rof - municipalidad provincial de carhuaz
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rof - municipalidad provincial de carhuaz
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ (R.O.F.) CARHUAZ 2011 Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ INDICE INTRODUCCIÓN TÍTULO PRIMERO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I DEL CONTENIDO, CARACTERÍSTICAS DE LA ORGANIZACIÓN Y ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL REGLAMENTO DE LA NATURALEZA, JURISDICCIÓN, FINALIDAD, FUNCIONES GENERALES COMPETENCIA Y OBJETIVO TÍTULO SEGUNDO DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA CAPÍTULO I ESTRUCTURA ORGÁNICA CAPÍTULO II DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA ALCALDÍA CAPÍTULO III DE LOS ÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN DE LA GERENCIA MUNICIPAL CAPÍTULO IV DE LOS DE ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DE LAS COMISIONES DE REGIDORES DEL CONCEJO DE COORDINACIÓN LOCAL PROVINCIAL DE CARHUAZ DEL COMITÉ PROVINCIAL DE DEFENSA CIVIL Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ CAPÍTULO V DE LOS ÓRGANOS DE CONTROL INSTITUCIONAL DEL ÓRGANO DE AUDITORÍA INTERNA DE LA PROCURADURÍA PÚBLICA MUNICIPAL CAPÍTULO VI DE LOS ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO DE LA GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO DE LA GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA CAPÍTULO VII DE LOS ÓRGANOS DE APOYO DE LA SECRETARIA GENERAL DE LA OFICINA DE EJECUTORÍA COACTIVA DE LA OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL DE LA GERENCIA ADMINISTRACIÓN FINANZAS Y TRIBUTARIA CAPÍTULO VIII DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA DE LA GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA Y RURAL DE LA GERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO, TURISMO Y AMBIENTE DE LA GERENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE LA GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO DE LA GERENCIA DE LA JUVENTUD CAPÍTULO IX DE LOS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS DEL SERVICIO DE CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL INSTITUTO VIAL PROVINCIAL – IVP DE LOS CENTROS POBLADOS Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ TÍTULO TERCERO DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES TÍTULO CUARTO DEL RÉGIMEN LABORAL TÍTULO QUINTO DEL RÉGIMEN ECONÓMICO TÍTULO SEXTO DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS CAPÍTULO II DISPOSICIONES FINALES Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ PRESENTACIÓN En la formulación del presente documento de gestión se han considerado los siguientes criterios organizacionales: La especialización, profesionalización, modernización tecnológica, gerencialización, eficiencia, racionalización y antecedentes organizacionales. Para la elaboración de este documento se ha contado con un equipo técnico especializado y de experiencia, con la participación activa de los funcionarios. Conforme al Plan Estratégico Institucional, entrevistas, observaciones diversas, así como el estudio comparativo de otras realidades y consulta de textos académicos sobre la materia. Este documento es un instrumento básico estructural que evita el fenómeno de la superposición de funciones y asegura la implementación adecuada de niveles jerárquicos, canales de comunicación organizacional, manuales de procedimientos y otros, dándose cumplimiento de esta forma a la obligación de la formulación de dichos documentos conforme a ley. Su contenido permite conocer funciones y/o facultades de los órganos hasta el tercer nivel institucional. La organización descrita en el presente Reglamento está diseñada para lograr la eficacia y eficiencia municipal en la prestación de los servicios públicos locales de su competencia; propicia el trabajo coordinado y en equipo de las diferentes unidades orgánicas descritas. Favorece asimismo una mayor participación ciudadana y desarrollo de nuestra provincia. El Reglamento contiene ciento cincuenticuatro (154) Artículos, ordenados en nueve (09) Capítulos, seis (06) Títulos y Nueve (09) Disposiciones Complementarias, (06) Transitorias y Finales, así como el Organigrama de la Estructura de la Municipalidad, éste ha sido elaborado según las normas y criterios técnicos formulados por el Instituto Nacional de Administración Pública, que a la fecha se encuentran vigentes. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ TÍTULO PRIMERO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I DEL CONTENIDO, CARACTERÍSTICAS DE LA ORGANIZACIÓN Y ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL REGLAMENTO Artículo 1º.- Contenido El presente Reglamento de Organización y Funciones es un instrumento normativo de gestión que determina la naturaleza, finalidad, objetivos, organización, Estructura Orgánica, relaciones, funciones y atribuciones generales de los órganos que conforman la Municipalidad Provincial de Carhuaz, así como; la relación de éste con las Instituciones y Empresas bajo su ámbito en concordancia con la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y demás disposiciones afines. Artículo 2°.- Características de la Organización La organización de la Municipalidad Provincial de Carhuaz se orienta a: a) Evitar la competencia. b) Establecer con claridad los niveles de autoridad y responsabilidad. c) Reflejar la estructura orgánica coherente con el objetivo institucional, para asegurar la oportuna atención de los servicios públicos. d) Promover la flexibilidad de acción para que la entidad se adecue a cambios políticos, económicos y tecnológicos. e) Coadyuvar al logro de nuestra visión y misión en trabajo compartido todas las instancias de gestión y órganos de gobierno. La Municipalidad Provincial de Carhuaz, para el adecuado cumplimiento de las funciones normativas y ejecutivas asignadas por Ley, se encuentra de la siguiente manera: Alcaldía Gerencia Municipal Gerencias Divisiones Oficinas Áreas Las Gerencias emiten Resoluciones en primera instancia, en asuntos administrativos de su competencia, las impugnaciones será resuelta por el Alcalde, en última y definitiva instancia. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ Artículo 3º.- Domicilio La capital de la provincia de Carhuaz, Región Ancash es sede de la Municipalidad Provincial de Carhuaz y tiene su domicilio legal en la Av. La Merced N° 653 - Carhuaz de la Región Ancash. Artículo 4°.- Ámbito Las normas establecidas en el presente reglamento son de aplicación y cumplimiento obligatorio de todos los órganos de la Municipalidad Provincial de Carhuaz, en el ámbito de su competencia. Artículo 5°.- Marco Legal 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. Ley N° 27680 Ley de Reforma de la Constitución Política del Perú, Capítulo XIV, Título IV. Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización. Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Ley N° 27902 Ley que modifica la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades. Ley N°28175 Ley Marco del Empleado Público. Decreto Supremo N° 43-2004-PCM DE LA NATURALEZA, JURISDICCIÓN, FINALIDAD, FUNCIONES GENERALES COMPETENCIA Y OBJETIVOS Artículo 6º.- Naturaleza Jurídica La Municipalidad Provincial de Carhuaz, tiene personería jurídica de derecho público, y autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo un Pliego Presupuestal para su administración, económica y financiera. Artículo 7°.- Jurisdicción La Municipalidad Provincial de Carhuaz, es creada por Ley N° 7951, de fecha 14 de Diciembre de 1934 que goza de las competencias señaladas en la Ley N° 27972, Ley Orgánica Municipalidades y sus modificatorias, con jurisdicción en el ámbito territorial de la Provincia de Carhuaz, Departamento de Ancash. Artículo 8°.- Finalidad. La Municipalidad Provincial de Carhuaz tiene como finalidad: “Representar al vecindario así como promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral sostenible y armónico de su circunscripción. Artículo 9°.- Funciones Generales La Municipalidad Provincial de Carhuaz tiene las competencias y ejerce funciones y atribuciones que señala la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y demás disposiciones vigentes. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ Artículo 10°.- Competencia La Municipalidad Provincial de Carhuaz tiene la competencia y ejerce las funciones y atribuciones que señala la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, y demás disposiciones vigentes. Artículo 11°.- Objetivos de la Entidad La Municipalidad Provincial de Carhuaz, persigue los siguientes objetivos: a) Planificar integralmente el desarrollo local en el ámbito de su jurisdicción. b) Atender con eficiencia los servicios municipales esenciales como: saneamiento ambiental, limpieza pública, agua potable y alcantarillado, mercado de abastos, camal y ferias, seguridad ciudadana, registro nacional de identificación y estado civil, promoción cultural y otros en el ámbito de su jurisdicción. c) Satisfacer adecuada y oportunamente las necesidades de infraestructura básica, rural y urbana, facilitando la accesibilidad permanente. d) Estimular e institucionalizar la participación de la población en la prestación de servicios públicos locales y en la gestión municipal, mediante el ejercicio de los derechos de iniciativa y petición, así como el cumplimiento de las normas municipales y distintas formas de trabajo comunal. e) Promover el desarrollo económico de la provincia, sobre la base de la producción, procesamiento y comercialización agropecuaria y el potencial turístico. f) Desarrollar programas y servicios estratégicos, orientados al desarrollo humano y la reducción de la pobreza en la provincia. TÍTULO SEGUNDO DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA CAPÍTULO I ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 12º.- Estructura Orgánica La estructura orgánica de la Municipalidad Provincial de Carhuaz es la siguiente: 1. ÓRGANOS DE GOBIERNO Código 01.1 Concejo Municipal Código 01.2 Alcaldía 2. ÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN: Código 02.1 Gerencia Municipal 3. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN: Código 03.1 Comisiones de Regidores Código 03.2 Concejo de Coordinación Local de Carhuaz Código 03.3 Comité de Defensa Civil Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ 4. ÓRGANOS DE CONTROL INTERNO: Código 04.1 Órgano de Auditoría Interna Código 04.2 Procuraduría Pública Municipal 5. ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO: Código 05.1 Gerencia de Planeamiento y Presupuesto Código 05.2 Gerencia de Asesoría Jurídica. 6. ÓRGANOS DE APOYO: Código 06.1 Secretaria General Código 06.2 Gerencia Administración Finanzas y Tributaria 7. ÓRGANOS DE LÍNEA: Código 07.1 Gerencia de Infraestructura Urbana y Rural. Código 07.2 Gerencia de Desarrollo Económico, Turismo y Medio Ambiente. Código 07.3 Gerencia de Servicios Públicos. Código 07.4 Gerencia de Desarrollo Social y Humano. Código 07.5 Gerencia de la Juventud. 8. ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS: Código 08.1 Servicio Municipal de Ahorro y Crédito. Código 08.2 Servicio de Agua Potable y Alcantarillado. Código 08.3 Instituto Vial Provincial –IVP Código 08.4 Municipalidades de Centros Poblados CAPÍTULO II 01. DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO 01.1 DEL CONCEJO MUNICIPAL Artículo 13.- El Concejo Municipal Provincial está conformado por el Alcalde y los siete (07) Regidores. Ejerce funciones normativas y fiscalizadoras, con las atribuciones que le confiere la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias, y se rige por su Reglamento Interno – RIC, y demás disposiciones vigentes. Artículo 14º.- Son atribuciones del Concejo Municipal las establecidas en el artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades. a) Aprobar el Plan de Desarrollo Municipal Concertado y el Presupuesto Participativo. b) Aprobar, monitorear y controlar el plan de desarrollo institucional y el programa de inversiones, teniendo en cuenta el Plan de Desarrollo Municipal Concertados y su Presupuesto Participativo. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ c) Aprobar mediante Ordenanza el Régimen de Organización Interna y Funcionamiento del Gobierno Local. Documentos De Gestión: Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Cuadro de Asignación de Personal (CAP), Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y otros documentos que la normatividad especifique el nivel de aprobación mencionando. d) Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano (PDU). e) Aprobar el Plan Desarrollo de Capacidades. f) Aprobar el Sistema de Gestión Ambiental Local (SGAL) y sus instrumentos, en concordancia con el sistema de gestión ambiental nacional y regional. g) Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. h) Crear, modificar, suprimir o exonerar contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley. i) Declarar la vacancia o suspensión de los cargos de Alcalde y Regidor. j) Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realice el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario. k) Aprobar por ordenanza el Reglamento Interno del Concejo Municipal (RIC). l) Aprobar los proyectos de la Ley que en materia de su competencia sean propuestos al Congreso de la República. m) Aprobar normas que garanticen una efectiva participación vecinal. n) Constituir comisiones ordinarias y especiales, conforme a su reglamento. o) Aprobar el presupuesto anual y sus modificaciones dentro de los plazos señalados por Ley, bajo responsabilidad. p) Aprobar el balance y la memoria. q) Aprobar la entrega de construcciones de infraestructura y servicios públicos municipales al sector privado a través de concesiones o cualquier otra forma de participación de la inversión privada permitida por Ley, conforme a los artículos 32° y 35° de la Ley Orgánica de Municipalidades. r) Aprobar la creación de agencias municipales. s) Aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad. t) Solicitar la realización de exámenes especiales, auditorías económicas y otros actos de control. u) Autorizar y atender los pedidos de información de los regidores para efectos de fiscalización. v) Autorizar al Procurador Público Municipal, para que, en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el Órgano de Control Interno haya encontrado responsabilidad civil o penal; así como en los demás procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes. w) Aprobar endeudamientos internos y externos, exclusivamente para obras y servicios públicos, por mayoría calificada conforme a ley. x) Aprobar la donación o la sesión en uso de bienes muebles e inmuebles de la municipalidad a favor de entidades públicas o privadas sin fines de lucro y la venta de sus bienes en subasta pública. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ y) Aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales. z) Aprobar las licencias solicitadas por el Alcalde y los Regidores, no pudiendo concederse licencias simultáneamente a un número mayor de 40% (cuarenta por ciento) de los Regidores. aa)Aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales. bb)Disponer el cese del Gerente Municipal cuando exista acto doloso o falta grave. cc) Plantear los conflictos de competencia. dd)Aprobar el Cuadro de Asignación de Personal y las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos. ee)Fiscalizar la gestión de los funcionarios de la Municipalidad. ff) Aprobar los espacios de concertación y participación vecinal, a propuesta del Alcalde, así como reglamentar su funcionamiento. gg)Las demás atribuciones que le correspondan conforme a ley. Artículo 15°.- El Concejo Municipal celebrará sesiones con sujeción o su propio Reglamento, y de acuerdo a lo prescrito en la ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 16°.- Los Regidores del Concejo Provincial, son representantes de los vecinos de su jurisdicción, elegidos por votación popular. Ejercen función pública y gozan de las prerrogativas y preeminencias que la Ley Orgánica de Municipalidades establece. Artículo 17°.- Son atribuciones y obligaciones de los Regidores las establecidas en el artículo 10° de la Ley Orgánica de Municipalidades. a) Proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos. b) Formular pedidos y nociones de orden del día. c) Desempeñar por delegación las atribuciones políticas del Alcalde. d) Desempeñar funciones de fiscalización de la Gestión Municipal. e) Integrar, concurrir y participar en las sesiones de las comisiones ordinarias especiales que determine el Reglamento Interno del Concejo (RIC),y en las reuniones de trabajo que determine o apruebe el concejo municipal. f) Mantener comunicación con las organizaciones sociales y los vecinos a fin de informar al concejo municipal y proponer la solución de problemas. Artículo 18°.- Responsabilidades, impedimentos y derechos de los Regidores: Los Regidores de la Municipalidad Provincial de Carhuaz, tienen las responsabilidades, impedimentos y derechos comprendidos en el artículo 11º de la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 19°.- Mediante Reglamento Interno, el Concejo Municipal, normará su régimen interior, precisará las competencias que la Ley Orgánica de Municipalidades establece, el ámbito de las atribuciones de sus miembros, el desarrollo de las sesiones y el funcionamiento, número y composición de las Comisiones de Regidores. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ 01.2 DE LA ALCALDÍA Artículo 20°.- La Alcaldía es el órgano ejecutivo de la Municipalidad Provincial. El Alcalde es el representante legal y su máxima autoridad administrativa. Ejerce las funciones y atribuciones que le confiere la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Municipalidades, sus modificatorias, las demás normas afines vigentes. Artículo 21°.- Son atribuciones del Alcalde las contenidas en el artículo 20° de la y Orgánica de Municipalidades: a. Defender y cautelar los Derechos e Intereses de la Municipalidad y los vecinos. b. Convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones del Concejo Municipal. c. Ejecutar los acuerdos del Concejo Municipal, bajo responsabilidad. d. Proponer al Concejo Municipal proyectos de ordenanzas y acuerdos. e. Promulgar las ordenanzas y disponer su publicación. f. Dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las Leyes y Ordenanzas. g. Dirigir la formulación y someter a aprobación del Concejo el Plan Integral de Desarrollo Sostenible Local y el programa de inversiones concertado con la sociedad civil. h. Dirigir la ejecución de los planes de Desarrollo Municipal. i. Someter a aprobación del Concejo Municipal, bajo responsabilidad y dentro de los plazos y modalidades establecidos en la Ley Anual de Presupuesto de la República, el Presupuesto Municipal Participativo, debidamente equilibrado y financiado. j. Aprobar el Presupuesto Municipal, en caso de que el Concejo Municipal no lo apruebe dentro del plazo previsto en la presente ley. k. Someter a aprobación del Concejo Municipal, dentro del primer trimestre del ejercicio presupuestal siguiente y bajo responsabilidad, el Balance General y la memoria del ejercicio económico fenecido. l. Proponer al Concejo Municipal la creación, modificación, supresión o exoneración de contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencia, y con Acuerdo del Concejo Municipal, solicitar al Poder Legislativo la creación de los impuestos que considere necesarios. m. Someter al Concejo Municipal la aprobación del sistema de Gestión Ambiental Local y de sus instrumentos, dentro del marco del Sistema de Gestión Ambiental Nacional y Regional. n. Proponer al Concejo Municipal los proyectos de Reglamento Interno del Concejo Municipal, los de personal, los Administrativos y todos los que sean necesarios para el Gobierno y la Administración Municipal. o. Informar al Concejo Municipal mensualmente respecto al control de la recaudación de los ingresos Municipales y autorizar los egresos de conformidad con la Ley y el presupuesto aprobado. p. Celebrar Matrimonios Civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas del Código Civil. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ q. Designar y cesar al Gerente Municipal y, a propuesta de éste, a los demás funcionarios de confianza. r. Autorizar las licencias solicitadas por los funcionarios y demás servidores de la municipalidad. s. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el auxilio del Serenazgo y la Policía Nacional. t. Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el Gerente Municipal. u. Proponer al Concejo Municipal la realización de auditorías, exámenes especiales y otros actos de control. v. Implementar bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de auditoría interna. w. Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones. x. Proponer la creación de empresas municipales bajo cualquier modalidad legalmente permitida, sugerir la participación accionaria, y recomendar la concesión de obras de infraestructura y servicios públicos municipales. y. Supervisar la recaudación municipal, el buen funcionamiento y los resultados económicos y financieros de las empresas municipales y de las obras y servicios públicos municipales ofrecidos y directamente o bajo delegación al sector privado. z. Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los servidores municipalidades de carrera. aa. Proponer al concejo municipal las operaciones de crédito interno y externo, conforme a ley. bb. Presidir el Comité de Defensa Civil de su jurisdicción. cc. Suscribir convenios con otras municipalidades para la viabilidad PIP ejecución de obras y prestación de servicios comunes. dd. Atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones vecinales de ser el caso, tramitarlos ante el Concejo Municipal. ee. Proponer al concejo municipal espacios de concertación y participación vecinal. ff. Resolver en última instancia administrativa los actos administrativos materia de impugnación, agotándose la vía administrativa. gg. Delegar a las Gerencias Funciones, emisión de Resoluciones Vía Resolución de Alcaldía. hh. Las demás que le correspondan de acuerdo a ley. CAPÍTULO III 02.DE LOS ORGANOS DE ALTA DIRECCIÓN 02.1 DE LA GERENCIA MUNICIPAL Artículo 22°.- La Gerencia Municipal es el Órgano de Dirección de mayor nivel técnico - administrativo institucional y constituye cargo de confianza de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades, depende directamente del Alcalde en los aspectos administrativos y funcionales. La Gerencia Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ Municipal es designada por el Alcalde y puede ser cesado por éste o por el Concejo Municipal mediante acuerdo con sujeción a la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 23°.- El Gerente Municipal también puede ser cesado mediante acuerdo del concejo municipal adoptado por dos tercios del número hábil de regidores tanto se presenten cualquiera de las causales previstas en su atribución contenida en la ley orgánica de municipalidades. Artículo 24°.- En el proceso de cambio y desarrollo institucional su rol de liderazgo se plasma en aplicar la filosofía de la gestión impartida por el Alcalde, a la realidad de la gestión municipal; debe tener una visión global para la organización y gestión de los procesos institucionales de producción de bienes y servicios para la comunidad; debe supervisar las acciones municipales y plantear las alternativas de solución para superar las dificultades que impidan alcanzar las metas y objetivos de gestión. Define y coordina los procesos de gestión de las gerencias, así como resuelve los conflictos de competencia que se presenten entre ellas. Artículo 25°.- Tiene por objetivo la gestión estratégica de la municipalidad desarrollando los procesos de planificación, organización, dirección, control concurrente y posterior, a efectos de alcanzar elevados niveles de eficiencia y eficacia en las acciones municipales en beneficio de la comunidad. Artículo 26°.- Tiene como misión asegurar la buena marcha de la gestión municipal administrativa, coordina la atención de los servicios municipales y la realización de las inversiones municipales, sustentada en los principios de legalidad, economía , transparencia, simplicidad, eficacia, eficiencia, participación y seguridad ciudadana. Artículo 27°.- La Gerencia Municipal para el cumplimiento de sus funciones y responsabilidades cuenta con el organigrama aprobado por Consejo Municipal, estructurado por dos órganos de Asesorías; una Gerencia de Apoyo, cinco Gerencias de Línea y cuatro órganos desconcentrados, a través de las cuales ejerce plena autoridad y responsabilidad corporativa. Artículo 28º.- El Área de Equipo Mecánico y Extracción de Álveos depende jerárquicamente del Gerente Municipal y está a cargo de un profesional con categoría de Jefe de Área, coordina sus actividades con la Gerencia Municipal y los demás unidades orgánicas. Artículo 29°.- Corresponde a la Gerencia Municipal las funciones que se detallan además de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades: 1. Elaborar, Proponer y ejecutar el Plan Operativo Institucional correspondiente a la Municipalidad Provincial de Carhuaz en coordinación con las Gerencias. 2. Disponer eficiente y eficazmente de los recursos presupuestarios, económicos, financieros, materiales y equipos de la institución municipal. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ 3. Dirigir y conducir la gestión administrativa, financiera y económica de la Municipalidad de Carhuaz, así como el funcionamiento y la prestación de los servicios municipales en general. 4. Dirigir, supervisar y controlar las acciones de los órganos de asesoría y apoyo; órganos técnico normativos; órganos de ejecución y operaciones de servicio y bienes públicos locales; y, órgano de apoyo administrativo de la gestión municipal. 5. Programar, organizar, dirigir, supervisar, coordinar y controlar las acciones de gestión municipal, relacionadas con la ejecución y cumplimiento de los Planes de Desarrollo Local Concertado, Desarrollo Institucional, así como del Plan Operativo Institucional y Presupuesto Participativo Municipal para cada periodo anual. 6. Programar, organizar, dirigir y controlar los procesos de modernización y fortalecimiento institucional para garantizar que el desarrollo de la organización éste acorde con los objetivos estratégicos del desarrollo local. 7. Programar, organizar y supervisar los siguientes procesos: personal, económica, financiera, logística y de servicios generales de la municipalidad. 8. Programar, organizar, dirigir y controlar los procesos de comunicación y toma de decisiones de los funcionarios que asegure una adecuada motivación y compromiso del personal con los objetivos institucionales para alcanzar de manera coordinada, eficiente y eficaz las metas propuestas en los planes de desarrollo y planes de acción. 9. Programar, organizar, dirigir y controlar los procesos de control y evaluación de los resultados de la gestión municipal a efecto que se rinda cuenta permanentemente a la comunidad del avance en el logro de las metas y objetivos institucionales y del desarrollo local. 10.Proponer al Alcalde las políticas y acciones de gestión municipal, de los servicios públicos y de las inversiones. 11.Proponer al Alcalde las normas y disposiciones necesarias para el desarrollo de los procesos de planeamiento, organización, gestión de personal, gestión económica y financiera, gestión informática, gestión logística y de servicios generales, control y evaluación de la gestión municipal. 12.Ejercer el liderazgo en la gestión municipal, en la prestación de los servicios públicos municipales y en la realización de las inversiones, desarrollando una administración estratégica para alcanzar altos niveles de productividad y calidad de la gestión, en un ambiente de competitividad, creatividad, innovación y de cambios continuos; incorporando permanentemente nuevas tecnologías en los procesos municipales. 13.Velar por la legalidad y continuidad de todos los procesos de la gestión municipal, y brindar apoyo al Alcalde en las acciones ejecutivas de la gestión municipal; informando y dándole cuenta de las acciones municipales. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ 14.Emitir resoluciones de gerencia municipal aprobando directivas o resolviendo asuntos administrativos de su competencia; así como en aquellas otras materias que le fuesen delegados por el Alcalde. 15.Formular el Informe Anual de Rendición de Cuentas de la entidad, para que sea suscrito por el Alcalde antes de su remisión a la Contraloría General de la República y sea expuesto ante el Concejo Municipal y las instancias de fiscalización y coordinación vecinal. 16.Informar o emitir opinión sobre la gestión municipal solicitados por los Regidores o las comisiones del Concejo Municipal. 17.Suscribir por delegación del Alcalde, las acciones que corresponden al titular del pliego presupuestario. 18.Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y políticas de gestión emanadas por el Concejo Municipal y el Alcalde, disponiendo adecuadamente de los recursos materiales, económico - financieros y del personal necesario para cada área de gestión municipal, a efectos de cumplir con los objetivos y metas institucionales. 19.Representar al Alcalde ante organismos públicos y privados nacionales e internacionales, en actos relacionados con la gestión municipal y los servicios públicos locales. 20.Presentar al Alcalde la memoria anual de la Municipalidad. 21.Presidir o participar en comisiones de trabajo para formular y recomendar acciones de desarrollo municipal. 22.Resolver y disponer en concordancia con la normatividad vigente la atención de los asuntos internos de la municipalidad, con el objeto de agilizar y dar mayor fluidez de la gestión municipal. 23.Asistir a las sesiones de concejo con derecho a voz, pero sin voto. 24. Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por el Alcalde. 2.1.1. DEL AREA DE EQUIPO MECÁNICO Y EXTRACCIÓN DE ALVEOS Artículo 30º.- El Área de Equipo Mecánico y Extracción de Álveos es el órgano que asegura el uso óptimo de las unidades de transporte, maquinaría y equipo mecánico con que cuenta la Municipalidad Provincial, así como la extracción y traslados de agregados desde las canteras municipales, sus funciones son: a) Seleccionar el equipo mecánico pesado adecuado para la demanda que tiene la Municipalidad. b) Planificar, organizar, dirigir, supervisar y ejecutar las acciones relacionadas con la dotación de unidades de transporte, maquinaria y equipo mecánico con que cuenta la Municipalidad Provincial para la ejecución de actividades y proyectos de la Institución. c) Evaluar de manera permanente el equipo mecánico de las unidades de transporte, maquinaria y equipo mecánico a cargo de la Municipalidad Provincial, incluyendo aprovisionamiento de combustibles y lubricantes bajo criterios de normatividad técnica y uso racional de recursos disponibles. d) Programar la movilización y desmovilización de los vehículos. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ e) Planificar, organizar, dirigir y supervisar las acciones relacionadas con la extracción de materiales agregados de las canteras municipales, así como el traslado a las otras actividades en los que se requiera. f) Otras funciones que la asigne la Gerencia Municipal en el ámbito de su competencia. CAPÍTULO IV 03. DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN 03.1 DE LAS COMISIONES DE REGIDORES Artículo 31º.- Las Comisiones de Regidores pueden ser ordinarias o especiales. Desarrollan dentro de sus atribuciones y fines para las que son constituidas, funciones legislativas, fiscalizadoras y de asesoramiento con acuerdo del Concejo. El Reglamento Interno del Concejo (R.l.C.) determina su régimen de organización y funciones; además, se rige por la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, sus modificatorias y demás normas afines. 03.2 DEL CONCEJO DE COORDINACIÓN LOCAL PROVINCIAL DE CARHUAZ Artículo 32°.- El Concejo de Coordinación Local de Carhuaz, es un Órgano de coordinación y concertación de la Municipalidad Provincial, integrado por el Alcalde Provincial que lo preside, pudiendo delegar tal función en el Teniente Alcalde, y los Regidores Provinciales; por los diez (10) Alcaldes Distritales de la Provincia de Carhuaz y por los ocho (8) representantes de la sociedad civil elegidos y acreditados, con las funciones y atribuciones que le señala la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades. El Consejo de Coordinación Local Provincial de Carhuaz no ejerce funciones ni actos de gobierno. Su funcionamiento se encuentra regulado en la Ley Orgánica de Municipalidades. El Concejo de Coordinación Local Provincial de Carhuaz se rige por su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Ordenanza Municipal N° 014-2004-MPC y demás normas municipales pertinentes. Artículo 33°.- Son funciones del Concejo de Coordinación Local Provincial de Carhuaz, las establecidas en el Artículo 100 de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, siendo las siguientes: a) Coordinar y preparar el Plan de Desarrollo Municipal Provincial Concertado y el Presupuesto Participativo Provincial. b) Proponer las políticas de saneamiento. c) Apoyar la ejecución del Plan de Seguridad Ciudadana. d) Apoyar el mejoramiento de la calidad de los servicios públicos locales y la ejecución de obras municipales. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ e) Organizar los torneos y competencias vecinales y escolares del distrito en el ámbito deportivo y cultural. f) Fiscalizar la ejecución de los planes de desarrollo municipal. g) Otras que le asigne el Alcalde. 03.3 DEL COMITÉ PROVINCIAL DE DEFENSA CIVIL Artículo 34º.- El Comité Provincial de Defensa Civil de Carhuaz, es el órgano de Coordinación para la prevención de desastres de origen natural o artificial, y para la atención inmediata a la comunidad en caso de un desastre. Lo preside el Alcalde Provincial y actúa como Secretaría Técnica la División de Acondicionamiento Territorial y Catastro. Artículo 35°.- Son funciones del Comité Provincial de Defensa Civil: a) Planear dirigir y conducir las actividades de Defensa Civil en el ámbito de la Provincia de Carhuaz. b) Ejecutar los Planes de Prevención, Emergencia y Rehabilitación. c) Promover y ejecutar acciones de capacitación sobre Defensa Civil. d) Prestar servicios técnicos de inspección y seguridad ciudadana a la colectividad. e) Promover y suscribir convenios en materia de Defensa Civil. f) Mantener estrecha relación con las entidades del Sistema Nacional de Defensa Civil. g) Otras que le encomiende el Concejo Municipal o el Sistema Nacional de Defensa Civil. CAPÍTULO V 04. DE LOS ÓRGANOS DE CONTROL INSTITUCIONAL 04.1. DEL ÓRGANO DE AUDITORÍA INTERNA Artículo 36°.- El Órgano de Auditoría Interna es el responsable de planificar, organizar, dirigir y ejecutar las actividades de control, en cumplimiento de las normas emitidas por el Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, así como de las emanadas del Concejo Municipal y de ¡a Alcaldía. Artículo 37°.- El Órgano de Auditoría Interna está a cargo de un funcionario, cuya designación y separación es efectuada por la Contraloría General de la República. Depende funcional y administrativamente de la Contraloría General de la República. Artículo 38°.- Son funciones del Órgano de Auditoría Interna: Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ a) Programar, organizar, dirigir, ejecutar y evaluar las acciones de control. b) Llevar a cabo auditorias administrativas y económico financieras, exámenes especiales, arqueos de caja, inspecciones e investigaciones en todas las áreas Municipalidad, organismos públicos descentralizados, así como en entidades o terceras personas que hayan recibido donaciones, transferencias o habilitaciones de la Municipalidad Provincial; emitir los informes pendientes de conformidad con la Ley de Control y su Reglamento. c) Formular anualmente el Plan de Actividades de Control, de conformidad con la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control, así como de la directiva que anualmente emite la Contraloría General de la República y con las disposiciones del Alcalde. d) Realizar inspecciones de Obras y/o Proyectos, para determinar el avance físico y financiero, y fundamentalmente la calidad de las mismas. e) Efectuar el seguimiento de la implementación de las medidas correctivas de las observaciones y recomendaciones incluidas en los informes evacuados en cumplimiento de las Normas de Control. f) Asesorar y brindar apoyo técnico en asuntos vinculados con el Sistema Nacional de Control, tanto a los órganos de las Municipalidades Distritales y de Centros Poblados Menores de la jurisdicción. g) Difundir la legislación de Normas Técnicas de Control, para su conocimiento y correcta aplicación. 04.2 DE LA PROCURADORIA PÚBLICA MUNICIPAL Artículo 39°.- La Procuraduría Pública Municipal, es el órgano de apoyo, encargado de los asuntos judiciales de la Municipalidad Provincial. Representa y defiende ante los órganos jurisdiccionales los derechos e intereses de la Municipalidad Provincial, e conformidad con las normas del Sistema de Defensa Judicial. La Procuraduría está a cargo del Procurador Público Municipal, quien depende administrativamente del Alcalde. Funcional y normativamente, el Procurador Público Municipal depende del Consejo de Defensa Judicial del Estado. Está a cargo de un Funcionario de Confianza designado por el Alcalde, con categoría y nivel de Gerente. Artículo 40°.- El Procurador Público Municipal, de la Municipalidad Provincial de Carhuaz podrá extender sus funciones a las Municipalidades Distritales de la Provincial de Carhuaz que no cuente con éste, previo convenio sobre la materia. Artículo 41°.- La Procuraduría Pública Municipal, tiene las siguientes funciones: a) Representar y defender los intereses y derechos de la Municipalidad Provincial de Carhuaz, ante los órganos jurisdiccionales, en los procesos y procedimientos sean estos civiles, penales, laborales, constitucionales Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ b) c) d) e) f) g) h) i) o contencioso administrativos, sea como demandante o demandado, denunciante o denunciado agraviado. Ejercer la defensa judicial de la Municipalidad Provincial, ante cualquier tribunal juzgado. Coordinar con los órganos competentes para efectos del ejercicio de la defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad Provincial, a quienes represente y defienda. Conciliar asuntos legales con la autorización expresa del titular del pliego y con conocimiento del Concejo Municipal. Mantener informado al Alcalde y al Concejo Municipal sobre los avances de los procesos judiciales a su cargo. Emitir opinión técnica sobre asuntos de su competencia e informes administrativos. Emitir informe anual y cuando le sea requerido, al Concejo de Defensa Judicial del Estado y al Alcalde, respecto de los procesos judiciales que son de su competencia. Asumir la defensa de los funcionarios y servidores de la Municipalidad Provincial de Carhuaz, cuando son denunciados en razón del ejercicio de las funciones de la municipalidad, siempre que no sea en agravio de la Municipalidad Provincial de Carhuaz. Las demás señaladas en el DL. N° 17537 y su Reglamento aprobado por el D.S. N° 002-2000-JUS; y Ley del Sistema Nacional de Defensa del Estado, normas complementarias y conexas de representación y defensa del Estado en juicio. CAPITULO V 05. DE LOS ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO 05.1 DE LA GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO Artículo 42º.- La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, es el órgano responsable de conducir, asesorar, ejecutar y evaluar las actividades relacionadas a planes y programas, presupuesto, racionalización y estadística, así como lo relacionado a la formulación, negociación y concertación de convenios y acuerdos de cooperación técnica y financiera, nacional e internacional, con participación de organismos públicos y privados, para lograr el apoyo a los programas y proyectos de inversión y desarrollo de la Municipalidad Provincial de Carhuaz. La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto asegura que todos los proyectos cumplan con la normatividad vigente para la inversión pública. Artículo 43°.- La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto depende directamente de la Gerencia Municipal, está a cargo de un Funcionario de Confianza designado por el Alcalde, con categoría y nivel de Gerente que cuenta con las siguientes áreas y oficinas: 1. Área de Planificación Presupuesto y Racionalización Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ 2. Oficina de Programaciones e Inversiones 3. Área de Informática y Estadística Artículo 44°.- Las funciones de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto son las siguientes: a) Proponer a los Órganos de Gobierno los objetivos estratégicos, los planes, programas y presupuestos participativos, así como los procesos de racionalización administrativa, estadística municipal y programas de cooperación técnica y financiera en el marco de las necesidades institucionales Municipales. b) Dirigir y controlar las fases de Programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación del Presupuesto Municipal Participativo y el Plan Operativo Institucional, conforme a la normatividad vigente del Sistema de Gestión Presupuestaria del Estado y otros relacionados en la materia. c) Coordinar con entidades del sector público y privado, acciones que conlleve al desarrollo de los planes y proyectos que ejecuta la Municipalidad Provincial. d) Proponer modificaciones a la estructura de la Municipalidad Provincial para hacerla dinámica y eficiente para una mejor gestión municipal. e) Conducir la organización e implementación de los sistemas administrativos de su competencia. f) Aprobar el plan anual de trabajo del área de Planificación presupuesto y Racionalización, Oficina de Proyectos de Inversión, área de Informática y Estadística, y supervisar la implementación de éstos planes. g) Emitir opinión técnica e Informes sobre asuntos de su competencia; y proyectar las Resoluciones de Alcaldía u Ordenanzas Municipales correspondientes y Convenios. h) Aplicar e implementar convenios institucionales presupuestarios emitidos por la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y la Normatividad vigente del Sistema de Gestión Presupuestal del Estado. i) Orientar y programar el gasto en función a los lineamientos de política vigente, en coordinación con la Gerencia de Administración Finanzas y Tributaria, elaborando directivas internas de control presupuestal. j) Aplicar y mantener actualizada la metodología, normas y procedimientos que se rigen en la elaboración y control de los proyectos de inversión, en coordinación en la Gerencia de Infraestructura Urbana y Rural. k) Evaluar la ejecución del presupuesto, proponiendo las modificaciones presupuestales y transferencias de asignaciones necesarias para el mejor cumplimiento de los objetivos. l) Otras funciones que le asigne el Alcalde y el Gerente Municipal, en el ámbito de su competencia. 05.1.1 DEL ÁREA DE PLANIFICACIÓN PRESUPUESTO Y RACIONALIZACIÓN Artículo 45°.- Son funciones del Área de Planificación Presupuesto y Racionalización: Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ a) Desarrollar programas para implementar progresivamente los procesos de planificación estratégica de gestión local, con la finalidad de cumplir los objetivos estratégicos de gestión local, con la finalidad de cumplir los objetivos corto, mediano, y largo plazo del Plan de Desarrollo Concertado. b) Asesorar a los Órganos de la Municipalidad en la formulación de políticas, estrategias y objetivos, que deben plasmarse en el Plan Provincial de Desarrollo Concertado, Plan Operativo Municipal y otros planes. c) Evaluar los documentos de Gestión Institucional; Plan Operativo institucional, (P0I), Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Cuadro para Asignación de Personal (CAP), Manual de Organización y Funciones (MOF), Manual de Procedimientos (MAPRO), Presupuesto institucional de apertura, (PIA) Presupuesto Analítico de Apertura (PAP), modificarlos y actualizarlos oportuna y periódicamente. d) Formular, coordinar y efectuar las modificaciones periódicas al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de acuerdo a la normatividad vigente. e) Monitorear y coordinar la expedición de los reglamentos internos aprobados. f) Desarrollar y ejecutar las acciones de simplificación de los procedimientos administrativos y procesos de trabajo. g) Elaborar estudios de optimización de los actuales sistemas técnicos y administrativos así como de los recursos, incorporando y promoviendo la búsqueda continúa de resultados de la gestión y calidad total en los servicios que brinda la Municipalidad Provincial a la ciudadanía. h) Elaborar el informe de certificación presupuestal de las actividades y proyectos. 05.1.2 DE LA OFICINA DE PROGRAMACIONES E INVERSIONES (O.P.I) Artículo 46°.- La Oficina de Proyectos de Inversión depende administrativamente de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y tiene las siguientes funciones: a) Evaluar estudios de pre inversión e inversión de proyectos priorizados por la Municipalidad Provincial, recomendar correcciones y procesar la información requerida para declarar la viabilidad. b) Realizar el seguimiento del estado de situación de la cartera de Proyectos de Inversión Pública de la Municipalidad Provincial. c) Participar en la gestión, supervisión y evaluación de Proyectos en ejecución (vinculados al cumplimiento de los planes operativos, adecuado registro de desembolsos, adecuada realización de los procesos de contrataciones y adquisiciones, entre otros). d) Efectuar visitas de campo en coordinación con el área de Planificación Presupuesto y Racionalización, y presentar los informes escritos correspondientes. e) Elaborar una Base de Datos del estado situacional de la cartera de PIPs del Gobierno Regional y/o del Gobierno Local. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ f) Coordinación el seguimiento a las metas físicas y financieros de los PIP. g) Elaborar la Programación Multianual de Inversiones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz. 05.1.3 DEL ÁREA DE INFORMÁTICA Y ESTADÍSTICA Artículo 47°.- El Área de Informática y Estadística depende administrativamente de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y tiene las siguientes funciones: a) Desarrollar, instalar y mantener el flujo y manejo de la información que procesa la Municipalidad a través de la red, incrementando la eficiencia del flujo de información y coadyuvando a un servicio eficaz que se brinda a vecinos y usuarios. b) Establecer mecanismos de seguridad que impidan la pérdida, eliminación o sustracción de datos con fines distintos a los autorizados por la Alcaldía. c) Dirigir, coordinar y realizar acciones del Sistema Nacional de Estadística, en concordancia con las normas que establece el Instituto Nacional de Estadística e Informática. d) Planificar, dirigir, sistematizar y procesar la información estadística de la Municipalidad Provincial, en los aspectos relacionados con Rentas, Registros Civiles, Remuneraciones, Transporte y Circulación Vial, Presupuesto, demás divisiones y áreas. e) Resguardar los códigos fuente, correspondientes a los órganos y sistemas de la Municipalidad Provincial, los mismos que son patrimonio de la institución, no pudiendo ser utilizados por quienes trabajan en dicha oficina para fines distintos a los autorizados por la Alcaldía. f) Organizar, mantener y desarrollar los archivos de información automatizado de datos, utilizando sistemas modernos de almacenamiento de información como memoria USB portátil, CD-ROM y otros. g) Elaborar, implementar y administrar el Portal de Internet de la Municipalidad Provincial y actualizarlo de acuerdo a la información que brinden las diferentes Gerencias, áreas y Oficinas para así asegurar la transparencia y acceso a la información pública. h) Programar y desarrollar cursos de capacitación sobre informática para los trabajadores, autoridades y funcionarios de la Municipalidad Provincial; y/o convenios con otras instituciones. i) Formula el plan informático y estadístico municipal. j) Desarrolla e implementa programas y aplicativos actualizados para la administración municipal. k) Centraliza, procesa y evalúa la información estadística de la entidad, para su uso como instrumento de gestión administra. 05.2 DE LA GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA Artículo 48º Asesoría Jurídica, es el órgano encargado de asesorar al Alcalde, Concejo Provincial y a los demás órganos de la Municipalidad Provincial en Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ asuntos de carácter legal. Dictamina sobre los aspectos legales que le sean formuladas. La Asesoría Jurídica depende directamente de la Gerencia Municipal, está a cargo de un Funcionario de Confianza designado por el Alcalde, con categoría y nivel de Gerente. Artículo 49º Las funciones de la Asesoría Jurídica son las siguientes: a) Brindar asesoramiento a los Órganos de Gobierno y demás órganos de la Municipalidad Provincial en asuntos jurídicos de su competencia. b) Absolver consultas y emitir informes relacionados con las consultas realizadas por los varios órganos de la Municipalidad Provincial. c) Dirigir, ejecutar y sistematizar el ordenamiento jurídico de la Municipalidad Provincial, recopilando y actualizando en forma concordada con los distintos dispositivos legales sobre administración municipal. d) Revisar y visar acuerdos, decretos, ordenanzas y resoluciones para su expedición de acuerdo a la ley. e) Revisar y visar los convenios y contratos en los que interviene la Municipalidad Provincial. Emitir opinión legal en los expedientes administrativos que sean puestos a su consideración. f) En coordinación con la Gerencia Municipal, la Gerencia Administración Finanzas y Tributaria y el área de Administración Tributaria, aprobar el plan anual de trabajo de la Oficina de Ejecutoria Coactiva. g) Proponer al Alcalde mejoras a la legislación Municipal. h) Compilar y sistematizar las normas legales referidas a los gobiernos locales. i) Emitir opinión e informes Legales sobre asuntos de su competencia. j) Otras funciones que le asigne el Alcalde y el Gerente Municipal, en el ámbito de su competencia. CAPÍTULO VII 06 DE LOS ÓRGANOS DE APOYO 06.1 DE LA SECRETARÍA GENERAL Artículo 50°.- La Secretaría General, es el órgano de apoyo que conduce la administración documentaria y archivo, la simplificación administrativa, y el del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). La Secretaria General se encarga de los actos de comunicación y protocolo con el público y autoridades locales y sectoriales en general. Además, actúa como Fedatario Titular. Está a cargo de un funcionario de confianza, quien supervisa al Responsable de trámite documentario y de archivos; y quien depende funcionalmente de la Alcaldía. Artículo 51°.- La Secretaria General, tiene las siguientes funciones: 1. Planear, programar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar, controlar y evaluar el apoyo administrativo al Concejo Municipal y al Alcalde. 2. Planear, organizar, coordinar y supervisar los procesos técnicos y acciones de administración documentaria, y el archivo central municipal. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ 3. Controlar y supervisar el trámite de la documentación que ingresa y sale del despacho de la Alcaldía. 4. Convocar, preparar la documentación, asistir y registrar las Sesiones de Concejo, citar a los Regidores y funcionarios a las sesiones de Concejo. 5. Suscribir las Actas de Sesiones de Concejo conjuntamente con el Alcalde. 6. Autenticar los documentos oficiales de la municipalidad. 7. Informar a los órganos de la municipalidad de los acuerdos y decisiones del Concejo en relación a sus responsabilidades y funciones. 8. Velar por el cumplimiento de las leyes y normas municipales, el reglamento de organización y funciones, el reglamento interno de Concejo en los actos acuerdos de Concejo. 9. Dar forma final a las ordenanzas, resoluciones, y acuerdos del Concejo en estricta sujeción a las decisiones adoptadas y velar por su cumplimiento en la administración edil. 10. Elaborar un registro y desarrollar la compilación de las ordenanzas, edictos, decretos, resoluciones, normas, reglamentos y manuales, emitidos por la municipalidad. 11. Recepcionar, registrar, clasificar y archivar los documentos, tanto internos como externos, de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos vigentes. 12. Informar y orientar a los usuarios sobre el estado de la tramitación de sus expedientes. 13. Programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar, las actividades de orientación e información al contribuyente. 14. Otras funciones que le asigne el Alcalde y el Gerente Municipal, en el ámbito de su competencia. 15. Otras funciones inherentes a su cargo. La Secretaría General desarrolla sus actividades en tres ámbitos funcionales: Apoyo Administrativo al Concejo Municipal y Alcaldía, de Tramite Documentario, Notificaciones y de Archivo Central. Artículo 52º.- En el ámbito funcional de Apoyo Administrativo al Concejo Municipal y Alcaldía: 1. Transcribir y mantener al día el Libro de Actas de las Sesiones del Concejo Municipal, responsabilizándose de su custodia; 2. Elaborar el proyecto del Reglamento del Concejo Municipal y elevarlo para su aprobación, así como mantenerlo en custodia para su correspondiente aplicación y cumplimiento del Concejo Municipal. 3. Prestar asistencia de apoyo secretarial en las Sesiones del Concejo Municipal convocados por el Alcalde, para dar lectura del acta anterior, absolver consultas que le sean formulados por los miembros del Concejo y, tomar apuntes y resúmenes de los actos de Concejo Municipal, de conformidad al Reglamento Interno de Concejo (RIC). 5. Dar fe con su firma de los actos del Concejo Municipal y la Alcaldía; así como expedir y transcribir Certificados y Constancias de las Actas de Sesiones y otra documentación existente en el archivo de la Municipalidad en concordancia con la normatividad vigente. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ 6. Proyectar Ordenanzas, Acuerdos, Decretos de Alcaldía y Resoluciones de Alcaldía que formalizan los actos del Concejo Municipal y de la Alcaldía, difundiéndolos en estricta observancia a las decisiones adoptadas. 7. Supervisar bajo responsabilidad la publicación de ordenanzas, Decretos de Alcaldía, acuerdos sobre la remuneración del Alcalde y dietas de los Regidores, Resoluciones y avisos oficiales del Concejo y Alcaldía, en el Diario Oficial “El Peruano”, Diario Oficial de la Provincia, carteles y los portales electrónicos, en la forma prevista por Ley, sin cuyo requisito, no surten efecto. 8. Organizar el Despacho de Alcalde. 9. Proyectar las comunicaciones de trámite oficial que le sean encargados por el Alcalde. Artículo 53°.- En el ámbito funcional de Trámite Documentario: 1. Organizar, dirigir y controlar el sistema de trámite documentario de la Municipalidad. 2. Organizar, procesar y analizar la documentación interna y externa, que egresa e ingresa, respectivamente a la Municipalidad. 3. Establecer procedimientos de trámite documentario e implementar sistemas automatizados en coordinación con el Área de Informática y Estadística. 4. Ejecutar los procesos técnicos de los sistemas de trámite documentario en la Municipalidad. 5. Organizar, coordinar y desarrollar las actividades referidas a la recepción, registro, clasificación, digitalización, distribución y control de las correspondencias que emite y recibe la Municipalidad. 6. Controlar que las unidades orgánicas de la Municipalidad, mantenga actualizada la información referida al estado situacional de los expedientes. 7. Controlar que las Unidades Orgánicas de la Municipalidad, den un tratamiento uniforme a la documentación recibida y emitida por cada una de ellas, asesorándolos en materia de archivos y proporcionado los formatos para un tratamiento uniforme en la Municipalidad. 8. Informar y orientar al público usuario sobre los canales que sigue un trámite administrativo, así como el estado de los expedientes, cuando sean requeridos por los interesados; Artículo 54º.- En el ámbito funcional de Notificaciones: 1) Efectuar las notificaciones conforme lo establece la Ley del Procedimiento Administrativo General y normas vigentes. Artículo 55º.- En el ámbito funcional de Archivo. 1. Ejecutar los procesos técnicos del sistema de Archivo pasivo de documentos en la Municipalidad, orientando y atendiendo al público usuario, sobre los servicios que ejecuta. 2. Evaluar periódicamente el funcionamiento de los sistemas de archivo en las unidades orgánicas de la Municipalidad. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ 3. Desarrollar y supervisar las actividades de depuración, transferencia y eliminación de la documentación de los archivos periféricos y central de la Institución, verificando que las mismas se efectúen de acuerdo a Ley. 4. Adoptar las medidas concernientes a la conservación, integridad y adecuada utilización de los documentos del Archivo Municipal. 5. Numerar, archivar y distribuir las resoluciones y directivas dictadas por los distintos órganos de la Municipalidad. Oficina de Secretaría General tiene a cargo las siguientes oficinas: La Oficina de Trámite Documentario y Archivo. La Oficina de Registro Civil La Oficina de Imagen Institucional. 06.1.1 DE LA OFICINA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO Artículo 56º.- Las funciones de la Oficina de Trámite Documentario y Archivo son las siguientes: a) Realizar el Control de ingreso y salida de documentos, a través del Tramite Documentario, llevando un registro adecuado para el seguimiento de los expedientes y la información oportuna a los interesados. b) Recepcionar y distribuir la documentación y expedientes de los usuarios, derivándolos directamente al órgano correspondiente para su atención, desconcentrando y dinamizando la gestión. c) Organizar y mantener en forma ordenada los documentos y expedientes, por área y por contribuyente. d) Custodiar los documentos oficiales y expedientes administrativos que han sido atendidos. e) Organizar y mantener un registro digital de documentos y expedientes, documentos en trámite y los que han sido atendidos. 06.1.2. DE LA OFICINA DE REGISTRO CIVIL Artículo 57°.- La Oficina de Registro Civil, es el órgano encargado de los registros de nacimientos, matrimonios, divorcios y defunciones. Sus funciones son: a) Planificar, promover, ejecutar y controlar las acciones relacionadas con el registro e inscripción de nacimientos, matrimonios, divorcios y defunciones. b) Realizar la inscripción de nacimientos, matrimonios, divorcios y defunciones, así como la trascripción de los mismos. c) Mantener ordenados y actualizados los registros de nacimientos, matrimonios, divorcios y defunciones. d) Elaborar las estadísticas e informes de acuerdo a la legislación sobre la materia y en coordinación con el RENlEC y demás entidades pertinentes. e) Realizar los trámites de los procesos administrativos de rectificación de partidas de nacimiento, matrimonio, divorcio y defunción. f) Realizar los trámites de divorcio cuya competencia le confiere la Ley. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ 06.1.3. DE LA OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL Artículo 58º.- La Oficina de Imagen Institucional, es el órgano de apoyo encargado de perfilar una adecuada percepción de la Municipalidad Provincial ante la opinión pública a nivel local, regional y nacional. Supervisa al personal a cargo de la prensa televisión municipal. La Oficina de Imagen Institucional depende de la Secretaria General. Artículo 59º.- La Oficina de Imagen Institucional, tiene las siguientes funciones: a) Planificar, organizar, dirigir y evaluar el sistema de información, comunicación y relaciones públicas de la Municipalidad Provincial. b) Organizar, coordinar y atender las ceremonias y actos oficiales que se realicen en la provincia y en aquellos en que participe el Alcalde, Regidores y funcionarios de la Municipalidad Provincial. c) Mantener informado a los funcionarios, servidores y público en general sobre las Ordenanzas y Acuerdos que apruebe el Concejo, así como Resoluciones y Decretos de Alcaldía, a través de la televisión, emisoras locales, afiches, periódicos murales, boletines y otros medios de comunicación social. d) Realizar acciones orientadas a recepcionar permanentemente las sugerencias y opiniones de la colectividad respecto de la gestión municipal derivándolas a la Municipalidad Provincial de Carhuaz. e) Asegurar la actualización de la página Web en el Internet, correspondiente a la Municipalidad Provincial de Carhuaz. f) Mantener los contactos con la prensa y medios de comunicación del nivel local, regional y nacional. En coordinación con la Alcaldía y la Gerencia Municipal, preparar Notas de Prensa cuando las circunstancias lo ameritan. g)Elaborar planes anuales de trabajo, asegurar la implementación correspondiente. 06.2 DE LA GERENCIA ADMINISTRACIÓN FINANZAS Y TRIBUTARIA Artículo 60°.- La Gerencia de Administración, Finanzas y Tributaria es el Órgano de Apoyo encargado de planificar, organizar, normar, dirigir, ejecutar y controlar los recursos económicos, financieros y materiales, así como administrar los tributos y rentas municipales, en concordancia con las disposiciones vigentes. Está a cargo de un funcionario de confianza con nivel de Gerente, quien depende del Gerente Municipal. Artículo 61º.- Son funciones de la Gerencia de Administración, Finanzas y Tributaria: a) Planificar, coordinar, organizar, dirigir, ejecutar y controlar las actividades de los Sistemas de Contabilidad Gubernamental, de Personal, Tesorería, Abastecimiento y Administración Tributaria de la Municipalidad. b) Formular, actualizar y proponer la normatividad interna de la unidad orgánica de su competencia, a través de reglamentos, directivas, manuales de procedimientos y otros documentos, con el asesoramiento de la Gerencia de Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ Planeamiento y Presupuesto propendiendo a la mejora continua de su gestión. c) Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por el Gerente Municipal, acorde con la normatividad vigente. d) Administrar los recursos económicos y financieros en concordancia con el plan estratégico institucional y los planes operativos, utilizando criterios de racionalidad en estrecha coordinación con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, en los aspectos relacionados con la programación, formulación y evaluación presupuestal. e) Elaborar la estructura de Costos, en coordinación con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, que sustente técnicamente los derechos de pago consignados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Carhuaz. f) Conducir las actividades financieras de administración de ingresos y egresos de fondos, respetando las normas técnicas y gubernamentales. g) Cumplir y hacer cumplir las normas administrativas gubernamentales y municipales referentes a la administración de los recursos del Estado. h) Autorizar licencia de personal y pago por tiempo de servicios a los servidores Municipales. i) Otorgar permisos por lactancia. j) Aprobar y modificar el rol de vacaciones de los servidores municipales. k) Reconocer y autorizar el pago de subsidios por fallecimiento y gastos de sepelio. l) Otorgar pensiones de cesantía, jubilados, sobrevivientes a ex servidores municipales y a quienes de ellos deriven sus derechos y modificaciones. m) Reconocer y autorizar el pago de remuneraciones transitorias para homologación (TPH) n) Reconocer las compensaciones pendientes de pago (créditos devengados) de ejercicios anteriores, sobre remuneraciones, bonificaciones, beneficios y pensiones. o) Emitir opinión técnica e Informes sobre asuntos de su competencia, Resoluciones Gerenciales; p) Autorizar los pagos indebidos de tributos y otros. q) Compensar y/o consolidar las deudas tributarias. r) Autorizar y/o anular licencias de funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales o de servicios. s) Autorizar los espectáculos públicos no deportivos. Artículo 62º.- La Gerencia de Administración Finanzas y Tributaria cuenta con las siguientes Áreas: 1. Áreas de Contabilidad 2. Áreas de Recursos Humanos 3. Áreas de Tesorería 4. Áreas de Logística y Control Patrimonial 5. Áreas de Administración Tributaria 6. Oficina de Ejecutoría Coactiva Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ 06.2.1. DEL AREA DE CONTABILIDAD Artículo 63°.- El Área de Contabilidad está a cargo de un jefe, quien depende de la Gerencia Administración Finanzas y Tributaria, y tiene las siguientes funciones: a) Programar, organizar, ejecutar, controlar y coordinar las actividades del Sistema de Contabilidad Gubernamental integrada de la Municipalidad, destinado a elaborar los estados financieros y estado de ejecución presupuestal de acuerdo a la normatividad vigente. b) Revisar y fiscalizar la documentación que sustenta los gastos e Inversiones demandados por las diferentes áreas de la municipalidad, ejecutando en forma permanente y obligatoria el control previo de las operaciones sujetas al registro contable y la ejecución presupuestal. c) Efectuar los ajustes, reclasificaciones y conciliaciones de las cuentas en los libros contables manteniendo el registro analítico de cada caso. d) Elaborar la estructura de costos de los arbitrios y diversos servicios que brinda la Municipalidad con la participación de las diversas unidades orgánicas según sea de su competencia, realizando el seguimiento de su ejecución y proporcionando reportes mensuales a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. e) Coordinar con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la correcta aplicación de todas las partidas presupuestarias y el cumplimiento de las conciliaciones de la ejecución presupuestal. f) Efectuar el registro contable de la ejecución presupuestal de la Municipalidad cautelando la correcta aplicación legal y presupuestaria del egreso, ajustando a la programación de pago establecida y a los montos presupuestados. g) Efectuar el control de captación de los impuestos y arbitrios municipales, y otras fuentes de ingreso de la Municipalidad, realizando el registro de los ingresos en el SIAF-GL. h) Cumplir y hacer cumplir las normas de control en lo que compete al Sistema de Contabilidad y al control previo y concurrente inherente a su unidad orgánica. i) Elaborar y presentar mensualmente a la Gerencia de Administración y Finanzas los estados financieros emitidos a través del Sistema Integrado de Administración Financiera para Gobiernos Locales (SIAF — GL) y a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública y otras instancias dentro de los plazos establecidos. j) Participar en la formulación y programación del Presupuesto Municipal. k) Mantener actualizados los documentos l) Registro de la contabilidad municipal. m) Realizar las operaciones de registro y control de la contabilidad municipal, llevando los libros respectivos. n) Elaborar informes mensuales a la Contaduría Pública de la Nación. o) Efectuar las provisiones para los beneficios sociales. p) Contribuir a la identificación e implementación de soluciones que mejoren la eficiencia de la gestión municipal. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ 06.2.2. DEL ÁREA DE RECURSOS HUMANOS Artículo 64°.- El área de Recursos Humanos es el órgano de apoyo encargado de ejecutar la Política de Recursos Humanos, orientando la realización individual de capacidades de los trabajadores a través del liderazgo transformador y efectiva participación en el logro de los objetivos de la Municipalidad, generando una cultura organizacional que permita el mejoramiento progresivo del factor humano. Está a cargo de un funcionario de confianza con nivel de Jefe quien depende del Gerente de Administración Finanzas y Tributaria. Artículo 65°.- Son funciones del El área de Recursos Humanos: 1. Planificar, conducir y ejecutar las acciones del Sistema de Personal en concordancia con la normatividad vigente. 2. Cumplir con todas las disposiciones emanadas del Sistema Nacional de Personal. 3. Programar, ejecutar y evaluar los procedimientos de selección evaluación, promoción, ascensos, reasignación, rotación y demás acciones de movimiento de personal en concordancia con los procesos técnicos de personal. 4. Organizar y actualizar los legajos personales y escalafón de todos los servidores de la Municipalidad. 5. Propiciar una cultura organizacional que fomente y asegure un ambiente laboral que permita lograr mayores niveles de productividad y calidad de los servicios y productos municipales, para satisfacer las necesidades de la comunidad; 6. Ubicar adecuadamente al personal nombrado en cada uno de los grupos ocupacionales y niveles de carrera. 7. Preparar el sistema de evaluaciones anuales de desempeño para empleados y trabajadores de la Municipalidad, y dar seguimiento a su implementación. 8. Propiciar el desarrollo del personal, realizando acciones de capacitación a fin de mejorar su formación profesional y técnica. 9. Promover el trabajo en equipos que trascienden las delimitaciones de unidades internas, así como la orientación hacia resultados tangibles y calidad total. 10. Ejecutar los procesos de registro y control de asistencia, puntualidad y permanencia del personal. Así mismo establecer el rol anual de vacaciones. 11. Ejecutar las políticas de remuneraciones e incentivos de acuerdo a los lineamientos establecidos por los Órganos de Gobierno y de Dirección. 12. Conducir y supervisar las actividades relacionadas con la confección de planillas y pago de remuneraciones, pensiones y beneficios sociales en general. 13. Organizar, dirigir y evaluar las actividades relacionadas con el bienestar social del personal y sus familias, desarrollando acciones de asistencia preventiva de salud, recreación e integración. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ 14. Conducir los estudios de administración salarial, proponiendo la escala remunerativa de los funcionarios y personal de la institución, así como del personal a contratar por servicios no personales y otras modalidades, a fin de mantener una estructura remunerativa técnica, coherente y competitiva. 15. Dirigir, ejecutar, controlar y supervisar los procesos de selección de personal, calificación, designación, nombramiento, contratación, desplazamiento, cese y resolución del contrato, así como de las prácticas pre-profesionales, conforme a la delegación de las atribuciones establecidas. 16. Generar el sistema de evaluación continua y de desarrollo de personal de la municipalidad, así corno mantener la gestión por competencias. 17. Elaborar, proponer y conducir programas de evaluación de personal con indicadores para medir el rendimiento Laboral de cada trabajador, que permita optimizar la gestión de los recursos humanos de la Municipalidad en coordinación con los Gerentes de las unidades orgánicas, para lo cual de ser el caso, podrá contratar los servicios de personal o empresa especializada. 18. Supervisar y controlar el cumplimiento de los planes y programas anuales, y las políticas y normas de aprendizaje y desarrollo de personal, así como impulsar y desarrollar la cultura organizacional. 19. Administrar y controlar los contratos de intermediación laboral, la asistencia del personal, licencias, vacaciones, permisos, suspensiones, amonestaciones, legajos del personal y otros. 20. Elaborar y proponer el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en base al Cuadro de Asignación de Personal (CAP) en coordinación con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. 21. Supervisar, ejecutar y controlar los pagos de planilla, bonificaciones, asignaciones, aguinaldos, beneficios, compensaciones y pensiones, y los pagos por honorarios profesionales del personal contratado por locación de servicios. 22. Ejecutar las sanciones que correspondan por faltas injustificadas, así como dar cumplimiento a lo dispuesto por la Comisión de Procesos Disciplinarios. 23. Elaborar informes mensuales de coyuntura incluyendo estadísticas de población laboral y costos de personal, así como informes técnicos relacionados con las metas y actividades del Plan Operativo y Presupuesto. 24. Proponer y ejecutar programas de asistencia médica y servicio social, así como dirigir y coordinar programas y acciones de seguridad de salud en el a trabajo. 25. Proponer convenios con terceros, para la cobertura de seguros de salud, vida y otros, en personal proporcionándoles las facilidades de pago. 26. Proponer, ejecutar y Supervisar políticas de relaciones laborales de la Municipalidad formulando estrategias para la prevención de conflictos laborales y atendiendo las quejas y reclamos individuales o colectivos. 27. Recibir las quejas vinculadas al incumplimiento de las normas relativas a la puntualidad, ejerciendo las funciones de Defensoría a que se refiere el artículo 6° del Decreto Supremo N° 028-2007-PCM. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ 28. Proponer el rol anual de vacaciones del personal formulado en coordinación con los responsables de las unidades orgánicas de la municipalidad. 29. Formular, actualizar y proponer la normatividad interna a través de reglamentos, directivas, manuales de procedimientos y otros documentos, con el asesoramiento de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. 30. Cumplir con los objetivos y metas establecidas por las áreas, contenidos en los planes y proyectos aprobados por la Municipalidad. 31. Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por la Gerencia de Administración Finanzas y tributaria, acorde con la normatividad vigente. Proyectar resoluciones y contratos de personal para la firma del Alcalde. 06.2.3 DEL ÁREA DE TESORERIA Artículo 66°.- El Área de Tesorería está a cargo de un Tesorero(a) quien depende de la Gerencia de Administración y Finanzas y Tributaria, y tiene las siguientes funciones: 1. Programar, ejecutar y controlar las acciones de tesorería dando cumplimiento a los procesos técnicos del sistema de tesorería. 2. Formular la programación de caja en concordancia con la captación de ingresos y el calendario de compromisos de gastos. 3. Recaudar y controlar los ingresos de fondos de la Municipalidad Provincial, de acuerdo a las fuentes de financiamiento que determinan las leyes y el presupuesto municipal, llevando el registro cronológico correspondiente. 4. Formular los compromisos de pago y girar los cheques para efectuar la cancelación de los compromisos que la Municipalidad Provincial contrae de acuerdo a su presupuesto. 5. Realizar el pago de las remuneraciones del personal, honorarios, pensiones y liquidaciones de los beneficios sociales. 6. Llevar las conciliaciones de las cuentas bancarias de la Municipalidad Provincial. 7. Administrar y controlar el movimiento de dinero y especies valoradas de la Municipalidad Provincial. 8. Formular el parte diario de fondos. 9. Llevar el control, registro y custodia de las fianzas, garantías, pólizas de seguro y otros valores. 10. Contribuir a la identificación e implementación de soluciones que mejoren la eficiencia de la gestión municipal. 11. Planificar y atender oportunamente los pagos al personal y a los proveedores, registrando previamente en el SIAF-GL conforme a las disposiciones vigentes y reportando a la Gerencia de Administración. 12. Formular los partes diarios de fondos e informar a la Gerencia de Administración Finanzas y Tributaria sobre el movimiento de fondos en efectivo, cheques, tarjetas de crédito, transferencias y otros, así como efectuar las conciliaciones bancarias. 13. Efectuar los pagos de obligaciones contraídas por la Municipalidad de conformidad con la política establecida y el cronograma de pagos Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. respectivo; así como elaborar, controlar y efectuar el seguimiento de los comprobantes de pago hasta la culminación de la entrega del cheque al acreedor. Administrar y registrar diligencialmente todas las cuentas corrientes bancarias de la Municipalidad procesando las transferencias electrónicas y/o girando los cheques debidamente sustentables y autorizados, cuidando de revisar en los estados de cuenta mensuales todos los cargos realizados por los bancos en cada cuenta. Elaborar flujos proyectados de caja por fuentes de financiamiento y en forma consolidada, con el propósito de mantener adecuados niveles de liquidez que garanticen la capacidad de pago en la Municipalidad Provincial de Carhuaz. Coordinar en forma diaria el procesamiento de los ingresos y egresos la cual debe sustentarse documentariamente para su validación correspondiente. Custodiar Cartas Fianza, Pólizas de Caución, Cheques de Gerencia y otros valores de propiedad de la Municipalidad que garanticen el fiel cumplimiento de contratos, adelantos a proveedores y otros derechos a favor de la Municipalidad, velando cautelosamente por su permanente vigencia y exigibilidad de renovación oportuna. Cumplir y hacer cumplir las normas de control en lo que compete al Sistema de Contabilidad y Tesorería y al control previo y concurrente inherente a su unidad orgánica. Formular, actualizar y proponer la normatividad interna de la unidad orgánica de su competencia, a través de reglamentos, directivas, manuales procedimientos entre otros documentos, con el asesoramiento de la gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por el Gerente de Administración Finanzas y Tributaria, acorde con la normatividad vigente. Proporcionar información de apoyo en asuntos de su competencia. 06.2.4. DEL ÁREA DE LOGÍSTICA Y CONTROL PATRIMONIAL Artículo 67°.- El Área de Logística y Control Patrimonial es el área orgánica encargada de lograr el abastecimiento operativo de los recursos materiales y servicios e inclusive ejecutar el control patrimonial que requieran los diferentes órganos de la Municipalidad para el cumplimiento de los objetivos. Está a cargo de funcionario de confianza con nivel de jefe de Área, quien depende de la Gerencia de Administración Finanzas y Tributaria. Artículo 68°.- Son funciones del Área de Logística y Control Patrimonial: 1. Programar, dirigir, ejecutar y controlar el sistema de abastecimiento, conforme a los lineamientos y políticas de la Municipalidad, normas presupuestales, técnicas de control sobre adquisiciones y contrataciones y otras normas pertinentes. 2. Planificar, organizar, ejecutar y controlar las actividades y acciones del sistema de abastecimiento de bienes y servicios, conforme a los Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ lineamientos y en el cumplimiento de los dispositivos legales y normas vigentes. 3. Garantizar el abastecimiento oportuno de los bienes o servicios con criterios cuantitativos y cualitativos, asegurando el funcionamiento institucional. 4. Gestionar el mantenimiento preventivo y correctivo de la infraestructura así como la administración patrimonial de la institución. 5. Coordinar con las Divisiones correspondientes el mantenimiento preventivo y correctivo de la flota vehicular, maquinaria y equipos de la institución, a fin de asegurar la operatividad de los mismos. 6. Ejecutar y evaluar las acciones y actividades de abastecimiento logístico, en función al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de Servicios, con relación a los requerimientos de las diversas Áreas, Divisiones involucradas. 7. Proponer y sustentar ante la Gerencia Administración. Finanzas y tributaria, y este a su vez ante la Gerencia Municipal, el Plan Anual de Adquisiciones en función a necesidades y requerimientos reales de la institución. 8. Administrar la Logística Institucional a través de la programación, adquisiciones, el almacenamiento temporal y custodia de los bienes, así como la distribución de las mismas. 9. Prestar asistencia a los Comités Especiales de Adquisición de Bienes y Servicios, así como de los documentos normativos y políticas según el caso. 10. Elaborar las órdenes de adquisición de bienes y servicio por la compra y órdenes de servicio por la adquisición de bienes y servicios. 11. Supervisar las acciones de Tasación, Evaluación, Actualización o ajuste del valor monetario de los Activos Fijos y de las existencias en almacén. 12. Proponer a la Gerencia de Administración Finanzas y Tributaría el mejoramiento en los procesos y procedimientos relacionados a través de directivas plasmadas en el Manual de Procedimientos, elaborado en coordinación con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. 13. Ejecutar y controlar los contratos, velando por su cumplimiento de los plazos, características de los bienes y servicios, períodos de ejecución, monto contratado, calcular las penalidades si las hubiere. 14. Revisar la actualización del control patrimonial respecto de los activos fijos de la Municipalidad, dando la orden de realizar el inventario de los bienes muebles, así como, la incorporación físico - legal para la adjudicación de la propiedad de los bienes registrables en conformidad a los dispositivos legales. 15. Elaborar, controlar y mantener actualizado los bienes muebles de la municipalidad, registrando las altas, bajas y la transferencia de bienes en la institución, diseñando para ello una base de datos desarrollando un sistema de información que garantice su registro oportuno y seguro que permita generar más información para tomar decisiones. 16. Formular, ejecutar y controlar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, así como organizar, asesorar y controlar los procesos de selección según corresponda, conforme a la programación establecida en el indicado Plan. 17. Formular y consolidar el cuadro de necesidades de bienes y servicios para el Presupuesto anual. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ 18. Realizar los compromisos de gasto en materia de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras, que tienen como fuente generadora: el contrato, la orden de compra u orden de servicios en el Sistema Integrado de Administración Financiera SIAF-GL, Modulo de Compromiso. 19. Suministrar los bienes y/o servicios necesarios para garantizar el abastecimiento racional y oportuno para el buen funcionamiento de los órganos de la Municipalidad. 20. Administrar y supervisar la actualización permanente del registro de proveedores, del catálogo de bienes y servicios, así como revisar, controlar y custodiar los expedientes de los procesos de selección, elaborar los contratos y efectuar las liquidaciones respectivas. 21. Programar, dirigir, ejecutar y coordinar las actividades de contratación de bienes, servicios y obras de acuerdo al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones y requerimientos de las unidades orgánicas de la Municipalidad en coordinación con todas las áreas, dentro de las normas vigentes y los lineamientos generales y presupuestales establecidos por la Gerencia Municipal y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. 22. Programar, organizar, ejecutar y supervisar los procesos de toma de inventario y actualizar los inventarios valorados de los bienes patrimoniales y bienes en almacenes, efectuando las conciliaciones correspondientes con la Subgerencia de Finanzas. 23. Brindar Soporte Técnico Administrativo a los Comités Especiales para la ejecución de los procesos de selección para la adquisición de bienes, servicios u obras de acuerdo a las normas que regulan las adquisiciones y contrataciones del Estado y la Ley Orgánica de Municipalidades. 24. Planificar, dirigir, ejecutar y administrar el control de los bienes patrimoniales de la Municipalidad, así como gestionar y administrar las pólizas de seguro que resguarden el patrimonio y los recursos de la municipalidad. 25. Organizar y supervisar la atención de los servicios generales auxiliares que requieren los órganos de la Municipalidad para su funcionamiento y controlar el ingreso y salida de los bienes que adquiere la institución; 26. Mantener la infraestructura municipal; así como programar y controlar los trabajos de mantenimiento, conservación y limpieza de los locales municipales. 27. Planear, organizar, ejecutar, evaluar y controlar las actividades para la adecuada operatividad del parque automotor y maquinaria de la Municipalidad que incluyen el mantenimiento preventivo y correctivo, así como la programación y el abastecimiento de combustibles. 28. Organizar y supervisar la realización del inventario de los bienes muebles y enseres de la Municipalidad de conformidad a las normas vigentes sobre la materia. Así como realizar los controles respectivos del saldo de materiales de obras. 29. Gestionar y administrar las pólizas de seguros que resguarden el patrimonio y los recursos de la municipalidad. 30. Formular, actualizar y proponer normatividad interna de su competencia, través de reglamentos, directivas, manuales de procedimientos y otros Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ documentos, con el asesoramiento de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto propendiendo a la mejora continua de su gestión. 31. Informar a la Gerencia de Administración y Finanzas sobre el desarrollo de actividades. 32. Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por la Gerencia de Administración y Finanzas, acorde con la normatividad vigente. 33. Otras que le asigne la Gerencia de Administración Finanzas y Tributaria. Artículo 69°.- El Área de Logística consta de los siguientes responsables: 1. Responsable de Almacén 2. Responsable de Control Patrimonial 06.2.4.1. RESPONSABLE DE ALMACEN Artículo 70°.-El Responsable de Almacén depende de la Jefatura del Área de Logística. Sus funciones son: a) Dirigir y controlar las operaciones de recepción y entrega de los materiales en los almacenes de la Municipalidad Provincial. b) Velar por la conservación de bienes y materiales bajo custodia del Área. 06.2.4.2. RESPONSABLE DE CONTROL PATRIMONIAL Articulo 71°.- El Responsable de Control Patrimonial es el encargado de planificar, coordinar, verificar y ejecutar el saneamiento físico-legal de la inmobiliaria municipal. El Área de control patrimonial depende de la Jefatura Logística y Control Patrimonial y tiene las siguientes funciones: a) Administrar, disponer y controlar los servicios de mantenimiento y conservación de las instalaciones de los locales y edificios de propiedad de la Municipalidad Provincial. b). Realizar la toma de inventario de los bienes patrimoniales de la Municipalidad Provincial. c) Mantener actualizado el inventario físico de bienes de la Municipalidad Provincial. d) Realizar la codificación, valorización, depreciación, revaluación, bajas y ascendentes de inventarios. 06.2.5 DEL AREA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Artículo 72°.- El Área de Administración Tributaria es el órgano de Apoyo encargada de Programar, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades referentes a la Administración Tributaria que son de competencia de la Municipalidad Provincial. El Área de Administración Tributaria depende directamente de la Gerencia de Administración Finanzas y Tributaria. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ Artículo 73°.- El Área de Administración Tributaria es el órgano de apoyo encargado de gestionar la recaudación de los ingresos tributarios, a través de las etapas de orientación, registro, liquidación, emisión, cobranza ordinaria y fiscalización. Artículo 74°.- EL Área de Administración Tributaria, está a cargo de un funcionario de confianza con nivel de Jefe de Área, quien depende funcional y jerárquicamente del Gerente Administración Finanzas y Tributaria. Artículo 75°.- Son funciones del Área de Administración Tributaria: a) Formular y proponer a la Gerencia Municipal, las políticas, normas, planes y programas que correspondan al ámbito de su competencia. b) Planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar los procesos de registro de contribuyentes y predios, recaudación y fiscalización tributaria. c) Organizar y supervisar la actualización anual de las declaraciones juradas y, liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales de los contribuyentes. d) Revisar, coordinar y visar informes, resoluciones y otros documentos de su competencia. e) Emitir las Resoluciones que ponen fin a la primera instancia administrativa en el procedimiento contencioso y no contencioso tributario, con excepción de aquellas en las que la firma no se encuentre delegada. f) Tramitar la elevación de los recursos de apelación admitidos y de las quejas presentadas por los contribuyentes del distrito y reguladas por el Código Tributario. g) Organizar y supervisar el proceso de atención de consultas de los contribuyentes o responsables sobre las normas y procedimientos tributarios, y de las acciones de divulgación y orientación de los derechos y obligaciones tributarias de los vecinos. h) Velar por el cumplimiento de los objetivos específicos de su competencia, establecidos en el Plan Estratégico Institucional, así como ejecutar y supervisar el cumplimiento de los proyectos, de su competencia, contenidos en el Plan de Desarrollo Concertado. i) Proponer el diseño de procesos y procedimientos de su unidad orgánica en coordinación con el órgano competente. j) Administrar la información que se procese en el sistema de información mecanizado con que cuente la unidad orgánica, para el mejor cumplimiento de sus funciones. k) Administrar toda la documentación institucional que se encuentre en el ámbito de su competencia, conforme a la normatividad vigente. l) Informar periódicamente al Gerente Administración Finanzas y Tributario, el desarrollo de los proyectos, programas y actividades a su cargo. m) Remitir a través de la Gerencia de Administración Finanzas y Tributaria al Despacho de Alcaldía en forma mensual el Control de la recaudación de los ingresos municipales, para que se informe al Concejo Municipal. n) Cumplir con las demás funciones que le asigne el Gerente Administración Finanzas y Tributario. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ Artículo 76º.- El Área de Administración Tributaria para el cumplimiento de sus funciones cuenta con los siguientes Responsables: Responsable de Registro y Orientación Tributaria Responsable de Recaudación y Control Responsable de Fiscalización Tributaria 06.2.5.1. DEL RESPONSBALE DE REGISTRO DE ORIENTACION TRIBUTARIA Artículo 77º.- El Responsable de Registro y Orientación Tributaria, está a cargo de un funcionario de confianza, quien depende funcional y jerárquicamente del Área de Administración Tributaria. Artículo 78º.- Son funciones del responsable de Registro y Orientación Tributaria: a) Planear, organizar, dirigir, controlar y coordinar las actividades de la Unidad. b) Organizar, ejecutar y supervisar el proceso de recepción y registro en la base de datos de las Declaraciones Juradas y otros documentos tributarios de su competencia. c) Administrar el proceso de individualización del sujeto pasivo de las obligaciones tributarias, determinación y liquidación de la deuda tributaria, sobre la base de las declaraciones presentadas. d) Analizar las afectaciones y proponer las modificaciones que correspondan en el Registro del contribuyente. e) Coordinar la actualización anual de las declaraciones juradas y liquidación el impuesto predial y arbitrios municipales de los contribuyentes. f) Informar a los contribuyentes o responsables sobre las normas y procedimientos tributarios, así como realizar acciones de divulgación y orientación de los derechos y obligaciones tributarias de los vecinos. g) Establecer mecanismos que garanticen la unidad de criterio entre el personal a su cargo, para absolver las consultas sobre el sentido y alcance de las normas tributarias municipales, así como para la atención de expedientes y documentos presentados por los contribuyentes del distrito. h) Coordinar y controlar la correcta aplicación de multas tributarias por infracciones detectadas a partir de la presentación de declaraciones por parte de los contribuyentes del distrito. i) Coordinar y controlar la actualización de la información de su competencia, en el registro de contribuyentes y predios. j) Clasificar y mantener actualizado el archivo de declaraciones juradas presentadas por los contribuyentes, hasta su envío al Archivo Central, conforme a Ley. k) Elaborar los proyectos de respuesta, a las solicitudes de información vinculadas al registro de los contribuyentes y predios. l) Reportar periódicamente a la Gerencia de Administración Tributaria y Finanzas información estadística sobre contribuyentes y predios del distrito. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ m) Coordinar las actividades relacionadas a la difusión del sentido y alcance de las normas y procedimientos tributarios y supervisar la elaboración del material a ser utilizado en las mismas. n) Organizar, ejecutar y supervisar el proceso de atención de los documentos y expedientes en materia tributaria municipal, presentados por los contribuyentes del distrito, así como revisar y presentar informes sobre documentos de contenido tributario que sean enviados para opinión. o) Elaborar informes y proponer proyectos de Resolución de los escritos presentados por los contribuyentes o responsables dentro del procedimiento contencioso y no contencioso tributario, así como aprobar los requerimientos y comunicaciones de su competencia, a ser enviados a los contribuyentes del distrito. p) Expedir las autorizaciones municipales para el funcionamiento y/o cese de Establecimientos comerciales, profesionales, industriales, de servicios, con y sin fines de lucro; así como para la instalación y/o desinstalación de elementos de publicidad exterior. q) Emitir la autorización municipal por cambio de la razón social o nombres del conductor del Establecimiento, y cambio de la ubicación del local del Establecimiento. r) Programar, organizar, evaluar y proponer la utilización de las áreas públicas y privadas con fines publicitarios del distrito de acuerdo a las normas legales. s) Organizar y mantener actualizado el padrón de empresarios y demás actividades económicas que cuenten con autorización municipal de funcionamiento. t) Tramitar la elevación de los recursos de apelación admitidos y de las quejas presentadas por los contribuyentes del distrito y reguladas por el Código Tributario. u) Presentar los proyectos de Resolución e informes que den cumplimiento a lo dispuesto por el Tribunal Fiscal y Poder Judicial. v) Elaborar proyectos de normas y directivas de su competencia, para la mejor aplicación de los procedimientos tributarios. w) Informar mensualmente al Gerente de Administración Finanzas y Tributaria, el desarrollo de los proyectos, programas y actividades a su cargo. x) Velar por el cumplimiento de los objetivos específicos de su competencia, establecidos en el Plan Estratégico Institucional, así como ejecutar y supervisar el cumplimiento de los proyectos, de su competencia, contenidos en el Plan de Desarrollo Concertado. y) Proponer el diseño de procesos y procedimientos de su unidad orgánica en coordinación con el órgano competente. z) Administrar la información que se procese en el sistema de información mecanizado con que cuente la unidad orgánica, para el mejor cumplimiento de sus funciones. aa) Administrar toda la documentación institucional que se encuentre en el ámbito de su competencia, conforme a la normatividad vigente. bb) Cumplir con las demás funciones que le asigne el Área de Administración Tributaria. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ 06.2.5.2 DEL RESPONSABLE DE RECAUDACIÓN Y CONTROL Artículo 79º.- El Responsable de Recaudación y Control, está a cargo, de un funcionario de confianza, quien depende funcional y jerárquicamente del Área de Administración Tributaria. Artículo 80º.- Son funciones del Área de Recaudación y Control: a) Planear, organizar, dirigir, controlar y coordinar las actividades de la Unidad. b) Administrar mediante los sistemas aprobados, el proceso de recaudación y control de la deuda tributaria de los contribuyentes del distrito. c) Planear y proponer programas y/o campañas destinadas a incentivar la recaudación de los tributos y demás obligaciones tributarias a su cargo. d) Emitir las comunicaciones y disponer las medidas necesarias para la inducción al pago de las obligaciones tributarias. e) Planear, organizar, controlar y emitir la autorización municipal para la ocupación temporal de la vía pública para el desarrollo de la venta ambulatoria, servicio de lustradores de calzado, kiosco de venta de diarios y revistas en la vía pública, en observancia de la legislación de la materia. f) Organizar y mantener actualizado el padrón de Conductores de Venta Ambulatoria, kioscos de venta de diarios y revistas en la vía pública, y llevar el control de la recaudación por la tasa de ocupación de la vía pública. g) Elaborar y actualizar los Contratos de Alquiler de los bienes inmuebles, stands, baños públicos de propiedad municipal, y llevar el control del pago oportuno por tales servicios. h) Emitir y distribuir oportunamente los recibos para la recaudación por el servicio de energía eléctrica domiciliaria, en relación a los bienes inmuebles municipales alquilados. i) Emitir y coordinar la distribución de los Recibos Mecanizados para la recaudación mensual por el servicio de recolección, transporte, disposición final de los residuos sólidos y limpieza pública en la ciudad de Carhuaz. j) Emitir los valores por omisiones al pago e incumplimientos detectados a partir de la presentación de declaraciones por parte de los Contribuyentes del distrito. k) Transferir la información sobre los valores, cuyas deudas se encuentren en calidad de exigibles coactivamente, a la Ejecutoría Coactiva. l) Revisar y presentar informes sobre documentos de contenido tributario que sean enviados para opinión. m) Emitir las Resoluciones que aprueban el fraccionamiento y/o aplazamiento de la deuda tributaria y aquellas que declaran la pérdida del mismo. n) Mantener permanentemente informada al Área de Administración Tributaria sobre los niveles de recaudación y el estado de la deuda tributaria que tienen los contribuyentes del distrito. o) Mantener actualizada la información en las cuentas corrientes de los contribuyentes con relación al proceso de recaudación y control del cumplimiento de las obligaciones tributarias. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ p) Informar periódicamente al Gerente de Administración Finanzas y Tributaria, el desarrollo de los proyectos, programas y actividades a su cargo. q) Velar por el cumplimiento de los objetivos específicos de su competencia, establecidos en el Plan Estratégico Institucional, así como ejecutar y supervisar el cumplimiento de los proyectos, de su competencia, contenidos en el Plan de Desarrollo Concertado. r) Proponer el diseño de procesos y procedimientos de su unidad orgánica en coordinación con el órgano competente. s) Administrar la información que se procese en el sistema de información mecanizado con que cuente la unidad orgánica, para el mejor cumplimiento de sus funciones. t) Administrar toda la documentación institucional que se encuentre en el ámbito de su competencia, conforme a la normatividad vigente. u) Cumplir con las demás funciones que le asigne el Área de Administración Tributaria. 06.2.5.3 DEL RESPONSABLE DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA Artículo 81º.- El Responsable de Fiscalización Tributaria, está a cargo de un funcionario de confianza, quien depende funcional y jerárquicamente del Área de Administración Tributaria. Artículo 82º.- Son funciones de la Responsable de Fiscalización Tributaria: a) Planear, organizar, dirigir, controlar y coordinar las actividades de la Unidad. b) Programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades de fiscalización destinadas a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias municipales. c) Verificar y controlar en forma selectiva y segmentada la veracidad de la información declarada por los administrados en el registro de contribuyentes y predios del Área de Administración Tributaria. d) Efectuar acciones orientadas a detectar omisos, subvaluadores e infractores de las obligaciones tributarias municipales. e) Aprobar los valores y papeles de trabajo producto de las acciones de fiscalización. f) Revisar y presentar informes sobre documentos de contenido tributario que sean enviados para opinión. g) Establecer mecanismos que garanticen la unidad de criterio entre el personal a su cargo, en las intervenciones realizadas. h) Reportar periódicamente al Área de Administración Tributaria información sobre las auditorias, verificaciones y operativos realizados por la Jefatura. i) Informar periódicamente al Área de Administración Tributaria, el desarrollo de los proyectos, programas y actividades a su cargo. Velar por el cumplimiento de los objetivos específicos de su competencia, establecidos en el Plan Estratégico institucional, así como ejecutar y supervisar el cumplimiento de los proyectos, de su competencia, contenidos en el Plan de Desarrollo Concertado. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ k) Proponer el diseño de procesos y procedimientos de su unidad orgánica en coordinación con el órgano competente. l) Administrar la información que se procese en el sistema de información mecanizado con que cuente la unidad orgánica, para el mejor cumplimiento de sus funciones. m) Administrar toda la documentación institucional que se encuentre en el ámbito de su competencia, conforme a la normatividad vigente. n) Cumplir con las demás funciones que le asigne el Área de Administración Tributaria 06.2.6 DE LA OFICINA DE EJECUTORÍA COACTIVA Artículo 83°.- La Ejecutoría Coactiva es autónoma en los asuntos de su competencia. Está a cargo de un Ejecutor Coactivo quien está supervisado por la Gerencia de Administración Finanzas y Tributaria. El Ejecutor Coactivo es el titular del procedimiento de ejecución coactiva y ejerce a nombre de la entidad las acciones de coerción para el cumplimiento de las obligaciones, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 26979 — Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva. Artículo 84º.- La Ejecutoría Coactiva tiene las siguientes funciones: a) Organizar, dirigir y controlar los procesos coactivos de la Municipalidad Provincial. b) Programar, dirigir y ejecutar en vía de coerción las obligaciones de naturaleza tributaria y no tributaria. c) Disponer los embargos, tasación, remate de bienes y otras medidas que autorice la ley de la materia. d) Tramitar y custodiar los expedientes coactivos en los que quedarán registrados y archivados, las notificaciones, los embargos ordenados y sus actas de ejecución correspondientes, así como las actas de ejecución forzosa en cuanto a las obligaciones no tributarias. e) Informar el diseño y el sistema de cobranza morosa o en proceso a la Gerencia de Administración Finanzas y Tributaria. f) Autorizar el pago que efectúa el contribuyente en el proceso de ejecución coactiva y controlar los pagos que se realicen bajo las siguientes modalidades coactivas. g) Autorizar el pago que efectúa el contribuyente en proceso de Ejecución Coactiva y controlar los pagos que se realizan bajo las distintas modalidades coactivas. h) Emitir informes mensuales con información pertinente respecto a la recaudación y procesos a seguir para la recuperación de deudas por cobrar, obligaciones tributarias, multas y expedientes en proceso. i) Informar a la Gerencia de Administración Finanzas y Tributaria, el estado de los procesos y procedimientos en Ejecución Coactiva con el objeto de no realizar cobros indebidos. j) Las demás Atribuciones y responsabilidades que deriven del cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por la Gerencia de Administración Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ Finanzas y Tributaria, bajo el régimen de la Ley 26979- Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva. CAPÍTULO VIII 07 DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA Artículo 85º.- Los órganos de línea los constituyen cinco Gerencias que dependen directamente de la Gerencia Municipal. 1. Gerencia de Infraestructura Urbana y Rural. 2. Gerencia de Desarrollo Económico, Turismo y Medio Ambiente. 3. Gerencia de Servicios Públicos. 4. Gerencia de Desarrollo Social y Humano. 5. Gerencia de la Juventud. Individualmente y en conjunto, estas gerencias tienen como responsabilidad primaria el logro de los objetivos de desarrollo según el Plan de Desarrollo Concertado Provincial, y la ejecución de las actividades que emanen de este plan. Los Órganos de Línea garantizan que los servicios brindados por la Municipalidad Provincial a la ciudadanía y usuarios, sean de alta calidad e implementados con transparencia. Los Órganos de Línea son responsables de la formulación de de inversión y de pre inversión en los ámbitos de su competencia. 07.1 DE LA GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA Y RURAL Artículo 86º.- La Gerencia de Infraestructura Urbana y Rural es responsable de poner en vigencia el Plan de Desarrollo Concertado Provincial en lo concerniente a Acondicionamiento Territorial, zonificación, seguridad colectiva ante desastres naturales, y la construcción de infraestructuras prioritarias, tanto públicas como privadas de la jurisdicción; garantizar la calidad técnica en la ejecución de toda las obras de infraestructura así como el cumplimiento con las Leyes y Normas Legales. Bajo la supervisión de esta gerencia se consideran las siguientes divisiones: 1. División de Acondicionamiento Territorial Catastro y Defensa Civil. 2. División de Estudios y Obras. Artículo 87º.- La Gerencia de Infraestructura Urbano y Rural depende directamente de la Gerencia Municipal está a cargo de un Funcionario de Confianza designado por el Alcalde, con categoría y nivel de Gerente sus funciones son: Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ a) Organiza en el ámbito de la jurisdicción, priorizando y contribuyendo a desarrollar en forma racional la infraestructura básica de apoyo a la producción, al transporte, a los servicios sociales, a la comercialización y abastecimiento alimenticio, mediante la ejecución y/o promoción de proyectos y actividades. b) Planificar, organizar, dirigir, coordinar y evaluar el desarrollo de los estudios y expedientes técnicos correspondientes a los proyectos de pre inversión e inversión. c) Generar infraestructura que promueva la inversión privada en la Provincia. d) Programar, dirigir y controlar la ejecución de obras públicas de la Municipalidad Provincial que se ejecutan por administración y supervisar las que se realicen por licitación o contrato. e) Dirigir y controlar acciones referentes al planeamiento urbano y rural, zonificación, catastro, renovación urbana, regulación de construcciones privadas, ornato y asentamientos humanos. f) Fiscalizar y controlar el cumplimiento de los reglamentos nacionales y disposiciones que normen el desarrollo urbano, a si como el uso y conservación de las edificaciones públicas y privadas. g) Aprobar los planes anuales de trabajo de las Divisiones bajo supervisión, supervisar la implementación de estos planes, y conducir la evaluación anual de desempeño para los cargos que dependen de la gerencia. h) Autorizar y fiscalizar la ejecución o modificación de obras y servicios públicos o privados, conforme al cumplimiento de las normas sobre impacto ambiental y seguridad del sistema de Defensa Civil. i) Emitir opinión técnica e Informes sobre asuntos de su competencia y Resoluciones Gerenciales; j) Aprobar los expedientes técnicos de habilitación urbana. k) Aprobar las subdivisiones, sin cambio de uso, de terrenos urbanos l) Aprobar las habilitaciones urbanas nuevas- regularización m) Aprobar y/o delegar certificados de habitabilidad. n) Aprobar y regular las licencias de obras de edificación. o) Otras funciones que le asigne el Alcalde y el Gerente Municipal, en el ámbito de su competencia. 07.1.1. DE LA DIVISION DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL CATASTRO Y DEFENSA CIVIL Artículo 88º.- La División de Acondicionamiento Territorial Catastro y Defensa Civil es la encargada de captar las necesidades y problemas básicos relacionados con el ordenamiento territorial, zonificación, así como el ornato de la ciudad y, particularmente en caso de las áreas urbano-marginales, necesidades y problemas de vivienda, salubridad, agua, desagüe y flujo eléctrico sus funciones son: a) Planificar y formular el Plan de Acondicionamiento Territorial de la Provincia b) Elaborar el catastro urbano y rural, registrarlo y mantenerlo actualizado. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ c) Llevar un registro actualizado de los lotes, manzanas, construcciones terrenos sin construir y sus propietarios. d) La función operacional respecto en hacer cumplir los reglamentos de licencia de construcción y alineamiento. e) Reglamentar, formular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, de construcción, remodelación, refacción, demolición y declaratoria de fábrica de edificios públicos y privados; apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificación, construcción de estaciones radioeléctricas y tendido de cables de cualquier naturaleza. Además de realizar la respectiva fiscalización. f) Prestar asistencia técnico legal para el reconocimiento, verificación, titulación y saneamiento físico-legal de los Asentamiento Humanos. g) Identificar los inmuebles en estado ruinoso, calificándolos de tugurios en los cuales deba realizarse tareas de renovación urbana en coordinación con las demás entidades competentes. h) Elaborar planos, memorias descriptivas y publicación de estudios referentes al planeamiento urbano. i) Revisar y mantener actualizado el esquema de zonificación de áreas urbanas, plan de desarrollo de asentamientos humanos, plan vial de expansión urbana y demás planes específicos. j) Coordinar con la División de Estudios y Obras que los proyectos se encuentren en concordancia con el plan de acondicionamiento territorial. k) Función operacional respecto a hacer cumplir los reglamentos de licencia de construcción y alineamiento. 7.1.1.1. DEL RESPONSABLE DE DEFENSA CIVIL Artículo 89º.- El Responsable de Defensa Civil es una Unidad Orgánica de la Gerencia de Infraestructura Urbana y Rural, tiene como objetivo proteger a las población adoptando medidas de prevención y proporcionar ayuda oportuna en casos de emergencia y desastres de toda índole, velar por la seguridad en las actividades públicas desarrolladas en el distrito, capacitar a los vecinos en materia de prevención y medidas de seguridad frente a desastres; y de actor como Secretario Técnico en el Comité de Defensa Civil. Articulo 90º.- El Responsable de Defensa Civil depende funcional jerárquicamente de la Gerencia de Infraestructura Urbana y Rural, y se encuentra a cargo del Responsable; funcionario de confianza designado por Resolución de Alcaldía. Artículo 91º.- Corresponde al Responsable de Defensa Civil las siguientes funciones: a) Organizar, dirigir y conducir las actividades de Defensa Civil en el ámbito jurisdiccional del distrito. b) Inventariar los recursos de la Municipalidad aplicables a Defensa Civil en la Municipalidad. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ c) Formular planes de prevención, emergencia y rehabilitación, proponerlos al Comité de Defensa Civil para su aprobación y ejecutarlos cuando el caso lo Requiera. d) Planificar, organizar, promover y/o ejecutar acciones de capacitación de defensa civil a todo nivel. e) Prestar servicios técnicos de inspección y de seguridad en materia de Defensa Civil, en establecimientos que desarrollan actividades económicas y emitir los certificados correspondientes. f) Coordinar y apoyar a todas las Áreas, Gerencias de la Municipalidad que soliciten su colaboración en asuntos de Defensa Civil. g) Apoyar al Comité de Defensa Civil en la elaboración del Plan de Defensa Civil del distrito. h) Ejecutar convenios en materia de Defensa Civil, con organismos nacionales y/o extranjeros, previa aprobación de las autoridades superiores e informar a la Gerencia de Infraestructura Urbana y Rural. i) Ejecutar el planeamiento, coordinación y supervisión de obras de prevención en general en el distrito. j) Organizar brigadas de Defensa Civil, capacitándolas para mejor desempeño. k) Realizar simulacros y simulaciones, en los centros laborales, instituciones educativas y comunales, así como en locales públicos y privados de su ámbito. l) Identificar peligros, analizar las vulnerabilidades y estimar riesgos para las medidas de prevención más efectivas, apoyándose en todas las entidades técnico-científicas de su ámbito. m)Prestar servicios técnicos de inspección y de seguridad en Defensa Civil a los establecimientos que desarrollan actividades económicas en la jurisdicción. n) Atender las consultas en materia de Defensa Civil a los conductores que desarrollan actividades económicas en la jurisdicción. o) Coordinar con el Comité Provincial de Defensa Civil sobre los Programas de Inspecciones técnicas de Seguridad en Defensa Civil, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Inspección Técnica vigente, con respecto a los establecimientos comerciales. p) Apoyar al Comité Provincial de Defensa Civil, en la elaboración del Plan de Defensa con respecto a los establecimientos comerciales. q) Prestar servicios técnicos de inspección y de seguridad en Defensa Civil. r) Informar constantemente a la Gerencia de Infraestructura Urbana y Rural, la ejecución de los proyectos, programas y actividades a su cargo. s) Supervisar el cumplimiento de las normas de seguridad en las salas de espectáculos, ferias, estadios, coliseos y otros recintos, abiertos al público incluyendo los establecimientos hoteleros y otros de carácter comercial, social, cultural y religioso. t) Proponer, gestionar, impulsar e implementar mejoras e innovaciones en los procesos, procedimientos y normatividad relacionado con la unidad orgánica de su competencia. u) Ejecutar el Plan Operativo y el Presupuesto Municipal correspondiente al Responsable de Defensa Civil. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ v) Disponer eficiente y eficazmente de los recursos presupuestales, económicos, financieros, materiales y quipos asignados en el cumplimiento de sus funciones. w) Emitir informe técnico básico de Defensa Civil en asuntos de su competencia. x) Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por la Gerencia de Infraestructura Urbana y Rural. 07.1.2. DE LA DIVISIÓN DE ESTUDIOS Y OBRAS Artículo 92º.- La División de Estudios y Obras es el órgano encargado de formulación de estudios de pre inversión, estudios técnicos y la supervisión de obras en ejecución sus funciones son: a) Hacer cumplir las fases de un proyecto (PRE-inversión, inversión y post inversión). b) Formular y evaluación de estudios de PRE –inversión e inversión definitiva. c) Elaborar una base de datos de costos y presupuestos. d) Formular los estudios técnicos, los proyectos económicos y civiles de inversión que promueven el desarrollo urbano y rural de la Provincia de Carhuaz. e) Formular las bases técnicas y administrativas para los concursos licitaciones de obras públicas. f) Dirigir y supervisar el avance de las obras en su fase de implementación. g) Control y seguimiento de ejecución de obras, en las diversas modalidades. h) Seguimiento y verificación de las liquidaciones de obra que se ejecuten en la Municipalidad en sus diversas modalidades. i) Coordinar con la División de Acondicionamiento Territorial Catastro y Defensa Civil a fin de que de los proyectos y obras se encuentren en concordancia con el plan de Acondicionamiento Territorial de la Provincia. j) Diseñar y ejecutar planes de renovación urbana y rural. 07.2 DE LA GERENCIA DE DESARROLLO ECONOMICO, TURISMO Y AMBIENTE Artículo 93º.- La Gerencia de Desarrollo Económico, Turismo y Ambiente es responsable de fomentar el desarrollo económico de la Provincia favoreciendo con sus acciones particularmente los estratos más pobres de su población, en concordancia con los objetivos y prioridades establecidas en el Plan de Desarrollo Concertado Provincial. La Gerencia de Desarrollo Económico, Turismo y Medio Ambiente promueve la producción, el procesamiento y comercialización de productos agropecuarios, así como la productividad de la pequeña y micro empresa. Promueve el flujo de turistas nacionales y Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ extranjeros hacia la provincia, y vela por la calidad de servicios brindados al turismo. Promoviendo el desarrollo sostenible y la conservación ecológica de la provincia dentro de las normas de conservación ambiental vigentes, propiciando el ornato de la ciudad a través del responsable de parques y jardines por medio de la arborización y reforestación, así como realizando una adecuada gestión ambiental de los recursos naturales y la disposición ecológica de los residuos sólidos y líquidos. La Gerencia de Desarrollo Económico, Turismo y Medio Ambiente cuenta con las siguientes Divisiones Orgánicas: 1. División de Desarrollo Económico 2. División de Desarrollo Empresarial y Turismo. 3. División de Gestión Ambiental. Artículo 94º.- La Gerencia de Desarrollo Económico, Turismo y Ambiente está a cargo de un Funcionario de Confianza designado por el Alcalde, con categoría y nivel de Gerente tienen las siguientes funciones: a) Desarrollar una visión y estratégica específica que sirva de lineamiento para que la provincia pueda maximizar su potencial económico, paisajes y ecosistema a fin de que los sectores poblacionales más pobres generen ingreso propio y mejoren su calidad de vida. b) Desarrollar una visión y estrategia específica para Carhuaz, las que delinean como la Provincia puede maximizar su potencial económico, paisajes y ecosistemas, cultural y herencia arqueológica como bases para que las poblaciones más pobres generen ingresos y un nivel de vida decente. c) Planificar, dirigir y controlar políticas y acciones orientadas a la promoción del desarrollo económico local, fomentando la actividad empresarial en la provincia en armonía con la preservación del equilibrio ecológico. d) Establecer y mantener coordinaciones con instituciones públicas y privadas cuyo mandato se relaciona con los temas prioritarios de la gerencia. e) Diseñar proyectos productivos, supervisar su implementación correspondiente mediante administración directa o licitación, y evaluar sus impactos sobre el desarrollo socio económico de la provincia. f) Aprobar los planes anuales de trabajo de las Divisiones bajo su supervisión, supervisar la implementación de estos planes conducir la evaluación anual de desempeño para los cargos que dependen de la gerencia. g) Gestionar y promover la introducción de productos de las diferentes áreas de nuestra gerencia a mercados nacionales e internacionales. h) Emitir opinión técnica sobre asuntos de su competencia y Resoluciones gerenciales. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ 07.2.1. DE LA DIVISIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICO Artículo 95º.- La División de Desarrollo Económico tiene las siguientes funciones: a) Promover y promocionar el desarrollo económico de la Provincia, gestionando, elaborando y formulando planes, programas, proyectos, estrategias y políticas a fin de lograr la formalización, regulación y crecimiento de las actividades industriales, comerciales y de servicios, priorizando la formación de micro y pequeñas empresas. b) Dirigir, coordinar y supervisar investigaciones y/o estudios de proyectos que contribuyan a dinamizar el desarrollo económico. c) Desarrollar estudios orientados a identificar las potencialidades de la Provincia, difundir sus resultados y promocionar el desarrollo de las actividades económicas que resulten más convenientes. d) Promover, concertar, organizar y formalizar a los productores en micro y pequeñas empresas para generar empleo, productividad y competitividad; así como la realización de ferias de productos de la provincia. e) Diseñar programas de apoyo y asistencia técnica, capacitación, financiamiento, tecnología, fertilizantes, etc, a los micro y pequeños empresarios. f) Brindar la información disponible y necesaria para crear espacios de actividad empresarial en las zonas urbanos y rurales de la Provincia. 07.2.2 DE LA DIVISIÓN DE DESARROLLO EMPRESARIAL TURISMO Artículo 96°.- La División de Turismo y Desarrollo Empresarial tiene las siguientes funciones: a) Formular y ejecutar planes y políticas orientadas a la promoción de la actividad turística, aprovechando el potencial de recursos naturales propios de la provincia, así como del rubro de servicios: Hotelería y Restaurantería promocionando de esta forma las iniciativas empresariales de extracción y transformación de materias primas. b) Elaborar y mantener actualizado el registro de recursos y atractivos turísticos naturales; así como de las instalaciones y servicios destinados al turismo existente en la provincia clasificado por el distrito. c) Diseñar y ejecutar planes y proyectos dirigidos a incrementar el número de turistas que visitan a la provincia, así como la diversidad valor y calidad de los servicios orientados hacia el turismo. d) Fomentar, coordinar y concertar con los organismos públicos y privados la realización de ferias en las cuales se expendan productos propios de la provincia a precios razonables. e) Diseñar y ejecutar mecanismos que faciliten la formalización de los micros y pequeñas empresas en la provincia con criterios de transparencia y de simplificación administrativa. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ f) Mantener un registro de las micro y pequeñas empresas que operan en la jurisdicción y cuentan con licencia municipal de funcionamiento y coordinar las acciones de control de calidad y de cumplimiento con las normas técnicas, higiénicas, sanitarias y de seguridad g) Diseñar y ejecutar proyectos y campañas orientadas a la difusión de los atractivos turísticos de la provincia, restauración y conservación del patrimonio histórico local, regulación de las instalaciones y servicios destinados al turismo en coordinación con otras entidades competentes y organizaciones de micro-empresarios. 07.2.3. DE LA DIVISIÓN DE GESTIÓN AMBIENTAL Artículo 97°.- La División de Medio Ambiente tiene las siguientes funciones: a) Promover, formular, ejecutar proyectos que regulen el uso y explotación adecuado de los recursos naturales, preservando el equilibrio ecológico en la Provincia. b) Promover, formular, ejecutar y controlar proyectos que provengan, regulen, controlen y minimicen los daños sobre el medio ambiente que generan las diversas fuentes de la localidad. c) Regular y controlar el cumplimiento de las normas que emanen de la municipalidad provincial, regional, nacional y de la autoridad ambiental sobre la conservación y cuidados al medio ambiente y que deben ser cumplidos por los agentes económicos y sociales de la localidad. d) Proponer a la gerencia la adopción de instrumentos económicos y no económicos de gestión y control de medio ambiente y de los recursos naturales en la localidad. e) Programar, dirigir y controlar las actividades de disposición final de los residuos sólidos y líquidos, y dirigir la planta municipal de reciclaje de desechos sólidos y producción de fertilizantes orgánicos. f) Difundir programas de educación ambiental, así como cumplir y hacer cumplir el Código del Medio Ambiente, y de recursos naturales con los objetos de mejorar la calidad de vida de la población y minimizar la contaminación. g) Difundir programas de saneamiento ambiental, en coordinación con las entidades pertinentes. h) Ejecutar actividades dirigidas a formación de viveros como consecuencia de la existencia de la planta municipal de reciclaje de desechos sólidos y producción de fertilizantes orgánicos. i) Revisar, opinar, aprobar los proyectos referido a temas ambientales propuestos. j) Apoyar a través de la disposición de fertilizantes orgánicos actividades de arborización de parques y jardines. k) Promover Normas complementarias a las Normas ambientales nacionales. l) Promover y ejecutar la participación ciudadana en la gestión ambiental de los recursos naturales de la provincia a través de cursos de capacitación y sensibilización a las instituciones educativas y organizaciones sociales de base; así como organizaciones vecinales con participación de la Gerencia Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ de Servicios Públicos a fin de que la población de la provincia participe adecuadamente de la disposición final de los residuos sólidos. m) Elaborar un registro de los diferentes yacimientos mineros existentes en la provincia y controlar las acciones de funcionamiento de las mismas. Artículo 98º. La División de Medio Ambiente tiene a su cargo al Responsable de Limpieza Pública. 07.2.3.1. DEL RESPONSABLE DE LIMPIEZA PÚBLICA Artículo 99º. Responsable de Limpieza Pública tiene las siguientes funciones: 1. Planificar, organizar, supervisar, regular, controlar, ejecutar e informar las acciones relacionadas con el saneamiento ambiental, servicios de limpieza pública, aseo, higiene y salubridad de los establecimientos comerciales y lugares públicos dentro de su jurisdicción. 2. Proponer políticas y normas para la adecuada prestación de servicios públicos que brinda la Municipalidad en materia de limpieza pública. 3. Proponer y ejecutar los programas de la Limpieza Pública. 4. Proponer normas y procedimientos que regulan la organización y al funcionamiento de los servicios de Limpieza Pública. 07.3 DE LA GERENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS Artículo 100º.- La Gerencia de Servicios Públicos es el órgano de línea encargada de planificar, organizar y conducir las actividades referentes a los servicios municipales que son de competencia de la Municipalidad Provincial. La Gerencia de Servicios Públicos depende directamente de la Gerencia Municipal. Artículo 101º.- Corresponde a la Gerencia de Servicios Públicos y está a cargo de un Funcionario de Confianza designado por el Alcalde, con categoría y nivel de Gerente, ejecutar las siguientes funciones: a) Organizar, dirigir y ejecutar las acciones referentes al sistema de Seguridad ciudadana establecido por la Municipalidad Provincial y en coordinación con la Policía Nacional del Perú y la Población en general. b) Ejecutar, controlar el cumplimiento de las normas municipales con el apoyo de la Policía Municipal, Serenazgo. c) Inspeccionar el cumplimiento de las políticas de acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de productos en la ciudad en concordancia con las normas municipales de higiene y salubridad. d) Administrar y controlar el funcionamiento de mercados, ferias pecuarias y camales, terminal terrestre (cafetín) que se encuentren dentro de la jurisdicción, velando por su funcionamiento y conservación permanente, además, regular y controlar el comercio ambulatorio. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ e) Establecer normas de sanción, en defensa del consumidor, contra la especulación, adulteración y acaparamiento de productos y servicios, así como por el falseamiento de pesas y medidas. f) Aprobar los planes anuales de trabajo de las Divisiones bajo su supervisión, controlar la implementación de estos planes, y conducir la evaluación anual de desempeño para los cargos que dependen de la gerencia. Otorgar Certificados domiciliarios previa constatación e informe técnico, así como las tarjetas de habilitación vehicular. g) Emitir opinión técnica sobre asuntos de su competencia y Resoluciones Gerenciales. h) Otras funciones que le asigne el Alcalde y el Gerente Municipal, en el ámbito de su competencia. Artículo 102°.- La Gerencia de Servicios Públicos cuenta con las siguientes Divisiones orgánicas: División de Servicios Públicos División de Seguridad Ciudadana División de tránsito y Circulación vial 07.3.1 DE LA DIVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS Articulo 103°.- La División de Servicios Públicos, es un órgano de línea, de tercer nivel jerárquico dependiente de la Gerencia de Servicios Públicos, esté a cargo de un funcionario con la categoría de Jefe. Artículo 104º.- La División de Servicios Públicos, tiene las funciones generales siguientes: 1. Planear, programar, dirigir, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con los servicios públicos, la comercialización de productos en coordinación con la Policía Municipal y la administración de mercado del cumplimiento de las normas y disposiciones municipales. 2. Coordinar y disponer las acciones relacionadas al beneficio de animales mayores y menores en el camal y su comercialización en los mercados formales y apalear del sector informal. 3. Promover actividades de comercialización que propugnen beneficios a la colectividad. 4. Reordenar y controlar el comercio ambulatorio. 5. Velar por el cumplimiento de las disposiciones y normas municipales, a través del cuerpo de la Policía Municipal a su cargo. 6. Controlar y supervisar el depósito municipal por decomisos. 7. Formular las normas del área de su competencia 8. Promover, equipamiento de los centros de abastos y control respectivo. 9. Otras funciones inherentes a su cargo o que se le encarguen. 10. Disponer eficiente y eficazmente de los recursos materiales y equipos Asignados Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ Artículo 105°.- La División de Servicios Públicos tiene a su cargo a los responsables: Policía Municipal, Camal Municipal, Mercado y ferias, Infraestructura deportivas, Culturales y otros. 07.3.1.1 DEL RESPONSABLE DE CAMAL MUNICIPAL Articulo 106°.- Responsable de Camal Municipal tiene las siguientes funciones: 1. Coordinar y disponer las acciones relacionadas al beneficio de animales mayores y menores en el camal y su comercialización en los mercados formales y apalear del sector informal. 2. Promover actividades de comercialización que propugnen beneficios a la colectividad. 3. Proponer normas sobre la prestación de servicios, equipamiento y mantenimiento de camal. 4. Formular las normas del área de su competencia. 5. Reordenar y controlar el comercio ambulatorio de animales mayores y menores. 6. Supervisar y exigir las condiciones necesarias de salubridad en estos establecimientos, de acuerdo a la normatividad vigente. 7. Controlar el depósito de animales mayores y menores. 8. Informar en forma diario la planilla de beneficio de animales mayores y menores. 9. Supervisa las actividades de mantenimiento, conservación y cuidado de las instalaciones del Camal Municipal. 10.Controlar el aseo, cobro, obligatoriedad de matanza e implementación necesaria del Camal Municipal. 11.Coordina con el SENASA la calificación del ganado para beneficio. 12.Planifica y establece operativos de control de comerciantes que benefician animales al margen de la Ley. 13.Proyectar para que las instalaciones del Camal Municipal cuente con eficientes servicios de agua potable, desagües, energía eléctrica, iluminación, ventilación, zona de incineración, zona de pieles, zona de necropsia, zona de administración, zona de subproductos, zona de servicios generales y asistencia, y zona de maquinarías. 14.Planifica, programa, conduce y controla las acciones de la Administración del Camal Municipal. 15.Supervisa las actividades de mantenimiento, conservación y cuidado de las instalaciones del Camal Municipal. 16.Coordina acciones de Saneamiento Ambiental, programas de salud preventiva, campañas sanitarias, inherentes a su función con el sector Salud. 17.Controlar y supervisar la feria de animales mayores y menores. 18.Otras funciones inherentes a su cargo o que se le encarguen. 07.3.1.2. DEL RESPONSABLE DE MERCADO Y FERIAS Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ Artículo 107.- Responsable de Mercado y Ferias tiene las siguientes funciones: a) Normar, organizar y supervisar por interés social el acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de productos alimenticios. b) Regular, organizar y controlar el comercio ambulatorio. c) Formular y aprobar las normas de su competencia. d) Promover, equipamiento de los centros de abastos y control. e) Ejecutar medidas destinadas a controlar especulación, adulteración, acaparamiento y el falseamiento de pesas y medidas conforme a la normatividad vigente y las normas de calidad de alimentos; así como coordinar con la Gerencia competente para la aplicación de las sanciones correspondientes. f) Ejecutar el mantenimiento y equipamiento de los centros de abastos de propiedad municipal. g) Mantener actualizados los registros de los comerciantes de los mercados. h) Mantener actualizada la estadística de los productos que ingresa al mercado como sus precios respectivos. i) Mantener actualizado el registro de los comerciantes formales de todo el mercado de abastos que administra, asimismo el registro de los comerciantes informales autorizados. j) Planificar, organizar, dirigir y supervisar las actividades que se realizan en los mercados de abastos, manteniendo el orden, limpieza e higiene. k) Controlar y supervisar el abastecimiento y la comercialización de productos alimenticios y bebidas, vigilando la higiene y salubridad de los productos que se abastecen y se comercializan en los mercados. l) Planificar, organizar, normar, y controlar las actividades relacionadas con el uso de espacios públicos para la instalación de ferias y puestos de venta ambulatorios. m) Proponer normas y procedimientos para el reordenamiento y formalización del comercio informal, reduciendo los índices actuales. n) Proponer y ejecutar las normas y procedimientos que regulen las actividades administrativas y normativas aplicables a la comercialización de productos comestibles y en la administración de los mercados de abastos. o) Planificar, organizar dirigir y controlar programas y proyectos de mantenimiento, equipamiento y buen funcionamiento de los centros de abastos de la ciudad. p) Planificar, organizar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y controlar las actividades de control y supervisión del comercio informal en la ciudad. q) Otras funciones inherentes a su cargo o que se le encarguen 07.3.1.3 DEL RESPONSABLE DE POLICIA MUNICIPAL Artículo 108°.- Responsable de Policía Municipal es el órgano encargado de ejecutar las disposiciones municipales y controlar su respectivo cumplimiento por los vecinos e instituciones locales, con el objeto de velar por los intereses Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ de la comunidad y el bienestar de los vecinos La Policía Municipal actúa en apoyo de los demás órganos de la Municipalidad Provincial en las acciones de Defensa Civil, Serenazgo, Primeros Auxilios y en general. 07.3.1.4 DEL RESPONSABLE DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVAS CULTURALES Y OTROS Artículo 109º.- Responsable de Infraestructura Deportivas Culturales y otros que cumplen las siguientes funciones: 1. Planificar organizar y dirigir las acciones relacionadas con la administración, mantenimiento del estadio municipal, coso taurino y la Terminal terrestre. 2. Formular y proponer las normas que rigen el uso de las infraestructuras (administración de estadio municipal y coso taurino y el Terminal terrestre). 07.3.2. DE LA DIVISIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA Artículo 110º.- La División de Seguridad ciudadana, es un órgano encargado de velar por la tranquilidad, la paz y la seguridad ciudadana, dependiente de la Gerencia de Servicios Públicos, está a cargo de un responsable: “Supervisor de Serenazgo” que tiene las siguientes funciones: a) Planificar, Organizar, dirigir, coordinar, supervisar y controlar la ejecución de las actividades, Seguridad Ciudadana, Serenazgo. b) Formular y proponer el Plan de Seguridad Ciudadana. c) Organizar el servicio de Serenazgo. d) Propiciar la integración vecinal a fin de promover su participación en acciones de Seguridad Ciudadana. e) Coordinar acciones con entidades públicas y privadas vinculadas a cautelar la tranquilidad y seguridad ciudadana. f) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar el Plan de Acción y presupuesto de esta división. g) Proponer las normas y directivas relacionadas con el ámbito de su competencia. h) Recomendar a la Alta Dirección, la modificación y/o actualización de las disposiciones municipales que fueren necesarias. i) Coordinar con la Policía Nacional del Perú, Ministerio Publico, Gobernación y las entidades a fin de realizar operativos conjuntos en apoyo a la unidad. j) Promover la creación de los Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana. k) Establecer y concertar al inicio del año con el personal a su cargo los indicadores de gestión y las normas de actuación en el desarrollo de sus funciones. l) Coordinar, acciones para la seguridad ciudadana y orden público Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ m) Las demás funciones de naturaleza similar que le asigne la Gerencia de Servicios Públicos y Gerencia Municipal. Artículo 111º El Serenazgo está bajo la conducción un Jefe, cuyas funciones son: a) Aplicar el Plan de Seguridad Ciudadana. b) Dirigir el Servicio de Serenazgo. c) Ejecutar las acciones para la seguridad ciudadana y orden público. 07.3.3. DE LA DIVISIÓN DE TRÁNSITO Y CIRCULACIÓN VIAL Artículo 112.°.- La División de Tránsito y circulación Vial es la encargada del ordenamiento del transporte público urbano e interurbano en la provincia de Carhuaz; en concordancia con las disposiciones emanadas del Ministerio de transportes y Comunicaciones. Artículo 113º.- La División de Tránsito y Circulación Vial depende funcional y jerárquicamente de la Gerencia de Servicios Públicos y se encuentra a cargo de un Jefe de División; Artículo 114°.- Corresponde a la División de Tránsito y circulación Vial las siguientes funciones: a) Programar, organizar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar, controlar y evaluar las actividades del servicio de transporte urbano e interurbano a nivel provincial. b) Planificar, organizar, dirigir y supervisar las actividades de elaboración y modificación del recorrido de rutas de vehículos de transporte público y del tránsito. c) Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades de señalización vertical y horizontal de las vías. d) Implementar y ejecutar la señalización horizontal y vertical de las vías de la ciudad, con énfasis en las zonas de escolaridad. e) Llevar, asegurar y actualizar el registro del parque automotor de la ciudad de Carhuaz. f) Coordinar y solicitar el apoyo de la Policía Nacional para efectivizar el Cumplimiento de las normas del tránsito y las de transporte colectivo. g) Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades del diseño técnico, elaboración de normas para el transporte público de vehículos menores, parqueo vehicular, anuncios publicitarios y puestos de ventas o servicios en la vía pública. h) Registrar a personas jurídicas, para la prestación del servicio de transporte en vehículos menores. i) Reglamentar, controlar y regular el servicio público de transporte urbano de rutas, zonas y paraderos de vehículos. j) Promover el desarrollo del programa de educación y seguridad vial. k) Ubicar, instalar y mantener los sistemas de señalización de las vías locales. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ l) Proponer diseños de proyectos que permitan la mejora continúa del tránsito y transporte, en el corto, mediano y largo plazo; teniendo en consideración la normatividad y el plan estratégico concertado. m) Implementar, aplicar y monitorear el cumplimiento de normas del transporte, circulación y el tránsito, así como el control de la emisión de gases. n) Organizar y ejecutar eventos de difusión y capacitación dirigidos a los transportistas, conductores, cobradores y a los usuarios en general. o) Programar dirigir, y supervisar las acciones orientadas a regular el transporte terrestre público urbano e interurbano, transporte de carga y circulación vial en su jurisdicción; de conformidad con las leyes, normas y reglamentos nacionales y municipales sobre la materia. p) Promover la Educación y Seguridad Vial. q) Evalúa las zonas de rutas y paraderos, previa a sus autorizaciones r) Coordinar, programar, controlar y evaluar los servicios de transporte colectivo, circulación y tránsito en el ámbito provincial. s) Propone y evalúa las zonas de estacionamiento. t) Supervisar y controlar el terminal terrestre. u) Recibir, procesar y atender los procedimientos tramitados conforme al TUPA Vigente, en lo que corresponda. 07.4. DE LA GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO Artículo 115º.- La Gerencia de Desarrollo Social y Humano es el órgano de Línea encargado de planificar, dirigir, promover, ejecutar y supervisar acciones para el desarrollo integral del Ser humano, en especial de las familias en pobreza y extrema pobreza, en el ámbito de su competencia y dentro del marco de los dispositivos legales aplicables. Está a cargo de un Gerente quien depende de la Gerencia Municipal. Artículo 116°.- Las funciones de la Gerencia de Desarrollo Social y Humano está a cargo de un Funcionario de Confianza designado por el Alcalde, con categoría y Gerente son las siguientes: a) Planificar y concertar el desarrollo social en armonía con las políticas y planes regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza. b) Proponer las políticas y estrategias de salud y sanitarias, promoción, bienestar social y del programa del Vaso de Leche en el ámbito de su competencia. c) Coordinar, dirigir, gestionar y controlar la implementación del Programa del vaso de Leche así como otros programas nutricionales y de bienestar social, tales como comedores programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, en concordancia con la legislación sobre la materia. d) Garantizar en la ejecución de todos los programas sociales y de desarrollo humano, la participación de la población, la transparencia y la ausencia de discriminación. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ e) Promover y organizar la participación de los vecinos en programas multisectoriales en la Provincia de Carhuaz, conforme a Ley. f) Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar las acciones relacionadas con promoción y fomento del desarrollo humano en coordinación con las entidades pertinentes. g) Establecer mecanismos de protección, participación y organización de los niños y adolescentes. h) Proponer la aprobación, controlar y evaluar la ejecución de los planes operativos de las unidades orgánicas conformantes de la Gerencia de Desarrollo Social y Humano i) Proponer convenios interinstitucionales y resoluciones de gerencia, dentro del ámbito de su competencia a fin de fortalecer los mecanismos de atención integral en beneficio de la población provincial. j) Revisar, proponer, aprobar, visar y/o dar trámite según corresponda, los documentos que de conformidad con sus respectivas funciones, formulen las unidades orgánicas dependientes de la Gerencia de Desarrollo Social y sean sometidos a su consideración. k) Emitir opinión técnica e Informes sobre asuntos de su competencia y Resoluciones Gerenciales. l) Gestionar y conducir el proceso de la Transferencia de las Sociedades de la Beneficencia Pública y Juntas de Participación Social del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social — MINDES, incluidas en el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM. m) Controlar, supervisar y evaluar el funcionamiento y gestión de la Sociedad de Beneficencia Pública de Carhuaz. n) Otras funciones que le asigne el Alcalde y el Gerente Municipal, en el ámbito de competencia. Artículo 117°.- La Gerencia de Desarrollo social y Humano cuenta con las siguientes Divisiones orgánicas: 1. División de Participación Vecinal. 2. División de Programas Sociales. 3. División de Salud y Bienestar Social. 07.4.1. DE LA DIVISIÓN DE PARTICIPACIÓN VECINAL Artículo 118°.- La División de Participación Vecinal, es un órgano encargado de promover y fortalecer a las organizaciones sociales de base. Articulo 119°.- La División de Participación Vecinal tiene las siguientes funciones: a) Planificar, coordinar y concertar con las juntas vecinales las necesidades importantes de la población. b) Determinar y priorizar los requerimientos de las juntas vecinales de la provincia, para su posterior evaluación y elevación de las propuestas y su correspondiente tratamiento. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ c) Fomentar y orientar a la formación de las juntas vecinales debidamente organizadas, brindando el asesoramiento correspondiente. d) Coordinar para la participación de las juntas vecinales o comités en los diferentes eventos que se realicen. e) Las demás funciones que le asigne la Gerencia de Desarrollo social y Humano. 07.4.2. DE LA DIVISIÓN DE PROGRAMAS SOCIALES Artículo 120º.- La División de Programas Sociales es el órgano responsable de ejecutar los programas transferidos y lograr los objetivos trazados, desarrollando un conjunto de acciones que promuevan el desarrollo social, económico y mejora de la calidad de vida de los integrantes de las organizaciones sociales de base y la comunidad en general priorizando la atención en situaciones de riesgo, vulnerabilidad, pobreza y extrema pobreza. La División de Programas Sociales está cargo de un Jefe de División y tiene los siguientes responsables: 1. Responsable del Programa de Vaso de Leche 2. Responsable del Programa Integral de Nutrición 3. Responsable del Programa de Complementación Alimentaria. Artículo 121°.- Las funciones de la División de Programas Sociales, son las siguientes: a) Fomentar, coordinar y/o supervisar la organización y puesta en servicio de Programa de Vaso de Leche, Programa Integral de Nutrición y Programa de comedores Populares, que permitan contribuir a la reducción de los índices de desnutrición para alcanzar los objetivos trazados de bienestar social. b) Organizar y fomentar diversas formas de asociación y participación ciudadana orientadas a satisfacer las necesidades básicas de la población infantil y del adulto mayor. c) Planear, programar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar las acciones referentes al complemento nutricional a la población beneficiaria, orientada a disminuir los efectos de la desnutrición. d) Supervisa y controla el programa en su jurisdicción y de las municipalidades distritales, a efectos de dar información a la superioridad y al Ministerio de Economía y finanzas de acuerdo a la normatividad vigente. e) Efectúa los estudios de costos de los insumos y de operación que genera la atención del programa, precisando las respectivas fuentes de financiamiento. f) Supervisa la aplicación de los recursos del Programa de Vaso de Leche y otros programas sociales que se transfieren, en la jurisdicción a fin de adecuarse a la asignación dada por el Ministerio de Economía y finanzas y otros en concordancia con los dispositivos legales vigentes. g) Realizar las evaluaciones con respecto al impacto social, y emitir informes técnicos correspondientes. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ h) Dirigir adecuadamente los programas sociales y corregir los errores que se presente, tomando medidas correctivas en función a normas establecidas. i) Coordinar y supervisar el buen funcionamiento del Programa de Vaso de Leche. j) Establecer y concertar al inicio del año con el personal a su cargo los indicadores de gestión y las normas de actuación en desarrollo de sus funciones. k) Evaluar y realizar un intercambio reciproco, respecto al cumplimiento de metas, normas de actuación y rendimientos, concertados con el trabajador de la responsabilidad que le compete. l) Las demás funciones de naturaleza similar que le asigne la Gerencia de Desarrollo social y Humano. 07.4.3. DE LA DIVISION DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL Articulo 122°.- La División de Salud y Bienestar Social es el órgano responsable de ejecutar las diversas actividades que contribuyan a mejorar la calidad de vida de la población, que se encuentran en situación de abandono, peligro moral, pobreza y pobreza extrema, reinsertándolos favorablemente en la sociedad. Se encuentra en el tercer nivel jerárquico, dependiente de la Gerencia de Desarrollo Social y Humano. Está a cargo de un Jefe de División y para su mejor funcionamiento requiere de responsables. 1. Responsable de DEMUNA 2. Responsable de OMAPED 3. Responsable de SALUD Artículo 123º.- Las funciones de la División de Bienestar Social son las siguientes: a) Programar, dirigir, ejecutar y controlar las responsabilidades establecidas a través de programas, proyectos y actividades de asistencia, protección y apoyo a la población más vulnerable en pobreza y extrema pobreza, que coadyuven a su desarrollo y bienestar. b) Elaborar estudios de diagnóstico situacional para determinar necesidades, expectativas y prioridades de la población objetivo dentro de su competencia. c) Diseñar, dirigir, ejecutar los servicios de atención integral dirigidos a niños y adolescentes que se encuentran en situación de abandono, peligro moral, pobreza y pobreza extrema, así como a adultos mayores priorizando a los ancianos que se encuentran deambulando en la calle, en desamparo y enfermedad. d) Diseñar, dirigir, ejecutar servicios de atención social y psicológica dirigidos a la comunidad en general. e) Desarrollar acciones para atender y prevenir la violencia familiar y sexual a partir de la educación y capacitación con enfoque de género y con la participación por grupo etáreo. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ f) Programar, dirigir, ejecutar las acciones de la Defensoría Municipal del Niño y Adolescente (DEMUNA) y acciones de servicio legal de defensoría al ciudadano, conforme al marco legal vigente. g) Coordinar y establecer alianzas estratégicas, para fortalecer el sistema de trabajo en redes, con el objeto de mejorar y ampliar la cobertura de atención de la población objetivo a través de mecanismos de concertación y vigilancia social. h) Las demás funciones de naturaleza similar que le asigne la Gerencia de desarrollo social y Humano. 07.4.3.1 RESPONSABLE DE LA DEFENSORÍA MUNICIPAL DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE - DEMUNA Artículo 124º.- La Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente - DEMUNA opera de conformidad con el Artículo 45º del código de los Niños y adolescentes, aprobado por Ley N° 27337, y tiene las siguientes funciones: a) Diagnosticar la situación de los niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas o privadas. b) Intervenir cuando se encuentren amenazados o vulnerados sus derechos para hacer prevalecer el principio de interés superior; a) Efectuar conciliaciones extrajudiciales entre cónyuges, padres y familiares, de alimentos, tenencia y régimen de visitas, siempre que no existan procesos judiciales sobre estas materias; d) Fomentar el reconocimiento voluntario de filiación, y solicitar la inscripción de nacimiento de niños y adolescentes en estado de abandono ante la Oficina de Registro Civil; e) Coordinar programas de atención en beneficio de los niños y adolescentes que trabajan. f) Brindar orientación multidisciplinaria a la familia para prevenir situaciones críticas, siempre que no exista procesos judiciales previos; g) Denunciar ante las autoridades competentes las faltas y delitos cometidos en agravio de los niños y adolescentes. h) Cumplir con las demás funciones que disponga la Ley sobre la materia. 07.4.3.2 RESPONSABLE DE LA OFICINA MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - OMAPED Artículo 125°.- La Oficina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad - OMAPED tiene las siguientes funciones: a) Establecer mecanismos de protección, participación y organización de los vecinos con discapacidad. b) Sensibilizar y crear conciencia en la comunidad acerca de la problemática de las personas con discapacidad. c) Promocionar la Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento y otras disposiciones legales a favor de las personas con Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ d) e) f) g) discapacidad. Asimismo, velar por el cumplimiento de estas leyes y dispositivos. Detectar a las personas con discapacidad a fin de ponerlas en contacto con las municipalidades, con el objeto de elaborar un registro de las personas con discapacidad que viven en el distrito, el cual será actualizado permanentemente. Fomentar la participación de las personas con discapacidad en las actividades que la municipalidad realiza (cultura, deporte, educación, salud, transporte, recreación, etc.) ofreciéndoles acceso a la comunidad. Coordinar con los órganos de la Municipalidad Provincial a fin de dar un servicio eficiente a las personas con discapacidad, optimizando las condiciones de accesibilidad. Canalizar los requerimientos de las personas con discapacidad hacia los sectores respectivos para su posible solución. Artículo 126°.- Las funciones del Responsable de Salud son las siguientes: a) Formular los objetivos, lineamientos generales, planes de acción y reglamentos que orienten al óptimo cumplimiento de las actividades de su campo funcional. b) Elaborar, dirigir y controlar la ejecución de programas de prevención y asistencia en el primer nivel de salud, educación sanitaria y profilaxis local. c) Administrar el funcionamiento de centros de salud, laboratorios clínicos, botiquines y baños públicos de propiedad municipal; así como, promover su funcionamiento bajo la administración de terceros en coordinación con el Organismo publico competente. d) Regular y controlar el aseo, higiene y salubridad de los establecimientos industriales, comerciales, de servicios, vivienda y otros lugares públicos y privados, en coordinación con la gerencia de Servicios Públicos Promover, dirigir y supervisar campañas de saneamiento rural, sanidad animal y control de epidemias en coordinación con la gerencia de Servicios Públicos. e) Los demás funciones de naturaleza similar que le asigne la Gerencia de Desarrollo Social y Humano. 07.5. DE LA GERENCIA DE LA JUVENTUD Artículo 127º.- La Gerencia de la Juventud, es el Órgano de Línea encargada de promover y viabilizar la participación organizada de la juventud y otros grupos etáreos a partir de su propia dinámica en la formulación y ejecución de políticas orientadas a su desarrollo integral. Artículo 128º.- La Gerencia de la Juventud depende jerárquicamente de la Gerencia Municipal, está a cargo de un funcionario de confianza designado por el Alcalde con categoría y nivel de Gerente y coordina sus actividades con la Gerencia Municipal y demás órganos de la Municipalidad. Artículo 129º.- La Gerencia de la Juventud tiene las siguientes funciones: Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ a) Programar, dirigir, ejecutar, monitorear y evaluar políticas, planes, programas, normas, estrategias, proyectos, actividades y servicios orientados al desarrollo integral de la juventud y otros grupos etáreos. b) Promover eficientemente el desarrollo integral de la población joven de la Provincia realizando promoción, capacitación y formación de acuerdo a su realidad y necesidad. c) Apoyar las iniciativas, actividades y proyectos que propicien la participación y protagonismo juvenil, fomentando el espíritu democrático y solidario. d) Incentivar el liderazgo y protagonismo de los jóvenes y las organizaciones juveniles en los espacios públicos; así como su participación activa en la vida política, social, económica, cultural y ambiental del gobierno local. e) Identificar y revalorar la imagen de los jóvenes ante la sociedad, a través de la recuperación de la cultura, basada en valores, principios morales y la aceptación de nuestra identidad. f) Desarrollar estrategias de prevención integral de diversas conductas de riesgo, impulsando estilos de vida adecuados. g) Llevar un registro actualizado de organizaciones juveniles de la provincia de Carhuaz. h) Desarrollar sistemas de comunicación local, regional, nacional e internacional con grupos juveniles de trayectoria comunal o similar para el intercambio de planes y proyectos viables. i) Establecer canales de concertación entre las instituciones que trabajan en defensa de los derechos de la juventud, manteniendo un registro actualizado. j) Las demás funciones que le asigne el Alcalde y el Gerente Municipal en el ámbito de su competencia. Artículo 130º.- La Gerencia de la Juventud cuenta con las siguientes divisiones: 1. División de Promoción de la Cultura y Recreación. 2. División de Promoción de Oportunidades. 07.5.1. DE LA DIVISIÓN DE PROMOCIÓN DE LA CULTURA Y RECREACIÓN Artículo 131º.- La División de Promoción de la Cultura y Recreación tiene las siguientes funciones: a) Formular, organizar, conducir, monitorear y evaluar los servicios de cultura y recreación con un enfoque integral para el desarrollo humano. b) Supervisar y evaluar el desarrollo de los programas, proyectos y actividades relacionados con la cultura y la recreación. c) Promover los derechos ciudadanos de los jóvenes con un enfoque generacional y de género que contribuya a la creación de una nueva mentalidad democrática, participativa y crítica. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ d) Promover programas de capacitación, prevención en salud, recreación y deporte para la juventud. e) Promover y desarrollar programas sostenibles de conservación de la ecología y medio ambiente. f) Promover la inclusión en la sociedad de grupos de jóvenes en situación de vulnerabilidad manifiesta. g) Promover la representación de los jóvenes ante el Concejo de la Juventud, espacio representativo de grupos, asociaciones y organismos de adolescentes y jóvenes, mediante proceso de elección democrática en su Concejo Directivo y de sus representantes ante el Concejo Nacional de la Juventud. h) Promover, coordinar y facilitar talleres de arte y cultura fortaleciendo la identidad cultural en la Provincia. i) Promover, coordinar y ejecutar la participación en diferentes eventos deportivos en el ámbito de su competencia. j) Representar a la Municipalidad en comisiones multisectoriales y/o eventos. 07.5.2. DE LA DIVISIÓN DE PROMOCIÓN DE OPORTUNIDADES Artículo 132º.- La División de Promoción de Oportunidades tiene las siguientes funciones: a) Promover las oportunidades de vinculación laboral de los jóvenes y el desarrollo de programas de emprendimiento y generación de ingresos, a través de la capacitación y formación para el trabajo y la implementación de iniciativas productivas. b) Fomentar entre los jóvenes una cultura empresarial que les permita ser gestores de su desarrollo económico. c) Impulsar el acceso a diversos espacios de información, formación y desarrollo de capacidades que estén dirigidos a jóvenes. d) Implementar programas de desarrollo de capacidades que mejoren el nivel de empleabilidad de los jóvenes de la provincia de Carhuaz. e) Impulsar la orientación vocacional en los jóvenes. CAPITULO IX 08. DE LOS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS Articulo 133º.- La Municipalidad Provincial de Carhuaz, bajo sus facultades otorgadas mediante la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece tres Organismos descentralizados que se constituyen con el objeto de optimizar la calidad d los servicios respectivos hacia la ciudadanía, a la vez de generar ingresos económicos que beneficien a la Municipalidad provincial a través de una gestión autónoma, ágil y moderna Los Organismos públicos Desconcentrados son: 1. El Servicio de Caja Municipal de Ahorro y Crédito 2. El servicio de Agua Potable y Alcantarillado 3. Instituto Vial Provincial - IVP Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ 4. Municipalidades de Centros Poblados Estos organismos públicos Desconcentrados se constituyen con autonomía técnica, administrativa, económica y financiera y se rigen por su propio Estatuto respectivo. Forman parte del Pliego Presupuestal institucional y por consiguiente sus planes, actividades y proyectos están comprendidos en el Plan Operativo Anual y en la Estructura funcional Programáticas del Presupuesto Institucional de la Municipalidad Provincial de Carhuaz. 08.1. DEL SERVICIO DE CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO Artículo 134º.- El Servicio de Caja Municipal de Ahorro y Crédito se constituye como un Órgano Desconcentrados de la Municipalidad Provincial de Carhuaz, al amparo del Decreto Ley N°23039, reglamentado por el Decreto Supremo N° 147-81-EF. El servicio de Caja Municipal de Ahorro y Crédito es el organismo encargado de contribuir al desarrollo socioeconómico de la Provincia, fomentando una cultura de ahorro e inversión con énfasis en las microempresas y agricultores con orientación al mercado, generando bienestar para sus clientes y retribuyendo eficientemente sus accionistas. El Servicio de Caja Municipal de Ahorro y Crédito tiene autonomía técnica, administrativa, económica y financiera y se rige por su propio Estatuto. Está a cargo de una Gerencia cuyas funciones son las siguientes: a) Formular, proponer y ejecutar las normas que rigen el Servicio de Caja de Ahorro y Crédito de Carhuaz. b) Diseñar, dirigir y evaluar estrategias para incrementar el capital social de la caja Municipal de Carhuaz. c) Brindar los servicios de ahorro y crédito, con transparencia y respeto. d) Formular los planes Operativos Anuales, ejecutarlos y evaluar sus resultados. e) Cumplir con la normatividad vigente para la actividad. 08.2 DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO Artículo 135º.- El Servicio de Agua Potable y Alcantarillado es un Organismo Público Desconcentrados de la Municipalidad Provincial de Carhuaz, encargado de proveer servicios de agua potable y saneamiento a la población del ámbito de su jurisdicción. El Servicio de Agua Potable y Alcantarillado es dirigido por su Directorio cuyo administrador tiene las siguientes funciones: a) Planificar, organizar, dirigir y ejecutar las acciones relacionadas con la administración del servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ b) Garantizar el suministro de agua potable en forma estable, caudal apropiado y calidad acorde con las normas respectivas de salud y saneamiento. c) Gestionar la renovación y ampliación de las redes de agua potable, alcantarillado y desagüe, y su funcionamiento correspondiente. d) Controlar la recaudación de las tarifas por consumo de agua potable en forma transparente y con trato respetuoso hacia los usuarios; considerando que la recaudación directa lo ejecuta la Caja Municipal. e) Diseñar y conducir campañas dirigidas a los usuarios, con el objeto de elevar la conciencia ecológica y responsable de la población. f) Dar cumplimiento y hacer cumplir el reglamento del Servicio de Agua Potable, Alcantarillado y Desagüe. 08.3 DEL INSTITUTO VIAL PROVINCIAL - IVP Artículo 136°.- El Instituto Vial Provincial es el Órgano Desconcentrado de la municipalidad, encargado de la gestión vial de los caminos rurales de la provincia sobre la base de un Plan Provincial, se regula por la ordenanza de creación y su Estatuto. Artículo 137º.- El Instituto Vial Provincial (IVP) es un organismo de derecho público interno con autonomía administrativa, económica, presupuestaria y financiera como entidad encargada de la gestión vial de los caminos rurales de la Provincia de Carhuaz. Artículo 138º.- El Instituto Vial Provincial (IVP) está a cargo de un Gerente con participación del Alcalde Provincial de Carhuaz y los Alcaldes Distritales. Artículo 139°.- Corresponde al Instituto Vial Provincial (IVP) las siguientes funciones: a) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos o resoluciones que emita la Alcaldía. b) Conducir la marcha administrativa, económica y financiera del IVP, de acuerdo con las pautas que le señale el Comité Directivo. c) Informar a la Alcaldía, respecto a la marcha administrativa, económica y financiera del IVP. d) Autorizar estudios e investigaciones que permitan evaluar y proponer medidas de corrección o perfeccionamiento del sistema vial de la provincia. e) Desarrollar los procesos operativos del IVP. f) Proponer la asignación de los recursos del IVP para la ejecución de las obras destinadas a la construcción, rehabilitación y mantenimiento de los caminos rurales de la zona. g) Evaluar los proyectos de obras viales que le encarguen las municipalidades Distritales y la provincial, para su aprobación. h) Otras funciones que le asigne el Alcalde y el Gerente Municipal, en el ámbito de su competencia. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ i) Elaboración de Expedientes Técnicos para el mantenimiento y rehabilitación de los caminos rurales en el ámbito provincial. 08.4 DE LAS MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLADOS Artículo 140º.- Las Municipalidades de Centros Poblados dependen del Concejo Municipal; para la creación de Municipalidades de Centros Poblados se requiere la aprobación mayoritaria de los regidores que integran el Concejo Municipal correspondiente, y la comprobación previa del cumplimiento los requisitos de Ley. Artículo 141º.- Los requisitos para la creación del Centro Poblado son: a) Solicitud de un Comité de gestión suscrita por un mínimo de mil habitantes mayores de edad domiciliados en dicho centro poblado y registrados debidamente, y acreditar dos delegados. b) Que el centro poblado no se halle dentro del área urbana del distrito al cual pertenece. c) Que exista comprobada necesidad de servicios locales en el centro poblado y su eventual sostenimiento. d) Que exista opinión favorable del concejo municipal distrital, sustentada en informes de las gerencias de planificación y presupuesto, de desarrollo urbano y de asesoría jurídica, o sus equivalentes, de la municipalidad distrital respectiva. e) Que la ordenanza municipal de creación quede consentida y ejecutoriada. Artículo 142º.- Es nula la Ordenanza de creación que no cumple con los requisitos antes señalados, bajo responsabilidad exclusiva del alcalde provincial. Artículo 143º.- Las Municipalidades de centros poblados son creadas por ordenanza de la municipalidad provincial, que determina además: 1. La delimitación territorial 2. El régimen de organización interior 3. Las funciones que se le delegan 4. Los recursos que se le asignan 5. Sus atribuciones administrativas y económico — tributarias Artículo 144º.- Los Concejos Municipales de los Centros Poblados están integrados por un Alcalde y cinco Regidores. Artículo 145º.- Los Alcaldes y Regidores de Centros Poblados son elegidos por un periodo de cuatro años, contados a partir de su creación, son proclamados por el Alcalde Provincial, ratificando el resultado de las elecciones convocadas para tal fin. Artículo 146°.- Las funciones de los centros poblados quedarán establecidas mediante ordenanza municipal. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ TÍTULO TERCERO DE LAS RELACIONES INSTITUCIONALES INTERNAS Y EXTERNAS Articulo 147°.- El Alcalde como representante de la Municipalidad Provincial de Carhuaz, dirige y conduce las relaciones interinstitucionales con el sector Público y Privado. Las relaciones entre Municipalidades son de coordinación, de cooperación o de asociación para la ejecución de obras o prestación de servicios. Se desenvuelven con respeto mutuo de sus competencias y gobierno. En el Sector Publico se coordinará permanentemente con los Poderes del Estado, con los diferentes niveles del gobierno Nacional y Regional y demás organismos de la Administración Pública, para la coordinación de las acciones de competencia de cada uno, la proposición o petición de normas reglamentarias de enlace nacional, complementariedad de acciones y coherencia en el proceso de planeamiento y financiamiento de proyectos de inversión, entre otros. Artículo 148º.- La Municipalidad para la mejor ejecución de las funciones, desarrollo de los planes y cumplimiento de sus fines amparados por la Ley Orgánica de Municipalidades mantiene funciones con otras Municipalidades así como con entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras a fin de coordinar acciones de interés municipal. Artículo 149º.- El Alcalde Provincial es el responsable de dirigir y conducir las relaciones institucionales con los diferentes Organismos de la Administración con la atribución de delegar representaciones que estime convenientes de acuerdo a la Ley y a la política institucional. Artículo 150º.- Los funcionarios y demás trabajadores de la Municipalidad coordinan acciones entre el personal de su mismo nivel y en niveles distintos por expresa disposición superior. Artículo 151º.- Los funcionarios de la Municipalidad coordinan y ejecutan acciones en el ámbito de su competencia y por sus necesidades de servicio, con funcionarios de instituciones públicas o privadas según corresponda de acuerdo a Ley. Articulo 152°.- Corresponde a los Gerentes representar al Gerente Municipal o al Alcalde en cualquier tipo de comunicación exterior previa coordinación con la Gerencia Municipal y siempre y cuando se desprenda de sus funciones. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ TITULO CUARTO DEL RÉGIMEN LABORAL Artículo 153°.- Los funcionarios y empleados de la Municipalidad se sujetan régimen laboral general aplicable a la administración pública, conforme a Ley. Los obreros que prestan sus servicios a las Municipalidad son trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad pública. TÍTULO QUINTO DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Artículo 154º.- La Municipalidad cuenta con los recursos económicos que se obtienen de la siguiente fuente: a) Impuestos transferidos por el Estado. b) Ingresos por conceptos de recaudación de los tributos consignados en el Artículo 70° de la ley 27972. c) Legados y donaciones que se haga a su favor. d) Empréstitos internos y externos con arreglo a ley. e) Multas por infracciones de las disposiciones emitidas por la municipalidad. f) Venta y rendimiento de los bienes de propiedad Municipal. g) Ingresos consignados en el Decreto Legislativo 776 y ampliaciones. h) Transferencia de Gobierno Central para programas específicos. TITULO SEXTO DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS CAPÍTULO I Primera: El Gerente Municipal, los Gerentes y los que determine la Alcaldía, son funcionarios de confianza designados por el Alcalde, pudiendo ser removidos por éste o por acuerdo de Concejo. La cobertura de los cargos de confianza se efectuará en la condición de designados para el personal de carrera con derecho a retornar a su plaza de carrera; o por personal que no es de carrera mediante la modalidad de adscritos, quienes al termino de la confianza concluirán su relación laboral con la entidad. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ Segunda: Por Resolución de alcaldía se determina las funciones de acuerdo a la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, que serán asignadas de acuerdo con el ámbito de su competencia a las Empresas Municipales y los Órganos Descentralizados y Desconcentrados, para que en un plazo de 360 días, contados a partir de la fecha de aprobación de la citada Resolución, dichos órganos elaboren y presente ante el concejo Provincial un Proyecto de Ordenanza de sus Estatutos en caso de ser necesario. Tercera: Lo titulares de los órganos de línea, de apoyo, de asesoramiento, de alta dirección, de control, descentralizado y desconcentrados remitirán los respectivos proyectos de Manual de Organización y Funciones a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, para su actualización y trámite de aprobación correspondiente. Cuarta: Las modificaciones al presente Reglamento serán aprobados por acuerdo de Concejo y ejecutadas por Ordenanza Municipal previa opinión favorable de la comisión de Regidores correspondiente. Quinta: La Municipalidad modificará el Cuadro para la Asignación de Personal (CAP) y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), en caso que corresponda, a fin de adecuarlos a la Estructura del presente Reglamento. Sexta: La Gerencia Municipal y los funcionarios de todos los niveles organizacionales son los encargados de velar por el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Reglamento, con la finalidad de perfeccionar su contenido y aplicación. Séptima: La previsión de los cargos dispuestos en el presente Reglamento, para cumplir las funciones, se establecerá en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) que a su vez deberá tener sustento presupuestal, en armonía con los dispositivos legales vigentes; sin perjuicio de la implementación efectiva de la organización dispuesta en el presente Reglamento. Octava: Los cargos de confianza se declaran y se cubren por Resolución de Alcaldía de acuerdo a lo dispuesto por los dispositivos legales vigentes Novena: Es responsabilidad de todo los órganos de la Municipalidad el cumplimiento del presente Reglamento. CAPITULO II DE LAS DISPOSICIONES FINALES Primera: Quedan derogadas o modificadas las disposiciones Municipales en cuanto se opongan a lo dispuesto en el presente Reglamento. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ Segunda: El presente Reglamento de Organización y Funciones (ROF) entrará en vigencia a partir del día su publicación en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción. Tercera: La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto en coordinación con la Unidad de Recursos Humanos procederán al reordenamiento y actualización del cuadro de Asignación de Personal (CAP) y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), Manual de Organización de Funciones y demás que se deriven la aprobación del presente Reglamento. Cuarta: El Organigrama Estructural anexo que forma parte integrante del presente Reglamento. Quinta: Quedan derogadas o modificadas las disposiciones municipales en cuanto se opongan a lo dispuesto en el presente Reglamento. Sexta: El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. ANEXO (ESTRUCTURA ORGANICA) POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA. Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARHUAZ CONCEJO MUNICIPAL OFICINA DE CONTROL INSTITUCIONAL COMISIÓN DE REGIDORES ALCALDÍA PROCURADURIA PUBLICA MUNICIPAL SECRETARIA GENERAL CONCEJO DE COORD. LOCAL IMAGEN INST. REGISTRO CIVIL TRAMITE DOC. COMITÉ DE DEFENSA CIVIL GERENCIA MUNICIPAL GERENCIA ADMINISTRACIÓN FINANZAS Y TRIBUTARIA GERENCIA PLANEAM. Y PRESUPUESTO ASESORIA JURIDICA Área Planif. Presupuesto y Racionalizac. Área de Contabilidad Ejecutoria Coactiva AREA DE EQUIPO MECANICO Y EXTRACCIÓN DE ALVEOS Area de Tesorería Área Informática y Estadist. Area Recursos Humanos O.P.I. (OF. PROG. E INV.) Área de Lógistica y Cont. Patrim. Área de Adm. Tributaria GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA URBANA Y RURAL GER. DE DESARROLLO ECONOMICO, TURISMO Y AMBIENTE DIV. ACOND. TERRIT. CATASTRO Y DEFENSA CIVIL DIVISIÓN DE ESTUDIOS Y OBRAS DIVISION DE DESARROLLO ECONOMICO DIVISION DE DESARROLLO EMPRESARIAL Y TURISMO DIVISION DE GESTIÓN AMBIENTAL Órganos Desconcentrados de la Municipalidad AGUA POTABLE CAJA MUNICIPAL Municipalidades de Centro Poblados GERENCIA DE SERIVICIOS PÚBLICOS GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO DIVISIÓN DE SERVICIOS PUBLICOS DIVISION DE PARTICIPACIÓN VECINAL DIVISION DE SEGURIDAD CIUDADANA DIVISION DE PROGRAMAS SOCIALES DIV. DE TRANSITO Y CIRCULACION VIAL DIVISION DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL GERENCIA DE LA JUVENTUD DIVISION DE PROMOCIÓN DE LA CULTURA Y RECREACIÓN DIVISION DE PROMOCIÓN DE OPORTUNIDADES INSTITUTO VIAL PROVINCIAL MUNICIPAL Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad Provincial de Carhuaz