Guía de Procedimientos para Trámite de Compra Local
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Guía de Procedimientos para Trámite de Compra Local
GUIA DE PROCEDIMIENTOS PARA TRÁMITE DE COMPRA LOCAL AMPARADO EN EL ARTICULO No. 126 “LEY No. 453 "LEY DE EQUIDAD FISCAL" EXONERACIONES A SECTOR PRODUCTIVO MINISTERIO AGROPECUARIO FORESTAL – MAGFOR Dirección de Política de Comercio Km. 8 ½ Carretera a Masaya, Teléfono No. 2276 0211 Extensión No 10631058, Página Web: www.magfor.gob.ni Procedimientos para la tramitación de Constancia Aval de Compra Local por sub-periodo de cuatro meses de Bienes Agropecuarios En el Ministerio Agropecuario y Forestal. Para la aplicación de las exoneraciones de la Constancia Aval de compra local por sub-periodo de cuatro meses de bienes del Sector Agropecuario, los beneficiarios harán el trámite ante el Ministerio Agropecuario y Forestal y/o en sus Delegaciones a nivel nacional. La persona Natural y/o Jurídica beneficiaria se presentará al Ministerio Agropecuario y Forestal central y/o en sus Delegaciones a nivel nacional, con los requisitos que establece la Ley. Una vez que presente los requisitos, el Ministerio Agropecuario y Forestal central y/o en sus Delegaciones a nivel nacional les hará entrega de carta que cumplió los requisitos que establece la Ley. La que les servirá para el trámite de la constancia aval de compra local. Para solicitar la constancia aval de compra local, la documentación a presentar es la siguiente: Solicitud de Constancia Aval por el sub-periodo de cuatro meses dirigida al Ministerio Agropecuario y Forestal (Dirección Políticas de Comercio) y/o Delegaciones Departamentales del MAGFOR . Fotocopia de carta donde hace constar que cumplió con los requisitos que establece la Ley, firmada por el Ministerio Agropecuario y Forestal central y/o Delegación Departamental. Fotocopia de solvencia de la DGI vigente, Corresponde al Ministerio Agropecuario y Forestal central y/o Delegación Departamental: Recepcionar la solicitud de Constancia Aval por el sub-periodo de cuatro meses, colocándole el sello de recibido. Una vez recibido la documentación es revisado conforme lo manda la Ley, en caso de inconsistencia los devolverá al interesado para su corrección. Estando conforme lo relativo a la información del beneficio que otorga la Ley, se remitirá a la Dirección Superior del MAGFOR central y/o Delegado Departamental para su autorización. A un plazo máximo de 72 horas hábiles. MINISTERIO AGROPECUARIO FORESTAL – MAGFOR Dirección de Política de Comercio Km. 8 ½ Carretera a Masaya, Teléfono No. 2276 0211 Extensión No 10631058, Página Web: www.magfor.gob.ni Documentos que debe de presentar una Persona Natural y/o Jurídica al Proveedor, cuando realice sus compras locales de Bienes del Sector Agropecuario El beneficiario deberá entregar al proveedor fotocopia de la Constancia Aval de Compra Local por sub-periodo de cuatro meses debidamente Autorizado por el Ministerio Agropecuario y Forestal y/o Delegaciones Departamentales, fotocopia que deberá ir firmada y sellada en original por el beneficiario y/o representante legal. Así mismo adjuntara copia de la lista taxativa (página donde aparece la clasificación (SAC) y el nombre del bien exonerado), documento que le servirá de soporte al proveedor para que pueda aplicar el derecho a la exoneración, según lo establecido en la legislación tributaria. Los beneficiarios presentaran un informe mensual y un final de la Constancia Aval de Compra Local por sub-periodo de cuatro meses de las compras realizadas en ese periodo Los Beneficiarios deberán remitir un informe, mensual y un final de la Constancia Aval de compra local del sub-período autorizado, al Ministerio Agropecuario y Forestal (Dirección Políticas de Comercio) y/o Delegaciones Departamentales del MAGFOR, y a la Administración de Renta de la DGI, en la localidad que se encuentre inscrito, donde detallaran las compras realizadas, con el fin de mantener información actualizada. Dichos infórmenes deberán ser firmados y sellados por el beneficiario y debe de contener la siguiente información: CODIGO SAC NOMBRE DEL PROVEEDOR LOCAL NUMERO DE RUC NUMEROS DE FACTURAS FECHA DE FACTURAS DESCRIPCIÓN DEL BIEN CONFORME A FACTURA UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD VALOR DEL BIEN VALOR DEL IVA MONTO TOTAL La Dirección de Política de Comercio del MAGFOR y/o Delegaciones Departamentales llevará un registro y control por beneficiario de cada una de sus compras realizadas al amparo de este aval. Para cada cierre del sub-periodo de la Constancia Aval por Compra Local del sub-período autorizado, el beneficiario deberá presentar al Ministerio Agropecuario y Forestal (Dirección Políticas de Comercio) y/o Delegaciones Departamentales del MAGFOR la siguiente documentación: Carta de remisión de Informe mensual y/o Final. Informe (ver cuadro de arriba) de las compras realizadas con la Constancia Aval de las compras locales del sub-período autorizado Ffotocopias de Facturas Comerciales (Enumeradas, con el número de RUC), debidamente cancelada, firmada y sellada por el proveedor. Fotocopia de Constancia Aval de Compra Local de sub-período autorizado. Fotocopia de solvencia fiscal vigente emitida por la DGI. Catálogo (Repuestos, partes y accesorios para la maquinaria y equipos del sector agropecuario), que justifique que dicha solicitud sea de uso exclusivo para maquinarias y equipos agrícolas, para su autorización. De conformidad al Acuerdo interinstitucional 01-2011, Facúltese a la Dirección Superior del MAGFOR y sus Delegaciones Departamentales a nivel nacional, para la autorización de Avales para compras locales. MINISTERIO AGROPECUARIO FORESTAL – MAGFOR Dirección de Política de Comercio Km. 8 ½ Carretera a Masaya, Teléfono No. 2276 0211 Extensión No 10631058, Página Web: www.magfor.gob.ni