siglas y abreviaturas poes
Transcripción
siglas y abreviaturas poes
Distrito Sanitario Córdoba -Guadalquivir Procedimiento operativo estandarizado (POE) de CONCILIACION DE LA MEDICACION AL ALTA HOSPITALARIA EN EL DISTRITO SANITARIO CÓRDOBA-GUADALQUIVIR POE – DISTRITO C-G – V01 Nombre: POE de CONCILIACION DE LA MEDICACION Página 1 de 5 Distrito Sanitario Córdoba -Guadalquivir INTRODUCCIÓN La conciliación de la medicación es un proceso formal y estandarizado de obtener la lista completa de la medicación previa de un paciente, compararla con la prescripción activa, y a continuación analizar y resolver las discrepancias detectadas. Se trata en definitiva de reducir los errores de medicación en los puntos de transición del paciente. Se ha determinado que hasta un 67 % de prescripciones médicas tienen uno o más errores y que de éstos, un 46% ocurren en el ingreso y en alta hospitalaria, es decir en la transición de los pacientes entre diferentes niveles asistenciales. Los Errores de Medicación (EM) que ocurren en la transición de los pacientes entre niveles asistenciales (ingreso, alta y transición interservicios) se deben al desconocimiento, total o parcial, del tratamiento actual de los pacientes, con lo que se omiten medicamentos que toma habitualmente en su domicilio, se producen duplicidades, se prescriben dosis y formas incorrectas, etc. La conciliación del tratamiento es el proceso que intenta prevenir los EM que ocurren en la transición asistencial de los pacientes y consiste básicamente en: Obtener la historia farmacoterapéutica completa del paciente en el medio ambulatorio, incluyendo nombre, dosis, frecuencia y ruta. Y usarla como referencia para compararla con las prescripciones realizadas en el ingreso, traslado de servicio o alta hospitalaria y así detectar las divergencias existentes y corregirlas. La conciliación de tratamiento ha demostrado su validez como herramienta para disminuir los EM habiendo conseguido reducciones de un 85% de errores en 10 meses. Son errores de conciliación, entre otros, aquellos no intencionados como pueden ser la omisión de una medicación habitual necesaria para el paciente, la continuidad de una medicación no justificada o la contraindicación de algún medicamento con la situación clínica del paciente. 1. OBJETO Evaluar la medicación necesaria tras el alta hospitalaria, reduciendo las discrepancias medicamentosas y los efectos adversos que se derivan de ellas. 2. ALCANCE Este POE es de uso exclusivo para los trabajadores del Distrito Sanitario Córdoba – Guadalquivir y ha sido adaptado del POE con el mismo objeto elaborado la Unidad de Gestión Clínica Lucano y revisado por la comisión de farmacia de DSCG. 3. DEFINICIONES El proceso de conciliación de la medicación consiste en garantizar, a lo largo de toda la atención sanitaria, que los pacientes reciban los medicamentos necesarios que estaban tomando previamente, asegurándose que están prescritos en la dosis, vía y frecuencia correctas y que se adecuan a la situación del paciente y/o a la nueva prescripción realizada en otro punto del sistema sanitario (hospitalización, urgencias, consultas externas, consultas privadas…). DIRAYA: programa informático de historia clínica electrónica que actualmente se utiliza en Atención Primaria y en los Servicios de Urgencias de Hospitales en el Sistema Sanitario Público de Andalucía Nombre: POE de CONCILIACION DE LA MEDICACION Página 2 de 5 Distrito Sanitario Córdoba -Guadalquivir Errores de conciliación: aquellas discrepancias o diferencias no justificadas clínicamente entre la medicación crónica habitual del paciente y la nueva prescripción después de una transición asistencial, ya sea ingreso, traslado de unidad, alta hospitalaria, atención domiciliaria, asistencia a urgencias o a diferentes consultas médicas especializadas. Cabe puntualizar que el error de conciliación es aquel que es aceptado como tal por el prescriptor después de solicitársele su aclaración. En este sentido, es necesario documentar y/o comunicar adecuadamente los cambios de medicación realizados por el profesional de la salud que haya atendido a ese paciente al responsable sanitario del mismo y al mismo paciente. Una discrepancia no constituye necesariamente un error. De hecho, la mayor parte de las discrepancias obedecen a: La adaptación de la medicación crónica al nuevo estado clínico del paciente. La realización de exploraciones y/o intervenciones con las que la medicación habitual pudiera interferir. El inicio de nueva medicación justificada por la situación clínica. Se entiende que una discrepancia: − Es justificada cuando se explica por las condiciones del paciente o se justifica cuando se consulta con el médico. − Es un error de conciliación cuando no se explica por las condiciones clínicas del paciente, no estaba justificada en el curso clínico o informe médico y es aceptada como error por el prescriptor después de solicitar su aclaración. En este procedimiento el proceso de conciliación consiste en comparar el listado de medicamentos que el paciente tomaba en su domicilio en el momento del ingreso en el hospital (antes del ingreso) y la medicación prescrita en el alta hospitalaria. Se definen como discrepancias no justificadas o «errores de conciliación» las discordancias o diferencias en el régimen de tratamiento no intencionado detectado durante el proceso de conciliación. Esto incluye los siguientes tipos: omisión o comisión de medicamentos; diferencia en la dosis, vía o frecuencia; prescripción incompleta (dosis, vía o intervalo no especificado); duplicidades e interacciones. Se define como error de omisión la no identificación de un fármaco en la historia farmacoterapéutica, pero que el paciente describía tomar como parte de su medicación habitual. Se denominó error de comisión el medicamento que estaba registrado en su historia y que, sin embargo, no estaba siendo utilizado por el paciente en el momento del ingreso. Si se detectan discrepancias no justificadas se clarificarán conjuntamente con el médico responsable. Nombre: POE de CONCILIACION DE LA MEDICACION Página 3 de 5 Distrito Sanitario Córdoba -Guadalquivir CLASIFICACIÓN DE LAS DISCREPANCIAS DE CONCILIACIÓN DISCREPANCIA JUSTIFICADA QUE NO REQUIERE ACLARACIÓN Decisión médica de no prescribir un medicamento o cambiar su dosis, frecuencia o vía en base a la nueva situación clínica. Decisión médica de cambio posológico o de vía de administración de un medicamento en base a la nueva situación clínica Inicio de nueva medicación justificada por la situación clínica. Sustitución terapéutica según las guías farmacoterapéuticas vigentes y/o los programas de intercambio terapéutico. DISCREPANCIA QUE REQUIERE ACLARACIÓN Omisión de medicamento: el paciente tomaba un medicamento necesario y no se ha prescrito sin que exista justificación clínica explícita o implícita para omitirlo. Diferente dosis, vía o frecuencia de un medicamento: se modifica la dosis, vía o frecuencia que el paciente tomaba sin que exista justificación clínica explícita o implícita para ello. Prescripción incompleta: la prescripción del tratamiento crónico se realiza de forma incompleta y requiere aclaración. Medicamento equivocado: se prescribe un nuevo medicamento sin justificación clínica confundiéndolo con otro que el paciente tomaba y que no ha sido prescrito. Inicio de medicación (discrepancia de comisión): se inicia un tratamiento que el paciente no tomaba antes y no hay justificación clínica, explícita o implícita, para el inicio. Duplicidad: el paciente presenta una duplicidad entre la medicación previa y la nueva prescripción. Interacción: el paciente presenta una interacción clínicamente relevante entre la medicación previa y la nueva prescripción. Mantener medicación contraindicada: se continúa una medicación crónica contraindicada por la nueva situación clínica del paciente. 4.- DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO El proceso de conciliación de medicación tras el Alta Hospitalaria, dependerá del grado de complejidad del paciente. Los profesionales implicados son: Enfermera Gestora de Casos (EGC) Médico o Enfermera de familia (MF-EF), y equipos de urgencias, según organización asistencial. La persona responsable de la gestión de altas hospitalarias será la EGC (o la persona designada en cada unidad). La EGC recibirá por correo electrónico, o mediante contacto hospitalario, el NUSHA del paciente al Alta, revisando el informe de alta en Diraya, creando una HSC y anotando: motivo, cuidados que precisa y la medicación al alta. Tras contacto con entorno del paciente y valoración telefónica, se programará visita domiciliaria, si fuera necesario. Posteriormente, se informará a su MF y EF de la conciliación de medicación, manejo del Régimen Terapéutico, y necesidades de cuidados, favoreciendo la intervención en las 24 h. siguientes de la recepción del alta. Nombre: POE de CONCILIACION DE LA MEDICACION Página 4 de 5 Distrito Sanitario Córdoba -Guadalquivir El MF hará revisión y conciliación de la medicación al alta para descartar posibles interacciones con la mediación del paciente, así como efectos adversos de esta medicación. Tanto a la EGC como EF cuando se encuentre en el entorno del paciente revisará la hoja de tratamiento DIRAYA con la medicación prescrita en el hospital e identificara las discrepancias anteriormente definidas, aclarará con el paciente o el cuidador posibles dudas. A continuación abrirá una hoja de seguimiento en su historia en la que el motivo de consulta será: “EGC CONCILIACION DE MEDICACION”. Si es la Enfermera Gestora de Casos. “MF CONCILIACION DE LA MEDICACION”. Si es el Médico de Familia. “EF CONCILIACION DE LA MEDICACION”. Si lo realiza la Enfermera de Familia En esta hoja se describe las incidencias detectadas. Se informa de las conclusiones al paciente y/o cuidador. 5.- LISTADO DE DOCUMENTOS ASOCIADOS. No aplica. 6. BIBLIOGRAFIA 1. Baena MI, Calleja MA, Romero JM, et al. Validación de un cuestionario para la identificación de problemas relacionados con los medicamentos en usuarios de un servicio de urgencias hospitalario. Ars Pharmaceutica. 2001:42;147-69. 2. Guía para la implantación de programas de Conciliación de la Medicación en los centros sanitarios. Societat Catalana de Farmàcia Clínica. Enero, 2009. 3. Buenas prácticas en la conciliación de la medicación en el ingreso, alta y transición interservicios. Observatorio para la Seguridad del Paciente. Consejería de Salud. Junta de Andalucía. 4. Beatriz Calderón Hernanz, Aina Oliver Noguera, Santiago Tomás Vecina, María Isabel Baena Parejo, Milagros García Peláez, Ana Juanes Borrego, Miguel Ángel Calleja Hernández, Joan Altimiras Ruiz, Fermí Roqueta Egea, Manel Chánovas Borrás. Conciliación de los medicamentos en los servicios de urgencias. Emergencias 2013; 25: 204-217. 5. Janice L. Kwan, MD*; Lisha Lo, MPH*; Margaret Sampson, MLIS, PhD; and Kaveh G. Shojania, MD. Medication Reconciliation During Transitions of Care as a Patient Safety Strategy. A Systematic Review. Ann Intern Med. 2013;158:397-403. 6. Las soluciones de seguridad del paciente. Organización Mundial de la Salud. Disponible en: http://www.who.int/patientsafety/es/ 7. Agency for Healthcare Research and Quality. Patient Safety Primers. Disponible en: http://psnet.ahrq.gov/primer.aspx?primerID=1 8. Procedimiento operativo estandarizado (POE) de “ELABORACIÓN DE PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS ESTANDARIZADOS” (POE deL POE) del H. U. Reina Sofía de Córdoba. Año 2007. 9. POE Conciliación medicación UGC Lucano. Diciembre 2014 Nombre: POE de CONCILIACION DE LA MEDICACION Página 5 de 5