FORO SOBRE LAS MOSCAS DE LA FRUTAS
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FORO SOBRE LAS MOSCAS DE LA FRUTAS
FORO SOBRE LAS MOSCAS DE LA FRUTAS PANEL: PLAN DE ACCIÓN PARA EL MANEJO DE LAS MOSCAS DEL MEDITERRÁNEO (Ceratitis capitataWiedemann) ANTECEDENTES DEL PROBLEMA: El 18 de marzo próximo pasado del 2015 el sector productor nacional y vegetal del país y los profesionales de la sanidad vegetal fueron conmocionados por la información de que la Mosca del mediterráneo (C. capitata) también conocida como ‘moscamed’, una de las cinco plagas agrícolas más destructivas de la agricultura mundial había sido detectada en la zona de Punta Cana, presumiéndose que la misma ingresó por el Aeropuerto Internacional de ese nombre. La noticia vino acompañada de la prohibición del servicio de inspección de Sanidad Animal y Vegetal (APHIS) de los Estados Unidos que dispuso la prohibición de la entrada al territorio norteamericano de 18 frutas y vegetales provenientes de la República Dominicana, entre los que se cuentan las de mayor volumen de exportación a ese país, siendo los más afectados: aguacate, ajíes, tomate y lechosa. Esta decisión ha provocado gran preocupación en el sector productor nacional por el impacto que representa para nuestra economía y por la incertidumbre provocada por la falta de información referente al manejo que se implementan para hacer frente a la infestación. MARCO LEGAL: La Ley 4990 de 1958 es la que rige la sanidad vegetal en la República Dominicana y aun cuando por su antigüedad no está actualizada en el marco de las nuevas normas internacionales, sin embargo por ser el país signatario de compromisos en los organismos internacionales, como es el caso de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF), debe cumplir con obligaciones en el marco de los mismos. La República Dominicana es signataria del Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio (OMC), por lo que debe acogerse al cumplimiento del mismo y en este caso con atención al capítulo 7 de dicho acuerdo con el tema de Transparencia, relativa al deber de la notificación de medidas y situaciones fitosanitarias. Las acciones para el cumplimiento se ejecutan a través del Comité Nacional de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias creado por decreto. Entre los procedimientos básicos establecidos por la cuarentena vegetal se destaca el Análisis de Riesgo de Plagas, como herramienta importante en el proceso de importación de frutas hospederas de plagas de importancia cuarentenaria, como es el caso de la Mosca del Mediterráneo, para determinar si procede o no la importación y así prevenir el ingreso de las mismas. ORÍGENES DEL BROTE: El hecho de que el brote de que la plaga se detectara en trampas colocadas en el área de influencia del Aeropuerto Internacional de Punta Cana hace sospechar que pueda provenir de frutas introducidas por pasajeros que entraron por esa terminal, aun cuando se sabe, que ese mismo aeropuerto se ha utilizado como trasbordo para la exportación de mangos provenientes de Perú hacia el mercado Europeo. Antes esta incertidumbre es muy difícil predecir la fecha de entrada de la plaga y la distribución que ha alcanzado desde el punto de llegada, así como existe dudas sobre el origen de la plaga hasta que no se haga un análisis de ADN a los ejemplares de estas moscas, debidamente socializado. Por dos fuentes distintas se supo de dos resultados diferentes obtenidos al respecto: una, que indica una procedencia de Centroamérica y otra de Italia, pero se descartó la posibilidad de que proviniera del Perú. Sería de mucha utilidad contar con los resultados verificables de las pruebas realizadas. Por el otro lado, el hecho de que en por lo menos dos ocasiones hayan sido detectados en trampas individuos aislados de la especie fuera del área considerada con presencia de la plaga en un mercado de Santo Domingo y en el borde del área de existencia de la plaga en cercanías del Parque del Este en San Rafael del Yuma debe considerarse preocupante, aunque en el trampeo posterior no se lograr atrapar más individuos. PLAN DE ACCIÓN: Medidas Preventivas: De ser cierto que el Aeropuerto de Punta Cana detuviera las importaciones para trasbordo de frutas aprovechando la capacidad de carga de las aeronaves que traen turistas desde Europa, considerando la alta peligrosidad que representa la introducción de la Mosca del Mediterráneo para el país y con información de que en Perú existe la presencia de la plaga, ésta importación debieron haber estado sustentadas por un Análisis de Riesgo de Plagas (ARP) donde se establezca si: Es una zona libre de la plaga Si es una zona donde se ha reportado brote esporádico de la plaga. Si se trata de una zona donde existe la plaga Con esta información disponible el país decide si permite o no la importación y en caso de permitirlo bajo qué condiciones permite el ingreso a nuestro territorio; en todo caso existe un protocolo a seguir. MEDIDAS POSTERIORES: La Respuesta del Ministerio de Agricultura a la presencia de la Mosca del Mediterráneo no se corresponde con la gravedad que representa para la agricultura nacional, el caso requeriría de una acción directa del Ejecutivo con la emisión de un decreto amparado en la Ley 4990 de Sanidad Vegetal, declarando el problema como emergencia nacional fitosanitaria, basado en el Plan de Emergencia Fitosanitaria, preparado por el IICA y adoptado por el Ministerio de Agricultura en el año 2003, lo cual permite especializar los fondos que se requieren para iniciar las acciones necesarias para el proceso de erradicación de la plaga, acción que debe estar acompañadas de otras gestiones, tales como: La creación de una Comisión Asesora / Consejo Consultivo conformado por los directivos o sus representantes de las instituciones del sector agrícola: Ministerio de Agricultura, Instituto Agrario Dominicano, Consejo Nacional de Investigaciones Agropecuarias y Forestales, Instituto Dominicano de Investigaciones Agropecuarias y Forestales, las universidades con carreras de ingeniería agronómica, Clústeres de Productores de frutas y vegetales y de las Asociaciones de Profesionales del Sector Agrícola y técnicos capacitados en el Manejo de la Plaga y cuyas funciones serían: Asegurarse del cumplimiento del Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC notificando la presencia de la plaga en nuestro territorio y las medidas implementadas para el proceso de erradicación, a la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF), con lo cual cumplimos con el capítulo 7 sobre transparencias. Iniciar cuanto antes el protocolo para establecimiento de áreas libres de la plaga, tomando como referencia la NIMF No.26 e iniciar las gestiones frente al servicio de inspección de sanidad animal y vegetal (APHIS) de los Estados Unidos para el consenso del mismo. Diseñar, crear e implementar un programa de manejo para la erradicación de la plaga basado en la NIMF No. 09 y conforme a nuestras particularidades, si este no existiera adoptar un programa de las que ejecutan países con condiciones similares al nuestro, hasta tanto podamos contar con el nuestro. Establecer una agresiva campaña de divulgación a nivel nacional, utilizando los medios audiovisuales disponibles: Prensa, Radio, Televisión, Vallas, Volantes, etc. Reforzar el cordón fitosanitario establecido y ampliar el radio de acción si fuera necesario. Aumentar el número de puestos de chequeo para evitar la salida de frutas del área de infestación y verificar la seguridad en el funcionamiento de los mismos. Aumentar el número de trampas en la zona de infestación y en la zona libre de la presencia de la mosca. Recolección y eliminación de las frutas en el área afectada. Compensar a los productores de frutas en el área intervenida. ESTABLECIMIENTO DE AREAS LIBRES. El Ministerio de Agricultura puede iniciar el protocolo para el establecimiento de áreas libres de la Mosca del Mediterráneo, tomando como referencia la NIMF No.26 de la CIPF. En el marco de estas acciones es necesario asegurarse de que el cordón fitosanitario en el área del brote cumpla correctamente su cometido y no permita la salida de frutas infestadas hacia las áreas actualmente libres de la plaga. El protocolo debe ser consensuado con las autoridades de los países importadores, tales como el Servicio de Inspección de la Sanidad Animal y Vegetal de los Estados Unidos (APHIS). El establecimiento de áreas libres de Mosca del Mediterráneo, permite a los países con presencia de la misma, realizar exportaciones de determinados productos agrícolas, tales como el aguacate y otros, consensuados en el protocolo. Especialistas en Protección Vegetal participantes en el Panel: Ing. Leandro Mercedes (Vice Ministro de Agricultura), Dr. Reginaldo Báez (CIAD, México), Dr. Colmar A. Serra (IDIAF), Dr. Modesto Reyes, Ing. Diego Torres, Ing. Maira Castillo, Ing. Próspero Jiménez (UASD); Ing. Porfirio Álvarez, MSc., Ing. Augusto del Villar (JAD, Programa MIP), Ing. Abrahám Abud (JAD), Lic. Francisco Taveras (Art Agroindustrial), Ing. Fernando Díaz (Fersan), Ing. Isidro Tavares (Agroambiente), Ing. Patricio de la Cruz (productor), Ing. Manuel Durán, Feliciano Pinales (Ministerio de Agricultura, DSV), Ing. Carmelo Nuñez (Ministerio de Agricultura, Depto. de Inocuidad), Celio H. Barreto (OIRSA), Ing. Rafael Suero (Agroind. Oiosa), Ing. Rafael Leger, Ing. Julio de Oleo (Clúster del Mango). En total hubo 50 participantes inscritos entre productores, técnicos, personas ligadas a la cadena productiva del mango y aguacate, juntas de regantes, compañías de agroinsumos, autoridades y otras personas interesadas. El contenido aquí expuesto no refleja necesariamente las opiniones personales del moderador ni de los relatores, sino que son los puntos y sugerencias discutidos y consensuados por los 20 especialistas y otros participantes presentes en el panel. Dr. Colmar A. Serra (IDIAF, Moderador), Dr. Modesto Reyes, Ing. Diego Reyes, MSc., Ing. Maira Castillo, MSc. (UASD) Ing. Porfirio Álvarez, MSc., Ing. Augusto del Villar (JAD, Programa Nacional Manejo Integrado de Plagas), Ing. Abrahám Abud (JAD)