DUDAS ERTE 2
Transcripción
DUDAS ERTE 2
BAJAS VOLUNTARIAS: - ACEPTACIÓN POR PARTE DE LA EMPRESA. - En el supuesto de bajas voluntarias, y en el supuesto de no alcanzar el mínimo que se requiere, ¿serían realmente voluntarias o estaríamos encaminados a vivir la misma situación que la otra vez, esperando la llamada de los jefes y temiendo por nuestro puesto de trabajo? Esta vez no hay que temer por la situación anterior porque una de las principales condiciones del Acuerdo es que las bajas que se produzcan han de ser realmente voluntarias y no se contemplan ninguna cláusula de cierre que implique que hay que cubrir un número de bajas determinado. Hay compañeros interesados en pedir la baja, el problema reside en que salen bastantes más mensualidades de 24. En este caso; ¿se estudiaría caso por caso? En principio la Empresa no tiene obligación de aceptar las solicitudes cuyo importe sea superior al a 24 mensualidades. Si la empresa te niega la baja voluntaria ¿te podrías acoger a la suspensión? Si alguna que estuviera persona interesada en la baja voluntaria, y la Empresa no se la aceptara, sería posible realizar una petición individualizada de acogida a la suspensión temporal en su defecto. - - - - DESEMPLEO. - tienen derecho a paro las bajas voluntarias? Si. - FECHA DE INICIO. - ¿si coges una medida voluntaria entra en vigor el mismo día 1 de enero? ¿si te decides el 30 de diciembre tendrás que esperar a que te contesten? El procedimiento concreto va a ser llevado a cabo por la Empresa. Se irá comunicando a cada persona la fecha de salida individualizada. - - PLAN DE PENSIONES - si un trabajador solicita la baja incentivada, ¿le liquidan el Plan de pensiones? Los requisitos para poder rescatar un Plan de pensiones de forma anticipada, serían los siguientes ( Real Decreto 1299/2009 ): hallarse en situación legal de desempleo. No tener derecho a las prestaciones por desempleo en su nivel contributivo, o haber agotado dichas prestaciones. Estar inscrito en el momento de la solicitud como demandante de empleo en el servicio público de empleo correspondiente - SUSPENSIÓN - REGRESO A LA ENTIDAD: - En caso de baja temporal, cuales son las condiciones y garantías de regreso a la Entidad? Este punto se encuentra recogido en el punto 2 del Acuerdo , “ Finalizado el periodo de suspensión, el trabajador o trabajadora tendrá derecho a reincorporarse de manera inmediata a la empresa……..o a solicitar la baja incentivada en las condiciones recogidas en el apartado 1 de este Acuerdo. En todos los casos la aceptación de la baja incentivada deberá ser aprobada por la Entidad. ¿Donde se reincorporan los empleados después de la suspensión? ….en un puesto de similar nivel al que ostentaba en el momento previo al acogimiento a esta medida de suspensión respetando en todo caso los límites y criterios establecidos para la movilidad geográfica que estén establecidos en el momento del inicio de la suspensión. ¿que pasaría a los dos años? El trabajador tendrá derecho a reincorporarse………o a solicitar la baja. ¿si me acojo a la baja temporal y al final decido pedir la baja incentivada, como se liquida? En las condiciones recogidas en el apartado 1) del Acuerdo, descontando las cantidades percibidas durante el periodo de suspensión del contrato de trabajo, y en todos los casos, aprobada por la Entidad. Es posible que esta baja no se apruebe. ¿que pasaría si la empresa tras los dos años no puede pagarme la indemnización? Como la aceptación de la baja debe ser aceptada por la empresa, seguramente no sería aceptada. Puedo trabajar en otra empresa mientras tengo la baja incentivada? Siempre y cuando se cumplan las condiciones de no concurrencia con la actividad de la Institución (art. 11 del Convenio Colectivo de Cajas de Ahorro), por lo que habría que comunicarlo a la misma. . Hay que tener en cuenta que se perdería la prestación por desempleo. - - - - - DESEMPLEO. - Si me acojo a la suspensión temporal de contrato durante dos años ¿tengo derecho al desempleo? Si. - Se podrá rescatar el Plan de pensiones. Durante el periodo de la suspensión se estaría cobrando el desempleo, por lo que no se cumplen los requisitos para rescatar el Plan de pensiones. REDUCCIÓN DEL 50% - - Como se materializaría la reducción de jornada? Se materializara en días completos. Se podría pedir una reducción de jornada diaria? No habría posibilidad, por problemas organizativos. La empresa daría algún tipo de compensación económica por gracia en el supuesto de la reducción de jornada: Se establece una mejora voluntaria de las prestaciones de desempleo equivalente al 10 % de la retribución salarial bruta fija anual de la persona afectada. En ningún caso podrá superarse entre la retribución que le corresponde al empleado que reduce su jornada, la prestación por desempleo y la indicada mejora voluntaria, el 100 % de la retribución que le corresponde al empleado que reduce su jornada, la prestación por desempleo y al indicada mejora voluntaria, el 100% de la retribución que en computo anual percibía con anterioridad a esa reducción de jornada. Se puede acoger a esta medida personas con reducción de jornada concedida. Las personas que actualmente se encuentran en reducción de jornada por guarda legal o cuidado de familiares, que según manifiesta la Entidad son las únicas situaciones de reducción de jornada, tendrán derecho, si así lo solicitan a retornar a jornada completa y poder ser incorporados a esta medida. .Para estos casos la Entidad se compromete a intentar acomodar el tipo de reducción vigente de cada empleado para este periodo de dos años, retornando a la situación anterior tras dicho periodo a jornada completa a elección del empleado. REDUCCION DE JORNADA DEL 10%. - DIAS DE REDUCCION - ¿Cómo se hará el reparto de los días? En días completos en todo caso. ¿quien organiza las distintas ausencias? Se va a intentar establecer un calendario que organice los diferentes centros de trabajo y departamentos. Habrá un planning para ver como como se aplica la reducción de jornada. Se va a intentar hacer una planificación anticipada de los días, al menos en un par de meses. Es libre. No. Cuantos días son el 10 % de la jornada. Con cuanta antelación nos comunicara la empresa los días que tenemos que venir a trabajar Se intentará comunicar con un tiempo suficiente para poder organizarse. En cuantos periodos se permite la reducción de jornada Si son dos días al mes, podrán ser lunes o viernes. Según como se organice cada centro. - - Seria posible una reducción de jornada para salir a las dos? No es factible porque eso supone más de un 10% de la jornada. - COMO AFECTA A LAS VACACIONES. - - Se pueden dejar vacaciones de este año para el año que viene, o al entrar en el ERTE el 1 de enero no se puede entrar con vacaciones del alo anterior El Acuerdo de 2008 sobre los días de vacaciones sigue vigente. Como afectaría el ERTE al periodo vacacional. Se va a disponer de dos días de vacaciones menos. - IMPORTE DE LA REDUCCION. - - En el supuesto de la reducción del salario al 90%, la reducción del 10% es sobre el neto. No, es sobre el salario fijo bruto anual. Como repercute en los complementos: Los diferentes complementos a los que afecta la redacción del 10% se recogen establecidos en el ANEXO 4. Afecta solo a salario base y a complementos dependientes de este o también a otras retribuciones como kilometraje, complementos de movilidad, ayuda al alquiler y complementos del Equipo de sustituciones. Consultar Anexo 3. - MATERNIDAD. - ¿Afectara el Erte a las compañeras de baja por maternidad? Si, una vez se incorporen de su maternidad se van a ver afectadas. También pueden acogerse a las medidas voluntarias. Y a las de paternidad? Si. Se pueden acoger a las medidas voluntarias las compañeras de baja por maternidad. SI. Puedo agotar mi baja maternal y después acogerme a la suspensión voluntaria. SI. - - FINANCIACION. - Existen opciones financieras para la merma económica Punto Operaciones de ayuda financiera. Se ha tenido en cuenta el desfase económico de los compañeros. Punto anterior.