sección at 401 - Colegio de Contadores de Chile
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SECCIÓN AT 401 INFORMES SOBRE INFORMACIÓN FINANCIERA PRO-FORMA Introducción 1. Esta Sección proporciona guías al profesional independiente que es contratado para emitir o que emita un informe de examen o revisión sobre información financiera pro-forma. Tal trabajo debiera cumplir con las normas generales y las relativas a la ejecución del trabajo dispuestas en la Sección AT 050, Jerarquía de las Normas para Trabajos de Atestiguación, y a las normas específicas de ejecución del trabajo y de informes presentados en esta Sección.(1) 2. Cuando la información financiera pro-forma se presenta separadamente de los estados financieros básicos, pero dentro del mismo documento, y el profesional no fue contratado para informar sobre la información financiera pro-forma, las responsabilidades de dicho profesional se describen en la Sección AU 550, Otra Información en Documentos que Incluyen Estados Financieros Auditados. 3. Esta Sección no es aplicable en aquellas circunstancias en que, con el objeto de lograr una presentación más entendible, una transacción ocurrida después de la fecha del balance general es incluida en los estados financieros históricos (tales como una modificación del vencimiento de una obligación o una modificación del cálculo de la utilidad por acción en una división de acciones).(2) (1) Pié de página en versión original en inglés no aplicable en Chile. (2) En ciertas circunstancias, los principios de contabilidad generalmente aceptados pueden requerir la presentación de información financiera pro-forma en los estados financieros o en las notas explicativas. Esa información incluye, por ejemplo, la información financiera proforma para combinación de negocios, cambios contables o hechos posteriores. Ver Sección AU 560 Hechos Posteriores, párrafo 5, para guías referidas a informes sobre estados financieros auditados que incluyen información financiera pro-forma relacionada con una combinación de negocios o un hecho posterior. Ver Sección AU 508, párrafo 28, Informes de los Auditores sobre Estados Financieros. 120 Presentación de la información financiera pro-forma 4. El objetivo de la información financiera pro-forma es presentar cuales habrían sido los efectos significativos sobre la información financiera histórica de haber tenido lugar una transacción (o hecho) realizada o propuesta en una fecha anterior. La información financiera pro-forma es normalmente utilizada para presentar los efectos de transacciones, tales como las siguientes: • Combinación de negocios • Cambios patrimoniales • Enajenación de una parte significativa del negocio. • Cambio en la forma de organización del negocio o en su condición como una entidad autónoma. • Venta propuesta de valores negociables y el uso de los recursos obtenidos. 5. Este objetivo es alcanzado principalmente mediante la aplicación de ajustes proforma a la información financiera histórica. Los ajustes pro-forma debieran estar basados en los supuestos de la Administración y considerar todos los efectos significativos directamente atribuibles a la transacción (o al hecho). 6. La información financiera pro-forma debiera ser identificada como tal para distinguirla de la información financiera histórica. Esta presentación debiera describir la transacción (o hecho) que se refleja en la información financiera proforma, la fuente de la información financiera histórica en la cual se basan, los supuestos significativos considerados en la determinación de los ajustes proforma y cualquier incertidumbre significativa respecto a esos supuestos. La presentación también debiera indicar que la información financiera pro-forma debiera leerse conjuntamente con la información financiera histórica relacionada y que la información financiera pro-forma no es necesariamente representativa de los resultados (tales como la situación financiera y los resultados de las operaciones, cuando fuere aplicable) que hubieran sido obtenidos si la transacción (o hecho) hubieran ocurrido en una fecha anterior.(3) (3) Pié de página en versión original en inglés no es aplicable en Chile. 121 Condiciones para emitir un informe 7. El profesional puede acordar emitir un informe respecto de un examen o una revisión de la información financiera pro-forma, si las siguientes condiciones se cumplen: a. El documento que contiene la información financiera pro-forma incluye (o incorpora por referencia) los estados financieros históricos de la entidad por el año más reciente (o por el año anterior si estos estados financieros no se encuentran disponibles) y, si la información financiera pro-forma se presenta para un período intermedio, el documento también incluye (o incorpora por referencia) la información financiera intermedia histórica para ese período (que puede ser presentada en forma resumida).(2) En el caso de una combinación de negocios, el documento debiera incluir (o incorporar por referencia) la información financiera histórica apropiada de las partes significativas que conforman la entidad combinada. b. Los estados financieros históricos de la entidad (o, en el caso de una combinación de negocios, de cada parte significativa que conforma a la entidad combinada) en que se basa la información financiera pro-forma, han sido auditados o revisados.(3) El riesgo de atestiguación del profesional, referente a la información financiera pro-forma, está afectado por el alcance del trabajo realizado previamente por éste, el cual proporciona seguridad sobre la información financiera histórica subyacente a la cual se incorporan los ajustes pro-forma. Por lo tanto, el nivel de seguridad dado por el profesional respecto a la información financiera pro-forma a una fecha específica o por un período de tiempo específico, debiera estar limitado al nivel de seguridad proporcionado en relación con los estados financieros históricos (o, en el caso de una combinación de negocios, al nivel más bajo de seguridad proporcionado en relación con los estados financieros históricos subyacentes de cualquier parte significativa de la entidad combinada). Por ejemplo, si los estados financieros históricos subyacentes de cada componente de la entidad combinada se han auditado a fin de año y sólo revisado a una fecha intermedia anterior, el profesional puede realizar un examen o una revisión de la información financiera pro-forma al final del año, pero solo puede realizar una revisión de y no un examen de la información financiera pro-forma en la fecha intermedia anterior. (4) Pié de página original en versión en inglés no es aplicable en Chile. (5) El informe de auditoría o el informe de revisión del profesional debiera estar incluida (o incorporada por referencia) en el documento que contiene la información financiera pro-forma. La revisión puede basarse en la Sección AU 722, Revisión de Información Financiera Intermedia. 122 c. El profesional que está emitiendo un informe sobre información financiera pro-forma, debiera tener un nivel apropiado de conocimiento de la contabilidad y prácticas de preparación de información financiera de cada parte significativa que conforma a la entidad combinada. Ésta podría haber sido obtenida normalmente por el profesional que ha auditado o revisado los estados financieros históricos de cada entidad para los períodos anuales o intermedios más recientes para los cuales se presenta información financiera pro-forma. Si otro profesional ha realizado tal auditoría o revisión, el profesional que está informando sobre información financiera pro-forma, necesita tener una comprensión similar de la contabilidad de la entidad y de las prácticas para preparar información financiera y considerar si, bajo las circunstancias particulares, puede adquirir el suficiente conocimiento de estos aspectos para realizar los procedimientos necesarios e informar sobre la información financiera pro-forma. Objetivo del profesional 8. 9. El objetivo de los procedimientos de examen aplicados por el profesional a la información financiera pro-forma es proporcionar una seguridad razonable en cuanto a que: • Los supuestos de la Administración proporcionan una base razonable para presentar los efectos significativos directamente atribuibles a la transacción subyacente (o al hecho). • Los respectivos ajustes pro-forma reflejan el efecto de esos supuestos en forma apropiada. • La columna pro-forma refleja la apropiada aplicación de esos ajustes a los estados financieros históricos. El objetivo de los procedimientos de revisión aplicados por el profesional a la información financiera pro-forma es proporcionar una seguridad negativa respecto que nada ha llamado su atención para hacerle creer que: • Los supuestos de la Administración no proporcionan una base razonable para presentar los efectos significativos directamente atribuibles a la transacción subyacente (o al hecho). • Los respectivos ajustes pro-forma no dan apropiado efecto a aquellos supuestos. • La columna pro-forma no refleja la apropiada aplicación de esos ajustes a los estados financieros históricos. 123 Procedimientos 10. Además de los procedimientos aplicados a los estados financieros históricos,(6) los procedimientos que el profesional debiera aplicar a los supuestos y a los ajustes pro-forma en un examen o revisión, son los siguientes: a. Obtener una comprensión de las transacciones subyacentes (o del hecho), por ejemplo, leyendo contratos y actas pertinentes de reuniones de Directorio y efectuando indagaciones a los ejecutivos apropiados de la entidad y, si es el caso, también a los de la entidad adquirida o a ser adquirida. b. Obtener un nivel de conocimiento de cada componente de la entidad combinada en una combinación de negocios que permita al profesional realizar los procedimientos requeridos. Los procedimientos para obtener este conocimiento pueden incluir comunicaciones con otros profesionales que han auditado o revisado la información financiera histórica sobre la cual se basa la información financiera pro-forma. Los aspectos que pueden ser considerados incluyen principios de contabilidad y prácticas de preparación de informes financieros tales como, transacciones entre las entidades y contingencias significativas. c. Comentar con la Administración sus supuestos relacionados con los efectos de la transacción (o del hecho). d. Evaluar si los ajustes pro-forma incluyen todos los efectos significativos directamente atribuibles a la transacción (o al hecho). e. Obtener suficiente evidencia que respalde tales ajustes. La evidencia requerida para respaldar el nivel de seguridad es una cuestión de juicio profesional. Normalmente el profesional obtendría más evidencia en un examen que en una revisión. Ejemplos de evidencia que el profesional puede considerar obtener son: contratos de compra, de fusión o de intercambio, tasaciones, contratos de deuda, convenios con empleados, decisiones y actuaciones aprobadas y realizadas por el Directorio y también legislación o regulaciones vigentes o en proceso de aprobación. f. Evaluar si los supuestos de la Administración que son la base de los ajustes pro-forma están presentados de una manera suficientemente clara e integral. También, evaluar si los ajustes pro-forma son consecuentes entre éstos y con la información base utilizada para su determinación. g. Determinar que los cálculos de ajustes pro-forma están matemáticamente correctos y que la columna pro-forma refleja la aplicación apropiada de esos ajustes a los estados financieros históricos. (6) Ver párrafo 7 (b). 124 h. Obtener representaciones escritas de la Administración respecto a: • Su responsabilidad por los supuestos determinación de los ajustes pro-forma. utilizados en la • Una afirmación, que los supuestos proporcionan una base razonable para presentar todos los efectos significativos directamente atribuibles a la transacción (o al hecho), que los ajustes pro-forma dan efecto apropiado a esos supuestos y que la columna pro-forma refleja la aplicación apropiada de esos ajustes a los estados financieros históricos. • Una afirmación que los efectos significativos directamente atribuibles a la transacción (o al hecho) están apropiadamente revelados en la información financiera pro-forma. i. Leer la información financiera pro-forma y evaluar si: • La transacción subyacente (o hecho), los ajustes pro-forma, los supuestos significativos y las incertidumbres significativas, si las hay, respecto de esos supuestos, han sido apropiadamente descritos. • La fuente de la información financiera histórica, sobre la cual se basa la información financiera pro-forma, ha sido apropiadamente identificada. Informe sobre la información financiera pro-forma 11. El informe del profesional sobre la información financiera pro-forma debiera incluir la fecha en la cual han sido concluidos los procedimientos apropiados. El informe del profesional, sobre la información financiera pro-forma, puede ser presentado junto a su informe sobre la información financiera histórica o puede ser presentado en forma separada. Si los informes del profesional se presentan combinados y la fecha de término de los procedimientos para un examen o revisión de la información financiera pro-forma es posterior a la fecha de término del trabajo en terreno para una auditoría o revisión de información financiera histórica, el informe combinado debiera incluir ambas fechas. (Por ejemplo “15 de febrero de 20X7, excepto por los párrafos que se refieren a la información financiera pro-forma cuya fecha es 20 de marzo de 20X7”). 125 12. El informe de examen del profesional sobre información financiera pro-forma debiera incluir lo siguiente: a. Un título que incluya la palabra independiente. b. Una identificación de la información financiera pro-forma. c. Una referencia a los estados financieros de los cuales se deriva la información financiera histórica y una declaración respecto que tales estados financieros fueron auditados (El informe sobre la información financiera pro-forma debiera hacer referencia a cualquier modificación en el informe del profesional sobre la información financiera histórica). d. Una identificación de la parte responsable y una declaración que es responsable de la información financiera pro-forma. e. Una declaración que la responsabilidad del profesional es expresar una opinión sobre la información financiera pro-forma basado en su examen. f. Una declaración que el examen de la información financiera pro-forma fue efectuado en conformidad con Normas de Atestiguación emitidas por el Colegio de Contadores de Chile A.G., y por lo tanto, incluyó los procedimientos que el profesional consideró necesario en las circunstancias. g. Una declaración que el profesional estima que su examen proporciona una base razonable para sustentar su opinión. h. Un párrafo separado que explica el objetivo de la información financiera pro-forma y sus limitaciones. i. La opinión del profesional respecto si los supuestos de la Administración proporcionan una base razonable para presentar los efectos significativos directamente atribuibles a la transacción (o al hecho), si los ajustes proforma dan efecto apropiado a esos supuestos y si la columna pro-forma refleja la aplicación apropiada de esos ajustes a los estados financieros históricos (ver Anexos A y C). j. La firma manual o impresa del profesional, su nombre y de la empresa que representa, si es el caso. k. La fecha del informe de examen. 126 13. El informe de revisión del profesional sobre información financiera pro-forma debiera incluir lo siguiente: a. Un título que incluya la palabra independiente. b. Una identificación de la información financiera pro-forma. c. Una referencia a los estados financieros de los cuales se deriva la información financiera histórica y una declaración respecto a que tales estados financieros fueron auditados o revisados (El informe sobre la información financiera pro-forma debiera hacer referencia a cualquier modificación al informe estándar del profesional sobre la información financiera histórica). d. Una identificación de la parte responsable y una declaración de que es responsable de la información financiera pro-forma. e. Una declaración que la revisión de la información financiera pro-forma fue efectuada en conformidad con Normas de Atestiguación emitidas por el Colegio de Contadores de Chile A.G. f. Una declaración que una revisión es substancialmente menor en alcance que un examen, cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre la información financiera pro-forma y, por lo tanto, tal opinión no es expresada. g. Un párrafo separado que explique el objetivo de la información financiera pro-forma y sus limitaciones. h. La conclusión del profesional respecto que ninguna información llamó su atención que lo haga creer(*) que los supuestos de la Administración no proporcionan una base razonable para presentar todos los efectos significativos directamente atribuibles a la transacción (o al hecho), o que los ajustes pro-forma no dan efecto apropiado a esos supuestos, o que la columna pro-forma no refleja la aplicación apropiada de esos supuestos a los estados financieros históricos (ver Anexos B y C). i. La firma manual o impresa del profesional, su nombre y de la empresa que representa, si es el caso. j. La fecha del informe de revisión. 14. (*) Nada impide al profesional restringir el uso del informe (ver Sección AT 101, párrafos 78 al 83). También se puede usar la frase “que no tiene conocimiento”. 127 15. Debido a que una unificación de intereses en una combinación de negocios es contabilizada como una combinación de montos históricos en forma retroactiva, los ajustes pro-forma para una transacción propuesta generalmente afectan sólo al patrimonio de un balance general pro-forma resumido. Además, de acuerdo a los requerimientos del Boletín Técnico N° 72 sobre Combinación de Negocios, una unificación de intereses en una combinación de negocios no implica generalmente la elección de supuestos por parte de la Administración. Por consiguiente, el informe sobre una transacción propuesta relacionada con una unificación de intereses, no necesita considerar supuestos de la Administración, salvo que la información financiera pro-forma incluya ajustes para uniformar los principios de contabilidad de las entidades que se combinan (Ver Anexo D). 16. Restricciones en el alcance del trabajo (ver Sección AT 101, párrafos 73 al 75), cuestionamientos de lo apropiado de los supuestos y de la conformidad de la presentación con esos supuestos (incluyendo la revelación adecuada de asuntos significativos) u otros cuestionamientos, pueden requerir al profesional emitir una opinión con salvedades, abstenerse de opinar o retirarse del trabajo.(7) El profesional debiera revelar todas las razones de cualquier modificación al informe estándar. La incertidumbre respecto a si la transacción (o el hecho) ocurrirá, no requeriría generalmente una modificación del informe estándar. (Ver Anexo E). (7) Ver Sección AT 101, párrafos 76 y 77. 128 Anexo A Informe sobre un examen de información financiera pro-forma Informe de los Profesionales Independientes Hemos examinado los ajustes pro-forma que reflejan la transacción [o el hecho] descrito en Nota 1 y la aplicación de esos ajustes a los montos históricos (en la preparación del)(8) balance general pro-forma resumido de la Compañía X al 31 de diciembre de 20X1 y al correspondiente estado de resultados pro-forma resumido por el año terminado en esa fecha. Los estados financieros históricos resumidos se derivan de los estados financieros históricos de la Compañía X, los cuales fueron auditados por nosotros y de la Compañía Y, los cuales fueron auditados por otros profesionales,(9) incorporados en este documento [o incorporados por referencia].(10) Tales ajustes pro-forma se basan en los supuestos de la Administración descritos en Nota 2. La Administración de la Compañía X es responsable de la información financiera pro-forma. Nuestra responsabilidad consiste en emitir una opinión sobre la información financiera proforma basada en nuestro examen. Nuestro examen fue efectuado de acuerdo con normas de atestiguación emitidas por el Colegio de Contadores de Chile A.G. y, en consecuencia, comprendió los procedimientos que consideramos necesarios en las circunstancias. Consideramos que nuestro examen proporciona una base razonable para fundamentar nuestra opinión. El objetivo de esta información financiera pro-forma es presentar los efectos significativos sobre la información financiera histórica, como si la transacción [o hecho] hubiese ocurrido. Sin embargo, los estados financieros pro-forma resumidos no representan necesariamente los resultados de las operaciones o los efectos sobre la situación financiera que se hubiesen originado, si la transacción antes mencionada [o hecho], hubiese ocurrido. [Pueden ser incluidos párrafos adicionales para enfatizar ciertos aspectos relacionados con el trabajo de atestiguación o la materia a evaluar]. En nuestra opinión, los supuestos de la Administración proporcionan una base razonable para presentar los efectos significativos directamente atribuibles a la transacción antes mencionada [o al hecho], descrita en Nota 1, los ajustes pro-forma reflejan apropiadamente el efecto de esos supuestos y la columna pro-forma refleja la aplicación apropiada de esos ajustes a los montos históricos de los estados financieros en el balance general pro-forma resumido al 31 de diciembre de 20X1 y en el estado de resultados pro-forma resumido por el año terminado en esa fecha. [El nombre y la firma manual o impresa del profesional y si corresponde, el nombre de la empresa a la cual pertenece el profesional]. [Lugar y Fecha]. (8) Esta terminología es apropiada cuando la información financiera pro-forma no presenta separadamente las columnas de información financiera histórica y de ajustes pro-forma. (9) Si el informe del profesional incluye un párrafo explicativo o una opinión distinta de la opinión estándar, ese hecho debiera ser mencionado en este informe. (10) Pié de página original en versión en inglés no es aplicable en Chile. 129 Anexo B Informe sobre una revisión de información financiera pro-forma Informe de los Profesionales Independientes Hemos revisado los ajustes pro-forma que reflejan la transacción [o el hecho] descrito en la Nota 1 y la aplicación de esos ajustes a los montos históricos (en la preparación del)(11) balance general pro-forma resumido de la Compañía X al 31 de marzo de 20X2 y al correspondiente estado de resultados pro-forma resumido por el período de tres meses terminado en esa fecha. Estos estados financieros históricos resumidos se derivan de los estados financieros históricos no auditados de la Compañía X, los cuales fueron revisados por nosotros, y de la Compañía Y, los cuales fueron revisados por otros profesionales,(12) y (13) incorporados en este documento [o incorporados por referencia].(14) Tales ajustes pro-forma se basan en los supuestos de la Administración descritos en la Nota 2. La Administración de la Compañía X es responsable de la información financiera pro-forma. Nuestra revisión fue efectuada de acuerdo con normas de atestiguación emitidas por el Colegio de Contadores de Chile A.G.. Una revisión tiene un alcance significativamente menor al de un examen, cuyo objetivo es expresar una opinión sobre los supuestos de la Administración, los ajustes pro-forma y la aplicación de esos ajustes a la información financiera histórica. En consecuencia, no expresamos tal opinión. El objetivo de esta información financiera pro-forma es presentar los efectos significativos sobre la información financiera histórica, como si la transacción [o hecho] hubiese ocurrido. Sin embargo, los estados financieros resumidos pro-forma no representan necesariamente los resultados de las operaciones o los efectos sobre la situación financiera que se hubiesen originado, si la transacción antes mencionada [o hecho] hubiese ocurrido. [Pueden ser incluidos párrafos adicionales para enfatizar ciertos aspectos relacionados con el trabajo de atestiguación o la materia a evaluar]. Basados en nuestra revisión, nada llamó nuestra atención(*) que, los supuestos de la Administración no proporcionan una base razonable, para presentar los efectos significativos directamente atribuibles a la transacción antes mencionada [o al hecho], descrita en Nota 1, que los ajustes pro-forma relacionados no reflejan apropiadamente el efecto de esos supuestos o que la columna pro-forma no refleja la aplicación apropiada de esos ajustes a los montos financieros históricos en el balance general pro-forma resumido al 31 de marzo de 20X2 y en el estado de resultados pro-forma resumido por el período de tres meses terminado en esa fecha. [El nombre y la firma manual o impresa del profesional y si corresponde, el nombre de la empresa a la cual pertenece el profesional]. [Lugar y Fecha]. (11) Esta terminología es apropiada cuando la información financiera pro-forma no presenta separadamente las columnas de información financiera histórica y de ajustes pro-forma. (12) Si el informe del profesional incluye un párrafo explicativo o una opinión distinta de la opinión estándar, ese hecho debiera ser mencionado en este informe. (13) Cuando uno de los estados financieros históricos es auditado y los otros estados financieros son revisados, la siguiente terminología sería apropiada: Los estados financieros históricos resumidos se derivan de los estados financieros históricos de la Compañía XYZ, los cuales fueron auditados por nosotros y de la Compañía ABC, los cuales fueron revisados por otros profesionales e incorporados en este documento [o incorporados por referencia]. (14) (*) Pié de página en versión original en inglés no aplicable en Chile. También se puede utilizar la frase “no tenemos conocimiento”. 130 Anexo C Informe sobre un examen de información financiera pro-forma anual con una revisión de información financiera pro-forma en una fecha intermedia posterior al pro-forma anual Informe de los Profesionales Independientes Hemos examinado los ajustes pro-forma que reflejan la transacción [o el hecho] descrita en Nota 1 y la aplicación de esos ajustes a los montos históricos (en la preparación) del(15) balance general pro-forma resumido de la Compañía X al 31 de diciembre de 20X1 y al correspondiente estado de resultados pro-forma resumido por el año terminado en esa fecha. Los estados financieros históricos resumidos se derivan de los estados financieros históricos de la Compañía X, los cuales fueron auditados por nosotros, y de la Compañía Y, los cuales fueron auditados por otros auditores,(16) e incorporados en este documento [o incorporados por referencia].(17) Tales ajustes pro-forma se basan en los supuestos de la Administración descritos en Nota 2. La Administración de la Compañía X es responsable de la información financiera pro-forma. Nuestra responsabilidad consiste en emitir una opinión sobre la información financiera proforma basada en nuestro examen. Nuestro examen fue efectuado de acuerdo con normas de atestiguación emitidas por el Colegio de Contadores de Chile A.G. y, en consecuencia, comprendió los procedimientos que consideramos necesarios en las circunstancias. Consideramos que nuestro examen proporciona una base razonable para fundamentar nuestra opinión. Adicionalmente, hemos revisado los ajustes pro-forma que reflejan la transacción [o el hecho] y la aplicación de esos ajustes a los montos históricos (en la preparación del)(15) balance general pro-forma resumido de la Compañía X al 31 de marzo de 20X2 y al correspondiente estado de resultados pro-forma resumido por el período de tres meses terminado en esa fecha, adjuntos. Los estados financieros históricos resumidos se derivan de los estados financieros históricos de la Compañía X, los cuales fueron revisados por nosotros, y de la Compañía Y, los cuales fueron revisados por otros profesionales,(18) incorporados en este documento [o incorporados por referencia].(19) Tales ajustes pro-forma se basan en los supuestos de la Administración descritos en Nota 2. Nuestra revisión fue efectuada de acuerdo con normas de atestiguación emitidas por el Colegio de Contadores de Chile A.G.. Una revisión tiene un alcance significativamente menor al de un examen, cuyo objetivo es expresar una opinión sobre los supuestos de la Administración, los ajustes pro-forma y la aplicación de esos ajustes a la información financiera histórica. En consecuencia, no expresamos tal opinión respecto a los ajustes pro-forma o a la aplicación de dichos ajustes pro-forma al balance general pro-forma resumido al 31 de marzo de 20X2 y al estado de resultados pro-forma resumido por el período de tres meses terminado en esa fecha. (15) Esta terminología es apropiada cuando la información financiera pro-forma no presenta separadamente las columnas de información financiera histórica y de ajustes pro-forma. (16) Si el informe del profesional incluye un párrafo explicativo o una opinión distinta de la opinión estándar, ese hecho debiera ser mencionado en este informe. (17) Pié de página en versión original en inglés no es aplicable en Chile. (18) Cuando uno de los estados financieros históricos es auditado y los otros estados financieros son revisados, la siguiente terminología sería apropiada: Los estados financieros históricos resumidos se derivan de los estados financieros históricos de la Compañía XYZ, los cuales fueron auditados por nosotros y de la Compañía ABC, los cuales fueron revisados por otros profesionales e incorporados en este documento [o incorporados por referencia]. (19) Pié de página en versión original en inglés no es aplicable en Chile. 131 El objetivo de esta información financiera pro-forma es presentar los efectos significativos en la información financiera histórica, como si la transacción [o hecho] hubiese ocurrido. Sin embargo, los estados financieros pro-forma resumidos no representan necesariamente los resultados de las operaciones o los efectos sobre la situación financiera que se hubiesen originado si la transacción antes mencionada [o hecho] hubiese ocurrido. [Pueden ser incluidos párrafos adicionales para enfatizar ciertos aspectos relacionados con el trabajo de atestiguación o con la materia a evaluar]. En nuestra opinión, los supuestos de la Administración proporcionan una base razonable para, presentar los efectos significativos directamente atribuibles a la transacción antes mencionada [o al hecho], descrita en Nota 1, los ajustes pro-forma reflejan apropiadamente el efecto de esos supuestos y la columna pro-forma refleja la aplicación apropiada de esos ajustes a los montos históricos de los estados financieros en el balance general pro-forma resumido al 31 de diciembre de 20X1 y en el estado de resultados pro-forma resumido por el año terminado en esa fecha. Basados en nuestra revisión, nada llamó nuestra atención(*) que, los supuestos de la Administración no proporcionan una base razonable, para presentar los efectos significativos directamente atribuibles a la transacción antes mencionada [o al hecho], descrita en Nota 1, que los ajustes pro-forma relacionados no reflejan apropiadamente el efecto de esos supuestos o que la columna pro-forma no refleja la aplicación apropiada de esos ajustes en el balance general pro-forma resumido al 31 de marzo de 20X2 y en el estado de resultados pro-forma resumido por el período de tres meses terminado en esa fecha. [El nombre y la firma manual o impresa del profesional y si corresponde, el nombre de la empresa a la cual pertenece el profesional]. [Lugar y Fecha]. (*) También se puede utilizar el texto “no tenemos conocimiento”. 132 Anexo D Informe sobre un examen de información financiera pro-forma que da efecto a una combinación de negocios contabilizada bajo el método de una unificación de intereses(20) Informe de los Profesionales Independientes Hemos examinado los ajustes pro-forma que reflejan la combinación de negocios propuesta, contabilizada bajo el método de una unificación de intereses descrita en Nota 1 y la aplicación de esos ajustes a los montos históricos en la preparación del balance general pro-forma resumido de la Compañía X al 31 de diciembre de 20X1 y a los correspondientes estados de resultados proforma resumidos para cada uno de los tres años terminados al 31 de diciembre de 20X1, 20X0 y 19X9. Estos estados financieros resumidos se derivan de los estados financieros históricos de la Compañía X, los cuales fueron auditados por nosotros,(21) y de la Compañía Y, los cuales fueron auditados por otros auditores, incorporados en este documento [o incorporados por referencia].(22) Los ajustes pro-forma se basan en los supuestos de la Administración descritos en Nota 2. La Administración de la Compañía X es responsable de la información financiera proforma. Nuestra responsabilidad consiste en emitir una opinión sobre la información financiera pro-forma basada en nuestro examen. Nuestro examen fue efectuado de acuerdo con normas de atestiguación emitidas por el Colegio de Contadores de Chile A.G. y, en consecuencia, comprendió los procedimientos que consideramos necesarios en las circunstancias. Consideramos que nuestro examen proporciona una base razonable para fundamentar nuestra opinión. El objetivo de esta información financiera pro-forma es presentar los efectos significativos en la información financiera histórica, como si la transacción [o hecho] hubiese ocurrido. [Pueden ser incluidos párrafos adicionales para enfatizar ciertos aspectos relacionados con el trabajo de atestiguación o con la materia a evaluar]. En nuestra opinión, los mencionados estados financieros pro-forma resumidos de la Compañía X al 31 de diciembre de 20X1 y por cada uno de los tres años terminados al 31 de diciembre de 20X1, 20X0 y 19X9, reflejan apropiadamente el efecto de los ajustes pro-forma necesarios para reflejar la combinación de negocios propuesta contabilizada bajo el método de una unificación de intereses según lo descrito en Nota 1 y la columna pro-forma refleja la aplicación apropiada de esos ajustes a los estados financieros históricos. [El nombre y la firma manual o impresa del profesional y si corresponde, el nombre de la empresa a la cual pertenece el profesional]. [Lugar y Fecha]. (20) Ver el párrafo 15 para el análisis de la información financiera pro-forma referida a una combinación de negocios bajo una unificación de intereses. (21) Si el informe del profesional incluye un párrafo explicativo o una opinión distinta de la opinión estándar, este hecho debiera ser mencionado en este informe. (22) Pié de página en versión original en inglés no es aplicable en Chile. 133 Anexo E Ejemplos de Otros informes Se presenta a continuación un ejemplo de informe con salvedades debido a una limitación al alcance: Informe de los Profesionales Independientes Hemos examinado los ajustes pro-forma que reflejan la transacción [o el hecho] descrita en Nota 1 y la aplicación de esos ajustes a los montos históricos (en la preparación del)(23) balance general pro-forma resumido de la Compañía X al 31 de diciembre de 20X1 y al correspondiente estado de resultados pro-forma resumido por el año terminado en esa fecha. Los estados financieros históricos resumidos se derivan de los estados financieros históricos de la Compañía X, los cuales fueron auditados por nosotros y de la Compañía Y, los cuales fueron auditados por otros auditores,(24) incorporados en este documento [o incorporados por referencia].(25) Tales ajustes pro-forma se basan en los supuestos de la Administración descritos en Nota 2. La Administración de la Compañía X es responsable de la información financiera pro-forma. Nuestra responsabilidad consiste en emitir una opinión sobre la información financiera proforma basada en nuestro examen. Excepto por lo que se explica en el párrafo siguiente, nuestro examen fue efectuado de acuerdo con normas de atestiguación emitidas por el Colegio de Contadores de Chile A.G. y, en consecuencia, comprendió los procedimientos que consideramos necesarios en las circunstancias. Consideramos que nuestro examen proporciona una base razonable para fundamentar nuestra opinión. No nos fue posible aplicar los procedimientos de examen que consideramos necesarios para evaluar los supuestos relacionados con el préstamo propuesto descrito en el Ajuste E en Nota 2. [Incluir el párrafo tercero del informe sobre un examen del Anexo A]. En nuestra opinión, excepto por los efectos de los cambios, de haberse requerido alguno, que podrían haberse determinado como necesarios si hubiésemos podido satisfacernos de los supuestos relacionados con el préstamo propuesto que se describe en el Ajuste E en Nota 2, los supuestos de la Administración proporcionan una base razonable para presentar los efectos significativos directamente atribuibles a la transacción antes mencionada [o al hecho] descrita en Nota 1, los ajustes pro-forma reflejan apropiadamente el efecto de esos supuestos y la columna pro-forma refleja la aplicación apropiada de esos ajustes a los montos financieros históricos en el balance general pro-forma resumido al 31 de diciembre de 20X1 y en el estado de resultados pro-forma resumido por el año terminado en esa fecha. [El nombre y la firma manual o impresa del profesional y si corresponde, el nombre de la empresa a la cual pertenece el profesional]. [Lugar y Fecha]. (23) Esta terminología es apropiada cuando la información financiera pro-forma no presenta separadamente las columnas de información financiera histórica y de ajustes pro-forma. (24) Si el informe del profesional incluye un párrafo explicativo o una opinión distinta de la opinión estándar, este hecho debiera ser mencionado en este informe. (25) Pié de página en versión original en inglés no es aplicable en Chile. 134 El siguiente es un ejemplo de informe con salvedades debido al cuestionamiento de lo adecuado de los supuestos relacionados con una adquisición: [Incluir los primeros tres párrafos del informe sobre un examen del Anexo A]. Como se describe en Nota 2 a los estados financieros pro-forma, los ajustes pro-forma reflejan el supuesto de la Administración que será vendida la División X de la Compañía adquirida. Los activos netos de esta División se reflejan a su valor de libros histórico; los principios de contabilidad generalmente aceptados requieren que estos activos netos sean registrados a su valor neto estimado de realización. En nuestra opinión, excepto por la valorización inapropiada de los activos netos de la División X, los supuestos de la Administración descritos en la Nota 2 proporcionan una base razonable para presentar los efectos significativos directamente atribuibles a la transacción antes mencionada [o al hecho] descrita en la Nota 1, los ajustes pro-forma reflejan apropiadamente el efecto de esos supuestos y la columna pro-forma refleja la aplicación apropiada de esos ajustes a los montos financieros históricos en el balance general pro-forma resumido al 31 de diciembre de 20X1 y en el estado de resultados pro- forma resumido por el año terminado en esa fecha. [El nombre y la firma manual o impresa del profesional y si corresponde, el nombre de la empresa a la cual pertenece el profesional]. [Lugar y Fecha]. 135 Se presenta a continuación un ejemplo de informe con una abstención de opinión debido a una limitación al alcance: Informe de los Profesionales Independientes Fuimos contratados para examinar los ajustes pro-forma que reflejan la transacción [o el hecho] descrita en Nota 1 y la aplicación de esos ajustes a los montos financieros históricos en la preparación del(26) balance general pro-forma resumido de la Compañía X al 31 de diciembre de 20X1 y al correspondiente estado de resultados pro-forma resumido por el año terminado en esa fecha. Los estados financieros resumidos históricos se derivan de los estados financieros históricos de la Compañía X, los cuales fueron auditados por nosotros y de la Compañía Y, los cuales fueron auditados por otros auditores,(27) incorporados en este documento [o incorporados por referencia].(28) Tales ajustes pro-forma se basan en los supuestos de la Administración descrito en Nota 2. La Administración de la Compañía X es responsable de la información financiera pro-forma. Como se describe en Nota 2 a los estados financieros pro-forma, los ajustes pro-forma reflejan el supuesto de la Administración que una eliminación de la duplicidad de las instalaciones hubieran resultado en una reducción de un 30% en los costos operacionales. No le fue posible a la Administración proporcionarnos evidencia suficiente en respaldo de esta afirmación. [Incluir el tercer párrafo del informe sobre un examen del Anexo A]. Debido a que no nos fue posible evaluar los supuestos de la Administración respecto a la reducción en los costos operacionales y otros supuestos relacionados mencionados en el párrafo X anterior, el alcance de nuestro trabajo no fue suficiente para permitirnos expresar, y no expresamos, una opinión sobre los ajustes pro-forma, los supuestos subyacentes de la Administración con respecto a esos ajustes y la aplicación de esos ajustes a los montos financieros históricos en el balance general pro-forma resumido al 31 de diciembre de 20X1 y en el estado de resultados pro-forma resumido por el año terminado en esa fecha. [El nombre y la firma manual o impresa del profesional y si corresponde, el nombre de la empresa a la cual pertenece el profesional]. [Lugar y Fecha]. (26) Esta terminología es apropiada cuando la información financiera pro-forma no presenta separadamente las columnas de información financiera histórica y de ajustes pro-forma. (27) Si el informe del profesional incluye un párrafo explicativo o una opinión distinta de la opinión estándar, este hecho debiera ser mencionado en este informe. (28) Pié de página en versión original en inglés no es aplicable en Chile. 136