instructivo inscripción e inspección de semilleros para
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instructivo inscripción e inspección de semilleros para
INSTRUCTIVO INSCRIPCIÓN E INSPECCIÓN DE SEMILLEROS PARA CERTIFICACIÓN NACIONAL Temporada 2008/09 MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO DIVISIÓN SEMILLAS INSCRIPCIÓN E INSPECCIÓN DE SEMILLEROS PARA CERTIFICACIÓN NACIONAL Introducción El siguiente documento tiene como objetivo instruir a los productores de semilla certificada destinada para al mercado nacional, acerca de los requisitos establecidos por el SAG para acoger a tramitación las solicitudes de certificación y las condiciones que deben cumplirse a nivel de campo. 1. Marco Legal. • Ley de Semillas (D.L. 1764/77). • Reglamento General (D.S. 188/78). • Normas Generales y Específicas de Certificación (Resolución 6559/2006). • Normas Específicas de Certificación (Resolución 2091/94) y sus modificaciones posteriores: • Resolución Exenta Nº 3.881/97, modifica Normas Específicas de Certificación de Papa. • Resolución 2658/00, introduce modificaciones a los tamaños máximos de los lotes y muestra para análisis y a los porcentajes de germinación de forrajeras leguminosas. • Resolución 5353/04, modifica requisitos relativos plagas en cereales y establece nº mínimo de inspecciones para las líneas estériles de maíz y maravilla. • Resolución 7266/05, perfecciona requisitos normativos de crucíferas, sorgo y remolacha. • Resolución Exenta Nº 892/2002, modifica Normas Específicas de Certificación de Papa. • Resolución Exenta Nº 5386/2005, sustituye Norma Específicas de Certificación de Ajos. • Resolución Exenta Nº 1186/2005, modifica Norma Específica de Certificación de Cereales. 2. Requisitos Generales Los interesados en multiplicar semilla destinada al mercado nacional deben estar inscritos en el Registro de Productores de Semilla Certificada y la variedad a multiplicar debe figurar en el Registro de Variedades Aptas para Certificación. 2.1. Registro de Productores de Semilla Certificada Los productores que reúnan los requisitos deben solicitar su inscripción en el Registro de Productores de Semilla Certificada a través del respectivo formulario oficial, en la Dirección Regional del SAG correspondiente a la región en que el productor tenga su casa matriz. Está inscripción no tiene costo para el interesado. 2.2. Registro de Variedades Aptas para Certificación. De acuerdo con lo dispuesto en las Normas Generales de Certificación, sólo pueden certificarse variedades inscritas en este registro. Estas variedades deben satisfacer cinco condiciones básicas: ser distinta, uniforme, estable, poseer un buen valor agronómico comprobado en al menos una zona edafoclimática y además un buen valor tecnológico. Página 2 de 11 INSCRIPCIÓN E INSPECCIÓN DE SEMILLEROS PARA CERTIFICACIÓN NACIONAL El trámite de inscripción de una variedad se puede realizar en las oficinas regionales del SAG, dirigiendo la solicitud al Jefe de la División Semillas. Más información sobre los requisitos de inscripción se puede obtener en la página WEB del sag www.sag.cl 3. Programa de multiplicación. Los productores deberán informar, al Encargado Regional de Semillas de la región donde se ubica la casa matriz, la superficie de cereales que tienen proyectado certificar a nivel nacional durante la temporada vía correo electrónico o fax. Esta información debe ser enviada antes del 30 de octubre. Los datos requeridos son: superficie y número de semilleros por especie y región. En la eventualidad de que por alguna razón excepcional, la superficie informada inicialmente sufra una modificación de importancia, el productor deberá comunicarlo de inmediato al respectivo Encargado Regional de Semillas. Estos antecedentes son imprescindibles para que el Servicio pueda programar con la suficiente antelación las necesidades de recursos humanos y materiales que demanda la ejecución del proceso. 4. Solicitud de Certificación. A continuación se explican los principales requisitos y condiciones que deben reunir las solicitudes de certificación. La forma de ingresar las mismas al Sistema Computacional está explicada en el Manual e-Delfos de los Productores, documento que está disponible en la página Web del SAG. 4.1. Forma, lugar, plazo para la inscripción. El productor deberá presentar una solicitud en el formulario oficial (ANEXO 1), para cada variedad, categoría y predio. Para ello ingresará al programa “Registro de Solicitud de Certificación” del software ya mencionado la información de cada semillero. El software le asignará automáticamente un número de solicitud, pudiendo obtener una copia de la misma, mediante el reporte “Informe Solicitud de Certificación”. Las solicitudes quedarán inicialmente en estado “Digitado” la manera de llenar la solicitud se explica en el ANEXO 2. El productor deberá formalizar la presentación de las solicitudes digitadas en la Dirección Regional correspondiente a la ubicación del semillero o en la sede del Encargado Regional de Semillas, dentro del plazo establecido en cada Norma Específica. No obstante, la fecha límite de presentación para aquellos semilleros sembrados en diciembre, será el día 30 de dicho mes. La Solicitud de Certificación deberá ser presentada en original y dos copias debidamente firmadas, con su respectivo croquis de ubicación, junto con los comprobantes de pago. Una vez que el Encargado Regional de Semillas haya revisado la documentación presentada y estando la misma conforme, la solicitud se pasará al estado Vigente en el software. El Servicio, a su vez, devolverá las solicitudes rechazadas dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde la presentación de la referida documentación. En cualquier caso, de no formalizarse la solicitud dentro de los 60 días siguientes a su digitación, el sistema automáticamente dejara la misma en estado Eliminada. Página 3 de 11 INSCRIPCIÓN E INSPECCIÓN DE SEMILLEROS PARA CERTIFICACIÓN NACIONAL 4.2. Documentación a presentar. Junto con la Solicitud de Certificación se deberá entregar al menos una etiqueta de cada lote utilizado, con el fin de acreditar la identidad y origen de la semilla empleada. Esta exigencia no se aplicará a semilla de generaciones anteriores a Pre básica. En este caso deberá indicarse en el recuadro correspondiente de la solicitud, la generación a la cual corresponde la semilla. La solicitud con la documentación señalada, deberá ser entregada mediante una carta en la que se especificará el número de control de los semilleros y el valor pagado por cada uno de ellos. 5. Tarifas de certificación. Las tarifas de certificación, por concepto de inspecciones de campo, fueron establecidas mediante el Decreto 538 de 2007. De acuerdo al número de inspecciones previstas en las Normas de Certificación para cada especie o grupo de especies, se paga un determinado valor por hectárea sometida la certificación. Los valores a pagar están en función de la superficie del semillero y son los que se indican a continuación: UTM por hectárea Especie/Superficie 1 ha 1,01 a 5 ha Lupino, Remolacha y grupo de 0,61 0,51 cereales No indicadas en el grupo 0,74 0,55 anterior* *Se excluyen las especies de maíz, maravilla y sorgo Nota: Los valores anotados no están afectos al IVA. Especie/Superficie Especie asexuada de reproducción 5,01 a 15 ha 15,01 a 50 ha 0,48 0,47 Sobre 50 ha, por cada ha adicional 0,15 0,51 0,49 Hasta 0,5 ha 0.51 a 2,5 ha 2,51 a 7 ha Mayor a 7 ha 0,69 1,14 1,02 0,96 Al momento de presentarse la Solicitud de Certificación se deberá pagar a lo menos el 50% de la tarifa. La diferencia se tendrá que cancelar una vez terminadas las inspecciones, previa recepción de la notificación del cobro. Los pagos por concepto de inscripción de semilleros deberán hacerse mediante cheque cruzado a favor de ANPROS AG. Al interesado se le entregará un recibo provisorio por cada uno de dichos pagos. 6. Rectificación de la solicitud. Cualquier cambio o rectificación que se desee hacer a los datos contenidos en la solicitud, con posterioridad a su presentación (fechas de siembra, número de potreros, superficie, etc.), deberá ser comunicado de inmediato por escrito a la región donde el semillero fue inscrito. Si la modificación se produjera al momento de la selección de la semilla, deberá informarse además a la región donde la semilla se procesará. Cabe hacer presente que estando las solicitudes en estado Digitado, el productor puede hacer todas las rectificaciones que estime pertinente. En estado Vigente, en cambio, las modificaciones Página 4 de 11 INSCRIPCIÓN E INSPECCIÓN DE SEMILLEROS PARA CERTIFICACIÓN NACIONAL sólo pueden ser efectuadas por el SAG. Las rectificaciones de superficie deberán ser informadas a la región donde se efectúa la multiplicación hasta antes de la última inspección. 7. Desistimiento de la certificación. Si con posterioridad a la presentación de una solicitud el productor resuelve retirar o desistirse de la certificación de un semillero, deberá comunicarlo por escrito a la respectiva región de multiplicación. Si lo anterior se informa antes de la realización de la primera inspección, los costos que se hubieran pagado serán abonados a los restantes semilleros. En este caso el semillero quedará como Eliminado en el sistema. Si el desistimiento se produce con posterioridad, no procederá dejar sin efecto las tarifas pagadas, quedando el semillero como Desistido. En caso de que el productor resuelva no certificar un semillero después de aprobado en las inspecciones de campo, deberá justificarlo en el software, en el programa Mantención de Producción. 8. Aviso aplicaciones pesticidas. Con el fin de prevenir posibles riesgos para la salud de los inspectores y evitar pérdidas innecesarias de tiempo en caso que la inspección deba por este motivo suspenderse. Los productores deberán informar, a lo menos con 24 h de anticipación, a la oficina regional correspondiente la fecha y hora de las aplicaciones de pesticidas realizadas durante el período de inspección por parte del Servicio, tanto de aplicaciones aéreas como terrestres, indicando el producto usado y el tiempo de reingreso (período en el cual no se debe ingresar al cultivo). Dicha información deberá consignarse además en el cartel de cada potrero. En la eventualidad de suspenderse una aplicación o modificarse la hora de la misma, deberá igualmente comunicarse. 9. Cobro inspecciones adicionales. Serán motivo para el cobro de inspecciones adicionales las siguientes: a) Si por un error de la información sobre la ubicación del predio o error en el croquis, el inspector no pudiera localizar el predio o los potreros. b) Imposibilidad de inspeccionar un semillero como consecuencia de una aplicación de pesticidas no informada al Servicio. c) Imposibilidad de ingresar al predio por encontrase éste cerrado. d) Inspecciones realizadas para reconsiderar un rechazo. Las inspecciones adicionales tienen un costo de 0,25 UTM por hectárea. 10. Requisitos aplicados en campo. Los principales requisitos aplicados en las inspecciones de campo se describen en el ANEXO 3. Allí se mencionan aquellos requisitos de carácter general. Página 5 de 11 INSCRIPCIÓN E INSPECCIÓN DE SEMILLEROS PARA CERTIFICACIÓN NACIONAL ANEXO 1 Página 6 de 11 INSCRIPCIÓN E INSPECCIÓN DE SEMILLEROS PARA CERTIFICACIÓN NACIONAL CROQUIS Ubicación del predio con relación a caminos principales. Indicar kilometrajes o puntos de referencia Ubicación del semillero con relación a la entrada al predio y cultivos colindantes Página 7 de 11 INSCRIPCIÓN E INSPECCIÓN DE SEMILLEROS PARA CERTIFICACIÓN NACIONAL ANEXO 2 PAUTA PARA LLENAR SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN Tipo, Sistema y Modalidad de Certificación. Por tratarse de semillas destinadas al mercado nacional, se marcará el casillero nacional. En Sistema se elegirá NACIONAL y se deberá elegir la Modalidad definitiva y Defpapa, este ultimo para papas. Especie y variedad. Se ingresará o anotará el nombre científico de la especie y la denominación de la variedad. Nombre y ubicación del predio. En la solicitud se indicará el nombre del predio y su ubicación, mencionándose los caminos de acceso y las distancias en la forma más exacta posible. Coordenadas GPS. En este casillero los productores deberán indicar las coordenadas GPS, para lo cual se tomará como referencia el centro del predio. Esto no los exime de la obligación de hacer el croquis a que se hace referencia más adelante. De haber dos predios contiguos, deberán especificarse las coordenadas de cada uno de ellos. La información deberá ingresarse en la forma que se indica, ya que de lo contrario el sistema no la aceptará: coordenadas UTM con datum WGS 84, y especificándose el huso. La coordenada X (Este) deberá ingresarse con seis dígitos, sin decimales, la coordenada Y (Norte) deberá ingresarse con siete dígitos sin decimales. Potreros. Se indicará aquí el nombre del potrero y/o el número asignado al mismo por la empresa, si así fuera el caso. En la solicitud y croquis, deberán especificarse todos los potreros que constituyen el semillero, entendiéndose por tal una superficie claramente delimitada por una barrera natural o física, cerco, camino o curso de agua. Fecha inicio siembra. Se anotará la fecha en que se inició la siembra de cada potrero. Se hace notar que si a causa de un error en la misma, no es posible efectuar oportunamente las inspecciones previstas en las normas, el semillero podrá ser rechazado. Cultivos anteriores. Se especificarán los cultivos de acuerdo a la exigencia de la especie, en caso de que asi lo especifique la norma Categoría de la semilla sembrada. Para los efectos de asignar correctamente la categoría al semillero, es necesario que en el recuadro correspondiente se especifique la categoría de la semilla sembrada (Material parental (G0, G1, G2, G3) Prebásica, Básica, etc.). Categoría a cosechar. Las alternativas a colocar, son Pre Básica, Básica, Certificada (C1) Certificada (C2), o Certificada (C3) esta ultima en el caso de papa y ajo. Identificación de la semilla utilizada. En los recuadros correspondientes a variedad, se especificara la denominación; la cantidad de kilogramos total utilizados; el número de control que figura en las etiquetas de la semilla de origen. Croquis y señalización de los potreros. En el croquis se debe indicar con exactitud la ubicación del predio, dibujándose los caminos principales y la distancia existente a los puntos de referencia más importantes. Asimismo se indicará la ubicación de la (s) multiplicación (es) dentro del predio, especificándose los caminos de acceso a los semilleros, los cultivos colindantes y cualquier referente notorio. El croquis deberá facilitar la localización del semillero por parte de los inspectores y evitar así pérdidas innecesarias de tiempo. Observaciones. En este recuadro se deberá especificar, cuando sea el caso, lo siguiente: a) Característica especial de la variedad (variedades con aneuploidia, aplicaciones de acortador de caña, etc.). b) Existencia de una multiplicación contigua o cercana de la misma variedad no sometido a certificación. c) en papa, declaración adicional indicando país de destino y plagas solicitadas, uso de tubérculos partidos, etc. Página 8 de 11 INSCRIPCIÓN E INSPECCIÓN DE SEMILLEROS PARA CERTIFICACIÓN NACIONAL ANEXO 3 PRINCIPALES REQUISITOS APLICADOS EN LA INSPECCION 1. Requisitos y criterios de carácter general. 1.1 Cartel de identificación. Los semilleros deberán estar señalizados con un cartel, colocado en el acceso principal de cada potrero, en el que se indicará el nombre del potrero y el número de la Solicitud de Certificación (Nº Control). En el cartel se deberá señalar de las aplicaciones de pesticidas. En la eventualidad de que en un mismo predio existieran dos potreros contiguos o uno frente al otro, podrán individualizarse ambos con un solo cartel. Los carteles deben estar colocados antes del inicio de las inspecciones. 1.2 Croquis de ubicación. En el croquis que va adjunto a la Solicitud de Certificación, debe indicarse con exactitud la ubicación del predio, dibujándose los caminos principales y la distancia existente a los puntos de referencia más importantes. Asimismo se indicará la ubicación de la (s) multiplicación (es) dentro del predio, especificándose los caminos de acceso a los semilleros, los cultivos colindantes y cualquier referente notorio. El croquis deberá facilitar la localización del semillero por parte de los inspectores y evitar así pérdidas innecesarias de tiempo 1.3 Coordenadas GPS. A continuación se indican los límites de algunas regiones las que se presentan en proyección UTM. Coordenadas Y (Norte) Región Valor Mínimo Valor Máximo VII 6164000 5947000 VIII 6019000 5733000 IX 5842000 5614000 X 5656000 5110000 Coordenadas X (Este) Región Huso Valor Valor Mínimo Máximo Huso Valor Valor Mínimo Máximo VII 19 200000 500000 18 500000 800000 VIII 19 200000 500000 18 500000 800000 IX 19 200000 500000 18 500000 800000 X 19 200000 500000 18 500000 800000 Página 9 de 11 INSCRIPCIÓN E INSPECCIÓN DE SEMILLEROS PARA CERTIFICACIÓN NACIONAL 1.4 Rechazo y rebaja de categoría El Servicio realiza las inspecciones de cereales en los estados fenologico de llenado de grano, entre los estados de grano lechoso temprano a pastoso suaves, de manera que si el semillero sobrepasa la tolerancia de espigas fuera de tipo al momento de efectuarse la misma, el semillero quedará rechazado El rechazo de un semillero será notificado al productor de inmediato, precisando los motivos de la decisión. Tratándose de un rechazo motivado por una causal subsanable, el productor podrá informar al Encargado Regional de Semillas del Servicio cuando la misma haya sido corregida a fin que el semillero sea reinspeccionado. Esta nueva inspección se llevará a cabo siempre que técnicamente resulte procedente. En caso que el semillero no cumpla los requisitos para la categoría en que fue inscrito, el inspector podrá aceptarlo en la categoría inferior. Página 10 de 11 INSCRIPCIÓN E INSPECCIÓN DE SEMILLEROS PARA CERTIFICACIÓN NACIONAL CONTACTOS DIVISION SEMILLAS División Semillas Av. Bulnes 140. Santiago Teléfonos: 3451561/ Fax: 6972179 Jefe Ing. Agr. Enzo Cerda L. [email protected] Secretaria Patricia Miranda V. [email protected] Jefe Subdepartamento Certificación de Semillas. Ing. Agr. Guillermo Aparicio M. [email protected] Supervisores Nacionales Certificación Ing. Agr. Angela Tortora U. [email protected] Ing. Agr. Ximena Soto R. [email protected] Ing. Agr.Raúl Tacchi R. [email protected] Región Nombre Ing. Agr. Dirección V María Rosa Mery M. Freire 765, Quillota Norman Saavedra R. Av. Portales Nº 3396, Quinta Normal R.M. Julio Hernández Y. Katherine Daza C. Orieta Orellana O. Marcela Barrueto I. Libertad Nº 931, Talagante San Agustín Nº 171, Melipilla Av. Portales 3396, Quinta Normal. Freire 473, Of. 206 San Bernardo Cuevas 480 Rancagua VI Daniel Pavez VII Patricio Avila F. 2 Poniente 1180, 2°Piso Talca Sergio Baldini Peña 599, Curicó Marco Mendez Maipú 1049, Linares VIII IX Magaly Escobar Serrano 529, Concepción. Paulo Avilez Claudio Arrau 738, Chillán. Mauricio Muñoz Colo Colo 669, Los Ángeles Guido Perez M-C Bilbao 931, Temuco Teléfonos / Fax (33) 315881 Fax 313695 E- mail [email protected] 6764030 -6764029 Fax: 6817751 8323805 Fax: 8315391 [email protected] 8156444 FonoFax: 8151321 6764030 – 6764029 Fax: 6817751 8581851 – 8592290 Fax: 8592051 (72) 221955 – 226996 Fax: 223803 (71) 213524 Fax: 235747 (75) 311914 – 318280 Fax: 318280 (73) 210094 Fax: 214240 (41) 620280 -620281 Fax: 322377 (42) 222630 – 210616 Fax: 222630 (43) 322377 – 313514 Fax : 322377 (45) 212135 Fax 212135 [email protected] [email protected] [email protected] [email protected] [email protected] [email protected] [email protected] [email protected] [email protected] [email protected] [email protected] [email protected] (45) 212135 Fax: [email protected] 212135 Ruta Puerto Octal U-55 V (64) 200466 – 263000 [email protected] X Alejandro Peña Z. Fax 232016 calle de Servicio, Osorno Ruta Puerto Octal U-55 V (64) 200466 -263000 [email protected] Alfredo Kido A. Fax: 232016 calle de Servicio, Osorno Nota: En cada región los Encargados Regionales de Semillas están mencionados en primer término. Jorge Lavín Bilbao 931, Temuco Página 11 de 11