PACTO DE CONVIVENCIA

Transcripción

PACTO DE CONVIVENCIA
PACTO DE CONVIVENCIA
Elaborado bajo la orientación de un equipo de colaboradores con la participación de los
diferentes estamentos de la comunidad educativa, en cumplimiento del artículo 67 de la
ley 115 de 1994.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA LOS PALMITOS
LOS PALMITOS 2013
INSTITUCIÓN EDUCATIVA LOS PALMITOS
COMPONENTE TELEOLÓGICO
Institución Educativa Los Palmitos está ubicada en la zona urbana del Municipio de Los
Palmitos Sucre, en la Carrera 11 No. 5 - 94, Cel.: 3002875118, -DAÑE: 370418000122 - NIT.
823.001.497- 7. (Antes Colegio Cooperativo de Bto. Los Palmitos- CODEPAL). Plantel
aprobado por la Secretaría de Educación Departamental, en los grados 0° del Nivel
Preescolar, 1° a 9° del Nivel de Educación Básica Primaria - Secundaria y los grados 10° y
11° del Nivel de Educación Media Académica, según Decreto N° 0585/02 y N° 0138 de
Abril 8/05.
LEMA:
Formamos para un futuro de calidad
EMBLEMAS:
EL ESCUDO:
SIGNIFICADO DEL ESCUDO:
El escudo está dividido en tres franjas, una superior horizontal, donde se observa la
palabra «valores» y dos manos que resaltan la solidaridad; dos franjas inferiores
verticales, en el sector izquierdo se observa una gradilla y el vocablo «ciencia» y en el de la
derecha un computador acompañado del término «tecnología». El escudo está soportado
en una base por una cinta que porta el nombre de Los Palmitos.
Las palabras «Valores », «ciencia» y «tecnología» resumen la filosofía de la Institución
Educativa Los Palmitos; esbozan el deseo de formar personal capaces de desempeñarse
como miembros útiles de la sociedad, dispuestos a apropiarse de los avances científicos y
tecnológicos del momento y alcanzar un desarrollo axiológico pleno.
LA BANDERA:
Está dividida en dos franjas Horizontales de igual dimensión con los colores rojo y blanco,
respectivamente.
SIGNIFICADO DE LA BANDERA:
Color rojo: Denota fortaleza, fuego, ardor, victoria, osadía, amor.
Color blanco: Simboliza paz, pureza, integridad, trascendencia, transparencia
características estas con las cuales debe identificarse el estudiante de nuestra institución.
Así, el estudiante INSEDUPAL, formado sobre principios pedagógicos humanísticos, será
un hombre íntegro, rico en valores, apasionado por la vida y abierto a la ciencia y a la
técnica. El color rojo que identifica la institución, denota el ardor y el fuego interior con
que los estudiantes amarán a ésta y procurarán su desarrollo, al igual que la osadía para
lograr el progreso local, regional y nacional.
HIMNO
El himno fue institucionalizado en el año 1.996 su letra es inspiración del ilustre folclorista
palmitero Antonio Merlano Pérez, con arreglos del profesor Armando Badel Cárdenas. En
sus versos se recrea, en buena forma el horizonte institucional del plantel, se exaltan los
valores, los fines educativos y la misión profesoral como de los estudiantes:
CORO.
Estudiantes adelante
el lema del colegio
es tu estandarte(bis)
I
Estudiemos con amor y mucho esmero
en las aulas de nuestra INSEDUPAL
con orgullo y con amor la defendemos
como a nuestra patria nacional.
La institución es una segunda morada
que yo llevo en mi corazón
donde estudia también el forastero
y los que habitan en nuestra región.
II
Mis maestros son mis segundos padres
desde el cielo los protege Dios
y con el alma nos dan las instrucciones
y con bondades nos dan la educación.
III
INSEDUPAL ofrece buena educación
que es muy digna y de mucha admiración
donde hay que estudiar con alegría
con esfuerzo y mucha dedicación.
IV
Un hombre integro es el ideal primero
respetuoso de la vida y el amor
con principios de justicia y equidad
tolerante y lleno de libertad.
V
Muy despierto para la tecnología
la ciencia y la creatividad
el deporte, la cultura y el progreso
para servirle a toda la humanidad.
VI
Que proyecte identidad cultural
muy propia de toda nuestra región
con una visión de la trascendencia
que le ayude a organizar un ideal.
CONTENIDO
PRESENTACIÓN
6
CAPÍTULO I
7
HORIZONTE INSTITUCIONAL
7
CAPÍTULO II
12
CONDICIONES DE INGRESO Y PERMANENCIA
12
CAPÍTULO III
13
DERECHOS
13
CAPÍTULO IV
35
CAPÍTULO V
38
CAPÍTULO VI
39
CAPÍTULO VII
40
GOBIERNO ESCOLAR, ÓRGANOS, FUNCIONES Y FORMAS DE INTEGRACIÓN.
40
CAPÍTULO VIII
43
ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN Y SUS FUNCIONES
43
CAPITULO IX
45
PROCESO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
45
CAPÍTULO X
49
NORMAS GENERALES
49
CAPITULO XI
51
CONVIVENCIA CIUDADANA
51
PRESENTACIÓN
Atendiendo a los artículos 73 y 87 de la Ley 115/94 y al artículo 17 del decreto
reglamentario 1860/94, presentamos este Pacto de Convivencia a la comunidad
educativa del plantel, con la aspiración de que se apropie de su contenido y lo asuma
responsablemente como el marco legal que le ofrece las condiciones en las cuales han de
desarrollarse las relaciones propias del proceso educativo en la institución.
Para la construcción de este manual, se ha tenido en cuenta la Constitución Política
Colombiana, el decreto ley 2737/89, el código del menor; fallos de la corte constitucional,
decreto 1108/94, sobre sustancias sicotrópicas, decreto ley 2277/79 (estatuto docente).
Aparte de contar con la participación activa de los estudiantes, padres de familia,
docentes y directivos docentes, quienes con sus aportes intelectuales, su experiencia
laboral, familiar o estudiantil, así como sus anécdotas y argumentaciones enriquecieron el
análisis y las conclusiones sobre la convivencia institucional y del entorno, como garantía
para la finalidad de nuestro proyecto.
Es importante advertir que este documento queda abierto al escrutinio riguroso y
constructivo de toda la comunidad a objeto de introducirle los ajustes necesarios que lo
lleven a estar sintonizado estrechamente con la realidad e idiosincrasia de la comunidad
palmitera.
RESEÑA HISTÓRICA DE LA INSTITUCIÓN
La Institución Educativa Los Palmitos se inició, primero como Colegio Cooperativo de
Bachillerato en el año 1971, bajo la orientación del profesor Aniano José Borrero Márquez,
tras organizarse en la comunidad una Cooperativa Especializada de Educación, como
forma de satisfacer la necesidad educativa de quienes concluían el ciclo de educación
básica primaria en esta localidad, sin tener la posibilidad de continuar estudios
secundarios en los colegios de las ciudades vecinas. Durante varios años sólo contó con el
ciclo de básica, secundaria, ya que la media vocacional tuvo su apertura apenas en 1.984,
brotando la primera promoción de egresados en l.985, con 20 bachilleres; para esta fecha
ya orientado por el actual rector Especialista Servio Tulio Benítez Pérez.
El colegio funcionó con una sola jornada (vespertina) hasta el año l.988, cuando se dio
apertura a la jornada matinal, como estrategia de ampliación de cobertura ante la
creciente demanda de cupos educativos existente en el municipio.
La vida institucional del colegio transcurre como cooperativo hasta el año de 1995, fecha
en la que fue departamentalizado según ordenanza # 20 del 26 de julio del año en
mención, emanada de la honorable asamblea departamental; recibiendo el departamento
los bienes, muebles e inmuebles de la cooperativa en comodato hasta el año 2015. El
colegio comenzó funciones como departamental en el año de 1996.
En el año 2002. según decreto 0585 del 29 de octubre del año en mención, por el cual se
integran centros educativos de educación formal en el municipio de Los Palmitos, se dio
origen a la institución educativa Los Palmitos, resultado de la integración de la escuela
Birmania y el colegio de bachillerato Los Palmitos atendiendo la propuesta de los consejos
directivos de ambos centros educativos.
Considerando las exigencias del Ministerio de Educación Nacional en lo concerniente a la
integración del jardín Infantil Sonrisita, que ofrece los niveles de preescolar, con la con la
institución Educativa Los palmitos según decreto 0355 del 18 de junio de 2003, emanado
de la gobernación de sucre, quedando así oficializados los niveles de preescolar, básica
primaria, básica secundaria y media vocacional.
Posteriormente se asoció la escuela rural El Coley según decreto Nº 2614 de 2 de
noviembre de 2002
A la fecha la institución presta los servicios en:
Nivel Preescolar
Nivel básica primaria
Nivel secundaria
Media Académica
Hasta el año 2015 han egresado más de 2300 bachilleres, muchos de los cuales son
prestantes profesionales en el departamento y fuera de él.
El nivel actual de la institución es bueno, especialmente en la parte académica tratándose
de mejorar la oferta y la calidad en los servicios complementarios, en busca de la
excelencia educativa, para lo cual cuenta con una planta de profesionales idóneos en la
rama correspondiente, un personal de servicio de apoyo igualmente completo y una junta
directiva conciente de su compromiso.
CAPÍTULO I
HORIZONTE INSTITUCIONAL
ARTÍCULO 1°. CONCEPTO
El Pacto de Convivencia es el instrumento elaborado concertadamente por todos los
miembros de la comunidad educativa, en donde se consignan derechos y estímulos,
deberes y correctivos, procesos, procedimientos e instancias para los alumnos, docentes,
padres de familia; de conformidad con la Constitución Política de Colombia, Ley General
de Educación, el código del menor y demás normativas jurídicas vigentes, con el fin de
facilitar el proceso educativo, la sana convivencia y la formación integral de la persona
para convertirla en un miembro útil de la sociedad.
ARTÍCULO 2°. FILOSOFÍA DE LA INSTITUCIÓN
La Institución Educativa Los Palmitos, se identifica como una institución pública de
educación formal, de carácter mixto y modalidad académica; ofrece a sus estudiantes una
formación integral, fundamentada en unos principios psicológicos, científicos, éticos,
estéticos y sociales; que les permitan desempeñarse en el futuro como miembros útiles de
la sociedad.
El estudiante que pretende ayudar a formar la institución, bajo estos principios, será un
hombre integro, respetuoso de la vida y de los demás derechos fundamentales de la
persona, amante de la convivencia pacífica y de la democracia, que propicie su efectiva
participación en los diferentes escenarios en que se desenvuelva, capaz de analizar con
sentido crítico y reflexivo la problemática social y así contribuir a la construcción de su
identidad cultural local, regional y nacional; será una persona que marche acorde con los
avances científicos y tecnológicos, haciendo uso adecuado de ellos, para preservar intacto
el ecosistema.
MISIÓN
El propósito principal de esta institución, es contribuir eficientemente con la formación
integral de sus estudiantes, a partir de la generación de la autonomía en el desarrollo de
los procesos pedagógicos, para abordar con sentido investigativo el aprendizaje de las
distintas ramas del saber y de las diferentes facultades educables del ser humano, que le
permita concretar los principios y el perfil expresados en la filosofía institucional e ingresar
al mundo de la competitividad con absoluto dominio y conocimiento de sus fortalezas
para lograr el éxito.
VISIÓN
La Institución Educativa Los Palmitos, aspira ser una de las mejores del departamento de
Sucre, por la calidad de los servicios ofrecidos y los altos niveles de competencia de sus
egresados; ello como resultado de la excelente labor pedagógica de los docentes, el
decidido apoyo de los directivos docentes, el personal administrativo y su compromiso
permanente con la proyección a la comunidad en general.
Además, aspira contar con una planta física, con dependencias adecuadas y bien dotadas,
que permitan el sano desarrollo de la personalidad.
ARTÍCULO 3°. OBJETIVOS GENERALES

Desarrollar una conciencia democrática a través de la práctica de valores y actitudes
que sustentan este concepto, como forma de auto superarse y asumir con
responsabilidad la participación y la organización ciudadana.

Formar la personalidad del estudiante para que asuma responsable y autónomamente
sus derechos y deberes al igual que una sólida formación ética y moral en la práctica
del respeto de los derechos humanos, a través del desarrollo de los valores, como
forma de superación personal y social.

Fomentar el desarrollo de una conciencia solidaria ante la problemática de la
comunidad, de la región y del país, mediante el esfuerzo y el trabajo para vivir un
ambiente propicio al progreso social.

Integrar los miembros de la comunidad educativa a través de la participación directa,
para que asuman la defensa de sus intereses dentro de un marco legal y de armonía.
ARTÍCULO 4°. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
En el presente manual, la comunidad educativa deberá manejar con frecuencia los
siguientes términos:
1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA. Es el conjunto de normas que orientan la organización
política, administrativa y social de un estado.
2. La Constitución Política de Colombia establece la educación como un derecho de la
persona y un servicio público que tiene una función social
3. CÓDIGO DEL MENOR. Es el cuerpo legal que contiene los derechos fundamentales del
menor, para su protección y desarrollo. Éstos se encuentran consagrados en el decreto
extraordinario # 2737/89.
4. CONVIVENCIA SOCIAL. es el desarrollo práctico de una vida en común;
constituyéndose en la tarea de la vida de una persona y la sociedad.
5. PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA CONVIVENCIA SOCIAL
Aprender a no agredir al otro
Aprender a comunicarse
Aprender a interactuar
Aprender a decidir en grupo
Aprender a cuidarse
Aprender a cuidar el entorno
Aprender a valorar el saber social
Aprender a expresar sus ideas sin ningún temor
Aprender a auto estimarse
Aprender a respetar el derecho ajeno
6. COMUNICACIÓN. Es el proceso dinámico que permite al individuo acceder al
conocimiento del mundo mediante el intercambio de ideas, expresiones y
experiencias.
7. La comunicación es una necesidad vital del ser humano, donde interviene un emisor y
un receptor.
8. CONDUCTA. Son los actos que caracterizan la personalidad y moral de un individuo
9. DISCIPLINA. Es la observación y comportamiento de las normas explícitas e implícitas
que rigen la formación y la interacción entre las personas y su entorno, tendiente a
garantizar el bienestar personal y social, el trabajo y el orden dentro del plantel
10. DERECHOS. Es un conjunto de normas y preceptos que regulan las relaciones de la
comunidad educativa con la institución y entre sus miembros, que le permiten la
facultad de hacer y exigir el cumplimiento de los deberes que ésta tiene para con ellos
y entre ellos
11. DEBERES. Es un conjunto de obligaciones adquiridas por la comunidad educativa con la
institución y entre sus miembros, que deben ser asumidas en concordancia con el
Pacto de Convivencia , con sentido de compromiso y no de imposición
12. ESTÍMULOS. Es un conjunto de mecanismos contemplados en este manual como
forma de motivar el esfuerzo, la dedicación y el deseo de superación de cada uno de
los miembros de esta comunidad educativa
13. FALTAS. Es el comportamiento que infringe las normas establecidas y que ameritan un
correctivo o una sanción
14. CORRECTIVOS. Es el conjunto de mecanismos o procedimientos que contribuyen a
mejorar el comportamiento del estudiante, del padre de familia y de los docentes,
después de infringir las normas establecidas
15. SANCIÓN. Es la acción que se aplica después de un comportamiento negativo con el
propósito de que éste no se repita y genere un cambio actitudinal, en la persona
faltante o en la comunidad
16. COMPORTAMIENTO. Es la forma o manera de actuar. Es lo que actualmente una
persona hace o deja de hacer cada vez que enfrenta una determinada situación
17. ALUMNO. Condición adquirida por la persona que celebra el contrato de matrícula
con el plantel para cursar un determinado grado en uno de los niveles que ofrece éste.
18. DOCENTE. Es la persona idónea que llena los requisitos del estatuto docente para la
enseñanza y funciones de dirección, coordinación y organización del proceso
educativo
19. PADRES DE FAMILIA. Son los responsables directos, como progenitores, de la
educación de sus hijos, quienes se comprometen con el plantel al firmar la matrícula
para acatar las normas establecidas en el Pacto de Convivencia
20. ACUDIENTE. Es la persona aceptada por la institución como responsable de un alumno
por encargo directo o por escrito del padre de familia o quien haga sus veces, por un
año lectivo
21. CONFLICTOS MANEJADOS INADECUADAMENTE: son situaciones en la que los
conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan
la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más
miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y
siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los
involucrados.
22. AGRESIÓN ESCOLAR. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la
comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la
comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión
escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica
23. AGRESIÓN FÍSICA: Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a
la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas,
mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.
24. AGRESIÓN VERBAL: Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar,
atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.
25. AGRESIÓN GESTUAL: Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar,
atemorizar o descalificar a otros.
26. AGRESIÓN RELACIONAL: Es toda acción que busque afectar negativamente las
relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y
difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que
tiene la persona frente a otros.
27. AGRESIÓN ELECTRÓNICA: Es toda acción que busque afectar negativamente a otros a
través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o
humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a
través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes
u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien
los envía.
28. ACOSO ESCOLAR (BULLYING): De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es
toda conducta negativa, intencional metódica, y sistemática de agresión, intimidación,
humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o
incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por
medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o
varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se
presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También pueda
ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiante contra
docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.
29. CIBERACOSO ESCOLAR (CIBERBULLYING): De acuerdo con el artículo 2 de La 1620 de
2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado tecnologías de información
(Internet, redes sociales virtuales, telefonía y video juegos online) para ejercer
maltrato psicológico y continuado.
30. VIOLENCIA SEXUAL: De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la 1146 de 2007,
"se entiende por violencia sexual contra niños, niñas adolescentes todo acto o
comportamiento de tipo sexual ejercido sobre niño, niña o adolescente, utilizando la
fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las
condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre
víctima y agresor"
31. VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: Es toda
situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de
los niños, niñas y adolescentes
32. RESTABLECIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: Es el
conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para
la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derecho y de su capacidad
para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados
33. SALUD. Definida en 1.946 por la Organización Mundial de la Salud como “el estado de
completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones
y/o enfermedades, en armonía con el medio ambiente”. También se define como "el
logro del máximo nivel de bienestar físico, mental y social y de la capacidad de
funcionamiento que permiten los factores sociales en los que viven inmersos el
individuo y la colectividad
CAPÍTULO II
CONDICIONES DE INGRESO Y PERMANENCIA
ARTÍCULO 5°. LA institución acata lo dispuesto en el Decreto 5360 dé 7 de diciembre de
2006 para organizar el proceso de matricula en los niveles de Preescolar, Básica y Medía
Académica.
ARTÍCULO 6°. ADMISIONES. El Consejo Directivo se acoge al inciso E del calendario de
matrículas.
ARTÍCULO 7. MATRÍCULA- La matrícula es el contrato establecido entre la institución
Educativa y el estudiante y el padre de familia o acudiente, la cual tiene su origen en la
manifestación voluntaria de este último de comprometerse a cumplir lo convenido en el
Proyecto Educativo Institucional, Pacto De Convivencia y demás disposiciones internas
como externas.
La matrícula tiene vigencia desde el momento en que se efectúa hasta que concluyen las
clases del respectivo año académico, luego de lo cual debe renovarse para el año
siguiente.
La institución es incluyente y en ese sentido recibe estudiantes con necesidades de
educación.
ARTÍCULO 8. PERMANENCIA. La Institución propenderá por la permanencia de los
estudiantes en la misma, por lo tanto, el estudiante que reprueba un grado por primera
vez, tendrá derechos a continuar estudios en la institución; siempre y cuando no exista
otra causal de exclusión contemplada en el presente pacto de convivencia.
Cuando un estudiante reincide en el incumplimiento del pacto de convivencia, el Consejo
Directivo, luego de analizar el seguimiento realizado a este estudiante por los docentes, la
Comisión de Evaluación y el Departamento de Bienestar determinarán su continuidad en
la Institución y/o renovación de su matrícula.
CAPÍTULO III
DERECHOS
ARTÍCULO 9. DERECHOS DE ESTUDIANTE. Son derechos del estudiante de la Institución
Educativa Los Palmitos los siguientes:
1.
Ser tratado con respeto, comprensión y Justicia por toda la comunidad educativa
de la Institución.
2.
Al respeto de su identidad personal y familiar.
3.
A la honra y gozar del buen nombra.
4.
Al libre desarrollo de la personalidad, cumpliendo las normas establecidas en la
institución.
5.
A la libertad de conciencia y de culto siempre y cuando no atente contra la ley y las
buenas costumbres.
6. Al descanso, la recreación, el deporte y la cultura.
7.
A participar del proceso de aprendizaje dentro de un ambiente que te garantice su
formación Integral
8.
Expresar, discutir y examinar con libertad: doctrinas, opiniones o conocimientos
dentro del debido respeto.
9.
Ser escuchado, orientado y asistido por docentes y directivos.
10.
Presentar solicitudes respetuosas, verbales o escritas siguiendo el debido proceso.
11.
A no ser excluido de clase, siempre y cuando no perjudique a sus compañeros con
sus actitudes en la misma, o no interfiera con el normal desarrollo de la misma.
12.
Disponer de la atención del director de grupo, individual o en conjunto, en el
transcurso de la jornada o cuando sea necesario.
13.
No realizar más de dos evaluaciones escritas o exposiciones en un mismo día
acordadas previamente.
14. Conocer oportunamente los resultados de sus evaluaciones y sus dificultades antes de
ser consignadas en la web institucional.
15, Recibir oportunamente del docente respectivo las actividades de nivelación cuando no
haya alcanzado los desempeños preestablecidos en las diferentes áreas.
18. Ser evaluados periódicamente por el docente de cada área o asignatura aplicando los
tipos de preguntas empleados en las pruebas saber.
17.
Todo estudiante, tiene derecho a denunciar cualquier tipo de intimidación,
manipulación, acoso sexual, maltrato físico o psicológico; por parte de docentes, docentes
directivos, administrativos, compañeros(as), siempre y cuando haya la fundamentación
probatoria de los hechos.
18.
Demás derechos que consagre la Constitución y las leyes
ESTÍMULOS
ARTÍCULO 10°. ESTIMULO DE LOS ESTUDIANTES
1. Felicitación verbal o escrita.
2. Felicitación pública en acto de izada de bandera o reunión de la comunidad educativa.
3. Publicación o difusión del trabajo realizado por el estudiante.
4.
Medalla INSEDUPAL al mejor bachiller.
5.
Distinción al mejor deportista.
6.
Recibir estímulos por los logros alcanzados tanto a nivel interno como externo en
lo académico, en lo deportivo o en lo cultural.
7.
Exaltar con diploma o placa institucional a los estudiantes que obtengan el primer
y segundo puesto por su rendimiento académico por cada grupo de grado.
8. Los estudiantes con alta vocación artística y avances cognitivos en las diferentes áreas
de la formación tendrán preferencia para conformar la banda de paz.
9.
Los estudiantes del grado Undécimo que obtengan más de 60 puntos en alguna de
las áreas evaluadas en las PRUEBAS SABER, serán promovidos automáticamente por el
docente de esa área.
10.
Otros que se consideren pertinentes.
COMPROMISOS
ARTICULO 11°. COMPROMISOS DEL ESTUDIANTE
1.
Conocer y cumplir los acuerdos establecidos en el PACTO DE CONVIVENCIA.
2.
Respetar sus derechos y no abusar de ellos, porque para exigir hay que cumplir y
para recibir hay que dar.
3 Asistir puntualmente a todas las clases y actividades programadas en la institución,
quedando a criterio de la administración otorgar un compás de espera hasta de 15
minutos, en casos especiales para los alumnos de corregimientos y veredas.
Parágrafo: El estudiante que incurra en llegadas retrasadas, será reportado a Coordinación
para el debido proceso.
4. Cumplir con los trabajos escolares señalados por los profesores, dentro de los términos
establecidos en el calendario académico.
5. Dedicar todos sus esfuerzos y consagración para el logro adecuado de los objetivos
académicos y formativos que proponen las diferentes programaciones curriculares;
desempeños académicos que cada profesor debe dar a conocer a sus estudiantes.
6. Respetar el reglamento de las distintas dependencias que funcionan como apoyo del
servicio educativo, al utilizarlas.
7. Presentar justificaciones por escrito del retraso o inasistencia a la institución, firmada
por el acudiente o respaldada por una certificación de la entidad donde estuvo haciendo
alguna diligencia de salud, calamidad personal o familiar. (Las excusas deben tener una
buena presentación).
8. Portar el uniforme en la forma en que está establecido en el pacto de convivencia
durante su permanencia en la institución y hasta llegar a su casa.
9. Portar el Carnet estudiantil en la parte exterior del bolsillo de la camisa y presentarlo
cuando fuera solicitado. En caso de pérdida informar a la rectoría y solicitar uno nuevo.
10. Permanecer dentro de la institución durante toda la Jornada escolar y en los sitios
programados para cada actividad, excepto situaciones que impidan el cumplimiento de
sus clases, para lo cual deberá solicitar permiso a la coordinación, en acuerdo con las
condiciones establecidas en el Articulo que trata de los permisos.
11. Guardar un buen comportamiento en cada uno de los diferentes sitios de la
institución; durante las horas de clase y en los cambios de clases, ningún alumno debe
permanecer fuera del aula respectiva, salvo que haya sido citado o enviado a otras
dependencias.
12.
Presentarse a la Institución y permanecer en la misma, debidamente aseado y con
el uniforme correspondiente y corte formal del cabello, sin accesorios usuales en nuestra
sociedad tradicional, excepto cuando la Institución lo requiera.
13.
Entrar al salón de clases con prontitud y orden, cuando el timbre u otra señal lo
indique.
14.
Preservar el ambiente de prosperidad y el embellecimiento de la planta física de la
institución, con la orientación de los directores de grupos respectivos.
15. Responder por los daños causados en los materiales que le sean asignados dentro del
aula, laboratorio y demás dependencias.
16. Cuidar sus respectivas pertenencias, abstenerse de llevar consigo objetos de valor y
colaborar en el cuidado de los bienes ajenos. La institución no se responsabiliza de la
pérdida de ellos.
17.
Acatar la intervención adecuada de los docentes en los asuntos disciplinarios,
Independientemente de que pertenezca o no a las jornadas respectivas donde se
desempeña el docente.
18.
Evitar la utilización del nombre de la institución para actividades diferentes a las
labores académicas, culturales, artísticas, recreativas y deportivas, autorizadas por la
rectoría del plantel o por el consejo que le corresponda esta función.
19.
Evitar la excesiva confianza con los docentes, directivos docentes, administrativos,
trabajadores y entre ellos mismos, a fin de mantener una relación transparente que
genere una buena imagen ante la comunidad
20.
Evitar la influencia negativa en sus compañeros y defender la institución de influjos
nocivos y extraños.
21.
Observar una buena conducta y finos modales dentro y fuera del establecimiento.
22.
Denunciar toda falta que atente contra el bien común, si no quiere ser cómplice y
responsable de la misma falta.
23.
Respetar a los directivos docentes, profesores, personal administrativo,
compañeros, servidores generales y cualquier persona que visite el establecimiento.
24.
Respetar los símbolos patrios y de la institución, honrando con su aporte la
exaltación de estos.
25.
Respetar la honra de la directiva, profesores, funcionarios o alumnos de la
institución, no levantando calumnias o injurias contra ellos.
26.
Traer los materiales de trabajo para las diferentes asignaturas.
PROHIBICIONES
ARTÍCULO 12. PROHIBICIONES DE LOS ESTUDIANTES. El estudiante de esta institución,
dentro del pacto de sana convivencia se le establece las siguientes prohibiciones:
1.
Irrespetar a los profesores, directivos docentes, personal administrativo, de
servicios generales y compañeros.
2.
Realizar hechos de inmoralidad dentro y fuera de la institución, hurto, tráfico o uso
de drogas alucinógenas o estupefacientes.
3.
Evidenciar mal comportamiento en actos culturales, deportivos y demás
actividades programadas por la institución.
4. Utilizar equipos de sonido, que perturban el buen discurrir de las clases, salvo con la
debida autorización del docente.
5. Portar revistas pornográficas, objetos corto punzantes, o armas de cualquier índole que
atente contra la seguridad de la comunidad educativa.
6. Presentarse en la institución en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias
psicotrópicas.
7. irrespetar los símbolos patrios y de la institución.
8. Negarse a representar a la institución en eventos para los que ésta requiera de sus
servicios, salvo que exista justa causa comprobada.
9. Ausentarse de las horas de clases y de la institución sin la debida autorización; del
mismo modo, de las actividades culturales programadas por ella.
10. Llegar reiteradamente tarde a las labores académicas, excepto presentando excusas
firmada por el padre de familia o acudiente.
11. Entrar a la institución sin la adecuada presentación personal, para realizar trabajos de
investigación.
12. Utilizar las instalaciones de la institución como mercado para la realización de venta de
mercancías de toda especie, sin previa autorización de la dirección.
13. Entrar a la sala de profesores sin la debida autorización.
14.
Maltratar física y moralmente a un compañero, docente, directivo docente,
administrativos, trabajador o cualquier persona que visite la institución.
15.
Utilizar los implementos deportivos sin la debida autorización,
16.
Establecer relaciones amorosas con docentes, directivos docentes y personal
administrativo.
17.
Asistir con el uniforme a sitios tales como: bares, discotecas, moteles billares, sala
de maquinitas.
18.
Denigrar de la Institución.
19.
Presentarse a la institución con maquillajes, aretes largos, uñas pintadas con tonos
elevados y portar manillas de cualquier índole
20.
Realizar rifas.
21.
Adulterar documentos o hacer uso de Identificación ajena
22.
Pelearse entre compañeros dentro da la Institución y fuera de ésta, portando el
uniforme de la Institución.
23.
Hacer mal uso de los diferentes elementos de la Institución (como rayar los baños,
paredes, pupitres).
24.
Dañar objetos y decoraciones de la institución, de los profesores o compañeros.
25.
Arrojar basuras dentro de la institución, o desechos en las tazas de los baños.
26.
Utilizar las paredes, escaleras, barandas y muros, para caminar, entrar y salir de la
institución.
Parágrafo: La institución se reserva el derecho a decomisar por tiempo indefinido, revistas
pornográficas, aparatos de sonido, celulares, objetos corto punzantes o armas de
cualquier Índole que sean introducidos a ellas, por determinado estudiante, violando las
prohibiciones contempladas en los incisos 4° y 5° del presente artículo. También serán
decomisadas por parte de los profesores, directores de grupo, coordinadores o el rector,
las manillas aludidas en el numeral 19.
FALTAS, CORRECTIVOS Y SANCIONES
TIPIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES CON SUS RESPECTIVOS PROTOCOLOS PARA EL DEBIDO
PROCESO SEGÚN EL DECRETO 1965 DE SEPTIEMBRE 11 DE 2013
CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES.
Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos,
sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos
1. SITUACIONES TIPO I O FALTAS LEVES.
Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas
situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún
caso generan daños al cuerpo o a la salud, además:
a) El incumplimiento esporádico de los deberes
b. Incurrir en cualquier de las prohibiciones establecidas en el presente manual.
c. El incumplimiento de los reglamentos de las diversas dependencias (Aula de clases. Sala
de informática. Biblioteca, laboratorios, canchas deportiva, sala de audiovisuales, Baños,
Comedores Escolares, etc).
Las demás que se describen a continuación:
1.
Llagar tarda al Colegio o a clase en su jornada escolar
2.
Desconocer los principios y la filosofía institucional
3.
Vocabulario y modales inadecuados
4.
Interrumpir las actividades académicas y/o curriculares mediante actuaciones que
impidan el normal desarrollo, como charlar constantemente, no respetar el turno para
intervenir, utilización de elementos tecnológicos sin autorización, etc
5.
Utilizar inadecuadamente dispositivos electrónicos al plantel (traer game boy,
discman, Mp3, Mp4, cámaras de cualquier tipo, reproductores de audio y video, u otro
objeto tecnológico)
6.
Portar los uniformes inadecuadamente y en los días que no corresponda
7.
Ausentarse del aula de clase o de la actividad curricular que se esté llevando a cabo
Sin el permiso correspondiente
8.
La permanencia en las aulas de clase sin autorización antes de iniciar la jomada
9.
Desacatar las instrucciones e indicaciones de los educadores o del coordinador
10.
Utilizar inadecuada los servicios del Colegio y material de trabajo.
11.
Desaseo en el vestir y porte de accesorios diferentes al uniforme
12.
Traer al Colegio elementos diferentes a los necesarios para el trabajo escolar
13.
Ingresar al Colegio sin los implementos necesarios para las actividades escolares
14.
Falta de respeto o mal comportamiento en los actos cívicos.
15.
Presenta una agresión escolar (Física, Verbal. Gestual, Relacional y/o electrónica)
por primera vez con algún miembro de la comunidad educativa
16.
Entregar las excusas despues del tiempo requerido
17.
Arrojar papeles y basuras fuera de los recipientes destinados para ello
18.
Mal comportamiento en la calle y lugares públicos cuando se porta el uniforme
19.
Irrespeto a los símbolos patrios, a los símbolos religiosos y a los símbolos del
Colegio.
20.
Denigrar del Colegio y cualquier actuación que atente contra su nombre o
prestigio.
21.
El consumo de licor o cigarrillo dentro y fuera de la institución, portando al
uniforme
22.
Ausentarse del Colegio sin autorización del coordinador o de autoridad
competente
23.
La inasistencia a actos culturales, deportivos, religiosos, encuentros de crecimiento
espiritual
24.
Fraudes académicos como copiarse en las evaluaciones, trabajos y alteración de
notas
25.
Omitir el conducto regular
26.
Utilizar un vocabulario soez
27.
Colocar apodos o sobrenombres a sus compañeros o personal de la institución con
el ánimo de ridiculizar y/u ofender
28.
Consumir alimentos en el aula de audiovisuales, biblioteca o en actos de
comunidad, clase, etc
29.
Organizar actividades que involucren recolección de dinero sin la debida
autorización del consejo directivo
30.
Desaprovechar el tiempo, y hacerlo perder los demás
31.
Causar daños en objetos y / o bien ajeno
32.
Descuido en su aseo y presentación personal
33.
Desacatar observaciones y sugerencias que le hacen directivos, docentes, personal
administrativo y de servicios generales
34.
Utilizar objetos o aparatos eléctricos o electrónicos que disminuyan la atención en
las actividades académicas y actos comunitarios. (De ser necesarios para fines académicos
o formativos, debe contar con autorización de la coordinación)
35.
No llevar oportunamente la información a los Acudientes que envíe la institución a
través de las circulares, citaciones y/o boletines
36.
Ocultar maliciosamente su identidad dentro o fuera de la institución a fin de que
no sea comprometido en la responsabilidad da un acto
37.
Entrar y/o permanecer sin autorización, en cualquiera de las dependencias da la
institución
38.
Llegar tarde a las clases después del descanso
39.
Sabotear la clase con gritos, silbidos, apodos u otras expresiones que obstaculicen
la debida atención
40.
Participar en juegos de azar con finalidades distintas a la didáctica
41.
Realizar cualquier tipo de negocios de índole económica con profesores y alumnos
u otro personal dentro de la institución
42.
Practicar juegos bruscos que afecten o pongan en peligro la salud física o mental
43.
utilizar expresiones o modales de irrespeto en las dificultades que se puedan
presentar en la convivencia escolar
FALTAS ACADEMICAS TIPO I
Presentarse a la institución sin útiles, materiales o implementos necesarios para el
desarrollo de las actividades curriculares.
Incumplimiento constante en las tareas y demás actividades institucionales
Realizar actividades diferentes a las programadas en clase
No presentar las nivelaciones en las fechas estipuladas.
No presentar trabajos ni talleres ni consultas
Parágrafo 1: El comité escolar de convivencia revisará, evaluará y clasificará el
comportamiento del estudiante y decidirá si se encuadra dentro de las situaciones tipo I,
la falta que no se contempló en los numerales anteriores
PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO I DE ACUERDO CON LA LEY
1. reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera
pedagógica para que estas expongan su punto de vista y busquen la reparación de los
daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima
de relaciones constructivas en el establecimiento educativo.
2 fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la
reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación
dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el
establecimiento educativo. De esta actuación se dejará constancia
3. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue
efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en las situaciones tipo II y III.
Parágrafo 1. Los estudiantes que hayan sido capacitados como mediadores o conciliadores
escolares podrán participar en el manejo de estos casos en los términos fijados en el Pacto
de Convivencia .
Parágrafo 2 Protocolo a seguir por parte de la Institución:
Las situaciones TIPO I O FALTAS LEVES conllevan el siguiente proceso por parte de la
Institución:
Anotación en el Observador por parte del docente o coordinación que haya conocido u
observado la situación, dicha anotación debe ser firmada por el/la estudiante aceptándola
o rechazándola. En caso de rechazo el (la) estudiante debe realizar un escrito y entregarlo
al día siguiente con la firma del padre, madre y/o acudiente donde conste que se
encuentre enterado de la situación.
-Diálogo con el educador, director de grupo o coordinación que conoce la situación,
efectuar la respectiva reflexión sobre el hecho y buscar posibles soluciones y compromisos
ante el impase
-En caso que las anteriores medidas no generen soluciones o que los compromisos
realizados entre las partes no se cumpla; la coordinación, Psicología, trabajo social,
realizará un informe al Rector (Presidente del Comité Escolar de Convivencia) quien
determinará si se hace necesario convocar extraordinariamente el Comité Escolar de
Convivencia para presentar el caso y decidir si se debe acudir al protocolo de la situación
tipo II.
Parágrafo 3. Las situaciones tipo I cometidas por los estudiantes serán notificadas a los
Padres, Madres y/o Acudientes a través de reuniones con ellos o en el informe de periodo
SANCIONES A TOMAR PARA SITUACIONES TIPO I O FALTAS LEVES.
Cuando un estudiante incurra en situaciones tipo I o falta leve, el docente que conozca de
la acción conjuntamente con el respectivo Director de Grupo, aplicarán
discrecionalmente, previo cumplimiento del debido proceso, una de las siguientes
sanciones:
a)
Amonestación verbal en privado.
b)
Amonestación verbal con presencia del personero estudiantil
c)
Amonestación verbal con presencia del padre de familia o acudiente autorizado.
d)
Ofrecer disculpas al (los) afectados con la acción,
e)
Realizar actividades de reflexión
f)
Realizar carteleras y/o charlas de reflexión
g)
Dejársele al cuidado del salón correspondiente durante los descanso hasta por un
(1) mes.
h)
Retiro hasta por un (1) mes de los equipos deportivos en los que participe con
motivo de los juegos intercursos, intercolegiados o supérate.
i)
Suspensión de clases hasta por tres (3) días hábiles con registro de ausencias NO
JUSTIFICADAS y cumplimiento de la jornada escolar en la biblioteca y visitas a psicoorientación.
SITUACIONES TIPO II O FALTAS GRAVES.
Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y
ciber-acoso (Ciber-bullying), que no revistan las características de la comisión de un delito
y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:
a.
Que se presenten de manera repetida o sistemática.
b.
Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para
cualquiera de los involucrados
Además las siguientes:
c)
Incurrir reiteradamente en faltas leves a pesar de las amonestaciones recibidas.
d)
La violación a las prohibiciones a los alumnos contempladas en el Manual.
e)
El incumplimiento de los reglamentos de las diversas dependencias como:
Biblioteca, Sala de informática, laboratorios, etc.
Acciones que conllevan a las situaciones tipo II o faltes graves
1.
Desacato a la Constitución y a las Leyes de Colombia, al Pacto de Convivencia y a
las directrices y orientaciones dadas por las distintas instancias del Plantel
2.
Presentar una Agresión escolar (Física, Verbal. Gestual. Relacional y/o electrónica)
de manera reiterada o sistemática con algún miembro de la comunidad educativa
3.
Hurto comprobado o ser cómplice del mismo.
4.
En caso de presentarse acoso escolar (Bullying) y ciber acoso (Ciberbullying) que no
revistan las características da la comisión de un delito
5.
Promover y hacer manifestaciones de satanismo, hechicería, brujería o inducir a
otros a participar o pertenecer a grupos que compartan tales creencias o prácticas
6.
Sustraer o alterar libros de calificaciones, registros de asistencia o de biblioteca
7.
Causar danos intencionalmente, en aulas de clases, laboratorios, bibliotecas o sitos
que se frecuenten dentro de la actividad educativa
8.
Hurtar o robar útiles a los compañeros u otros recursos, muebles y en seres de la
institución
9.
Responder con altanería o violencia los llamados de atención de sus superiores.
10.
Cometer repetitivamente faltas de TIPO I
11.
Pelear dentro del plantel o fuera de él una vez haya terminado la jomada de
estudio
12.
Dañar o participar en actos que destruyan los bienes de la institución y/o sus
alrededores
13.
Indisponer al hogar con la institución llevando información distorsionada
14.
Suplantar a acudientes en la firma o excusas
15.
Cometer fraude, copia en cualquier evaluación, notas o trabajos escrito
16.
Organizar y realizar bailes minitecas entre otras utilizando el nombre de la
institución
17.
Liderar y motivar sistemáticamente comportamientos grupales que conduzcan a
alterar el orden y la organización de la Institución
18.
Presentarse a la institución en estado de embriaguez o bajo efectos de drogas o
estupefacientes
19.
Facilitar el ingreso al aula de clase de personas ajenas a la institución
20.
Faltar 5 días a la Institución Educativa sin justa causa
21.
Inducir a otros u otro a quebrantar las normas
22.
Mostrar y/o distribuir material pornográfico
23.
Hacer caso omiso del debido proceso y desacato a los correctivos
comportamentales
24.
Irrespetar las diferencias étnicas, de religión o Sexuales
25.
Presentarse con el uniforme en sitios públicos sin estar representando oficialmente
a la institución
26.
Realizar acciones que pongan en peligro la integridad física de les persones dentro
o fuera de la institución.
27.
Ingresar o salir del colegio por sitios no establecidos para tal fin
28.
Hacerse suplantar de un compañero(a), o acudiente con finalidad de evadir
obligaciones o responsabilidades de orden comportamental
29.
Arrojar sustancias solidas, liquidas, gaseosas que causen disturbios colectivos,
impidan la mancha de un grupo, de una clase o desordenes institucionales, tales como
pedos
30.
Consumir licor de cualquier índole así sea de vente libre, portando el uniforme
31.
Cometer o incitar a cometer actos obscenos portando el uniforme de la institución
32.
Malversar fondos, sean estos del curso, de sus compañeros
33.
Realizar cualquier acción o tener una actitud negativa que vaya en contra de le
filosofía de la Institución
34.
Negarse a firmar un compromiso o contrato comportamental
35.
Atentar contra los muebles e inmuebles, y ornamentación de la Institución, rayar
escribir o pintar grafitis en pupitres o sillas
36.
Utilizar la mentira y la trampa para conseguir resultados positivos en una dificultad
de aprendizaje
37.
Cometer fraude, copia en cualquier evaluación, notas o trabajos
38.
Hacer caso omiso del debido proceso y desacato a los superiores
39.
Hacer pasar como suyos trabajos y/o consultas elaboradas por otras personas
40.
No asistir a los refuerzos ni las actividades planteadas para cada clase
Parágrafo 1: El comité escolar de convivencia revisará, evaluará y clasificará el
comportamiento del estudiante y decidirá si se encuadra dentro de las situaciones tipo II,
la falta que no se contempló en los numerales anteriores.
DE LOS PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO II DE ACUERDO CON LA
LEY.
1. En caso de daño al cuerpo o a la salud, garantizar La atención inmediata en salud física y
mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación
de la cual se dejará constancia.
2. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las
autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se
dejará constancia
3. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles
acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia.
4. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los
estudiantes involucrados. Actuación de la cual se dejará constancia.
5. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes
de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando en cualquier
caso el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.
6. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados,
el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones
constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a
quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.
7 El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de
este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas El comité realizará el
análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al
protocolo consagrado en la situación tipo III.
8. El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las
decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.
9. El presidente del comité escolar de convivencia reportaré la información del caso al
aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información
Unificado de Convivencia Escolar
Parágrafo 1. Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones o medidas la
remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el
restablecimiento de derechos, o al Sistema de Segundad Social para la atención en salud
integral, estas entidades cumplirán con lo establecido en las definiciones
Parágrafo 2. Protocolo a seguir por parte de la Institución:
Las situaciones TIPO II O FALTAS GRAVES conllevan el siguiente proceso por parte de la
Institución:
Anotación inmediata en el Observador por parte del docente o coordinación que haya
conocido u observado la situación, dicha anotación debe ser firmada por el estudiante
aceptándola o rechazándola. El estudiante debe realizar un escrito haciéndolo llegar al día
siguiente con la firma del padre, madre y/o acudiente donde conste que se encuentre
enterado de la situación.
La coordinación de Convivencia evaluará la situación y decidirá si es necesario remitir a las
entidades competentes.
La coordinación rinde informe sobre la situación al Rector (a), (Presidente del Comité
Escolar de Convivencia) quien determinará si se hace necesario convocar
extraordinariamente el Comité Escolar de Convivencia para presentar el caso y tomar las
decisiones respectivas.
Citación a los padres de familia y estudiantes involucrados por el comité escolar de
convivencia para ser escuchados los descargos y así sus integrantes puedan debatir y
decidir.
El comité Escolar de Convivencia entregará por escrito al padre, Madre y/o acudiente la
decisión tomada firmando los compromisos y levantando acta donde se consignan las
medidas y sanciones correctivas, lo anterior preservando el derecho a la intimidad y
confidencialidad.
SANCIONES A TOMAR PERA SITUACIONES TIPO II O FALTAS GRAVES.
1. Una jornada de reflexión dentro de la institución con el acompañamiento de Psicología
o de las autoridades administrativas competentes incluyendo la elaboración de un trabajo
escrito tomando como referente la falta que motivó la sanción, con sustentación de las
causas y efectos nocivos de la misma y socialización entre los grupos que le sean
señalados con sentido de prevención.
2. Retiro temporal del establecimiento hasta por tres días
3. Desescolarización o suspensión de clases por término mayor a tres días.
4 No asistencia a los actos de clausura y/o proclamación de bachilleres
5 Pérdida de cupo para el año siguiente o no renovación de matricula.
6. Cancelación de la matricula.
SITUACIONES TIPO III O FALTA GRAVÍSIMA.
Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de
presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Titulo IV
del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido
en la ley penal colombiana vigente. Entre estas las siguientes acciones
ACCIONES QUE CONLLEVAN A LAS SITUACIÓN TIPO III O FALTA GRAVÍSIMA
1.
Robo, hurto o malversación de fondos de un valor o cuantía considerable.
2.
Portar o hacer uso de cualquier tipo de armas.
3.
Inducción, porte, distribución de sustancias Sicotrópicas, alucinógenas que causen
adicción
4.
Ingerir o traficar bebidas alcohólicas, sustancias alucinógenas, sustancias
sicotrópicas que causen adicción dentro o fuera de la Institución
5.
Ejecutar dentro o fuera de la Institución actos que atenten contra la moral y la
dignidad de la persona y principios de la Institución: (Acceso carnal violento, acto sexual
violento, acceso carnal abusivo con menor de 14 años, actos sexuales abusivos).
6.
Presentarse al establecimiento bajo efectos de drogas alucinógenas o psicoactivas
7.
Atentar contra el derecho a la vida y/o paz mediante actos tales como amenazas,
estafas, chantajes, lesiones personales, abuso de confianza por cualquier medio
(Electrónico, físico u otros).
8.
Porte uso o venta de armas y/o explosivos que pongan en peligro la integridad de
las personas o la planta física del colegio
9.
Portar, guardar o encubrir cualquier tipo de armas corto punzantes o de fuego
10.
Pertenecer o fomentar grupos vandálicos o pandillas dentro o fuera de la
Institución.
11.
Abusar o acosar sexualmente a sus compañeros.
12.
Atracar a mano armada, secuestrar o participar en actividades de sicariato o
corrupción de menores
13.
Practicar ritos satánicos dentro de la institución
14.
Practicar o intentar hacer, relaciones heterosexuales u homosexuales dentro de la
Institución
15.
Cometer actos que, conforme al código de procedimiento penal, sean tipificadas
como delito
16.
Atentar de una u otra forma contra el derecho a la vida y a la dignidad humana
17.
Escribir o difundir chismes, volantes, pasquines que difamen a las personas de la
comunidad educativa
18.
Agredir física y/o verbal mente a los compañeros, profesores, administradores
empleados al servicio de la institución.
19.
Presentar información falsa o documentos alterados por el estudiante o su
acudiente al momento de la matrícula
El Comité Escolar de Convivencia activará la Ruta Atención Integral (RAI) para que brinden
la atención inmediata a la victima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que
hayan informado o hagan parte de la situación presentada para brindarles protección
dentro y fuera de la Institución.
PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO III O FALTAS GRAVÍSIMAS DE
ACUERDO CON LA LEY.
1. En casos de daño al cuerpo o a la salud Garantizar la atención inmediata en salud física
y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes,
actuación de la cual se dejará constancia
2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los
estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.
3 El presidente del Comité de Convivencia escolar de manera inmediata y por el medio
más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la
cual se dejará constancia.
4 No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité
escolar de convivencia en los términos fijados en el Pacto de Convivencia . De la citación
se dejará constancia
5. El presidente del comité de convivencia escolar informará a los participantes en el
comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella
información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las
partes involucradas, asi como del reporte realizado ante la autoridad competente.
6. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades
competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las
medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito
de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que
hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará
constancia.
7 El presidente del comité de convivencia escolar reportará la información del caso al
aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información
Unificado de Convivencia Escolar
8. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité
escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal,
distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el
establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho.
Parágrafo. Protocolo a seguir por parte de la Institución
Las situaciones TIPO III o falta gravísima conllevan o acarrean loa siguientes correctivos
por parte de la Institución:
Anotación inmediata en el Observador por parte del docente o coordinación que haya
conocido u observado la situación, dicha anotación debe ser firmada por el estudiante
aceptándola o rechazándola. La estudiante debe realizar un escrito y entregarlo al día
siguiente con la firma del padre, madre y/o acudiente donde conste que se encuentre
enterado de la situación.
La coordinación de Convivencia remitirá de manera inmediata el caso por escrito al comité
de convivencia y/o a las entidades competentes.
La coordinación de convivencia rinde informe inmediatamente sobre la situación al Rector
(Presidente del Comité Escolar de Convivencia) quien citará de manera inmediata y por el
medio más expedito al Comité Escolar de Convivencia, padres, madres y/o acudientes de
los estudiantes involucrados para presentar el caso y activar la Ruta de Atención Integral
(RAI).
El Rector pondrá en conocimiento de la situación a la Policía Nacional.
5. El comité Escolar de Convivencia tomará las medidas pertinentes de protección y hará
el seguimiento de la situación
SANCIONES A TOMAR PARA SITUACIONES TIPO III O FALTAS GRAVÍSIMA.
Agotado el debido proceso y habiéndose demostrado la culpabilidad del estudiante en la
comisión de una falta gravísima, el Comité de Convivencia, aplicará discrecionalmente
mediante acto administrativo, de acuerdo con la gravedad de la falta, una de las siguientes
sanciones:
Amonestación escrita con presencia del padre de familia y anotación en el certificado de
estudio del correspondiente año lectivo.
Desescolarización o suspensión de clases inmediatamente por el término que dure la
aclaración de su situación ante las autoridades competentes
Amonestación escrita con presencia del padre de familia y comunicación a las autoridades
legales correspondientes.
Suspensión de clases hasta por quince (15) días hábiles con registros de inasistencias NO
JUSTIFICADAS y comunicación a las autoridades legales correspondientes.
No asistencia a los actos de clausura y/o proclamación de bachillerea
Cancelación de la matricula
Pérdida de cupo para el año siguiente o no renovación de matricula.
DEBIDO PROCESO
ARTICULO 13°. DEBIDO PROCESO
El Pacto de Convivencia se fundamenta en los siguientes principios generales. Para garantizar un
adecuado seguimiento y cumplimiento de este manual y de la aplicación correcta del trámite ante
un proceso, se aplicará el DEBIDO PROCESO contemplado en el art. 29 de la Constitución Política,
el cual implica:
1 Reconocimiento de La dignidad humana: Se evitará la humillación y la degradación humana
2. Presunción de inocencia: Mientras el estudiante no se le haya sancionado, se le debe considerar
inocente y tratarlo como tal.
3. Resolución de la duda: Cuando no exista certeza sobre la ocurrencia de una falta, no se
culpabilizará a ningún estudiante o miembro de la comunidad.
4 Igualdad ante la ley: Se garantiza el mismo tratamiento sin discriminación alguna, para
todos los miembros de la comunidad.
5. Principio de favorabilidad Se aplicará a cualquier miembro de la comunidad, la sanción o
norma más ventajosa o favorable.
6 Legalidad. Se efectuará conforme a lo establecido en la Ley y en este manual. La sanción o el
procedimiento se apoyarán en la norma contemplada.
7. Publicidad Todo procedimiento o proceso disciplinario se adelantará con el conocimiento y
acceso directo del interesado, mediante notificación escrita u oral.
8. Impugnación El estudiante o miembro de la comunidad puede solicitar una nueva revisión de la
sanción aplicada, ya sea por parte de la misma autoridad que tomó la decisión o por otra superior
categoría. Para ello puede utilizar los siguientes RECURSOS:
Reposición Solicitando al mismo funcionario que dictó la sanción, que la aclare, la
modifique o la revoque.
Apelación: Se solicita ante el inmediato superior del funcionario que dictó la sanción, con
el fin de que la aclare, la modifique o la revoque.
El de queja: Cuando al estudiante o interesado se le rechace el recurso de apelación, se
podrá interponer directamente, ante el superior del funcionario que dicto la sanción, el
recurso de queja, para que este la aclare, la modifique o la revoque.
9 Non bis in ídem: Ningún estudiante o miembro de la comunidad educativa, puede ser juzgado
dos veces por el mismo hecho.
10. Derechos de defensa: El disciplinado tiene derecho a presentar pruebas, pedir que se le
practiquen otras que él no puede aportar y a controvertir la que sean practicadas o aportadas.
NOTA: Los recursos de Reposición, Apelación y el de Queja, deben presentarse por escrito, dentro
de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de las decisiones, de lo contrario, se
denegará su trámite
CRITERIOS PARA LA GESTION DISCIPLINARIA
Se tendrán en cuenta los siguientes criterios para la gestión disciplinaria:
1. La aplicación de las normas debe promover el crecimiento personal y social del alumno.
2. El ejercicio de la disciplina es preventivo, correctivo y formativo tendiendo a desarrollar
los valores humanos
3. La autonomía estudiantil se practicará en armonía con el Pacto de Convivencia .
4. El respeto por la vida y la dignidad de las demás personas se consideran valores
fundamentales en la interacción de los diversos estamentos.
5. La formación disciplinaria del alumno se fundamentará en autoevaluaciones,
coevaluaciones y heteroevaluaciones constantes y periódicas.
6 Cada estudiante se responsabilizará por las faltas cometidas y buscará los mecanismos
de reparación de las mismas
7. La resolución de problemas disciplinarios será abocado a nivel interdisciplinario o con
sentido de equipo.
ARTICULO 14. PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO PARA ESTUDIANTES
Se promueve una disciplina de autorresponsabilidad, encaminada a formar estudiantes
independientes activos y participativos, mediante el diálogo entre los docentes, padres
familia y alumnos. Para alcanzar estos propósitos se abordarán procedimientos a nivel
grupal y a nivel individual o personalizado.
PROCEDIMIENTO A NIVEL GRUPAL
El procedimiento a nivel grupal cumplirá los siguientes pasos:
Identificación periódica por parte de alumnos, directores de grupo docentes de los actos
de indisciplina estudiantil en el salón de clases asuntos que vayan en oposición a las metas
educativas de los alumnos. Para esto el director de grupo recolectará la información
alusiva a problemática del aula de clases que identifique de manera puntual loe
especiales. Para ello se podrán adoptar diferentes instrumentos recolección de la
información (agendas, anecdotarios, registros, etc.).
Apertura de espacios dirigidos por el docente en que el colectivo de alumnos haga
reconocimiento de ser parte del problema planteado y se reflexione acerca de sus
implicaciones en relación con la disciplina del salón.
Búsqueda de soluciones compartidas que promuevan el compromiso del estudiante, su
desarrollo personal, autonomía, autoestima y responsabilidad. El docente dentro de las
propuestas de solución presentadas por los estudiantes tratará de obviar aquellas que
impliquen situaciones de ganadores y perdedores y que vayan en contra vía de la
intencionalidad educativa y formativa de los estudiantes.
Evaluación periódica de los compromisos adquiridos por parte de loa alumnos en las
reuniones coordinadas por el director de grupo
PROCEDIMIENTO A NIVEL INDIVIDUAL
Para casos especiales de indisciplina de alumnos y cuando algunos estudiantes persistan
en esta actitud, habrá lugar a la aplicación del régimen disciplinario, es decir, cuando se
incurra en el incumplimiento da los deberes, prohibiciones o en causal de mala conducta
en las condiciones señaladas en el presente manual, se cumplirá el siguiente
procedimiento:
1 Llamado a reflexionar en primera instancia por el profesor o director de grupo, quien
registrará en el observador del alumno el motivo de la reflexión y los compromisos
adquiridos. Esto se constituye en una amonestación verbal, por faltas consideradas como
leves, en relación con el incumplimiento de los deberes de los estudiantes
2. Reflexión en segunda instancia. Esta se cumple en la Coordinación con la presencia del
director de grupo y ocurre cuando el estudiante persiste en el incumplimiento de sus
deberes o por incurrir en las prohibiciones indicadas en este manual; esta reflexión se
convierte en una segunda amonestación verbal.
3. Amonestación escrita ante el padre de familia en la Coordinación: Esta se cumple
cuando el estudiante ha recibido una amonestación verbal ante el director de grupo y es
reincidente en el incumplimiento de sus deberes y de las prohibiciones. Si se considera
pertinente, podrá ser suspendido hasta por dos (2) días en la asistencia a clases por el
Coordinador.
Parágrafo 1: El coordinador podrá designarle al alumno comprometido en el caso anterior
tareas o trabajos que tengan por objeto la reposición de la falta cometida y que
contribuyan a la formación disciplinaria y valorativa.
4. Reflexión en tercera instancia. Ante el comité disciplinario de la jornada: Esta se aplica
cuando el estudiante ha cumplido los tres procesos anteriores y reincide nuevamente en
el incumplimiento de sus deberes y prohibiciones o incurre por primera vez en una falta
grave. Este llamado implicará matricula condicional o suspensión temporal de clases y del
plantel por un lapso que puede oscilar hasta 10 días hábiles
Parágrafo 2. El comité disciplinario de la jomada estará conformado por los
Coordinadores, el director de grupo implicado y el personero de los estudiantes.
Parágrafo 3. El comité disciplinario de la jornada puede adoptar por algunas de las
siguientes alternativas formativas y disciplinarias:
Cancelación Temporal del derecho al uso de las Salas de Computo si se incurrió en
la infracción de una de las prohibiciones del reglamento respectivo.
Remisión a profesionales especialistas relacionados con su caso.
Retiro temporal de clases o del colegio
Matricula condicional y retiro temporal del colegio
Acción sancionatoria por parte del Consejo Directivo de la Institución cuando el
estudiante incurre en faltas graves causales de mala conducta: lo que podría implicar la
negación de matrícula para el año siguiente o cancelación de la misma o expulsión de la
Institución Educativa.
ARTICULO 15. OBSERVACIONES GENERALES
ENTRADA A PRIMERA HORA DE CLASES
Al Iniciar la primera hora de clases en cada jornada, se dará un compás de espera de
quince (15) minutos, tiempo en el cual se permitirá el ingreso de los estudiantes que
lleguen retrasados. Cumplido este tiempo se cierra la puerta y los estudiantes que queden
por fuera ingresarán a segunda hora previo registro de tal hecho por parte del
coordinador para aplicación del procedimiento disciplinario respectivo.
CONTROL DE LLEGADAS TARDE
Las llegadas tarde de los estudiantes se controlarán de la siguiente manera:
1. Registro diario de retardos por el profesor correspondiente en el salón de clases quien
informará al coordinador quien también hará un listado en la puerta de entrada de los
alumnos retardados.
2. Con tres retardos consecutivos o cinco no consecutivos, se le hará anotación respectiva
en el observador del alumno y se citará al acudiente para la amonestación
correspondiente por parte del coordinador y apertura del respectivo proceso disciplinario
INCUMPLIMIENTO DEL UNIFORME
Para los alumnos que incumplan el uso de los uniformes, se procederá de la siguiente
manera:
1 Amonestación verbal por parte del coordinador y compromiso estudiante de
enmienda de la falta, anotación por parte del coordinador
2. Si el alumno reincide por tres veces consecutivas o cinco veces no consecutivas y trata
de evadir el control, se le citará al acudiente para que este asuma el compromiso en el
cumplimiento del uniforme.
3. Cumplidos los anteriores pasos y si hay persistencia en esta falta, el estudiante será
retirado de las labores académicas y de la institución hasta que cumpla con este requisito
INASISTENCIAS A CLASE
Para justificar la inasistencia a clase del estudiante o a cualquier evento programado por la
institución, el padre de familia podrá hacerlo hasta (3) días hábiles posterior a la fecha en
referencia.
Parágrafo 1. Para los permisos de salida de los estudiantes de institución durante la
jornada de clases, el padre de familia solicitará el permiso personalmente o por escrito
anotando su número de documento de identidad ante la coordinación respectiva.
Parágrafo 2 Para la salida de los estudiantes de la institución el portero exigirá a los
estudiantes el visto bueno por escrito del coordinador, sicología o trabajadora social de
acuerdo con la situación presentada por el estudiante.
GARANTÍA DEL DEBIDO PROCESO
El debido proceso se garantiza en cada una de las instancias descritas anteriormente bajo
la observancia de los siguientes criterios:
MANEJO DE LAS FALTAS LEVES:
Cuando un estudiante incurra en una situación Tipo I o falta leve, el docente que conozca
de la acción conjuntamente con el respectivo Director de Grupo, aplicarán
discrecionalmente, previo cumplimiento del debido proceso, una de las acciones
contempladas en las sanciones a tomar para situaciones tipo I
MANEJO DE LAS FALTAS GRAVES Y GRAVISIMAS:
Cuando un estudiante incurra en una falta grave o gravísima, el docente o persona que
conozca de la acción, procederá a informar por escrito a Rectoría o a la respectiva
Coordinación (de la básica primaria o disciplina en secundaria y media), instancia en la
cual se ordenará iniciar correspondiente acción disciplinaria siguiendo estrictamente el
debido proceso.
Parágrafo 1. Con excepción de las competencias del Director de Grupo razón al
cumplimiento de sus funciones, la primera instancia para calificar las faltas cometidas por
los alumnos será el Coordina respectivo, quien de acuerdo a las orientaciones del manual
de conviven estudiantil y lo señalado en el presente articulo establecerá el tipo de falta.
Parágrafo 2 Sin desconocimiento del parágrafo anterior en relación con la responsabilidad
del coordinador de la calificación de las faltas, las competencias para investigar y aplicar
las sanciones quedan así:
1. Por incumplimiento de los deberes en primera instancia: El director de grupo.
2. Por reiteración del incumplimiento de los deberes y prohibiciones: el coordinador
3. Por incurrir por primera vez en una falta considerada como grave o por reiteración en el
incumplimiento de sus deberes y prohibiciones: El comité de convivencia de la jornada.
4. Por causal de mala conducta: El consejo directivo.
SON CAUSALES DE MALA CONVIVENCIA
1. El incumplimiento permanente de los deberes.
2. La violación reiterada de las prohibiciones
3 Las prácticas homosexuales, la prostitución, las aberraciones sexuales y la toxicomanía
dentro de la institución o estando fuera de ella portando el uniforme de la institución
4. La malversación de fondos económicos confiados a su manejo.
5. El daño mal intencionado a los bienes y recursos del colegio.
6. La falsedad de documentos.
7. El hurto y la extorsión dentro de la institución
8. El porte, el consumo y distribución de sustancias alucinógenas y psicoactivas dentro la
institución o fuera de ella teniendo el uniforme del plantel
9. Atentar contra el buen nombre de cualquier miembro de la comunidad Educativa.
10. Proferir amenazas o utilizar términos irrespetuosos contra cualquier miembro de la
Comunidad Educativa
11. Maltratar, agredir de cualquier forma, humillar, discriminar o burlarse de cualquier
miembro de la comunidad educativa
12. Asociarse para llevar a cabo acciones en contra de la integridad física o moral de
cualquier ser humano.
ARTICULO 16.
LOS PROTOCOLOS DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR:
La Ruta de Atención Integral inicia con la identificación de situaciones que afectan la convivencia
por acoso o violencia escolar, los cuales tendrán que ser remitidos al Comité Escolar de
Convivencia, para su documentación, análisis y atención a partir de la aplicación del Pacto o Pacto
de Convivencia Escolar.
El componente de atención de la ruta será activado por el Comité Escolar de Convivencia, por la
puesta en conocimiento por parte de la víctima, estudiantes, docentes, directivos docentes,
padres de familia o acudientes, de oficio por el Comité Escolar de Convivencia o por cualquier
persona que conozca de situaciones que afecten la convivencia escolar.
Los protocolos y procedimientos de la ruta de atención integral deberán considerar como mínimo
los siguientes postulados:
1 La puesta en conocimiento de los hechos por parte de las directivas, docentes y estudiantes
involucrados.
2 El conocimiento de los hechos a los padres de familia o acudientes de las víctimas y de los
generadores de los hechos violentos
3 se buscarán las alternativas de solución frente a los hechos presentados procurando encontrar
espacios de conciliación, cuando proceda, garantizando el debido proceso, la promoción de las
relaciones participativas, incluyentes solidarias, de la corresponsabilidad y el respeto de los
derechos humanos.
4 se garantice la atención integral y el seguimiento pertinente para cada caso
RUTA DE ATENCION INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR
1.- IDENTIFICACION DE LA SITUACION DE ACOSO ESCOLAR Y/O PROBLEMAS DE
CONVIVENCIA
2.- INFORMAR DE LOS HECHOS A LOS DIRECTIVOS: DIRECTOR DE GRUPO, COORDINADOR
DE CONVIVENCIA, PSICOLOGA, RECTOR
2.1.- DAR CONOCIMIENTO AL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR
2.2.- DAR A CONOCER LOS HECHOS A LOS PADRES DE VICTIMAS E INFRACTORES
2.3.- BUSCAR ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN
2.4.- GARANTIZAR ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO DEL CASO
3.- SINO PUEDE SER SOLUCIONADO POR EL COMITÉ DE CONVIVENCIA SE TRASLADARÁ A
LAS SIGUIENTES ENTIDADES:
A. BIENESTAR FAMILIAR
B. COMISARIA DE FAMILIA
C. PERSONERÍA
D. POLICIA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA
En cuanto es conocido el caso de un menor en riesgo o situación irregular, se realiza la
valoración, se remite a la institución pertinente para apoyar, acompañar e identificar los
responsables y hacer seguimiento al proceso.
RUTA DE ATENCIÓN EN SITUACIONES ESPECIALES
1. RUTA DE ATENCIÓN EN CASO DE ACCIDENTE ESCOLAR
Una vez que un docente detecte que un estudiante ha sufrido un accidente (hecho
violento, visible, externo, imprevisto, repentino e independiente de la voluntad del
estudiante), informa a Bienestar Institucional y/o coordinación, en caso de emergencia se
lleva al centro de salud y si es necesario llamar al 123 de la policía para pedir una
ambulancia. La coordinación de Bienestar Institucional y/o coordinador avisa al padre de
familia, diligencia en formatos físicos el reporte del accidente escolar para el rector como
presidente del comité escolar de convivencia escolar.
2. RUTA DE ATENCIÓN EN CASO DE ACOSO ESCOLAR O BULLYING, CIBERBULLYNG O
CIBERACOSO
1. El docente o quien conozca la situación o a quien el estudiante se dirige, informa a la
coordinación de acuerdo con la sección correspondiente.
2. Se cita y se escucha al estudiante afectado, dejando evidencia por escrito de lo
sucedido.
3. Se cita y se escucha al agresor, dejando evidencia por escrito de lo sucedido.
4. Citación a los padres de familias o acudientes para informarles sobre el debido proceso
situación tipo III.
5. Remisión al servicio de psicología o trabajo social, según el caso.
6. Citación a padres de familia o acudiente para socializar las estrategias preventivas y
correctivas
7. Si existen resultados positivos se realiza seguimiento a la segunda y cuarta semana.
8. Si persiste el inconveniente se remite al rector como presidente del comité escolar de
convivencia para continuar con el debido proceso.
9 Reportar el caso al comité municipal como instancia superior
3.
RUTA DE ATENCIÓN EN CASO DE ABUSO SEXUAL
1. Recepción de la situación por parte de La persona que identifique situación o a quien el
estudiante se dirige.
2 Remisión a orientación, trabajo social y/o sicología.
3 Reportar al comité escolar de convivencia de la institución, y éste si amerita reportará a
la policía de infancia y adolescencia, comisarla familia, bienestar familiar y citar a los
padres o acudientes
4. Si la situación de abuso se confirma se realiza seguimiento a la primera y tercera
semana de ocurrida la situación, si persiste la situación se hace seguimiento con nueva
citación a padres o acudientes, si mejora la situación se realiza seguimiento a los dos y tres
meses.
5 Si la situación de abuso se descarta se cierra el caso
4.
RUTA DE ATENCIÓN EN CASO DE CONDUCTAS DE INTENTO SUICIDA
1. La persona que identifique la situación o a quien se dirige (el) o la estudiante informa a
orientación o a coordinación y éste en su defecto al comité escolar de convivencia
2. Elaboración de acta de notificación en orientación o en coordinación.
3. Entrevista y atención inmediata al estudiante en sicología, citación a padres de familias
o acudientes.
4 Aplicación y/o desarrollo de medidas preventivas.
5. Si hay resultados positivos se realiza seguimiento entre Las 2ª y 4ª semana y ante
resultados negativos remisión del caso s bienestar familiar.
5. RUTA DE ATENCIÓN EN CASO DE MALTRATO INFANTIL
1. La persona que identifica la situación o a quien se dirige (el)la estudiante informa a
orientación o coordinación y éste en su defecto al comité escolar de convivencia.
2. La orientadora verifica la situación, cita a los padres o acudientes y reporta el caso a la
comisaria de familia, bienestar familiar.
3. Si la situación de maltrato infantil se descarta se cierra el caso
4. Si la situación de maltrato se confirma se realiza seguimiento a la primera y tercera
semana de ocurrida la situación, si persiste la situación se hace seguimiento con nueva
citación a padres o acudientes, si mejora la situación se realiza seguimiento a los dos y tres
meses.
6.
RUTA DE ATENCIÓN EN CASO DE PORTE Y/O DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIA
PSICOACTIVAS
1 El docente o quien conozca la situación informa a coordinación y al comité escolar de
convivencia.
2 Entrevista con el estudiante.
3. Citación e informe s los padres de familias o acudientes y elaboración del acta
respectiva en el formato para estos casos.
4. Remisión a la policía de infancia y adolescencia y al instituto de bienestar familiar.
7. RUTA DE ATENCIÓN EN CASO AL CONSUMO DE SUSTANCIA PSICOACTTVAS (SPA)
1. La persona que identifica la situación o quien de a conocer el caso, informa a la
coordinación y al comité escolar de convivencia.
2 Se cita y se escucha al estudiante.
3 Citación a Los padres de familias o acudientes para informales sobre el debido proceso,
situación tipo III.
4 Acta y compromiso de padres y estudiantes
5 Remisión a servicio de orientación, trabajo social y/o psicología, según el caso.
6 Entrevista con el estudiante y citación a padres de familias o acudientes
7 Remisión para valoración y diagnóstico.
8 Aplicación y/o desarrollo de medidas preventivas.
9. Si el consumo es descartado se continúa con el servicio de orientación y seguimiento
hasta le segunda y tercera semana.
10. Si el consumo es confirmado se continúa con el seguimiento por parte de orientación,
trabajo social y/o psicología, según el caso.
11. Se informa por escrito a la policía de infancia y adolescencia y bienestar familiar.
12. Solicitud de la inscripción del estudiante en un programa de rehabilitación de acuerdo
con la seguridad social que tenga el estudiante.
8.
RUTA DE ATENCIÓN EN CASO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
1 Recepción del caso por parte de la persona que identifica la situación o a quien el
estudiante se dirige y se pasa al comité escolar de convivencia.
2 Remisión a servicio de orientación, trabajo social y/o sicología, según el caso.
3 Citar a los padres y reportar el caso a comisaria de familia, bienestar familiar.
4 Si la situación de violencia se descarta se cierra el caso.
5 Si la situación de violencia intrafamiliar se confirma se realiza seguimiento a la primera y
tercera semana de ocurrida la situación, si persiste la situación se hace seguimiento con
nueva citación a padres o acudientes, si mejora la situación se realiza seguimiento a los
dos y tres meses.
9. RUTA DE ATENCIÓN EN CASO DE ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD
1. Detección por parte del docente del estudiante con discapacidad
2. Remisión por escrito al comité escolar de convivencia, bienestar, orientación, trabajo
social y psicología de acuerdo al formato.
3 Entrevista con el (la) estudiante para realizar valoración psicopedagógica y anamnesis y
se abre carpeta correspondiente, y reportar al SIMAT
4 Citación al acudiente para dialogar acerca de la situación y participación en el manejo
del caso
5 Remisión del caso a la entidad de salud para el respectivo diagnóstico y tratamiento
requerido.
6. Los resultados y recomendaciones serán socializadas con el director de grupo y
docentes para un adecuado manejo del caso
7. Adaptaciones curriculares por parte de los docentes de las áreas
10. RUTA DE ATENCIÓN EN CASO DE ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD TRANSITORIA
1 Remisión por parte de la persona que identifica la situación o a quien el estudiante se
dirige.
2 Remisión al comité Escolar de convivencia, docentes y director de grupo
3 Entrevista con el estudiante y sus acudientes donde participa la sicóloga, trabajadora
social y orientación escolar, según el caso
4 Currículo flexible por parte de los docentes de las diferentes áreas.
5 Estudiantes y padres reciben orientación y apoyo pedagógico.
6 Si la situación mejora se continúa con el seguimiento por parte del director de grupo,
docentes y bienestar.
7. Si la situación no mejora se realiza remisión a EPS para valoración por especialista, se
continua con valoración y apoyo sicológico y trabajo con padres.
11.
RUTA DE ATENCIÓN EN CASO DE ESTUDIANTES CON BAJO RENDIMIENTO
ACADÉMICO.
1 Remisión por parte del director de grupo a la coordinación académica.
2 Entrevista con el estudiante y sus acudientes.
3 Remisión a los docentes de las diferentes áreas donde presenta dificultad para realizar
plan de mejoramiento personal y firmar un acta de compromiso.
4. Si la situación de rendimiento académico no mejora, se realiza remisión a orientación
escolar y EPS para valoración de especialistas y se continúa con apoyo psicopedagogico y
trabajo con los padres.
CAPÍTULO IV
ARTÍCULO 17. DERECHOS DEL DOCENTE Son derechos del docente de la Institución
Educativa Los Palmitos los siguientes:
1. Recibir un trato respetuoso, amable y cortés de parte de los estudiantes y toda la
comunidad educativa.
2. Ser escuchado por su inmediato superior en sus justificaciones cuando requiera
ausentarse de sus labores académicas por causas de fuerza mayor.
3. Recibir una evaluación justa por parte de la comunidad educativa en su
comportamiento profesional, de acuerdo a las normas establecidas por la institución y el
Ministerio de Educación Nacional.
4. Ser respetado en su vida privada, siempre que su comportamiento no afecte el nombre
y el honor de la Institución.
5. Ser tenido en cuenta para recibir capacitaciones en busca de mejorar la calidad y la
eficacia de su trabajo.
6. Expresar su opinión en forma critica y constructiva en el momento y lugar oportuno.
7. Formular su reclamo o inconformidad en forma cortés y respetuosa.
8. Participar en los programas de capacitación y bienestar social y gozar de los estímulos
de carácter profesional a que tenga méritos según lo establecido por la institución.
9. Participar en los actos de comunidad realizados por la institución.
10.
Hacer parte de los Consejos: Directivo, académico y demás comisiones establecidas
por la ley, para la administración de la institución, previa elección realizada por los
profesores.
11.
Utilizar adecuada y responsablemente los espacios y recursos que ofrece la
institución, para el uso personal y el mejoramiento de la calidad de su trabajo.
12.
Solicitar permiso de manera responsable cuando las circunstancias no permitan
otra opción que apartarse de sus labores, utilizando el formato de permisos emitido por la
Secretaría de Educación Departamental.
13.
Renunciar al cargo para el que haya sido elegido siempre y cuando y presente
causas justas para ello
ARTÍCULO 18. COMPROMISOS DEL DOCENTE. Además de lo establecido en el Artículo 44
del Decreto 2277 del 79, el Decreto 1278/2000, ley 734 sobre el Código Único
Disciplinario, los docentes de esta institución deberán asumir los siguientes compromisos:
1. Ser ejemplo para la comunidad educativa.
2. Cumplir estrictamente la jornada laboral
3. Orientar todos los procesos pedagógicos da acuerdo a los lineamientos establecidos en
el PEI.
4. Diligenciar todos los formatos exigidos por la Secretaria de Educación Departamental.
5. Manifestar un alto sentido de pertenencia con la Institución.
6. Actualizar su quehacer pedagógico de acuerdo con las nuevas tendencias educativas y
tecnológicas.
7. Ser fiel a las políticas de la Institución y preservar su buen nombre y prestigio en la
comunidad.
8. Participar activamente en la designación y aceptación de cargos representativos del
gobierno escolar y del comité de convivencia.
9. Mantener excelentes relaciones interpersonales con toda la comunidad educativa.
10.
Propiciar una comunicación franca y directa entre todos los miembros de la
comunidad educativa.
11.
Ser parte activa del proceso de construcción del PEI.
12.
Ser un líder comprometido con la orientación de los estudiantes, comprender su
realidad y dinamizar el proceso de formación en un ambiente democrático.
13.
Conformar equipos de trabajo con sus compañeros, en aras de mejorar todo el
proceso pedagógico.
14.
Presentar al inicio del año escolar y en forma periódica tanto a estudiantes, como a
padres de familia los desempeños y proyectos de áreas en las diferentes competencias a
desarrollar y alcanzar durante el año escolar
15.
Ser un verdadero mediador en el proceso de concertación, frente a los conflictos
que se presenten al interior de la institución.
16.
Desarrollar y evaluar los proyectos transversales exigidos por el MEN (Ambiental,
Educación para la Sexualidad y Construcción de Ciudadanía. Aprovechamiento del tiempo
libre y al plan lector).
17.
PERFIL DEL DIRECTIVO DOCENTE Y DOCENTE: El Docente de la Institución Educativa
Los Palmitos, se caracteriza por su ética laboral, integridad, laboriosidad, honestidad,
responsabilidad, liderazgo, lealtad. idoneidad, vocación pedagógica, respeto profundo por
el otro, sentido de pertenencia, respeto por las diferencias, capaz de enseñar desde la
pedagogía del estímulo, y proporcionar estrategias o herramientas pedagógicas que
permitan disminuir la diferencia de los estilos de aprendizaje, incursionar en las nuevas
tendencias pedagógicas y tecnológicas.
18.
Ser evaluado por el discente semestralmente pan corregir los errores y crecer
profesionalmente.
19.
Registrar la firma a la entrada y salida de la Institución.
20.
No utilizar el celular en horas de clases, salvo por emergencia familiar.
21.
Asistir a la ceremonia de graduación.
22.
Buena presentación personal que induzca a la formación del estudiante y al
cumplimiento del PACTO DE CONVIVENCIA.
ARTICULO 19. PROHIBICIONES DE LOS DOCENTES.
A los docentes les está prohibido:
1. Abandonar y suspender sus labores injustificadamente o sin autorización previa.
2. Aplicar sanciones colectivas de tipo académico, disciplinario o de conducta a los
estudiantes.
3. Incurrir en causales de mala conducta, contempladas en el Artículo 46 del Estatuto
Docente.
4. La asistencia habitual al sitio de trabajo en estado de embriaguez o toxicomanía.
5. La práctica de aberraciones sexuales.
6. La malversación de fondos o bienes escolares.
7. El tráfico de calificaciones, certificados de estudio, de trabajos, documentos públicos.
8. La aplicación de castigos denigrantes o físicos a los educandos.
9. El incumplimiento sistemático de los deberes y violaciones reiteradas de Las
prohibiciones.
10. El ser condenado por delito o delitos dolosos.
11. El uso de documentos o informaciones falsas para inscripción o ascenso en el
escalafón o para obtener nombramientos, traslados, licencias o comisiones, y el abandono
del cargo.
12. Mantener relaciones amorosas con las alumnas o alumnos de la institución
13. Portar armas de cualquier tipo en el interior de la institución, salvo por autorización
legal a un docente que se encuentre en condiciones de amenazado.
14.
Incitar a sus compañeros al chisme y/o comentarios tendenciosos que conduzcan a
crear confusiones y malos entendidos en la comunidad educativa.
15.
Incitar a los estudiantes a la rebelión.
16.
Acosar sexualmente a los(as) estudiantes y amenazarla con los resultados de las
evaluaciones o disciplinariamente.
17.
Fumar en el interior da las aulas de clases, oficinas o predios de la institución.
18.
Atentar contra la integridad física, psicológica y moral de los estudiantes de la
institución
19.
Propiciar discusiones violentas o peleas con sus compañeros al interior de la
institución,
20.
Vender mercancías dentro de la institución.
21.
Imponer a los alumnos sanciones incompatibles al campo en que se cometan las
faltas. Es decir, no sancionar académicamente una falta de disciplina y viceversa.
ARTÍCULO 20. ESTÍMULOS PARA EL DOCENTE Para motivar el esfuerzo, la dedicación, el
compromiso y el amor por el trabajo del docente, se propone los siguientes estímulos:
1.
Los docentes que se encuentren en programas de especialización profesional,
deberán gozar de horarios especiales fijados por el Consejo Directivo de la Institución,
quien determinará los criterios para su aprobación.
2.
Los docentes que se destaquen en el desempeño de sus funciones, serán exaltados
por los estudiantes en las izadas de bandera, previa consulta realizada entre ellos, por el
grupo que organiza el acto.
3.
Los docentes que demuestren dedicación a la investigación, se le asignará un
espacio para el desarrollo de sus prácticas o actividades, según programación presentada
a la Coordinación.
4.
Los docentes que hayan realizado una labor pedagógica sobresaliente, de acuerdo
con la valoración que se establezca por parte de estudiantes, profesores y padres de
familia, serán tenidos en cuenta en la distribución de direcciones de grupo, horas extras y
participación en eventos extracurriculares.
5.
Los docentes que están recibiendo cursos de capacitación, talleres especiales,
otras actividades que redunden en beneficio del servicio educativo, se les reconocerá el
espacio necesario para la realización de este trabajo.
6 . Exaltación y reconocimiento en Ceremonia de Graduación a los docentes destacados
en el desarrollo de su labor y sentido de pertenencia.
CAPÍTULO V
ARTÍCULO 21. DERECHOS DE LOS PADRES O ACUDIENTES
1.
Recibir el Orientador Escolar en el momento de realizar la matrícula
2.
Pertenecer a la Asociación de Padres de familia
3.
Elegir y ser elegidos a los cargos representativos en la institución educativa;
comités, consejo directivo, junta directiva de la asociación de padres de familia y al
consejo de padres de familia.
4. Ser atendidos y escuchados tanto por los directivos, docentes, personal administrativo
o de servicios generales cuando necesiten información, al presentar sugerencias o
reclamos sobre sus hijos o acudidos.
5. Solicitar y recibir, cuando lo desee, explicaciones claras y precisas sobre el rendimiento
escolar y comportamiento de sus hijos.
6.
Recibir con suficiente antelación las citaciones, circulares y boletines en donde se
informen sobre los compromisos institucionales.
7.
Conocer oportunamente las investigaciones y sanciones que afecten a los
estudiantes.
8. Expresar sus opiniones libremente y contar con los espacios para ello.
9. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del proyecto educativo institucional,
de acuerdo con los mecanismos que para ello se estipule.
10.
Participar en todos los programas de formación de padres que brinde la
Institución, para cumplir adecuadamente la tarea que le corresponden.
11.
Promover Iniciativas y sugerencias que estén de acuerdo a las normas vigentes y
contribuyan al mejoramiento del plantel.
12.
Vigilar la educación de sus hijos.
13.
Ser convocados por los directores de grupo que programen actividades curriculares
y extracurriculares.
14.
Recibir periódicamente los informes académicos y disciplinarios de sus hijos.
ARTÍCULO 22. COMPROMISOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTE A los padres de
familia o acudientes como núcleo fundamental de la sociedad y primer responsable de la
educación de sus hijos hasta la mayoría de edad o hasta cuando ocurra cualquier otra
clase o forma de emancipación les corresponde los siguientes compromisos:
1.
Diligenciar personalmente la matrícula en las fechas fijadas por la institución
2.
Proveer a sus hijos de los elementos necesarios para el desarrollo de las
actividades escolares y propiciar en casa un sano ambiente de estudio
Parágrafo: Si el padre de familia no provee a sus hijos de los elementos necesarios, la
institución amparada en los derechos concebidos en el PACTO DE CONVIVENCIA de la
institución, se reserva el derecho de reportarlo nuevamente a su casa, salvo casos
excepcionales.
3.
Participar activamente en la elaboración, ejecución del PEI y actuar
coherentemente con éste al interior del hogar
4. Participar activamente en la asociación de padres de familia de la institución
5. Cumplir puntualmente a todas las convocatorias realizadas por la Institución educativa.
La citación al padre de familia o acudiente deba hacerse por escrito y con 24 horas de
antelación, con copia que firmada por éste, repose en los archivos del funcionario citante.
6. Informar personal y oportunamente a la Institución de las causas que obligan la
inasistencia de sus hijos o acudidos.
7.
Solicitar y recibir información sobre el funcionamiento interno de la institución.
8. Mantenerse en contacto con la institución para hacer el seguimiento al desarrollo del
PEI.
9. Dar apoyo a los hijos en todo momento.
10. Orientar y supervisar la realización de las obligaciones escolares de los hijos, posterior
al horario de clases.
11. Dialogar frecuentemente con los hijos para reforzar la labor de la institución en
formación y fortalecimiento del desarrollo afectivo.
12. Proporcionar al alumno un ambiente de comprensión y respeto dentro del hogar, ante
aquellas dificultades propias a la edad, y no recargarle de trabajo que le impida el
cumplimiento de sus labores escolares.
13. Ejercitar o desarrollar al interior de la familia los valores éticos y morales para al
desarrollo integral de los hijos o acudidos.
14. Presentarse a la Institución con un vestuario decoroso.
CAPÍTULO VI
ARTÍCULO 23. DEBERES Y DERECHOS DE LOS ADMINISTRATIVOS.
La Institución cuenta con 9 administrativos clasificados así:
1. Dos secretarias
2. Tres auxiliares administrativos
3- Dos celadores
4. Una aseadora
5. Un operador de sistemas.
Son deberes de loa administrativos:
1.
Cumplir estrictamente el horario establecido para su Cargo (8 horas diarias).
2.
Cumplir con eficacia y eficiencia las funciones asignadas a su carga
3.
Establecer compromisos laborales para el cumplimiento de sus metas en acuerdo
con el señor rector
4.
Ser fiel a las políticas de la Institución en aras de preservar su buen nombre y
prestigio.
5.
Seguir los conductos regulares establecidos por ley para hacer requerimientos y/o
elevar quejas
6.
Respetar a todos los miembros de la comunidad educativa.
Son derechos de los administrativos:
1.
Ser respetados por todos los miembros de la comunidad educativa.
2.
Ser evaluados anualmente con base a los compromisos laborales preestablecidos.
3.
Disponer de un espacio físico óptimo y de todos los útiles necesarios para cumplir a
cabalidad sus funciones.
4.
Capacitación y actualización que permita un mejor desempeño laboral y personal.
5. Recibir estímulos por parte de la Institución.
CAPÍTULO VII
GOBIERNO ESCOLAR, ÓRGANOS, FUNCIONES Y FORMAS DE INTEGRACIÓN.
ARTÍCULO 24. EL GOBIERNO ESCOLAR
El Gobierno Escolar según el artículo 142 de la ley 115/94, está conformado por el rector,
el consejo directivo, el consejo académico, el comité estudiantil y el personero.
En el gobierno escolar serán consideradas las iniciativas de los estudiantes, de los
educadores, de los administrativos y de los padres de familia en aspectos tales como: la
adopción y verificación del reglamento escolar, la organización de las actividades sociales,
deportivas, culturales, artísticas y comunitarias, la conformación de organizaciones
juveniles y demás acciones que redunden en la práctica de la participación democrática en
la vida escolar.
ARTÍCULO 25°. EL RECTOR
Representante legal del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las
decisiones del gobierno escolar.
ARTÍCULO 26°. FUNCIONES
Son funciones del rector como representante legal de la institución.
1. Orientar la ejecución del proyecto educativo institucional y aplicar las decisiones del
gobierno escolar.
2. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovechamiento
de los recursos necesarios para el efecto.
3. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de educación en la
institución
4. Mantener activa las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o
auspiciadores de la institución y con la comunidad local, para el continuo progreso
académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.
5. Orientar el proceso educativo con la asistencia del consejo académico.
6. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuya la ley, los reglamentos y el Pacto de
Convivencia .
7. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la
comunidad local.
8. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del estado, atinentes a la prestación
del servicio público educativo.
9. Establecer los criterios para dirigir y planear las actividades de motivación, formación y
académicas de la institución de acuerdo a las normas vigentes, las innovaciones
pedagógicas y las necesidades sociales.
10 Establecer canales y mecanismos de comunicación para permitir la participación de
todos los estamentos en las actividades formativas y académicas de la vida escolar, en la
administración y en los cambios de didácticas que sean necesarias.
11. Hacer un balance de las necesidades para gestionar la solución de éstos.
12. Presidir las reuniones de los consejos académicos, directivos y asambleas e informar a
la autoridad competente los logros, dificultades y situaciones especiales para buscarle
solución.
ARTÍCULO 27. CONSEJO DIRECTIVO
Es la instancia superior administrativa y académica en la institución educativa. Este
consejo es presidido y convocado por el rector o el director en cada institución educativa y
está integrado por:
1. El rector de la institución educativa quien lo convocará y presidirá
2. Dos representantes de los docentes de la institución, elegidos por éstos en una
asamblea por mayoría de votos.
3. Dos representantes de padres de familia, elegidos por el consejo de padres
4. Un representante de los estudiantes, que debe estar cursando el último grado de
educación que ofrezca la institución (elegido por el consejo de alumnos entre los
aspirantes que se hayan inscrito, con el lleno de los requisitos en el parágrafo de este
artículo). El voto será secreto
5. Un representante de los exalumnos de la institución (si éstos estuvieran organizados en
asociación)
6. Un representante de los sectores productivos de la localidad.
Parágrafo: para aspirar a ser representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo,
personero o representante del salón ante el Consejo estudiantil, el estudiante debe reunir
las siguientes características:
-
Presentar excelente disciplina y conducta
Tener buen rendimiento académico
Ser ejemplo de vida
Poseer capacidad de liderazgo
Poseer adecuada expresión oral
Tener un plan de trabajo
ARTÍCULO 28° FUNCIONES
Son funciones del Consejo Directivo:
1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución y que no sean
competencia de otra autoridad.
2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y
administrativos con los alumnos de la institución educativa.
3. Adoptar el reglamento de la institución, de conformidad con las normas vigentes
4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles.
5. Asumir la defensa de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de
sus miembros se sienta lesionado.
6. Aprobar el plan anual de actualización del personal de la institución, presentado por el
rector.
7. Participar en la planeación y evaluación del PEI, del currículum y del plan de estudio y
someterlo a consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que
haga sus veces para que se verifique el cumplimiento de los requisitos.
8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.
9. Participar en la evaluación anual de los docentes, directivos docentes y personal
administrativo de la institución.
10. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias,
culturales, deportivas y recreativas.
11. Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades educativas,
culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa.
12. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras
instituciones educativas.
13. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y la forma de
recolectarlos
14. Darse su propio reglamento.
ARTÍCULO 29°. CONSEJO ACADÉMICO
El Consejo Académico está integrado por el rector, quien lo preside, los directivos
docentes y un docente por cada área contenida en el plan de estudio.
El rector puede delegar su responsabilidad al Coordinador de la Institución para que
presida el Consejo académico.
ARTÍCULO 30° FUNCIONES
1. Servir de órgano consultor del consejo Directivo en la revisión de la propuesta del
proyecto educativo institucional.
2. Estudiar el currículum y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las
modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el decreto.
3. Organizar el plan de estudio y orientar su ejecución
4. Realizar la evaluación institucional anual.
CAPÍTULO VIII
ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN Y SUS FUNCIONES
ARTÍCULO 31°. ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN
Los organismos de participación son las instancias representativas de estudiantes y padres
de familia, como soportes a la acción administrativa, tanto en el campo técnico como en el
campo académico. Entre estos organismos tenemos el personero, el consejo de los
estudiantes, la asociación de padres de familia, el consejo de padres de familia, la
comisión de evaluación y de promoción.
ARTÍCULO 32°. EL PERSONERO
(Artículo 28 del decreto 1860 de agosto 3 de 1994)
El personero de los estudiantes será un alumno que curse el último grado que ofrezca la
institución, encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los
estudiantes, consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el
orientador escolar.
ARTÍCULO 33°. FUNCIONES DEL PERSONERO
1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual
podrá utilizar los medios de comunicación internos de la institución.
2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los alumnos sobre lesiones a sus
derechos y a los que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento
de las obligaciones de los alumnos.
3. Presentar ante el rector, según sus competencias, las solicitudes de oficio o petición que
considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el
cumplimiento de sus deberes.
4. Apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del
rector, cuando lo considere necesario, respecto a las iniciativas presentadas por su
intermedio.
NOTA: El personero de los estudiantes será elegido dentro de los (30) días calendario
siguientes al de la iniciación de clases de un periodo lectivo anual. Para tal efecto se
convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de
mayoría mediante voto secreto.
El ejercicio del cargo del personero de los estudiantes, es incompatible con el del
representante de los estudiantes ante el consejo directivo.
ARTÍCULO 34° CONSEJO DE LOS ESTUDIANTES
(Artículo 29, decreto 1860 /94)
El consejo de estudiantes estará integrado por un vocero de cada uno de los grados
ofrecidos por la institución.
El consejo directivo deberá convocar una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del
calendario académico, sendas asambleas integradas por los alumnos que cursen cada
grado, con el fin de que elijan mediante votación secreta un vocero estudiantil para el año
lectivo en curso.
ARTÍCULO 35°. FUNCIONES
Son funciones del consejo de estudiantes:
1. Darse su propia organización interna.
2. Elegir al representante de los estudiantes ante el consejo directivo de la institución y
asesorarlo en el cumplimiento de su representación.
3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el
desarrollo de la vida institucional.
ARTÍCULO 36°. ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA
La asociación de padres de familia estará conformada por los padres de familia y/o
acudientes de los alumnos matriculados en la institución.
La asociación de padres de familia estará representada por una junta directiva elegida en
forma democrática en asambleas delegatorias.
ARTÍCULO 37. FUNCIONES
Son funciones de la asociación de padres de familia: (Artículo 30 decreto 1860 / 94).
1. Velar por el cumplimiento del proyecto educativo institucional y su continua evaluación,
para lo cual podrá contar con asesorías especializadas:
2. Promover programas de formación de los padres para cumplir adecuadamente la tarea
educativa que les corresponde.
3. promover el proceso de constitución del concejo de padres de familia como apoyo a la
función pedagógica que les compete y este elegir sus dos representantes ante el consejo
directivo
4. Elaborar su propio reglamento.
ARTÍCULO 38. EL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA.
(Artículo 31, decreto 1860 /94).
El consejo de padres de familia, como órgano de la asociación de padres de familia, es un
medio para asegurar la continua participación de los padres o acudientes en el proceso
pedagógico de la institución.
Podrá estar integrado por los voceros de los padres de los alumnos que cursan cada uno
de los diferentes grados que ofrece la institución o por cualquier otro esquema definido
en el seno de la asociación.
El consejo de padres de familia convocará dentro del lapso de treinta (30) días calendario
siguientes al de la iniciación de clases del periodo lectivo anual, sendas asambleas de
padres de familia, de los alumnos de cada grado en los cuales se elegirá para el presente
año lectivo a los dos delegados. La elección se efectuará por mayoría de votos de los
miembros presentes, después de transcurrida la primera hora de iniciada la asamblea.
ARTICULO 39. LAS COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
El consejo académico conformará, para cada grado, una comisión de evaluación y
promoción integrada por un número de hasta tres docentes, un representante de los
padres de familia que no sea docente de la institución, la psicoorientadora, el coordinador
de cada jornada, quien la convocará y la presidirá, con el fin de definir la promoción de los
educandos y hacer recomendaciones de actividades de nivelación para estudiantes que
presenten nivel de desempeño bajo.
Estas actividades se realizarán simultáneamente con las actividades académicas en curso,
orientadas por el por el docente de cada área
Al finalizar cada período escolar se establecerá un acta de compromiso entre docente,
estudiante y acudiente para desarrollar un plan de actividades que le permita superar su
nivel de desempeño.
Durante el primer periodo del año escolar el consejo académico, previo consentimiento
de los padres de familia, recomendará ante el consejo directivo la promoción anticipada al
grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo
cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa.
La decisión será consignada en el acta del consejo directivo y, si es positiva en el registro
escolar. (Art. 7° Decreto 1290)
CAPITULO IX
PROCESO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
ARTÍCULO 40. SISTEMA DE EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE
El sistema de avaluación del aprendizaje es una organización y articulación relativamente
compleja, orientada a evaluar los aprendizajes y/o los desempeños de los estudiantes.
Ademas es un proceso amplio, de mucha responsabilidad y relevancia en la institución.
Por lo cual, este debe ser:
1. Completo, que en él se encuentren todos los elementos del sistema.
2. Coherente, debe haber una articulación entre el horizonte institucional, el modelo
pedagógico, la propuesta pedagógica y el enfoque con el que se aborden los procesos de
enseñanza aprendizaje y la evaluación de los aprendizajes.
3. Incluyente, la evaluación debe posibilitar que los aprendizajes de los estudiantes sean
valorados y que estos tengan la oportunidad de obtener información que les permita el
desarrollo de sus competencias. Es decir, la evaluación nunca debe ser utilizada como
mecanismo de exclusión social
4. Válido, es decir que valore lo que se debe valorar y de la manera adecuada para
alcanzar el desarrollo de competencias.
5. Legítimo, acorde con la norma que rige el proceso y proveniente de discusiones y
aprobación con la participación de la comunidad educativa.
ARTÍCULO 42. ÁMBITOS DE LA EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE
La evaluación de los aprendizajes de los estudiantes se realzará atendiendo los modelos
de evaluación internacional, nacional e institucional. En el ámbito nacional el MEN y el
ICFES realizarán pruebas para monitorear la calidad de la educación que ofrece la
Institución con fundamento en los estándares básicos. Estas pruebas permitirán a los
estudiantes del grado undécimo, acceder a la educación superior.
En el ámbito institucional se avaluará permanentemente el proceso de aprendizaje
aplicando pruebas tipo ICFES para valorar el nivel de desempeño de los estudiantes.
ARTICULO 43. PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN A NIVEL INSTITUCIONAL
1.
Identificar las características personales, Intereses, ritmos de desarrollo y estilos de
aprendizajes del estudiante para valorar los avances.
2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos
relacionados con el desarrollo integral del estudiante.
3.
Suministrar Información que permita implementar estrategias pedagógicas para
apoyar los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso
formativo
4. Determinar la promoción de estudiante
5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.
ARTÍCULO 44°. CRITERIOS DE EVALUACIÓN INSTITUCIONAL
1. Transparencia, el proceso de evaluación debe estar ajeno a todo tipo contaminación y
subjetividad por parte del docente y del estudiante (debe ser claro, objetivo, sin ambigüedades).
2. Integralidad, la evaluación debe contemplar además del desarrollo de Ias competencias, la
adquisición y producción de saberes y el desarrollo de las diferentes dimensiones del ser humano
3. Coherencia, los procesos de evaluación en su contenido y procedimiento, deben guardar
correspondencias con los estándares, las competencias del grado o conjunto de grados y los
criterios de desempeño establecidos para cada uno de ellos.
4. Oportunidad, se debe brindara los estudiantes la oportunidad de participar en los diferentes
tipos de evaluación, de tal manera que se contemple la coevaluación, la autoevaluación y la
heteroevaluación en los distintos momentos del mismo proceso.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN A ESTUDIANTES CON BARRERAS
Teniendo en cuenta el Decreto 2082 de 1996, la evaluación del aprendizaje de los estudiantes con
barrera para el aprendizaje y la participación o necesidades educativas especiales (N.E.E.) se
realizará en función de los desempeños previstos para ellos en las distintas áreas o asignaturas a
fin de garantizar su participación, inclusión, evaluación y promoción.
A continuación se determinan toe siguientes criterios:
- Evolución de estudiantes con respecto a sí mismo, respecto a su autonomía escolar.
- Nivel de aceptación del grupo, si le favorece el grupo de compañeros e integración social del
estudiante.
- Edad del estudiante, factor que se debe considerar ya que esto dificulta la adaptación del
estudiante al grupo. La diferencia de edad no debe ser superior a tres años.
- Criterios sobre repitencia. Un alumno con necesidad N.E.E. debe ser promocionado con su grupo.
En caso de que haya una decisión contraria, esta deberá sustentarse por escrito, expresando las
razones por las cuales debe repetir el curso y cuáles son las ventajas de esta decisión para el
estudiante
- Quien defina los criterios de promoción de un grado a otro será el docente del aula con
el docente de apoyo, donde analizarán el perfil del estudiante y su proyección, definiendo
desempeños básicos en las diferentes áreas para el próximo año. Esta decisión se le
comunica a la comisión de evaluación y promoción.
ARTICULO 45°. MANIFESTACIONES DE LOS SABERES EN EL PROCESO EVALUACIÓN
INSTITUCIONAL
Conforme al modelo pedagógico asumido por la institución (socio cognitivo) se deben
tener en cuenta las manifestaciones necesarias que indican el desarrollo de competencia
al momento de adelantar los procesos evaluativos acorde con los saberes deducidos de
cada estándar: SABER CONOCER, SABER HACER Y SABER SER.
SABER CONOCER Ejemplo: Formulación de preguntas y respuestas frente a situaciones
dadas.
SABER HACER: Solución de problemas.
SABER SER: Participación en debates, foros, videoforos, mesa redonda conversatorio,
panel, otros.
ARTÍCULO 46°. CRITERIOS DE PROMOCIÓN
Para efectos de la promoción, es necesario cumplir con los criterios que se establecen a
continuación:
Los docentes deben desarrollar los estándares y las competencias en cada período
correspondiente al área, asignatura y/o proyectos del respectivo grado con sus
indicadores de desempeño y criterios de evaluación.
Asistencia mínima del 50% de las actividades de formación academica.
Superación de una o dos áreas con desempeño bajo al finalizar el año lectivo, después de
realizadas sus actividades o estrategias complementarias de apoyo para la superación
Todo estudiante debe definir su situación académica al finalizar el año escolar
ARTICULO 47. REPROBACIÓN
El año escolar es reprobado por un estudiante cuando:
- Haya obtenido tres o más desempeños bajos en las áreas del conocimiento
- También un estudiante puede reprobar el grado al perder los desempeñas las áreas de
matemáticas y castellano por dos años consecutivos.
La institución les garantiza a los estudiantes que han reprobado el año escolar,
continuidad de sus estudios para que éste continúe su proceso de formación por otro año
lectivo.
ARTICULO 48 ESCALA DE VALORACIÓN
En atención a que la evaluación del aprendizaje posee las características por ser un
proceso progresivo, continuo, dinámico, sistematico, integral, flexible, participativo,
interpretativo, formativo, cualitativo y descriptivo, se asume entonces que la escala de
valoración que adopte la institución debe estar en correspondencia con la escala de
valoración nacional:
Desempeño
Desempeño Superior
Desempeño Alto
Desempeño Básico
Desempeño Bajo
Equivalencia
4.6 – 5
4.0 - 4.5
3.0 – 3.9
1.0 – 2.9
Nota: Los informes resultantes de la evaluación deben emitirse de forma cualitativa y
descriptiva, de tal manera que se evidencie el proceso adelantado, indicando fortalezas y
debilidades en su desarrollo.
ARTÍCULO 49. CRITERIOS PARA DETERMINAR IOS DESEMPEÑOS
Desempeño Superior
El estudiante obtiene desempeño superior cuando:
-. Demuestra desempeño sobresaliente, coherente con los niveles de competencia y los
criterios formulados, acordes con los estándares básicos para cada área y grado evaluado.
-. Desarrolla actividades curriculares que excedan las exigencias esperadas, participa de
manera positiva y productiva en las actividades curriculares, manteniendo óptimo
comportamiento y sentido de pertenencia.
-. Otros que defina la institución.
Desempeño Alto
El estudiante obtiene desempeño alto cuando:
-. Demuestra desempeño satisfactorio, coherente con los niveles de competencias y los
criterios formulados, acorde con los rendares básicos para cada área y grado evaluado.
-. Desarrolla actividades curriculares adecuadas a las exigencias esperadas, participa de
manera activa en las actividades curriculares, manteniendo buen comportamiento y
sentido de pertenencia.
Desempeño Básico
El estudiante obtiene desempeño básico cuando:
-. Demuestra desempeño mínimo, coherente con los niveles de competencias y los
criterios formulados, acordes con los estándares básicos.
-. Desarrolla actividades curriculares necesarias con referencia a las exigencias esperadas.
-. Requiere de apoyo para alcanzar sus metas
-. Supera las dificultades con actividades o estrategias de apoyo dentro del periodo
académico y manifiesta sentido de pertenencia por la institución.
-. Otros que defina la institución.
Desempeño Bajo
El estudiante muestra desempeño bajo cuando:
-. No supera los desempeños necesarios, en relación con las áreas obligatorias y
fundamentales, teniendo como referencia los niveles de competencias y los criterios
formulados, acorde con los estándares básicos, las orientaciones del MEN y lo establecido
en el PEI.
-. Demuestra poca apropiación del conocimiento y el compromiso con las actividades
curriculares, no responde a lo esperado.
PERFIL DEL ESTUDIANTE
1.
Ser libre, responsable y autónomo.
2.
Ser integralmente competente en la ciencia, la tecnología, la investigación y
ejercicio de la ciudadanía
3.
Vivenciar un compromiso solidario, personal y comunitario.
4.
Estar presto al cambio permanente en busca de una sociedad más justa y humana
5.
Ser respetuoso, honesto y responsable consigo mismo y con los demás.
6.
Ser capaz de solucionar los conflictos de la vida diaria de manera racional y
conciliada
CAPÍTULO X
NORMAS GENERALES
ARTICULO 50. LOS UNIFORMES
El uniforme está inscrito dentro de los símbolos mediante los cuales la institución puede
ser identificada. De ahí la importancia y la responsabilidad para quienes lo portan.
Con el uniforme se persigue entre otros los siguientes fines:
1.
Fomentar la responsabilidad y el orden.
2.
Evitar la discriminación socio-económica y el afán competitivo.
3. Permitir al estudiante que se sienta identificado con la institución
4. Educar en la sobriedad y la buena presentación.
5. Contribuir con la economía del hogar
ARTÍCULO 51. UNIFORME FEMENINO Y MASCULINO
El uniforme de las alumnas de esta institución está diseñado de La siguiente manera:
•
Falda de pliegues de color gris, con vivo rojo entre la faja y los pliegues, dos
botones rojos y cierre al lado, el largo de la falda llega hasta donde empieza la rodilla y
además debe usar una licra de color gris debajo de la falda. También usarán un suéter
blanco con cuello, con vivo rojo y gris en el Cuello y en las mangas. El escudo del colegio
bordado en la parte delantera superior izquierda, y va encajado a la falda.
•
Los jóvenes utilizan un pantalón clásico gris de la misma tela de la falda de las
niñas, con anchura de bota normal (no entubado) y una correa roya. El suéter es igual al
de las niñas, pero con manga de diseño masculino, un poco más larga que el de las niñas.
•
Los zapatos para ambos sexos son de cuero, color rojo quemado con cordones rojo
con blanco.
. Las medias son blancas, largas para las niñas y normales para los varones.
ARTICULO 52. UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA Los estudiantes portan un uniforme para
realizar la clase de educación física, recreación y deportes con las siguientes
especificaciones;
•
Una sudadera roja, con vivos blancos a los lados, un suéter blanco con el escudo
del colegio estampado al frente con vivos rojos alrededor del cuello y las mangas, zapatos
blancos deportivos con los cordones blancos y medias blancas
• Los estudiantes se les permiten traer una gorra de color blanco y roja para desarrollar la
clase de educación física.
Parágrafo 1. El cambio de uniforme se hará por consulta al Concejo de Padres de Familia
por parte de la dirección de la Institución y el respectivo aval del Consejo Directivo.
El uniforme de diario de la institución debe tener una duración mínima de cinco (5) años
para un posible cambio.
Parágrafo 2o. El uso de un uniforme distintivo de la promoción que cursa 11° grado, así
como la definición de vestido para graduación (uniforme de diario o vestido de gala),
queda a criterio y acuerdo de los padres de familia de los estudiantes con la Rectoría de la
institución.
El uniforme de promoción será igual para todos los grupos del grado undécimo,
acordándose con el director de grupo un día específico de la semana para portarlo
OBSERVACIONES: El uniforme debe estar siempre limpio, los zapatos bien lustrados, los
zapatos deportivos limpios.
El suéter del uniforme de diario debe estar siempre encajado.
En el descanso se realizan encuentros deportivos correspondientes a los juegos
intercursos.
CAPITULO XI
CONVIVENCIA CIUDADANA
ARTICULO 52. Conformación del Comité Escolar de Convivencia
El comité escolar de convivencia estará conformado por;
•
El Rector del establecimiento educativo, quien preside el comité
•
El personero estudiantil
•
El docente con función de orientación
•
El coordinador cuando exista este cargo
•
El presidente del consejo de padres de familia
•
El presidente del consejo de estudiantes
•
Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar
El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa
conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.
Funciones del Comité Escolar de Convivencia
Son funciones del comité:
1.
Identificar, documentar, analizar y resolver bs conflictos que se presenten entre
docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
2.
Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia,
la construcción de ciudadanía el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la
comunidad educativa.
3.
Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias,
programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en
la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.
4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que
afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la
comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar
perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará
acompañado por al padre, madre de familia, acudiente o un compañero del trabamiento
educativo.
5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo
29 de esta Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las
conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y
reproductivo, que no puedes ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido
en el Pacto de Convivencia , porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las
características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser
atendido por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y
de la Ruta.
6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la
convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos
7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Pacto de
Convivencia , y presentar Informes a la respectiva instancia que hace parte de la
estructura del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos
Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia
Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité
8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del
modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto
educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de
relacionarse en la construcción de la ciudadanía
Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a
sesiones, y demás aspectos procedimentales como aquellos Racionados con la elección y
permanencia en el comité del docente que lidera procesos o estrategias de convivencia
escolar.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Los Palmitos a los 06 días del mes de octubre de 2015