el Reglamento de Asignación de Acciones Gratuitas
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el Reglamento de Asignación de Acciones Gratuitas
TECHNICOLOR Reglamento del Plan de Acciones Gratuitas 2013 "my technicolor shares" MÉXICO Aprobado por el Consejo de administración de Technicolor SA el 24 de octubre de 2013 Technicolor es una sociedad anónima francesa con capital social de 335 709 392 euros, con sede en 1, rue Jeanne d’Arc, 92443 Issy-les-Moulineaux (Francia) e inscrita en el Registro de comercio y sociedades de Nanterre con el número 333 773 174. Las acciones de Technicolor se cotizan en NYSE Euronext Paris (código Isin FR0010918292). Technicolor es la empresa matriz de un grupo internacional de sociedades. En el presente documento (el "Reglamento del plan"), la sociedad está designada bajo el nombre "Technicolor" o la "Sociedad", y el grupo bajo el nombre "Grupo". En el marco del plan 2013 de asignación gratuita de acciones de Technicolor (el "Plan"), llamado "my technicolor shares", Technicolor otorga a sus empleados de forma gratuita el derecho a recibir acciones de Technicolor. Este plan constituye para el Grupo Technicolor una manera de reconocer la contribución de cada uno de sus empleados al éxito del Grupo. Este permite a los empleados convertirse en accionistas de Technicolor sobre una base equitativa y desarrollar su sentimiento de pertenencia a un grupo integrado. 1. Objetivo del Plan El reglamento del Plan describe los términos y condiciones del Plan adoptado por el Consejo de administración el 24 de octubre de 2013 en aplicación de la 16a resolución adoptada por los accionistas de Technicolor reunidos en Asamblea general el 23 de mayo de 2013. 2. Tipo de Plan El plan contempla la asignación (la "Asignación") de un derecho a recibir ciento veinticinco (125) acciones ordinarias de Technicolor emitidas por primera vez ("Acciones Gratuitas") para cada uno de los Empleados elegibles (tal como se definen en el artículo 4 a continuación) del Grupo en 13 países. El Consejo de administración de Technicolor podrá decidir, en particular en los casos de entrega anticipada, que las acciones entregadas sean acciones existentes. Como se describe en el Reglamento del Plan, los Empleados elegibles (como se definen a continuación) son beneficiarios de un derecho a recibir gratuitamente acciones aproximadamente cuatro años después de la Asignación el 6 de noviembre de 2017. El periodo entre la asignación y el 5 de noviembre de 2017 inclusive es el "Periodo de adquisición". Las Acciones Gratuitas serán entregadas de forma gratuita a los Empleados elegibles que cumplan con las condiciones del Reglamento. No se les solicita ninguna participación financiera. 3. Campo de aplicación del Plan Las filiales Technicolor que participan en el Plan (en adelante “Sociedades participantes”) son aquellas que fueron aprobadas por el Consejo de administración de Technicolor el 24 de octubre de 2013. Una "Filial" es una sociedad sobre la cual Technicolor posee o controla, directa o indirectamente, más del 50% del capital social y de los derechos de voto. 4. Elegibilidad Para beneficiarse del Plan, una persona debe ser Empleado de una Sociedad participante al 24 de octubre de 2013. El término "Empleado" designa a las personas que tienen un contrato de 2 trabajo con una Sociedad participante. Cada Sociedad participante determina para su propio personal, de acuerdo a las reglas locales aplicables y en razón de toda circunstancia o hecho considerado pertinente, las condiciones que se deben cumplir para tener la calidad de Empleado. Un empleado que cumple con estas condiciones y cuyo nombre figura en la lista de empleados establecida en la fecha de Asignación, es designado en el Reglamento del Plan bajo el término "Empleado elegible". 5. Asignación del derecho a recibir Acciones Gratuitas El Consejo de administración de Technicolor ha decidido asignar a cada Empleado elegible un derecho a recibir de forma gratuita ciento veinticinco (125) acciones de Technicolor. En un plazo de algunas semanas a partir de la Asignación, cada Empleado elegible recibirá una carta de Technicolor confirmando su elegibilidad y su calidad de beneficiario del Plan. La entrega de las Acciones Gratuitas a los Empleados elegibles a título del Plan tendrá lugar al final del Periodo de adquisición, si las condiciones del Reglamento del Plan fueron cumplidas a lo largo de este periodo. Los Empleados elegibles no serán propietarios de las Acciones Gratuitas antes de su entrega y por lo tanto no tendrán derecho a los dividendos pagados o establecidos antes de esta fecha; tampoco tendrán derecho de voto en la Asamblea general de accionistas. Los derechos que resultan de la Asignación son individuales para cada Empleado elegible. Un Empleado elegible no puede ceder, transferir o garantizar con prenda su derecho de asignación de las Acciones Gratuitas a título de este Plan, salvo devolución sucesoria (ver artículos 6 y 7). 6. Adquisición de las Acciones Gratuitas Condición de empleo continuo: con el fin de recibir las Acciones Gratuitas en la Fecha de entrega (tal como se define a continuación), un Empleado elegible debe ser Empleado de una “Filial” durante todo el Periodo de adquisición, es decir, hasta el 5 de noviembre de 2017 inclusive. Este empleo debe ser continuo e ininterrumpido. Excepciones a la condición de empleo continuo: Se considerará que un Empleado elegible, cumple la condición de empleo continuo, inclusive si su contrato de trabajo se termina durante el transcurso del Periodo de adquisición por las siguientes razones: (i) Fallecimiento; (ii) Invalidez que lo incapacita para ejercer una actividad remunerada; en este caso, la última sociedad del Grupo Technicolor en donde laboró el Empleado determinará, en función de la ley aplicable, si su invalidez es la causa de la ruptura del contrato de trabajo; (iii) Jubilación de acuerdo a las leyes del país en el cual el Empleado elegible trabaja, o a un plan de jubilación en el que el Empleado elegible participa en aplicación de su contrato de trabajo o de cualquier otro acuerdo que precise las condiciones de su empleo, o después de cumplir 60 años; 3 (iv) Cambio de empleador, si el nuevo empleador es (i) Technicolor o (ii) una Filial de Technicolor. Por lo tanto, si un Empleado elegible deja de cumplir la condición de empleo continuo únicamente por que se aplica una de las excepciones anteriores, conservará sus derechos a recibir las Acciones Gratuitas (ver artículo 7). Si en cualquier momento durante el Periodo de adquisición, un Empleado elegible deja de ser empleado de Technicolor o de una de sus Filiales, ya no será elegible para recibir las Acciones Gratuitas, y perderá todos los derechos atribuidos a título del Plan. Esta condición incluye el caso en que su empleador deja de ser una Filial de Technicolor. A título excepcional, el derecho a la entrega de las Acciones Gratuitas puede mantenerse por decisión del Consejo de administración de Technicolor en ciertos casos específicos que este determinará. Sin embargo, el Consejo de administración no tendrá ninguna obligación de tomar tal decisión. El Consejo de administración podrá delegar ese poder al Director general de Technicolor. 7. Entrega y conservación de las Acciones Gratuitas Los Empleados elegibles se convertirán en propietarios de las Acciones Gratuitas el 6 de noviembre de 2017, siempre y cuando hayan cumplido con las condiciones del Reglamento del Plan. A partir de esta fecha, el Empleado elegible se beneficiará de todos los derechos asociados con la calidad de accionista y la propiedad de las Acciones Gratuitas. Estos derechos incluyen: el derecho de voto asociado a estas Acciones Gratuitas en las Asambleas de accionistas de Technicolor, o el derecho a ser representado en estas Asambleas; el derecho a recibir los dividendos asociados a estas Acciones Gratuitas, si los accionistas de Technicolor decidieron entregar dividendos. Las Acciones Gratuitas serán entregadas el 6 de noviembre de 2017 (la "Fecha de entrega") a los Empleados elegibles que hayan cumplido con las condiciones del Reglamento; estas serán inmediatamente transferibles. No se aplicará ninguna restricción de venta aparte de las que figuran en el artículo 10. Las Acciones Gratuitas se entregarán en forma nominativa pura, salvo si Technicolor decide otra forma de posesión (que puede incluir la posesión colectiva a través de un trust o de un FCPE francés). La entrega en forma nominativa significa que cada Empleado elegible que reciba Acciones Gratuitas será registrado como propietario de esas Acciones Gratuitas en el registro de accionistas de Technicolor. Ese registro es gestionado actualmente por una institución financiera, Société Générale Securities Services, en Nantes (Francia). Conforme a la ley francesa, los títulos serán desmaterializados. Cada Empleado elegible recibirá un certificado de inscripción en cuenta entregado por el banco que tiene las cuentas. En caso de fallecimiento durante el Periodo de adquisición, él o los beneficiarios del derecho del Empleado elegible fallecido podrán solicitar la entrega anticipada de las Acciones Gratuitas de dicho Empleado dentro de un plazo de seis meses a partir del fallecimiento. En ese caso, el derecho a las Acciones Gratuitas será otorgado inmediatamente y las Acciones serán entregadas 4 a este o estos beneficiarios del derecho dentro de un plazo corto a partir de esta solicitud. En la ausencia de tal solicitud, las Acciones Gratuitas serán entregadas al o a los beneficiarios del derecho a la Fecha de entrega. En caso de invalidez (tal como se define en el artículo 6) ocurrida durante el Periodo de adquisición, el derecho a las Acciones Gratuitas tendrá efecto inmediatamente y las Acciones Gratuitas se entregarán automáticamente a la persona en cuestión, en un plazo corto a partir de la ruptura del contrato de trabajo ocasionada por esta invalidez. En los dos casos, las Acciones Gratuitas, una vez entregadas, serán transferibles inmediatamente, salvo en los casos previstos en el artículo 10. En todos los demás casos donde una persona deja de cumplir con la condición de empleo continuo pero responde a una de las excepciones a esta condición previstas en el artículo 6, el Empleado elegible recibirá las Acciones Gratuitas en la Fecha de entrega. 8. Reestructuración y ajuste Si en cualquier momento durante el Periodo de Adquisición, Technicolor se fusiona o se divide y las acciones de Technicolor son reemplazadas por acciones de la entidad prevaleciente, las acciones de la entidad prevaleciente se entregarán en lugar de las Acciones Gratuitas; el número de Acciones Gratuitas entregadas de la entidad prevaleciente dependerá de los respectivos valores de Technicolor y de la entidad prevaleciente. Conforme al párrafo III del artículo L. 225-197-1 del Código de comercio francés, en caso de intercambio sin compensación de acciones de la Sociedad que resulta de una operación de fusión o de división realizada durante el Periodo de adquisición del Plan, las disposiciones del artículo L- 225-197-1 del Código de comercio y todas las condiciones previstas por el presente Plan se mantienen aplicables a las asignaciones y acciones recibidas a cambio. Si durante el Periodo de adquisición, la Sociedad realiza operaciones sobre su capital social, el Consejo de administración podrá tomar todas las medidas necesarias para la protección de los intereses de los beneficiarios del Plan. A este título, el Consejo de administración podrá proceder a realizar ajustes en las condiciones previstas por la ley si esta impone ajustes o, en ausencia de obligación legal, a ajustes según las estipulaciones contractuales usuales para preservar los derechos de los portadores de valores mobiliarios u otros derechos que den acceso a capital. 9. Pago de impuesto Es responsabilidad de cada Empleado elegible informarse durante la duración del Plan acerca del tratamiento fiscal y social de las Acciones Gratuitas que le son atribuidas. Esta obligación se extiende desde la Atribución hasta la Fecha de entrega y fecha de cesión. Es responsabilidad única del Empleado elegible el pago de las prestaciones sociales y de los impuestos que este debe. El Empleado elegible es totalmente responsable de las consecuencias que puedan resultar de la ausencia de declaración de la cual es responsable o de una insuficiencia en la declaración a las autoridades fiscales del país en el cual es residente fiscal o de cualquier 5 otro país en donde tenga obligaciones fiscales (particularmente en caso de movilidad o como consecuencia de la nacionalidad del Empleado). Por otra parte, en la medida en que la Asignación del derecho a recibir Acciones Gratuitas, su adquisición definitiva, su entrega o la cesión de estas, diera lugar a una obligación de pago o de retención de impuestos, prestaciones sociales o cualquier otro impuesto, por parte de la sociedad del Grupo empleadora para la cuenta del Empleado elegible, este último acepta desde ahora que la Sociedad pueda (i) retrasar la entrega de las Acciones Gratuitas y/o (ii) imponer una entrega/venta de todas o parte de las Acciones Gratuitas y retirar del producto de las cesiones los valores correspondientes para pagar los impuestos y/o (iii) prohibir la cesión hasta que el Empleado elegible pague estos valores, y/o (iv) retirar del salario de dicho Empleado la suma de los impuestos y cargos que se deben por concepto de la entrega de las Acciones Gratuitas. 10. Restricciones relativas a operaciones bursátiles con información privilegiada Cualquier persona que posea acciones de una sociedad debe abstenerse de manera general de cederlas, adquirir nuevas o dar consejos respecto a estas acciones si posee información importante acerca de la sociedad que no haya sido divulgada al público. Las personas que violen estas reglas podrán recibir sanciones penales y financieras. Estas reglas se aplican a los Empleados elegibles que reciban Acciones Gratuitas en el marco de este Plan. Para obtener una copia de las directivas establecidas por Technicolor sobre el tema, consulte el memorando titulado "Reglas relativas a la posesión de información privilegiada" que se encuentra en la intranet de Technicolor (a la fecha del Reglamento del Plan, este memorando se encuentra en la sección "Links, Docs & Data", "Group policies"). Las Acciones Gratuitas no se pueden ceder ni transferir después de la expiración del periodo de Adquisición durante un plazo de diez días bursátiles en NYSE Euronext Paris precedentes y tres días después de la fecha en que se publiquen los estados financieros consolidados, o en su defecto, los estados financieros anuales. 11. Disposición específica para los Empleados fuera de Francia Las Acciones Gratuitas entregadas al final del Periodo de adquisición solo se pueden ceder en el mercado NYSE Euronext Paris. De forma general, para un Empleado elegible ubicado fuera de Francia, en caso de ser imposible o inoportuna la entrega de las Acciones Gratuitas, la Sociedad podrá decidir retrasar la entrega de las Acciones Gratuitas, imponer una entrega/venta de las Acciones Gratuitas o elegir entregar a las personas relacionadas un valor equivalente al de esas Acciones Gratuitas en divisa local, establecido en la Fecha de entrega (valor neto de las retenciones sociales y fiscales que el empleador tiene la obligación de deducir). 12. Modificación del Reglamento del Plan Las modalidades del Reglamento del Plan podrán ser modificadas por el Consejo de administración de Technicolor (a) si este considera que la modificación es apropiada y no tiene 6 efectos negativos significativos en los intereses de los Empleados elegibles o (b) por consentimiento mutuo entre la Sociedad y el Empleado elegible en cuestión. Por otro lado, en caso de cambio legal, reglamentario o contable o cambio en la interpretación de una de estas disposiciones, especialmente respecto al tratamiento fiscal o social de los derechos de las Acciones Gratuitas atribuidas dentro del marco del Plan, que afecten a la Sociedad, a una sociedad del Grupo o al Empleado elegible, las modalidades del presente Reglamento podrán ser modificadas por el Consejo de administración a su discreción para responder a este cambio de la manera que considere apropiada. A título indicativo, el Consejo de administración podrá decidir reducir o prolongar el Periodo de adquisición de las Acciones Gratuitas y/o el plazo de distribución de las Acciones Gratuitas y/o suprimir, modificar o introducir condiciones a la adquisición, si se considera necesario o deseable. Además, si el Consejo de administración considerara que es imposible o inoportuno entregar las Acciones Gratuitas, este podrá elegir a título alternativo pagar a las personas en cuestión un monto equivalente al valor de esas Acciones Gratuitas en especie, sin descontar impuestos o cargas sociales. El valor pagado de esta forma estaría determinado con referencia al número de Acciones Gratuitas que deben ser entregadas a los Empleados elegibles en cuestión, con valorización a una fecha determinada (conforme al artículo 11) o sobre la base de un promedio de cotizaciones calculadas en el periodo anterior a la fecha de entrega establecida por el Consejo de administración. Las modificaciones realizadas al Plan no darán lugar a ningún derecho de compensación a beneficio de los Empleados elegibles, aún si estas modificaciones les son desfavorables, de manera general o a título personal. Los Empleados elegibles serán informados mediante notificación individual o por cualquier otro medio que la Sociedad considere apropiado, acerca de cualquier modificación al Plan que afecte sus derechos en términos del Reglamento del Plan. Tal información puede entregarse mediante notificación individual, información en el lugar de trabajo o cualquier otro medio que el consejo de administración considere apropiado. 13. Interpretación Si una modalidad o una condición del Plan debiera ser considerada nula en virtud del derecho aplicable a un Empleado elegible en función de su lugar de residencia, el Plan se interpretaría con respecto a dicho Empleado como si no tuviera la modalidad o condición en cuestión. Cualquier otra modalidad o condición del Plan que fuera válida permanecería en vigor y debería ser interpretada y aplicada en la forma que mejor respete el objetivo inicial del Plan. El Plan es establecido por Technicolor y no por su empleador. La decisión final de incluir a un Empleado elegible en este Plan o en cualquier otro plan futuro es tomada por Technicolor a su única discreción. El Plan no hace parte de su contrato de trabajo, no lo modifica ni lo completa. La participación en el Plan no le da derecho a ventajas futuras o pagos de naturaleza o valor similar, y no le da derecho a ninguna compensación en caso de pérdida de sus derechos como consecuencia de la terminación de su empleo. Las ventajas o pagos que usted pueda recibir o a los que pueda aspirar dentro del marco del Plan no serán tomados en cuenta para la determinación del valor de los beneficios, pagos u otros derechos eventuales de los que se pueda beneficiar (especialmente en caso de terminación de su empleo). 7 14. Derecho aplicable El Plan está sujeto a las leyes de la República francesa y será interpretado de acuerdo a esas leyes. La Asignación se realiza conforme a las disposiciones de los artículos L. 225-197-1 y sig. del Código de comercio francés. En caso de litigio respecto a la interpretación, validez o aplicación del Plan, las partes implicadas se esforzarán por encontrar una solución amistosa. En ausencia de solución, el litigio se llevará ante un tribunal francés competente. 8