Banco Solidario SA (Bolivia) - bolsa boliviana de valores sa
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Banco Solidario SA (Bolivia) - bolsa boliviana de valores sa
BANCOS | JUNIO 2014 Banco Solidario S.A. (Bolivia) INFORME DE CALIFICACIÓN Bolivia 600046062 Calificaciones Índice: Banco Solidario S.A. (Bolivia) PRINCIPALES INDICADO FORTALEZAS CREDITICI DESAFIOS CREDITICIOS FUNDAMENTOS DE LA CA . CATEGORÍA 3 3 Contactos: BUENOS AIRES 54.11.5129.2600 Fernando Albano [email protected] BUENOS AIRES 54.11.5129.2600 Christian Pereira [email protected] BUENOS AIRES 54.11.5129.2600 Daniel Marchetto [email protected] CALIFICACIÓN DE MOODY'S Emisor Deuda de Largo Plazo Moneda Local Deuda de Corto Plazo Moneda Local Deuda de Largo Plazo Moneda Extranjera Deuda de Corto Plazo Moneda Extranjera Bonos Subordinados BancoSol Emisión 1 Bs 50 millones Bonos Subordinados BancoSol Emisión 2 Bs 27 millones Bonos Subordinados BancoSol I Bs 60 millones Bonos Subordinados BancoSol II Bs 60 millones Bonos BancoSol Emisión 1 Bs 170 millones Bonos BancoSol Emisión 2 Bs 170 millones Bonos BancoSol Emisión 3 Bs 160 millones Bonos BancoSol II Emisión 1 Perspectiva Aaa.bo Aaa.boLP BO-1 Aa2.boLP BO-1 Aa2.boLP Aa2.boLP Aa2.boLP Aa2.boLP Aaa.boLP Aaa.boLP Aaa.boLP Aaa.boLP Negativa Principales Indicadores Mar-2014 Dic-2013 Dic-2012 Dic-2011 Dic-2010 7.734 7.643 6.346 5.095 4.191 Total de Activos (Bs millones) Total de Patrimonio (Bs millones) 642 642 487 368 306 ROAA 2,19% 2,43% 2,12% 2,11% 2,17% ROAE 26,19% 31,60% 29,13% 29,10% 29,64% Cartera sin Generación / (PN + Prev.) 6,02% 5,37% 5,10% 6,29% 6,99% Cartera sin Generación / Préstamos 0,74% 0,66% 0,61% 0,77% 0,88% Buenos Aires 54.11.4816.2332 Andrea Manavella JUNIO 2014 [email protected] Georges Hatcherian INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS Fortalezas Crediticias Sólida franquicia enfocada en microcréditos, que ofrece una amplia gama de productos y servicios y favorece el acceso a servicios financieros integrales a los sectores de menores ingresos Los clientes se destacan por una alta fidelidad al banco Buena diversificación de préstamos. Más del 90% de la cartera está constituida por préstamos de montos inferiores a los US$ 20.000. El monto mínimo de éstos últimos es de U$S 50, y el promedio de U$S 4,000. La entidad planea continuar la diversificación de su portafolio. La institución posee economías de escala que se traducen en importantes ventajas competitivas Desafíos Crediticios Creciente competencia en el nicho de microcréditos La entidad se desempeña en un entorno operativo desafiante La entidad, como todo el sistema financiero Boliviano, enfrenta el desafío de mantener sus márgenes ante los cambios incorporados por la ley de servicios financieros Fundamento de la calificación Luego de analizar en detalle los factores cualitativos y cuantitativos de la entidad, dentro de la metodología de fortaleza financiera (BFSR) y del análisis de incumplimiento conjunto (JDA), Moody´s ha decidido mantener la calificación de fortaleza financiera de Banco Solidario en D- y la calificación de riesgo base en ba3. Al incorporar la probabilidad de soporte que recibiría por parte del gobierno dado el rol de la entidad en el sistema financiero, la calificación global de depósitos en moneda local sube a Ba2, que se corresponde con una calificación en escala nacional (NSR por sus siglas en inglés) de depósitos en moneda local de Aaa.bo. En tanto extranjera en B1, la cual se encuentra en el techo soberano para los depósitos en moneda extranjera, y su correspondiente calificación en escala nacional en Aa2.bo. Las calificaciones en moneda extranjera toman en consideración el riesgo de transferencia y convertibilidad, y es por esto que estas calificaciones son inferiores a las otorgadas a los depósitos en moneda local. Cabe destacar que las calificaciones globales de depósitos en moneda local indican el riesgo relativo de los bancos sobre bases globales de comparación. Adicionalmente, Moody's mantiene la calificación global para la bonos senior en Ba3, que corresponde a una calificación en escala nacional de Aaa.bo en escala nacional. En tanto, la calificación global para la bonos subordinados es B1. Esta calificación se determina partiendo de la calificación de riesgo base de ba3 y se reduce un escalón en virtud del nivel de subordinación. La misma se corresponde con una calificación en escala nacional de Aa2.bo. Estas calificaciones consideran la franquicia del banco y su posicionamiento como una de las principales entidades de microfinanzas del sistema, así como sus adecuados indicadores de calidad de cartera y rentabilidad. Sin embargo, también refleja los desafíos específicos del banco en incrementar sus ingresos recurrentes, en un entorno operativo aún inestable y fuertemente competitivo. financieros como consecuencia de cambios regulatorios, que podría afectar la rentabilidad de la entidad y la generación de capital en el futuro. La perspectiva de la calificación de deuda de largo plazo en moneda extranjera se mantiene estable. Las calificaciones NSR de Moody's para los bancos bolivianos se identifican con el sufijo ".bo" y constituyen calificaciones de orden relativo sobre la capacidad crediticia para instrumentos en un país en particular en relación con otros emisores o emisiones locales. Las calificaciones nacionales son para uso en el país en las que se efectúan y no son comparables en forma global con las calificaciones asignadas en otros países. Las NSR no son una opinión absoluta sobre los riesgos de incumplimiento, pues en países con baja calidad crediticia internacional, incluso los créditos calificados en altos niveles de la escala nacional, pueden también ser susceptibles de incumplimiento. Las calificaciones en escala nacional son asignadas 2 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS sobre la base de la correspondiente calificación global, ya sea para instrumentos en moneda extranjera o en moneda local. a. Características de la entidad Banco Solidario S.A. es uno de los bancos líderes en microcréditos en América Latina y el mundo, siendo uno de los principales referentes en este ámbito. En 1986, la institución constituída como una organización no gubernamental que operaba en el mismo nicho, denominada Prodem, buscaba aliviar el problema de la falta de acceso al crédito, que actúa como factor limitante para el crecimiento de la microempresa. En 1992, Prodem fue transformado en banco especializado en microfinanzas con la denominación de Banco Solidario S.A.. A marzo de 2014, el banco era el quinto del mercado en términos de préstamos y séptimo en términos de depósitos con una participación de mercado del 9,7% y del 6,4% respectivamente. Adicionalmente, el banco cuenta con 83 sucursales o agencias urbanas y 25 agencias provinciales. A partir del 14 de febrero de 2014 la nueva participación accionaria es: Acción Gateway Fund L.L.C. (25,7%), seguido de Fundación Solidaridad y Desarrollo Productivo Sostenible (20,2%), Grupo ACP Inversiones y Desarrollo con el (13,7%), Danish Microfinance Partners K/S con el (13,5%), Acción International con el (13,3%) y el resto son accionistas con participaciones menores. b. Capacidad de generación de utilidades Durante el primer trimestre del ejercicio 2014, Banco Solidario (Bolivia) registró un resultado positivo de Bs 42 millones, superior a la ganancia obtenida a marzo de 2013, cuando registró Bs 21,4 millones. La suba del resultado final obedece al aumento del margen financiero bruto y a menores cargos por impuesto a las ganancias, siendo atenuado por el aumento de los gastos administrativos, mayores cargos por incobrabilidad y menores recuperos de activos financieros. El margen financiero bruto creció en Bs 57,8 millones, debido al incremento de los ingresos financieros en Bs 65,5 millones (básicamente intereses por préstamos de cartera vigente), mientras que los egresos financieros se incrementaron en Bs 7,7 millones (principalmente intereses por obligaciones con el público y valores en circulación). Adicionalmente, el nivel de eficiencia mejoró con respecto al mismo período del ejercicio anterior, tal como lo evidencia el ratio de gastos operativos sobre ingresos operativos, que disminuyó a 68,9% de 79,5%. c. Calidad de activos A marzo de 2014, la cartera de préstamos aumentó un 22,7% comparado con el mismo período del ejercicio anterior, alcanzando un monto de Bs 6.566 millones; en tanto, los depósitos del público crecieron en 13,3% en el mismo período, alcanzando un monto de Bs 5.409 millones. A marzo de 2014, la cartera vencida y en ejecución de Banco Solidario (Bolivia) representaba el 0,74% de los préstamos totales, siendo similar a la obtenido a marzo de 2013. La cartera irregular se encontraba cubierta en un 347,3% con previsiones, mostrando una holgada cobertura de su cartera irregular. d. Liquidez Banco Solidario (Bolivia) registraba modestos ratios de liquidez. A marzo de 2014, los activos líquidos representaban el 11,4% de los activos totales. e. Solvencia y Capitalización En términos de capitalización el banco muestra un adecuado nivel, cumpliendo, con los requerimientos regulatorios. El ratio de capitalización ( PN / Activos totales) de la institución a marzo de 2014, era de 8,3%, mientras que el ratio PN / Activos Ponderados por Riesgo - Basilea I era de 13,7%, superior al número alcanzado a diciembre 2013 de 12%. Perspectiva de la Calificación Con excepción de la calificación de deuda de largo plazo en moneda extranjera, cuya perspectiva es estable, las calificaciones tienen una perspectiva negativa. 3 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS Calificación Final El Consejo de Calificación de Moody's Latin América Agente de Calificación de Riesgo S.A. reunido el 30 de junio de 2014, sobre la base de la información recibida del banco, los análisis cualitativos y cuantitativos que se han desarrollado y de acuerdo con lo determinado en su Manual para la Calificación de Entidades Financieras, decide otorgar las siguientes calificaciones a Banco Solidario S.A.: Emisor: Categoría "Aaa.bo". De acuerdo con el Manual de Calificaciones de Entidades Financieras, la Categoría Aaa.bo se define de la siguiente manera: "Los emisores o emisiones con calificación Aaa.bo muestran la más sólida capacidad de pago con relación a otros emisores locales" Deuda de Largo Plazo en moneda local: Categoría "Aaa.bo LP". De acuerdo con el Manual de Calificaciones de Entidades Financieras, la Categoría Aaa.bo LP se define de la siguiente manera: "Los emisores o emisiones con calificación Aaa.boLP muestran la más sólida capacidad de pago con relación a otros emisores locales" Deuda de Corto Plazo en moneda local: Categoría "BO-1". La Categoría BO 1 se define de la siguiente manera: "Las emisiones calificadas en esta Categoría tienen la mayor capacidad para pagar obligaciones a corto plazo". Deuda de Largo Plazo en moneda extranjera: Categoría "Aa2.bo LP". De acuerdo con el Manual de Calificaciones de Entidades Financieras, la Categoría Aa.bo LP se define de la siguiente manera: "Los emisores o emisiones con calificación Aa.boLP muestran una sólida capacidad de pago con relación a otros emisores locales". El modificador 2 indica que la calificación se encuentra en el nivel medio de su categoría. Deuda de Corto Plazo en moneda extranjera: Categoría "BO-1". La Categoría BO 1 se define de la siguiente manera: "Las emisiones calificadas en esta Categoría tienen la mayor capacidad para pagar obligaciones a corto plazo". Bonos Bonos Subordinados BancoSol Emisión 1 Categoría Aa2.bo LP Bonos Subordinados BancoSol Emision 2 Categoría Aa2.bo LP Bonos Subordinados BancoSol I Categoría Aa2.bo LP Bonos Subordinados BancoSol II Categoría Aa2.bo LP Bonos BancoSol Emisión 1 Categoría Aaa.bo LP Bonos BancoSol Emisión 2 Categoría Aaa.bo LP Bonos BancoSol Emisión 3 Categoría Aaa.bo LP Bonos BancoSol II Emisión 1 Categoría Aaa.bo LP Deuda de Largo Plazo en moneda local: LP . De acuerdo con el Manual de Calificaciones de Entidades Financieras, la Categoría Aa.bo LP se define de la siguiente manera: Los emisores o emisiones con calificación Aa.boLP muestran una sólida capacidad de pago con relación a otros emisores locales El modificador 2 indica que el valor se encuentra en el nivel medio de la calificación asignada. 4 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS Deuda de Largo Plazo en moneda local: LP . De acuerdo con el Manual de Calificaciones de Entidades Financieras, la categoría Aaa.boLP se define de la siguiente manera: Los emisores o emisiones con calificación Aaa.boLP muestran la más sólida capacidad de pago con relación a otros emisores locales Con excepción de la calificación de deuda de largo plazo en moneda extranjera, cuya perspectiva es estable, las calificaciones tienen una perspectiva negativa. EQUIVALENCIAS De acuerdo con lo establecido en la Resolución ASFI N° 033/2010, las calificaciones precedentemente asignadas, son equivalentes a las siguientes nomenclaturas establecidas por ASFI en el Reglamento para Entidades Calificadoras de Riesgo: La Categoría Aaa.bo equivale a la categoría: AAA: Corresponde a Emisores que cuentan con la más alta capacidad créditicia y el riesgo de incumplimiento tiene una variabilidad mínima ante posibles cambios en las circunstancias o condiciones económicas. Moneda local La Categoría Aaa.boLP equivale a la categoría: AAA: Corresponde a aquellos Valores que cuentan con una alta capacidad de pago de capital e intereses en los términos y plazos pactados la cual no se vería afectada ante posibles cambios en el emisor, en el sector al que pertenece o en la economía. La Categoría BO-1 equivale a la categoría: N-1: Corresponde a aquellos Valores que cuentan con una alta capacidad de pago de capital e intereses en los términos y plazos pactados, la cual no se vería afectada en forma significativa, ante posibles cambios en el emisor, en el sector al que pertenece o en la economía. Moneda extranjera La Categoría Aa2.boLP equivale a la categoría: AA2: Corresponde a aquellos Valores que cuentan con una alta capacidad de pago de capital e intereses en los términos y plazos pactados la cual no se vería afectada ante posibles cambios en el emisor, en el sector al que pertenece o en la economía. La Categoría BO-1 equivale a la categoría: N-1: Corresponde a aquellos Valores que cuentan con una alta capacidad de pago de capital e intereses en los términos y plazos pactados, la cual no se vería afectada en forma significativa, ante posibles cambios en el emisor, en el sector al que pertenece o en la economía. Bonos La Categoría LP equivale a la categoría: AA2: Corresponde a aquellos Valores que cuentan con una alta capacidad de pago de capital e intereses en los términos y plazos pactados, la cual no se vería afectada ante posibles cambios en el emisor, en el sector al que pertenece o en la economía. La Categoría LP equivale a la categoría: AAA: Corresponde a aquellos Valores que cuentan con muy alta capacidad de pago de capital e intereses en los términos y plazos pactados la cual no se vería afectada ante posibles cambios en el emisor, en el sector al que pertenece o en la economía. 5 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS ANEXO I – Características del Programa de Emisiones Programa de Emisiones de Bonos Subordinados BancoSol Instrumento: Programa de Emisiones de Bonos Subordinados BancoSol, por un monto de U$S 26.000.000 (Veintiseis millones 00/100 de Dólares de los Estados Unidos de América), estructurado en emisiones, dentro del monto y plazo del Programa de Emisiones. Se entiende por una obligación subordinada a todo aquel pasivo subordinado a los demás pasivos de la entidad supervisada, disponible para absorber pérdidas cuando los recursos patrimoniales resulten insuficientes. Plazo del Programa: Mil ochenta (1.080) días calendario desde el día siguiente hábil de emitida la Resolución de la ASFI, que autorice e inscriba el Programa de Emisiones en el Registro del Mercado de Valores de la ASFI. Moneda: Precio de la colocación: Será mínimamente a la par del valor nominal. Plazo de Colocación: El plazo de colocación de la emisión dentro del Programa de Emisiones será de 180 días calendario a partir de la fecha de emisión. Garantía: Todas las Emisiones que formen parte del Programa de Emisiones estarán respaldadas por una garantía quirografaria del Banco, con la limitación establecida en el numeral 6 del Artículo 54 de la Ley de Bancos y Entidades Financieras (Texto Ordenado) hasta el monto total de las obligaciones emergentes de cada Emisión y constituida de acuerdo al siguiente detalle: Voluntaria a favor de todos los Tenedores de Bonos Subordinados. Irrevocable, hasta la redención total de Bonos Subordinados y pago de intereses, de acuerdo a las previsiones contenidas en los referidos bonos. Divisible en cuanto a los derechos de cada Tenedor de Bonos Subordinados. Válida y existente a la fecha de emisión. Transferible a favor de quienes adquieran en el futuro los Bonos Subordinados de cualquier emisión que conforme el Programa de Emisiones. Forma de amortización del capital y pago de intereses: La amortización de capital y el pago de intereses serán efectuados emitido por la Entidad de Depósito de Valores es. En el día de vencimiento de un determinado cupón, se podrá efectuar la amortización de capital y pago de intereses, exigiendo un documento equivalente al Certificado de Acreditación de Titularidad, el mismo que indicará la titularidad del valor, fecha de su vencimiento, cronograma de cupones y Emisión a la que pertenece. Forma de representación de los Valores: Mediante anotaciones en cuenta en el Sistema de Registro de Anotaciones en Forma de circulación de los Valores: A la Orden. Forma de Pago en Colocación Primaria: En efectivo. Forma y Procedimiento de colocación primaria: Mercado Primario Bursátil a través de la Bolsa Boliviana de Valores S.A. Bonos Convertibles en Acciones: Los Bonos Subordinados a emitirse dentro del presente Programa de Emisiones no serán convertibles en acciones de la Sociedad. Compromisos Financieros: El Coeficiente de Adecuación Patrimonial del Banco sobre activos ponderados por riesgo debe ser el promedio de los últimos 3 meses calculado cada fin de mes igual o superior al once por ciento (11%), sin perjuicio de la obligación del Banco de cumplir con un mayor porcentaje que pueda ser establecido por la autoridad competente, conforme a lo señalado en la siguiente fórmula: 6 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS Patrimonio Neto (1) 11 % Valor Total de Activos Ponderados (2) (1) Calculado por la ASFI (2) Calculado conforme a normas emitidas por la SBEF (actualmente SFI) Coeficiente de Adecuación Patrimonial: El Capítulo VIII del Titulo IX de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras emitida por la SBEF (actualmente ASFI) reglamenta el control de la suficiencia patrimonial y ponderación de activos. Patrimonio Neto: El Artículo 46º de la LBEF define el Patrimonio Neto de las entidades de intermediación financiera como la suma del capital primario y del secundario, deducidos los ajustes determinados por la SBEF (actualmente ASFI) y los auditores externos. El coeficiente de adecuación patrimonial se calculará sobre la base del Patrimonio Neto. Asimismo, la Sección 3 del Capitulo VIII del Título IX de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras emitida por la SBEF (actualmente ASFI) establece la forma de cálculo del Patrimonio Neto. Valor Total de los Activos Ponderados: Para calcular este valor es necesario ponderar los activos y contingentes de la entidad en función a sus riesgos. El inciso b) del Artículo 47º de la LBEF establece los coeficientes de ponderación de cada activo y contingente. Asimismo, el capítulo VII Sección 2 de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras emitida por la SBEF (actualmente ASFI) establece el Procedimiento del Cálculo de la Ponderación de Activos y Contingentes. El resultado de dividir: la suma del valor de las siguientes cuentas del Banco: Disponibilidades e Inversiones Temporarias del Banco, entre la suma del valor de las siguientes cuentas del Banco: (i) Obligaciones con el Público a la Vista; y (ii) Obligaciones con el Público por Cuentas de Ahorro; debe ser el promedio de los últimos 3 meses calculado cada fin de mes igual o superior al cincuenta por ciento (50%), conforme a la siguiente fórmula, sin perjuicio de la obligación del Banco de cumplir con un mayor porcentaje que pueda ser establecido por la autoridad competente Disponibilidades e Inversiones Temporarias Obligaciones con el Público a la Vista + Obligaciones con el Público en Cuentas de Ahorro 50% Disponibilidades: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, representan el efectivo que mantiene la entidad en caja, los saldos a la vista en el Banco Central de Bolivia, en oficina matriz y sucursales del exterior, en bancos y corresponsales del país y del exterior; así como la tenencia de metales preciosos. También representa la existencia de cheques y otros documentos mercantiles de cobro inmediato. Inversiones Temporarias: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, corresponden a las inversiones en representativos de deuda adquiridos por la entidad; inversiones que han sido realizadas, conforme a su política de inversiones, con la intención de obtener una adecuada rentabilidad de sus excedentes temporales de liquidez y que puedan ser convertidas en disponibilidades en un plazo no mayor a treinta (30) días. Obligaciones con el Público a la Vista: Según el Artículo 37º de la LBEF, corresponde a cualquier clase de pasivos cuyo pago puede ser requerido a simple pedido del titular con la presentación del documento respectivo. Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, representan los fondos recibidos en depósitos y otros tipos de obligaciones con el público en general. No se consideran en este grupo las obligaciones con entidades del sector público (cuentas fiscales), el Banco Central de Bolivia, otros bancos y entidades de financiamiento. Incluye los correspondientes cargos devengados por pagar. 7 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS Obligaciones con el Público en Cuentas de Ahorro: Según el Artículo 37º de la LBEF, son depósitos de dinero con plazo indeterminado, sujetos al reglamento de cada banco y que serán aprobados por la ASFI. Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, corresponde a las obligaciones con el público por fondos recibidos en cuentas de ahorros. 3. El resultado de dividir el valor de la suma de la cuenta de Previsión para Incobrabilidad de Cartera del Banco más la Previsión para Activos Contingentes más la Previsión Genérica Cíclica más Previsiones Genéricas Voluntarias para pérdidas futuras aún no identificadas entre la suma del valor de las siguientes cuentas del Banco: Cartera Vencida más Cartera en Ejecución más Cartera Reprogramada o Reestructurada Vencida más Cartera Reprogramada o Reestructurada en Ejecución; debe ser el promedio de los últimos tres meses calculado cada fin de mes, igual o superior al cien por ciento (100%), conforme a la siguiente fórmula sin perjuicio de la obligación del Banco de cumplir con un mayor porcentaje que pueda ser establecido por la autoridad competente Previsión para Incobrabilidad de Cartera + Previsión para Activos Contingentes + Previsión Genérica Cíclica + Previsiones Genéricas Voluntarias para pérdidas futuras aún no identificadas 100% Cartera Vencida + Cartera en Ejecución + Cartera Reprogramada o Reestructurada Vencida + Cartera Reprogramada o Reestructurada en Ejecución Previsión para incobrabilidad de cartera: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, en esta cuenta se registra el importe que se estima para cubrir los riesgos de pérdidas por incobrabilidad de préstamos, de acuerdo con lo dispuesto en el Título V de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras. Previsión para Activos Contingentes: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras representa el importe estimado para cubrir el riesgo de posibles pérdidas originadas por los activos contingentes. Previsión Genérica Cíclica: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras representa el importe necesario para la constitución de la previsión cíclica requerida, según lo establecido en el Anexo de evaluación y calificación de la cartera de créditos de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras. Previsiones Genéricas Voluntarias para pérdidas futuras aún no identificadas: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras en esta cuenta se registran las previsiones que en forma voluntaria y adicional las entidades financieras constituyen para cubrir posibles pérdidas futuras y que aún no han sido identificadas. Cartera Vencida: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, corresponde a los créditos cuyo capital, cuotas de amortización o intereses no hayan sido cancelados íntegramente a la entidad hasta los 30 días contados desde la fecha de vencimiento. Para este efecto, la fecha efectiva de contabilización en esta cuenta es el día 31 de incumplimiento en el cronograma de pagos. Todo crédito cuyo vencimiento para las amortizaciones de capital, una cuota del mismo o interés devengados, haya sido prorrogado por períodos adicionales a 30 días se contabiliza en esta cuenta. Cartera en Ejecución: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, corresponde a los créditos por los cuales la entidad ha iniciado las acciones judiciales para el cobro. Cartera Reprogramada o Reestructurada Vencida: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras representa a los créditos reprogramados o reestructurados cuyo capital, cuotas de amortización o intereses no hayan sido cancelados íntegramente a la entidad hasta los 30 días contados desde la fecha de vencimiento. Cartera Reprogramada o Reestructurada en Ejecución: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras representa a los créditos reprogramados o reestructurados por los cuales la entidad ha iniciado las acciones judiciales para el cobro. Bonos Subordinados BancoSol Emisión 1 Primera Emisión de Bonos, comprendida dentro del Programa de Emisiones de Bonos Subordinados BancoSol 1. Tipo de interés: Nominal, anual y fijo. 2. Denominación de la emisión: Bonos Subordinados BancoSol - Emisión 1. 3. Plazo de la Emisión: 2.520 días calendario 4. Monto de la Emisión: Bs 50.000.000 (Cincuenta millones 00/100 Bolivianos) 8 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS 5. Moneda: Bolivianos (Bs). 6. Destino específico de los fondos y su plazo de utilización: Los recursos monetarios obtenidos de la colocación de los Bonos Subordinados de la presente Emisión de Bonos, serán destinados específicamente a colocación de cartera y/o capital de operaciones, conforme a las necesidades del Banco. Asimismo, la definición de este aspecto deberá ser efectuada dando cumplimiento a las limitaciones dispuestas por la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras (actualmente ASFI), en el Reglamento de Obligaciones Subordinadas computables como parte del Patrimonio Neto de las Entidades de Intermediación Financiera. Se establece un plazo de utilización de los recursos no mayor a 180 días calendario, computables a partir de la fecha de finalización de la colocación de los Bonos Subordinados BancoSol Emisión 1 en el Mercado Primario Bursátil. 7. Modalidad de colocación: A mejor esfuerzo. 8. Series en las que se dividirá la Emisión: Serie Única. 9. Valor nominal de los Bonos Subordinados: Bs 10.000.- (Diez mil 00/100 Bolivianos) 10. Cantidad de Valores que comprende la serie única: 5.000 (Cinco mil) 11. Frecuencia y forma en que se comunicarán los pagos a los Tenedores de Bonos Subordinados con la indicación del o de los medios de prensa de circulación nacional a utilizar: El pago de los intereses y amortización de capital se efectuará en oficinas del Agente Pagador, Panamerican Securities S.A. Agencia de Bolsa, en la siguiente dirección: Dichos pagos se realizarán en la misma moneda de la emisión a partir de la fecha de vencimiento registrada en las Anotaciones en Cuenta. El Emisor depositará en una cuenta asignada por el Agente Pagador los recursos monetarios necesarios para el pago de los Bonos Subordinados con por lo menos un día hábil de anticipación a la fecha de pago. El Emisor informará las fechas de pago de intereses y amortizaciones de capital, mediante avisos en un periódico de circulación nacional, con por lo menos un día de anticipación a la fecha de inicio del pago correspondiente. 12. Tasa de interés: 7,80% anual. 13. Reajustabilidad del Empréstito: La reajustabilidad del empréstito no se aplica. 14. Redención Anticipada: Los Bonos Subordinados BancoSol Emisión 1, que forman parte del Programa de Emisiones, podrán ser rescatados o redimidos anticipadamente luego de transcurrido un año desde la fecha de emisión establecida en la Autorización de Oferta Pública e inscripción en el RMV emitida por ASFI, de la presente Emisión comprendida en el Programa de Emisiones. Dicha redención podrá efectuarse mediante sorteo, de acuerdo a lo establecido en los artículos 662 al 667 del Código de Comercio, en lo aplicable. La redención por sorteo estará sujeta a una compensación monetaria al inversionista, calculada sobre la base porcentual respecto al monto de capital redimido anticipadamente, en función a los días de vida de la emisión, con sujeción a lo siguiente: Plazo de vida remanente de la emisión (en días) 9 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 Porcentaje de compensación por el saldo a capital a ser redimido 2.521 o más 3.00% 2.520 2.161 2.50% 2.160 1.801 2.00% INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS 1.800 1.441 1.75% 1.440 1.081 1.25% 1.080 721 0.75% 720 361 0.00% 360 1 0.00% Se aclara que los dos primeros rangos del cuadro anterior no se aplicarían por las características de la Emisión de BONOS SUBORDINADOS BancoSol- EMISION 1 dentro del Programa de Emisiones. El sorteo se celebrará ante Notario de Fe Pública. Adicionalmente, la redención podrá efectuarse a través de compras en el Mercado Secundario a un precio que sea calculado en función a la tasa de mercado del día en que la Sociedad comunique su eventual decisión de efectuar una redención anticipada. La tasa de mercado será determinada en concordancia con lo establecido en la Metodología de Valoración para entidades supervisadas por la ASFI. Se aclara para todos los fines consiguientes que en caso el rescate anticipado de los Bonos Subordinados que componen las diferentes Emisiones dentro del Programa de Emisiones, se realice antes de los cinco años computables desde la Fecha de Emisión, no deberá exceder el ochenta por ciento (80%) del total de la obligación subordinada. Adicionalmente en caso de aplicar el Banco el rescate anticipado, el monto prepagado deberá ser reemplazado obligatoriamente por nuevos aportes de capital, por la reinversión de utilidades, por otra deuda subordinada o por una combinación de las tres anteriores. 15. Periodicidad de pago de intereses: Cada 180 días calendario. 16. Periodicidad de Amortización de Capital: Cincuenta por ciento (50%) en el cupón trece (13) y cincuenta por ciento (50%) en el cupón catorce (14), conforme al cronograma de pagos a ser establecido en la Declaración Unilateral de Voluntad. 17. Garantía: Quirografaria, con la limitación establecida en el numeral 6 del Artículo 54 de la Ley de Bancos y Entidades Financieras (Texto Ordenado). Bonos Subordinados BancoSol Emisión 2 Segunda Emisión de Bonos, comprendida dentro del Programa de Emisiones de Bonos Subordinados BancoSol 1. Tipo de interés: Nominal, anual y fijo. 2. Denominación de la emisión: Bonos Subordinados BancoSol - Emisión 2. 3. Plazo de la Emisión: 2.520 días calendario 4. Monto de la Emisión: Bs 27.000.000 (Veintisiete millones 00/100 Bolivianos) 5. Moneda: Bolivianos (Bs). 6. Destino específico de los fondos y su plazo de utilización: Los recursos monetarios obtenidos de la colocación de los Bonos Subordinados de la presente Emisión de Bonos, serán destinados específicamente a colocación de cartera y/o capital de operaciones, conforme a las necesidades del Banco. Asimismo, la definición de este aspecto deberá ser efectuada dando cumplimiento a las limitaciones dispuestas por la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras (actualmente ASFI), en el Reglamento de Obligaciones Subordinadas computables como parte del Patrimonio Neto de las Entidades de Intermediación Financiera. Se establece un plazo de utilización de los recursos no mayor a 180 días calendario, computables a partir de la fecha de finalización de la colocación de los Bonos Subordinados BancoSol Emisión 2 en el Mercado Primario Bursátil. 7. Modalidad de colocación: A mejor esfuerzo. 8. Series en las que se dividirá la Emisión: Serie Única. 9. Valor nominal de los Bonos Subordinados: Bs 10.000.- (Diez mil 00/100 Bolivianos) 10. Cantidad de Valores que comprende la serie única: 2.700 (Dos mil setecientos) 10 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS 11. Frecuencia y forma en que se comunicarán los pagos a los Tenedores de Bonos Subordinados con la indicación del o de los medios de prensa de circulación nacional a utilizar: El pago de los intereses y amortización de capital se efectuará en oficinas del Agente Pagador, Panamerican Securities S.A. Agencia de Bolsa, en la siguiente dirección: Dichos pagos se realizarán en la misma moneda de la emisión a partir de la fecha de vencimiento registrada en las Anotaciones en Cuenta. El Emisor depositará en una cuenta asignada por el Agente Pagador los recursos monetarios necesarios para el pago de los Bonos Subordinados con por lo menos un día hábil de anticipación a la fecha de pago. El Emisor informará las fechas de pago de intereses y amortizaciones de capital, mediante avisos en un periódico de circulación nacional, con por lo menos un día de anticipación a la fecha de inicio del pago correspondiente. 12. Tasa de interés: 4% anual. 13. Reajustabilidad del Empréstito: La reajustabilidad del empréstito no se aplica. 14. Redención Anticipada: Los Bonos Subordinados BancoSol Emisión 2, que forman parte del Programa de Emisiones, podrán ser rescatados o redimidos anticipadamente luego de transcurrido un año desde la fecha de emisión establecida en la Autorización de Oferta Pública e inscripción en el RMV emitida por ASFI, de la presente Emisión comprendida en el Programa de Emisiones. Dicha redención podrá efectuarse mediante sorteo, de acuerdo a lo establecido en los artículos 662 al 667 del Código de Comercio, en lo aplicable. La redención por sorteo estará sujeta a una compensación monetaria al inversionista, calculada sobre la base porcentual respecto al monto de capital redimido anticipadamente, en función a los días de vida de la emisión, con sujeción a lo siguiente: Plazo de vida remanente de la emisión (en días) Porcentaje de compensación por el saldo a capital a ser redimido 2.160 1.801 2.00% 1.800 1.441 1.75% 1.440 1.081 1.25% 1.080 721 0.75% 720 361 0.00% 360 1 0.00% 2.160 1.801 2.00% 1.800 1.441 1.75% El sorteo se celebrará ante Notario de Fe Pública. Adicionalmente, la redención podrá efectuarse a través de compras en el Mercado Secundario a un precio que sea calculado en función a la tasa de mercado del día en que la Sociedad comunique su eventual decisión de efectuar una redención anticipada. La tasa de mercado será determinada en concordancia con lo establecido en la Metodología de Valoración para entidades supervisadas por la ASFI. Se aclara para todos los fines consiguientes que en caso el rescate anticipado de los Bonos Subordinados que componen las diferentes Emisiones dentro del Programa de Emisiones, se realice antes de los cinco años computables desde la Fecha de Emisión, no deberá exceder el ochenta por ciento (80%) del total de la obligación subordinada. Adicionalmente en caso de 11 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS aplicar el Banco el rescate anticipado, el monto prepagado deberá ser reemplazado obligatoriamente por nuevos aportes de capital, por la reinversión de utilidades, por otra deuda subordinada o por una combinación de las tres anteriores. 15. Periodicidad de pago de intereses: Cada 180 días calendario. 16. Periodicidad de Amortización de Capital: Cincuenta por ciento (50%) en el cupón trece (13) y cincuenta por ciento (50%) en el cupón catorce (14), conforme al cronograma de pagos 17.Garantía: Quirografaria, con la limitación establecida en el numeral 6 del Artículo 54 de la Ley de Bancos y Entidades Financieras (Texto Ordenado). 1. Monto de la Emisión: Bs 60,000,000.- (Sesenta millones 00/100 Bolivianos). 2. Plazo de la Emisión: 2,520 (dos mil quinientos veinte) días calendario, computables a partir de la Fecha de Emisión contenida en la Autorización de Oferta Pública de ASFI e inscripción de la presente Emisión en el RMV de ASFI 3. Tipo de Bonos a emitirse: Bonos Subordinados, obligacionales y redimibles a plazo fijo 4. Serie de la presente Emisión: Serie Única 5. Valor Nominal de los Bonos: Bs10,000.- (Diez mil 00/100 Bolivianos) 6. Moneda en la que se expresará la Emisión: 7. Cantidad de Bonos que comprende la Emisión: Seis mil (6,000) Bonos Subordinados 8. Tasa de interés: 5.5% 9. Tipo de interés: Nominal, anual y fijo. 10. Precio de Colocación Primaria: Mínimamente a la par del valor nominal. 11. Periodicidad de Pago de intereses: El pago de intereses se realizará cada 180 (ciento ochenta) días calendario. 12. Periodicidad de pago de Capital: 100% (cien por ciento) en el Cupón 14 conforme al Cronograma de Pagos aplicable a la presente Emisión. 13. Cronograma de pago del interés y del capital: Cronograma de Cupones por Bono Cupón Nº de días % de Amortización Amortización de Capital por Bono Pago de intereses por Bono (en Bs) (en Bs) Cupón 1 180 - - 275,00 Cupón 2 180 - - 275,00 Cupón 3 180 - - 275,00 Cupón 4 180 - - 275,00 Cupón 5 180 - - 275,00 Cupón 6 180 - - 275,00 12 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS Cupón 7 180 - - 275,00 Cupón 8 180 - - 275,00 Cupón 9 180 - - 275,00 Cupón 10 180 - - 275,00 Cupón 11 180 - - 275,00 Cupón 12 180 - - 275,00 Cupón 13 180 - - 275,00 Cupón 14 180 100,00% 10.000,00 275,00 14. Forma de representación de los Valores: Mediante anotaciones en cuenta en el Sistema de Registro de Anotaciones en regulaciones legales vigentes. 15. Plazo de colocación primaria: Ciento ochenta (180) días calendario, computables a partir de la Fecha de Emisión contenida en la Autorización de Oferta Pública de ASFI e Inscripción de la presente Emisión en el RMV de ASFI. 16. Forma de pago de capital e intereses: En el día de vencimiento de un determinado cupón se podrá efectuar el pago de contra la verificación de la relación de titularidad emitida por la EDV. A partir del día siguiente de la fecha de vencimiento del cupón, el pago será efectuado contra la presentación del CAT emitido por la EDV, dando cumplimiento a las normas legales vigentes aplicables. 17. Forma de circulación de los Valores: A la Orden 18. Forma de Pago en Colocación Primaria: En efectivo. 19. Modalidad de Colocación 20. Destino Específico de los fondos y su plazo de utilización: Los recursos monetarios obtenidos de la colocación de los Bonos Subordinados de la presente Emisión serán utilizados para colocación de cartera de créditos. Se establece que el plazo de utilización de los recursos no será mayor a ciento ochenta (180) días calendario, computables a partir de la fecha de finalización de la colocación en el Mercado Primario Bursátil. 21. Fecha desde la cual los Bonos Subordinados comienzan a devengar intereses: devengarán intereses a partir de su Fecha de Emisión, señalada en la Autorización de Oferta Pública de ASFI e Inscripción en el RMV de ASFI, y dejarán de devengar intereses a partir de la fecha establecida para el pago del interés y/o capital del Bono, según corresponda. 22. Bonos Convertibles en Acciones: 23. Garantía: La presente Emisión está respaldada por una garantía quirografaria de BancoSol, con la limitación establecida en el numeral 6 del Artículo 54 de la Ley de Bancos y Entidades Financieras (Texto Ordenado) hasta el monto total de las obligaciones emergentes de la presente Emisión y constituida de acuerdo al siguiente detalle: · Voluntaria a favor de todos los Tenedores de Bonos Subordinados. · Irrevocable, hasta la redención total de los Bonos Subordinados y pago de intereses, de acuerdo a las previsiones contenidas en los referidos bonos. · Divisible en cuanto a los derechos de cada Tenedor de Bonos Subordinados. · Transf 13 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS Bonos Subordinados BancoSol II 1. Monto de la Emisión: Bs 60.000.000 (sesenta millones 00/100 Bolivianos) 2. Plazo de la Emisión: 2.700 días calendario 3. Tipo de Bonos a emitirse: Bonos Subordinados, obligacionales y redimibles a plazo fijo. 4. Series de la presente Emisión: Serie Única. 5. Valor nominal de los Bonos: Bs 10.000.- (Diez mil 00/100 Bolivianos) 6. Moneda en la que se expresara la emisión: Bolivianos (Bs). 7. Cantidad de Bonos que comprende la emisión: seis mil (6000) Bonos Subordinados 8. Tasa de interés: 6%. 9. Tipo de interés: Nominal, anual y fijo. 10. Periodicidad de pago de intereses: Cada 180 días calendario. 11. Periodicidad de Amortización de Capital: el pago del capital se realizara al vencimiento. 12. Modalidad de colocación: A mejor esfuerzo. 13. Destino específico de los fondos y su plazo de utilización: Los recursos monetarios obtenidos de la colocación de los Bonos Subordinados de la presente Emisión serán utilizados para colocación de cartera de créditos. Se establece que el plazo de utilización de los recursos no será mayor a ciento ochenta (180) días calendario, computables a partir de la fecha de finalización de la colocación en el Mercado Primario Bursátil. 14. Garantía: La presente Emisión está respaldada por una garantía quirografaria de BancoSol, con la limitación establecida en el numeral 6 del Artículo 54 de la Ley de Bancos y Entidades Financieras (Texto Ordenado) hasta el monto total de las obligaciones emergentes de la presente Emisión y constituida de acuerdo al siguiente detalle: Voluntaria a favor de todos los Tenedores de Bonos Subordinados. Irrevocable, hasta la redención total de los Bonos Subordinados y pago de intereses, de acuerdo a las previsiones contenidas en los referidos bonos. Divisible en cuanto a los derechos de cada Tenedor de Bonos Subordinados. Compromisos Financieros En tanto los se encuentren pendientes de redención total, BancoSol se sujetará, para efectos del cumplimiento de las obligaciones emergentes de los Bonos Subordinados emitidos, a los compromisos financieros siguientes: Coeficiente de Adecuación Patrimonial El Coeficiente de Adecuación Patrimonial de BancoSol que corresponde al Patrimonio Neto de BancoSol, sobre el Valor Total de Activos Ponderados por Riesgo, considerando el promedio de los últimos 3 meses calculado cada fin de mes, deberá ser igual o superior al once por ciento (11%), sin perjuicio de la obligación de BancoSol de cumplir con un mayor porcentaje que pueda ser establecido por la autoridad competente, conforme a lo señalado en la siguiente fórmula: (1) Calculado por ASFI 14 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS (2) Calculado conforme a normas emitidas por la SBEF (actualmente ASFI) Coeficiente de Adecuación Patrimonial: El Capítulo I del Título VI del Libro 3 de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras emitida por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) reglamenta el control de la Suficiencia Patrimonial y Ponderación de Activos. Patrimonio Neto: El Artículo 46º de la LBEF define el Patrimonio Neto de las entidades de intermediación financiera como la suma del capital primario y del secundario, deducidos los ajustes determinados por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) y los auditores externos. El coeficiente de adecuación patrimonial se calculará sobre la base del Patrimonio Neto. Asimismo, la Sección 3 del Capítulo I del Título VI del Libro 3 de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras emitida por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) establece la forma de cálculo del Patrimonio Neto. Valor Total de los Activos Ponderados por Riesgo: Para calcular este valor es necesario ponderar los activos y contingentes de la entidad en función a sus riesgos. El inciso b) del Artículo 47º de la LBEF establece los coeficientes de ponderación de cada activo y contingente. Asimismo, la Sección 2 del Capítulo I del Título VI del Libro 3 de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras emitida por la Autoridad de Supervisión del sistema Financiero (ASFI) establece el Procedimiento del Cálculo de la Ponderación de Activos y Contingentes. Indicador de Liquidez El resultado de dividir la suma del valor de las siguientes cuentas de BancoSol: Disponibilidades e Inversiones Temporarias, entre la suma del valor de las siguientes cuentas: Obligaciones con el Público a la Vista y Obligaciones con el Público por Cuentas de Ahorro; considerando el promedio de los últimos 3 meses calculado cada fin de mes, deberá ser igual o superior al cincuenta por ciento (50%), sin perjuicio de la obligación de BancoSol de cumplir con un mayor porcentaje que pueda ser establecido por la autoridad competente, conforme a lo señalado en la siguiente fórmula: Disponibilidades: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, representan el efectivo que mantiene la entidad en caja, los saldos a la vista en el Banco Central de Bolivia, en oficina matriz y sucursales del exterior, en bancos y corresponsales del país y del exterior; así como, la tenencia de metales preciosos. También representa la existencia de cheques y otros documentos mercantiles de cobro inmediato. Inversiones Temporarias: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, corresponden a las inversiones en representativos de deuda adquiridos por la entidad; inversiones que han sido realizadas, conforme a su política de inversiones, con la intención de obtener una adecuada rentabilidad de sus excedentes temporales de liquidez y que puedan ser convertidas en disponibilidades en un plazo no mayor a treinta (30) días. Obligaciones con el Público a la Vista: Según el Artículo 37 de la LBEF, corresponde a cualquier clase de pasivos cuyo pago puede ser requerido a simple pedido del titular con la presentación del documento respectivo. Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, Corresponden a las obligaciones con el público de exigibilidad inmediata. Obligaciones con el Público en Cuentas de Ahorro: Según el Artículo 37 de la LBEF, son depósitos de dinero con plazo indeterminado, sujetos al reglamento de cada banco y que serán aprobados por ASFI. Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, corresponde a las obligaciones con el público por fondos recibidos en cuentas de ahorros. Indicador de cobertura El resultado de dividir el valor de la suma de la cuenta de Previsión para Incobrabilidad de Cartera más la Previsión para Activos Contingentes más la Previsión Genérica Cíclica más las Previsiones Genéricas Voluntarias para pérdidas futuras aún no identificadas entre la suma del valor de las siguientes cuentas: Cartera Vencida más Cartera en Ejecución más Cartera 15 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS Reprogramada o Reestructurada Vencida más Cartera Reprogramada o Reestructurada en Ejecución; debe ser el promedio de los últimos tres meses calculado cada fin de mes, igual o superior al cien por ciento (100%), conforme a la siguiente fórmula sin perjuicio de la obligación de BancoSol de cumplir con un mayor porcentaje que pueda ser establecido por la autoridad competente. Previsión para incobrabilidad de cartera: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, en esta cuenta se registra el importe que se estima para cubrir los riesgos de pérdidas por incobrabilidad de préstamos, de acuerdo con lo dispuesto en el Título V de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras. Previsión para Activos Contingentes: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, en esta cuenta se registra el importe estimado para cubrir el riesgo de posibles pérdidas originadas por los activos contingentes. Previsión Genérica Cíclica: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, en esta cuenta se registra el importe necesario para la constitución de la previsión cíclica requerida, según lo establecido en el Anexo de evaluación y calificación de la cartera de créditos de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras. Previsiones Genéricas Voluntarias para pérdidas futuras aún no identificadas: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras en esta cuenta se registran las previsiones que en forma voluntaria y adicional las entidades financieras constituyen para cubrir posibles pérdidas futuras y que aún no han sido identificadas. Cartera Vencida: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, en esta cuenta se registran los créditos cuyo capital, cuotas de amortización o intereses no hayan sido cancelados íntegramente a la entidad hasta los 30 días contados desde la fecha de vencimiento. Para este efecto, la fecha efectiva de contabilización en esta cuenta es el día 31 de incumplimiento en el cronograma de pagos. Todo crédito cuyo vencimiento para las amortizaciones de capital, una cuota del mismo o intereses devengados, haya sido prorrogado por períodos adicionales a 30 días se contabiliza en esta cuenta. Asimismo, en cumplimiento a lo dispuesto mediante Resolución ASFI N° 317/2011 de 30 de marzo de 2011, se incluyen en esta cuenta las operaciones crediticias de aquellos deudores que al momento del deslizamiento de tierras ocurrido el 26 de febrero de 2011, en la Zona Este de la Ciudad de La Paz, se encontraban vencidas. Cartera en Ejecución: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, en esta cuenta se registran los créditos por los cuales la entidad ha iniciado las acciones judiciales para el cobro. Asimismo, en cumplimiento a lo dispuesto mediante Resolución ASFI N° 317/2011 de 30 de marzo de 2011, se incluyen en esta cuenta las operaciones crediticias de aquellos deudores que al momento del deslizamiento de tierras ocurrido el 26 de febrero de 2011, en la Zona Este de la Ciudad de La Paz, se les inició acciones judiciales para el cobro. Cartera Reprogramada o Reestructurada Vencida: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, en esta cuenta se registran los créditos reprogramados o reestructurados cuyo capital, cuotas de amortización o intereses no hayan sido cancelados íntegramente a la entidad hasta los 30 días contados desde la fecha de vencimiento. Cartera Reprogramada o Reestructurada en Ejecución: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, en esta cuenta se registran los créditos reprogramados o reestructurados por los cuales la entidad ha iniciado las acciones judiciales para el cobro. El cálculo de los compromisos financieros descritos precedentemente será trimestral, entendiéndose por trimestre el cierre de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, y enviado en forma conjunta con los Estados Financieros que se remiten a la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, a la Bolsa Boliviana de Valores S.A. y al Representante Común de los Tenedores de Bonos Subordinados, en los plazos establecidos aplicables para cada entidad. Todos los compromisos anteriormente señalados, podrán ser modificados por el Banco previo consentimiento de la Asamblea General de la Emisión, la cual no podrá negarse, retractarse ni condicionar dicho consentimiento de manera no razonable, cuando dicha modificación sea: (i) necesaria para el desarrollo de la Sociedad, (ii) pudiera resultar en un incremento en los 16 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS ingresos de la Sociedad, o (iii) pudiera resultar en una disminución de los costos de la Sociedad, y dichas modificaciones se encuentren dentro de un marco de las prácticas comerciales generalmente aceptadas en la industria. Programa de Emisiones de Bonos BancoSol Denominación y emisiones que conforman el Programa de Emisiones de Bonos: El presente Programa de Emisiones se denomina Bonos Banco y estará conformado por una o varias emisiones. Monto, Plazo y Moneda del Programa de Emisiones de Bonos: El monto total del Programa de Emisiones de Bonos alcanza a Bs 500.000.000.- (Quinientos millones 00/100 Bolivianos). El plazo del Programa de Emisiones de Bonos es de mil ochenta (1.080) días calendario, computables desde la notificación de la Resolución de ASFI, que autorice e inscriba el Programa de Emisiones en el Registro del Mercado de Valores de ASFI. Las monedas en las que se expresarán las emisiones que forman parte del Programa de Emisiones de Bonos podrán ser Dólares de lo s Estados Unidos de América ( US$ o Bolivianos B ). Para efectos del cálculo del monto máximo autorizado por la Junta y ASFI, se deberá tomar en cuenta el tipo de cambio de venta vigente del Dólar de los Estados Unidos de América, establecido por el Banco Central de Bolivia a la fecha de Autorización de Oferta Pública de cada Emisión que conforme el presente Programa de Emisiones. La Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad mediante reunión específica, debidamente convocada al efecto, resolverá y aprobará en base a las características generales del Programa de Emisiones señaladas en el numeral 1.1 del Acta de la Junta de Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011 los términos, condiciones y características especificas aplicables a cada una de las emisiones comprendidas dentro del Programa de Emisiones. Forma de Amortización de capital y pago de intereses de cada emisión que forme parte del Programa de Emisiones de Bonos: La amortización de capital y el pago de intereses serán efectuados contra la presentación del Certificado de Acreditación de Titularidad por la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A. (EDV), dando cumplimiento a las normas legales vigentes aplicables. En el día de vencimiento de un determinado cupón, se podrá efectuar la amortización de capital y pago de intereses, contra la verificación de la relación de titularidad contenida en un documento equivalente al Certificado de Acreditación de Titularidad (CAT) emitido por la EDV, el mismo que indicará la titularidad del valor y la Emisión a la que pertenece. Individualización de las Emisiones que formen parte del Programa de Emisiones de Bonos El Programa de Emisiones comprenderá Emisiones periódicas de Bonos, cuya individualización y características serán definidas conforme a las determinaciones de La Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad que mediante reunión específica, debidamente convocada al efecto, resolverá y aprobará en base a las características generales del Programa de Emisiones señaladas en el numeral 1.1 del Acta de la Junta de Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011 los términos, condiciones y características especificas aplicables a cada una de las emisiones comprendidas dentro del Programa de Emisiones y las mismas serán comunicadas oportunamente a ASFI por BancoSol mediante nota expresa y envío del Acta correspondiente de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad, que apruebe los términos, condiciones y características de las Emisiones dentro del Programa de Emisiones, remisión del Prospecto Complementario y de la Declaración Unilateral de Voluntad aplicable. Asimismo, existirían ciertas características adicionales y aspectos operativos aplicables a cada una de las Emisiones de Bonos que conforman el Programa de Emisiones que podrán ser delegadas a favor del Directorio de BancoSol, siempre y cuando las regulaciones prudenciales de ASFI así lo permitan y en consecuencia autoricen y faculten expresamente a los Accionistas a delegar al Directorio determinadas condiciones especificas aplicables a cada una de las Emisiones que formen parte del Programa de Emisiones señaladas en el numeral 1.1 del Acta de la Junta de Accionistas de fecha 24 de junio de 2011. Precio de colocación primaria: El Precio de colocación será mínimamente a la par del valor nominal. Plazo de colocación de cada Emisión dentro del Programa de Emisiones de Bonos: Ciento ochenta (180) días calendario, computables a partir de la Fecha de Emisión respectiva contenida en la autorización de Oferta Pública de ASFI e inscripción 17 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS de la correspondiente Emisión dentro del Programa de Emisiones en el RMV de ASFI, conforme a lo establecido en el numeral 1.1 del Acta de la Junta de Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011. Tipo de Bonos a Emitirse: Bonos obligacionales y redimibles a plazo fijo. Redención Anticipada: Los Bonos que componen las diferentes Emisiones dentro del presente Programa de Emisiones podrán ser redimidos anticipadamente total o parcialmente luego de transcurridos 360 (trescientos sesenta) días calendario desde la Fecha de Emisión determinada, conforme a lo establecido en el numeral 1.1 del Acta de la Junta de Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011 y a la Delegación de Definiciones establecida en el numeral 1.3 del Acta de la Junta de Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011. En conforme a la Delegación de Definiciones establecida en el numeral 1.3 de la presente Acta, podrá determinar, cuando lo juzgue conveniente a los intereses de la Sociedad, la redención anticipada de los Bonos, modalidad de redención y cantidad de correspondiente Emisión dentro del Programa de Emisiones de Bonos en el RMV de ASFI, de acuerdo a los siguientes procedimientos: Redención mediante sorteo La redención podrá efectuarse mediante sorteo, de acuerdo a los lineamientos establecidos en los Artículos 662 al 667 del Código de Comercio, en lo aplicable. La redención por sorteo estará sujeta a una compensación monetaria al inversionista, calculada sobre la base porcentual respecto al monto de capital redimido anticipadamente, en función a los días de vida remanentes de la emisión, con sujeción a lo siguiente: Plazo de vida remanente de la emisión (en días) Porcentaje de compensación por el saldo a capital a ser redimido 2520 o mayor 3.00% 2.520 2.161 2.50% 2.160 1.801 2.00% 1.800 1.441 1.75% 1.440 1.081 1.25% 1.080 721 0.75% 720 361 0.50% 360 1 0.00% El sorteo se celebrará ante un Notario de Fe Pública, con asistencia de Representantes de la Sociedad y del Representante Común de Tenedores de Bonos, debiendo el Notario de Fe Pública levantar acta de la diligencia, indicando la lista de los Bonos que salieron sorteados para ser redimidos anticipadamente, la que se protocolizará en sus registros. Dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de celebración del sorteo, se deberá publicar por una vez, en un periódico de circulación nacional, la lista de Bonos sorteados para redención anticipada, con la identificación de los mismos, de acuerdo a la nomenclatura que utiliza la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., indicación de la fecha en la que se efectuará el pago que será después de quince (15) días hábiles siguientes a la publicación y con la indicación de que los Bonos sorteados conforme a lo anterior dejarán de generar intereses desde la fecha fijada para su pago. 18 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS La Sociedad depositará en la cuenta bancaria designada por el Agente Pagador, el importe de los Bonos sorteados, la compensación por la redención anticipada cuando corresponda, y los intereses devengados hasta la fecha de pago, mínimo un día hábil antes de la fecha señalada para el pago. Redención mediante Mercado Secundario La redención anticipada podrá efectuarse a través de compras en el Mercado Secundario a un precio que sea calculado en función a la tasa de mercado del día anterior al que la Sociedad comunique su eventual decisión de efectuar una redención anticipada. La tasa de mercado será determinada en concordancia con lo establecido en la Metodología de Valoración para entidades supervisadas por ASFI. En caso de que la redención anticipada se efectúe a través de compras en Mercado Secundario, las transacciones deberán realizarse en la Bolsa Boliviana de Valores S.A. El Directorio del BancoSol conforme a la Delegación de Definiciones establecida en el numeral 1.1 en el Acta de la Junta de Accionistas de fecha 24 de junio de 2011, podrá determinar, cuando lo juzgue conveniente a los intereses de la Sociedad, la redención anticipada de los Bonos, la modalidad de redención y la cantidad de Bonos a ser redimidos. Asimismo, cualquier decisión de redimir valores a través de sorteo o mediante compras en Mercado Secundario y los resultados del sorteo, cuando corresponda, deberán ser comunicados como Hecho Relevante a ASFI, a la Bolsa Boliviana de Valores S.A. y al Representante Común de Tenedores de Bonos a más tardar al día siguiente hábil de conocido el mismo. En caso de haberse realizado una redención anticipada y que como resultado de ello, el plazo de los Bonos resultara menor al plazo mínimo establecido por Ley para la exención del RC - IVA, el Emisor pagará al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) el total de los impuestos correspondientes a dicha redención, no pudiendo descontar los mencionados montos a los Tenedores de Bonos que se hubiesen visto afectados por la redención anticipada. Lugar de amortizaciones de capital y pago de intereses: Las amortizaciones de capital y pago de intereses, se realizarán en las oficinas del Agente Pagador. Garantía: Todas las Emisiones que formen parte del Programa de Emisiones estarán respaldadas por una garantía quirografaria de BancoSol, con la limitación establecida en el numeral 6 del Artículo 54 de la Ley de Bancos y Entidades Financieras (Texto Ordenado, Decreto Supremo N° 26581 de 3 de abril de 2002) hasta el monto total de las obligaciones emergentes de cada Emisión y constituida de acuerdo al siguiente detalle: Voluntaria a favor de todos los Tenedores de Bonos. Irrevocable, hasta la redención total de Bonos y pago de intereses, de acuerdo a las previsiones contenidas en los referidos bonos. Divisible en cuanto a los derechos de cada Tenedor de Bonos. Válida y existente a la fecha de emisión. Transferible a favor de quienes adquieran en el futuro los Bonos de cualquier emisión que conforme el Programa de Emisiones de Bonos. Aspectos relacionados a los intereses y amortizaciones de capital Tasa de Interés Será la determinada por La Junta Extraordinaria de Accionistas o en su defecto por el Directorio de BancoSol de acuerdo a lo establecido en el numeral 1.1 del Acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de fecha 24 de junio de 2011. Para cada caso, la Tasa de Interés será comunicada oportunamente a la Dirección de Supervisión de Valores de ASFI e incluida en la Autorización de Oferta Pública e inscripción en el RMV emitida por ASFI. Tipo de interés 19 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS El tipo de interés de cada serie de cada Emisión contenida dentro del presente Programa de Emisiones de Bonos será determinado por La Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad que mediante reunión específica, debidamente convocada al efecto, resolverá y aprobará en base a las características generales del Programa de Emisiones señaladas en el numeral 1.1 del Acta de la Junta de Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011 los términos, condiciones y características específicas aplicables a cada una de las emisiones comprendidas dentro del Programa de Emisiones. Fecha a partir de la cual los Bonos comienzan a ganar intereses y reajustes Los Bonos devengarán intereses a partir de su Fecha de Emisión, establecida en la Autorización de Oferta Pública de ASFI e inscripción en el RMV de ASFI para cada una de las Emisiones comprendidas dentro del Programa de Emisiones, y dichos intereses dejarán de generarse a partir de la fecha establecida para el pago del interés y/o amortización de capital del Bono, según corresponda. Lugar de amortización de capital y pago de intereses El lugar para la amortización de capital y pago de intereses de las Emisiones que formen parte del presente Programa de Emisiones de Bonos se realizarán en las oficinas del Agente Pagador. El Emisor es el responsable exclusivo del cumplimiento de pago de las obligaciones originadas por los Bonos y cupones, mediante la provisión oportuna de fondos al Agente Pagador. El Agente Pagador no estará obligado a realizar pago alguno si no hubieran sido provistos a tiempo los recursos necesarios por el Emisor o por cuenta del Emisor, quedando en ese caso obligado a comunicar oportunamente tal falta de provisión a la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, a la Bolsa Boliviana de Valores S.A. y al Representante Común de Tenedores de Bonos de la Emisión. Provisión para el pago de intereses y amortizaciones de capital BancoSol es responsable exclusivo de la provisión de fondos para la amortización de capital y pago de intereses en la cuenta que para tal efecto establezca el Agente Pagador. Transcurridos noventa (90) días calendario de la fecha señalada para el pago, el emisor podrá retirar las cantidades depositadas en la cuenta designada por el Agente Pagador, en caso que el pago de intereses o amortizaciones de capital de los Bonos emitidos dentro del programa no hubiese sido reclamado o cobrado. Posteriormente, dicho monto quedará a disposición de los Tenedores de Bonos en la cuenta bancaria que designe BancoSol. De acuerdo a lo establecido por los Artículos 670 y 681 del Código de Comercio, las acciones para el cobro de intereses y capital de los Bonos prescriben en cinco (5) y diez (10) años, respectivamente. En caso de que BancoSol no realice la provisión para el pago de intereses y amortización de capital, el Agente Pagador informará tal situación como Hecho Relevante a ASFI, a la BBV y al Representante Común de Tenedores de Bonos, en los plazos establecidos para tal efecto. Denominación de cada emisión La denominación de cada Emisión que forme parte del Programa de Emisiones será determinada por la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad que mediante reunión específica, debidamente convocada al efecto, resolverá y aprobará en base a las características generales del Programa de Emisiones señaladas en el numeral 1.1 del Acta de la Junta de Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011 los términos, condiciones y características especificas aplicables a cada una de las emisiones comprendidas dentro del Programa de Emisiones. Plazo de cada Emisión El plazo de cada Emisión que forme parte del Programa de Emisiones será determinado por la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad que mediante reunión específica, debidamente convocada al efecto, resolverá y aprobará en base a las características generales del Programa de Emisiones señaladas en el numeral 1.1 del Acta de la Junta de 20 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011 los términos, condiciones y características especificas aplicables a cada una de las emisiones comprendidas dentro del Programa de Emisiones. Monto de cada Emisión El monto de cada Emisión que forme parte del presente Programa de Emisiones de Bonos, será determinado por la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad que mediante reunión específica, debidamente convocada al efecto, resolverá y aprobará en base a las características generales del Programa de Emisiones señaladas en el numeral 1.1 del Acta de la Junta de Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011 los términos, condiciones y características específicas aplicables a cada una de las emisiones comprendidas dentro del Programa de Emisiones. Moneda en la que se expresarán las Emisiones Las Emisiones que forman parte del Programa de Emisiones podrán estar expresadas en Dólares de los Estados Unidos de tomar en cuenta el tipo de cambio de venta vigente del Dólar de los Estados Unidos de América, publicado por el Banco Central de Bolivia a la fecha de Autorización de Oferta Pública de cada Emisión que conforme el presente Programa de Emisiones. Esta característica será determinada por la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad que mediante reunión específica, debidamente convocada al efecto, resolverá y aprobará en base a las características generales del Programa de Emisiones señaladas en el numeral 1.1 del Acta de la Junta de Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011 los términos, condiciones y características especificas aplicables a cada una de las emisiones comprendidas dentro del Programa de Emisiones. Plazo para la amortización o pago total de los Bonos a ser emitidos dentro del Programa de Emisiones El plazo para la amortización de capital o pago total de los Bonos emitidos dentro del Programa de Emisiones no será superior, de acuerdo a documentos constitutivos, al plazo de duración de la Sociedad. Asimismo, las Emisiones que formen parte integrante del Programa de Emisiones, tendrán un plazo superior a cinco años, de acuerdo a las disposiciones legales de ASFI. Incumplimiento de pago de los Bonos La falta de pago de capital o intereses de los Bonos dentro del Programa de Emisiones, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 7 de la Sección 4 de la Resolución SB Nº 098/2008 de fecha 11 de junio de 2008 emitida por la SBEF (actualmente ASFI), y el inciso a) del artículo 120º de la LBEF, se constituye en causal de intervención por parte de ASFI. Modalidad de colocación La modalidad de colocación de cada Emisión comprendida dentro del Programa de Emisiones de Bonos será determinada por la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad que mediante reunión específica, debidamente convocada al efecto, resolverá y aprobará en base a las características generales del Programa de Emisiones señaladas en el numeral 1.1 del Acta de la Junta de Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011 los términos, condiciones y características especificas aplicables a cada una de las emisiones comprendidas dentro del Programa de Emisiones. Series y montos en que se dividirá cada Emisión Las series en que se dividirá cada Emisión y sus montos serán determinadas por la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad que mediante reunión específica, debidamente convocada al efecto, resolverá y aprobará en base a las características generales del Programa de Emisiones señaladas en el numeral 1.1 del Acta de la Junta de Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011 los términos, condiciones y características especificas aplicables a cada una de las emisiones comprendidas dentro del Programa de Emisiones. 21 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS Valor nominal de los Bonos El valor nominal de los Bonos que forman parte del Programa de Emisiones, será determinado por La Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad que mediante reunión específica, debidamente convocada al efecto, resolverá y aprobará en base a las características generales del Programa de Emisiones señaladas en el numeral 1.1 del Acta de la Junta de Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011 los términos, condiciones y características especificas aplicables a cada una de las emisiones comprendidas dentro del Programa de Emisiones. Compromisos financieros En tanto los Ban que componen las diferentes Emisiones del Programa de Emisiones se encuentren pendientes de redención total, BancoSol se sujetará, para efectos del cumplimiento de las obligaciones emergentes de los Bonos emitidos, a los compromisos financieros siguientes: 1. Coeficiente de Adecuación Patrimonial. El Coeficiente de Adecuación Patrimonial de la Sociedad sobre activos ponderados por riesgo debe ser el promedio de los últimos 3 meses calculado cada fin de mes igual o superior al once por ciento (11%), sin perjuicio de la obligación de BancoSol de cumplir con un mayor porcentaje que pueda ser establecido por la autoridad competente, conforme a lo señalado en la siguiente fórmula: Patrimonio Neto (1) 11% Valor Total de Activos Ponderados (2) (1) Calculado por la ASFI (2) Calculado conforme a normas emitidas por la SBEF (actualmente SFI) Coeficiente de Adecuación Patrimonial: El Capítulo VIII del Título IX de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras emitida por la SBEF (actualmente ASFI) reglamenta el control de la Suficiencia Patrimonial y Ponderación de Activos. Patrimonio Neto: El Artículo 46 de la LBEF define el Patrimonio Neto de las entidades de intermediación financiera como la suma del capital primario y del secundario, deducidos los ajustes determinados por la SBEF (actualmente ASFI) y los auditores externos. El Coeficiente de Adecuación Patrimonial se calculará sobre la base del Patrimonio Neto. Asimismo, la Sección 3 del Capítulo VIII del Título IX de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras emitida por la SBEF (actualmente ASFI) establece la forma de cálculo del Patrimonio Neto. Valor Total de los Activos Ponderados: Para calcular este valor es necesario ponderar los activos y contingentes de la entidad en función a sus riesgos. El inciso b) del Artículo 47 de la LBEF establece los coeficientes de ponderación de cada activo y contingente. Asimismo, el capítulo VII Sección 2 de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras emitida por la SBEF (actualmente ASFI) establece el Procedimiento del Cálculo de la Ponderación de Activos y Contingentes. 2. El resultado de dividir: la suma del valor de las siguientes cuentas de BancoSol: Disponibilidades más Inversiones Temporarias, entre la suma del valor de las siguientes cuentas: (i) Obligaciones con el Público a la Vista; y (ii) Obligaciones con el Público por Cuentas de Ahorro; debe ser el promedio de los últimos 3 meses calculado cada fin de mes igual o superior al cincuenta por ciento (50%), conforme a la siguiente fórmula, sin perjuicio de la obligación de BancoSol de cumplir con un mayor porcentaje que pueda ser establecido por la autoridad competente. Disponibilidades e Inversiones Temporarias 22 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 50% INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS Obligaciones con el Público a la Vista + Obligaciones con el Público en Cuentas de Ahorro Disponibilidades: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, representan el efectivo que mantiene la entidad en caja, los saldos a la vista en el Banco Central de Bolivia, en oficina matriz y sucursales del exterior, en bancos y corresponsales del país y del exterior; así como la tenencia de metales preciosos. También representa la existencia de cheques y otros documentos mercantiles de cobro inmediato. Inversiones Temporarias: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, corresponden a las inversiones representativos de deuda adquiridos por la entidad; inversiones que han sido realizadas, conforme a su política de inversiones, con la intención de obtener una adecuada rentabilidad de sus excedentes temporales de liquidez y que puedan ser convertidas en disponibilidades en un plazo no mayor a treinta (30) días. Obligaciones con el Público a la Vista: Según el Artículo 37 de la LBEF, corresponde a cualquier clase de pasivos cuyo pago puede ser requerido a simple pedido del titular con la presentación del documento respectivo. Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, representan los fondos recibidos en depósitos y otros tipos de obligaciones con el público en general. No se consideran en este grupo las obligaciones con entidades del sector público (cuentas fiscales), el Banco Central de Bolivia, otros bancos y entidades de financiamiento. Incluye los correspondientes cargos devengados por pagar. Obligaciones con el Público en Cuentas de Ahorro: Según el Artículo 37 de la LBEF, son depósitos de dinero con plazo indeterminado, sujetos al reglamento de cada banco y que serán aprobados por ASFI. Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, corresponde a las obligaciones con el público por fondos recibidos en cuentas de ahorros. El resultado de dividir el valor de la suma de la cuenta de Previsión para Incobrabilidad de Cartera del Banco más la Previsión para Activos Contingentes más la Previsión Genérica Cíclica más Previsiones Genéricas Voluntarias para pérdidas futuras aún no identificadas entre la suma del valor de las siguientes cuentas: Cartera Vencida más Cartera en Ejecución más Cartera Reprogramada o Reestructurada Vencida más Cartera Reprogramada o Reestructurada en Ejecución; debe ser el promedio de los últimos tres meses calculado cada fin de mes, igual o superior al cien por ciento (100%), conforme a la siguiente fórmula sin perjuicio de la obligación de BancoSol de cumplir con el mayor porcentaje que pueda ser establecido por la autoridad competente. Previsión para Incobrabilidad de Cartera + Previsión para Activos Contingentes + Previsión Genérica Cíclica + Previsiones Genéricas Voluntarias para pérdidas futuras aún no identificadas 100% Cartera Vencida + Cartera en Ejecución + Cartera Reprogramada o Reestructurada Vencida + Cartera Reprogramada o Reestructurada en Ejecución Previsión para incobrabilidad de cartera: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, en esta cuenta se registra el importe que se estima para cubrir los riesgos de pérdidas por incobrabilidad de préstamos, de acuerdo con lo dispuesto en el Título V de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras. Previsión para Activos Contingentes: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras representa el importe estimado para cubrir el riesgo de posibles pérdidas originadas por los activos contingentes. Previsión Genérica Cíclica: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras representa el importe necesario para la constitución de la previsión cíclica requerida, según lo establecido en el Anexo de evaluación y calificación de la cartera de créditos de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras. Previsiones Genéricas Voluntarias para pérdidas futuras aún no identificadas: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras en esta cuenta se registran las previsiones que en forma voluntaria y adicional las entidades financieras constituyen para cubrir posibles pérdidas futuras y que aún no han sido identificadas. Cartera Vencida: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, corresponde a los créditos cuyo capital, cuotas de amortización o intereses, no hayan sido cancelados íntegramente a la entidad hasta los 30 días contados 23 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS desde la fecha de vencimiento. Para este efecto, la fecha efectiva de contabilización en esta cuenta es el día 31 de incumplimiento en el cronograma de pagos. Todo crédito cuyo vencimiento para las amortizaciones de capital, una cuota del mismo o interés devengados, haya sido prorrogado por períodos adicionales a 30 días se contabiliza en esta cuenta. Cartera en Ejecución: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, corresponde a los créditos por los cuales la entidad ha iniciado las acciones judiciales para el cobro. Cartera Reprogramada o Reestructurada Vencida: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras representa a los créditos reprogramados o reestructurados cuyo capital, cuotas de amortización o intereses no hayan sido cancelados íntegramente a la entidad hasta los 30 días contados desde la fecha de vencimiento. Cartera Reprogramada o Reestructurada en Ejecución: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras representa a los créditos reprogramados o reestructurados por los cuales la entidad ha iniciado las acciones judiciales para el cobro. El cálculo de los compromisos financieros descritos precedentemente será enviado a ASFI a la BBV y al Representante Común de Tenedores Bonos de forma trimestral, dentro de los siguientes 15 días de vencido cada trimestre, entendiéndose por trimestre el cierre de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. Todos los compromisos anteriormente señalados, podrán ser modificados por la Sociedad previo consentimiento de la Asamblea General del Programa, la cual no podrá negarse, retractarse ni condicionar dicho consentimiento de manera no razonable, cuando dicha modificación sea (i) necesaria para el desarrollo de la Sociedad, (ii) pudiera resultar en un incremento en los ingresos de la Sociedad, o (iii) pudiera resultar en una disminución de los costos de la Sociedad, y dichas modificaciones se encuentren dentro de un marco de las prácticas comerciales generalmente aceptadas en la industria financiera bancaria. Tratamiento Tributario De acuerdo a lo dispuesto por los Artículos 29 y 35 de la Ley 2064 de fecha 03 de abril de 2000, el tratamiento tributario de las emisiones dentro del Programa es el siguiente: Toda Ganancia de capital producto de la valuación de Bonos a precios de mercado o producto de su venta definitiva están exentas de todo pago de impuesto; y El pago de intereses de las emisiones dentro del Programa cuyo plazo de vigencia sea igual o superior a tres años está exento del pago del RC-IVA. Los impuestos antes señalados y los demás impuestos actuales y futuros se aplican conforme a las disposiciones legales que los regulen. Bonos BancoSol Emisión 1 Denominación de la Emisión: La presente Emisión se denomina Bonos BancoSol dentro del Programa de Emisiones de Bonos denominado nos Ban y se encuentra comprendida Series y Cantidad de Bonos de la Emisión 1: La Emisión 1, comprendida dentro del Programa de Emisiones, tendrá una serie única y estará compuesta por 17.000 (diecisiete mil) bonos. Monto total de la Emisión: El monto de la Emisión 1 es de Bs 170.000.000 (Ciento setenta millones 00/100 de Bolivianos). Plazo de la Emisión: El plazo de la Emisión 1 es de 3.600 (Tres mil seiscientos) días calendario, computables a partir de la fecha de emisión contenida en la Autorización de Oferta Pública de ASFI e inscripción en el RMV de ASFI de la presente Emisión. Tipo de Valores a Emitirse: Bonos Obligacionales y Redimibles a Plazo Fijo 24 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS Valor nominal de los Bonos: El valor nominal de cada bono perteneciente a la Emisión 1 es de Bs10.000 (Diez mil 00/100 Bolivianos). Tipo y Tasa de Interés de la Emisión 1: Los Bonos de la presente Emisión, devengarán un interés nominal, anual y fija de 6.00%. Los intereses serán cancelados en las oficinas del Agente Pagador contra la presentación del Certificado de Acreditación de Titularidad (CAT) emitido por la Entidad de Depósito de Valores S.A. (EDV). Duración (plazo económico) de la Serie Única dentro de la Emisión: La duración (plazo económico) de la Serie Única de la Emisión 1 es de 2.758 días calendario, cálculo realizado según lo indicado en de la Resolución Administrativa SPVS - Nº 174 de fecha 10 de marzo de 2005, referida a la Metodología de Valoración para Entidades Supervisadas por la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros (actualmente ASFI). Periodicidad de Pago de intereses, Amortizaciones de Capital y Cronograma de Cupones: El pago de intereses se realizará cada 180 (ciento ochenta) días calendario. La amortización de Capital será a vencimiento, conforme a lo establecido en el Cronograma de Cupones siguiente: Cupón Número de Días Pago de Intereses por Bono(Expresado en Bs) 1 180 300,00 2 180 300,00 3 180 300,00 4 180 300,00 5 180 300,00 6 180 300,00 7 180 300,00 8 180 300,00 9 180 300,00 10 180 300,00 11 180 300,00 12 180 300,00 13 180 300,00 14 180 300,00 15 180 300,00 16 180 300,00 17 180 300,00 18 180 300,00 19 180 300,00 20 180 300,00 Las amortizaciones de capital y pago de intereses se efectuarán contra la presentación del Certificado de Acreditación de Titularidad (CAT) emitido por la Entidad de Depósito de Valores S.A. (EDV), dando cumplimiento a las normas legales vigentes. En el día de vencimiento de un determinado cupón, se podrá efectuar la amortización de capital y pago de intereses, exigiendo un documento equivalente al Certificado de Acreditación de Titularidad, el mismo que indicará la titularidad del valor, fecha de vencimiento, cronograma de cupones y Emisión a la que pertenece. 25 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS Fecha de Vencimiento de la Serie Única de los Bonos: La Fecha de Vencimiento de la Serie Única de los Bonos será el 3.600 días calendario contabilizados a partir de la fecha de emisión que estará contenida en la resolución de autorización de ASFI.. Plazo de colocación primaria: El plazo de colocación primaria es de ciento ochenta (180) días calendario, a partir de la Fecha de Emisión contenida en la autorización emitida por ASFI que autorice la Oferta Pública e inscriba la Emisión 1 en el RMV de ASFI. Forma y procedimiento de colocación primaria: Mercado Primario Bursátil a través de la Bolsa Boliviana de Valores S.A. Forma de Representación de los Valores: Los Bonos comprendidos dentro de la Emisión 1, serán representados mediante anotaciones en cuenta en el sistema de Registro de Anotaciones en Cuenta a cargo de la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A. (EDV), cuyas oficinas están ubicadas en la Av. 20 de octubre, esq. Calle Campos Nº 2665, Edificio Torre Azul, piso 12, de la ciudad de La Paz, de acuerdo a regulaciones legales vigentes. Forma de Pago de Intereses y Amortizaciones de Capital: El pago de intereses y las amortizaciones de capital se efectuarán contra la presentación del Certificado de Acreditación de Titularidad (CAT) emitido por la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A. (EDV), dando cumplimiento a las normas legales vigentes. En el día de vencimiento de un determinado cupón, se podrá efectuar la amortización de capital y pago de intereses, según corresponda, exigiendo un documento equivalente al Certificado de Acreditación de Titularidad, el mismo que indicará la titularidad del valor, fecha de vencimiento, cronograma de cupones y Emisión a la que pertenece. Redención Anticipada: Los onos Bancosol , contenidos dentro del Programa de Emisiones denominado Bonos BancoSol, podrán ser redimidos o rescatados anticipadamente luego de transcurridos 360 (trescientos sesenta) días calendario desde la Fecha de Emisión establecida en la Autorización de Oferta Pública e inscripción en el RMV emitida por ASFI, de la Emisión 1 comprendida dentro del Programa de Emisiones. El directorio de la Sociedad podrá determinar conforme a la Delegación de Definiciones establecida en el numeral 1.3 del Acta de la Junta de Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011 de marzo de 2011, cuando lo juzgue conveniente para los intereses del BancoSol, la redención anticipada de los bonos, la modalidad de redención, la cantidad de Bonos a ser redimidos y cualquier otra condición relativa a la redención que se considere necesaria para efectuar dicha redención, de acuerdo al siguiente detalle: Redención mediante sorteo La redención podrá efectuarse mediante sorteo, de acuerdo a los lineamientos establecidos en los Artículos 662 al 667 del Código de Comercio, en lo aplicable. La redención por sorteo estará sujeta a una compensación monetaria al inversionista, calculada sobre la base porcentual respecto al monto de capital redimido anticipadamente, en función a los días de vida remanentes de la emisión, con sujeción a lo siguiente: Plazo de vida remanente de la emisión (en días) Porcentaje de compensación por el saldo a capital a ser redimido 2520 o mayor 3.00% 2.520 2.161 2.50% 2.160 1.801 2.00% 1.800 1.441 1.75% 1.440 1.081 1.25% 1.080 721 0.75% 720 361 0.50% 26 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS 360 1 0.00% El sorteo se celebrará ante un Notario de Fe Pública, con asistencia de Representantes de la Sociedad y del Representante Común de Tenedores de Bonos, debiendo el Notario de Fe Pública levantar acta de la diligencia, indicando la lista de los Bonos que salieron sorteados para ser redimidos anticipadamente, la que se protocolizará en sus registros. Dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de celebración del sorteo, se deberá publicar por una vez, en un periódico de circulación nacional, la lista de Bonos sorteados para redención anticipada, con la identificación de los mismos, de acuerdo a la nomenclatura que utiliza la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., indicación de la fecha en la que se efectuará el pago que será después de quince (15) días hábiles siguientes a la publicación y con la indicación de que los Bonos sorteados conforme a lo anterior dejarán de generar intereses desde la fecha fijada para su pago. La Sociedad depositará en la cuenta bancaria designada por el Agente Pagador, el importe de los Bonos sorteados, la compensación por la redención anticipada, cuando corresponda, y los intereses devengados hasta la fecha de pago, mínimo un día hábil antes de la fecha señalada para el pago. Redención mediante Mercado Secundario La redención anticipada podrá efectuarse a través de compras en el Mercado Secundario a un precio que sea calculado en función a la tasa de mercado del día anterior al que la Sociedad comunique su eventual decisión de efectuar una redención anticipada. La tasa de mercado será determinada en concordancia con lo establecido en la Metodología de Valoración para entidades supervisadas por ASFI. En caso de que la redención anticipada se efectúe a través de compras en Mercado Secundario, las transacciones deberán realizarse en la Bolsa Boliviana de Valores S.A. Asimismo, cualquier decisión de redimir valores a través de sorteo o mediante compras en Mercado Secundario y los resultados del sorteo, cuando corresponda, deberán ser comunicados como Hecho Relevante a ASFI, a la Bolsa Boliviana de Valores S.A. y al Representante Común de Tenedores de Bonos a más tardar al día siguiente hábil de conocido el mismo. En caso de haberse realizado una redención anticipada y que como resultado de ello, el plazo de los Bonos resultara menor al plazo mínimo establecido por Ley para la exención del RC - IVA, el Emisor pagará al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) el total de los impuestos correspondientes a dicha redención, no pudiendo descontar los mencionados montos a los Tenedores de Bonos que se hubiesen visto afectados por la redención anticipada. Reajustabilidad del Empréstito Los onos BancoSol reajustables. , que componen el Programa de Emisiones y el empréstito resultante no serán Garantía La garantía de la presente Emisión es quirografaria, es decir con todos los bienes presentes y futuros de la Sociedad, con la limitación establecida en el numeral 6 del Artículo 54 de la Ley de Bancos y Entidades Financieras (Texto Ordenado, Decreto Supremo N° 26581 de 3 de abril de 2002) hasta el monto total de las obligaciones emergentes de cada Emisión y constituida de acuerdo al siguiente detalle: Voluntaria a favor de todos los Tenedores de Bonos. Irrevocable, hasta la redención total de Bonos y pago de intereses, de acuerdo a las previsiones contenidas en los referidos bonos. Divisible en cuanto a los derechos de cada Tenedor de Bonos. Válida y existente a la Fecha de Emisión. Transferible a favor de quienes adquieran en el futuro los Bonos de cualquier emisión que conforme el Programa de Emisiones de Bonos. Precio de colocación primaria de la presente Emisión: El Precio de colocación es mínimamente a la par del valor nominal. 27 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS Modificaciones a las Condiciones y Características de la Emisión 1 comprendida dentro del Programa de Emisiones: En cumplimiento a las normas legales aplicables, previa aprobación de la Asamblea General del Programa, por el voto favorable de dos tercios del capital remanente de los Bonos en circulación de todas las emisiones del Programa de Emisiones presentes, BancoSol se encuentra facultado para modificar las condiciones y características del presente Programa de Emisiones . Para la modificación de los términos y condiciones específicos de las Emisiones que formen parte del referido Programa de Emisiones, se requerirá de igual manera la aprobación de dos tercios del capital remanente de los Bonos en circulación de la correspondiente Asamblea General de Tenedores de Bonos presentes . Bonos BancoSol Emisión 2 Segund Denominación de la Emisión: La presente Emisión se denomina Bonos BancoSol Tipo de Valores a Emitirse: Bonos Obligacionales y Redimibles a Plazo Fijo Monto total de la Emisión: El monto de la Emisión 2 es de Bs 170.000.000 (Ciento setenta millones 00/100 de Bolivianos). Moneda de la Emisión: Series en que se divide la Emisión 2: Serie única Tipo y Tasa de Interés de la Emisión 2: Los Bonos de la presente Emisión, devengarán un interés nominal, anual y fijo de 5.00%. Plazo de la Emisión: El plazo de la Emisión 2 es de 2.160 (Dos mil ciento sesenta) días calendario, computables a partir de la fecha de emisión contenida en la Autorización de Oferta Pública de ASFI e inscripción en el RMV de ASFI de la presente Emisión. Modalidad de Colocaci Cantidad de Bonos de la serie única de la Emisión 2: 17.000 (diecisiete mil) bonos obligacionales. Valor nominal de los Bonos: El valor nominal de cada bono perteneciente a la Emisión 2 es de Bs10.000 (Diez mil 00/100 Bolivianos). Duración (plazo económico) de la Serie Única dentro de la Emisión: La duración (plazo económico) de la Serie Única de la Emisión 2 es de 1.893 días calendario, cálculo registrado según lo indicado en la Resolución Administrativa SPVS - Nº 174 de fecha 10 de marzo de 2005, referida a la Metodología de Valoración para Entidades Supervisadas por la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros (actualmente ASFI). Periodicidad de Pago de intereses, Amortizaciones de Capital y Cronograma de Cupones: El pago de intereses se realizará cada 180 (ciento ochenta) días calendario. La amortización de Capital será a vencimiento, conforme a lo establecido en el Cronograma de Cupones siguiente 28 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 Cupón Número de Días Pago de Intereses por Bono (Expresado en Bs) 1 180 250,00 2 180 250,00 3 180 250,00 4 180 250,00 5 180 250,00 6 180 250,00 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS 7 180 250,00 8 180 250,00 9 180 250,00 10 180 250,00 11 180 250,00 12 180 250,00 Plazo de colocación primaria: El plazo de colocación primaria es de ciento ochenta (180) días calendario, a partir de la Fecha de Emisión contenida en la autorización emitida por ASFI que autorice la Oferta Pública e inscriba la Emisión 2 en el RMV de ASFI. Forma y procedimiento de colocación primaria: Mercado Primario Bursátil a través de la Bolsa Boliviana de Valores S.A. Forma de Representación de los Valores: Los Bonos comprendidos dentro de la Emisión 2, serán representados mediante anotaciones en cuenta en el Sistema de Registro de Anotaciones en Cuenta a cargo de la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A. (EDV), cuyas oficinas están ubicadas en la Av. 20 de octubre, esq. Calle Campos Nº 2665, Edificio Torre Azul, piso 12, de la ciudad de La Paz, de acuerdo a regulaciones legales vigentes. Forma de Pago de Intereses y Amortizaciones de Capital: En el día de vencimiento de un determinado cupón, se podrá efectuar la amortización de capital y pago de intereses, exigiendo un documento equivalente al Certificado de Acreditación de Titularidad, el mismo que indicará la titularidad del valor y Emisión a la que pertenece. La amortización de capital y pago de intereses serán efectuados, a partir del día siguiente de la referida fecha de vencimiento, contra la presentación del Certificado de Acreditación de Titularidad (CAT) emitido por la Entidad de Depósito de Valores de Redención Anticipada: redimidos anticipadamente total o parcialmente luego de transcurridos 360 (trescientos sesenta) días calendario desde la Fecha de Emisión determinada conforme a la Delegación de Definiciones establecida en el numeral 1.3 del Acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas del Banco de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada el 28 de marzo de 2011, la misma que fuera modificada parcialmente mediante Acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas del Banco de 24 de junio de 2011 y establecida en la Autorización de Oferta Pública e Inscripción en el RMV emitida por ASFI, de la presente Emisión comprendida dentro del Programa de Emisiones, de acuerdo a los siguientes procedimientos: Redención mediante sorteo: La redención podrá efectuarse mediante sorteo, de acuerdo a los lineamientos establecidos en los Artículos 662 al 667 del Código de Comercio, en lo aplicable. La redención por sorteo estará sujeta a una compensación monetaria al inversionista, calculada sobre la base porcentual respecto al monto de capital redimido anticipadamente, en función a los días de vida remanentes de la Emisión, con sujeción a lo siguiente: Plazo de vida remanente de la emisión (en días) Porcentaje de compensación por el saldo a capital a ser redimido 2.520 o mayor 3.00% 2.520 2.161 2.50% 2.160 1.801 2.00% 1.800 1.441 1.75% 1.440 1.081 1.25% 29 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS 1.080 721 0.75% 720 361 0.50% 360 1 0.00% El sorteo se celebrará ante un Notario de Fe Pública, con asistencia de Representantes de la Sociedad y del Representante Común de Tenedores de Bonos, debiendo el Notario de Fe Pública levantar acta de la diligencia, indicando la lista de los Bonos que salieron sorteados para ser redimidos anticipadamente, la que se protocolizará en sus registros. Dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de celebración del sorteo, se deberá publicar por una vez, en un periódico de circulación nacional, la lista de Bonos sorteados para redención anticipada, con la identificación de los mismos, de acuerdo a la nomenclatura que utiliza la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., indicación de la fecha en la que se efectuará el pago que será después de quince (15) días hábiles siguientes a la publicación y con la indicación de que los Bonos sorteados conforme a lo anterior dejarán de generar intereses desde la fecha fijada para su pago. La Sociedad depositará en la cuenta bancaria designada por el Agente Pagador, el importe de los Bonos sorteados, la compensación por la redención anticipada cuando corresponda, y los intereses devengados hasta la fecha de pago, mínimo un día hábil antes de la fecha señalada para el pago. Redención mediante Mercado Secundario. Adicionalmente, la redención anticipada podrá efectuarse a través de compras en el Mercado Secundario a un precio que sea calculado en función a la tasa de mercado del día anterior al que la Sociedad comunique su eventual decisión de efectuar una redención anticipada. La tasa de mercado será determinada en concordancia con lo establecido en la Metodología de Valoración para entidades supervisadas por ASFI. En caso de que la redención anticipada se efectúe a través de compras en Mercado Secundario, las transacciones deberán realizarse en la Bolsa Boliviana de Valores S.A. Las personas delegadas conforme a la Delegación de Definiciones establecida en el numeral 1.3 del Acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas del Banco de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada el 28 de marzo de 2011, la misma que fuera modificada parcialmente mediante Acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas del Banco de 24 de junio de 2011; podrán determinar, cuando lo juzguen conveniente a los intereses de la Sociedad, la redención anticipada de los Bonos, la modalidad de redención y la cantidad de Bonos a ser redimidos. Asimismo, cualquier decisión de redimir Valores a través de sorteo o mediante compras en Mercado Secundario y los resultados del sorteo, cuando corresponda, deberán ser comunicados como Hecho Relevante a ASFI, a la Bolsa Boliviana de Valores S.A. y al Representante Común de Tenedores de Bonos a más tardar al día siguiente hábil de conocido el mismo. En caso de haberse realizado una redención anticipada y que como resultado de ello, el plazo de los Bonos resultara menor al plazo mínimo establecido por Ley para la exención del RC - IVA, el Emisor pagará al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) el total de los impuestos correspondientes a dicha redención, no pudiendo descontar los mencionados montos a los Tenedores Reajustabilidad del Empréstito: Los onos BancoSol empréstito resultante no serán reajustables. , que componen el Programa de Emisiones y el Garantía: La garantía de la presente Emisión es quirografaria del Banco, es decir con todos los bienes presentes y futuros de la Sociedad, con la limitación establecida en el numeral 6 del Artículo 54 de la Ley de Bancos y Entidades Financieras (Texto Ordenado, Decreto Supremo N° 26581 de 3 de abril de 2002) hasta el monto total de las obligaciones emergentes de cada Emisión y constituida de acuerdo al siguiente detalle: Voluntaria a favor de todos los Tenedores de Bonos. Irrevocable, hasta la redención total de Bonos y pago de intereses, de acuerdo a las previsiones contenidas en los referidos bonos. Divisible en cuanto a los derechos de cada Tenedor de Bonos. 30 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS Transferible a favor de quienes adquieran en el futuro los Bonos de cualquier emisión que conforme el Programa de Emisiones de Bonos. Precio de colocación primaria de la presente Emisión: Mínimamente a la par del valor nominal. Modificaciones a las Condiciones y Características de la Emisión 2 comprendida dentro del Programa de Emisiones: Para la modificación de los términos y condiciones específicos de la Emisión 2 comprendida dentro del presente Programa de Emisiones, se requerirá de igual manera la aprobación de dos tercios del capital remanente de los Bonos en circulación de la correspondiente Asamblea General de Tenedores de Bonos presentes. Bonos BancoSol Emisión 3 Denominación de la Emisión: La presente Emisión se denomina Bonos BancoSol dentro del Programa de Emisiones de Bonos denominado nos Ban y se encuentra comprendida Series y Cantidad de Bonos de la Emisión: La Emisión 3, comprendida dentro del Programa de Emisiones, tendrá una serie única y estará compuesta por 16.000 (dieciseis mil) bonos. Monto total de la Emisión: El monto de la Emisión 3 es de Bs 160.000.000 (Ciento sesenta millones 00/100 de Bolivianos). Plazo de la Emisión: El plazo de la Emisión 3 es de 2.880 (Dos mil ochocientos ochenta) días calendario, computables a partir de la fecha de emisión contenida en la Autorización de Oferta Pública de ASFI e inscripción en el RMV de ASFI de la presente Emisión. Tipo de Valores a Emitirse: Bonos Obligacionales y Redimibles a Plazo Fijo Valor nominal de los Bonos: El valor nominal de cada bono perteneciente a la Emisión 3 es de Bs10.000 (Diez mil 00/100 Bolivianos). Tipo y Tasa de Interés de la Emisión 3: Los Bonos de la presente Emisión, devengarán un interés nominal, anual y fija de 5.00%. Duración (plazo económico) de la Serie Única dentro de la Emisión: La duración (plazo económico) de la Serie Única de la Emisión 3 es de 2.409 días calendario, cálculo realizado según se establece en la Resolución Administrativa SPVS - Nº 174 de fecha 10 de marzo de 2005, y la última modificación realizada mediante resolución administrativa ASFI N°755/2012 de fecha 20/12/2012 referida a la Metodología de Valoración para Entidades Supervisadas por la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros (actualmente ASFI). Periodicidad de Pago de intereses, Amortizaciones de Capital y Cronograma de Cupones: El pago de intereses se realizará cada 180 (ciento ochenta) días calendario. La amortización de Capital será a vencimiento, conforme a lo establecido en el Cronograma de Cupones. Plazo de colocación primaria: El plazo de colocación primaria es de ciento ochenta (180) días calendario, a partir de la Fecha de Emisión contenida en la autorización emitida por ASFI que autorice la Oferta Pública e inscriba la Emisión 3 en el RMV de ASFI. Forma y procedimiento de colocación primaria: Mercado Primario Bursátil a través de la Bolsa Boliviana de Valores S.A. Forma de Representación de los Valores: Los Bonos comprendidos dentro de la Emisión 3, serán representados mediante anotaciones en cuenta en el sistema de Registro de Anotaciones en Cuenta a cargo de la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A. (EDV), cuyas oficinas están ubicadas en la Av. 20 de octubre, esq. Calle Campos Nº 2665, Edificio Torre Azul, piso 12, de la ciudad de La Paz, de acuerdo a regulaciones legales vigentes. Forma de Pago de Intereses y Amortizaciones de Capital: El pago de intereses y las amortizaciones de capital se efectuarán contra la presentación del Certificado de Acreditación de Titularidad (CAT) emitido por la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A. (EDV), dando cumplimiento a las normas legales vigentes. En el día de vencimiento de un determinado cupón se podrá efectuar la amortización de capital y pago de intereses, contra la 31 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS verificación de la relación de titularidad contenida en un documento equivalente al Certificado de Acreditación de Titularidad (CAT) emitido por la EDV, el mismo que indicará la titularidad del Valor y la Emisión a la que perteneces. Redención Anticipada: redimidos anticipadamente, total o parcialmente, luego de transcurridos 360 (trescientos sesenta) días calendario, desde la Fecha de Emisión determinada, conforme a la Delegación de Definiciones establecida en el numeral 2.2 del Prospecto Marco y establecida en la Autorización de Oferta Pública e inscripción de la correspondiente Emisión dentro del Programa de Emisiones de Bonos en el RMV de ASFI, de acuerdo a los siguientes procedimientos: Redención mediante sorteo La redención podrá efectuarse mediante sorteo, de acuerdo a los lineamientos establecidos en los Artículos 662 al 667 del Código de Comercio, en lo aplicable. La redención por sorteo estará sujeta a una compensación monetaria al inversionista, calculada sobre la base porcentual respecto al monto de capital redimido anticipadamente, en función a los días de vida remanentes de la emisión, con sujeción a lo siguiente: Plazo de vida remanente de la emisión (en días) Porcentaje de compensación por el saldo a capital a ser redimido 2520 o mayor 3.00% 2.520 2.161 2.50% 2.160 1.801 2.00% 1.800 1.441 1.75% 1.440 1.081 1.25% 1.080 721 0.75% 720 361 0.50% 360 1 0.00% El sorteo se celebrará ante un Notario de Fe Pública, con asistencia de Representantes de la Sociedad y del Representante Común de Tenedores de Bonos, debiendo el Notario de Fe Pública levantar acta de la diligencia, indicando la lista de los Bonos que salieron sorteados para ser redimidos anticipadamente, la que se protocolizará en sus registros. Dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de celebración del sorteo, se deberá publicar por una vez, en un periódico de circulación nacional, la lista de Bonos sorteados para redención anticipada, con la identificación de los mismos, de acuerdo a la nomenclatura que utiliza la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., indicación de la fecha en la que se efectuará el pago que será después de quince (15) días hábiles siguientes a la publicación y con la indicación de que los Bonos sorteados conforme a lo anterior dejarán de generar intereses desde la fecha fijada para su pago. La Sociedad depositará en la cuenta bancaria designada por el Agente Pagador, el importe de los Bonos sorteados, la compensación por la redención anticipada, cuando corresponda, y los intereses devengados hasta la fecha de pago, mínimo un día hábil antes de la fecha señalada para el pago. Redención mediante Mercado Secundario La redención anticipada podrá efectuarse a través de compras en el Mercado Secundario a un precio que sea calculado en función a la tasa de mercado del día anterior al que la Sociedad comunique su eventual decisión de efectuar una redención anticipada. La tasa de mercado será determinada en concordancia con lo establecido en la Metodología de Valoración para entidades supervisadas por ASFI. 32 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS En caso de que la redención anticipada se efectúe a través de compras en Mercado Secundario, las transacciones deberán realizarse en la Bolsa Boliviana de Valores S.A. Asimismo, cualquier decisión de redimir valores a través de sorteo o mediante compras en Mercado Secundario y los resultados del sorteo, cuando corresponda, deberán ser comunicados como Hecho Relevante a ASFI, a la Bolsa Boliviana de Valores S.A. y al Representante Común de Tenedores de Bonos a más tardar al día siguiente hábil de conocido el mismo. En caso de haberse realizado una redención anticipada y que como resultado de ello, el plazo de los Bonos resultara menor al plazo mínimo establecido por Ley para la exención del RC - IVA, el Emisor pagará al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) el total de los impuestos correspondientes a dicha redención, no pudiendo descontar los mencionados montos a los Tenedores de Bonos que se hubiesen visto afectados por la redención anticipada. Reajustabilidad del Empréstito Los onos BancoSol reajustables. , que componen el Programa de Emisiones y el empréstito resultante no serán Garantía La garantía de la presente Emisión es quirografaria, es decir con todos los bienes presentes y futuros de la Sociedad, con la limitación establecida en el numeral 6 del Artículo 54 de la Ley de Bancos y Entidades Financieras (Texto Ordenado, Decreto Supremo N° 26581 de 3 de abril de 2002) hasta el monto total de las obligaciones emergentes de cada Emisión y constituida de acuerdo al siguiente detalle: Voluntaria a favor de todos los Tenedores de Bonos. Irrevocable, hasta la redención total de Bonos y pago de intereses, de acuerdo a las previsiones contenidas en los referidos bonos. Divisible en cuanto a los derechos de cada Tenedor de Bonos. Transferible a favor de quienes adquieran en el futuro los Bonos de cualquier emisión que conforme el Programa de Emisiones de Bonos. Precio de colocación primaria de la presente Emisión: El Precio de colocación es mínimamente a la par del valor nominal. Programa de Emisiones de Bonos BancoSol II Denominación del Programa de Emisiones de Bonos: El presente Programa de Emisiones se denomina Bonos BancoSol . Monto del Programa de Emisiones de Bonos: Bs 500.000.000.- (Quinientos millones 00/100 Bolivianos). El plazo del Programa de Emisiones de Bonos: Mil ochenta (1.080) días calendario computables a partir del día siguiente hábil de efectuada la notificación de la Resolución de ASFI, que autorice e inscriba el Programa de Emisiones en el RMV de ASFI. Las monedas en las que se expresarán las emisiones que forman parte del Programa de Emisiones de Bonos podrán ser autorizado por la Junta y ASFI, se deberá tomar en cuenta el tipo de cambio de venta vigente del Dólar de los Estados Unidos de América, establecido por el Banco Central de Bolivia a la fecha de Autorización de Oferta Pública de cada Emisión respectiva que conforme el Programa de Emisiones. Forma de Amortización de capital y pago de intereses de cada emisión que forme parte del Programa de Emisiones de Bonos: En el día de vencimiento de un determinado cupón se podrá efectuar la amortización de capital y/o pago de intereses, contra la verificación de la relación de titularidad emitida por la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A. fecha de vencimiento, la amortización de capital y/o pago de intereses serán efectuados contra la presentación del Certificado de Ac cumplimiento a las normas legales vigentes aplicables. 33 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS Individualización de las Emisiones que formen parte del Programa de Emisiones de Bonos: El Programa de Emisiones comprenderá Emisiones periódicas de Bonos, cuya individualización y características serán comunicadas oportunamente a ASFI por BancoSol mediante nota expresa y envío del Acta correspondiente de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad, que apruebe los términos, condiciones y características de las Emisiones dentro del Programa de Emisiones, y remisión de la nota signada por las gerencias delegadas según se establece en el numeral 3.18 del Acta de la Trigésima Octava Junta de Accionistas de fecha 31 de julio de 2013, remisión del Prospecto Complementario y de la Declaración Unilateral de Voluntad aplicable. Plazo de colocación primaria de cada emisión dentro del Programa de Emisión de Bonos: Ciento ochenta (180) días calendario, computables a partir de la Fecha de Emisión respectiva contenida en la Autorización de Oferta Pública de ASFI e Inscripción de la correspondiente Emisión dentro del Programa de Emisiones en el RMV de ASFI. Precio de colocación primaria: El Precio de colocación será mínimamente a la par del valor nominal. Tipo de Bonos a Emitirse: Bonos obligacionales y redimibles a plazo fijo. Redención anticipada: Los Bonos que conformen las diferentes Emisiones dentro del presente Programa de Emisiones podrán ser redimidos anticipadamente, total o parcialmente, luego de transcurridos 360 (trescientos sesenta) días calendario desde la Fecha de Emisión determinada conforme a la Delegación de Definiciones establecida en el numeral 3.18 del Acta de la Trigésima Octava Junta de Accionistas de fecha 31 de julio de 2013 y en el punto 2.2 del Prospecto Marco y establecida en la Autorización de Oferta Pública e Inscripción de la correspondiente Emisión dentro del Programa de Emisiones de Bonos en el RMV de ASFI, de acuerdo a los siguientes procedimientos: Redención mediante sorteo La redención podrá efectuarse mediante sorteo, de acuerdo a los lineamientos establecidos en los Artículos 662 al 667 del Código de Comercio, en lo aplicable. La redención por sorteo estará sujeta a una compensación monetaria al inversionista, calculada sobre la base porcentual respecto al monto de capital redimido anticipadamente, en función a los días de vida remanentes de la emisión, con sujeción a lo siguiente: Plazo de vida remanente de la emisión (en días) Porcentaje de compensación por el saldo a capital a ser redimido 2521 o mayor 3.00% 2.520 2.161 2.50% 2.160 1.801 2.00% 1.800 1.441 1.75% 1.440 1.081 1.25% 1.080 721 0.75% 720 361 0.50% 360 1 0.00% El sorteo se celebrará ante un Notario de Fe Pública, con asistencia de Representantes de la Sociedad y del Representante Común de Tenedores de Bonos, debiendo el Notario de Fe Pública levantar acta de la diligencia, indicando la lista de los Bonos que salieron sorteados para ser redimidos anticipadamente, la que se protocolizará en sus registros. Dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de celebración del sorteo, se deberá publicar por una vez, en un periódico de circulación nacional, la lista de Bonos sorteados para redención anticipada, con la identificación de los mismos, de acuerdo a la nomenclatura que utiliza la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., indicación de la fecha en la que se efectuará el pago que será después de quince (15) días hábiles siguientes a la publicación y con la indicación de que los Bonos sorteados 34 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS conforme a lo anterior dejarán de generar intereses desde la fecha fijada para su pago. La Sociedad depositará en la cuenta bancaria designada por el Agente Pagador, el importe de los Bonos sorteados, la compensación por la redención anticipada cuando corresponda, y los intereses devengados hasta la fecha de pago, mínimo un día hábil antes de la fecha señalada para el pago. Redención mediante Mercado Secundario Las gerencias, conforme a la Delegación de Definiciones establecida en el numeral 3.18 del Acta de la Trigésima Octava Junta de Accionistas de fecha 31 de julio de 2013 y en el punto 2.2 del Prospecto Marco, podrán determinar, cuando lo juzguen conveniente a los intereses de la Sociedad, la redención anticipada de los Bonos, la modalidad de redención y la cantidad de Bonos a ser redimidos. Lugar de amortizaciones de capital y pago de intereses: Las amortizaciones de capital y pago de intereses, se realizarán en las oficinas del Agente Pagador.La Sociedad realizará la comunicación para fines de pago, dentro de las 24 horas previas a la fecha de vencimiento. Garantía: Todas las Emisiones que formen parte del Programa de Emisiones estarán respaldadas por una garantía quirografaria de BancoSol, con la limitación establecida en el inciso e) del Artículo 464 de la Ley 393 de Servicios Financieros hasta el monto total de las obligaciones emergentes de cada Emisión y constituida de acuerdo al siguiente detalle: Voluntaria a favor de todos los Tenedores de Bonos. Irrevocable, hasta la redención total de Bonos y pago de intereses, de acuerdo a las previsiones contenidas en los referidos bonos. Divisible en cuanto a los derechos de cada Tenedor de Bonos. Transferible a favor de quienes adquieran en el futuro los Bonos de cualquier Emisión que conforme el Programa de Emisiones de Bonos Aspectos relacionados a los intereses y amortizaciones de capital Tasa de interés Será la determinada por las gerencias delegadas conforme lo establecido en el numeral 3.18 del Acta de la Trigésima Octava Junta de Accionistas de fecha 31 de julio en sujeción a la normativa vigente. Para cada caso, la Tasa de Interés será comunicada oportunamente a la Dirección de Supervisión de Valores de ASFI e incluida en la Autorización de Oferta Pública e inscripción en el RMV emitida por ASFI. Forma de cálculo de los intereses En caso de Emisiones en Bolivianos o en Dólares de los Estados Unidos de América. El cálculo será efectuado sobre la base del año comercial de trescientos sesenta (360) días. La fórmula para dicho cálculo se detalla a continuación: VCi = K* ( Ti * Pl / 360 Donde: VCi = Valor de cupón en el periodo i K = Valor nominal o saldo a capital pendiente de pago Ti = Tasa de interés nominal anual Pl = Plazo del cupón (número de días calendario) Donde i representa el período Tipo de interés Será la determinada por las gerencias delegadas conforme lo establecido en el numeral 3.18 del Acta de la Trigésima Octava Junta de Accionistas de fecha 31 de julio en sujeción a la normativa vigente. Fecha desde la cual el Tenedor del Bono comienza a ganar intereses Los Bonos devengarán intereses a partir de su Fecha de Emisión establecida en la Autorización de Oferta Pública de ASFI e inscripción en el RMV de ASFI de las Emisiones comprendidas dentro del Programa de Emisiones, dichos intereses dejarán de 35 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS generarse a partir de su vencimiento. Lugar de amortización de capital y pago de intereses Las amortizaciones de capital y pago de intereses se realizarán en las oficinas del Agente Pagador. La Sociedad realizará la comunicación para fines de pago, dentro de las 24 horas previas a la fecha de vencimiento. Compromisos financieros de redención total, BancoSol se sujetará, para efectos del cumplimiento de las obligaciones emergentes de los Bonos emitidos, a los compromisos financieros siguientes: 1. Coeficiente de Adecuación Patrimonial El Coeficiente de Adecuación Patrimonial de la Sociedad debe ser el promedio de los últimos 3 meses, calculado cada fin de mes, igual o superior al once por ciento (11%), sin perjuicio de la obligación de BancoSol, de cumplir con un mayor porcentaje que pueda ser establecido por la autoridad competente, conforme lo señalado en la siguiente fórmula: (1) Calculado por ASFI. (2) Calculado conforme a normas emitidas por ASFI. Coeficiente de Adecuación Patrimonial: El Artículo 415 de la Ley 393 de Servicios Financieros define el Coeficiente de Adecuación Patrimonial como la relación porcentual entre el Capital Regulatorio y los activos y contingentes ponderados en función de factores de riesgo, incluyendo a los riesgos de crédito, de mercado y operativo, utilizando los procedimientos establecidos en la normativa emitida por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero ASFI. Asimismo, el Capítulo I del Título VI del Libro 3 de la Recopilación de Normas para Servicios Financieros emitida por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI reglamenta el control de la Suficiencia Patrimonial y Ponderación de Activos. Capital Regulatorio: El Artículo 416 de la Ley 393 de Servicios Financieros define el Capital Regulatorio de las entidades de intermediación financiera como la suma del capital primario y secundario, deducidos del capital primario los ajustes determinados por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI y los auditores externos. Activos y Contingentes Ponderados: Para calcular este valor es necesario ponderar los activos y contingentes de la entidad en función a sus riesgos. El Artículo 418 de la Ley 393 de Servicios Financieros establece los coeficientes de ponderación de cada activo y contingente por riesgo de crédito. Asimismo, la Sección 2 del Capítulo I del Título VI del Libro 3 de la Recopilación de Normas para Servicios Financieros emitida por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI establece el Procedimiento del Cálculo de la Ponderación de Activos y Contingentes. 2. Indicador de Liquidez El resultado de dividir: la suma del valor de las siguientes cuentas: (i) Disponibilidades; y (ii) Inversiones Temporarias, entre la suma del valor de las siguientes cuentas: (i) Obligaciones con el Público a la Vista; y (ii) Obligaciones con el Público por Cuentas de Ahorro; debe ser el promedio de los últimos 3 meses, calculado cada fin de mes, igual o superior al cincuenta por ciento (50%), conforme a la siguiente fórmula, sin perjuicio de la obligación de BancoSol de cumplir con un mayor porcentaje que pueda ser establecido por la autoridad competente. Disponibilidades: Según el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, representan el efectivo que mantiene la entidad en caja, los saldos a la vista en el Banco Central de Bolivia, en oficina matriz y sucursales del exterior, en bancos y corresponsales del país y del exterior; así como, la tenencia de metales preciosos. También representa la existencia de cheques y otros documentos mercantiles de cobro inmediato. 36 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS Inversiones Temporarias: Según el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, corresponden a las inversiones en representativos de deuda adquiridos por la entidad; inversiones que han sido realizadas, conforme a su política de inversiones, con la intención de obtener una adecuada rentabilidad de sus excedentes temporales de liquidez y que puedan ser convertidas en disponibilidades en un plazo no mayor a treinta (30) días. Obligaciones con el Público a la Vista: Según el Artículo 121 de la Ley 393 de Servicios Financieros, corresponde a cualquier clase de pasivo cuyo pago puede ser requerido a simple pedido del titular con la presentación del documento respectivo. Según el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, en esta cuenta se registran las obligaciones con el público de exigibilidad inmediata. Obligaciones con el Público en Cuentas de Ahorro: Según el Artículo 121 de la Ley 393 de Servicios Financieros, son depósitos de dinero con plazo indeterminado, sujetos al reglamento de cada Entidad de Intermediación Financiera aprobado por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI. Según el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, corresponde a las obligaciones con el público por fondos recibidos en cuentas de ahorros. 3. Indicador de Cobertura El resultado de dividir el valor de la suma de las siguientes cuentas: (i) Previsión para Incobrabilidad de Cartera; (ii) Previsión para Activos Contingentes; (iii) Previsión Genérica Cíclica y; (iv) Previsiones Genéricas Voluntarias para pérdidas futuras aún no identificadas, entre la suma del valor de las siguientes cuentas: (i) Cartera Vencida; (ii) Cartera en Ejecución; (iii) Cartera Reprogramada o Reestructurada Vencida y; (iv) Cartera Reprogramada o Reestructurada en Ejecución; debe ser el promedio de los últimos tres meses, calculado cada fin de mes, igual o superior al cien por ciento (100%), conforme a la siguiente fórmula sin perjuicio de la obligación de BancoSol de cumplir con un mayor porcentaje que pueda ser establecido por la autoridad competente. Previsión para incobrabilidad de cartera: Según el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, en esta cuenta se registra el importe que se estima para cubrir los riesgos de pérdidas por incobrabilidad de préstamos, de acuerdo con lo dispuesto en el Título II del Libro 3 de la Recopilación de Normas para Servicios Financieros. Previsión para Activos Contingentes: Según el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, representa el importe estimado para cubrir el riesgo de posibles pérdidas originadas por los activos contingentes. Previsión Genérica Cíclica: Según el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, representa el importe necesario para la Calificación de la Cartera d Financieros. Previsiones Genéricas Voluntarias para pérdidas futuras aún no identificadas : Según el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, en esta cuenta se registran las previsiones que en forma voluntaria y adicional las entidades financieras constituyen para cubrir posibles pérdidas futuras y que aún no han sido identificadas. Cartera Vencida: Según el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, corresponde a los créditos cuyo capital, cuotas de amortización o intereses no hayan sido cancelados íntegramente a la entidad hasta los 30 días contados desde la fecha de vencimiento. Para este efecto, la fecha efectiva de contabilización en esta cuenta es el día 31 de incumplimiento en el cronograma de pagos. Todo crédito cuyo vencimiento para las amortizaciones de capital, una cuota del mismo o intereses devengados, haya sido prorrogada por períodos adicionales a 30 días se contabiliza en esta cuenta. Cartera en Ejecución: Según el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, corresponde a los créditos por los cuales la entidad ha iniciado las acciones judiciales para el cobro. 37 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS Cartera Reprogramada o Reestructurada Vencida: Según el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, representa a los créditos reprogramados o reestructurados cuyo capital, cuotas de amortización o intereses no hayan sido cancelados íntegramente a la entidad hasta los 30 días contados desde la fecha de vencimiento. Cartera Reprogramada o Reestructurada en Ejecución: Según el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, representa a los créditos reprogramados o reestructurados por los cuales la entidad ha iniciado las acciones judiciales para el cobro. El cálculo de los compromisos financieros descritos precedentemente será enviado a ASFI, a la BBV y al Representante Común de Tenedores Bonos de forma trimestral, dentro de los siguientes 15 días de vencido cada trimestre, entendiéndose por trimestre el cierre de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. Todos los compromisos anteriormente señalados, podrán ser modificados por la Sociedad previo consentimiento de la Asamblea General de Tenedores de Bonos de cada Emisión, la cual no podrá negarse, retractarse ni condicionar dicho consentimiento de manera no razonable, cuando dicha modificación sea: (i) necesaria para el desarrollo de la Sociedad, (ii) pudiera resultar en un incremento en los ingresos de la Sociedad o, (iii) pudiera resultar en una disminución de los costos de la Sociedad, y dichas modificaciones se encuentren dentro de un marco de las prácticas comerciales generalmente aceptadas en la industria financiera bancaria Bonos BancoSol II Emisión 1 Denominación de la Emisión: La presente Emisión se denomina Bonos BancoSol II comprendida dentro del Programa de Emisiones de Bonos denominado nos Ban y se encuentra . Monto de la Emisión 1: es de Bs 170.000.000.- (ciento setenta millones 00/100 de Bolivianos) Series y Cantidad de Bonos de la Emisión 1: La Emisión 1, comprendida dentro del Programa de Emisiones, tendrá una serie única y estará compuesto por 17.000 (diecisiete mil) bonos. Plazo de la Emisión: El plazo de la Emisión 1 es de tres mil doscientos cuarenta (3.240) días calendario, computables a partir de la Fecha de Emisión determinada conforme a la Delegación de Definiciones según el numeral 3.18 del Acta de la Trigésima Octava Junta General Extraordinaria de Accionistas de fecha 31 de julio de 2013 y contenida en la autorización de Oferta Pública de ASFI e inscripción en el RMV de ASFI de la presente Emisión comprendida dentro del Programa de Emisiones. Tipo de Valores a Emitirse: Bonos Obligacionales y Redimibles a Plazo Fijo Valor nominal de los Bonos: El valor nominal de cada bono perteneciente a la Emisión 1 es de Bs10.000 (Diez mil 00/100 Bolivianos). Tipo y Tasa de Interés de la Emisión 1: Los Bonos de la presente Emisión, devengarán un interés nominal, anual y fija de 6.00%. Duración (plazo económico) de la Serie Única dentro de la Emisión: La duración (plazo económico) de la Serie Única de la Emisión 1 es de 2,550 días calendario, cálculo realizado según se establece en la Resolución Administrativa SPVS - Nº 174 de fecha 10 de marzo de 2005, y la última modificación realizada mediante resolución administrativa ASFI N°755/2012 de fecha 20/12/2012 referida a la Metodología de Valoración para Entidades Supervisadas por la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros (actualmente ASFI) Periodicidad de Pago de intereses, Amortizaciones de Capital y Cronograma de Cupones: El pago de intereses se realizará cada 180 (ciento ochenta) días calendario. Plazo de colocación primaria: El plazo de colocación primaria es de ciento ochenta (180) días calendario, a partir de la Fecha de Emisión contenida en la autorización emitida por ASFI que autorice la Oferta Pública e inscriba la Emisión 1 en el RMV de ASFI. Forma y procedimiento de colocación primaria: Mercado Primario Bursátil a través de la Bolsa Boliviana de Valores S.A. Forma de Representación de los Valores: Los Bonos comprendidos dentro de la Emisión 1, serán representados mediante anotaciones en cuenta en el sistema de Registro de Anotaciones en Cuenta a cargo de la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A. (EDV), cuyas oficinas están ubicadas en la Av. 20 de octubre, esq. Calle Campos Nº 2665, Edificio Torre Azul, piso 12, de la ciudad de La Paz, de acuerdo a regulaciones legales vigentes. 38 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS Forma de Pago de Intereses y Amortizaciones de Capital: En el día de vencimiento de un determinado cupón se podrá efectuar la amortización de capital y/o pago de intereses, contra la verificación de la relación de titularidad emitida por la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S. pertenece. A partir del día siguiente de la referida fecha de vencimiento, la amortización de capital y/o pago de intereses serán efectuados contra la presentación del Certifica . Redención Anticipada: Los onos BancoSol II , que forman parte del Programa de Emisiones denominado Bonos BancoSol II, podrán ser redimidos anticipadamente, total o parcialmente, luego de transcurridos 360 (trescientos sesenta) días calendario desde la Fecha de Emisión determinada conforme a la Delegación de Definiciones establecidas en el numeral 2.2 del Prospecto Marco y establecida en la Autorización de Oferta Pública e inscripción de la correspondiente Emisión dentro del Programa de Emisiones de Bonos en el RMV de ASFI, de la presente Emisión comprendida en el Programa de Emisiones, de acuerdo a los siguientes procedimientos: Redención mediante sorteo La redención podrá efectuarse mediante sorteo, de acuerdo a los lineamientos establecidos en los Artículos 662 al 667 del Código de Comercio, en lo aplicable. La redención por sorteo estará sujeta a una compensación monetaria al inversionista, calculada sobre la base porcentual respecto al monto de capital redimido anticipadamente, en función a los días de vida remanentes de la emisión, con sujeción a lo siguiente: Plazo de vida remanente de la emisión (en días) Porcentaje de compensación por el saldo a capital a ser redimido 2521 o mayor 3.00% 2.520 2.161 2.50% 2.160 1.801 2.00% 1.800 1.441 1.75% 1.440 1.081 1.25% 1.080 721 0.75% 720 361 0.50% 360 1 0.00% El sorteo se celebrará ante un Notario de Fe Pública, con asistencia de Representantes de la Sociedad y del Representante Común de Tenedores de Bonos, debiendo el Notario de Fe Pública levantar acta de la diligencia, indicando la lista de los Bonos que salieron sorteados para ser redimidos anticipadamente, la que se protocolizará en sus registros. Dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de celebración del sorteo, se deberá publicar por una vez, en un periódico de circulación nacional, la lista de Bonos sorteados para redención anticipada, con la identificación de los mismos, de acuerdo a la nomenclatura que utiliza la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., indicación de la fecha en la que se efectuará el pago que será después de quince (15) días hábiles siguientes a la publicación y con la indicación de que los Bonos sorteados conforme a lo anterior dejarán de generar intereses desde la fecha fijada para su pago. La Sociedad depositará en la cuenta bancaria designada por el Agente Pagador, el importe de los Bonos sorteados, la compensación por la redención anticipada cuando corresponda, y los intereses devengados hasta la fecha de pago, mínimo un día hábil antes de la fecha señalada para el pago. 39 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS Redención mediante Mercado Secundario Las gerencias, conforme a la Delegación de Definiciones establecida en el numeral 3.18 del Acta de la Trigésima Octava Junta de Accionistas de fecha 31 de julio de 2013 y en el punto 2.2 del Prospecto Marco, podrán determinar, cuando lo juzguen conveniente a los intereses de la Sociedad, la redención anticipada de los Bonos, la modalidad de redención y la cantidad de Bonos a ser redimidos Reajustabilidad del Empréstito Los onos BancoSol II reajustables. , que componen el Programa de Emisiones y el empréstito resultante no serán Garantía Todas las Emisiones que formen parte del Programa de Emisiones estarán respaldadas por una garantía quirografaria de BancoSol, con la limitación establecida en el inciso e) del Artículo 464 de la Ley 393 de Servicios Financieros hasta el monto total de las obligaciones emergentes de cada Emisión y constituida de acuerdo al siguiente detalle: Voluntaria a favor de todos los Tenedores de Bonos. Irrevocable, hasta la redención total de Bonos y pago de intereses, de acuerdo a las previsiones contenidas en los referidos bonos. Divisible en cuanto a los derechos de cada Tenedor de Bonos. Transferible a favor de quienes adquieran en el futuro los Bonos de cualquier Emisión que conforme el Programa de Emisiones de Bonos. Precio de colocación primaria de la presente Emisión: El Precio de colocación es mínimamente a la par del valor nominal. 40 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS BALANCE GENERAL ACTIVO Disponibilidades y saldos en el banco central Préstamos a bancos y otras instituciones financieras Inversiones y títulos valores Títulos para negociación Títulos en cuenta de inversión Títulos mantenidos hasta el vencimiento Títulos e inversiones - otros Préstamos netos de previsiones Cartera de préstamos Previsiones Ingresos (no ordinarios-no realizados) por préstamos Activos fijos - netos Valor llave y otros activos intangibles - netos Otros activos - total Total de activos PASIVOS Depósitos del público Depósitos del sector financiero Bonos no subordinados, notas y otras deudas de largo plazo Deuda subordinada Otros pasivos - total Total de pasivos PATRIMONIO NETO Acciones comunes Resultados no asignados y reservas - total Otros componentes del patrimonio neto Total del patrimonio neto Total pasivos y patrimonio neto ESTADO DE RESULTADOS Ingresos financieros Egresos financieros Margen financiero neto Cargos por incobrabilidad Otras previsiones Ingresos no financieros Comisiones netas Ingresos por operaciones de compra-venta de moneda extranjera Ganancia/(pérdida) sobre títulos en cuenta de inversión Otros ingresos Total de ingresos no financieros Otros egresos operativos (no financieros) Gastos de personal Gastos administrativos y otros gastos operativos Depreciación y amortización Egresos no recurrentes/ extraordinarios (Pérdida) ganancia por ajuste por inflación (neta) Gastos operativos totales Resultado antes de impuestos (pérdida) Impuesto a la ganancias Resultado del ejercicio después de impuestos, antes de ingresos (egresos) extraordinarios Resultado del ejercicio Resultado del ejercicio luego de ingresos (egresos) extraordinarios Resultado disponible / (pérdida atribuible) a los accionistas 41 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 Mar-2014 Dic-2013 Dic-2012 Dic-2011 Dic-2010 213 13 815 654 0 0 161 6.479 6.566 170 -83 126 3 84 7.734 214 16 855 694 0 0 160 6.343 6.409 147 -82 129 3 83 7.643 882 36 234 197 0 0 37 5.008 5.065 121 -65 117 8 63 6.346 433 41 514 474 0 0 40 3.944 4.017 125 -53 102 0 61 5.095 576 48 426 422 0 0 4 3.022 3.061 79 -40 77 0 42 4.191 5.409 486 502 215 481 7.092 5.360 501 508 221 411 7.002 4.526 515 346 106 365 5.858 3.689 490 173 109 266 4.727 2.935 614 0 113 223 3.885 400 242 0 642 7.734 400 242 0 642 7.643 306 181 0 487 6.346 221 147 368 5.095 181 125 0 306 4.191 299 48 251 32 -4 2 0 1 0 0 2 174 104 62 9 1 0 176 49 7 42 1.048 176 872 75 -58 17 3 7 0 7 17 613 361 221 31 0 0 614 259 91 168 854 146 708 87 -35 11 -5 6 0 10 11 480 280 171 30 1 0 481 186 66 120 673 109 564 133 -50 18 -4 8 0 14 18 376 219 136 21 4 0 380 119 25 95 542 106 436 114 -52 14 1 7 0 6 14 282 154 110 18 0 0 282 105 24 81 42 42 42 168 168 168 120 120 120 95 95 95 81 81 81 INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS RATIOS CALIDAD DE ACTIVO Cargos por Incobrabilidad / Cartera de Préstamos Cargos por Incobrabilidad / Ingresos antes de Previsiones Previsiones / Cartera de Préstamos Cartera sin Generación / Cartera de Préstamos Cartera sin Generación / (Patrimonio Neto + Previsiones) RENTABILIDAD ROAA ROAE Resultados del Ejercicio / Promedio de Activos Ponderados por Riesgo Basilea I Resultados Antes de Cargos por Incobrabilidad / Promedio de Activos Ponderados por Riesgo (Basilea I) CAPITALIZACION Patrimonio Neto Básico / Activos Ponderados por Riesgo (Basilea I) Patrimonio Neto / Activos Ponderados por Riesgo (Basilea I) Patrimonio Neto Básico - Activos Intangibles / Activos Ponderados por Riesgo (Basilea I) Patrimonio Neto / Total de Activos EFICIENCIA Gastos Operativos / Ingresos Operativos LIQUIDEZ Y FINANCIAMIENTO (Fondos del Mercado Activos Líquidos) / Total de Activos Activos Líquidos / Total de Activos 42 JUNIO 2014 SEPTEMBER 2008 1,95% 40,71% 2,59% 0,74% 6,02% 1,17% 27,11% 2,30% 0,66% 5,37% 1,72% 36,54% 2,40% 0,61% 5,10% 3,30% 64,58% 3,12% 0,77% 6,29% 3,73% 68,02% 2,58% 0,88% 6,99% 2,19% 26,19% 2,47% 2,43% 31,60% 2,81% 2,12% 29,13% 2,52% 2,11% 29,10% 2,55% 2,17% 29,64% 2,84% 4,61% 4,62% 5,02% 5,54% 5,86% 8,75% 13,67% 9,32% 6,99% 11,99% 9,43% 7,13% 11,56% 9,32% 6,36% 11,13% 8,58% 6,88% 11,65% 9,37% 8,30% 8,39% 7,68% 7,22% 7,30% 68,93% 68,98% 66,80% 64,69% 62,65% 4,17% 11,38% 4,00% 12,09% -2,32% 17,55% -3,45% 18,61% -7,59% 24,95% INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia) BANCOS © Copyright 2014 Moody’s Corporation, Moody’s Investors Service, Inc., Moody’s Analytics, Inc. y/o sus licenciatarios y afiliados (conjuntamente, “MOODY’S”). Todos los derechos reservados. LAS CALIFICACIONES DE RIESGO EMITIDAS POR MOODY´S INVESTORS SERVICE, INC., (“MIS”) Y SUS AFILIADAS SON LAS OPINIONES ACTUALES DE MOODY´S ACERCA DEL RIESGO CREDITICIO FUTURO RELATIVO DE ENTIDADES, COMPROMISOS DE CRÉDITO O DE DEUDA O VALORES DE DEUDA SIMILARES, Y LAS CALIFICACIONES DE RIESGO Y PUBLICACIONES DE INVESTIGACIÓN REALIZADAS POR MOODY´S (“PUBLICACIONES DE MOODY´S”) PUEDEN INCLUIR LAS OPINIONES ACTUALES ACERCA DEL RIESGO CREDITICIO FUTURO RELATIVO DE ENTIDADES, COMPROMISOS DE CRÉDITO O DE DEUDA O VALORES DE DEUDA SIMILARES. MOODY´S DEFINE EL RIESGO CREDITICIO COMO EL RIESGO DE QUE UNA ENTIDAD NO PUEDA CUMPLIR CON SUS OBLIGACIONES CONTRACTUALES, FINANCIERAS AL MOMENTO DE SU VENCIMIENTO Y CUALQUIER PÉRDIDA FINANCIERA ESTIMADA EN CASO DE INCUMPLIMIENTO. LAS CALIFICACIONES DE RIESGO NO TRATAN OTROS RIESGOS, INCLUIDOS PERO NO LIMITADOS AL: RIESGO DE LIQUIDEZ, RIESGO DE VALOR DE MERCADO O VOLATILIDAD DE LOS PRECIOS. LAS CALIFICACIONES DE RIESGO Y LAS OPINIONES DE MOODY´S INCLUIDAS EN LAS PUBLICACIONES DE MOODY´S NO SON DECLARACIONES DE HECHOS ACTUALES NI HISTÓRICOS. LAS PUBLICACIONES DE MOODY’S PODRÁN TAMBIEN INCLUIR ESTIMATIVOS BASADOS EN MODELOS CUANTITATIVOS Y OPINIONES RELACIONADAS O COMENTARIOS PUBLICADOS POR MOODY’S ANALYTICS, INC. LAS CALIFICACIONES DE RIESGO Y LAS PUBLICACIONES DE MOODY´S TAMPOCO CONSTITUYEN O PROVEEN ASESORAMIENTO DE ÍNDOLE FINANCIERO O DE INVERSIÓN, NI RECOMENDACIONES PARA COMPRAR, VENDER O MANTENER TÍTULOS. NI LAS CALIFICACIONES DE RIESGO NI LAS PUBLICACIONES DE MOODY´S SE REFIEREN A LA CONVENIENCIA DE UNA INVERSIÓN PARA UN INVERSOR EN PARTICULAR. 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TODA LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN EL PRESENTE DOCUMENTO SE ENCUENTRA PROTEGIDA POR LEY, INCLUYENDO DE FORMA NO TAXATIVA AL DERECHO DE AUTOR, Y NADA DE ESA INFORMACIÓN PODRÁ SER COPIADA O REPRODUCIDA, REFORMATEADA, RETRANSMITIDA, TRANSFERIDA, DIFUNDIDA, REDISTRIBUIDA O REVENDIDA, O ALMACENADA PARA SU POSTERIOR USO CON ALGUNO DE DICHOS FINES, YA SEA EN SU TOTALIDAD O EN PARTE, DE CUALQUIER FORMA O MANERA O POR CUALQUIER MEDIO O PERSONA, SIN PREVIO CONSENTIMIENTO POR ESCRITO DE MOODY´S. Toda la información aquí contenida es obtenida por MOODY'S de fuentes que estima precisas y confiables. Sin embargo, debido a la posibilidad de error humano o mecánico, así como otros factores, toda la información contenida en este documento se proporciona "tal como es", sin garantía de ningún tipo. 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La información relativa a ciertas afiliaciones que pudieran existir entre directores de MCO y entidades calificadas, y entre entidades que presentan calificaciones de MIS y que han también informado públicamente a la SEC un interés de propiedad en MCO superior al 5%, se publica anualmente en www.moodys.com bajo el título "Shareholder Relations — Corporate Governance — Director and Shareholder Affiliation Policy”. Sólo para Australia: Cualquier publicación en Australia de este documento es realizado por la filial de Moody´s, Moody´s Investors Service Pty Limited ABN 61 003 399 657 AFSL 336969 y/o Moody’s Analytics Australia Pty Ltd ABN 94 105 136 972 AFSL 383569 (de ser aplicable). Este documento está destinado a ser provisto sólo a "clientes mayoristas" según el significado que se le asigna en el Artículo 761 G) de la Ley de Sociedades del año 2001. 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