Designa al Juez Primero de Primera Instancia Civil de
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Designa al Juez Primero de Primera Instancia Civil de
Designa al Juez Primero de Primera Instancia Civil de Quetzaltenango y la Jueza Décima Primera de Primera Instancia Civil de Guatemala, para la inspección del Segundo Registro de la Propiedad y del Registro General de la Zona Central, respectivamente ACUERDO NÚMERO 30-2015 LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CONSIDERANDO De conformidad con el artículo 1217 del Código Civil Decreto Ley 106, la inspección de cada Registro de la Propiedad, la tendrá a su cargo el Juez de Primera Instancia de lo Civil, designado anualmente por la Corte Suprema de Justicia, en ese sentido, se hace necesario designar al Juez de Primera Instancia del Ramo Civil para dar cumplimiento a dicho mandato legal. POR TANTO Con base en lo considerado y lo que preceptúan los artículos: 203 y 205 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1217, 1218 y 1219 del Código Civil; 54 incisos a) y f), 75, 95 inciso d) de la Ley del Organismo Judicial, ACUERDA Artículo 1. Designar al Juez Primero de Primera Instancia Civil del departamento de Quetzaltenango, para que asociado como corresponde, proceda a la inspección del Segundo Registro de la Propiedad con sede en el referido departamento y, faccione el acta correspondiente, haciendo las anotaciones y cualquier circunstancia que determine respecto de los expedientes a cargo del referido Registro. Artículo 2. Designar a la Jueza Décima Primera de Primera Instancia Civil del municipio y departamento de Guatemala, para que asociada como corresponde, proceda a la inspección del Registro General 1 de la Propiedad de la Zona Central y, faccione el acta correspondiente, haciendo las anotaciones y cualquier circunstancia que determine respecto de los expedientes a cargo del referido Registro Artículo 3. Los Jueces designados por el presente Acuerdo, deberán en su oportunidad remitir copia del acta que suscriban, a la Corte Suprema de Justicia para que si fuere necesario, ésta tome las medidas pertinentes. Artículo 4. Se deja sin efecto cualquier disposición anterior que se oponga a lo establecido en el presente Acuerdo. Artículo 5. El presente Acuerdo entra en vigencia inmediatamente y deberá publicarse en el Diario de Centro América. Dado en el Palacio de Justicia, en la ciudad de Guatemala, el veintiocho de septiembre de dos mil quince. COMUNÍQUESE, Josué Felipe Baquiax, Presidente del Organismo Judicial y de la Corte Suprema de Justicia; Silvia Patricia Valdés Quezada, Magistrada Vocal Primera; Nery Osvaldo Medina Méndez, Magistrado Vocal Segundo; Vitalina Orellana y Orellana, Magistrada Vocal Tercera; Delia Marina Dávila Salazar, Magistrada Vocal Cuarta; Douglas René Charchal Ramos, Magistrado Vocal Quinto; Sergio Amadeo Pineda Castañeda, Magistrado Vocal Séptimo; Blanca Aída Stalling Dávila, Magistrada Vocal Octava; Silvia Verónica García Molina, Magistrada Vocal Novena; Vladimir Osman Aguilar Guerra, Magistrado Vocal Décimo; Nester Mauricio Vásquez Pimentel, Magistrado Vocal Décimo Primero; Ranulfo Rafael Rojas Cetina, Magistrado Vocal Décimo Segundo; José Antonio Pineda Barales, Magistrado Vocal Décimo Tercero. María Cecilia de León Terrón, Secretaria de la Corte Suprema de Justicia. 2
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