA MAGISTRADO DE FRANCIA, EN ECUADOR HAY UNA JUSTICIA ÁGIL Y EFICAZ . 34 HOY JUEZ DE CORTE NACIONAL DE JUSTICIA DICTA VEREDICTO EN CASO ‘LAS DOLORES’ . 34 30% 2% 2% 0 a 5 años 5 a 10 10 a 15 14% 15 a 20 20 a 25 34 JUSTICIA El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 Galo Chiriboga participa en Asamblea de AIAMP en Uruguay Galo Chiriboga, fiscal general del Estado, participa en la XXII Asamblea General Ordinaria de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos, AIAMP, que se desarrollará en Montevideo-Uruguay. Aquí se evaluarán proyectos en materia de violencia de género, corrupción, fiscalías antidrogas y trata de personas. EL TRIBUNAL PENAL DE LA CORTE NACIONAL DE JUSTICIA EMITIRÁ HOY LA SENTENCIA Las Dolores esperaron 4.002 días para obtener justicia De los 11 imputados que fueron llamados a juicio por asesinato, la Fiscalía acusó a 5 policías como autores; 4 por cómplices; 1 por encubridor; y 1 sin culpa. Redacción Justicia [email protected] Quito Dolores Vélez y Dolores Briones, quienes perdieron a sus esposos durante el operativo policial del 19 de noviembre de 2003 (4.002 días hasta hoy) en el interior de la farmacia Fybeca de La Alborada, norte de Guayaquil, esperan nerviosas e impacientes el fallo de los miembros del Tribunal Penal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), que hoy, a las 10:00, volverán a presidir la audiencia de juicio en contra de 11 imputados por el asesinato de 8 personas bajo la modalidad de ejecución extrajudicial. Durante los 11 días de audiencia JOHN GUEVARA / EL TELÉGRAFO de juicio, Vélez y Briones presencia- Dolores Vélez y Dolores Briones (centro) junto a Olga Reyes e Iris Vergara durante el último día del juicio. ron el desarrollo de la diligencia que se extendió por alrededor de mi papá”, es la interrogante DESTACADO igualmente vinculado a la supuesta 90 horas, en las cuales la Caso que le hace todos los días, banda de asaltantes. Fiscalía presentó las prue'Las Dolores' lo cual la deja sin palabras, Peritos venezolanos Durante la audiencia, la Fiscalía bas materiales, documentapero, según relató, su peacusó como autores de asesinato a les y testimoniales para coqueña la consuela, “no te concluyeron que los 8 Douglas Y., Luis S., Héctor F. y Rirroborar su teoría del caso, preocupes mamita, seguiré recardo Y., miembros del GIR en serasí como los defensores de los fallecidos presentaban zando para que el culpable se vicio activo; y al expolicía Erick S., implicados expusieron sus alegacomo autores de ejecuciones extratos para desvirtuar las acusaciones. arrepienta y pida perdón”. disparos por la espalda. Similar situación vive Dolores judiciales en la modalidad de asesi“Fueron días tensos y más que nato tipificado en el artículo 450 cansancio físico es el mental lo que Briones, quien también encargó a del Código Penal anterior. Mientras más afecta. Imagínese escuchar una su hijo de 13 años a su madre. al mayor Darwin S., y los policías y otra vez como mataron a mi es- “Jimmy es muy apegado a mí, justo cuerda de su padre”, dijo. Por eso, ellas esperan que los jue- Luis C. Darwin C., Marcos V., como poso que entró a comprar pañales, ahora tiene una exposición en el coes terrible”, manifestó Dolores Vé- legio y quería que vaya a verlo, no ces resuelvan y los culpables sean cómplices de este delito. También, en el último día de dililez. Para asistir a la diligencia tuvo podré por el juicio, es muy difícil sancionados, “no buscamos venganza sino justicia, 11 años luchando gencia, la fiscal subrogante Cecilia Arque encargar a su hija de 11 años con para ambos”, expresó. Briones, esposa del mensajero de porque se conozca la verdad”, ase- mas desistió de acusar al comandante la abuelita, y la dueña del salón de belleza donde trabaja como estilista la farmacia, que mataron en el ope- guró Vélez, quien egresó este año de de Policía de ese entonces implicado le permitió ausentarse. “Semanas rativo, recientemente instaló un ci- la facultad de Derecho de la Univer- como cómplice, Jorge P, y al exfiscal Carlos P. lo señaló como encubridor. complicadas, pero por fortuna la ber café, el cual está cerrado por su sidad de Guayaquil. El Tribunal, integrado por WilA este proceso también se sumaFiscalía nos ayuda con los trasla- presencia en la audiencia de juzgamiento, “pero más me preocupa mi ron como acusadoras particulares son Merino, Richard Villagómez y dos”, indicó. A ella lo que más le preocupa son hijo, pensé que con el tiempo se ol- Olga Reyes, madre de José Cañar Paúl Íñiguez resolverán sobre la cullas preguntas de su hija Carlita, vidaría de lo que pasó, pero ahora Reyes, abatido en el operativo; e Iris pabilidad o inocencia de los impli“mamá, ya cogieron al que mató a que está creciendo es cuando se re- Vergara, esposa de Germán Aguiar; cados. SUPUESTO LÍDER TENÍA 2 PEPAS DE ORO VISITANTE RECORRE UNIDADES JUDICIALES DEL PAÍS Una banda que asaltaba a empresas mineras, detenida Inspector francés considera a la justicia ecuatoriana ágil y eficaz Redacción Justicia Azuay Trabajadores de una empresa minera denunciaron que delincuentes los maniataron por horas y se les llevaron dinero, material de la mina, una motosierra, 15 tacos de dinamita, 4 rollos de mecha lenta, fulminantes detonadores y un taladro industrial. El robo ocurrió en la Sociedad Minera ‘Mina Vieja’ del recinto Carmen de Pijilí, en el cantón Camilo Ponce Enríquez (Azuay). La Policía primero detuvo a Pedro F. y Víctor M. El segundo reconoció que participó en el robo y entregó información para la detención de otros miembros de la supuesta organización delictiva. El tercer aprehendido es Daniel Israel F. El supuesto líder, Mario A., también fue detenido, pero manifestó desconocer los hechos. Durante el cacheo se le encontraron 2 pepas de oro, que pesadas dieron 309 gramos, valorados en $ 10 mil, cuya procedencia no justificó. Redacción Justicia Guayaquil En Ecuador existe una organización funcional en la que se da un tratamiento rápido y eficaz al sospechoso de un delito dentro del procedimiento judicial, consideró Jacques Raynaud, inspector de los servicios judiciales de Francia, quien está de visita en Ecuador, como resultado de un intercambio entre la Escuela Nacional de la Magistratura de Francia, el Consejo de la Judicatura y la Escuela de la Función Judicial para viabilizar la cooperación académica internacional. “En Francia tenemos un sistema de juicio rápido y lo que dicen es que la justicia muy rápida es sinónimo de mala calidad. Muy por el contrario, aquí en Ecuador hemos visto desde el martes que se hace todo para respetar los derechos de los ciudadanos”, indicó Raynaud. Además dijo que la intervención de especialistas en las investigaciones judiciales permite la eficacia de la justicia. JUSTICIA El Telégrafo | jueves 6 de noviembre de 2014 EN CIFRAS CHATARRIZACIÓN DE VEHÍCULOS EN QUITO 700 900 2.024 vehículos que permanecían en los patios de la PJ fueron destruidos. motos fueron eliminadas como parte del proceso de chatarrización. accesorios de automotores también se demolieron. DESDE EL 1 DE ENERO HASTA EL 22 DE OCTUBRE DE ESTE AÑO 3.280 CIUDADANOS FUERON ENCONTRADOS BREVES Denuncia inmediata es un aporte vital en casos de desapariciones Según registros de la Dinased, más del 90% de las personas, cuyo paradero es deconocido, se va de manera voluntaria y el 2% en contra de su voluntad. Mujer era llevada a hospital de Babahoyo Un bebé nació dentro de patrullero policial Una mujer de 21 años dio a luz a su bebé en el asiento trasero de una camioneta policial. Los 2 uniformados que la trasladaban al hospital de Babahoyo se convirtieron en improvisados parteros. En 4 meses sistema agilita los trámites 48.510 escritos reciben ventanillas universales Redacción Justicia [email protected] Guayaquil Del 1 de enero al 22 de octubre la Dirección Nacional de Delitos Contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Extorsión y Secuestros (Dinased) localizó a 3.280 personas cuyo paradero era desconocido. La cifra representa el 88% de los casos registrados por esta unidad que empezó a operar este año. El 12% restante continúa en investigaciones. En el caso de la Zona 8 de Policía, que corresponde a los cantones Guayaquil, Durán y Samborondón, desde febrero a octubre se dio trámite a 662 denuncias en este sentido; de ellas, 558 fueron resueltas, informó el general Ignacio Benítez, comandante de la jurisdicción. Uno de los más recientes ocurrió el 23 de octubre en Guayaquil, cuando Allison O. se ausentó y nadie supo los motivos, pero posteriormente las autoridades conocieron que la joven de 19 años estaba retenida en contra de su voluntad. Víctor Aráuz, jefe de la Dinased en la Zona 8, manifestó que este caso de desaparición cambió de figura cuando surgió una llamada supuestamente de la persona que tenía a la fémina, para informar que la liberaría en 15 días, es decir, era un posible secuestro. Luego detuvieron a Asunción C., presunto raptor, pues lo encontraron en la vivienda donde Allison estaba amarrada y esposada, además, el tipo fue identificado como el taxista informal que la recogió. Según estadísticas de la Dinased, de enero a julio de 2014, del universo de casos de desapariciones el 2% ocurre por causas forzadas, el 35 Julio Aguayo, presidente de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, informó que de junio a octubre de 2014 se han receptado 48.510 escritos en ventanillas universales. Estas evitan que los usuarios deban llevar papeles de una unidad a otra. Operativo en el aeropuerto de Guayaquil 5 kilos de droga ocultos en una encomienda El tema de desaparecidos es prioridad de la Policía, que en 10 meses localizó a más de 3.000 personas. 7% por accidentes, el 9% por enfermedades mentales y el 91% por alejamiento voluntario. En este informe se revela que el 97% de las personas reportadas desaparecidas fueron localizadas con vida. Sobre la ausencia voluntaria, Aráuz explicó que la mayoría de casos implica a menores que tienen problemas familiares. Esto lo ratifica un informe del Ministerio del Interior que muestra que los principales motivos son maltratos y convivencia en hogares disfuncionales, lo que deja como resultado que algunos chicos se nieguen a volver. Pero también hay adultos que abandonan sus hogares. En la provincia de Manabí, por ejemplo, 154 fueron reportados como desaparecidos de enero a junio de este año, de los cuales localizaron a 131. Además, se puede citar una situación como esta ocurrida en Quito (Pichincha), cuando los ciudadanos via- jaron a Guayaquil (Guayas) sin avisarle a nadie; sucedió en el feriado por las fiestas de Independencia del puerto principal, del 10 al 12 de octubre. El coronel William Martínez, entonces jefe de la Dinased en la Zona 8 (ahora a cargo de la división de Delitos Contra la Vida y Muertes violentas), explicó que los familiares llamaban a los celulares y no les respondían. Agregó que al conocer el hecho rastrearon las llamadas, los encontraron en Guayaquil y los devolvieron a sus allegados. Martínez acotó que si alguien sospecha sobre una desaparición debe reportarla con urgencia. “No debe dejar pasar las horas, es preferible que sea inmediato, porque tenemos mayor tiempo para actuar (buscar en lugares donde pudo estar) antes de que se transforme en otro tipo de caso (homicidio, violación, etc.)”. En aquella ocasión Martínez mani- ARCHIVO / EL TELÉGRAFO festó que es importante que la gente notifique cuando la persona retorna para que no siga en la lista de desaparecidos y los investigadores concentren sus esfuerzos en otros casos. Víctor Aráuz informó que hay un compromiso con los denunciantes para que informen sobre cualquier novedad. Personal destinado La Dinased, que cuenta con 600 miembros (para investigar los delitos que le compete), tiene designados 160 a nivel nacional, cada uno tiene a cargo 13 casos, en promedio. El Ministerio Público cuenta con la Fiscalía Especializada en Investigación de Personas Desaparecidas, conformada por 5 agentes con su respectivo equipo de trabajo y cuerpo auxiliar (además hay fiscales asignados en cada provincia). Ambas instituciones realizan el trabajo coordinado de indagación, búsqueda y localización. En una encomienda, que tenía como destino Estados Unidos, fueron detectados 5 kilos de droga. El decomiso se realizó en el aeropuerto ‘José Joaquín de Olmedo’ de Guayaquil. Informe de autoridad del ECU911 No hubo ahogados en Guayas ni Santa Elena Jorge de La Torre, subdirector técnico del Servicio Integrado de Seguridad ECU-911, informó que durante los 3 días de feriado no se reportaron personas ahogadas en las provincias de Guayas y Santa Elena. 117 internos participan en el evento Campeonato de fútbol en cárcel de Esmeraldas El área Educativa del Centro de Rehabilitación Social de Esmeraldas, sección Varones, supervisa el campeonato de fútbol en el que participan 117 internos. HASTA OCTUBRE SE TRAMITARON 300 DEVOLUCIONES DE VEHÍCULOS TRAS ACCIDENTES EL ASALTO OCURRIÓ A FINALES DE ENERO DE 2014 3 días para recuperar carro chocado Detienen a implicado en robo Redacción Justicia Guayaquil El tiempo estimado para que un usuario recupere su vehículo, cuando ha sido retenido por estar implicado en una contravención o una infracción de tránsito es de 72 horas. Hasta octubre de 2014 el Servicio de Atención Integral-Tránsito (SAIT) sumaba más de 300 devoluciones. Así lo informó el coordinador de esa Unidad en Guayas, Nelson Macías. A partir de la vigencia del Código Orgánico Integral Penal (COIP) se han incrementado las solicitudes de devolución de vehículos, indicó. Esta norma legal, en su capítulo octavo, dispone la retención de los automotores ante cualquier suceso. Los usuarios deben presentar la matrícula, el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), la cédula de identidad y el avalúo de daños materiales con sus respectivas facturas de pago. Redacción Justicia Guayaquil La Policía detuvo a Robert Gustavo C.V., contra quien había una boleta de captura emitida el pasado 26 de marzo por el Juzgado Décimo Primero de Garantías Penales de Ma- nabí, por su presunta participación en el robo de una concesionaria. El hecho ocurrió a finales de enero de este año. Delincuentes se sustrajeron 8 vehículos nuevos, 5 camionetas y 3 camiones de la empresa Metrocar en Manta. En este caso hay 10 detenidos. El grupo estuvo supuestamente liderado por alias ‘Fito’. 36 El Telégrafo I jueves 6 de noviembre del 2014 LLAMAMIENTO A ACREEDORES De conformidad con el artículo 393 de la Ley de Compañías, se comunica a todos los acreedores de la Compañía HIDRONANEGAL S.A. EN LIQUIDACIÓN, a fin de que en el término de veinte (20) días contados desde la última publicación de este aviso, deberán presentar los documentos que acrediten su derecho como acreedores en la siguiente dirección: Cumbayá, Calle del Establo y Calle E, Edificio Site Center, Torre I, of. 301. Transcurrido el término arriba mencionado se tomará en cuenta únicamente a los acreedores que hayan probado su derecho en dicho término y aquellos que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía con la debida justificación. Atentamente, Pablo Arturo Larreátegui Nardi Liquidador de la compañía HIDRONANEGAL S.A. EN LIQUIDACIÓN LLAMAMIENTO A ACREEDORES De conformidad con el artículo 393 de la ley de Compañías, se comunica a todos los acreedores de la compañía MOSCOSO BUCHELI & ASOCIADOS CIA. LTDA. "EN LIQUIDACIÓN"; para que en el término de veinte (20) días contados desde la última publicación de este aviso presenten los documentos que acrediten su derecho como acreedores en la siguiente dirección: Av. Manuel Córdova Galarza y calle El Paraíso, Conjunto Habitacional Jardines de Pusuqui, Bloque E, Departamento E-204. Transcurrido el término mencionado se tomara únicamente a los acreedores que hayan probado su derecho y aquellos que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía con la debida justificación. Atentamente, Manuel Antonio Moscoso Ariza C.C. 1701618702 LIQUIDADOR MOSCOSO BUCHELI & ASOCIADOS CIA. LTDA. “EN LIQUIDACIÓN” Nov. 5-6-7 (157441) Nov. 04-05-06 (157482) REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN CAYAMBE EXTRACTO JUDICIAL Citación a: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL SEÑOR SEGUNDO BENALCAZAR BALSECA Juicio Ordinario de Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio N° 17314-2011-0112 G.S Actor: LEONIDAS SALCEDO GUAMAN y CARMEN FRANCISCA SALCEDO GUAMÁN Juez: Dr. Luis Eduardo Taipe (Juez) Secretario: Abg. Luis Rubén Poma JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Cayambe a 3 de abril del 2012.Las 08H40.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente en calidad de Juez encargado, mediante acción de personal 729-DP-DPP del 29 de febrero del 2012,- Ejecutoriado el auto de nulidad, la demanda que se califica, es clara, precisa, completa y por reunir Los demás requisitos de Ley se lo acepta al trámite en juicio Ordinario- Cítese con el contenido de la demanda y este auto, a Los herederos presuntos y desconocidos del señor Segundo Benalcazar Balseca, esto es Zoila Rosa Judith Arauz en su calidad de cónyuge sobreviviente, Elsa Judith, Janeth Carolina, Y Segundo Luís Benalcazar Vallejo, en los lugares que se indican en la demanda y propongan las excepciones dilatorias y perentorias, que se consideren asistidos.- De conformidad , con lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, a los herederos presuntos y desconocidos, se los citará por la prensa en uno de los diarios de amplia circulación a nivel nacional, por haberse afirmado con juramento desconocer la individualidad y residencia de ellos.- inscríbase la demanda en el Registro de la propiedad del Cantón Quito mediante deprecatorio enviado, a uno de los señores Jueces de lo Civil de Pichincha con asiento en Quito, quien a su vez citara al señor Alcalde y Sindico del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.- Agréguese a los autos los documentos que se adjuntan a la demanda.- Téngase en cuenta el trámite, la cuantía, el casillero judicial señalado por los actores, así como la autorización que confieren a su nuevo defensor y hágase saber al Dr. Ángel Paredes que ha sido sustituido en la defensa.- Notifíquese.- EL JUEZ f.- Dr. Luis Eduardo Taipe. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN CAYAMBE. Cayambe, jueves 11 de septiembre del 2014, las 11h34. Agréguese al proceso los escritos que anteceden. En lo principal ... 3) De la revisión procesal se establece que los demandados señores LUIS BENALCAZAR VALLEJO, así como LOS HEREDEROS Y PRESUNTOS DESCONOCIDOS DEL SEÑOR SEGUNDO BENALCAZAR BALSECA, no se encuentran citados en legal y debida forma, por lo que, de conformidad al Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, se dispone que se citen a los demandados, conforme se halla dispuesto en el auto de fecha 03 de abril del 2012. 4) No a lugar la solicitud de Junta de Conciliación, por cuanto aún no corresponde al estado actual de la causa. Actúe en la presente causa el Abg. Luis Rubén Poma en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial Civil. NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Luis Eduardo Taipe.- Juez Titular. Lo que CITO a usted para los fines legales pertinentes, previniéndole la obligación que tiene para señalar casillero judicial en esta judicatura para posteriores notificaciones. Abg. Luis Rúben Poma SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL DEL CANTÓN CAYAMBE CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS JUZGADO ÚNICO OCTAVO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN SALITRE EXTRACTO DE CITACIÓN A: MONICA JANETH PAZMIÑO MALDONADO. LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL N° 03282014, seguido por el señor DULYS MAURICIO GARCIA FREILE en contra de MONICA JANETH PAZMIÑO MALDONADO. ACTOR: DULYS MAURICIO GARCIA FREILE. DEMANDADA: MONICA JANETH PAZMIÑO MALDONADO. OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante sentencia declare disuelto el vínculo matrimonial que une al señor DULYS MAURICIO GARCIA FREILE con la señora MONICA JANETH PAZMIÑO MALDONADO de conformidad a lo establecido en el artículo 110 Numeral 11 del Código Civil vigente. AUTO INICIAL: EL AB. PETER LOBERTY MENDOZA ALVARADO, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO ÚNICO OCTAVO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN SALITRE, legalmente posesionado, Forme parte de los autos el Acta de Declaración Juramentada, que ha rendido el señor DULYS MAURICIO GARCIA FREILE. En lo principal, una vez que se cumplió con lo ordenado en el Auto de Calificación, tal como obra del acta que antecede, DIVORCIO POR CAUSAL propuesta por el señor DULYS MAURICIO GARCIA FREILE; amparado en la causal 11 del artículo 110 del Código Civil contra MONICA JANETH PAZMIÑO MALDONADO, la misma que por reunir los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, precisa y completa, razón por la cual se la admite a trámite del juicio verbal sumario (divorcio). En lo principal, previo a ordenar lo que corresponda, y la citación por la prensa solicitada, de acuerdo a las advertencias sentadas por la ex Corte Suprema de Justicia en el Prontuario de Resoluciones N° 2, página 129, cuanto por la Corte Constitucional en su resolución publicada en el Suplemento del Registro Oficial N° 228 del lunes 5 de julio del 2010, bajo las prevenciones de orden legal, comparezca el actor a este Juzgado Único Octavo de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón de Salitre, el día Miércoles 17 de Septiembre del 2014 a las 09h30, a fin de que se elabore la respectiva acta en la que la accionante bajo la gravedad de juramento, exprese, singularice y justifique cuales han sido las diligencias, investigaciones o averiguaciones que ha realizado para determinar el actual domicilio o residencia de la parte demandada, y en consecuencia proceder con la citación solicitada en la presente demanda, tal como en forma expresa lo ordena el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil en vigencia.- Téngase en cuenta la afirmación del actor de solo ha procreados 2 hijos los cuales a la presente fecha son ya mayores de edad, por lo que no existe la obligación de nombrar Curador Ad-Litem.- Así también considérese la afirmación que durante el matrimonio no han adquiridos bienes sociales.- Tómese en cuenta la autorización que el actor le confiere a su patrocinador Dr. Galo Suquinagua A, así como la dirección electrónica [email protected], lugar donde recibirá las notificaciones que le correspondan.- Agréguese al proceso la documentación acompañada a la demanda.- Actúe el Ab. Efrén Cuero Mesías, como Secretario encargado mediante acción de personal 11280-UARH-MME de fecha 05 de Septiembre del 2014.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE. JUEZ DE LA CAUSA: AB. PETER LOBERTY MENDOZA ALVARADO, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO UNICO OCTAVO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN SALITRE. CUANTÍA: Indeterminada. Salitre, 6 de Octubre del 2014 Ab. Nelly Encalada Serrano SECRETARIA JUZGADO ÚNICO OCTAVO DE LA FAMILIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN SALITRE Oct. 9-23; Nov. 6 (155988) Oct. 9-23; Nov. 6 (155942) CASILLA # 5128 REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL SUR DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN Oficio. 36.804 -UJFMNA-G.SUR A: ROBERTO IVAN VERA MIRANDA. LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de Divorcio por Causal No. 8547-2014, seguido por NARCIZA DAMARIS TUAREZ MACIAS en contra del señor ROBERTO IVAN VERA MIRANDA. ACTOR: NARCIZA DAMARIS TUAREZ MACIAS DEMANDADO: ROBERTO IVAN VERA MIRANDA AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTÓN GUAYAQUIL.- Guayaquil, martes 26 de agosto del 2014, las 10h30. VISTOS. Toda vez que la accionante ha comparecido a dar cumplimiento a lo ordenado en decreto de fecha 11 de Agosto del 2014, a las 12H07 en la cual la señora NARCIZA DAMARIS TUAREZ MACIAS, afirma desconocer y determinar el domicilio del demandado ROBERTO IVAN VERA MIRANDA. Avoco conocimiento de la presente causa de divorcio por causal amparado en la causal 11 del artículo 110 del Código Civil, propuesta por NARCIZA DAMARIS TUAREZ MACIAS, en contra de ROBERTO IVAN VERA MIRANDA, la misma que por ser clara, precisa, completa y reunir los requisitos de admisibilidad establecidos en los Artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se le admite al trámite del juicio Verbal Sumario. En consecuencia se dispone que se cite por la prensa; mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de la localidad, de mayor circulación a nivel nacional (UNIVERSO, EXPRESO, TELÉGRAFO) de conformidad con lo que señala el 82 del Código de Procedimiento Civil, y Art. 119 inciso II y III del Código Civil, mediando término de ocho días entre la una y la otra publicación advirtiéndole de la obligación que tienen de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación y la de señalar casillero judicial para futuras notificaciones, bajo prevenciones de ley. Que el actuario del despacho elabore el extracto de citación correspondiente.- Agréguense a los autos la documentación anexada.- Téngase en cuenta la casilla judicial que señala el accionante, así como la autorización conferida a su Abogado Patrocinador y el correo electrónico, intervenga el Abogado Santiago Real, como actuario (e) de esta Unidad Judicial, HÁGASE SABER, CUMPLASE. CUANTÍA: INDETERMINADA.JUEZ DE LA CAUSA: AB. CARLOS PINTO, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL SUR DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUAYAQUIL Y ABOGADO JUAN LOPEZ LOPEZ SECRETARIO QUE CERTIFICA.Guayaquil, 12 DE SEPTIEMBRE DEL 2014 ABG. JUAN LOPEZ LOPEZ SECRETARIO UNIDAD SUR FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Oct. 8-23; Nov. 6 (155881) JUZGADO DÉCIMO NOVENO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL GUAYAS SEDE DAULE EXTRACTO DE CITACIÓN EXTRACTO DE CITACIÓN A: señor CARLOS OMAR CHACON CAMPOVERDE, Dentro de SUSPENSION DE PATRIA POTESTAD, presentada por la señora DELIA MARIA LARA MENDOZA, en contra del señor CARLOS OMAR CHACON CAMPOVERDE, SE LE HACE SABER SE ENCUENTRA LO SIGUIENTE: Guayaquil, 23 de Abril del 2.014 a las 12H41 CAUSA N° 326-2014 VISTOS: AB. JAVIER JACHO AREQUIPA.- En mi calidad de Juez segundo adjunto de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil, por disposición de la Dirección General del Consejo de la Judicatura, legalmente posesionado y en virtud del sorteo que antecede y puesta en mi despacho el día de hoy; avoco conocimiento de la presente causa.- En lo principal, la demanda de SUSPENSION DE PATRIA POTESTAD, presentada por la señora DELIA MARIA LARA MENDOZA, en contra del señor CARLOS OMAR CHACON CAMPOVERDE, es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de ley, se la admite al trámite. Tramítese en el procedimiento contencioso Oral de conformidad con el artículo 271 y siguientes del Código de la Niñez y Adolescencia.- Previo a elaborar el extracto de citación de conformidad a lo dispuesto en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, que la actora comparezca a esta adjudicatura, en cualquier día y horario a partir de las 15h00, a rendir declaración juramentada; a fin de que se cumpla con la citación por la prensa a la parte demandada, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en el término de 72 horas para sus notificaciones, en razón de la distancia y en caso de no comparecer la demandada se procederá en rebeldía.Hecho que sea, realícese la audiencia de conciliación y contestación a la demanda a la que concurrirán las partes en virtud del principio de inmediación previsto en los artículos 75 y 169 de la Constitución de la República del Ecuador en forma personal; o por intermedio del procurador judicial con poder amplio y suficiente, que contenga cláusula especial para transigir; audiencia en la que de conformidad con el principio de concentración constante en el art. 168 numeral 6 de la norma constitucional señalada, se presentará prueba instrumental y se formularán otras pruebas.- Téngase en cuenta el casillero judicial y el correo electrónico señalado por la parte accionante y la autorización que le confiere a su abogado patrocinador.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.- En mérito de la declaración juramentada realizada por la señora DELIA LARA MENDOZA, que la actuaria del despacho elabore el extracto de citación a fin que se cite a la parte demandada en unos de los diarios de mayor circulación.- NOTIFÍQUESE.MARY ESTHER AREVALO S. SECRETARIA JUZGADO ADJUNTO 2 FMNAG Oct. 9-23; Nov. 6 (155946) REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO EXTRACTO JUDICIAL A: DIANA CAROLINA MOREIRA ZAMBRANO. LE HAGO SABER: Que en este Juzgado Décimo Noveno de la Niñez y Adolescencia del Guayas Sede Daule. MANTUANO SORIANO ERWIN SIMON, ha presentado la demanda de Patria Potestad en contra de MOREIRA ZAMBRANO DIANA CAROLINA. No. 2014-1113, cuyo extracto de demanda es el siguiente. ACTOR: MANTUANO SORIANO ERWIN SIMON. DEMANDADO: MOREIRA ZAMBRANO DIANA CAROLINA. OBJETO DE LA DEMANDA: Demanda de PATRIA POTESTAD, del MENOR MANTUANO MOREIRA SHEYLA ABIGAIL. JUEZ DE LA CAUSA: AB. DIONISIO JURADO VERA, JUEZ DÉCIMO NOVENO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL GUAYAS SEDE DAULE. AUTO INICIAL: VISTOS: En mi calidad de Juez Décimo Noveno de la Niñez y Adolescencia del Guayas con Sede en Daule, mediante Acción de Personal N°245- DNTH-SAF de fecha 13 de Enero del 2014, avoco conocimiento de la presente causa. Por cumplidos los requisitos de los Arts. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil, se acepta a trámite contencioso general, la demanda de SUSPENSIÓN DE PATRIA POTESTAD y sus alcances, presentada por MANTUANO SORIANO ERWIN SIMON, de conformidad con lo establecido en los Arts. 271 y siguientes del Código de la Niñez y Adolescencia.- Por cuanto el actor expresa bajo la gravedad del juramento que le es imposible determinar la individualidad o residencia de la demandada, mediante acta de fecha 24 de septiembre del 2014, CÍTESE por la prensa a la demandada MOREIRA ZAMBRANO DIANA CAROLINA, conforme lo dispone el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, citación que se hará mediante tres publicaciones en tres fechas distintas en uno de los diarios de mayor circulación, El Universo, o El Telégrafo que se editan en la ciudad de Guayaquil, para lo cual el actuario del despacho elaborará el extracto correspondiente, de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 74, 75 N° 1, 7 literal a de la Constitución de la República; previniéndole a la demandada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones, de no comparecer se continuará la causa en rebeldía.- Hecho, practíquese la Audiencia de Conciliación, Contestación a la Demanda y Anunciación de Pruebas; acto procesal al que concurrirán las partes en forma personal, con su respectiva cédula de ciudadanía y papeleta de votación; o por intermedio de Procurador Judicial con poder especial amplio y suficiente para transigir.- Téngase en cuenta la autorización a su patrocinador y la dirección de correo electrónico señalado.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.Cuantía Indeterminada. Lo que comunico a usted para los fines de Ley. Daule, 02 de octubre del 2014 Dr. Paúl Alexander Sinche Pauta SECRETARIO DEL JUZGADO DÉCIMO NOVENO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL GUAYAS SEDE DAULE (156001) CITACIÓN JUDICIAL: A LA SEÑORA GLADYS MARINA MUÑOZ HEREDIA, SE LE HACE CONOCER LA SIGUIENTE DEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSAL ACTOR(ES): PATRICIO XAVIER SALAZAR SAMPEDRO DEMANDADO: GLADYS MARINA MUÑOZ HEREDIA JUICIO No. 2014-9401-CA. TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZ: DR. CARLOS ENRIQUE AREVALO ESTRADA SECRETARIO: AB. EDISON ALDAZ MARTINEZ CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, 08 de septiembre del 2014, las 08h05.- VISTOS: Avoco conocimiento, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito, provincia de Pichincha, por cuanto se ha dado cumplimiento a providencia anterior, en lo principal.- La demanda de divorcio presentada por el señor Patricio Xavier Salazar Sampedro, que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley.- De conformidad con lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, art. 119 del Código Civil, y al juramento rendido por el actor de la imposibilidad de determinar la individualidad, residencia y/o domicilio, se dispone citar a la demandada señora GLADYS MARINA MUÑOZ HEREDIA, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en la ciudad de Quito, mediando ocho días entre cada publicación. Una vez citada, la parte demandada deduzca todas las excepciones dilatorias y perentorias de que se considere asistido, bajo las prevenciones que son de Ley; se advierte a la demandada de su obligación de comparecer a juicio bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía, con fundamento en el art. 56 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, art. 75 inciso primero del Código de Procedimiento Civil, señalen las partes procesales domicilio judicial electrónico en un correo electrónico, de un-a abogado-a-, para futuras notificaciones.- Agréguese los documentos acompañados, téngase en cuenta el casillero judicial del Palacio de Justicia de Quito, designado por la parte actora, la autorización dada a su Abogado.- Dese a la presente causa el trámite verbal sumario, determinado en el artículo 118 de la Codificación del Código Civil, artículo 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- Actúe el Abogado Edison Rodrigo Aldaz Martinez en su calidad de secretario.- [Divorcio causal No. 2014-9401-CAE].-” Certifico.AB. EDISON ALDAZ MARTINEZ SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA Oct. 23; Nov. 6 (155771) REPÚBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial-guayas.gob.ec EXTRACTO JUZGADO SÉPTIMO TITULAR DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN A: DIEGO ARMANDO MATAMOROS ESCOBAR. LE HAGO SABER: Que en el Juzgado Séptimo de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil se encuentra la demanda de Suspensión de Patria Potestad No. 5914-2009, seguido por JOHANNA MARIANELA CHAVEZ MALO contra DIEGO ARMANDO MATAMOROS ESCOBAR, cuyo extracto es el siguiente: DEMANDANTE: JOHANNA MARIANELA CHAVEZ MALO. DEMANDADO: DIEGO ARMANDO MATAMOROS ESCOBAR. OBJETO DE LA DEMANDA: Que mediante resolución se suspenda la Patria Potestad que ejerce el demandado, sobre el menor DIEGO ALESSANDRO MATAMOROS CHAVEZ, amparada en lo que dispone el Art. 112 del Código de la Niñez y Adolescencia.AUTO INICIAL: AUTO DE ACEPTACIÓN AL TRAMITE DE LA DEMANDA.- Vistos: En mérito del sorteo de ley, y de la razón actuarial que antecede avoco conocimiento de la presente demanda de SUSPENSIÓN DE PATRIA POTESTAD, que sigue la señora JOHANNA MARIANELA CHAVEZ MALO, por los derechos que representa del menor DIEGO ALESSANDRO MATAMOROS CHAVEZ, en contra del señor DIEGO ARMANDO MATAMOROS ESCOBAR, la misma por ser clara, precisa, completa y reunir los requisitos se la acepta al trámite, se dispone citar al demandado mediante tres publicaciones en uno de los diarios de esta localidad en días distintos y en caso de no comparecer dentro del término de 20 días posteriores a la tercera y última publicación será declarado en rebeldía y se continuara con el trámite de conformidad con el Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. Tómese en cuenta la casilla judicial que señala la parte accionante para futuras notificaciones y la autorización que le confiere a su abogado patrocinador. Agréguese a los autos los anexos que adjunta a la demanda y el alcance que hace a la misma. Elabore el extracto de citación correspondiente.- Guayaquil, 27 de marzo del 2014 a las 09:52. Vistos: Agréguense a los autos los escritos presentados por la accionante Johanna Marianela Chávez Malo. En lo principal, los Magistrados y Jueces deben declarar de oficio la nulidad o a petición de parte, cuando existiere violación al trámite y que la misma hubiese influido o pudiese influir en la decisión de la causa.- En el presente caso y por cuanto de las publicaciones acompañadas se desprenda que en el extracto de citación al demandado Diego Armando Matamoros se lee Juzgado Décimo Quinto de lo Penal de Guayaquil cuando debería decir Juzgado Séptimo de la Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil, a fin de garantizar el debido proceso y la Seguridad Jurídica que prescriben los Arts. 76 y 82 de la Constitución de la República, se declara la nulidad de todo lo actuado a partir de fs. 10 del proceso disponiéndose que por Secretaria se elabore y entregue a la parte actora un nuevo extracto de citación para que se cumpla de manera correcta con la citación al demandado.- Actúe la Ab. Mónica Peñafiel Montero como secretaria (e) de la Judicatura en virtud de la Acción de Personal No. 2654-UARH-AMS que rige a partir del 18 de marzo del 2014.JUEZ DE LA CAUSA: Abogada Marien Segura Reascos, Juez Séptimo de la Familia, Mujer Niñez y Adolescencia de Guayaquil.Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial para futuras notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrarío será tenido o considerado rebelde.Guayaquil, 27 de Marzo del 2014 Ab. Mónica Peñafiel Montero SECRETARIA JUZGADO SÉPTIMO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA DIVORCIO POR CAUSAL No. 33359-2013-H TRAMITE: VERBAL SUMARIO ACTOR(A): CAMACHO QUISHPE MANUEL ABRAHAM DEMANDADO(A): SISA PERRAZO CARMEN AMELIA CITACIÓN JUDICIAL A: SISA PERRAZO CARMEN AMELIA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 1 de octubre del 2014, las 09h27.- VISTOS: Hágase parte del proceso los escritos que anteceden. En lo principal, la demanda y el alcance a la demanda presentada por Edgar Roberto Aldas Freire en calidad de procurador judicial del MANUEL ABRAHAM CAMACHOO QUISHPE, es clara, precisa y completa, por reunir los requisitos del Art. 67 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se acepta al trámite verbal sumario contenido en sección 23a, Art. 828 y subsiguientes del Código de Procedimiento Civil. Atendiendo a la demanda, y la documentación que adjunta; acorde con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, dado que la parte accionante, bajo juramento realizado ante la Judicatura declara que le ha sido imposible determinar la individualidad, domicilio actual o residencia habitual de la parte demandada y acompaña documentos de sus gestiones, se dispone que la citación a la demandada, con el auto de calificación y la demanda, se haga por medio de la prensa, lo que se efectuará por intermedio de 3 publicaciones, que se las hará mediante término de ocho días por lo menos, entre la una y otra publicación, de conformidad con los art. 82 del Código de Procedimiento Civil y Art. 119 del Código Civil, en uno de los medios de prensa de mayor circulación del país. Por Secretaria se conferirá el extracto para la publicación de la citación a la parte demandada. En el extracto de citación se advertirá a la demandada, de la obligación que tiene de comparecer a este proceso y de señalar casilla judicial o correo electrónico en esta ciudad de Quito para sus notificaciones, así como, que en caso de no comparecer dentro de veinte días después de la última publicación, podrá ser juzgada o declarada en rebeldía.- Tómese en casillero judicial y el correo electrónico señalado por la parte accionante.- Hágase parte del proceso los documentos presentados por la parte actora. Tómese en cuenta la designación y aceptación del curador Ad-Litem del adolescente MICHAEL BRYAN CAMACHO SISA, al señor JOSÉ GUILLERMO RENE TAMAYO, quien se posesionará de su cargo el día jueves 09 de octubre de 2014, las 16h00. Dada la naturaleza del asunto se la releva del requisito de rendir fianza, para la posesión que servirá de suficiente discernimiento.- Téngase en cuenta el casillero judicial y la procuración judicial conferida a su Abogado patrocinador.- Agréguese la documentación adjunta.- Actúe la el Dr. Mauricio Avilés Merino en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial.- Cítese y Notifíquese.- f) Abg. Judith Naranjo Briceño, Jueza de la Unidad. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones en esta causa, en esta ciudad de Quito. DR. MAURICIO AVILES MERINO SECRETARIO Oct. 9-23; Nov. 6 (155960) Oct. 8-23, Nov. 6 (155790) UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL: a la Señora ERNESTINE LINA VIRGINIE LACHAT con la siguiente demanda de Divorcio, AL TENOR SIGUIENTE: (Extracto) ACTOR: JORGE LUIS ESTACIO VERDESOTO. DEMANDADA: ERNESTINE LINA VIRGINIE LACHAT OBJETO: Amparados en lo Art. 110 numeral 11 inciso segundo del Código Civil, solicita que en sentencia declare disuelto el vínculo matrimonial. TRAMITE: Verbal Sumario. CUANTÍA: Indeterminada. FECHA DE INICIACIÓN DEL JUICIO: 04 de Septiembre del 2014. NUMERO DE LA CAUSA: 15244-2014 DOMICILIO LEGAL: Casilla Judicial N.- 4410. Dra. Lucrecia Sarango Pinzón. (Providencia) UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 24 de septiembre del 2014, las 13h06. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo de Ley, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha.- Por cumplido con el requerimiento que antecede, constante a fojas 13 de los autos. En lo principal, la demanda propuesta por el señor JORGE LUIS ESTACIO VERDESOTO, es clara, completa y reúne los requisitos exigidos por la Ley, por lo que declarándosela procedente se la admite al trámite Verbal Sumario.- En mérito del juramento rendido por el actor señor JORGE LUIS ESTACIO VERDESOTO, en el sentido de que le ha sido imposible determinar su actual domicilio o residencia de la demandada ERNESTINE LINA VIRGINIE LACHAT, pese a las múltiples averiguaciones que ha realizado; y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, CITESE a la demandada señora ERNESTINE LINA VIRGINIE LACHAT, por la prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación de este cantón Quito, provincia de Pichincha, conforme a lo previsto en el Art. 119 incisos segundo y tercero del Código Civil vigente, para lo cual por Secretaria se entregará el respectivo extracto.- Agréguese al proceso los documentos adjuntos.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado por el accionante para sus posteriores notificaciones y la facultad concedida a su abogada defensora.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- F) DR. RAÚL REINOSO ROJAS. JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL. Lo que comunico a Usted y lo CITO para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la presente causa, para que reciba futuras notificaciones que le correspondan en la presente causa, dentro del perímetro y Jurisdicción de esta Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia Mujer, Niñez y Adolescencia de esta ciudad.- Quito, a 26 de septiembre del 2014.- Certifico. LLAMADO A ACREEDORES La compañía KUKKOASIAN GRILL & SUSHI CIA. LTDA., de conformidad con lo dispuesto por el Art. 393 de la ley de compañías, notifica a los acreedores de la compañía para que en el término de veinte días contados desde la última publicación, presente los documentos que acrediten su derecho en las oficinas de la compañía. Portugal E10220 y Av. 6 de Diciembre, atención MAURICIO ALEJANDRO GALARZA MADRID. Quito, noviembre del 2014 Mauricio Alejandro Galarza Madrid Liquidador AB. JUAN CARLOS MIÑO ORTEGA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL Nov. 5-6-7 (157334) Oct. 9-23; Nov. 6 (155985) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN A: JUSTO BUENO CERCADO. LE HAGO SABER: Que por sorteo de Ley, ha tocado conocer a este Juzgado el Juicio No. 09332-2014-39115, seguido por AB. BLANCA GERMAN ESPINOZA, en su calidad de Procurador Judicial del BANCO CENTRAL DEL ECUADOR, contra JUSTO BUENO CERCADO, cuyo extracto es el siguiente: GUAYAQUIL, Octubre 12 del 2009, a las 08h22. VISTOS: La demanda que antecede presentada por el Ab. VICTOR ALEJANDRO PAZMIÑO ARIAS, en su calidad de Liquidador Interino de BANCO DEL AZUAY S.A. EN LIQUIDACIÓN contra JUSTO BUENO CERCADO, es clara, precisa y completa porque reúne los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite correspondiente.- En lo principal y como de las copias acompañadas se desprende que el ejecutado JUSTO BUENO CERCADO, no ha pagado el crédito ni ha dimitido bienes, por lo que fue requerido en el mandamiento de ejecución dictado por el Señor Juez de Coactiva de Banco de Azuay S.A., no ha dimitido bienes equivalentes para el embargo, se presume la insolvencia de la antes nombrada demandada al tenor de lo establecido en el Art. 507, 509, 510 del Código de Procedimiento Civil, se declara que ha lugar el concurso de acreedores en contra del demandado JUSTO BUENO CERCADO, consecuentemente se ordena que el fallido dentro del término de ocho días presente el balance de sus bienes con indicación del activo y pasivo; la ocupación y depósito de sus bienes, libros correspondencia y documentación que deberán ser entregados al Síndico de Quiebras a quien se manda a intervenir en este juicio, que se acumulen los pleitos que se sigue contra del fallido por obligaciones de dar o hacer con excepción de las obligaciones hipotecarias, debiéndose oficiar para el efecto a los señores Fiscales y Jueces de lo Penal del Guayas para que califique la insolvencia.- Se advierte al fallido que no puede ausentarse del lugar del juicio sin autorización del suscrito Juez, por lo tanto se manda a oficiar a la Oficina de Migración y Extranjería de la República.- Publíquese esta providencia una vez ejecutoriada en uno de los diarios matutino de mayor circulación en esta ciudad de Guayaquil, esto es en unos de los diarios, El Universo, Extra, Expreso o El Telégrafo.- Se concede al fallido el término de tres días conforme el Art. 521 del Código de Procedimiento Civil, para que pueda oponerse a la insolvencia.- Ofíciese al señor Delegado Provincial del Servicio Rentas Internas del Guayas, a la Secretaría Nacional Técnico de Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones del Sector Público y a los señores Notarios del Cantón Guayaquil para que anote el estado de la insolvencia de la fallida en el registro de las interdicciones a su cargo.- Oportunamente se señalará día y hora para la junta de acreedores.- Cítese al demandado en el lugar que indica para el efecto.- Téngase en cuenta la casilla judicial No. 4754 que señala para sus notificaciones, así como la autorización profesional que le concede a sus abogados patrocinadores.- Hágase saber.- f) AB. PEDRO IRIARTE SUAREZ JUEZ DUODÉCIMO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL.- Guayaquil, jueves 5 de junio del 2014, las 09h07. En mérito de la Resolución del Consejo de la Judicatura No. 167-2013 de fecha 30 de Octubre del 2013 mediante la cual se suprimen los Juzgados de lo Civil y Mercantil de Guayaquil y se crea la "Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Guayaquil", que funciona en el "Centro Judicial Florida Norte", a la causa No. 913-2009-Y que correspondía al Juzgado Duodécimo de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, se le ha reasignado el No.09332-2014-39115, de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Guayaquil, por lo tanto, en lo posterior las partes litigantes deberán dirigir sus escritos al Juez _L. Abg. Roberto Napoleón Angulo Lugo de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil, con el nuevo número de causa reasignado.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de la acción de personal No.10766-DNTH-SAF de fecha 27 de septiembre del 2013 que rige a partir del 02 de Octubre del 2013, suscrita por la Dirección Nacional de Talento Humano del Consejo de la Judicatura.- Agréguese a los autos los escritos presentados por la AB. BLANCA GERMAN ESPINOZA, en su calidad de Procurador Judicial del BANCO CENTRAL DEL ECUADOR, con quien se contara en lo posterior como actor dentro de la presente causa.- Téngase en cuenta la casilla judicial No. 5408 y el correo electrónico [email protected] que señala para recibir sus futuras notificaciones.- Se ordena citar por la prensa al demandado JUSTO BUENO CERCADO, mediante tres publicaciones que se harán en el diario El Telégrafo que se edita en esta ciudad de Guayaquil, de conformidad a lo preceptuado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la accionante ha afirmado bajo juramento que le es imposible determinar su actual domicilio o residencia del accionado antes mencionado.- Intervenga como Secretaria encargada del Juzgado la Abogada Magali Hidalgo Sánchez, mediante acción de personal No.UAR-3111 que rige a partir del 27 de marzo del 2014.- Hágase saber.- F) AB. ROBERTO ANGULO LUGO, JUEZ DUODÉCIMO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL.Particular que pongo en su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para futuras notificaciones que le corresponda y de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso; caso contrario será considerado rebelde. Guayaquil, 05 de junio del 2014 Abg. Magaly Hidalgo Sánchez SECRETARIA ENCARGADA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL Nov. 5-6-7 (157497) REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN A: CARLOS PLUA VILLAFUERTE, Gerente General de la COMPAÑIA BOVENTER S.A. LE HAGO SABER: Que por sorteo reglamentario ha tocado el conocimiento de la presente causa, juicio de Quiebra No. 0092-B-2004, y actualmente resorteado como Unidad Judicial con el No. 15844-2014 seguido por AB. BLANCA GERMAN ESPINOZA, Procurador judicial del BANCO CENTRAL DEL ECUADOR, contra CARLOS PLUA VILLAFUERTE, Gerente General de la Cía. BOVENTER S.A. y otros se encuentra lo siguiente: OBJETO DE LA DEMANDA: Que se declare con lugar el JUICIO DE QUIEBRA. ACTOR: AB. BLANCA GERMAN ESPINOZA, Procurador judicial del BANCO CENTRAL DEL ECUADOR. DEMANDADO: CALOS PLUA VILLAFUERTE P.L.D.Q.R. DE BOVENTER S.A. CUANTÍA: USD $ 250,333.83 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES 83/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) JUEZ DE LA CAUSA: Actualmente Ab Danilo Terán Caicedo, Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en Guayaquil. AUTO INICIAL: Guayaquil, 26 de febrero del 2004, las 08:48:21.- 0092-B-2004.- VISTOS. La demanda que antecede, presentada por Arturo Black Balseca, por los derechos que representa del banco del Azuay S.A., en saneamiento, en su calidad de Apoderado especial y Procurador Judicial, personería que se declara legitimada, en mérito del instrumento público adjunto, por reunir los requisitos de los Arts. 71, 72 y 1066 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara y precisa, admitiéndola al trámite correspondiente. En mérito de los recaudos adjuntos a la demanda, se viene en conocimiento que, en la ejecución por dólares seguida contra la compañía BOVENTER S.A., en la interpuesta persona de su Gerente General y Representante Legal Carlos Martín Plua Villafuerte, en el Juzgado de Coactiva del Banco del Azuay en Saneamiento, librado el mandamiento de ejecución, ésta no ha pagado el valor de US$ 250.333,83 Dólares Americanos, ni han dimitido bienes equivalentes, dentro del término señalado como aparece de los documentos acompañados. En tal virtud, al tenor de lo establecido en el Art. 530 del Código de Procedimiento Civil, se presume la insolvencia de la demandada compañía BOVENTER S.A., y como consecuencia de ello, se declara haber lugar a la Quiebra, ordenándose que la demandada, dentro de ocho días, presente el balance de sus bienes, con la indicación de activo y pasivo, la ocupación y depósito de sus bienes, así como de los libros, correspondencia y más documentos de la concursada y ordenándose que por una sola vez, se ponga en conocimiento del público en uno de los siguientes diarios: El Universo, El Telégrafo Expreso y/o Extra esta declaratoria. Se ordena la acumulación de pleitos seguido contra Ja demandada por obligaciones de dar o hacer, para lo cual de inmediato remítase atentos Oficios a los señores Jueces de lo Civil de Guayaquil. Se dispone que uno de los señores Jueces de lo Penal del Guayas, califique la Quiebra. Se dispone que los bienes de la concursada sean entregados a la Abogada Alizón Ramírez Chávez, en su calidad de Síndico de Quiebra. Por el estado de la concursada, ésta se encuentra en interdicción de administrar sus bienes. Diríjase atento Oficio a los señores Contralor General de la Nación, Director Regional de la Contraloría, Notarios Públicos y Registrador de la Propiedad del Cantón Guayaquil, comunicándoles el estado en que se encuentra la demandada. Oportunamente se señalará día y hora para la junta de Acreedores. Se advierte al Gerente General y Representante Legal de la demandada que no puede ausentarse del lugar del juicio, sin autorización de la Judicatura, debiendo Oficiarse en este sentido al Director y Subdirector de Migración y Extranjería. Cítese a la demandada compañía BOVENTER S.A., en la interpuesta persona de su Gerente General y Representante Legal, Carlos Plua Villafuerte, cítesela por la prensa, en el diario El Universo, por cuanto el actor ha declarado bajo juramento desconocer su actual domicilio, en la forma prevista en el Art. 86 del cuerpo de leyes antes citado.- F).- Dr. Carlos Coello Vera M.A.P. Ab. Juez Undécimo de lo Civil de Guayaquil.- Sigue.- Guayaquil, miércoles 18 de diciembre del 2013, las 10h48.- Incorpórese a los autos el escrito presentado por la parte actora, atendiendo lo solicitado la actuaría del despacho, envía adjunto a la boleta el extracto de citación, para que sea citado el demandado y que podrá ser en uno de los siguientes diarios El Universo, El Telégrafo y/o Expreso de esta ciudad de Guayaquil.Intervenga la Ab. Bonnie Carrión Zamora, Secretaria del Despacho designada por la Delegación Provincial del Consejo de la Judicatura según comunicación electrónica remitida por la Jefa de Personal de fecha 17 de Octubre del 2013.- F) AB. DANILO TERÁN CAICEDO, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL. Hágase saber.- Sigue.- Guayaquil, lunes 30 de junio del 2014, las 10h57.- Agréguese solo el escrito presentado por la Ab. Mercedes Zevallos Pinoargotty.Corríjase el error en las notificaciones realizadas, debiéndose notificar en lo posterior en la casilla correcta.- Hágase saber.- F) AB. DANILO TERÁN CAICEDO, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL. Lo que cito a Usted, para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación de que tiene que señalar casilla judicial para sus notificaciones posteriores dentro del término correspondiente.Guayaquil, 19 de Agosto del 2014 ABG. BONNIE CARRIÓN ZAMORA SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DE GUAYAQUIL (K) Nov. 5-6-7 (157498) El Telégrafo I jueves 6 de noviembre del 2014 37 AL PÚBLICO LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado a esta judicatura el juicio de No. 28170-2014 seguido por la Ab. Carmen Bardellini Jaramillo Procurador Judicial del Representante Legal del Banco Central S.A. en contra de WALKER GORICHON GABRIEL ALBERTO cuyo extracto es el siguiente: AVISO DE REMATE Pongo en conocimiento del público, que en Auto dictado el 13 de octubre del 2014; a las 08h50, por el señor Juez Nacional de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, dentro del Juicio Coactivo No. 1014-2010, se ordenó el remate del bien inmueble embargado, señalándose para el efecto, el día MARTES, 11 de diciembre del 2014, el que se llevará a cabo desde las 13h00 hasta las 17h00, en la Secretaría de este Despacho, en el Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicado en las calles 9 de octubre No. 200 y Pichincha, segundo piso, de la ciudad de Guayaquil. CARACTERÍSTICAS DEL BIEN INMUEBLE A REMATARSE: Bien inmueble consistente en Un solar y casa, signado con el Solar 1 de la manzana 21 ubicado de la sección urbana de la Hacienda Milagro, en la jurisdicción parroquial y cantón Milagro, provincia del Guayas, con los siguientes linderos y dimensiones: Por el Norte: con la calle sin nombre, con 20m; Por el Sur: Con el solar No 4 con 16,20m; Por el Este: Con los solares No 2 y 3 con 25,50m; y, Por el Oeste: Con la calle sin nombre con 14,20m, lo que da una superficie de 359,28 m2 Trescientos cincuenta y nueve metros con veintiocho decímetros cuadrados, cuyas características y demás especificaciones podrán ser apreciadas en el Informe de Avalúo que consta en el proceso.AVALÚO: USD$ 211,467.18 (DOSCIENTOS ONCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 18/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). Se fija como SEGUNDO SEÑALAMIENTO para el día MARTES, 11 de diciembre del 2014 desde las 13h00 hasta las 17h00, tal como lo dispone el Art. 458 del Código de Procedimiento Civil, reformado en el Suplemento publicado en el Registro Oficial #583 del 24 de Noviembre del 2011, el mismo que tendrá lugar en la sala del Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicada en la Avenida 9 de Octubre # 200 y Pichincha, Segundo Piso, de esta ciudad de Guayaquil. Conforme el artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, los postores a plazo serán calificados con quince (15) días de anticipación a la realización del remate, para lo cual, deben acudir a las oficinas de la Corporación Financiera Nacional y solicitar los requisitos de toda la información y/o documentación a presentar para el proceso de calificación respectivo, para el efecto, el (la) Secretario (a) de Coactiva entregará los formularios correspondientes a las personas interesadas, los cuales también pueden ser obtenidos a través de la página web institucional en www. cfn.fin.ec.- En tal virtud las personas interesadas deberán obtener o retirar la información y/o documentación correspondiente a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos los documentos habilitantes hasta 15 días antes del día del remate; esto es, hasta el JUEVES 20 DE NOVIEMBRE DE 2014, hasta las 12H00, en la Subgerencia Regional de Cartera de la Corporación Financiera Nacional.- No se aceptarán ofertas de postores a plazo que no hubieren sido previamente calificados por la Institución, salvo el caso, de aquellos postores que presenten su postura de contado a la cual deberán acompañar, además de la postura, actividad económica del postor y la casilla judicial o correo electrónico para las notificaciones de Ley, debiendo ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión, la siguiente documentación habilitante: 1) Formulario Conoce a tu Postor; 2) Formulario de Licitud de Origen de Fondos; 3) Copia de cédula de ciudadanía o de identidad y papeleta de votación, de ser aplicable también del cónyuge, en caso de personas naturales; copia de nombramiento y Registro Único de Contribuyentes, en caso de personas jurídicas; 4) copia de pago de servicio básicos del domicilio del postor; 5) Declaración de Persona Expuesta Políticamente, en caso de ser aplicable. No se admitirán posturas tachadas, corregidas o ininteligibles, así como las que no vayan acompañadas de los documentos habilitantes exigidos por la Corporación Financiera Nacional, así como aquellas que no contengan por lo menos, el diez por ciento del valor total de la oferta, el que se consignará en cheque certificado, cheque de Gerencia a la orden de la Corporación Financiera Nacional, o depósito efectuado a la cuenta de la Corporación Financiera Nacional; tampoco se admitirán las que fueren presentadas antes de las trece horas o después de las diecisiete horas del día señalado para el remate. Por tratarse de SEGUNDO SEÑALAMIENTO conforme a lo previsto en el Art. 471 del Código de Procedimiento Civil, tampoco se admitirán posturas por menos de 50% del valor del avalúo del bien a rematar. Según el mandato del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, se podrá aceptar posturas en las cuales se fijen plazos de hasta ocho años para el caso de bienes inmuebles y de tres para los bienes muebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 461 del Código de Procedimiento Civil, antes de cerrarse el remate, el deudor puede librar sus bienes, pagando la deuda, intereses y costas.- El remate del bien inmueble se lo realizará de conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil y se lo entregará en el estado en que se encuentre, el mismo que es de pleno conocimiento y aceptación del postor.- Todos los costos y gastos que demande la transferencia de la propiedad objeto del remate, serán de responsabilidad del postor/adjudicatario. Así mismo, las costas y gastos que se generen a partir de la fecha en que se dicte el correspondiente auto de adjudicación, serán a cargo del adjudicatario. De igual forma los impuestos municipales, prediales, las tasas, servicios de luz, agua, teléfono y condominio (en caso de que sean bienes que se encuentren en propiedad horizontal) serán con cargo al coactivado.- Si fuera una persona natural que resultare ser la adjudicataria de los bienes a rematarse deberá contratar un seguro de desgravamen, siempre y cuando se rematare el bien a plazos. El actuario del despacho, elabore el aviso correspondiente que se publicará por tres ocasiones en diario El Telégrafo, así también, que la Gerencia Nacional de Mercadeo y Promoción y/o la Gerencia de División de Informática y/o la unidad administrativa competente publiquen la información correspondiente en la página web institucional en www.cfn.fin.ec . Hecho vuelvan los autos para proveer lo que corresponda.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.-” F.) Dr. Jorge Chang Ycaza, Juez Delegado de Coactiva.- Dr. Omar Obando Rosero, Secretario de Coactiva.- Lo Certifico.- Guayaquil, 13 de octubre del 2014.Lo que comunico al público, para los fines de Ley.- AUTO INICIAL RECAIDO: Guayaquil, 15 de enero de 2010, a las 08h33. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente demanda en mi calidad de Juez Provisional del Juzgado Segundo de lo Civil de Guayaquil, y en mérito a la acción de personal No. 35-DNP del 6 de Enero del 2010, remitido por el Consejo Distrital de la Judicatura.- La demanda que antecede presentada por el abogado JOSE MARIA GALLEGOS LETAMENDI, por los derechos que representa en su calidad de Liquidador de Banco de Crédito S. A. en Liquidación, conforme lo acredita con los instrumentos públicos que acompaña. Por reunir los requisitos de ley, se la califica de clara, completa y precisa, razón por la cual se la admite al trámite.- En lo principal, En lo principal, de las copias certificadas aparejadas, se viene en conocimiento que el demandado GABRIEL ALBERTO WALKER GORICHON, no ha cumplido con pagar la suma de $ 11,101,26, dispuesto en el mandamiento de ejecución dictado por en el juicio coactivo signado con el No. JC-0492001, auto de pago emitido el 20 de agosto del 2007, por lo que demanda la formación del concurso de acreedores de GABRIEL ALBERTO WALKER GORICHON, por lo que se presume su insolvencia y consecuentemente, se declara haber lugar al concurso de acreedores en su contra.- Por lo que se dispone, que se haga conocer de este particular al público, por una sola vez, mediante una publicación que se hará en uno de los diarios de amplia circulación Universo, Expreso, Telégrafo que se editan en esta ciudad.- Igualmente se dispone que la fallida en el término de ocho días presente el balance de sus bienes con indicación del activo y pasivo; Que se proceda a la ocupación de sus bienes, libros, correspondencia y demás documentos y que se los entregue en depósito al Síndico de Quiebra, a quien se manda intervenir en este juicio; Que se acumulen los pleitos que se sigan contra de la fallida, por obligación de dar o hacer, debiendo para el efecto oficiarse a los señores Jueces de lo Civil de Guayaquil; Obténgase, copias certificadas necesarias y suficientes para que sean enviadas a la oficina de sorteos de causas y casilleros Judiciales para que previo el sorteo de ley correspondiente se designe el Juez de lo Penal que deberá calificar la insolvencia de la fallida; Se advierte a la fallida que no puede ausentarse del lugar del juicio sin autorización del suscrito, debiendo para el efecto oficializarse a las autoridades de Migración y Extranjería de la República; Notifíquese al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Guayaquil, para que tome nota del estado de insolvencia del fallido en los libros de interdicciones a su cargo; Oportunamente señalará día y hora para la junta de Acreedores.- Previo al cumplimiento de lo ordenado anteriormente, se le concede a la fallida el término de tres días para que pueda oponerse a la insolvencia, conforme al Art. 521 del Código de Procedimiento Civil.- Cítese al demandado por medio de uno de los diarios de mayor circulación que se edita en esta ciudad, sean El Universo, El Telégrafo o Expreso, de conformidad con lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en mérito del juramento que hace el actor.- Agréguese los documentos acompañado a los autos.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la parte actora para sus futuras notificaciones y la autorización que confiere a su defensor.- Cítese y notifíquese.JUEZ DE LA CAUSA: Abg. José Miguel Ordoñez Juez B de lo Civil de Guayaquil.Lo que comunico al público para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tienen de señalar casillero judicial para futuras notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación caso contrarío serán tenidos o declarados rebeldes. Guayaquil, 12 de agosto del 2014. Unidad Judicial Civil de Guayaquil Ab. Jhonny Coppiano Z. SECRETARIO (157489) REPÚBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial-guayas.gob.ec UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL EXTRACTO - CITACIÓN A: Compañía Gerencia Industrial INDUGERENCIA S.A. SE LE HACE SABER: En el Juicio No. 09332-2014-12948 que sigue BANCO CENTRAL DEL ECUADOR, en contra Contra Compañía Gerencia Industrial INDUGERENCIA S.A., hay lo siguiente: FUNDAMENTOS DE LA DEMANDA: Conforme lo establecido en los Arts. 507 y 519 del Código de Procedimiento Civil. Dr. Omar Obando Rosero SECRETARIO DEL PROCESO CORPORACION FINANCIERA NACIONAL EXTRACTO DE LA ESCRITURA PÚBLICA QUE CONTIENE EL CAMBIO DE DOMICILIO DE LA COMPAÑÍA GRASAS Y ACEITES OJEDAMULTIPLE S.A. DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO AL CANTÓN PEDRO MONCAYO, PROVINCIA DE PICHINCHA Y CONSIGUIENTE REFORMA DE ESTATUTOS. 1. ANTECEDENTES.- La compañía GRASAS Y ACEITES OJEDAMULTIPLE S.A., se constituyó mediante escritura pública otorgada en la Notaría Vigésima Novena del Distrito Metropolitano de Quito, el 25 de mayo de 2010, aprobada mediante Resolución No. 2130 de 31 de mayo de 2010, inscrita en el Registro Mercantil del Distrito Metropolitano de Quito el 7 de junio de 2010. 2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de domicilio de la compañía GRASAS Y ACEITES OJEDAMULTIPLE S.A., del cantón Quito al cantón Pedro Moncayo, provincia de Pichincha; modificación del objeto social y reforma de estatutos fue otorgada el 17 de octubre de 2014 ante el Notario Vigésimo del Distrito Metropolitano de Quito. Dicho cambio de domicilio fue aprobado por la Superintendencia de Compañías y Valores, mediante Resolución No. SCV.IRQ.DRASD.SAS.14.3689 de 30 de octubre del 2014, con la siguiente salvedad: "El restante acto societario de modificación del objeto social contenido en la misma escritura no requiere de aprobación previa de la Superintendencia de Compañías y Valores, conforme a la Disposición General Cuarta, añadida a la Ley de Compañías por el artículo 144 de la Ley Orgánica para el Fortalecimiento y Optimización del Sector Societario y Bursátil; pero queda sujeto al control ex post, en los términos de los artículos 432 y 440 de la Ley de Compañías, reformadas por la misma Ley antedicha". 3. OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada, el señor LESTER ARMANDO OJEDA RODRÍGUEZ en su calidad de GERENTE GENERAL de la compañía. 4. CAMBIO DE DOMICILIO Y PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de Compañías y Valores mediante Resolución No. SCV.IRQ.DRASD.SAS.14.3689 de 30 de octubre del 2014 aprobó el cambio de domicilio de la compañía GRASAS Y ACEITES OJEDAMULTIPLE S.A. del cantón Quito al cantón Pedro Moncayo, provincia de Pichincha. Ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública en el portal web institucional de la Superintendencia de Compañías y Valores, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros respecto al cambio de domicilio referido, señalado en el artículo 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción. 5. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de domicilio de la compañía GRASAS Y ACEITES OJEDAMULTIPLE S.A. del cantón Quito al cantón Pedro Moncayo, provincia de Pichincha, a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías y Valores. El Juez que reciba la oposición o el accionante, notificará o comunicará según el caso, a esta Superintendencia, dentro del término de dos días siguientes a partir de dicha recepción, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. Si no hubiere oposición o no fuere notificada esta Institución en la forma antes indicada, se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la mencionada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales. En virtud de la escritura pública mencionada, la compañía reforma el artículo segundo, referente al domicilio, de la siguiente manera: ACTOR: BANCO CENTRAL DEL ECUADOR “ARTÍCULO SEGUNDO: Nacionalidad y Domicilio.- La compañía es de nacionalidad ecuatoriana y tendrá su domicilio principal en la calle Cachasquí, Kilómetro dos, Parroquia Tocachi, cantón Pedro Moncayo, ...”. DEMANDADO: Compañía Gerencia Industrial INDUGERENCIA S.A. Distrito Metropolitano de Quito, Oct. 24; Nov. 06-19 (156899) TRÁMITE O VÍA SEGUIDA: CONCURSO DE ACREEDORES - ESPECIAL REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL UNIDAD JUDICIAL FLORIDA DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUAYAQUIL DE GUAYAS AVISO AL PÚBLICO EXTRACTO DE CITACIÓN Al: Público en General SE LE HACE SABER: Que a esta Unidad Judicial le ha tocado conocer el juicio de Insolvencia, signado con el No. 18556-2014, (ex 09323-2012-0694), seguido por la Ab. Blanca German Espinoza, en su calidad de Procuradora Judicial del Banco Central del Ecuador, en contra de GIOVANNY ZUNIVO GONZALEZ, cuyo extracto es el siguiente: AUTO INICIAL: Guayaquil 22 de enero del 2013, las 09h14.VISTOS: Atenta la acción de personal No. 379-UARH-NVP de fecha 17 de enero de 2013, avoco conocimiento de la presente causa.- La demanda que antecede presentada por la Ab. Blanca Gardenia German Espinoza, en su calidad de Procuradora Judicial del BANCO CENTRAL DEL ECUADOR, personería que acredita con el testimonio de procuración judicial que en copia certificada acompaña, se la califica de clara, precisa y completa y por consiguiente se la admite al tramite.- En lo principal, como de las copias certificadas acompañadas se viene a conocimiento que el demandado GEOVANNY ZUNINO GONZÁLEZ, no ha cumplido con el mandamiento de ejecución dictado por el señor Juez Vigésimo Tercero de lo Civil de Guayaquil, esto es no ha pagado la suma de U.S. $ 6,861.18 dólares de los Estados Unidos de América, ni ha dimitido bienes equivalentes para el embargo, por lo que se presume la insolvencia y consecuentemente haber lugar al concurso de acreedores en su contra, particular este que se pondrá en conocimiento del publico por una sola vez, una vez transcurrido el término de ley. Se ordena que el fallido en el término de ocho días presente el balance de sus bienes con indicación del activo y pasivo, que se proceda a la ocupación de sus bienes, libros correspondencias y demás documentos y que se los entregue al Síndico de Quiebra, Ab. Washington Cabrera, a quien se manda intervenir en este proceso. Que se acumulen los pleitos que se sigan contra el fallido, por obligaciones de dar o hacer, debiendo oficiarse a los Jueces de lo Civil de Guayaquil, haciéndole conocer de este particular. Que se obtengan las copias certificadas necesarias y se las envíe al Ministerio Público, para que mediante el sorteo de ley, se determine el Agente Fiscal que deberá calificar la insolvencia del fallido. Notifíquese al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Guayaquil, para que tome nota del estado del insolvencia del fallido en los libros de interdicción a su cargo. Oportunamente se convocará a junta de acreedores. Previo al cumplimiento de lo anterior se le concede al fallido o demandado GEOVANNY ZUNINO GONZÁLEZ, el término de tres días para que pueda oponerse a la quiebra, de conformidad con lo normado en el Art. 521 del Código de Procedimiento Civil. Agréguese a los autos la documentación acompañada.- Tómese en cuenta el casillero judicial y correo electrónico que señala la parte actora.- Notifíquese y Cítese en los lugares indicados.- f) Ab. Eduardo Seminario Vinueza, Juez (t) Vigésimo Tercero de lo Civil y Mercantil de Guayaquil.- SIGUE LA PROVIDENCIA Razón: Siento como tal, señor Juez, como actuario del despacho comunico a usted, que el demandado Giovanny Zunino González, no ha cumplido con lo preceptuado en el Art. 521 del Código de Procedimiento Civil, pagando la deuda o demitido bienes dentro del termino que se le concedió, conforme se encuentra ordenado en providencia que antecede.- Lo certifico. Particular que comunico a usted para los fines legales pertinentes. Guayaquil 28 de Octubre del 2013 F) Ab. Arturo Rosero Cazo, Secretario, Juzgado Vigésimo Tercero de lo Civil.- SIGUE LA PROVIDENCIA Guayaquil, 20 de junio del 2014, las 11h50. Agréguese el escrito presentado por la actora.- Atenta el acta de sorteo, se pone en conocimiento que en virtud de la resolución No. 167-2013 del 30 de octubre de 2013, emitida por el Consejo Nacional de la Judicatura, a la presente causa 694-C-2012 se le reasignó el número 2014-18556, para su tramitación a cargo del suscribiente juez Ab. Víctor Hugo Medina Zamora, de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL.- SIGUE LA PROVIDENCIA Agréguense a los autos los escritos que anteceden.- Previo a proveer lo que en derecho corresponda, con el escrito de la parte demandada de fecha 4 de noviembre de 2013, traslado a la contraparte por el término de tres días.- Con su contestación o en rebeldía vuelvan los autos inmediatamente.- Tómese en cuenta la casilla judicial No. 51 y correo electrónico que señala la parte demandada; y la casilla judicial 5408 y correo electrónico que señala la parte actora para notificaciones.Atenta la razón sentada por el secretario judicial, con fecha 28 de octubre de 2013, de la que se desprende que el fallido o demandado, no se ha opuesto a la insolvencia en la forma prevista en el artículo 521 del Código de Procedimiento Civil, se dispone que se cumpla con lo ordenado en el auto de calificación de la demanda. Previo a la elaboración y entrega del aviso de insolvencia, cúmplase con notificar primeramente al Síndico de Quiebra, Ab. Washington Cabrera, a fin de que se posesione del cargo en el término de cinco días, y presente su informe, dentro del término de diez días.- Hágase saber.- f) Ab. Víctor Hugo Medina Zamora Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil.- SIGUE LA PROVIDENCIA Guayaquil, 2 de octubre del 2014, las 09h24. Agréguese en autos el escrito que antecede.- Se deja sin efecto la notificación previa al Síndico de Quiebras y, en su lugar, por secretaría confiérase el aviso al público y los oficios ordenados en el auto de calificación.- Cumplido, notifíquese al Ab. Washington Cabrera.- Notifíquese.- f) Ab. Víctor Hugo Medina Zamora Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil.Guayaquil, 16 de octubre del 2014 A: MIRYAN CRISTINA HAZ HERNANDEZ. Dentro de la demanda de SUSPENSIÓN DE PATRIA POTESTAD presentada por RAUL GUILLERMO MORALES LUNA en contra de MIRYAN CRISTINA HAZ HERNANDEZ, se encuentra lo siguiente: CAUSA No. 2013-338-B. VISTOS: AB. JAVIER JACHO AREQUIPA, ESP.- En mi calidad de Juez segundo adjunto de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil, por disposición de la Dirección General del Consejo de la Judicatura, legalmente posesionada y en virtud del sorteo que antecede y puesta en mi despacho el día de hoy; avoco conocimiento de la presente causa.- Previo a calificar la presente demanda que la actora en el término de 72 horas de cumplimiento a lo contemplado en el Art. 68 numeral 4 en concordancia con los Art. 332 y 333 del Código Civil.- NOTIFÍQUESE.- Agréguese a los autos el escrito presentado por la junta cantonal de fecha 29 de agosto del 2013 las 15h18.- VISTOS: Habiendo dado cumplimiento con el requerimiento efectuado.- En lo principal, la demanda de SUSPENSIÓN DE PATRIA POTESTAD presentada por RAUL GUILLERMO MORALES LUNA en contra de MIRYAN CRISTINA HAZ HERNANDEZ es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de ley, se la admite al trámite. Tramítese en el procedimiento contencioso Oral de conformidad con el artículo 271 y siguientes del Código de la Niñez y Adolescencia.CÍTESE con la copia de la demanda y esta providencia a la demandada, como expresa bajo juramento que es imposible determinar la individualidad o residencia de la demandada señora como expresa bajo juramento que es imposible determinar la individualidad o residencia del demandado señor NESTOR JOHN COQUE MERCHAN, previo ordenar el extracto de citación que comparezca el actor hacer la declaración juramentada para el día 22 de octubre del 2013 las 15h30, una vez realizada la declaración se ordena se los cite por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los diarios de mayor circulación a nivel nacional, de conformidad con lo que señala el 82 del Código de Procedimiento Civil, advirtiéndoles de la obligación que tienen de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación y la de señalar casillero judicial para futuras notificaciones, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones y en caso de no comparecer la demandada se procederá en rebeldía.- Hecho que sea, realícese la audiencia de conciliación y contestación a la demanda a la que concurrirán las partes en virtud del principio de inmediación previsto en los artículos 75 y 169 de la Constitución de la República del Ecuador en forma personal; o por intermedio del procurador judicial con poder amplio y suficiente, que contenga cláusula especial para transigir; audiencia en la que de conformidad con el principio de concentración constante en el art. 168 numeral 6 de la norma constitucional señalada, se presentará prueba instrumental y se formularán otras pruebas.- Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado por la parte accionante y la autorización que le confiere a su abogado patrocinador.- Agréguese a los autos los documentos que anexa.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.- Agréguese a los autos el escrito presentado por la actora de fecha 22 de Octubre del 2013 las 12h57.- En lo principal, que la actuaria proceda elaborar el extracto de citación para citar al demandado.- NOTIFÍQUESE.- VISTOS: Se pone a conocimiento de las partes procesales dentro de esta causa, por Principio de Publicidad, contemplado en el literal d) del numeral 7 del Art. 76 de la Constitución vigente, en concordancia con lo dispuesto en el Art. 13 del Código Orgánico de la Función Judicial, que a partir del día 24 de Octubre del 2014, la Judicatura Segunda Adjunta de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil, quedó suprimida, y se convirtió en UNIDAD JUDICIAL FLORIDA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL, conforme a las Resoluciones N° 179 y 180 del Pleno del Consejo de la Judicatura, por lo que los escritos deberán ser dirigidos como UNIDAD JUDICIAL FLORIDA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE GUAYAQUIL, con el nombre del Juez (Ab. Javier Jacho Arequipa, y el número de la causa, se mantendrá con la misma signatura, conforme al Comunicado N° 88 de fecha 23 de Octubre del 2014.- En lo principal.- Se colige el auto de calificación de fecha 10 de octubre el 2013 las 11h55, en el sentido que los nombres y apellidos correcto de la parte demandada son MIRYAN CRISTINA HAZ HERNANDEZ.- Lo demás que las partes estese a lo ordenado en el auto que antecede.- NOTIFÍQUESE.Lo que comunico a usted para fines de ley.Guayaquil, 30 de Octubre del 2014 Ab. Carlos Andres Feraud Elizalde Secretario de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil MARY ESTHER AREVALO S. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL FLORIDA DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUAYAQUIL DE GUAYAS UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL DEL CANTÓN CUENCA Nov. 6-7-8 (157557) AUTO DE ADMISIÓN: Guayaquil, lunes 01 de marzo del 2010, las 09h13. VISTOS: La demanda que antecede presentada por el Ab. Johann Alvario Rojas por los derechos que representa como Procurador Judicial de Banco del Progreso S.A., en liquidación como lo acredita con el instrumento público que acompaña, contra Compañía Gerencia Industrial INDUGERENCIA S.A., es clara, precisa y completa porque reúne los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite correspondiente.- En lo principal y como de las copias acompañadas se desprende que la ejecutada Compañía Gerencia Industrial INDUGERENCIA S.A., no ha pagado el crédito ni ha dimitido bienes, por lo que fue requerido en el mandamiento de ejecución dictado el 7 de septiembre del 2009, a las 11h48 por el Juzgado de Coactiva del Banco del Progreso S.A. en Saneamiento, no ha dimitido bienes equivalentes para el embargo, se presume la insolvencia del antes nombrado demandado al tenor de lo establecido en el Art. 507 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara que ha lugar el concurso de acreedores en contra de la demandada Compañía Gerencia Industrial INDUGERENCIA S.A., consecuentemente se ordena que la fallida dentro del término de ocho días presente el balance de sus bienes con indicación del activo y pasivo; la ocupación y depósito de sus bienes, libros correspondencia y documentación que deberán ser entregados al Síndico de Quiebras a quien se manda a intervenir en este juicio, que se acumulen los pleitos que se sigue contra la fallida por obligaciones de dar o hacer con excepción de las obligaciones hipotecarias, debiéndose oficiar para el efecto a los señores Jueces de lo Penal del Guayas para que califique la insolvencia.- Publíquese esta providencia una vez ejecutoriada en uno de los diarios matutino de mayor circulación en esta ciudad de Guayaquil.- Se concede a la fallida el término de tres días conforme el Art. 510 del Código de Procedimiento Civil, para que pueda oponerse a la insolvencia.- Oficíese a los señores Delegados Provinciales del Servicio Rentas Internas del Guayas, a la Dirección Nacional de Personal y a los señores Notarios del Cantón Guayaquil para que anote el estado de la insolvencia de la fallida en el registro de las interdicciones a su cargo.- Oportunamente se señalará día y hora para la junta de acreedores.- Hágase saber.- SIGUE DECRETO.- Guayaquil, viernes 04 abril del 2014, a las 11h28.- Agréguese a los autos el escrito y anexo que anteceden presentado por la actora AB. BLANCA GERMAN ESPINOZA, por los derechos que representa, en su calidad de Procuradora Judicial DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR, se dispone citar a la demandada GERENCIA INDUSTRIAL INDUGERENCIA S.A., en la persona de su representante legal HECTOR MORAN TRIANA, de conformidad al Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se ordena elaborar el extracto de citación, para que sea publicado por uno de estos diarios El Telégrafo, El Universo, o El Expreso.- Hágase saber.JUEZA DE LA CAUSA: Ab. Roberto Napoleon Angulo Lugo. (Despacho L) Lo que comunico a usted para los fines de ley correspondientes, advirtiéndole de la obligación que tienen d comparecer a juicio señalar casilla judicial y/o correo electrónico dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación del presente extracto citatorio por la prensa, en caso de no hacerlo será declarado o considerado en rebeldía.- Guayaquil, 07 de octubre del 2014.AB. DANNY CASTRO MENDOZA SECRETARIO (E) Nov. 5-6-7 (157496) (157492) Dr. Camilo Valdivieso Cueva INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO CUANTÍA: INDETERMINADA REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL AVISO AL PÚBLICO Al: Público en General. SE LE HACE SABER: Que a esta Unidad Judicial le ha tocado conocer el juicio de Insolvencia, signado con el No. 35464-2014, (ex 09323-2009-0950), seguido por la Ab. Blanca German Espinoza, en su calidad de Procuradora Judicial del Banco Central del Ecuador, en contra de HORACIO GUILLERMO MARIDUEÑA DE LA VERA, cuyo extracto es el siguiente: AUTO INICIAL: Guayaquil 09 de noviembre del 2009, las 12h40.VISTOS: La demanda que antecede presentada por el Ing. Wilmer A. Salazar Vargas, en su calidad de Liquidador Interino del BANCO DEL OCCIDENTE S.A., EN LIQUIDACIÓN, personería que acredita con la copia certificada de resolución que acompaña, se la califica de clara, precisa y completa y por consiguiente se la admite al tramite.- En lo principal, como de las copias certificadas acompañadas se viene a conocimiento que el demandado HORACIO GUILLERMO MARIDUEÑA DE LA VERA, no ha cumplido con el mandamiento de ejecución dictado por el señor Juez de Coactiva del BANCO DEL OCCIDENTE S.A., EN LIQUIDACIÓN, esto es no ha pagado la suma de U.S. $ 94,470.89 dólares de los Estados Unidos de América, ni ha dimitido bienes equivalentes para el embargo, por lo que se presume la insolvencia y consecuentemente haber lugar al concurso de acreedores en su contra, particular este que se pondrá en conocimiento del publico por una sola vez, una vez transcurrido el término de ley. Se ordena que el fallido en el término de ocho días presente el balance de sus bienes con indicación del activo y pasivo, que se proceda a la ocupación de sus bienes, libros correspondencias y demás documentos y que se los entregue al Síndico de Quiebra, Ab. Washington Cabrera, a quien se manda intervenir en este proceso. Que se acumulen los pleitos que se sigan contra el fallido, por obligaciones de dar o hacer, debiendo oficiarse a los Jueces de lo Civil de Guayaquil, haciéndole conocer de este particular. Que se obtengan las copias certificadas necesarias y se las envíe al Ministerio Público, para que mediante el sorteo de ley, se determine el Agente Fiscal que deberá calificar la insolvencia del fallido. Notifíquese al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Guayaquil, para que tome nota del estado de la insolvencia del fallido en los libros de interdicción a su cargo. Se prohibe al fallido ausentarse del país, sin autorización de este Juzgado, debiendo para el efecto, oficiarse a la Dirección Nacional de Migración y Extranjería. Oportunamente se convocará a junta de acreedores. Ofíciese conforme se solicita en la demanda.- Previo al cumplimiento de lo anterior se le concede al demandado HORACIO GUILLERMO MARIDUEÑA DE LA VERA, el término de tres días para que pueda oponerse a la insolvencia, de conformidad con lo normado en el Art. 521 del Código de Procedimiento Civil. En vista de la declaración bajo juramento, que hace la parte actora, quien manifiesta que le ha sido imposible determinar la residencia del actual del demandado HORACIO GUILLERMO MARIDUEÑA DE LA VERA, cítese a éste por la prensa de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, debiendo la Secretaria del Despacho, elaborar y entregar el correspondiente extracto de citación.- Agréguese a los autos la documentación acompañada, debiendo desglosarse y devolverse, dejándose en autos fotocopia certificada de los mismos.- Tómese en cuenta el casillero judicial que señala la parte actora y la autorización que da a su abogado defensor.- Notifíquese.- f) Ab. Manuel Chum Salvatierra, Juez Vigésimo Tercero de lo Civil y Mercantil de Guayaquil.- SIGUE LA PROVIDENCIA Razón: Siento como tal, que, revisado los autos y el Sistema de Seguimiento de Causas, como aparece de los mismos que el demandado o fallido, no se ha opuesto a la insolvencia, esto es no ha pagado la obligación adeudada ni ha dimitido bienes equivalentes para el embargo; y, que el término de que temía para hacerlo, se encuentra vencido.- Lo que comunico a usted, para los fines de ley.- Guayaquil, 09 de agosto de 2013.- F) Ab. Oswaldo Bolaños Lucas, Secretario (E) Juzgado Vigésimo Tercero de lo Civil.- SIGUE LA PROVIDENCIA Guayaquil, martes 27 de agosto del 2014, las 10h58.- Agréguense a los autos el escrito que antecede.- Atenta la razón sentada por el secretario del despacho, se dispone que se cumpla con todo lo ordenado en el auto de admisión y calificación de la demanda, en especial con lo solicitado en el escrito que se atiende de fecha 20 de agosto del 2013.- Tómese en cuenta la casilla judicial No. 5408 y correo electrónico [email protected] que señala la parte accionada en el mismo.- Notifíquese.- f) Ab. Victor Hugo Medina Zamora Juez del Juzgado Vigésimo Tercero de lo Civil y Mercantil de Guayaquil.- SIGUE LA PROVIDENCIA Guayaquil, miércoles 1 de octubre del 2014, las 15h21. VISTOS.- Atenta el acta de sorteo, se pone en conocimiento que en virtud de la resolución No. 167-2013 del 30 de octubre de 2013, emitida por el Consejo Nacional de la Judicatura, a la causa 950-2009, se le reasignó el número 35464-2014, para su tramitación a cargo del Juez Ab. Víctor Hugo Medina Zamora, de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL.- Agréguese el escrito presentado por la parte actora.- PRIMERO: Conforme consta de la razón sentada por el Secretario el 9 de agosto de 2013, en el sentido que el señor Horacio Guillermo Maridueña De La Vera, no se opuso a la insolvencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 521 del Código de Procedimiento Civil; se presume su insolvencia y, consecuentemente, haber con lugar al concurso de acreedores. SEGUNDO: Conforme consta en providencia del 27 de agosto de 2013, cúmplase con todo lo ordenado en el auto de calificación y admisión de la demanda; y, pese a que consta a foja 58 vuelta haberse entregado el aviso de insolvencia, el Secretario cumpla con elaborarlo nuevamente y entréguelo por casilla judicial.- Notifíquese.- f) Ab. Victor Hugo Medina Zamora Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil.- SIGUE LA PROVIDENCIA Guayaquil, 16 de octubre del 2014 Ab. Carlos Andrés Feraud Elizalde Secretario de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil Nov. 4-5-6 (157487) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL (157495) UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE PORTOVIEJO JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE DAULE EXTRACTO DE CITACIÓN A: JOSE LUIS Y MARIA EULOGIA LEON RONQUILLO, y a todas las personas que puedan haber tenido derecho sobre el lote demandado.LE HAGO SABER: Que a esta Judicatura le ha tocado conocer el juicio Ordinario de Prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio No. 182-2014, seguido en su contra por ANDRES ALBERTO RUIZ RUIZ, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: ANDRES ALBERTO RUIZ RUIZ.DEMANDADO: JOSE LUIS Y MARIA EULOGIA LEON RONQUILLO, y a todas las personas que puedan haber tenido derecho sobre el lote demandado. OBJETO DE LA DEMANDA: Que mediante sentencia se declare que ha adquirido por prescripción extraordinaria de dominio del lote de terreno ubicado en el Recinto Lechugal de la Parroquia Los Lojas del Cantón Daule, Provincia del Guayas, con una superficie total de 0.86 Hectáreas (1.22 cuadras), de conformidad con lo establecido en los Artículos 603, 715, 2392, 2398, 2411, 2413, y demás del Código Civil.AUTO RECAÍDO: De fecha 8 de abril del 2014, las 12h04, por reunir los requisitos de ley, se la califica de clara y precisa, admitiéndola al trámite de juicio ordinario.- Por cuanto el compareciente declaró bajo juramento que le era imposible determinar la residencia de los demandados, JOSE LUIS Y MARIA EULOGIA LEON RONQUILLO, y de todas las personas que puedan haber tenido derecho sobre el lote demandado, se ordenó citarlos por medio de uno de los diarios que se editan en la ciudad de Guayaquil, sean estos El Universo, El Telégrafo o Expreso, por no existir diarios que se editen en esta localidad, conforme a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.TRAMITE: Ordinario.CUANTÍA: Indeterminada. JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Carlos Enrique Eras Vela, Juez Titular del Juzgado Décimo Quinto de lo Civil y Mercantil de Daule.Lo que comunico a Usted, para prevenir la obligación que tienen de señalar domicilio judicial para futuras notificaciones así como la de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario serán considerados en rebeldía. Guayaquil, 29 de abril del 2014 Citación (extracto) EXTRACTO DE CITACIÓN REMATE JUDICIAL A. JORGE CARLOS PALMA LOPEZ AL PÚBLICO, se le hace saber que en la Unidad Judicial I de Cuenca a cargo de la Dra. Mónica Sacoto Coello, se ha señalado para el DÍA LUNES QUINCE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL CATORCE, desde las trece horas a hasta las diecisiete horas tenga lugar el remate del inmueble embargado dentro del juicio N. 492-2007 ejecutivo de dinero seguido por Santiago Piña, contra de un deudor en mora el bien a rematarse es el siguiente.- UBICACIÓN: Provincia del Guayas, Cantón Naranjal, en el predio denominado San Vicente LINDEROS: Norte con una vía privada, en 200 metros, vía en la propiedad del colindante Sr. Carlos Rodríguez a lo largo del Canal de Riego, Sur. Con la propiedad del señor Carlos Rodríguez en 244 metros "lindero formado por el canal de riego", al este con la propiedad de Lisandro Buele en 155.5 metros "lindero formado por el canal de riego", oeste con la propiedad de Rodolfo Alvarado Vivas en 176.6 metros "lindero formado por el canal de riego". CARACTERÍSTICAS, el Inmueble consta de terreno. TERRENO.- El área de terreno es de 4 hectáreas de forma irregular, topografía plana con accesibilidad al riego ubicado en el área rural, acceso a vías de comunicación de tercer orden sin servicios básicos AVALÚO.- para el avalúo del inmueble se ha procedido a la valoración de los factores que afectan directamente al predio. FORMA DEL PREDIO irregular. POBLACIONES CERCANAS.- cabecera parroquial. TIPOGRÁFICOS.- plana. ACCESIBILIDAD DE RIEGO parcial. ACCESOS Y VÍAS DE COMUNICACIÓN. Tercer orden. TIPOS DE RIESGOS.- ninguno. EROSIÓN.- leve. DRENAJE. Moderado, SUPERFICIE.-10 hectáreas UTILIZACIÓN DEL PREDIO agrícola. Terreno 4 hectáreas precio unitario 11.298.00 con un subtotal de 45.192.00 El valor del bien inmueble es de cuarenta y cinco mil ciento noventa y dos/00 (45.192.00) siendo el 25% del avaluó del bien a rematarse en esta causa es la cantidad de ONCE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO 100 (11,298.00). EI remate se llevará a cabo en el Despacho de la Unidad Judicial "I" de lo Civil del Cantón. > las ofertas por ser con el carácter de Primer señalamiento recibirán sobre la base de las dos terceras partes del avalúo y se presentarán conforme a Ley, esto es acompañando el 10% de la postura en dinero efectivo o en cheque certificado a órdenes de la Unidad Judicial. Hágase saber. El depositario es el señor Elías Ruíz Alonso. Se le hace saber que este despacho le ha tocado conocer el juicio Ejecutivo N° 61329-2014 seguido por CONSTRUADOR S.A., contra JORGE CARLOS PALMA LOPEZ, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: CARLOS ANDRES GUZMAN SONNE, por los derechos que representa, en su calidad de Gerente General de CONSTRUADOR S.A. DEMANDADO: JORGE CARLOS PALMA LOPEZ. FUNDAMENTO DE LA DEMANDA: La parte actora fundamenta su demanda de conformidad a los Art .413 Y 415 del Código de Procedimiento Civil. AUTO INICIAL: Guayaquil, 10 de julio del 2014, a las 13h54.- VISTOS: La demanda que antecede presentada por CARLOS ANDRES GUZMAN SONNE, por los derechos que representa, en su calidad de Gerente General de CONSTRUADOR S.A., que lo justifica con nombramiento que adjunta contra JORGE CARLOS PALMA LOPEZ, es clara, precisa y completa porque reúne los requisitos de ley.- Por tanto y por cuanto el Pagaré aparejado así como la obligación que éste contiene presta mérito ejecutivo, se la admite al trámite del juicio ejecutivo, y consecuentemente se ordena que la demandada cumpla la obligación reclamada o proponga excepciones dentro del término de tres días.- Guayaquil, 23 de septiembre del 2014, a las 08h29.- En atención al reconocimiento de firma que antecede y por haber sido solicitado se dispone citar al demandado de conformidad al Art. 82 del código de procedimiento civil, que para su efecto deberá elaborarse el extracto de citación, el mismo que deberá ser publicado en un diario de amplia circulación.JUEZ DE LA CAUSA: AB. ROBERTO ANGULO LUGO, JUEZ "L" DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL.Lo que comunico a usted para fines de ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para futuras notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de esta aviso, caso contrario será considerado o tenido como rebelde. Guayaquil, septiembre 29 del 2014 A los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS de los causantes señores SEGUNDO ABRAHAN POZO y OLGA DE LOURDES MINA, se les hace saber que a la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Portoviejo, le ha tocado conocer por Inhibición de la señora Jueza Tercero de lo Civil y Mercantil de Portoviejo la demanda de Apertura de Sucesión Hereditaria No. 1396/2013, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: Señor POZO MINA GALO ROBERTO. TRAMITE: ESPECIAL OBJETO DE LA DEMANDA: El actor señor POZO MINA GALO ROBERTO, solicita a la Unidad, que se declare abierta la Sucesión Intestada de los bienes dejados por los de-cujus señores SEGUNDO ABRAHAN POZO y OLGA DE LOURDES MINA, desde el momento de su fallecimiento, y que se ordene que se proceda al Inventario y avalúo de los mencionados bienes. ABOGADO DEL ACTOR: AB. ROBERT CEDEÑO MOLINA. PROVIDENCIA.- El Señor Juez Temporal del Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de Manabí, Abogado Carlos Enrique Franco Murillo, aceptó la demanda al trámite correspondiente.- Como el actor señor POZO MINA GALO ROBERTO, bajo juramento de ley dice que le es imposible determinar la individualidad o residencia, de los herederos presuntos y desconocidos de los que en vida se llamaron señores SEGUNDO ABRAHAN POZO y OLGA DE LOURDES MINA, por lo que ordena que se los cite por la prensa, de conformidad a lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en uno de los diarios de amplia circulación a nivel nacional. Se le advierte a todos los herederos presuntos y desconocidos, que tienen la obligación de comparecer ajuicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación, para que hagan valer sus derechos. Lo que se publica para los fines de ley. Portoviejo, Septiembre 24 del 2014 Cuenca, 31 de octubre del 2014. AB. MAGALI HIDALGO SANCHEZ SECRETARIA ENCARGADA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL Dra. Mercy Guamancela Delgado SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LO CIVIL (157676) Oct. 23; Nov. 6-19 (156811) Ab. Patricia Cevallos Saenz SECRETARIA ENCARGADA Oct. 23; Nov. 6-19 (156800) ABG. OLGER CORONEL IBARRA SECRETARIO DEL JUZGADO DÉCIMO QUINTO CIVIL Y MERCANTIL DE DAULE Nov. 6-19; Dic. 2 (157610) 38 El Telégrafo I jueves 6 de noviembre del 2014 Casillero Judicial No. 5374 Casillero Judicial No. 5679 EXTRACTO EXTRACTO JUICIO DE INTERDICCIÓN No. 27046-2013 ACTOR(A): DEMANDADO(A): TRAMITE: CUANTÍA: EDUARDO MISAEL AYALA PROAÑO SANTIAGO ANDRES AYALA VALENCIA ESPECIAL INDETERMINADA EXTRACTO EXTRACTO UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 9 de octubre del 2014, las 15h25. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito y partida de nacimiento presentado el ocho de octubre del dos mil catorce a las quince horas, cumpliéndose el requerimientro de providencia que antecede.- En lo principal, el señor Eduardo Misael Ayala Proaño, comparece a fs. 3 de los autos y después de exponer sus generales de Ley, dice: “Tal como lo justifico con la copia del carné No. 21837. Emitido por el Consejo Nacional de Discapacidades (CONADIS), mi hijo el señor Santiago Andrés Ayala Valencia, con cédula de ciudadanía ecuatoriana No. 1750621722, mayor de edad, soltero, domiciliado en esta ciudad de Quito, se encuentra afectado con el noventa y ocho por ciento (98%) de incapacidad intelectual, por lo que se vuelve necesario dotarlo de un curador que lo represente en todos los actos o contratos que pueda realizar a futuro, ya que le es imposible representarse por sus propios medios. Por lo expuesto, como progenitor del señor Santiago Andrés Ayala Valencia, solicito se proceda a declararlo en interdicción provisional, de conformidad con lo establecido en el art. 752 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se servirá designar un curador interino, insinuando para el efecto mi nombre. Fundamento mi demanda en lo que dispone el Art. 367 y siguientes del Código Civil y en los Arts. 752 y siguientes del Código de Procedimiento Civil".Determina la cuantía, trámite, lugar donde se le ha de citar a la demandada, señala casillero judicial en el Palacio de Justicia de Quito donde ha de recibir sus notificaciones y designan abogado patrocinador.- El demandado ha sido citado en forma personal conforme aparece a fs. 7 del cuaderno procesal.- Admitida que fue la causa a trámite, se nombró facultativos, se practicó la diligencia de examen o reconocimiento al señor SANTIAGO ANDRÉS AYALA VALENCIA; una vez agotado el trámite de ley, encontrándose al estado de resolver, esta Unidad Judicial, motiva y dispone en las consideraciones que siguen: PRIMERO.- Ningún reparo se evidencia en cuanto al cumplimiento y efectividad del trámite dado al presente asunto, motivo que dirige al estudio de fondo del mismo, así como a la configuración correcta de los denominados presupuestos procesales por cuanto esta Unidad Judicial es la competente para conocer esta causa, ya que la demanda cumplió con los requisitos del artículo 1013 de la Codificación del Código de Procedimiento Civil y demás normas concordantes, y el peticionario como persona hábil e idónea, compareció en debida forma al proceso, por lo que se declara su validez procesal.- SEGUNDO.- Con la partida de nacimiento de fs. 47 de autos, se ha demostrado de quien se solicita la interdicción, se trata del señor Santiago Andrés Ayala Valencia, nacida en Quito, provincia de Pichincha, el 3 de marzo de 1995, soltero a la presente fecha.- TERCERO.- DERECHO DE PRUEBA.- En los actuales momentos, la prueba no puede ser considerada únicamente como una carga onus probandi, sino también, como un prototípico y autonómico derecho a probar. El art. 114 de la Codificación del Código de Procedimiento Civil, establece la obligación de cada parte de probar los hechos que alega, excepto los que se presumen conforme a la Ley; y, el Art. 115 Ib., expresa "La prueba deberá ser apreciada en conjunto, de acuerdo con las reglas de la sana crítica, sin perjuicio de las solemnidades prescritas en la ley sustantiva para la existencia o validez de ciertos actos. La jueza o el juez tendrá obligación de expresar en su resolución la valoración de todas las pruebas producidas."; el art. 27 del Código Orgánico de la Función Judicial, determina: "Principio de la Verdad Procesal.Las juezas y jueces, resolverán únicamente atendiendo a los elementos aportados por las partes...". Del estudio completo del acervo probatorio y que obra del proceso, se determina: (i) Del acta de fs. 12, se desprende que en cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 752 del Código de Procedimiento Civil, el suscrito Juez y Secretario de esta Unidad Judicial, junto con las facultativos Doctor Fernando Carrillo Guananga y Flerida Elizabeth Goyburo Gaibor, debidamente posesionados (fs. 8), han procedido a realizar el examen o reconocimiento, para efectivizar la valoración médica del señor Santiago Andrés Ayala Valencia, a fin de determinar si se encuentra dentro de los parámetros para declararle en interdicción; (ii) A fs. 16 a 23 constan las copias certificadas de la Historia Clínica remitido a esta Unidad Judicial por parte del Hospital de Especialidades “Eugenio Espejo”, dando cuenta que el paciente Santiago Andrés Ayala Valencia, tiene como diagnóstico “Parálisis Cerebral”.- (iii) De fs. 25 y 26, obra el Informe Único elaborado y suscrito por las Dres. Fernando Carrillo Guananga y Flerida Elizabeth Goyburo Gaibor, Psicólogo y Médica respectivamente, facultativos designados, quienes determinan:” DATOS RELEVANTES: El Sr. Santiago Andrés Ayala Valencia de 18 años de edad es una persona con el 98 % de discapacidad mental, por lo que sus funciones psicológicas superiores no son valorables. Al momento se encuentra acompañado y manejado por su madre”.- “Diagnóstico Psicológico: El Sr. SANTIAGO ANDRÉS AYALA VALENCIA, debido a su discapacidad cognitiva sus funciones psicológicas se encuentran totalmente alterados y no son valorables. Es totalmente dependiente en las actividades instrumentales de la vida diaria y totalmente dependiente en las actividades básicas de la vida diaria”.- “DIAGNOSTICO MEDICO: Idg. Rigidez por Descerebración. Discapacidad Cognitiva-Mental, 98% - (Carnet del CONADIS).- “CONCLUSIONES: Los padres, hermanos y la familia ampliada del joven AYALA VALENCIA SANTIAGO ANDRÉS, brindan cuidado y atención diariamente en el ambiente familiar, pero requiere cuidado personalizado, alimentación apropiada; chequeos y control médico de especialidad con Neurólogo, terapias de Rehabilitación para mejorar el tono muscular e incluir un proceso de terapia respiratoria. Debido a su discapacidad cognitiva no puede comprender ningún estímulo ni orden verbal, peor aún emitir algún tipo de respuesta. Es una persona totalmente dependiente en las actividades de la vida diaria puesto que se encuentra en un estado de postración, por lo tanto no puede realizar ninguna actividad. El Sr. Santiago Andrés Ayala Valencia, en consecuencia es una persona que necesita de la supervisión y asistencia de terceras personas todo el tiempo”.- A fs. 41 consta el Acta de Audiencia de parientes, donde el accionante se afirma y se ratifica en los fundamentos de su demanda y solicita la declaración de interdicción de su hijo Santiago Andrés Ayala Valencia.- A fs. 43 consta la opinión del señor Fiscal de Pichincha quien manifiesta: “Atendiendo la insinuación efectuada debería ser nombrado CURADOR INTERNO el señor EDUARDO MISAEL AYALA PROAÑO, salvo mejor criterio”.- (iv) Esta Unidad Judicial ha dado estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 482 de la Codificación del Código Civil.- CUARTO.- En cuanto a la designación de curador para el supuesto interdicto, deben atenderse las razones expuestas en el libelo de demanda, así como la opinión del Dr. Patricio García Cárdenas, Fiscal de la Provincia de Pichincha de la Unidad de Descongestión de Casos, quien considera procedente que el señor EDUARDO MISAEL AYALA PROAÑO, padre del supuesto interdicto sea designado curador interno, y además por estar más al tanto de su cuidado y situación personal de su hijo conforme se desprende del Informe Único que forma parte del proceso.- QUINTO: DOCTRINA JURÍDICA NACIONAL: Sobre el vocablo Interdicción, el Diccionario Jurídico Anbar, Tomo IV A-G, Cuenca Ecuador, p. 197, dice “Prohibición, incapacitación. || Denominación de las penas restrictivas de la capacidad jurídica, de la libertad o de determinados derechos. || Personas que han sido incapacitadas para la realización de un acto o actos de la vida civil: dementes, pródigos, quebrados, condenados. La interdicción puede ser determinada por resolución judicial y a petición de parte interesada.” El Dr. Aníbal Guzmán Lara, en su obra Diccionario Explicativo Derecho Procesal Civil, Tomo III -V, Editorial Jurídica del Ecuador, 1ª edición, Quito-Ecuador, 1999, p. 499, dice “Interdicción es la situación jurídica en que se coloca a una persona y en virtud de la cual es privada de ciertos derechos, muy especialmente de administrar sus propios bienes, de obligarse, de contratar, por ejemplo vender, en virtud de encontrarse en especiales circunstancias de falta de conciencia, salud, vicio, etc.”.- Por las consideraciones que preceden, de conformidad con el Art. 753 del Código de Procedimiento Civil, tomando como antecedentes el examen realizado en la persona del señor Santiago Andrés Ayala Valencia las observaciones de la Unidad Judicial, los informes de los facultativos, esta Unidad Judicial RESUELVE: (i) Ordenar y declarar la INTERDICCIÓN del señor SANTIAGO ANDRÉS AYALA VALENCIA, con cédula de ciudadanía No. 1750621722.- (ii) Se nombra Curador Interino a su padre el señor EDUARDO MISAEL AYALA PROAÑO; (iii) De conformidad con el Art. 754 del Código Procesal Civil, inscríbase ésta resolución en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, publíquese por una sola vez en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, que se editan en la ciudad de Quito, hecho que sea incorporen al proceso la publicación; (iv) Sin costas ni honorarios que regular.[Interdicción Ref. No. 2013-27046].- Notifíquese.- DR. PABLO ALEJANDRO JACOME JARAMILLO.- JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL.- Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes.DR. RODRIGO DURÁN GARCÍA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL (157607) UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN AZOGUES DE CAÑAR CITACIÓN JUDICIAL A: FLORENCIA HERRERA FLORES, se le hace saber que en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con Sede en el cantón Azogues de Cañar, se ha propuesto una demanda de DIVORCIO POR CAUSAL en su contra, siendo su EXTRACTO como la PROVIDENCIA recaída del tenor siguiente: ACTOR/A: GLADYS MARGARITA MENDEZ URGILES EN CALIDAD DE MANDANTE DE: JUAN CARLOS MENDEZ URGILES. DEMANDADO/A: FLORENCIA HERRERA FLORES TRÁMITE: VERBAL SUMARIO NATURALEZA: DIVORCIO POR CAUSAL CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZ: DR. MARLON VINICIO VÉLEZ CRESPO PROVIDENCIA: Juicio No. 2014-2634 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN AZOGUES.- Azogues, martes 27 de mayo del 2014, las 13h58. VISTOS: La demanda de DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL por DIVORCIO que deduce GLADYS MARGARITA MENDEZ URGILES, en calidad de mandante de JUAN CARLOS MENDEZ URGILES, contra FLORENCIA HERRERA FLORES, por cumplir con las exigencias determinadas en el Art. 67 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara completa y precisa, por la que se la admite para el trámite en juicio VERBAL SUMARIO. Como la actora ha protestado bajo juramento indicar que la individualidad o residencia del demandado es imposible determinar, cítese a la misma por la prensa conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en el diario la Portada que se edita en esta ciudad de Azogues por ser órgano de circulación regular, advirtiendo al citado de su obligación de comparecer a juicio luego de transcurridos veinte días desde la última publicación citatoria que se incorpore al proceso, bajo prevenciones legales. En cuenta la casilla judicial, correo electrónico, la autorización conferida a su defensor, y la determinación de la cuantía. Adjúntese al expediente los documentos que se acompañan. Hágase saber.- f).- Dr. Marlón Vélez, JUEZ. A la demandada se le advierte de la obligación de señalar domicilio judicial dentro de ésta ciudad de Azogues, para recibir futuras notificaciones. Azogues, 01 de octubre del 2014 CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA ARKIBE ARCOIBERICA CULTURAL E INTERNACIONAL CIA. LTDA. La compañía ARKIBE ARCOIBERICA CULTURAL E INTERNACIONAL CIA. LTDA., se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Segundo del Distrito Metropolitano de Quito, el 09 de Abril de 2013, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.13.002989 de 14 de Junio de 2013. 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 400,00 Número de Participaciones 400 Valor US$ 1,00. 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: "CONSULTORÍA EN GESTIÓN CULTURAL..." Quito, 14 de Junio de 2013 Dr. Román Barros Farfán ESPECIALISTA JURÍDICO NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL AL PÚBLICO EN GENERAL SE LE HACE CONOCER EL EXTRACTO DE DEMANDA DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO Y LA PROVIDENCIA QUE A CONTINUACIÓN SIGUE: ACTOR: DUBAL ALFREDO ZURITA CAIZA DEMANDADO: REGISTRO CIVIL IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN DEL ECUADOR JUICIO No. 2014-0440-REFORMA DE INSCRIPCIÓN. PETICIÓN: 1.- LA RECTIFICACION DE LAS PARTIDAS DE NACIMIENTO, dada que debe cambiarse el nombre incorrecto BERTILA JUDITH CAIZA, cuando los nombre de mi madre correctos son los de BERTHA JUDITH CAIZA CALVACHE... 2.- LA RECTIFICACION DE LAS PARTIDAS de la inscripción de NACIMIENTO DE MI MADRE LA SEÑORA BERTHA JUDITH CAIZA CALVACHE, que se agrega para su conocimiento se hace constar erróneamente la fecha de inscripción de su nacimiento de ella 24 de noviembre de 1998, cuando en la realidad según se desprende de varios documentos mi madre nació 9 de enero de 1957, corrección a realizarse en la partida de nacimiento a rectificar dada en Chillanes el 24 de noviembre de 1998. TRÁMITE: VERBAL SUMARIO CUANTÍA: INDETERMINADA FECHA DE INICIACIÓN: 15 DE MAYO DEL 2014 JUEZ: DR. MSC. RAUL REINOSO ROJAS SECRETARIO: AB. JUAN CARLOS MIÑO ORTEGA JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, jueves 5 de junio del 2014, las 11h15.- VISTOS: Avoco conocimiento de esta causa en virtud del sorteo realizado.- La demanda presentada por Dubal Alfredo Zurita Caiza, cumple los requisitos exigidos por la ley; por tanto se acepta a trámite sumario. Cítese el contenido de la demanda y esta providencia al señor Director Provincial de Pichincha del Registro Civil, Identificación y Cedulación, para lo cual remítase suficiente despacho a la Oficina de Citaciones.- Publíquese un extracto de la demanda y esta providencia en uno de los diarios de mayor circulación a nivel nacional.- Cuéntese con el señor Fiscal de Pichincha.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado y agréguese los documentos acompañados.- Notifíquese.- F) DRA. RITA ORDOÑEZ PIZATTO. JUEZA.- Certifico.Lo que comunico a usted y cito para los fines de ley pertinentes, previniéndole de la obligación que tienen en señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones. Certifico.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL AVISO AL PÚBLICO SE LE HACE SABER QUE dentro del Juicio Concurso de Acreedores (Insolvencia) N° 2886-2014 (antes N° 947-2007), seguido por BANCO CENTRAL DEL ECUADOR contra ÁNGEL EFREN VASQUEZ BERMEO se encuentra lo siguiente: AUTO INICIAL: Guayaquil, 13 de mayo del 2008, las 18:13:26.- VISTOS: La cuantía de la presente acción de acuerdo a su naturaleza es de indeterminada, por lo que la tasa judicial pagada está conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Fijación de Montos de Tasas Judiciales, tal como reza de la razón sentada por la Secretaria del Despacho.- La demanda que antecede presentada por el Ab. José Roberto Navarrete Vera, en su calidad de Procurador Judicial del Econ. Marco Oswaldo Padilla, Gerente General (E) de la Agencia de Garantía de Depósitos (A.G.D) y como representante legal del BANCO DE CRÉDITO S.A., EN SANEAMIENTO, personería que acredita con el testimonio de procuración judicial que acompaña en copia acompaño, se la califica de clara, precisa y completa y por consiguiente se la admite al trámite.- En lo principal, como de las copias certificadas acompañadas se viene a conocimiento que el demandado ÁNGEL EFREN VASQUEZ BERMEO, no ha cumplido con el mandamiento de ejecución dictado por el señor Juez de Coactiva del Banco de Crédito S.A. en saneamiento, esto es no ha pagado la suma de U.S. $13,736.12 dólares de los Estados Unidos de América, ni ha dimitido bienes equivalentes para el embargo, por lo que se presume la insolvencia y consecuentemente haber lugar al concurso de acreedores en su contra, particular este que se pondrá en conocimiento del público por una sola vez por la prensa, una vez transcurrido el término de ley. Se ordena que el fallido en el término de ocho días presente el balance de sus bienes con indicación del activo y pasivo, que se proceda a la ocupación de sus bienes, libros correspondencias y demás documentos y que se los entregue al Síndico de Quiebra, Ab. Washington Cabrera, a quien se manda intervenir en este proceso. Que se acumulen los pleitos que se sigan contra el fallido, por obligaciones de dar o hacer, debiendo oficiarse a los Jueces de lo Civil de Guayaquil, haciéndole conocer de este particular. Que se obtengan las copias certificadas necesarias y se las envíe a la Oficina de Sorteos de Causas de la H. Corte Superior de Justicia de Guayaquil, para que mediante el sorteo de ley, se determine el Juez de lo Penal que deberá calificar la insolvencia del fallido. Notifíquese al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Guayaquil, para que tome nota del estado de la insolvencia del fallido en los libros de interdicción a su cargo. Se prohibe al fallido ausentarse del país, sin autorización de este Juzgado, debiendo para el efecto, oficiarse a la Dirección Nacional de Migración y Extranjería. Oportunamente se convocará a junta de acreedores. Previo al cumplimiento de lo anterior se le concede al demandado ANGEL EFREN VÁSQUEZ BERMEO, el término de tres días para que pueda oponerse a la insolvencia, de conformidad con lo normado en el Art. 521 del Código de Procedimiento Civil. En vista de la declaración bajo juramento, que hace la parte actora, quien manifiesta que le ha sido imposible determinar la residencia del actual demandado ANGEL EFREN VÁSQUEZ BERMEO, cítese a éste por la prensa de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, debiendo la Secretaria del Despacho, elaborar y entregar el correspondiente extracto de citación.- Agréguese a los autos la documentación acompañada, debiendo desglosarse y devolverse, dejándose en autos fotocopia certificada de los mismos.- Tómese en cuenta el casillero judicial que señala la parte actora y la autorización que da a sus abogados defensores.- Notifíquese... SIGUE LA PROVIDENCIA: Guayaquil, lunes 17 de febrero del 2014, las 15h38.- Atenta el acta de sorteo, se les hace conocer a las partes, que en virtud de la Resolución No. 167-2013 de fecha 30 de Octubre del 2013, emitida por el Pleno del Consejo Nacional de la Judicatura, a la causa No 09323-2007-0947 se le ha reasignado un nuevo número, esto es el 09332-20142886, para su consiguiente tramitación que estará a cargo del suscribiente Juez “M” Ab. Víctor Hugo Medina Zamora, de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL.- Agréguese en autos los escritos y copia certificada de la Escritura Pública de Poder especial y Procuración Judicial.- Dese por legitimada la intervención de la AB. BLANCA GERMAN ESPINOZA.- Se ordena el desglose de lo solicitado en el ordinal 2 del escrito de fecha 23 de enero del 2014, dejando en autos copia certificadas.- Cúmplase lo ordenado en providencia de fecha 12 de diciembre del 2013, las 11h39.- Cúmplase con elaborar y entregar los oficios ordenados en el auto de calificación.- Notifíquese.JUEZ DE LA CAUSA: AB. VICTOR HUGO MEDINA ZAMORA JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL CON SEDE EN GUAYAQUIL-MLo que comunico para los fines legales consiguientes. Guayaquil, 16 de octubre del 2014 (157600) El capital social actual es CIEN MIL CUATROCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, está dividido en CIEN MIL CUATROCIENTAS participaciones de UN DÓLAR cada una de ellas. AB. VÍCTOR ANCHUNDIA PLACES INTENDENTE NACIONAL DE COMPAÑÍA (157667) REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL CON SEDE EN GUAYAQUIL AVISO DE INSOLVENCIA A: PÚBLICO EN GENERAL SE LE HACE SABER QUE dentro del Juicio Concurso de Acreedores N° 53574-2014, seguido por BANCO CENTRAL DEL ECUADOR, contra MORLA ORTEGA MARIA DEL PILAR, se encuentra lo siguiente: AUTO INICIAL: No. 034-A-2009.Guayaquil. 03 de Febrero del 2009.- Las 16:38:11.VISTOS.- La demanda que antecede, presentada por Jacinto Cordero San Martín, por los derechos que representa del Banco de Crédito S.A., el Liquidación en su calidad de Liquidador Interino, personería que se declara legitimada en mérito del instrumento público adjunto, por reunir los requisitos de los Arts. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil (Codificado), se la califica de clara y precisa, admitiéndola al trámite correspondiente.- En mérito de los recaudos adjuntos a la demanda, se viene en conocimiento que en el juicio Coactivo No. 030-01 seguido por el Banco de Crédito S.A., contra María del Rocío Morla Ortega en el Juzgado de Coactivas del Banco de Crédito S. A. actualmente en Liquidación, librado el mandamiento de ejecución, ésta no ha pagado el valor de US$ 15,481.24 Dólares Americanos, ni ha dimitido bienes equivalentes, dentro del término señalado como aparece de los documentos acompañados.- En tal virtud, al tenor de lo establecido en el Art. 509 del cuerpo de leyes antes citado, se presume la insolvencia de la demandada María del Rocío Morla Ortega y como consecuencia de ello, se declara haber lugar el concurso de acreedores, ordenándose que la demandada dentro de ocho días, presente el balance de sus bienes, con la indicación de activo y pasivo, la ocupación y depósito de sus bienes, así como de los libros, correspondencia y más documentos del concursado y ordenándose que por una sola vez, se ponga en conocimiento del público en uno de los siguientes diarios: El Universo, El Telégrafo Expreso y/o Extra esta declaratoria.- Se ordena la acumulación de pleitos seguido contra la demandada por obligaciones de dar o hacer, para lo cual de inmediato remítase atentos Oficios a los señores Jueces de lo Civil de Guayaquil.- Se dispone que uno de los señores Agentes Fiscales de lo Penal del Guayas, califique la Insolvencia.- Se dispone que los bienes de la concursada sean entregados a la Abogado Washington Cabrera, en su calidad de Síndico de Quiebra.- Por el estado de la concursada, éste se encuentra en interdicción de administrar sus bienes.- Diríjase atento Oficio a los señores Contralor General de la Nación, Director Regional de la Contraloría, Notarios Públicos y Registrador de la Propiedad del Cantón Guayaquil, comunicándoles el estado en que se encuentra la demandada.- Oportunamente se señalará día y hora para la junta de Acreedores. Se advierte a la demandada que no puede ausentarse del lugar del juicio sin autorización de la Judicatura, debiendo Oficiarse en este sentido al Director y Subdirector de Migración y Extranjería. Cítese a la demandada María del Rocío Morla Ortega en la dirección señalada en la demanda, para lo cual deberá enviarse boletas a la Oficina de Citaciones.Agréguese a los autos los anexos adjuntos.- Notifíquese al actor en la casilla judicial que indica.- Cítese y Notifíquese en los lugares indicados conforme a Ley. Hágase saber.- f) Ab. Eduardo Seminario Vinueza Juez Undécimo de lo Civil de Guayaquil.- Lo que comunico a Ud., para los fines de Ley.- SIGUE LA PROVIDENCIA: Guayaquil, miércoles 22 de octubre del 2014, las 10h47.53574-2014.- Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte actora.- En lo principal, se dispone que la secretaria confeccione el correspondiente aviso al público y lo remita a la casilla del solicitante.- Hágase saber.- JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Terán Caicedo Teófilo Danilo, Juez de la Unidad Judicial Civil y Mercantil con sede en Guayaquil.- ACTOR(A): DEMANDADO(A): TRÁMITE: CUANTÍA: JUDITH ANAVELA BELALCAZAR MARIN MARIA MERCEDES MARIN ORTIZ ESPECIAL INDETERMINADA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 9 de octubre del 2014, las 15h34. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito y partida de nacimiento presentado el nueve de octubre del dos mil catorce a las diez horas y doce minutos.- En lo principal, el señor Judith Anavela Belalcazar Marín, comparece a fs. 6 de los autos y después de exponer sus generales de Ley, dice: "Del instrumento público registral que acompaño, justifico mi calidad de hija de la señora MARIA MERCEDES MARIN ORTIZ, de estado civil casada y sin otros hijos; quien, a sus setenta y siete años de edad padece una discapacidad severa en un 98 por ciento, pues lastimosamente tiene la enfermedad de ALZHEIMER (FOO), siendo incapaz de desplazarse, valerse y desarrollarse por sí sola, conforme demostraré mediante instrumentos públicos. Debido a su grave estado de salud mental, mi prenombrada madre es incapaz para administrar sus bienes. Este estado demencial padece mi mencionada madre desde hace diez años, debiendo anotar que mi madre vive en mi domicilio ubicado en el barrio Consejo Provincial calle P y H casa 780 Parroquia Cotocollao de esta ciudad de Quito. Con estos antecedentes, comparezco a usted y, en virtud de que mi madre se halla en un estado habitual de demencia, que le impide administrar sus bienes propios, en la calidad que comparezco, amparado en los Arts. 367, 398, 415, 478 y siguientes del Código Civil, y los Arts. 738, 739 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, luego del trámite que corresponde solicito el discernimiento de la curaduría general, a fin de que se ponga a mi madre en Interdicción Judicial, para que sea privada de la administración de sus bienes, según el Art. 478 de nuestra legislación sustantiva civil; de modo que sea un curador general quien los administre, además de representarle en todos los actos y contratos, tanto judiciales, como extrajudiciales. Para dicho discernimiento, insinúo el nombre de mí mismo, por ser una persona legalmente capaz, de conocida probidad y honradez; en virtud de la facultad que me confiere el Art. 484 No. 4 del Código Civil, por ser su hija a favor de quien solicito la guarda; de lo cual dan fe los señores Jesús del Carmen Vilca y Alexis Heredia Parra".Determina la cuantía, trámite, lugar donde se le ha de citar a la demandada, señala casillero judicial en el Palacio de Justicia de Quito donde ha de recibir sus notificaciones y designan abogado patrocinador.- La demandada ha sido citada conforme aparece a fs. 23 del cuaderno procesal.- Admitida que fue la causa a trámite, se nombró facultativos, se practicó la diligencia de examen o reconocimiento a la señora MARIA MERCEDES MARIN ORTIZ; una vez agotado el trámite de ley, encontrándose al estado de resolver, esta Unidad Judicial, motiva y dispone en las consideraciones que siguen: PRIMERO.- Ningún reparo se evidencia en cuanto al cumplimiento y efectividad del trámite dado al presente asunto, motivo que dirige al estudio de fondo del mismo, así como a la configuración correcta de los denominados presupuestos procesales por cuanto esta Unidad Judicial es la competente para conocer esta causa, ya que la demanda cumplió con los requisitos del artículo 1013 de la Codificación del Código de Procedimiento Civil y demás normas concordantes, y el peticionario como persona hábil e idónea, compareció en debida forma al proceso, por lo que se declara su validez procesal.- SEGUNDO.- Con la partida de nacimiento y copia de cédula de ciudadanía de fs. 3 y 71 de autos, se ha demostrado de quien se solicita la interdicción, se trata de la señora MARIA MERCEDES MARIN ORTIZ, nacida en Quito, provincia de Pichincha, el 18 de marzo de 1936, casada con el señor Luis Galarza, fallecido a la presente fecha.-TERCERO.- DERECHO DE PRUEBA.- En los actuales momentos, la prueba no puede ser considerada únicamente como una carga onus probandi, sino también, como un prototípico y autonómico derecho a probar. El Art. 114 de la Codificación del Código de Procedimiento Civil, establece la obligación de cada parte de probar los hechos que alega, excepto los que se presumen conforme a la Ley; y, el Art. 115 Ib., expresa "La prueba deberá ser apreciada en conjunto, de acuerdo con las reglas de la sana crítica, sin perjuicio de las solemnidades prescritas en la ley sustantiva para la existencia o validez de ciertos actos. La jueza o el juez tendrá obligación de expresar en su resolución la valoración de todas las pruebas producidas."; el Art. 27 del Código Orgánico de la Función Judicial, determina: "Principio de la Verdad Procesal.Las juezas y jueces, resolverán únicamente atendiendo a los elementos aportados por las partes...". Del estudio completo del acervo probatorio y que obra del proceso, se determina: (i) Del acta de fs. 28, se desprende que en cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 752 del Código de Procedimiento Civil, el suscrito Juez y Secretario de esta Unidad Judicial, junto con las facultativos Doctora Jenny Isabel Barreto Zambrano y Dra. Cristina Peña Albán, debidamente posesionadas, han procedido a realizar el examen o reconocimiento, para efectivizar la valoración médica de la señora María Mercedes Marín Ortíz, a fin de determinar si se encuentra dentro de los parámetros para declararle en interdicción; (ii) A fs. 30 y 31, obra el Informe Único elaborado y suscrito por las Dras. Jenny Barreto y Cristina Peña, Psicologa y Médica respectivamente, facultativas designadas, quienes determinan: "Enfermedad Actual: Se inicia hace unos diez años, los síntomas se presentaron al principio con dificultad para registrar y retener los acontecimiento nuevos, no sabía dónde deja los materiales que utiliza diariamente y desconoce las técnicas de su oficio, luego se deteriora también la capacidad para recordar hechos importantes de su vida pasada (amnesia). Desconoce a los familiares y amigos a los que identifica erróneamente. Se desorienta en tiempo y lugar. Es evaluada por médico en donde diagnostica Demencia en la Enfermedad de Alzheimer. Hace cinco años su cuadro clínico se agudiza con deterioro en el lenguaje y no controla esfínteres motivo por el cual utiliza pañal. Actualmente ha perdido la capacidad con respecto al lenguaje, además presenta dificultad para caminar, en cuanto a su alimentación depende de terceros, siendo su hija o nieta quien le dan de comer alimentos licuados, le bañan y realizan su aseo general diariamente, entre los hábitos refiere que presenta estreñimiento. Se nos presenta un certificado médico del Centro de Atención Ambulatoria Cotocollao con fecha 10 de octubre de 2013, prescrito por el Dr. Daniel Intriago, médico familiar en el que afirma que la reconocida adolece de Enfermedad de Alzheimer de diez años de evolución, misma que ha progresado intensamente, llevando a la paciente a un estado crítico de dependencia permanente de terceras personas para realizar todas las actividades básicas de la vida diaria, siendo incapaz de desplazarse, valerse y desarrollarse por sí sola dada su afectación severa en el aspecto físico y neurológico. En el certificado de discapacidad No. MSP-110356 informe tipo de discapacidad Intelectual, Porcentaje 98%, Nivel: Severa; Dg. Demencia en la enfermedad de Alzheimer; Período de Adquisición: Adquirida Enfermedad Crónica No Transmisible".- "IMPRESIÓN DIAGNOSTICA: Demencia en la Enfermedad de Alzheimer".- RESULTADOS DE LOS REACTIVOS PSICOLOGICOS APLICADOS. Mini Examen Cognitivo de LOBO.- El señora María Mercedes Marín Ortíz, se encuentra desorientada en tiempo y espacio, no reconoce personas con quien convive diariamente, objetos, no reacciona alguna orden, existe deterioro de la atención concentración, memoria, solo mantiene atención segundos, deterioro del lenguaje en ocasiones balbucea, pérdida de la motricidad fina y gruesa, no deambula, se mantiene sentada. Puntuación 1/28 que corresponde a un Deterioro Cognitivo Grave".- "índice para las actividades Instrumentales de la vida diaria (Lawton Brody): La señora María Mercedes Marín no está consciente de la realidad que vive, no tiene capacidad para comunicarse con las personas, deambular por sus propios medios, se mantiene sentada sola, no come sola, ni se responsabiliza de su cuidado diario, necesita una atención y control constante de familiares. Puntuación 1/8. Corresponde a una Dependencia Total".-"DIAGNOSTICO PSICOLOGICO: La señora Marín Ortiz María Mercedes de 78 años de edad, según los resultados obtenidos en la evaluación psicológica, presenta características clínicas del "Deterioro Cognitivo Grave", con una dependencia total de terceras personas para su cuidado y atención diaria, por lo tanto no es responsable de asumir por sí mismo su vida".CONCLUSIONES: MARÍA MERCEDES MARÍN ORTIZ, por las características clínicas y antecedentes médicos referidos adolece de Demencia en la Enfermedad de Alzheimer posible, Deterioro Cognitivo Grave. La enfermedad le impide comprender la realidad, darse cuenta de su situación, vivir independientemente y manejar bienes".- RECOMENDACIONES: "Debe continuar con el tratamiento médico especializado y los cuidados permanentes".- A fs. 40 consta el CD cuyas características son: "Recordable CD-R 2x-24x.- Mini CD-R 21 min. 185 MB. SKY Pro", remitido por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Centro de Atención Ambulatorio Cotocollao, mediante Oficio NO. 041-CC-EL-2014, que contiene información referente a la señora MARÍA MERCEDES MARÍN ORTIZ desde la atención 2003/02/24 hasta 2014/06/30.- De fs. 48 a 68 consta la impresión de la información constante en el CD antes referido, misma que ha sido incorporada al proceso al amparo de lo establecido en el Art. 147 del Código Orgánico de la Función Judicial que contiene la Historia Clínica de la señora MARÍA MERCEDES MARÍN ORTIZ, en la que se ratifica como "DIAGNOSTICOS DEFINITIVOS: DEMENCIA EN LA ENFERMEDAD DE ALZHEIMER.OTROS TRASTORNOS FUNCIONALES DEL INTESTINO: CONSTIPACION.- OTROS TRASTORNOS DEL SISTEMA URINARIO".- (iii) Esta Unidad Judicial ha dado estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 482 de la Codificación del Código Civil.- CUARTO.- En cuanto a la designación de curador para el supuesto interdicto, deben atenderse las razones expuestas en el líbelo de demanda, así como la opinión del Dr. Patricio García Cárdenas, Fiscal de la Provincia de Pichincha de la Unidad de Descongestión de Casos, quien considera procedente que la señora JUDITH ANAVELA BELALCAZAR MARIN (fs. 45), hija de la supuesta interdicta sea designada curadora, y además por estar más al tanto de su cuidado y situación personal de su madre conforme se desprende del Informe Único que forma parte del proceso.- QUINTO: DOCTRINA JURÍDICA NACIONAL: Sobre el vocablo Interdicción, el Diccionario Jurídico Anbar, Tomo IV A-G, Cuenca Ecuador, p. 197, dice "Prohibición, incapacitación. l l Denominación de las penas restrictivas de la capacidad jurídica, de la libertad o de determinados derechos. I I Personas que han sido incapacitadas para la realización de un acto o actos de la vida civil: dementes, pródigos, quebrados, condenados. La interdicción puede ser determinada por resolución judicial y a petición de parte interesada." El Dr. Aníbal Guzmán Lara, en su obra Diccionario Explicativo Derecho Procesal Civil, Tomo II I -V, Editorial Jurídica del Ecuador, 1ª edición, Quito-Ecuador, 1999, p. 499, dice "Interdicción es la situación jurídica en que se coloca a una persona y en virtud de la cual es privada de ciertos derechos, muy especialmente de administrar sus propios bienes, de obligarse, de contratar, por ejemplo vender, en virtud de encontrarse en especiales circunstancias de falta de conciencia, salud, vicio, etc.".- Por las consideraciones que preceden, de conformidad con el Art. 753 del Código de Procedimiento Civil, tomando como antecedentes el examen realizado en la persona de la señora María Teresa Serrano Rodríguez, las observaciones de la Unidad Judicial, los informes de los facultativos, esta Unidad Judicial RESUELVE: (i) Ordenar y declarar la INTERDICCIÓN de la señora MARÍA MERCEDES MARÍN ORTIZ, con cédula de ciudadanía No. 1702591171.- (ii) Se nombra Curadora Interina a su hija señora JUDITH ANAVELA BELALCAZAR MARIN; (iii) De conformidad con el Art. 754 del Código Procesal Civil, inscríbase ésta resolución en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, publíquese por una sola vez en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, que se editan en la ciudad de Quito, hecho que sea incorporen al proceso la publicación: (iv) Sin costas ni honorarios que regular.- [Interdicción Ref. No. 2013-56224].- Notifíquese.- DR. PABLO ALEJANDRO JACOME JARAMILLO.- JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL.- Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes. DR. RODRIGO DURAN GARCÍA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL Lo que comunico para los fines legales consiguientes. (157522) Guayaquil, Octubre 22 del 2014. Ab. Bonnie Carrión Zamora Secretaria (e) del Juzgado K de la Unidad Judicial Civil Norte con sede en el cantón Guayaquil REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL DEL AZUAY UNIDAD JUDICIAL D DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA NOTIFICACIÓN JUDICIAL (157486) (157494) UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN CANTON SAN JACINTO DE YAGUACHI A.- HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIENES LLAMARO EUGENIO VICTOR ROMERO CORNEJO Y ROSENDO SENOVIO ROMERO MORA JUICIO: INVENTARIO No. 2014-0028 ACTOR: HECTOR TEODORO ROMERO CORNEJO, EN SU CALIDAD DE PROCURADOR COMÚN DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIENES EN VIDA LLAMARO EUGENIO VICTOR ROMERO CORNEJO Y ROSENDO SENOVIO ROMERO MORA JUEZ DE LA CAUSA: Abg. ANTONIO VELAZQUEZ PEZO EXTRACTO.- Por providencia de fecha 28 de febrero de 2014. Las 15h13, el señor Juez califica la demanda de clara, precisa y completa y por reunir los requisitos de Ley, se la admite al trámite de Ley.- En consecuencia se declara abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por los señores Eugenio Víctor Romero Cornejo y Rosendo Senovio Romero Mora desde la fecha de su fallecimiento acaecido el 27 de junio de 1996 y el 25 de enero de 2009 respectivamente.- En la que también se ordenó correr traslado con la demanda y providencia a los herederos presuntos y desconocidos de los señores: Eugenio Víctor Romero Cornejo y Rosendo Senovio Romero Mora por el término de Ley a fin de que propongan todas las excepciones dilatorias y perentorias de las que se crean tener derecho, bajo apercibimiento de Ley.- Por afirmar bajo juramento la compareciente que desconoce el domicilio de los herederos de Nicomendes Florentino Lima Marín se ordena que se los cite mediante tres publicaciones por la prensa de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Por no existir diarios que se editen en esta Ciudad se dispone que las publicaciones se las hagan en uno de los diarios de mayor circulación de los que se editen en la Ciudad de Guayaquil (Universo, El Telégrafo, o, Expreso) en tres fechas diferentes.- Lo que comunico a Ud., a fin de que comparezcan dentro del término de Ley. F) Abg. Noris Gómez Alvarado.Secretaria encargada.- Yaguachi, octubre 28 de 2014.Ab. Noris Gómez Alvarado SECRETARIA (E) Ab. Juan Carlos Miño Ortega SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL Se comunica al público que la compañía BANASOFT C. LTDA., aumentó su capital suscrito por CIEN MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, y reformó su estatuto por escritura pública otorgada ante el Notario Séptimo del cantón Guayaquil, el 23 de agosto de 2013. Fue aprobada por la Superintendencia de Compañías y Valores, mediante Resolución No. SCV-INC-DNASD-SAS-14- 0029476 el 27 de Octubre del 2014. (157540) Nov. 6-19; Dic. 2 (157595) REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE AUMENTO DE CAPITAL Y REFORMA DEL ESTATUTO DE LA COMPAÑÍA BANASOFT C. LTDA. Guayaquil, 27 de Octubre del 2014 AB. CARLOS ANDRES FERAUD ELIZALDE SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL DRA. LORENA FIGUEROA NOVILLO SECRETARIA JUICIO DE INTERDICCIÓN No. 56224-2013 Nov. 4-5-6 (157416) EXTRACTO DE CITACIÓN A: CELIO GUSTAVO VILLACRESES VILLACRESES. SE LE HACE SABER: Que por sorteo le ha tocado conocer a esta Judicatura el Juicio Concurso de Acreedores Nº 1505-2014, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: LUIS ARISTARCO RMIREZ MACIAS. DEMANDADO: CELIO GUSTAVO VILLACRESES VILLACRESES. OBJETO DE LA DEMANDA: Se declare la insolvencia del demandado. AUTO INICIAL: El lunes 9 de diciembre del 2013, las 15h52, VISTOS: Se aceptó la demanda al trámite en virtud de reunir los requisitos legales; y, se ordenó citar al demandado en la dirección señalad; y en decreto de fecha 1 de agosto del 2014, las 09h27, se ordenó se cite por la prensa al demandado.- Celio Gustavo Villacreses Villacreses, de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. JUEZ DE LA CAUSA: AB. JUAN CARLOS ISAZA PIEDRAHITA, JUEZ C DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL. Lo que comunico a Ud. Para los fines legales, previniéndole de la obligación que tiene de señalar Casilla Judicial y Correo Electrónico y la de comparecer a juicio en la ciudad de Guayaquil, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será considerado en rebeldía. GUAYAQUIL, 18 DE AGOSTO DEL 2014 Ab. Gloria P. Zamora A. SECRETARÍA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS Oct. 9-23; Nov. 6 (155963) A: AL PÚBLICO EN GENERAL. Se le hace saber que en la Unidad Judicial D de Familia, Mujer, Niñez y la Adolescencia de Cuenca, a cargo de la Doctora Sonia García Jaramillo, Jueza D de la Unidad Judicial D Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca, ha correspondido la demanda y providencia en ella recaída que en extracto dicen: JUICIO No. 156-2014 ACCIÓN: REFORMA O NULIDAD DE INSCRIPCIÓN. ACTOR: SARMIENTO PAUCAR MARIA EUGENIA. DEMANDADO: REGISTRO CIVIL, IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN DE CUENCA. CUANTÍA: INDETERMINADA. "Juicio Nro 156-14 Cuenca, 23 de mayo de 2014, las 12h14 Avoco conocimiento de la presente causa, por encontrarme de sustanciación y por haberse puesto en esta fecha para su despacho.Asumo el conocimiento de la causa por encontrarme de sustanciación y haberse pasado para el despacho. La demanda presentada por María Eugenia Sarmiento Paucar, cumple con los requisitos de admisibilidad, en lo pertinente, de los previstos en la Ley de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, por lo que se acepta a trámite sumario. Conforme a lo previsto en el Art. 89 de la Ley General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, se dispone que se haga conocer de esta demanda por la prensa, en un diario de amplia circulación en la ciudad de Cuenca y Guayaquil, mediante tres publicaciones a fin de que quien se encuentre asistido de derechos proponga su oposición. En la publicación se hará constar un extracto de la demanda, haciendo constar los datos principales de la misma, debiendo resaltarse la pretensión procesal. El Señor Citador del Tribunal intervenga en la citación a la autoridad. El trámite es sumario. Téngase en cuenta todo lo expuesto en la demanda y en especial la casilla judicial y autorización concedida. La autoridad accionada se pronunciará respecto de la demanda en el término de seis días y luego de su comparecencia o del transcurso del término concedido y el cumplimiento de las publicaciones por la prensa, se receptarán las declaraciones testimoniales. Inscríbase la demanda en el libro de causas del Tribunal. Notifíquese.- F) Dra. Natalia Larriva Calle/ Jueza Distrital de Cuenca." OTRA PROVIDENCIA "Juicio Nro. 156-2014 JUZGADO D Cuenca, 30 de septiembre del 2014. Las 08h27. Confiérase el extracto para la citación solicitada. Cúmplase. F) Dra. Sonia García/ Jueza D de la Unidad Judicial D de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Cuenca." A LA PARTE DEMANDADA SE LE PREVIENE DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN ABOGADO Y CORREO ELECTRÓNICO PARA FUTURAS NOTIFICACIONES. Cuenca, 2 de octubre del 2014 AB. LORENA AREVALO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL D DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE CUENCA Nov. 5-6-7 (157594) El Telégrafo I jueves 6 de noviembre del 2014 39 AVISO DE REMATE AVISO DE REMATE Pongo a conocimiento del público, que en Auto dictado el 17 de Octubre del 2014; a las 10H40 por el señor Juez Nacional de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, dentro del Juicio Coactivo No.231-2013, se ordenó el remate del bien mueble embargado, señalándose para tal efecto, el día MARTES 02 DE DICIEMBRE DEL 2014, el que se llevará a cabo desde las 13H00 hasta las 17H00, en la Secretaría de este Despacho, Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional de la ciudad de Guayaquil, ubicado en las calles 9 de Octubre No. 200 y Pichincha, Segundo Piso. Pongo a conocimiento del público, que en Auto dictado el 22 de Septiembre del 2014; a las 09h00, por el señor Juez Nacional de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, dentro del Juicio Coactivo No.204-2011, se ordenó el remate del bien inmueble embargado, señalándose para tal efecto, el día MIERCOLES 19 DE NOVIEMBRE DEL 2014, el que se llevará a cabo desde las 13H00 hasta las 17H00, en la Secretaría de este Despacho, Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional de la ciudad de Guayaquil, ubicado en las calles 9 de Octubre No. 200 y Pichincha, Segundo Piso. CARACTERISTICAS DEL BIEN A REMATARSE: Bien mueble consistente en: VEHICULO cuyas características y descripciones son las siguientes características: CLASE: TRAILER, MARCA: CAMC, MODELO: HN4250G44C2M, AÑO: 2010, CHASIS: LZ5N4CD31AB900008, MOTOR: ISM380E2071000073, COLOR: PLOMO, CUBICAJE: 10800 c.c. Las demás características podrán ser apreciadas en el Informe de avalúo que consta en el proceso coactivo. AVALUO: El bien mueble se encuentra avaluado en $52.510,00 (cincuenta y dos mil quinientos diez 00/100 dólares de los Estados Unidos de América). Al amparo de lo dispuesto en el artículo 458 del Código de Procedimiento Civil, las posturas se presentarán ante el (la) Secretario (a) Abogado (a) designado (a) dentro del proceso, en la Sala del Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicada en la Avenida 9 de Octubre # 200 y Pichincha, Segundo Piso, en la ciudad de Guayaquil. Las posturas se presentarán por escrito dirigidas al Juez de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, en las que se indicará el número de proceso, el bien y precio por el que se presenta postura, actividad económica del postor y la casilla judicial o correo electrónico para las notificaciones de Ley, debiendo ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión. Conforme el artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, los postores a plazo serán calificados con quince (15) días de anticipación a la realización del remate, para lo cual, deben acudir a las oficinas de la Corporación Financiera Nacional y solicitar los requisitos de toda la información y/o documentación presentar para el proceso de calificación respectivo, para el efecto, el (la) Secretario (a) de Coactiva entregará los formularios correspondientes a las personas interesadas, los cuales también pueden ser obtenidos a través de la página web institucional en www.cfn.fin.ec.- En tal virtud las personas interesadas deberán obtener o retirar la información y/o documentación correspondiente a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos los documentos habilitantes hasta 15 días antes del día del remate; esto es hasta el Martes 11 de Noviembre del 2014, a las 12H00. En el Departamento de Cartera-Administración de Crédito. No se aceptarán ofertas de postores a plazo que no hubieren sido previamente calificados por la Institución, salvo el caso, de aquellos postores que presenten su postura de contado a la cual deberán acompañar, además de la postura, actividad económica del postor y la casilla judicial o correo electrónico para las notificaciones de Ley, debiendo ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión, la siguiente documentación habilitante: 1) Formulario Conoce a tu Postor; 2) Formulario de Licitud de Origen de Fondos; 3) Copia de cédula de ciudadanía o de identidad y papeleta de votación, de ser aplicable también del cónyuge, en caso de personas naturales; copia de nombramiento y Registro Único de Contribuyentes, en caso de personas jurídicas; 4) Copia de pago de servicio básicos del domicilio del postor; 5) Declaración de Persona Expuesta Políticamente, en caso de ser aplicable. No se admitirán posturas tachadas, corregidas o ininteligibles, así como las que no vayan acompañadas de los documentos habilitantes exigidos por la Corporación Financiera Nacional, así como aquellas que no contengan por lo menos, el diez por ciento del valor total de la oferta, el que se consignará en cheque certificado, cheque de Gerencia a la orden de la Corporación Financiera Nacional, o depósito efectuado a la cuenta de la Corporación Financiera Nacional; tampoco se admitirán las que fueren presentadas antes de las trece horas o después de las diecisiete horas del día señalado para el remate. Por tratarse del PRIMER SEÑALAMIENTO, conforme a lo previsto en el artículo 468 del Código de Procedimiento Civil, las ofertas podrán hacerse sobre las dos terceras partes del valor de la cosa que se va a rematar. Según el mandato del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, se podrá aceptar posturas en las cuales se fijen plazos de hasta ocho años para el caso de bienes inmuebles y de tres para los bienes muebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 461 del Código de Procedimiento Civil, antes de cerrarse el remate, el deudor puede librar sus bienes, pagando la deuda, intereses y costas.- El remate del bien inmueble se lo realizará de conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil y se lo entregará en el estado en que se encuentre, el mismo que es de pleno conocimiento y aceptación del postor.- Todos los costos y gastos que demande la transferencia de la propiedad objeto del remate, serán de responsabilidad del postor/ adjudicatario. Así mismo, las costas y gastos que se generen a partir de la fecha en que se dicte el correspondiente auto de adjudicación, serán a cargo del adjudicatario. De igual forma los impuestos municipales, prediales, las tasas, servicios de luz, agua, teléfono y condominio (en caso de que sean bienes que se encuentren en propiedad horizontal) serán con cargo al coactivado.- Si fuera una persona natural que resultare ser la adjudicataria de los bienes a rematarse deberá contratar un seguro de desgravamen, siempre y cuando se rematare el bien a plazos. La Actuaria del despacho, elabore el aviso correspondiente que se publicará por tres ocasiones en diario El Telégrafo, así también, que la Gerencia Nacional de Mercadeo y Promoción y/o la Gerencia de División de Informática y/o la unidad administrativa competente publiquen la información correspondiente en la página web institucional en www.cfn.fin.ec. Cualquier información adicional, solicitarla a la Corporación Financiera Nacional, Sucursal Mayor Guayaquil, o al teléfono 2564830 Ext. 1344, Departamento de Coactiva. Lo que comunico al público, para los fines de Ley.Guayaquil, 23 de Octubre del 2014 CARACTERISTICAS DEL BIEN INMUEBLE A REMATARSE: Consistente en: 1.) Un terreno ubicado en el sitio La Laguna, Cantón Sucre de la Parroquia Charapotó, Provincia de Manabí, circunscrito dentro de los siguientes linderos y medidas: Por el Norte: Con quebrada, mil doscientos sesenta metros (1.260 m); Por el sur: Con propiedad del señor Felipe Vera, novecientos cuarenta y nueve metros veinte centímetros (949,20 m); Por el este: Con propiedad del señor José Demera, con mil seiscientos ochenta metros (1.680 m); Por el Oeste: Con propiedad del señor Juan Chumo, con mil trescientos veintisiete metros veinte centímetros (1.327.20 m). Cuyas características y demás especificaciones del bien inmueble, podrán ser apreciados en el informe de avalúo que consta en el proceso coactivo. AVALUO: 1.) Bien inmueble avaluado en USD. 89,964.00 (OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). De acuerdo a la Reforma a la Codificación del Código de Procedimiento Civil, publicada en el Registro Oficial No. 583 el 24 de noviembre del 2011, en su artículo 458, las posturas se presentarán ante la secretaria del juez que ordenó el remate, desde las trece horas hasta las diecisiete horas del día señalado para el remate, el mismo que se llevará a cabo en el Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional – Guayaquil, ubicado en la Avenida Nueve de Octubre # 200 y Pichincha, Segundo Piso; dichas posturas deberán estar firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión, en la misma indicará el domicilio, teléfono y la casilla judicial del postor, para notificaciones de ley. De acuerdo a la Reforma a la Codificación del Código de Procedimiento Civil, publicada en el Registro Oficial No.583 el 24 de noviembre del 2011, en su artículo 457 inciso final de la Codificación del Código de Procedimiento Civil, en los procesos de remate que se lleven a cabo en la jurisdicción coactiva, los postores deberán ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio; para lo cual a las personas naturales y/o jurídicas aspirantes a participar, deberán concurrir a esta Judicatura dentro del plazo de un mes antes de la fecha del remate, para que se realice la calificación respectiva; para el efecto, el secretario de coactiva entregará los formularios correspondientes, para que en base a la información reportada por parte de las personas interesadas, sean calificadas por la Corporación Financiera Nacional, a fin de que puedan participar en la presentación de posturas el día del remate. La Corporación Financiera Nacional informará oportunamente a los postores, sobre el resultado de la calificación. No se aceptarán ofertas por los postores que no hubieren sido previamente calificados por la institución, a menos que su participación sea de contado en el momento del remate. A aquellas personas aspirantes a participar en el remate, se les conmina a que concurran a esta Judicatura a presentar los requisitos para proceder a la calificación como postores, hasta el día 14 de Octubre del 2014. A las ofertas deberá acompañarse por lo menos el diez por ciento (10%) del total de la oferta, en dinero en efectivo o cheque certificado por el Banco o en cheque girado por el Banco a la orden de la Corporación Financiera Nacional. Se deja constancia que el 10% que se consigna sobrepasa los USD.10.000, los postores deberán suscribir el formulario de Licitud de Fondos, emitido por el CONSEP. Por tratarse del PRIMER SEÑALAMIENTO, no se admitirán posturas por menos de las dos terceras partes del valor de la cosa que se va a rematar. De conformidad a lo establecido en el Artículo 461 de la Codificación del Código de Procedimiento Civil, antes de cerrarse el remate, el deudor puede librar sus bienes, pagando la deuda, intereses y costas. Además, de acuerdo a la Reforma a la Codificación del Código de Procedimiento Civil, publicada en el Registro Oficial No. 583 el 24 de noviembre del 2011, en su artículo 457, se podrá aceptar posturas en las cuales se fijen a plazos de hasta ocho años para el caso de remate del bien inmueble. La persona natural que resulte ser la adjudicataria del bien a rematarse, se lo adjudicará como cuerpo cierto, de conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil y se lo entregará en el estado en que se encuentre. Todos los gastos presentes como: gastos de protocolización de inscripción, y demás gastos que se hagan para la transferencia de dominio de los bienes inmuebles materia del remate, será de cuenta del adjudicatario. Así mismo, las costas y gastos que se genera a partir de que se ejecutorié el Auto de Adjudicación de los bienes a rematarse en este proceso, será con cargo al adjudicatario, condición que se hará constar en la respectiva publicación. De igual forma se hará constar que los impuestos municipales, prediales, las tasas, servicios de luz, agua, teléfono serán con cargo a la coactivada. De conformidad a lo establecido en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Corporación Financiera Nacional, dicha Institución puede hacer posturas con imputación al valor de su crédito, sin necesidad de depositar el diez por ciento de su valor, aun cuando hubiere tercerías coadyuvantes, en este caso, se contará con uno de los Agentes Fiscales del Distrito, quien representará para este exclusivo efecto, al propietario de la cosa materia del remate, para lo cual ofíciese a la Gerencia de División Administrativa, a fin de que tenga conocimiento del remate que se va a efectuar.- Notifíquese con el contenido de esta Providencia a la Gerencia Regional de Administración de Crédito, para su conocimiento. Cualquier información adicional, solicitarla a la Corporación Financiera Nacional, Sucursal Mayor Guayaquil, Departamento de Coactiva.- Lo que comunico al público, para los fines de Ley.Guayaquil, 07 de octubre del 2014.- Ab. Vibliana Olivares González SECRETARIA DEL PROCESO COACTIVO AB. SARA CASTRO TORRES SECRETARIA DEL PROCESO COACTIVO Oct. 13-24; Nov. 06 (156236) Oct. 23; Nov. 06-19 (156886) DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUAYAS CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO GOBIERNO NACIONAL DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL NORTE DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUAYAQUIL REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL EXTRACTO - CITACIÓN SUBSECRETARÍA GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN A: A QUIENES TENGAN O PUEDAN TENER DERECHOS REALES REPÚBLICA DEL ECUADOR REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO SE CITA A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS PROVENIENTES DEL RÍO PULA, MEDIANTE UN CANAL DE RIEGO DENOMINADO “CONSEJO PROVINCIAL”, DE LA PARROQUIA LOS LOJAS, CANTÓN DAULE, PROVINCIA DEL GUAYAS. ACTOR: NARCISO NAPOLEÓN RUÍZ NAVARRETE OBJETO DE LA PETICIÓN: AUTORIZACIÓN DE APROVECHAMIENTO DE LAS AGUAS PROVENIENTES DEL RÍO PULA, MEDIANTE UN CANAL DE RIEGO DENOMINADO “CONSEJO PROVINCIAL”, PARA EL LOTE DE TERRENO UBICADO EN EL RECINTO JUNQUILLAL, DE LA PARROQUIA LOS LOJAS, CANTÓN DAULE, PROVINCIA DEL GUAYAS. SECRETARÍA DEL AGUA.- SUBSECRETARÍA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUAYAS.- CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO.- Guayaquil, 30 de septiembre del 2014, a las 12H00.- EXPEDIENTE No. 1089-2014.- En lo principal: Vista la solicitud presentada por el señor NARCISO NAPOLEÓN RUÍZ NAVARRETE, tendiente a obtener la autorización de aprovechamiento de las aguas provenientes del Río Pula, mediante un canal de riego denominado “Consejo Provincial”, para el lote de terreno ubicado en el recinto Junquillal, de la parroquia Los Lojas, cantón Daule, provincia del Guayas, inicio el trámite correspondiente, calificándole de clara, completa y precisa, asignándole el No. 1089-2014: En tal virtud, se dispone: 1.- Cítese a los usuarios conocidos domiciliados en el recinto Junquillal, parroquia Los Lojas, cantón Daule, provincia del Guayas; colindantes al terreno del peticionario, señores: Leonidas Alvarado Herrera, por el noreste; Washington Correa Valverde, por el suroeste; herederos del señor Guillermo Morán: Manuel Morán Ruíz, Hortensia Morán Ruíz y Gregorio Morán Ruíz, por el sureste; y, herederos del señor Otton Ruíz: Marcos Ruíz Castro, Lucrecia Ruíz Castro y Norma Ruíz Castro, por el noroeste; para lo cual, se comisiona al Jefe Político de la parroquia antes mencionada. 2.- Cítese a los usuarios conocidos o no por la, mediante un extracto de la solicitud y esta providencia, en uno de los diarios de mayor circulación, esto es: El Universo, Expreso o El Telégrafo, por tres veces, mediando de una a otra, el plazo de ocho días. 3.- Fíjese carteles en tres de los parajes más frecuentados de la parroquia Los Lojas, cantón Daule, provincia del Guayas, por el plazo de 30 días, comisionándose la práctica de la diligencia al Jefe Político de la referida parroquia. 4.- En su debida oportunidad, se designará un perito para la práctica de la inspección respectiva. 5.Agréguese a los autos los escritos presentados y documentación aportada. Actúe la Abogada Bertha Burgos Pozo, en calidad de Secretaria Ad-Hoc.- Notifíquese.- f) Ing. Hugo Prado León, Responsable Técnico de Centro de Atención al Ciudadano Guayaquil.- Particular que comunico para los fines de ley.- Lo certifico. SUPERINTENDENCIA DE BANCOS EXTRACTO DE OPOSICIÓN DE TERCEROS DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA DE SLIP TRADE RE S.A. INTERMEDIARIO DE REASEGUROS Se comunica al público en general que SLIP TRADE RE S.A. INTERMEDIARIO DE REASEGUROS, mediante escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo del cantón Guayaquil, doctor Piero Gastón Aycart Vincenzini, el 26 de marzo del 2013, y conforme su ratificatoria celebrada ante el mismo notario el 4 de agosto del 2014, ha procedido a liquidarse voluntariamente. Quienes se creyeren perjudicados en sus intereses y con derecho pueden presentar su oposición ante uno de los jueces de lo civil del domicilio principal de la compañía, dentro del término de seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto. El juez que reciba la oposición y/o el accionante notificarán a esta Superintendencia, hasta dentro de dos días hábiles posteriores al último señalado para presentar la oposición, conjuntamente con la carta de la petición y la providencia en ella recaída. Quito, Distrito Metropolitano, 20 de Octubre del 2014 Guayaquil, 04 de septiembre del 2014. Lcdo. Pablo Cobo Luna SECRETARIO GENERAL Ab. Bertha Burgos Pozo SECRETARIA AD-HOC CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO GUAYAQUIL Nov. 4-5-6 (157493) (157624) Casilla No. 3401 UNIDAD JUDICIAL SUR FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL SUR FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA EXTRACTO DE CITACIÓN A: JUANA MARIS RIZZO MOREIRA LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Juicio de DIVORCIO POR CAUSAL No. 20142930, que sigue el señor EMILIANO MEDINA REYES, en contra de JUANA MARIS RIZZO MOREIRA. ACTOR: EMILIANO MEDINA REYES. DEMANDADA: JUANA MARIS RIZZO MOREIRA OBJETO DE LA DEMANDA: Que la señora jueza mediante sentencia declare disuelto el vínculo matrimonial que une al EMILIANO MEDINA REYES con la señora JUANA MARIS RIZZO MOREIRA de conformidad a lo establecido en el artículo 110 numeral 11 del código civil vigente. AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTÓN GUAYAQUIL. Guayaquil, miércoles 19 de Marzo del 2014, las 12h47. DIVORCIO POR CAUSAL.- VISTOS: En mérito del sorteo de ley y en mi calidad de Jueza de la Unidad Cuarta Especializada de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil, mediante acción de personal No.4289-DNPACH, extendida por la Dirección Nacional de Personal del Consejo de la Judicatura, y de conformidad con lo establecido en el Art. 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, publicado en el Registro Oficial No. 544 del 9 de Marzo del 2009, puesto a mi despacho el día de hoy, avoco conocimiento de la presente demanda de DIVORCIO POR CAUSAL, CAUSAL presentada por EMILIANO MEDINA REYES fundamentado en la causal 11 del artículo 110 del Código Civil, contra JUANA MARIS RIZZO MOREIRA, por reunir los requisitos determinados en los artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, precisa y completa, por lo que se la admite al trámite de juicio verbal sumario de Divorcio.- Dentro del matrimonio afirma el accionante en su demanda que han procreado cuatro hijos de nombres JAVIER EMILIO, KARINA STEFANIA, MARIUXI TATIANA MEDINA RIZZO, los mismos que son mayores de edad y gozan de sus propios derechos de ciudadanía, conforme se justifica con las partidas de nacimientos acompañadas; y, ROLANDO EMILIANO MEDINA RIZZO, el mismo que está fallecido como lo justifica con el certificado de defunción.- Dentro de la sociedad conyugal manifiesta que no han adquirido bien inmueble alguno por lo que no hay nada que resolver.- Se dispone que el accionante EMILIANO MEDINA REYES comparezca personalmente y no por interpuesta persona, el día 19 de mayo del 2014; a las 16h00, a suscribir el acta de declaración juramentada en la que la accionante declarará bajo juramento que ha sido imposible determinar la individualidad o residencia de la demandada.- Bajo las prevenciones que establece el Art. 69 del Código de Procedimiento Civil.- Agréguese a los autos los documentos acompañados a la demanda.- Téngase en cuenta la casilla judicial 3401 y el correo electrónico [email protected], que señala el compareciente para sus notificaciones y la autorización que le confiere a su patrocinador.- Intervenga el Ab. Víctor Fernando González Coello en calidad de Secretario de la Unidad Judicial Sur de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón de Guayaquil.- Notifíquese y Cúmplase.- OTRA PROVIDENCIA: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTÓN GUAYAQUIL. Guayaquil, miércoles 21 de Mayo del 2014, las 11h54. DIVORCIO POR CAUSAL.- VISTOS: Puesto en esta fecha en el despacho y dispongo lo siguiente: Agréguese a los autos el Acta de la declaración juramentada, que realizó el señor EMILIANO MEDINA REYES, con el cual da cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, dado que el accionante, bajo declaración juramentada realizada ante la suscrita Jueza, declara que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia de la demandada JUANA MARIS RIZZO MOREIRA; se dispone que la citación, se haga por medio de la prensa; lo que se efectuará por intermedio de 3 publicaciones, que se las hará mediando término de ocho días, por lo menos, entre la una y la otra, de conformidad con el Art. 119 del Código Civil, en uno de los siguientes diarios: "El Telégrafo", "El Universo", "Expreso" o "Extra" de la ciudad de Guayaquil, medios de amplia circulación en la provincia del Guayas; El Actuario del Despacho conferirá el extracto pertinente, para la indicada publicación de citación, a la demandada en el extracto de citación será advertida la demandada, de la obligación que tiene de comparecer a este proceso y de señalar casilla judicial en esta ciudad de Guayaquil, para sus notificaciones, en caso de no comparecer veinte días después de la última publicación, podrá ser considerada o declarada rebelde.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.- CUANTÍA INDETERMINADA.- JUEZA DE LA CAUSA: AB. SONNIA QUIJIJE AGUIRRE, UNIDAD JUDICIAL SUR DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUAYAQUIL, y AB. VICTOR GONZALEZ COELLO, SECRETARIO QUE CERTIFICA.Guayaquil, 27 de Octubre de 2014 AB. VICTOR GONZALEZ COELLO SECRETARIO Nov. 6-19 (157616) REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. -EXTRACTOCITACIÓN JUDICIAL PARA: MAPOSITA ÑAUÑAY ANTONIETA XIMENA JUICIO : 17203-2014-10261 W.R.- DIVORCIO CAUSAL ACTOR : DR. CADENA BUENAÑO, PROCURADOR JUDICIAL DEL SEÑOR SEGARRA PESÁNTEZ JORGE OSWALDO DEMANDADA: MAPOSITA ÑAUÑAY ANTONIETA XIMENA OBJETO : Con fundamento en lo dispuesto en el Art. 110, Causal 11va, segundo inciso del Código Civil Vigente, se demanda a MOPOSITA ÑAUÑAY ANTONIETA XIMENA el Divorcio. TRAMITE : VERBAL SUMARIO CUANTÍA : INDETERMINADA ABOGADO PATROCINADOR: DR. JOSÉ CADENA CASILLERO : No. 4222 - Mat. Prof. 17-2007-51 del F.A. PROVIDENCIA.CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 30 de octubre del 2014, las 12h53.- VISTOS: Agréguese a los autos el escrito presentado por la accionante.- Cumplido lo dispuesto en providencias iniciales; la demanda que antecede, es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que se le admite a trámite, en juicio verbal sumario; en lo principal se dispone: Entréguese copia de la demanda y este auto a la demandada señora ANTONIETA XIMENA MAPOSITA ÑAUÑAY para cuyo efecto en virtud del juramento rendido por la actora y con su exclusiva responsabilidad, cítese por la prensa en uno de los periódicos diarios de mayor circulación que se editan en la ciudad de Quito, en la forma indicada en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil; debiendo mediar por lo menos ocho días hábiles entre cada publicación; incorpórese al expediente los documentos acompañados y téngase en cuenta el domicilio judicial y la autorización dada por el actor a su abogado defensor.- NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Washington Fernando Robalino Silva. Juez de la Unidad Judicial (...Sigue la notificación).- Lo que llevo a su conocimiento para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para sus futuras notificaciones.- CERTIFICO. DR. EDISON GABRIEL RODRÍGUEZ SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL Nov. 6-19; Dic. 2 (157642) LE HAGO SABER: Que por sorteo de Ley, ha tocado conocer a esta Unidad Judicial el juicio de Extinción Patrimonio Familiar No. 60914-2014, seguido por MERCEDES DEL ROSARIO, FATIMA DE LAS MERCEDES, NARCISA DE JESUS, GABRIEL MESIAS y ANGEL RAUL VELEZ ORODOÑEZ representado por NARCISA DE JESUS VELEZ OROÑEZ OBJETO DE LA DEMANDA: "...previo al trámite respectivo en su resolución pertinente, disponga el LEVANTAMIENTO Y EXTINCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, que pesa sobre el bien inmueble compuesto de edificación y solar municipal No. 00004 de la Mz. 0090 de la Parroquia Urbana Pedro Carbo, Cooperativa Cerro del Carmen, de esta ciudad de Guayaquil..." CUANTÍA: Indeterminada JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Jorge Luzarraga Hurtado, Juez de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil. AUTO: Mediante auto dictado el lunes 21 de julio del 2014, a las 14h11, se dispuso: "...VISTOS: Avoco conocimiento de esta causa en mérito a la razón sentada el 18 de julio del 2014 por el Secretario Abg. Roberto Rodríguez Larrea, en lo principal se dispone: La demanda de EXTINCIÓN DE PATRIMONIO FAMILIAR que antecede propuesta por los señores MERCEDES DEL ROSARIO, FATIMA DE LAS MERCEDES, NARCISA DE JESUS, GABRIEL MESIAS y ANGEL RAUL VELEZ ORDOÑEZ representado por NARCISA DE JESUS VELEZ ORDOÑEZ, por reunir los requisitos determinados en los artículos 67 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, precisa y completa, por lo que se la admite al trámite legal correspondiente.- En día y hora hábil, comparezcan a esta judicatura los señores FLOR ELENA DORADO COLOMA, ELIANA DEL PILAR RUIZ BARZOLA y VERONICA DENISSE DORADO MEJIA, a rendir sus testimonios, al tenor del interrogatorio formulado.- Cuéntese con uno de los señores Agentes Fiscales de lo Penal del Guayas.- Citese por la prensa a quienes tengan o puedan tener DERECHOS REALES sobre el bien inmueble cuya Extinción de Patrimonio Familiar se demanda..." Mediante providencia dictada el jueves 2 de octubre del 2014, las 08h00, el Juez de la causa dispuso: "...en virtud de lo solicitado en fecha 25/09/14, y en cumplimiento con providencia anterior, confiérase un nuevo extracto de citación..." Lo que comunico a ustedes para los fines de ley, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar domicilio judicial para recibir las notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario serán tenidos o declarados rebeldes.Guayaquil, 17 de octubre del 2014 A: GUERRERO LEON GIOVANNI RICARDO. LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO No. 60272014, seguido DELGADO ARIAS BECXY ISABEL, en contra de GUERRERO LEON GIOVANNI RICARDO.ACTOR: DELGADO ARIAS BECXY ISABEL DEMANDADO: GUERRERO LEON GIOVANNI RICARDO OBJETO DE LA DEMANDA: Declarar con lugar la Demanda y declare disuelto el vínculo matrimonial que me une al demandado señor GUERRERO LEON GIOVANNI RICARDO, y ordene la Marginación del mismo. CUANTÍA: Indeterminada AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL NO. 3 DEL CANTÓN GUAYAQUIL. Jueves 23 de Octubre del 2014, a las 10H04.- VISTOS.- Vista el acta de comparecencia de la accionante a declarar bajo juramento como se dispusiera se provee: La demanda que antecede presentada por BECXY ISABEL DELGADO ARIAS contra su cónyuge GIOVANNI RICARDO GUERRERO LEON, se la califica de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite del juicio verbal sumario (divorcio). En consecuencia, cítese al accionado en la forma prevista en el art. 82 del Código de Procedimiento Civil, esto es, mediante tres publicaciones en un periódico de amplia circulación de la ciudad, mediando el término de ocho días por lo menos entre la una y la otra, para lo cual la actuaria conferirá el correspondiente extracto. Se previene al accionado, de la obligación de señalar casillero judicial y/o domicilio judicial electrónico para sus notificaciones y en caso de no comparecer veinte días después de la última publicación se continuará la tramitación de la causa en su rebeldía.- Notifíquese y cítese. JUEZ DE LA CAUSA: DR. LENIN PILALOT NAVARRETE, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL NORTE DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS Y ABOGADA ERIKA HAYDEE MORIEL SANTILLAN SECRETARIA ENCARGADA QUE CERTIFICA. Guayaquil, 27 de Octubre del 2014 AB. ERIKA HAYDEE MORIEL SANTILLAN SECRETARIA ENCARGADA UNIDAD JUDICIAL NORTE DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUAYAQUIL Abg. Roberto Rodriguez Larrea SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL Nov. 6; Dic. 20-4 (157638) Nov. 6-19; Dic. 2 (157611) REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL NORTE DEL CANTÓN GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN A: PUBLICO EN GENERAL LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de APERTURA DE SUCESIÓN Nº 2013-1020, seguido por el señor OSCAR OSWALDO VILLAO PACHECO, por sus propios y personales derechos. ACTOR: MONTENEGRO BASANTES VDA. DE VILLAO MARIA PIEDAD, por sus propios y personales derechos. VISTOS: En virtud de lo dispuesto en el Art. 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, el sorteo que antecede y la acción de personal No. 418-DNP del 24 de Febrero del 2012 avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de esta Unidad Especializada.- Agréguese a los autos los escritos presentados por la accionante.- Avoco conocimiento de la presente demanda de APERTURA DE LA SUCESIÓN INTESTADA DE LOS BIENES dejados por el causante OSCAR JUAN VILLAO PACHECO, quien falleció el 4 de Febrero del 2012 en la Provincia del Guayas, según consta con la partida de defunción que acompaña y presentada por la actora MARIA PIEDAD MONTENEGRO BASANTES VDA. DE VILLAO, quien habiendo acreditado la calidad de parte interesada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 640 del Código de Procedimiento Civil, es clara y reúne los demás requisitos legales, por lo que se la acepta al trámite previsto por la Sección 7ma. del Título II del Libro Segundo del Código de Procedimiento Civil.- En donde se declara abierta la sucesión del causante OSCAR JUAN VILLAO PACHECO.- En consecuencia, este Juzgador dispone: 1.- Citar a los herederos conocidos del causante, esto es a los señores OSCAR JUAN, CECILIA PAULINA, ANGELA LETICIA, CESAR OSWALDO Y herederos del difunto ROBERTO HELEODORO VILLAO MONTENEGRO, para lo cual se le concede a la accionante el término de 72 horas para que indique la dirección domiciliaria de cada uno de ellos y poder citarlos legalmente como legítimos contradictores; 2.- En cuanto a la citación de los otros herederos presuntos y no conocidos, la accionante, previo a entregarle el extracto de la calificación de APERTURA DE LA SUCESIÓN INTESTADA DE LOS BIENES este Juzgador, dispone que la accionante señora MARIA PIEDAD MONTENEGRO BASANTES VDA. DE VILLAO, declare bajo juramento desconocer sus domicilios y cumpla la formalidad legal establecida en el art. 82 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual deberá comparecer la accionante ante este Juzgador el 11 de Septiembre del 2013 a las 09h00.- 2.- Una vez cumplida la formalidad legal dispuesta en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, la actuaria de esta Unidad Judicial No. 1 proceda a entregar a la accionante el extracto de la demanda y pueda cumplir con citar a los demandados por la prensa mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación nacional, bajo prevenciones que en caso de no comparecer se procederá en rebeldía. 3.- Se declara abierta la Sucesión Intestada del causante OSCAR JUAN VILLAO PACHECO, y dispongo que se ponga en conocimiento del público mediante aviso por la prensa y que se practique el avalúo e inventario de bienes con intervención de sus herederos y peritos que se designarán en su momento. 4.- Las publicaciones se las realizará en un diario de mayor circulación del país.- Inscríbase la presente demanda con este Auto, en el Registrador de la Propiedad de este Cantón.- 5.- Cítese al señor Director Regional de Servicios de Rentas Internas del Guayas.- Procédase al inventario solemne y avalúo de los bienes del fallecido OSCAR JUAN VILLAO PACHECO.- Téngase en cuenta la casilla judicial, correo electrónico que señala para las futuras notificaciones, así como la autorización que le confiere a su abogado defensor.- CUMPLASE.- NOTIFÍQUESE. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL NORTE DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.Guayaquil, viernes 6 de junio del 2014, las 09h07.- Agréguese el escrito que antecede.- En lo principal se dispone lo siguiente: 1.- En virtud de la razón sentada por la Actuaria a fojas 131 del proceso, se determina que se ha cumplido con las tres publicaciones realizadas por la prensa citando a los demandados; 2.- Comparezca a este juzgado el 19 de Junio del 2014 a las 09h30 Cecilia Paulina Villao Montenegro, a dejar sentado mediante Acta el REPUDIO que hace a la herencia dejada por su señor padre OSCAR OSWALDO VILLAO PACHECO, conforme lo solicito en su escrito de fecha 2 de Mayo del 2014 a las 17h16; 3.- Comparezca a este 9+ºjuzgado el 19 de Junio del 2014 a las 10h00 CESAR OSWALDO VILLAO MONTENEGRO, a dejar sentado mediante Acta el REPUDIO que hace a la herencia dejada por su señor padre OSCAR OSWALDO VILLAO PACHECO, conforme lo solicito en su escrito de fecha 2 de junio del 2014 a las 13h20; 4.- El Analista Jurídico elabore en el día el EXTRACTO de la Apertura de Sucesión y envíelo por la casilla judicial, para que la parte accionante realice la publicación por la prensa, conforme así se dispuso mediante Auto de Calificación de fecha 26 de Agosto del 2013 a las 07h56, hecho que fuere la Secretaria sentará la razón de su cumplimiento.- CUMPLASE.- NOTIFÍQUESE.- JUEZ DE LA CAUSA: AB. JOHNNY V. SANCAN LARREA, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL NORTE DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y AB. BELINDA A. LOMAS FRANCO, SECRETARIA QUE CERTIFICA. Belinda Annette Lomas Franco SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL NORTE DEL CANTÓN GUAYAQUIL (157666) EXTRACTO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE AUMENTO DEL CAPITAL Y REFORMA DEL ESTATUTO DE LA COMPAÑIA AGUAS DE SAMBORONDON AMAGUA C.E.M. Se comunica al público que la compañía AGUAS DE SAMBORONDON AMAGUA C.E.M., aumentó su capital suscrito en TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, y reformó su estatuto por escritura pública otorgada ante el Notario Décimo Segundo del cantón Guayaquil, el 12 de mayo de 2014. Fue aprobada por la Superintendencia de Compañías y Valores mediante Resolución SCV-INC-DNASD-SAS-14- 0029475 el 27 de 0ctubre del 2014. El capital suscrito actual es DOS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS, está dividido en SESENTA Y UN MILLONES SEISCIENTAS TREINTA Y NUEVE MIL SESENTA Y TRES acciones de CUATRO CENTAVOS DE DÓLAR cada una de ellas; el capital autorizado es de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y UN MIL CIENTO VEINTICINCO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CUATRO CENTAVOS. Guayaquil, 27 de Octubre del 2014 AB. VÍCTOR ANCHUNDIA PLACES INTENDENTE NACIONAL DE COMPAÑÍAS (157629) 40 El Telégrafo I jueves 6 de noviembre del 2014 AVISO DE REMATE AVISO DE REMATE Pongo en conocimiento del público, que en Auto dictado el 01 de octubre 2.014, las 16h25 de mayo del 2014, por el señor Juez Delegado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, dentro del Juicio Coactivo No. 021-2012, se ordenó el remate del bien inmueble embargado, señalándose para el efecto, el JUEVES 04 DE DICIEMBRE DE 2014, el que se llevará a cabo desde las 13h00 hasta las 17h00, en la Secretaría de este Despacho, en el Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, de la ciudad de Quito . Pongo a conocimiento del público, que en Auto dictado el 07 de Octubre del 2014; a las 09h00, por el señor Juez Nacional de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, dentro del Juicio Coactivo No.1231-2010, se ordenó el remate del bien inmueble embargado, señalándose para tal efecto, el día MIERCOLES 03 DE DICIEMBRE DEL 2014, el que se llevará a cabo desde las 13H00 hasta las 17H00, en la Secretaría de este Despacho, Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional de la ciudad de Guayaquil, ubicado en las calles 9 de Octubre No. 200 y Pichincha, Segundo Piso. PRIMER BIEN MUEBLE A REMATARSE: a) Máquina Procesadora de Placas MITSUBISHI, CTO, MOFRLO DPX2, Serie N° 20205, con los siguientes accesorios: ULTIMATE COMBO PACK, CPU, T3400, MITH MONITOR LANDSCAPE PUNCH.- cuyo avalúo asciende al valor de CUARENTA MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 84/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD. $ 40.338,84).- Las características y demás especificaciones podrán ser apreciadas en el Informe de Avalúo que consta en el proceso SEGUNDO BIEN MUEBLE A REMATARSE: b) IMPRENTA OFFSET HAMADA HASHIMOTO, IMPULSEF522, Serie WAC-00057, cuyo avalúo asciende al valor de OCHENTA Y UNO CON QUINIENTOS ONCE CON 71/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ( USD $81.511,71).- Las características y demás especificaciones podrán ser apreciadas en el Informe de Avalúo que consta en el proceso Señalamiento que se publicará por tres veces, en un periódico de la Provincia en que se sigue el juicio, y en su falta, en uno de los periódicos de la Provincia cuya capital sea la más cercana, y por tres carteles que se fijarán en tres de los parajes más frecuentados de la cabecera de la Parroquia en que esté situado el bien.- La publicación de los avisos se hará mediando ocho días, por lo menos, de uno a otro, y del último de ellos al día señalado para el remate.- Al amparo de lo dispuesto en el artículo 458 del Código de Procedimiento Civil, las posturas se presentarán ante el (la) Secretario (a) Abogado (a) designado (a) dentro del proceso, en la Sala del Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicada en la Avenida 9 de Octubre # 200 y Pichincha, Segundo Piso, en la ciudad de Guayaquil. Las posturas se presentarán por escrito dirigidas al Juez de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, en las que se indicará el número de proceso, el bien y precio por el que se presenta postura, actividad económica del postor y la casilla judicial o correo electrónico para las notificaciones de Ley, debiendo ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión. Conforme el artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, los postores a plazo serán calificados con quince (15) días de anticipación a la realización del remate, para lo cual, deben acudir a las oficinas de la Corporación Financiera Nacional y solicitar los requisitos de toda la información y/o documentación presentar para el proceso de calificación respectivo, para el efecto, el (la) Secretario (a) de Coactiva entregará los formularios correspondientes a las personas interesadas, los cuales también pueden ser obtenidos a través de la página web institucional en www.cfn.fin.ec .- En tal virtud las personas interesadas deberán obtener o retirar la información y/o documentación correspondiente a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos los documentos habilitantes hasta 15 días antes del día del remate; esto es, hasta el día MIÉRCOLES 12 DE NOVIEMBRE DE 2014, a las 12H00, Oficina de la Gerencia Nacional de Administración de Crédito, la misma que se encuentra ubicada en el piso 16 y dirigirse con el Ing. Jorge Álvarez.- No se aceptarán ofertas de postores a plazo que no hubieren sido previamente calificados por la Institución, salvo el caso, de aquellos postores que presenten su postura de contado a la cual deberán acompañar, a demás de la postura, actividad económica del postor y la casilla judicial o correo electrónico para las notificaciones de Ley, debiendo ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión, la siguiente documentación habilitante: 1) Formulario Conoce a tu Postor; 2) Formulario de Licitud de Origen de Fondos; 3) Copia de cédula de ciudadanía o de identidad y papeleta de votación, de ser aplicable también del cónyuge, en caso de personas naturales; copia de nombramiento y Registro Único de Contribuyentes, en caso de personas jurídicas; 4) copia de pago de servicio básicos del domicilio del postor; 5) Declaración de Persona Expuesta Políticamente, en caso de ser aplicable. No se admitirán posturas tachadas, corregidas o ininteligibles, así como las que no vayan acompañadas de los documentos habilitantes exigidos por la Corporación Financiera Nacional, así como aquellas que no contengan por lo menos, el diez por ciento del valor total de la oferta, el que se consignará en cheque certificado, cheque de Gerencia a la orden de la Corporación Financiera Nacional, o depósito efectuado a la cuenta de la Corporación Financiera Nacional; tampoco se admitirán las que fueren presentadas antes de las trece horas o después de las diecisiete horas del día señalado para el remate.- Por tratarse de PRIMER SEÑALAMIENTO conforme a lo previsto en el Art. 468 del Código de Procedimiento Civil, tampoco se admitirán posturas por menos de las dos terceras partes del valor del avalúo que se va a rematar.- Según el mandato del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, se podrá aceptar posturas en las cuales se fijen plazos de hasta ocho años para el caso de bienes inmuebles y de tres para los bienes muebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 461 del Código de Procedimiento Civil, antes de cerrarse el remate, el deudor puede librar sus bienes, pagando la deuda, intereses y costas.- El remate del bien mueble se lo realizará de conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil y se lo entregará en el estado en que se encuentre, el mismo que es de pleno conocimiento y aceptación del postor.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.- Cualquier información adicional solicitarla a la Corporación Financiera Nacional, Sucursal Quito, al teléfono 2562360- 560888 ext. 4478, Departamento de Coactiva. Quito D.M., 06 de octubre del 2014. CARACTERISTICAS DEL BIEN INMUEBLE A REMATARSE: Consistente en: Un terreno sin construcción, ubicado en el sector Los Corrales, atrás de la Urbanización Urbirios, a lado (este) de la Urbanización Ciudad Azteca, Parroquia Tarqui, Cantón Manta, Provincia de Manabí, el mismo que se encuentra circunscrito dentro de los siguiente linderos y medidas: POR EL FRENTE: Con terrenos del señor Jorge Palau Guillén y señora, con 100,oo m; POR ATRAS: Terrenos del señor José Santana, con 100,oo; POR EL COSTADO DERECHO: Terrenos del señor Gabriel Figueroa, con 250,oo m.; y, POR EL COSTADO IZQUIERDO: Terrenos que se reservan los vendedores con 250,oo m.. Con una superficie total de 25.000,oo m2, cuyo avalúo asciende al valor de USD $. 307.500,oo (TRESCIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA); Las características y demás especificaciones podrán ser apreciadas en el Informe de Avalúo que consta en el proceso.- Al amparo de lo dispuesto en el artículo 458 del Código de Procedimiento Civil, las posturas se presentarán ante el (la) Secretario (a) Abogado (a) designado (a) dentro del proceso, en la Sala del Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicada en la Avenida 9 de Octubre # 200 y Pichincha, Segundo Piso, en la ciudad de Guayaquil. Las posturas se presentarán por escrito dirigidas al Juez de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, en las que se indicará el número de proceso, el bien y precio por el que se presenta postura, actividad económica del postor y la casilla judicial o correo electrónico para las notificaciones de Ley, debiendo ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión. Conforme el artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, los postores a plazo serán calificados con quince (15) días de anticipación a la realización del remate, para lo cual, deben acudir a las oficinas de la Corporación Financiera Nacional y solicitar los requisitos de toda la información y/o documentación presentar para el proceso de calificación respectivo, para el efecto, el (la) Secretario (a) de Coactiva entregará los formularios correspondientes a las personas interesadas, los cuales también pueden ser obtenidos a través de la página web institucional en www.cfn.fin.ec.- En tal virtud las personas interesadas deberán obtener o retirar la información y/o documentación correspondiente a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos los documentos habilitantes hasta 15 días antes del día del remate; esto es, hasta el día 12 DE NOVIEMBRE DE 2014, a las 12H00, en la Subgerencia Regional de Cartera de la Corporación Financiera Nacional (mezanine).- No se aceptarán ofertas de postores a plazo que no hubieren sido previamente calificados por la Institución, salvo el caso, de aquellos postores que presenten su postura de contado a la cual deberán acompañar, a demás de la postura, actividad económica del postor y la casilla judicial o correo electrónico para las notificaciones de Ley, debiendo ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión, la siguiente documentación habilitante: 1) Formulario Conoce a tu Postor; 2) Formulario de Licitud de Origen de Fondos; 3) Copia de cédula de ciudadanía o de identidad y papeleta de votación, de ser aplicable también del cónyuge, en caso de personas naturales; copia de nombramiento y Registro Único de Contribuyentes, en caso de personas jurídicas; 4) copia de pago de servicio básicos del domicilio del postor; 5) Declaración de Persona Expuesta Políticamente, en caso de ser aplicable. No se admitirán posturas tachadas, corregidas o ininteligibles, así como las que no vayan acompañadas de los documentos habilitantes exigidos por la Corporación Financiera Nacional, así como aquellas que no contengan por lo menos, el diez por ciento del valor total de la oferta, el que se consignará en cheque certificado, cheque de Gerencia a la orden de la Corporación Financiera Nacional, o depósito efectuado a la cuenta de la Corporación Financiera Nacional; tampoco se admitirán las que fueren presentadas antes de las trece horas o después de las diecisiete horas del día señalado para el remate. Por tratarse del PRIMER SEÑALAMIENTO conforme a lo previsto en el Art. 468 DEL Código de Procedimiento Civil, tampoco se admitirán posturas por menos de las dos terceras partes del valor del avalúo del bien a rematar. Según el mandato del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, se podrá aceptar posturas en las cuales se fijen plazos de hasta ocho años para el caso de bienes inmuebles y de tres para los bienes muebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 461 del Código de Procedimiento Civil, antes de cerrarse el remate, el deudor puede librar sus bienes, pagando la deuda, intereses y costas.- El remate del bien inmueble se lo realizará de conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil y se lo entregará en el estado en que se encuentre, el mismo que es de pleno conocimiento y aceptación del postor.- Todos los costos y gastos que demande la transferencia de la propiedad objeto del remate, serán de responsabilidad del postor/adjudicatario. Así mismo, las costas y gastos que se generen a partir de la fecha en que se dicte el correspondiente auto de adjudicación, serán a cargo del adjudicatario. De igual forma los impuestos municipales, prediales, las tasas, servicios de luz, agua, teléfono y condominio (en caso de que sean bienes que se encuentren en propiedad horizontal) serán con cargo al coactivado.- Si fuera una persona natural que resultare ser la adjudicataria de los bienes a rematarse deberá contratar un seguro de desgravamen, siempre y cuando se rematare el bien a plazos. La Actuaria del despacho, elabore el aviso correspondiente que se publicará por tres ocasiones en diario El Telégrafo, así también, que la Gerencia Nacional de Mercadeo y Promoción y/o la Gerencia de División de Informática y/o la unidad administrativa competente publiquen la información correspondiente en la página web institucional en www.cfn.fin.ec. Cualquier información adicional, solicitarla a la Corporación Financiera Nacional, Sucursal Mayor Guayaquil, Departamento de Coactiva.- Lo que comunico al público, para los fines de Ley.- Lo que comunico al público, para los fines de Ley.- Guayaquil, 20 de Octubre del 2014.- Ab. Fabricio Terán Dávila SECRETARIO ABOGADO AB. SARA CASTRO TORRES SECRETARIA DEL PROCESO COACTIVO Oct. 13-24; Nov. 06 (155962) Oct. 22; Nov. 06-17 (156743) UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO REPÚBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec Juicio No: 17203-2013-11961 UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO, PROVIDENCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL AL SEÑOR: SEGUNDO FREDDY ROSADO RAMOS Casilla No: 3958 EXTRACTO EXTRACTO DE CITACIÓN A: MATEVOS VACHYAN. LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Juicio de IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD No. 17203-2013-11961, seguido por el señor JOSÉ ANTONIO VACHYAN RODRÍGUEZ, en contra del señor MATEVOS VACHYAN. ACTOR/A: JOSÉ ANTONIO VACHYAN RODRÍGUEZ DEMANDADOS: MATEVOS VACHYAN TRÁMITE: IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD NO. 17203-2013-11961 CUANTÍA: Indeterminada OBJETO DE LA DEMANDA: Amparado en lo que disponen los Arts. 250 y 251 numeral 2 y más del Código Civil, demando en juicio ordinario la impugnación de la paternidad al señor MATEVOS VACHYAN por no ser mi padre biológico. AUTO DE CALIFICACIÓN: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 17 de octubre del 2014, las 13h46. VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, en virtud de la Resolución No. 116-2012, dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, de fecha 11 de septiembre del 2012, publicada en el Registro Oficial No. 810 del 16 de octubre de 2012.- La demanda que antecede es clara y reúne los demás requisitos legales; por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 59 del Código de Procedimiento Civil, se la acepta al trámite ordinario.- De conformidad con el Art. 396 del C.P.C., con el contenido de la demanda y este auto, córrase traslado a Matevos Vachyan en calidad de padre de José Antonio Vachyan Rodríguez, por el término de quince días, a fin de que conteste y/o proponga las excepciones que se crea asistido conforme señala el Art. 397 ded C.P.C.- Cítese de INMEDIATO al señor Matevos Vachyan, con un extracto de la demanda y este auto, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la parte actora ha declarado bajo juramento desconocer el domicilio de la parte demandada, mediante tres publicaciones en un periódico de mayor circulación.- Si contados 20 días desde la última publicación la parte demandada no compareciere se sustanciará la causa en rebeldía.- Agréguese a los autos los documentos que acompaña.- Téngase en cuenta el casillero judicial y autorización conferida a su Abogado defensor señalado por el actor para sus notificaciones.- Actúa la Ab. Mayra Zaruma Cando, en calidad de Secretaria Encargada, mediante acción de personal No. 7334-DP-UPTH de 06 de octubre 2014.- Notifíquese.- f). Dra. Gyna Solis Viscarra JUEZA. JUEZ DE LA CAUSA: DRA. GYNA SOLIS VISCARRA JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. LO QUE LLEVO A SU CONOCIMIENTO Y LE CITO, PREVINIÉNDOLES DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL EN ESTA CIUDAD DE QUITO PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES. Ab. Mayra Zaruma SECRETARIA ENCARGADA EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN POR LA PRENSA CAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL No. DE JUICIO: 0244-2013 DRA- MEC. DEMANDADO: SEGUNDO FREDDY ROSADO RAMOS ACTOR: SONIA SUSANA OÑA QUISHPE CUANTIA: US$ INDETERMINADA JUEZA: DR. FERNANDO ROBALINO SILVA JUEZA ENCARGADO DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO. TRÁMITE: ACTOR: CAUSAL: ACCIONADO: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, lunes 11 de marzo del 2013, a las 14h56. VISTOS: Agréguese a los autos el escrito presentado por la accionante.- Cumplido lo dispuesto en providencias iniciales; la demanda que antecede, es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que se le admite a trámite, en juicio verbal sumario; en lo principal se dispone: Entréguese copia de la demanda y este auto al demandado señor SEGUNDO FREDDY ROSADA RAMOS para cuyo efecto en virtud del juramento rendido por la actora y con su exclusiva responsabilidad, cítese por la prensa en uno de los periódicos diarios de mayor circulación que se editan en la ciudad de Quito y en el lugar donde se contrajo el matrimonio, en la forma indicada en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil; debiendo mediar por lo menos ocho días hábiles entre cada publicación; incorpórese al expediente los documentos acompañados y téngase en cuenta el domicilio judicial y la autorización dada por el actor a su abogado defensor.NOTIFÍQUESE.- f).- DR. FERNANDO ROBALINO SILVA, JUEZ ENCARGADO DE LA UNIDA JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO. En virtud de la providencia que antecede dictada en Guayaquil, el 04 de Noviembre de 2014; a las 08H48, donde se ordena emitir el extracto de notificación por la prensa como en efecto se lo hace, la parte actora manifiesta bajo juramento que desconoce la individualidad del domicilio del trabajador accionado JACKSON ISRAEL CASIERRE CAMPUZANO.- En lo principal, se dispone que al señor JACKSON ISRAEL CASIERRE CAMPUZANO, se lo notifique mediante este extracto de notificación por tres publicaciones en la prensa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, haciéndole saber que tiene veinte dias para dar contestación a la solicitud de Visto Bueno planteada en su contra siendo su obligación señalar casilla judicial para futuras notificaciones, tiempo que empezará a discurrir a partir de la última publicación de este documento por la prensa. Téngase en cuenta la casilla judicial señalada por la parte autorización conferida a su Abogado patrocinador.- NOTIFÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- f) Abg. Laura Gabriela Cuesta Vaca, Inspectora Provincial del Trabajo del Guayas.- Lo que comunico para los efectos de ley.- Lo que comunico a usted, para los fines Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio o casilla judicial para posteriores notificaciones dentro del perímetro de Ley. VISTO BUENO. COMPAÑÍA DE ALIMENTOS Y SERVICIOS COALSE S.A. 1 DEL ART. 172 DEL CÓDIGO DE TRABAJO. JACKSON ISRAEL CASIERRE CAMPUZANO INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL GUAYAS.Guayaquil, 04 de Noviembre de 2014; a las 08H50.- Guayaquil, 04 de Noviembre del 2014.- DRA. MARIA EUGENIA CASTRO TORRES SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL ABG. LAURA GABRIELA CUESTA VACA INSPECTORA PROVINCIAL DE TRABAJO DEL Oct. 8-23; Nov. 6 (155823) BANCO COOPNACIONAL: Se comunica al público el extravío de la LIBRETA de AHORROS de la CTA # 327432883 perteneciente a ANGEL QUERUBIN MONTESDEOCA SICHI. Particular que se comunica para los fines de ley. Nov. 6-8-10 (157626) COOP 29 DE OCTUBRE: LIBRETA EXTRAVIADA Se comunica al público el extravío de la Libreta de Ahorros # 4501431261 perteneciente a VALENCIA CASTILLO YOMAR PAUL. Particular que se comunica para los fines de ley. Nov. 6-7-8 (157652) Banco del Pacífico: Al público, comunicamos el extravío del Certificado de Depósito No. 261691487 por USD $70000.00 del Banco del Pacifico S.A., a favor del Sr. BENALCAZAR DECKER GONZALO NICOLAS, con fecha de vencimiento 6-Enero-2015. Nov. 6-21; Dic. 6 (157690) Nov. 6-7-10 (157687) Nov. 6-7-10 (157637) REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL JUEZ "C" AVISO DE REMATE SUCURSAL GUAYAQUIL – JUZGADO DE COACTIVA Mediante providencias dictadas el 11 de septiembre del 2014, a las 14h03 y 22 de septiembre del 2014, a las 16h25, por el Ab. Juan Carlos Isaza Piedrahita, Juez C, de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Guayaquil, dentro del Juicio Especial (Embargo y Remate) No. 28454-2014, seguido por el BANCO DE GUAYAQUIL S.A., se señala para el día 12 de noviembre del 2014, desde las 13h00 hasta las 17h00, para que tenga lugar el remate del vehículo embargado de las siguientes características: AL PÚBLICO EN GENERAL, Pongo en conocimiento que en providencia dictada el 15 de Octubre del 2014, a las 09h15; el Abg. Francisco Rojas Esteves, Juez de Coactiva del Banco Nacional de Fomento dentro del Juicio Coactivo No. 0113-2013-CA, se ha señalado para el día 08 DE DICIEMBRE DEL 2014 DESDE LAS 13H00 A LAS 17H00, para que tenga lugar el remate del bien inmueble embargado, consistente en un solar y casa signado con el numero 9 de la manzana numero 4, actualmente 28, ubicado en la Urbanización Río Guayas, de esta Ciudad Guayaquil, Provincia del Guayas, al que corresponden los siguientes linderos y medidas: NORTE: Solar diez, con treinta y dos metros; SUR: Solar ocho , con treinta y dos metros; ESTE: Solar diecinueve, con quince metros; y, OESTE: Calle Pública vehicular, con quince metros. AREA TOTAL: Cuatrocientos ochenta metros cuadrados. El inmueble tiene las siguientes características: dos plantas con área total de 263.36 metros cuadrados. La estructura es de hormigón armado en buen estado de conservación. El predio tiene los servicios básicos. El valor de avaluó es de 229.851.60 (DOSCIENTOS VEINTE Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 60/100). El remate se llevara a efecto en el día y hora señalados por el JUEZ DE COACTIVA, ubicado en el piso 3 del edificio Institucional ubicado en las calles Panamá 704 y Roca de esta ciudad Guayaquil, Provincia del Guayas. No obstante de indicarse los linderos y medidas y área total del inmueble a rematarse, este se adjudicara como cuerpo cierto, de conformidad a lo establecido en el artículo 467 del Código de Procedimiento Civil, y se preferirán las ofertas hechas de contado, adjudicándose el bien al mejor postor. Los requisitos para calificar las posturas se presentaran por escrito ante el Juez de Coactiva adjuntando la documentación pertinente dentro los posteriores tres días hábiles a la tercera y última publicación de este aviso que se efectuará el día 20 de Noviembre del 2014 para lo cual, deberán acercarse al tercer piso del edificio Institucional, departamento de Coactiva para retirar los requisitos para ser calificados. Los gastos de transferencia, inscripción, tradición material, impuestos prediales, expensas y cualquier otro impuesto será por cuenta del adjudicatario. Lo que comunico para los fines de ley. MARCA: CLASE Y TIPO: MODELO: COLOR: PASAJEROS: MOTOR: CHASIS: AÑO: PLACAS: CHEVROLET AUTOMOVIL SEDAN AVEO FAMILY 1.5 L TM A/C VERDE 5 F15S33558031 8LATD51Y0B0066395 2011 GRY-5314 ABG. JAVIER DELGADO TUTIVEN SECRETARIO DE COACTIVA Oct. 22; Nov. 06-20 (156753) SE LE HACE SABER: Que en el Juicio EJECUTIVO N° 3818-2014 seguido por la compañía LARZEV S.A., mediante providencia dictada el 15 de octubre del 2014; a las 10h08, se ha señalado para el 22 de diciembre del 2014, desde las 13h00 hasta las 17h00, a efecto de que tenga lugar el remate del vehículo de las siguientes características: MARCA: Mitsubishi. AÑO: 2007. COLOR: AZUL MODELO: Montero Sport Semifull Tui, CLASE: JEEP TIPO: S-WAGON MOTOR: 4D56LD8552 CHASIS: JMB0NK9407J002149 PLACAS: GPT-0051 MOTOR Y SUS PARTES: COMPONENTES: Bases del motor: Tubo de escape: Radiador: Bandas de accesorios: Bomba de agua: Reservorios de líquidos: INSPECCIÓN FÍSICA DEL VEHÍCULO: MOTOR: TIPO: 1500CC, ESTADO: PC TIPO DE FRENOS DELANTEROS: TIPO: DISCO VENTILADO, ESTADO: PC TIPO DE FRENOS TRASEROS: TIPO: TAMBOR, ESTADO: PC SISTEMA DE COMBUSTIBLE: TIPO: GASOLINA. TRASMISIÓN: TIPO: MANUAL 5 VELOCIDADES, ESTADO: PC SUSPENSIÓN DELANTERA: TIPO: MC PHERSON (RESROTES), ESTADO: PC SUSPENSIÓN TRASERA: TIPO: DE BARRA DE TORSIÓN, ESTADO: PC DIRECCIÓN: TIPO: HIDRÁULICA, ESTADO: PC TABLERO: TIPO: ELECTRÓNICO, ESTADO: BUENO PINTURA: TIPO: ACRÍLICA, ESTADO: BUENO LLANTAS: TIPO: R-14, ESTADO: BUENO LATAS: ESTADO: BUENO M.A. R.E. B.E. OBSERVACIÓN S/N S/N S/N S/N S/N S/N SISTEMA DE TRANSMISIÓN: TRACCIÓN MANUAL TODO TERRENO COMPONENTES: M.A. R.E. B.E. OBSERVACIÓN Caja de cambios: S/N Sistema de transmisión: S/N OBSERVACIONES ADICIONALES: TAPIZADO DE LOS ASIENTOS: Se encuentran en buen estado OTROS: En ciertas partes las guías posteriores están hundidas, presenta rallones menores en la carrocería. AVALÚO DEL VEHÍCULO: Considerando el estado del vehículo en su conteo general se lo avalúa en la cantidad de US$ 9.296,88 ( NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS, 88/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) El remate en referencia tendrá lugar en el día y hora señalado anteriormente, en la planta baja de la Torre No. 8 del Completo Judicial Florida Norte, de esta ciudad de Guayaquil, con la intervención de la actuaria de este despacho. No se admitirán posturas que no cubran por menos las dos terceras partes del valor del avalúo, ni las que no vayan acompañadas por lo menos del 10% del total de la oferta, el mismo que se consignará en dinero en efectivo o en cheque certificado a la orden de esta Judicatura. SISTEMA DE SUSPENSIÓN: COMPONENTES: Amortiguadores: Cauchos de suspensión: Espiral y puente posterior: DIRECCIÓN Y FRENOS: COMPONENTES: Volante de dirección: Hidrovac: Bomba hidráulica de dirección SISTEMA ELÉCTRICO: COMPONENTES: El vehículo se encuentra en custodia del depositario judicial señor Joel Rendón Mora. BATERÍA: Lo que comunico para los fines de Ley. Motor Limpia parabrisas: Guías delanteras derecha Guías delanteras izquierda Guía posterior derecha Guía posterior izquierda Faro delantero derecho Faro delantero izquierdo Bocina (PITO): Motor de arranque: Alternador: Ab. Gloria P. Zamora A. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS Nov. 4-5-6 (157340) M.A. R.E. B.E. M.A. R.E. B.E. Rotulas y terminales: Frenos delanteros: Frenos posteriores: Se deja aclarado que este señalamiento tiene carácter de primero. Guayaquil, 24 de octubre del 2014 Guayaquil, 15 de Octubre del 2014 AVISO DE REMATE AL PÚBLICO EN GENERAL BANCO NACIONAL DE FOMENTO AVISO DE REMATE REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL M CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL M.A. R.E. B.E. OBSERVACIÓN S/N S/N S/N OBSERVACIÓN S/N S/N PRESENCIA DE ACEITE HIDRÁULICO EN LA MISMA S/N S/N S/N OBSERVACIÓN POR EL TIEMPO DE VIDA Y POR FALTA DE USO DE LA MISMA NO SE PUDO COMPROBAR LOS COMPONENTES ELÉCTRICOS POR FALTA DE UNA FUENTE DE ELECTRICIDAD PARA EL VEHÍCULO, EN ESTE CASO LA BATERÍA EN MAL ESTADO. CARROCERÍA Y CABINA EN GENERAL: COMPONENTES: M.A. Pintura general: Capot: Asientos y tapizados: Parabrisas delantero: Parabrisas posterior: Vidrios de puertas delanteras: Vidrios de puertas posteriores: Parachoques delantero: Parachoques posterior: Instrumentos del panel: Tanque de combustible: Tapa de combustible: Switch y llave: Panel general: Puertas delanteras: Puertas posteriores: Puerta del baúl (maletero): Maniguetas y cerraduras: Espejos retrovisores exteriores (2): Espejo retrovisor interior R.E. B.E. BINCHAS DAÑADAS EN LOS EXTREMOS CERRADURAS EN MAL ESTADO EL BRAZO IZQUIERDO NO TIENE LA PARTE DEL CAUCHO LIMPIA PARABRISAS Brazos limpia parabrisas (plumas): Cinturones de seguridad delanteros: Cinturones de seguridad posteriores: Llantas con sus respectivos aros (4): NO SE PUDO COMPROBAR POR FALTA DE UNA FUENTE DE ELECTRICIDAD PARA EL VEHÍCULO, EN ESTE CASO LA BATERÍA EN MAL ESTADO. Kilometraje: ACCESORIOS ELÉCTRICOS: COMPONENTES: Radio: Mascarilla del radio: Antena de radio: Encendedor de cigarrillos: Aire acondicionado: OBSERVACIÓN SI NO ELEMENTOS COMPLEMENTARIOS: COMPONENTES: Extinguidor de incendios: Gato hidráulico: Llave de ruedas Triángulo de seguridad Botiquín: Llanta de emergencia con su respectivo aro: OBSERVACIÓN NO SE PUDO COMPROBAR EL FUNCIONAMIENTO DE LOS MISMOS POR FALTA DE UNA FUENTE DE ELECTRICIDAD PARA EL VEHÍCULO, EN ESTE CASO LA BATERÍA EN MAL ESTADO. SI NO OBSERVACIÓN S/N S/N S/N S/N S/N S/N VALOR DEL BIEN AVALUADO: USD 20.500,80 (Veinte mil quinientos con 80/100 dólares de los Estados Unidos de América) El remate se efectuará en el día y dentro de las horas señaladas, y tendrá lugar en la planta baja de la Torre 9 del Complejo Judicial Florida Norte, y no se admitirán posturas que no cubran por lo menos las dos terceras partes de su avalúo, a las que deberá acompañar el diez por ciento en dinero en efectivo o en cheque certificado a la orden del Juzgado.El bien a rematarse se encuentra en custodia del depositario judicial LUIS CORDOVEZ PONTON. Lo que comunico al público para los fines de Ley.JUEZ DE LA CAUSA: AB. VICTOR HUGO MEDINA ZAMORA Juez Unidad Judicial Civil y Mercantil del Cantón Guayaquil.Guayaquil, 20 de octubre del 2014 AB. CARLOS ANDRES FERAUD ELIZALDE SECRETARIO - UJ CIVIL DE GUAYAQUIL Nov. 6-20; Dic. 4 (157632)