modificación puntual del plan general de ordenación municipal de
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modificación puntual del plan general de ordenación municipal de
DOCUMENTO DE INICIO - EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN MUNICIPAL DE POIO DEL S.U.N.C. 2 DE SAN SALVADOR DE POIO SITUACIÓN: SUNC-2 de San Salvador de Poio PROMOTOR: Ayuntamiento de Poio PROMOTOR DE INICIATIVA PÚBLICA: Instituto Gallego de Vivenda e Solo EQUIPO REDACTOR: Camilo Rebocho Vaz, Arqtº (Director de equipo), Marlene dos Santos, Arqtª, Bruno Olivera, Arqtº(Colaboradores), Isabel Jiménez López, Arqtª (Asesoría técnica) EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO 1. INTRODUCCIÓN 2. ANTECEDENTES Y OBJETIVOS 2.1 ANTECEDENTES 2.2 OBJETIVOS DE LA MODIFICACIÓN 2.3 JUSTIFICACIÓN DE LA MODIFICACIÓN PROPUESTA 2.4 POSIBILIDAD LEGAL DE LA MODIFICACIÓN DEL PLANEAMIENTO 3. DIAGNOSTICO DE LA SITUACIÓN ACTUAL 3.1 ÁMBITO Y SITUACIÓN 3.1.1 Escala territorial 3.1.2 Escala urbana 3.1.3 Escala local 3.2 POBLACIÓN 3.3 ASPECTOS NATURALES 3.3.1 Clima 3.3.2 Paisaje 3.3.3 Vegetación 3.3.4 Hidrología 3.4 SISTEMAS DE INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS 3.4.1 Viario 3.4.2 Infraestructuras 3.5 CARACTERIZACIÓN DEL ÁMBITO 3.5.1 Catastro y propiedad 3.5.2 Construcciones existentes 3.5.3 Reportaje fotográfico 4. ALCANCE Y CONTENIDO DEL PLANTEAMIENTO 4.1 ALCANCE 4.2 PROPUESTA DE ORDENACIÓN 4.3 FUNCIÓN DEL PLANTEAMIENTO RESPECTO A LA SITUACIÓN DE PARTIDA 4.4 MARCO NORMATIVO 4.5 ESBOZO DE LAS ALTERNATIVAS QUE SE VAN A EVALUAR EN EL PROCESO PLANIFICADOR 5. DESARROLLO PREVISIBLE DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL 6. APROXIMACIÓN A LOS EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES 7. LOS EFECTOS PREVISIBLES SOBRE LOS ELEMENTOS ESTRATÉGICOS DEL TERRITORIO, SOBRE LA PLANIFICACIÓN SECTORIAL IMPLICADA, SOBRE LA PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y SOBRE LAS NORMAS APLICABLES 8. PLANOS 2 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO 1. INTRODUCCIÓN El presente documento representa el DOCUMENTO DE INICIO de Evaluación Ambiental Estratégica definido en el artículo 85 de la ley 2/2010, de 25 de marzo, de medidas urgentes de modificación de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, asimismo en conformidad con las disposiciones contenidas en el art. 18 de la ley 9/2006 de 28 de abril, sobre la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, para remitir a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestruturas – Secretaria Xeral de Calidade e Avaliación Ambiental, para la elaboración de un documento de referencia que determinará el contenido del Informe de Sostenibilidad Ambiental integrante de la Modificación Puntual del SUNC2 del Plan General de Ordenación Municipal (PGOM) de Poio clasificado como suelo urbano no consolidado localizado en la Parroquia de San Salvador de Poio en el Municipio de Poio. En este documento se realizará una evaluación sobre los objetivos de la Modificación Puntual, un diagnostico de la situación actual, una descripción de los procesos que se seguirán para la elaboración de la modificación y una aproximación de los efectos ambientales previsibles. 2. ANTECEDENTES Y OBJETIVOS 2.1 ANTECEDENTES 2.1.1 Plan Vigente El Plan General de Ordenación Municipal de Poio fue aprobado definitivamente a 28 de julio de 2000; teniendo como antecedente las Normas Subsidiarias do Concello de Poio aprobadas por la Comisión Provisional de Urbanismo a 13 de marzo de 1985. El PGOM de Poio vigente ha delimitado sectores (polígonos) que se desarrollarán mediante los correspondientes planes de desarrollo adecuados previstos por la legislación aplicable. Las determinaciones y objetivos expresos en el PGOM de Poio para el Sector de Suelo Urbano no Consolidado nº2 (S.U.N.C. 2) de San Salvador de Poio son los expuestos a continuación: LOCALIZACIÓN: San Salvador SUPERFICIE ESTIMADA: 22.300m² JUSTIFICACIÓN - Completar la trama urbana dotando de una ordenación adecuada a una bolsa de suelo actualmente libre, así como dotar el municipio de suelo dotacional y espacios libres y de uso publico SISTEMA DE ACTUACIÓN: Compensación. APROVECHAMIENTOS: -Total del polígono: lo resultante en la ordenación propuesta en la documentación gráfica. -Aprovechamiento tipo - 1,65 m²/ m². -Susceptible de apropiación por los propietarios: 90% del total. -Superficie construida máxima - 36.795 m² DEBERES DE LOS PROPIETARIOS. Los propietarios incluidos en el polígono en el polígono se vean obligados a: -Ceder los terrenos necesarios para la apertura de viario de nueva creación o para completar los existentes; 3 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO -La urbanización y dotación de nuevas infraestructuras correspondientes a los servicios de agua, red de sumidero, energía eléctrica, alumbrado público y telefonía de todos los viarios contemplados en el ámbito; -ceder los terrenos necesarios para las zonas las zonas verdes y espacios libres y de uso público y suelo para equipamientos incluidos en el polígono con la forma y dimensiones establecidas en la documentación gráfica. -superficie de cesión estimada: 9.184 m² CONDICIONES DE LOS VOLÚMENES: Se aplicará las Ordenanzas número 3 "EDIFICACIÓN DE MEDIA DENSIDAD CERRADA PLURIFAMILIAR" e nº 10 "ZONAS VERDES E ESPACIOS LIBRES PÚBLICOS" en los ámbitos establecidos en la documentación gráfica. - Se establece un nivel de intensidad de 100 viviendas por hectárea con una edificabilidad máxima residencial de 8.250 m²; - La edificabilidad restante podrá ser destinada a cualquiera de los usos compatibles establecidos en la Ordenanza 3. PGOM - Plan General de Ordenación Municipal de Poio-Hoja 5 Escala 1-1000. Detalle del Ámbito S.U.N.C.2 2.1.2 Concurso público y objetivos El Concello de Poio, representado por el Concejal de Urbanismo y el Instituto Gallego de Vivenda e Solo, han sometido el polígono 2 del PGOM de Poio a concurso en la novena edición del EUROPAN*. El tema de la novena edición se titulaba "Urbanidad europea - Ciudad sostenible y nuevos espacios públicos". *"EUROPAN es una federación europea de organizaciones nacionales que rigen concursos de arquitectura, y sus consecuentes realizaciones, lanzados simultáneamente por varios países en torno a un tema y a unos objetivos comunes." 4 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO Los objetivos y condicionantes propuestos a concurso por los promotores se enumeran a continuación: a) Objetivos - El objeto de la propuesta será convertir el área de estudio en un centro urbano que articule el crecimiento de la zona en los próximos años. Para ello se pretende que en la zona de proyecto se desarrollen aproximadamente unas 200 viviendas, que estarán acogidas al régimen de protección oficial, por lo que se plantea vivienda colectiva con superficie máxima de 90 metros cuadrados por vivienda. En el resto del área de estudio se prevé que en un plazo medio (10 años) se desarrolle unas nuevas 400 viviendas y unos 20.000 m2 de locales con uso comercial. - El carácter de centro urbano tendrá en cuenta que se trata de dotar (además de vivienda) con equipamiento comunitario una población de unos 10.000 habitantes (población existente en un radio de 2 kilómetros) b) Condicionantes - En el ámbito de estudio deben mantenerse las alineaciones recogidas en el planeamiento municipal (trazado de calles y volumen de la edificación) pudiéndose variar estas dentro del área de proyecto como de la zona noroeste y nordeste del área de estudio (donde existe vivienda unifamiliar). - La arteria principal de tráfico, que es la calle situada en el límite suroeste del área de estudio, debe mantenerse con ese carácter. Para las otras vías, de carácter local, deben plantearse soluciones que permitan principalmente su uso peatonal (con acceso restringido a vehículos de residentes). Durante el desarrollo del concurso y tras la visita de campo al polígono, el promotor elabora las conclusiones de las cuales se expone parcialmente los aspectos más relevantes: "En la zona de proyecto está en vigor la normativa municipal que tienen todos los equipos, pero además es de aplicación la ley del suelo de Galicia, publicada 30 de diciembre de 2002 e a modificación 15/2004 da anterior do 29 de diciembre de 2004. Esta legislación implicaría una rebaja de la edificabilidad aplicada a este municipio de 0.85 m²/m², (...)" c) Propuesta ganadora El equipo ganador resultante del concurso anteriormente referido fue publicado en la página 1061 del B.O.E. del 30 enero de 2008 bajo el Lema OS171. A continuación se transcribe la memoria elaborada por el jurado de la solución ganadora: "A criterio de jurado el proyecto ganador desarrolla equilibradamente un conjunto de solicitaciones que se formulaban en el encargo: densificar un lugar en el que se han establecido hasta la fecha casas sobre parcelas en los caminos perimetrales, en aras a acoger la demanda creciente de vivienda que emigra de la vecina ciudad de Pontevedra y hacerlo sin recurrir a las tópicas ordenaciones de viviendas en altura sobre el patrón de manzanas de enchanche o las ordenanzas sobre alineaciones viarias y evitando, también, las afectaciones a los asentamientos suburbanos existentes. El proyecto ofrece una propuesta que satisface esas premisas con una idea coherente, atenta al lugar y capaz de sostener por su vigor la necesaria discusión posterior para su desarrollo. Propone organizar el espacio a partir de un procedimiento generador claro: descomponer el gran recinto interior mediante la formalización de nuevas trazas o franjas de suelo dispuestas en el sentido de la máxima pendiente a modo de peine. (...) Las franjas se disponen de un modo atento a los acuerdos con los lindes entre los predios de las casas existentes en el perímetro. Los edificios de viviendas se implantan seriados según un patrón tipológico y volumétrico unitario y tomando sus 5 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO fachadas principales la orientación mediodía. Esta disposición de los frentes y las sombras del lugar a una definición del espacio abierto a modo de estancias claras y flexibles, identificables y fluidas a la vez. La disposición de los edificios, decantada hacia las cotas bajas del Área de Proyecto, coincide con el segmento más denso de todo el perímetro. (...) Se trata de un nuevo acierto del proyecto el cual permite reducir el impacto de los nuevos volúmenes en la imagen general de lugar. este asunto es especialmente oportuno puesto que las laderas son muy visibles y con iniciativas de densificación pudieran fácilmente quebrarse. Este orden general de descomposición del conjunto facilita la asignación de los espacios públicos o colectivos intermedios entre los cuales cobra especial interés la propuesta de retomar la tradición de los huertos familiares y de proximidad que constituye la ocupación actual de dichos campos." Vista general de la propuesta ganadora 2.2 OBJETIVOS DE LA MODIFICACIÓN Los puntos anteriormente expuestos conducen a los objetivos y expectativas comunes de la Modificación Puntual del SUNC 2 y que se especifican a continuación: a) Adaptar las determinaciones del ámbito a la legislación vigente; b) Plantear una nueva ordenación capaz de dotar el polígono de un desarrollo urbano consolidado en lo cual se deberá tener en cuenta la posición central que el polígono actualmente ocupa; c) Desarrollar el uso residencial atendiendo a lo establecido por el Plan General de Ordenación Municipal de Poio; d) Plantear una solución volumétrica menos agresiva para el lugar con bloques abiertos por forma a minimizar el impacto visual de los volúmenes construidos; e) Plantear un sistema viario que permita una eficaz conexión entre las calles proyectadas y las existentes; f) Dotar el polígono de todas las infraestructuras y servicios previstos en el PGOM de Poio; h) Plantear la ordenación de nuevos espacios libres, zonas verdes y de uso público según lo establecido en el PGOM de Poio; 6 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO i) Contribuir para el desarrollo sostenible del municipio, mejorando la calidad del entorno habitable, beneficiando un asentamiento lo menos agresivo posible con el territorio. 2.3 JUSTIFICACIÓN DE LA MODIFICACIÓN PROPUESTA Los rápidos cambios de la realidad contemporánea verificados en los últimos años y los desafíos actuales a que se enfrenta el Hombre hacen del territorio y su planeamiento un instrumento de gran importancia a la hora de proponer soluciones reales y perdurables en el tiempo. Solo de esta manera se podrá ambicionar llegar a tener un planeamiento urbano más sostenible para las generaciones futuras. Las determinaciones y objetivos expresos en el PGOM de Poio para el SUNC 2 expressan, por un lado, la falta de un conocimiento más profundo del ambito de actuación, y por otro, son testimonio de un tiempo en lo que se tomaba como ciertos soluciones tipificadas para territorios y ambitos con caracteristicas y necesidades muy diferenciadas. A continuación se enumeran los aspectos fundamentales en que se apoya la justificación para la modificación propuesta: a) Las determinaciones definidas por el PGOM para el SUNC2 suponen la expropiación total de terrenos y edificaciones dentro del polígono, incluyendo su demolición, para que se pueda aplicar el plan tal como están configurados los viales y los bloques. La falta de flexibilidad en la definición planteada por el PGOM ha dificultado la aplicación real del plan. La modificación propuesta pasará necesariamente por definir un planeamiento capaz de relacionar las distintas realidades edificatorias en el ámbito, proponiéndose como un elemento de anclaje entre una zona norte consolidada de baja densidad y una zona sur de media densidad también consolidada. b) El PGOM no define una zona apropiada para el desarrollo de un área destinado al equipamiento público previsto por la legislación vigente. La configuración actual de los bloques del tipo cerrado (ordenanza del tipo nº3) no permiten la deseada flexibilidad para el futuro desarrollo de un equipamiento público destinado a los ciudadanos; c) El límite actual del SUNC2 definido en el PGOM no está ajustado al catastro ni tampoco a los limites de propiedad o viales existentes generando espacios residuales con dimensiones y formas irregulares. La modificación al plan pasará necesariamente por el ajuste del límite del ámbito capaz de anular las referidas irregularidades y garantizar el trazado de viales de eficaz conexión con las vías y calles en las inmediaciones. La posibilidad del reajuste de los límites del polígono están definidos en el art. 123 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia [con todas las modificaciones introducidas]. d) Los caminos actuales que existen en los límites del polígono son de naturaleza irregular y sin carácter público. Estos no permiten una eficaz articulación de la zona con el principal eje rodado en las inmediaciones, la carretera comarcal PO-308. El PGOM vigente define para la zona viales de disposición en malla regular que se sobreponen a las viviendas unifamiliares existentes comprometiendo desde luego su aplicación. 7 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO Por todo lo expuesto se concluye como justificable la propuesta de Modificación Puntual del SUNC 2 del PGOM de Poio, con el principal reto de capacitar la zona de un correcto y sostenible aprovechamiento del suelo. 2.4 POSIBILIDAD LEGAL DE LA MODIFICACIÓN DE PLANEAMIENTO La modificación del planeamiento está regulada, fundamentalmente, por los artículos 93 y 94 de la Ley de Ordenación Urbanística e Protección do Medio Rural de Galicia, Ley 9/2002 de 30 de diciembre y las modificaciones derivadas de: la ley 15/2004, do 29 de diciembre; ley 6/2007, do 11 de mayo, de medidas urgentes en materia de ordenación del territorio y del litoral de Galicia; ley 6/2008, do 19 de junio, de medidas urgentes en materia de vivienda y suelo; ley 3/2008, de 23 de mayo, de ordenación da minaría de Galicia; ley 18/2008, de 29 de diciembre, de vivienda de Galicia; ley 2/2010, de 25 de marzo; de medidas urgentes de modificación de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia y de la ley 15/2010 de 28 de diciembre. 3 DIAGNOSTICO DE LA SITUACIÓN ACTUAL 3.1 SITUACIÓN Y LOCALIZACIÓN El Municipio de Poio limita a norte con los municipios de Barro y Meis, a oeste con Meaño y Sansexo a sur con la ría de Pontevedra y a Este con el municipio de Pontevedra. El municipio de Poio se divide en cinco parroquias, del este para oeste: San Salvador (Poio), San Juan (Poio), Combarro, Samieira y Raxó. El ámbito del presente polígono se localiza en la parroquia de San Salvador (Poio) a norte de la carretera Comarcal PO-308 y está definido en el PGOM de Poio con una superficie total de 22.300 m². MAPA DE LAS PARROQUIAS DEL MUNICIPIO DE POIO - Fuente: Servidor de mapas georeferenciados GIS-CESGA 2010 8 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO 3.1.1 Escala territorial El ayuntamiento de Poio ocupa parte de la orilla norte de la ría de Pontevedra. Asentamiento de la población situada en una franja estrecha del territorio en la costa de la ría, formando una trama continua de núcleos de población alineados con caminos que se prolongan hasta el núcleo urbano de Pontevedra. La zona más próxima a la ciudad donde se sitúa el ámbito de planeamiento forma parte del entorno de expansión de la ciudad de Pontevedra. El SUNC2 está a dos (2) km del centro urbano de Pontevedra, ocupa una zona próxima a la carretera comarcal (PO-308), de lo que está separado por bloques de viviendas colectivas (manzana cerrada). 3.1.2 Escala urbana Poio se encuentra en el eje del oeste de Galicia, donde se sitúa la mayor densidad de población. Todo este eje se comunica por la autopista (próxima al polígono), la carretera comarcal y el ferrocarril. Poio y Pontevedra suman una población aproximada de 100.000 habitantes. El crecimiento urbano de los dos municipios ha sido continuo en las últimas décadas. En los últimos años, en Poio se han desarrollado diversos polígonos de vivienda colectiva destinados a primera residencia. El núcleo urbano de "Laxes" donde se localiza el SUNC 2, dispone de una densidad actual de Viviendas/Ha de 6,1635 del tipo "mixto". FOTO AÉREA DEL ÁMBITO 9 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO 3.1.3 Escala local El SUNC 2 delimitado en el PGOM de Poio presenta una forma irregular que se acerca a un círculo. Una de las características del ámbito es la predominancia de pequeñas parcelas rodeadas por caminos irregulares donde ocasionalmente se desarrollan viviendas unifamiliares asociadas a una parcela rustica con carácter disperso y desordenado. Junto a la carretera comarcal PO-308 o Avenida Porteliña a suroeste del polígono existen edificios de vivienda colectiva de construcción reciente con espacios con uso comercial en planta baja. El polígono está rodeado por caminos con carácter rural de acceso peatonal y rodado restringido. Estos caminos permiten el acceso directo a todas las viviendas unifamiliares que existen en los límites del polígono. Las edificaciones existentes dentro del polígono se ubican junto a sus límites, no existiendo ningún tipo de construcción habitable en el centro del polígono. El en interior del Polígono existen algunas construcciones y/o cabañas destinadas al apoyo y almacenaje de productos agrícolas. 3.2 POBLACIÓN El municipio de Poio comprende una población de 15.842 habitantes (INE 2008) y una densidad poblacional de 630 hab/km², por su cuenta la parroquia de San Salvador comprende un total de 6,542 habitantes así como la mayor densidad poblacional del municipio. La tendencia de las últimas décadas fue de un crecimiento general de la población en el Concello de Poio con una tendencia de concentración especial en la zona de influencia del centro urbano de Pontevedra, como se puede comprobar en el mapa de densidad poblacional. El SUNC 2 está cubierto por la zona roja con más densidad. MAPA DENSIDAD POBLACIONAL - Fuente: Servidor de mapas georeferenciados GIS-CESGA 2010 10 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO 3.3 ASPECTOS NATURALES 3.3.1 Clima La ría de Pontevedra y la proximidad con el atlántico influyen directamente en el clima del municipio de Poio. Esta influencia se manifiesta con inviernos suaves y veranos calientes; la media anual se acerca a los 15º C. En la zona del ámbito no supera la cota 65 no sufriendo la influencia de la montaña al norte del municipio. 3.3.2 Paisaje El apartado a) del artículo 1 del Convenio Europeo del Paisaje del año 2000 define como paisaje lo siguiente: “Por “paisaje” se entenderá cualquier parte del territorio tal como la percibe la población, cuyo carácter sea el resultado de la acción y la interacción de factores naturales y/o humanos.” El municipio de Poio se insiere en una unidad de paisaje de las Grandes Rías Gallegas que se caracterizan por la presencia de la ría de Pontevedra y el Monte Castrove, al norte del municipio, que llega a los 613 m de altura. El ámbito se insiere justo entre el litoral y la sierra disfrutando por un lado de las vistas hacia la ría de Pontevedra y el puerto de Marín y por otro a su espalda de la sierra y el Monte Castrove. Históricamente la dualidad entre la actividad piscatoria y la agricultura aportaran al paisaje local a lo largo de los siglos cualidades de innegable valor. Estés fueran, a lo largo de los siglos, agentes activos de regulación y equilibrio del hombre con el paisaje gallego, así que es de relevante importancia tomar consciencia de este valores a la hora de plantear y/o intervenir en estos territorios. 3.3.3 Topografía La topografía del polígono se define por una ligera pendiente que cae desde el nordeste hacia el suroeste, desde la cota 65 hasta la cota 52 y con una pendiente que no supera el 5% aproximadamente. En el centro suroeste del polígono hay una zona ligeramente más plana y el polígono no presenta ninguna irregularidad significativa en todo su ámbito. 3.3.4 Vegetación En las inmediaciones del ámbito el proceso de transformación de los suelos durante siglos por medio de su explotación esencialmente agrícola no ha permitido el mantenimiento de la vegetación autóctona. En el interior del ámbito existe especies de vegetación esencialmente vinculadas a la micro producción agrícola familiar. Así que no existe ninguna referencia de especies de vegetación que deba tener cualquier tipo de protección. 3.3.5 Hidrología En el polígono y en las inmediaciones no existe referencia aparente a la existencia de cualquier línea de agua y/o elemento natural de agua. 11 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO 3.4 SISTEMAS DE INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS 3.4.1 Viario La vía que estructura el acceso a la zona es la carretera comarcal PO-308 que conecta toda la orilla norte del municipio de Poio con el centro urbano de Pontevedra. Por su vez la carretera comarcal y la zona en las inmediaciones al polígono se enlazan con la Autopista del Atlántico AP-9 (Vigo-Pontevedra-Santiago) a través de un acceso directo por la carretera comarcal PO-309 y PO-308. El sistema viario actual en los límites del polígono no logra articular con la debida eficacia las edificaciones existentes. En el límite suroeste del polígono la "Rúa do Adro" es la única vía que tiene un carácter urbano, aún así por su irregularidad no permite la articulación de forma eficaz con la carretera comarcal, a sur y los caminos que rodean el polígono. Los caminos por su cuenta representan una realidad todavía de carácter rural de ancho irregular aproximadamente entre los 4 e 5m que enlazan con pequeñas plazas irregulares en los cruces con otros caminos y calles. CARTA MILITAR - fuente: Instituto Geográfico Nacional - Servidor de Imágenes y Mapas del IGN 3.4.2 infraestructuras Respecto a los sistemas de infraestructuras y servicios, en las inmediaciones del SUNC2 existen todas las infraestructuras previstas por el PGOM de Poio. A continuación se describen los tipos y características de infraestructura existente y su ubicación. a) red de agua - El polígono está dotado de una red de distribución de agua en todo su perímetro que suministra a todas las viviendas unifamiliares; 12 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO b) red de saneamiento - El polígono está dotado de una red de saneamiento en todo su perímetro que suministra a todas las viviendas unifamiliares; c) red de energía eléctrica - El polígono está dotado de una red de energía eléctrica aérea que suministra a todas las viviendas unifamiliares existentes. En la zona sur del polígono junto a la Avenida portaleña y Rúa do Adro la red es subterránea. d) red de suministración de gas – El limite sureste del Polígono (Rúa Viñas) está dotado de red de suministro de gas. La zona norte del polígono no dispone de suministro de gas e) alumbrado público - en los límites del polígono no existe una red de alumbrado de carácter público, no obstante la “Rúa do Adro” dispone de algunos elementos de alumbrado público. f) red de telecomunicaciones - El polígono está dotado de una red de telecomunicaciones aérea en sus límites que abastece a las edificaciones existentes así como, en sus inmediaciones, de una red de fibra óptica subterránea (cable) en la zona sur del polígono (Rúa do Adro). En interior del polígono no presenta en su totalidad alguna red de infraestructura, no obstante en sus límites, donde se encuentran las viviendas unifamiliares, existen todas las redes de infraestructuras anteriormente enunciadas. 3.4 CARACTERIZACIÓN DEL ÁMBITO 3.4.1 propiedad y catastro MAPA CATASTRO - LIMITE DEL SUNC2 - Fuente: Sede Electrónica de la Dirección General del Catastro El plan catastral se puede vislumbrar la predominancia del parcelario de reducidas dimensiones de dimensión aproximada entre los 40.00m² (mínimo) y los 2,223.00m² (máximo), según los datos 13 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO disponibles en la Sede Electrónica de la Dirección General del Catastro disponible en https://www1.sedecatastro.gob.es. Al analizar la zona desde el punto de vista del catastro, se observan que las parcelas que se encuentran dentro del polígono y que están todavía sin edificar, presentan características rusticas , como sería de prever en un ámbito históricamente de desarrollo rural. El límite del polígono definido por el PGOM de Poio no coincide en algunos momentos con la trama catastral originando en algunos casos espacios residuales sin cualidad urbanística, por su dimensión reducida y forma irregular. 3.4.2 Construcciones existentes En el ámbito se puede identificar un total de seis (6) edificaciones y algunos anejos (pequeños almacenes domésticos) que a continuación se hará una aproximación al área construida y a los usos implicados. Nº Uso 01 02 03 04 Vivienda Vivienda Vivienda Vivienda Sup. construída 212.00 m² 556.00 m² 192.00 m² 352.00 m² Sup. Suelo (libre) 527.00 m² 575.00 m² 362.00 m² 416.00 m² 14 Anejos/Almacen 46.00 m² 44.00 m² 87.00 m² EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO 05 06 Vivienda Vivienda Totales 416.00 m² 214.00 m² 907.00 m² 754.00 m² 126.00 m² - 1942.00 m² 3541.00 m² 303.00 m² A la hora de plantear la Modificación Puntual se van a considerar las superficies construidas existentes destinadas al uso residencial (viviendas unifamiliares). 3.4.3 reportaje fotográfico Rúa do Adro - Vista hacia oeste. A la derecha se encuentra el polígono SUNC2. Travesía Laxes - Vista sur, hacia el interior del polígono 15 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO Camiño Poio de Arriba - Vista sur, hacia el polígono y la ría de Pontevedra al fondo. Travessa Porteliña - Vista hacia norte del acceso. Rúa do Adro - Características de la vía, vista hacia oeste. Interior del Polígono - Vista norte, hacia las viviendas unifamiliares existentes de construcción reciente. 16 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO Estado de las construcciones dentro del ámbito de actuación [Referencia con el punto 3.4.2] : VIVIENDA 01- Vivienda unifamiliar habitada en 1ª Travesia Laxes. VIVIENDAS 02 Y 03- Viviendas unifamiliares habitadas en 1ª Travesia Laxes. VIVIENDA 04- Vivienda unifamiliar habitada en Camiño Poio de Arriba. 17 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO VIVIENDAS 05 y 06- Viviendas unifamiliar habitadas junto al Camiño Poio de Arriba. VIVIENDAS EN RÚA DO ADRO - Viviendas unifamiliares desocupadas y en algún estado de degradación. 18 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO 4 ALCANCE Y CONTENIDO DEL PLANTEAMIENTO 4.1 ALCANCE La presente modificación planteada tiene por objetivo definir una nueva ordenación y su consecuente nivel de detalle en todos los parámetros que se consideran pertinentes a su correcta interpretación y aplicación. Así se consideraron como mínimos los parámetros expuestos a continuación: a) Definición de las ordenanzas reguladoras propuestas para el ámbito de actuación y condiciones de ordenación, edificación y usos; b) Definición especifica de las condiciones de ordenación : Edificabilidad; alineaciones; profundidad máxima edificable. c) Definición especifica de las condiciones de edificación: Altura máxima, número de plantas, vuelos y otras condiciones; d) Definición del sistema de actuación previsto para el polígono; e) Definición de los aprovechamientos del polígono según los objetivos y la legislación vigente; f) Definición especifica de las condiciones de usos: Usos permitidos y autorizables por el PGOM. g) Definición del porcentaje de edificación residencial destinada a protección autonómica de promoción pública; h) Definición del suelo de cesión destinado al trazado de calles, acerados, zonas de aparcamiento y viales; i) Definición del suelo de cesión destinado a espacios libres públicos y zonas destinadas a espacios verdes; j) Definición de documentación grafica y planimetrías a distintas escalas y con el grado de detalle necesarios a la correcta interpretación. 4.2 PROPUESTA DE ORDENACIÓN A continuación se presenta un cuadro de valores urbanísticos comparativo a la situación inicial del PGOM vigente y la Modificación Puntual propuesta 19 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO CUADRO DE VALORES URBANÍSTICOS 20 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO 4.3 FUNCIÓN DEL PLANTEAMIENTO RESPECTO A LA SITUACIÓN DE PARTIDA La propuesta para la Modificación Puntual al PGOM de Poio para el Polígono SUNC2 tiene como principal función, tal como se ha contado en los apartados anteriores, la de proponer un planeamiento que resultará en una mejora substancial frente a la ordenación urbanística vigente. En el caso concreto del SUNC2 se comprobó que las determinaciones establecidas en el Plan General y el nivel de detalle a que llega no han permitido su eficaz aplicación. La indiferencia del plan frente a la complexidad local hicieron con que el plan no se pudiera aplicar, con lo que urge dotar el polígono de un instrumento urbanístico capaz de consolidar los terrenos actuales, posibilitando la futura edificación de un conjunto residencial y de un equipamiento público fundamental para la consolidación del tejido urbano del Municipio de Poio. Existe aún la necesidad de modificar el Plan General con la función de plantear el necesario ajuste al nuevo marco legal más exigente en materia ambiental y de edificabilidad. Estos factores suponen una necesaria revisión del planteamiento inicial para del SUNC2, una vez que tocan los factores base de su planteamiento como son: la ordenación urbanística (bloques y viales); la introducción de un área destinado a equipamiento público y la rebaja substancial de edificabilidad (del 1.65 m²/ m² para el 0.85 m²/ m²). 4.4 MARCO NORMATIVO Con el objetivo de establecer un marco de referencias legales de normas y legislación específica a nivel europeo, estatal, autonómico y municipal que directa o indirectamente afectan a la implementación de la Modificación Puntal se presenta a continuación un listado normativo aplicable. No obstante este listado no agota toda la legislación específica aplicable a la modificación puntual propuesta. a) Normativa europea - Directiva 85/337/CEE, del consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente; - Directiva 96/61/CE, de 24 de septiembre de 1996, relativo a la prevención y control integrado de la contaminación; - Directiva 97/11CE de 3 de marzo de 1997, que modifica la Directiva 85/337/CEE. -Directiva 2001/42/CE do Parlamento Europeo y el Concejo de 27 de Junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados Planos y Programas en el medio ambiente; - Directiva 2003/35/CE do Parlamento Europeo e del Concejo, de 23 de mayo de 2003, por la que se establecen medidas para la participación del público en la elaboración de determinados planos y programas relacionados con el medio ambiente y por la que se modifican, en cuanto a la participación del público e el acceso a la justicia, las directivas 85/337/CEE Y 96/61/CE del concejo (DOUEL 25 de junio) 21 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO b) Normativa estatal - Ley 9/2006 sobre evaluación dos efectos de determinados planes e programas en el medio ambiente; - Ley 6/2010, de 24 de marzo, de modificación del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero; - Ley 6/1998 Ley sobre Régimen del Suelo y Valoraciones 13/04/1998; - R.D.L. 3/1980, de 14 de Marzo, sobre creación de solo e axilización da xestión Urbanística; - RDL 16/1981, de 16 de Outubro, de adaptación de Plans Xerais de Ordenación Urbana. c) Normativa autonómica - La Ley 9/2002, do 30 de diciembre, de Ordenación Urbanística e Protección do Medio Rural de Galicia, y a su modificación por las siguientes leyes: Ley 15/2004, de 29 de diciembre; Ley 6/2007, de 11 de mayo, de Medidas Urgentes en Materia de Ordenación del Territorio y del Litoral de Galicia; Ley 6/2008, de 19 de junio, de Medidas Urgentes en Materia de Vivienda e Solo; Ley 3/2008, de 23 de mayo, de Ordenación da Minaría de Galicia; Ley 18/2008, de 29 De Diciembre, de Vivienda De Galicia; Ley 2/2010, de 25 de marzo, de Medidas Urgentes de modificación de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia; Y por la Ley 15/2010 de 28 de diciembre. - Decreto 9/2001, del 21 de Agosto, de conservación de la Naturaleza; - Ley 7/1995, de 29 de junio, de Delegación y Distribución de Competencias en Materia de Urbanismo DOG 134, de 13-07-95; - Ley 10/1995, de 23 de Noviembre, de Ordenación del Territorio de Galicia DOG 233; - Ley 12/2001 modificación de la ley de concentración parcelaria de Galicia 10/09/2001; - Orden 20/02/2006 plan de inspección urbanística autonómica; - Orden 14/05/1991 Normas Complementarias e Subsidiarias de Planeamiento da Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra. 14/05/1991; - Instrucción 1/1998 Instrucción sobre la aplicación da la ley del suelo de Galicia en el marco de la ley 6/1998 sobre o régimen del solo y valoraciones 24/07/1998; - Decreto 28/1999 Reglamento de Disciplina urbanística para el desarrollo y aplicación de la ley del suelo de Galicia 21/01/1999; - Ley 4/1994 del 14 de Septiembre de Carreteras de Galicia; - Ley 8/2001, del 2 de agosto, de protección de calidad das aguas de las rías de Galicia e de ordenación del servicio público de depuración de aguas residuales urbanas. - Resolución del 30 de abril de 2004, da Directiva Xeral de Conservación de la Natureza, pola que se dispón a publicación, no Diario Oficial de Galicia, da cartografía onde se recollen os límites dos espazos naturais declarados zonas de especial protección dos valores naturais polo Decreto 72/2004, do 2 de abril; - Decreto 442/1990, de 13 de setembro, de Impacto Ambiental (DOG nº 188, de 25/09/90); - Ley 7/1995, de 29 de Xuño, de Delegación e Distribución de Competencias en Materia de Urbanismo DOG 134, de 13-07-95; - Ley 10/1995, de 23 de Novembro, de Ordenación del Territorio de Galicia DOG 233, de 05-1295; - Ley de aguas de Galicia, Ley 9/2010 del 4 de noviembre. 22 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO 4.5 ESBOZO DE LAS ALTERNATIVAS QUE SE VAN A EVALUAR EN EL PROCESO PLANIFICADOR A continuación se hará un repaso por las alternativas a evaluar a la hora de plantear la Modificación Puntual del PGOM de Poio y de acuerdo con los criterios considerados en los apartados anteriores se entienden como alternativas para el SUNC 2 de San Salvador de Poio las siguientes: 1. Realizar la Modificación Puntual al Plan General para el Polígono 2 de San Salvador según los objetivos planteados por el PGOM de Poio y por el presente documento de inicio con el reto principal de proponer un instrumento planificador que permita su real aplicación. 2. Realizar un plan de desarrollo para el SUNC2 previsto en la legislación vigente que supondrá un necesario compromiso con la ordenación inicial definida en el PGOM vigente. 3. No realizar la Modificación Puntual. Se entiende la modificación propuesta al Plan General como de relevante interés público y que contribuirá a una mejora substancial de la ordenación urbanística vigente y la consecuente mejora de la calidad de vida de la población local. 5. DESARROLLO PREVISIBLE DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL La elaboración de una modificación puntual al Plan General supone un proceso de trámites y procedimientos que se enumeran y explican a continuación: 1) Documento de Inicio - El órgano promotor deberá solicitar al órgano ambiental que se pronuncie sobre la necesidad o no de que dicho proyecto se someta a la Evaluación Ambiental Estratégica y a la Evaluación de Impacto Ambiental. 2) Documento de referencia - El órgano ambiental deberá elaborar el documento de referencia y se deberá pronunciar sobre la necesidad de que el proyecto se someta o no evaluación de impacto ambiental. 3) Modificación puntual, informe de sostenibilidad ambiental y estudio de impacto ambiental - Después de la recepción del Documento de Referencia para la Evaluación Ambiental Estratégica y del informe del Alcance del Estudio del Impacto Ambiental elaborado por la consejería del Medio Ambiente se entregará la Modificación Puntual, Informe de Sostenibilidad Ambiental y Estudio de Impacto Ambiental. 4) Aprobación Inicial, Consultas y información pública - Terminada la fase de elaboración del planeamiento y antes de su aprobación inicial, los servicios técnicos y jurídicos municipales habrán de emitir informe respecto a la conformidad del plan con la legislación vigente y la calidad técnica de la ordenación proyectada, tras lo cual el expediente completo será remitido a la persona titular de la consejería competente en materia de urbanismo y ordenación del territorio para su informe, que deberá ser emitido en el plazo de dos meses conforme el art. 85 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, Ley de Ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia. Transcurrido este plazo sin que se hubiera comunicado el informe recabado, se entenderá emitido con carácter favorable y podrá continuar la tramitación del plan. El ayuntamiento procederá a la aprobación inicial del plan y, a continuación, el plan aprobado inicialmente con todos los documentos integrantes del expediente tramitado, incluido el informe de sostenibilidad 23 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO ambiental, será sometido simultáneamente a las consultas previstas en el documento de referencia y al trámite de información pública, mediante anuncio que se publicará en el Diario Oficial de Galicia y en dos de los periódicos de mayor difusión en la provincia. Simultáneamente y durante el mismo plazo, se dará audiencia a los municipios limítrofes. 5) Documento con las correcciones - Entrega del documento en el que se incorporen las correcciones como resultado de los informes evacuados, consultas y alegaciones derivadas de la exposición pública y propuesta de Memoria Ambiental. 6) Memoria Ambiental - El órgano ambiental en el plazo de dos meses desde la recepción de la documentación completa elaborará la memoria ambiental al objeto de valorar la integración de los aspectos ambientales en la propuesta del plan, en la que se analizarán el proceso de evaluación, el informe de sostenibilidad ambiental y su calidad, se evaluará el resultado de las consultas realizadas y cómo fueron tomadas en consideración y se analizará la previsión de los impactos significativos de la aplicación del plan. La memoria ambiental contendrá las determinaciones finales que deban incorporarse a la propuesta del plan. Tendrá carácter preceptivo y se tendrá en cuenta en el plan antes de su aprobación definitiva. 7) Entrega del documento de aprobación definitiva - Su entrega se producirá desde la recepción del último informe perceptivo. 8) Aprobación definitiva - Cumplidos los trámites señalados en los apartados precedentes, el pleno del ayuntamiento aprobará provisionalmente el contenido del plan con las modificaciones que fueran pertinentes y lo someterá, con el expediente completo debidamente diligenciado, al órgano autonómico competente que haya de otorgar la aprobación definitiva. La consejería, en el plazo de un mes, examinará con carácter previo la integridad documental tanto del proyecto de plan como del expediente y de las actuaciones administrativas realizadas, así como la adecuación a las determinaciones de memoria ambiental que deban incorporarse al plan. Una vez completado el expediente, el consejero o consejera adoptará motivadamente alguna de las siguientes decisiones: a) Aprobar definitivamente el plan. La aprobación podrá ser parcial cuando las deficiencias sólo afecten a áreas o determinaciones tan concretas que, prescindiendo de ellas, el planeamiento se pueda aplicar con coherencia. b) Si no procede otorgar la aprobación definitiva, el órgano competente señalará las deficiencias y subsiguientes modificaciones que procede introducir, al objeto de que, una vez subsanadas y aprobadas por el ayuntamiento, se eleve de nuevo el documento para su aprobación definitiva. c) Denegar la aprobación definitiva en el supuesto de que el plan en tramitación se estime inviable porque las deficiencias constatadas no sean susceptibles de enmienda El plan general se entenderá aprobado definitivamente si transcurren tres meses desde la entrada del expediente completo en el registro del órgano competente sin que éste hubiera comunicado la resolución, siempre que el plan contenga los documentos y determinaciones preceptivos. 24 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO 6. APROXIMACIÓN A LOS EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES De acuerdo con los criterios de ordenación expuestos en los apartados anteriores y sustentados en las determinaciones del Plan General de Ordenación Municipal de Poio se prevé que los efectos de la Modificación Puntual serán positivos basados en los aspectos que se enumeran a continuación: Aspectos positivos: - Rebaja del aprovechamiento tipo de 1,65 m²/m² , previsto en el PGOM para 0.85 m²/m² por la aplicación de la ley 9/2002 de 30 de diciembre (con todas las modificaciones introducidas); - Consolidación y ordenación de una bolsa de suelo con características rurales, en un entorno de inminente desarrollo urbano; - Rebaja del área total de implantación de la edificación dentro del Polígono, permitiendo una mayor liberación del suelo, disminuido el área de contacto con el suelo; - Ordenación del tipo de manzana abierto que permitirá un mejor compromiso urbanístico con los bloques de manzana cerrada, a sur del polígono y las viviendas unifamiliares a norte del polígono; - Rebaja de la densidad edificatoria respecto a la situación inicial, disminuido el impacto visual y físico de las construcciones y volúmenes; - Rebaja del número total de viviendas respecto a la ficha del Polígono 2 de PGOM de Poio permitiendo matizar la densificación desde la zona más al sur, junto a la carretera comarcal PO308 (más densidad) y a norte del polígono (más disperso); - Aumento del área prevista para espacios libres, donde se prevé el desarrollo de huertos comunitario, jardines, áreas de esparcimiento y recreo para la población en las inmediaciones; - Incremento al número de viviendas disponibles en la Parroquia de San Salvador (Parroquia de Poio con un mayor crecimiento demográfico de las últimas dos décadas - INE), permitiendo que la población se concentre más cerca de del área correspondiente al perímetro urbano de Pontevedra; - Dotación de servicios y comercio locales en el polígono más ajustado a la densidad de población existente, disminuido el número de desplazamientos al centro urbano más cercano. - Definición de un espacio destinado a equipamiento público; - Construcción de aparcamientos bajo rasante de una sola planta en la zona suroeste del polígono con el objetivo de limitar la intervención en el substrato del suelo; - Previsión de aparcamientos de titularidad pública. Aspectos negativos: - Aumento del consumo de recursos; agua, energía eléctrica, gas y suelo. - Aumento de generación de residuos sólidos y otros; - Impacto del suelo previsible con el movimiento de tierras y de maquinarias necesarias para la llevar a cabo la ejecución del plano (edificación y infraestructuras); 25 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO 7. LOS EFECTOS PREVISIBLES SOBRE LOS ELEMENTOS ESTRATÉGICOS DEL TERRITORIO, SOBRE LA PLANIFICACIÓN SECTORIAL IMPLICADA, SOBRE LA PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y SOBRE LAS NORMAS APLICABLES Los presumibles efectos que la Modificación Puntual del PGOM podrá tener sobre la planificación sectorial serán con respecto a redes e infraestructuras de servicio tales como: carreteras y/o caminos, aguas, telecomunicaciones, energía eléctrica y red gas; que exija en planeamiento con respecto a las normas sectoriales aplicables a la operación urbanística. Los presumibles efectos que la planificación podrá tener sobre la planificación territorial deben de ser considerados en el caso de los que ocurran en el medio natural. En el municipio de Poio existen algunas zonas con interés natural que están definidos en la Directiva 92/43/CEE, no obstante en el caso del ámbito que este documento de inicio trata no se aplica. En el Municipio de Poio no existen espacios protegidos clasificados tales como: reserva natural, parque nacional; unidad de paisaje protegida, así como tampoco existen espacios de la red Natura 2000. 26 EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL SUNC2 DEL PGOM DE POIO DOCUMENTO DE INICIO 8. PLANOS ÍNDICE DE PLANOS: 01. INFORMACIÓN: SITUACIÓN Y RELACIÓN CON EL P.G.O.M. DE POIO 02. INFORMACIÓN: ORDENACIÓN SEGÚN EL P.G.O.M. DE POIO 03. PROPUESTA: DELIMITACIÓN DEL ÁMBITO 04. PROPUESTA: TOPOGRAFÍA Y DELIMITACIÓN DEL ÁMBITO 05. PROPUESTA: ZONIFICACIÓN 06. PROPUESTA: ORDENACIÓN DE VOLÚMENES Silves, 11 de marzo de 2011 ___________________________________________ Fdo. Camilo Rebocho Vaz, Arqtº 27 S.U. E.O. S.N.R S.R.C. E.E. T. N. M. S.R.C. S.R.C. E.D. S.U.Z. E.I. E.S. E.O. S.R.A. E.O. S.N.R. N. S.R.A. S.R.P.F. S.N.R. M. LAXES SINEIRO E.S. E.R. CAEIRA S.R.C. E.S.-C. S.U. SUNC 2 S.R.P.A. S.R.P.E. S.R.P.A. S.R.A. S.U.N.C. 2 S.R.P.C. S.R.A. S.R.C. S.U. S.R.P.A. S.R.A. S.N.R. M. ANAFANS E.S. S.N.R. M. VIEIRO S.R.A. S.N.R. M. S.N.R. T. MATO PORTO SANTO S.R.P.C. S.R.C. E.O. RIAL S.R.C. Promotor Promotor de - SUNC-2 de San Salvador de Poio - Ayuntamiento de Poio - Instituto Gallego de Vivenda e Solo S.R.P.C. S.R.P.C. Equipo redactor Fase PLANO fecha escala DOCUMENTO DE INICIO marzo . 2011 1 : 5 000 .01 Promotor Promotor de - SUNC-2 de San Salvador de Poio - Ayuntamiento de Poio - Instituto Gallego de Vivenda e Solo Equipo redactor Fase PLANO fecha escala DOCUMENTO DE INICIO marzo . 2011 1 : 1 500 .02 DE II ARRIBA I VINAS TRAVESIA 2a. II CAMINO III II X LA ES I C I II C C TRAVESIA H II C II I I I 2a. C II II C C I C II II I II II I II C POI C C Er O H I II C C A II II II C III III II C I III II II Er C ARRIB TR II II H C DE II III II C C C I I I C II VINA I II II C SIA II C III II I C C C AV E C C S POIO VINAS II RUA II lar C up Gr C H LA XE S II C II H II o C/H co Es C C II Er C SSA C III TRAVE C TRAVESIA II LAXES C Er II C Er CAMINO Er II C II Er C II I II C C C I C II II H C II Er I II IV C I II II II II O EIR UC O O ADR RUA D II III III I A II DO II RU C IV C V Er II II II II III C II II IV H Er I I O H I CR C R AD I C TRAVESIA PO RTELINA C H C C C II III Er RUA II II DO I II ADRO IV II IV IV III C Promotor Promotor de - SUNC-2 de San Salvador de Poio - Ayuntamiento de Poio - Instituto Gallego de Vivenda e Solo AVDA. PORTELINA Equipo redactor Fase PLANO fecha escala DOCUMENTO DE INICIO C - 550 C C II II I I V marzo . 2011 1 : 1 000 .03 DE II ARRIBA I VINAS TRAVESIA 2a. II CAMINO III II I X LA ES C I II 77.00 C C TRAVESIA I II C III II 76.00 C C C H II C 75.00 II I I I C 2a. 74.00 73.00 II II C C I C II II I II II I 71.00 II C POI C C 70.00 Er O H I II C II C A II II II C 68.00 III II III II II III C I 67.00 Er C ARRIB TR 70.00 69.00 H C DE II III II C C C I I I C II VINA I 72.00 II II C SIA C 78.00 AV E 79.00 C S POIO VINAS II RUA II C up Gr C H LA XE 66.00 S II C 65.00 C C II 64.00 63.00 lar II H II o co Es Er C SSA C III TRAVE C TRAVESIA II C LAXES 62.00 60.00 C Er Er CAMINO 61.00 Er II II C II Er C II 59.00 I II C C C I C II II H C II Er I II IV C I II II II II EIR III III I A H 57.00 II DO II RU C IV C V Er II II II II III C II II IV O Er I I R AD O UC O O ADR RUA D II H I CR C 58.00 I C TRAVESIA PO RTELINA C H C C C II III Er RUA II II DO I II ADRO IV II IV IV III C Promotor Promotor de - SUNC-2 de San Salvador de Poio - Ayuntamiento de Poio - Instituto Gallego de Vivenda e Solo AVDA. 56.00 PORTELINA Equipo redactor Fase PLANO fecha escala DOCUMENTO DE INICIO C - 550 C C II I I V marzo . 2011 1 : 1 000 .04 POIO DE II ARRIBA 2a. I VINAS TRAVESIA II CAMINO III II S XE LA I C I II C C TRAVESIA II C III II I C C C H II C II I I I 2a. C II I II C C I C C C I II I C POI Er O DE II III H C I I II C VINA II I C II II II II II C II Er C ARRIB A II 5 TR AV ES IA C C S II II VINAS II RUA II C II II C I III II II III lar C C po co Es u H Gr LA XE S II a,b,c II H C II C II C TRAVE S SA C C II LAXES C Er TRAVESIA III Er IV CAMINO Er II C II Er C II I II C C C I C III C II C I II C H II I II IV II C Er E UC H I IRO CR C O O ADR RUA D II I III I III A H II RU DO I RO AD IV II C IV C V Er II II II AVDA. PORTELINA II III C II II IV TRAVESIA PO RTELINA C H II C RUA II II DO I II ADRO IV II IV IV Promotor Promotor de III C - Instituto Gallego de Vivenda e Solo II Equipo redactor Fase PLANO fecha escala DOCUMENTO DE INICIO C - 550 C C I - SUNC-2 de San Salvador de Poio - Ayuntamiento de Poio V II marzo . 2011 1 : 1 000 .05 POIO DE II ARRIBA I VINAS TRAVESIA 2a. II CAMINO III II S XE LA I C I II C C TRAVESIA II C III II I C C C H II C II I I I 2a. C II I II C I R.C. b02 C I I I 5 II III B+5 E.L.Pu R.U. 04 5 Er O DE C 5 A II CALLE PEATON AL 5 R.U. 06 Er C ARRIB II II PLAZA H C II R.U. 02 I C POI C c B+5 II II R.C. b01 III C C R.U. 05 R.U. 03 II II 5 C VINA I CALLE PEATONAL c I II I C II II II C E.L.Pu C II II II C TR AV ES IA C C S II II VINAS II RUA II C III C IDO RING T RES C LA XE S B+5 B+1 H B+1 R.C. a01 SA B+1 TRAVE S a II R.C. a02 CALLE PEATON AL a B+1 a R.C. a04 E.L.Pu PATIO B+5 E.L.Pu B+5 Er CALLE PE ATONAL LAXES C C PATIO CALLE PEATON AL II Er R.C. a03 R.C. b01 CALLE PEATONAL III TRAVESIA C b PATIO a PATIO CALLE PEATONAL 5 R.U. 01 C CALLE PEATONAL C II co Es II O C II po u Gr GID PATIO TRIN H RES B+1 II lar E.L.Pu ESO II ESO ACC C ACC III II Er IV Er 7.0 2.0 II 2.0 5.0 C 16.0 CAMINO B+5 II Er C II E.L.Pu EQ.Pu C C I C H C II II C I II IV C C ADRO RUA DO A II RU IV II C III I IV C V Er II III II PORTELINA II III C II II II AVDA. Er I I RO AD H I E UC IV H II IRO CR 7.0 1.0 II DO I II 3.4 2.5 13.8 C H II C 2.5 7.0 2.52.5 14.5 III TRAVESIA PO RTELINA C I CALLE PEATONAL II C RUA II II DO I II ADRO IV II IV IV Promotor Promotor de III C - Instituto Gallego de Vivenda e Solo II Equipo redactor Fase PLANO fecha escala DOCUMENTO DE INICIO C - 550 C C I - SUNC-2 de San Salvador de Poio - Ayuntamiento de Poio V II marzo . 2011 1 : 1 000 .06