verificación de certificados de conformidad ingresados al
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verificación de certificados de conformidad ingresados al
Organismo de Acreditación Ecuatoriano P015 R00 Organismo de AcreditaciónEcuatoriano Verificación ECUAPASS 2013-10-31 Pág. 1/10 PO15 R00 2013-10-31 Procedimiento Operativo VERIFICACIÓN DE CERTIFICADOS DE CONFORMIDAD INGRESADOS AL SISTEMA ECUAPASS El presente documento se distribuye como copia no controlada. Su revisión vigente debe ser consultada en la página web OAE, www.oae.gob.ec Elaborado por: DC Fecha: L. Jácome 2013-10-14 Revisado por: DC Fecha: M. Romo 2013-10-17 Aprobado por: DE Fecha: E. Ruiz 2013-10-23 Organismo de Acreditación Ecuatoriano - OAE PO15 R00 Verificación de Certificados de conformidad Ingresados al sistema ECUAPASS ÍNDICE 1. OBJETO .......................................................................................................................................... 3 2. ALCANCE ....................................................................................................................................... 3 3. DOCUMENTOS DE REFERENCIA ..................................................................................................... 3 4. DEFINICIONES ................................................................................................................................ 3 5. RESPONSABILIDADES ..................................................................................................................... 4 6. VERIFICACIÓN DE CERTIFICADOS DE CONFORMIDAD .................................................................... 5 6.1. 6.2. 6.3. 6.4. 6.5. REGISTRO EN ECUAPASS E INGRESO DE SOLICITUD................................................................................ 5 VERIFICACIÓN DEL CERTIFICADO .......................................................................................................... 7 RAZONES PARA LA NO APROBACIÓN DE CERTIFICADOS DE CONFORMIDAD .................................................... 8 VERIFICACIÓN DEL ESTADO DE APROBACIÓN .......................................................................................... 9 NOTAS ACLARATORIAS ...................................................................................................................... 9 7. REGISTROS .................................................................................................................................. 10 8. ANEXOS ....................................................................................................................................... 10 Pág. 2 de 10 Organismo de Acreditación Ecuatoriano - OAE PO15 R00 Verificación de Certificados de conformidad Ingresados al sistema ECUAPASS 1. OBJETO Establecerel procedimientoque aplica el OAE para la verificación de los certificados de conformidad de producto, informes de inspección o reportes de ensayo ingresados al sistema de ECUAPASS para la importación de bienes sujetos a reglamentación técnica en el Ecuador. 2. ALCANCE Este procedimiento se aplica a la verificación por parte del OAE de la validez y vigencia de todos los certificados de conformidad de producto, informes de inspección o reportes de ensayo que ingresan al sistema ECUAPASS. 3. DOCUMENTOS DE REFERENCIA En la realización de este procedimiento se han considerado los criterios y/o recomendaciones establecidas en los siguientes documentos: 4. NTE INEN-ISO/IEC 17011 Evaluación de la conformidad – Requisitos generales para los organismos de acreditación que realizan la acreditación de organismos de evaluación de la conformidad Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad Ley 2007-076, publicada en el suplemento del Registro Oficial No. 26 del jueves 22 de febrero del 2007, reformada mediante el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, publicado en el suplemento del Registro Oficial No. 351 del 29 de diciembre de 2010. Resolución No. 001 del Comité Interministerial de la Calidad "Marco general ecuatoriano para la Evaluación de la conformidad" y el "Manual de procedimientos previo a la nacionalización, comercialización y vigilancia en el mercado en todas sus etapas para los bienes producidos, importados y comercializados sujetos a reglamentación técnica ecuatoriana”, publicados en el Registro Oficial No.4 del 30 de mayo del 2013. Resolución No. 002 del Comité Interministerial de la Calidad Que reforma la Resolución No. 001 con referencia a los productos no incluidos, casos de excepción y procedimiento. DEFINICIONES Certificado de conformidad: Documento emitido de conformidad con las reglas de un sistema de evaluación de la conformidad en el que se declara que un producto debidamente identificado es conforme con un reglamento técnico o procedimiento de evaluación de la conformidad. Pág. 3 de 10 Organismo de Acreditación Ecuatoriano - OAE PO15 R00 Verificación de Certificados de conformidad Ingresados al sistema ECUAPASS NOTA: Para efectos prácticos, el OAE puede referirse en este documento como “certificado de conformidad” a un certificado de conformidad de producto, certificado de conformidad con un sistema de gestión, reporte o informe de inspección y reporte o informe de ensayos, indistintamente. Organismo de evaluación de la conformidad (OEC): Organismo que realiza servicios de evaluación de la conformidad. Puede ser un laboratorio, un organismo de inspección o un organismo de certificación. Organismo de acreditación: Organismo con autoridad que lleva a cabo la acreditación, es decir la atestación de tercera parte relativa a un organismo de evaluación de la conformidad que manifiestala demostración formal de su competencia para llevar a cabo tareas específicas de evaluación de la conformidad. En el Ecuador, el ente oficial de acreditación es el Organismo de Acreditación Ecuatoriano (OAE). Evaluación de la conformidad:Demostración de que se cumplen los requisitos especificados en documentos normativos (tales como reglamentos, normas y especificaciones técnicas) relativos a un producto, proceso,sistema, persona u organismo. Estas actividades pueden ser el ensayo/prueba, la inspección y la certificación. ECUAPASS: Sistema aduanero ecuatoriano que permite a los Operadores de Comercio Exterior poder realizar todas sus operaciones aduaneras de importación y exportación. El ECUAPASS está conformado por 10 módulos articulados, que permiten realizar todo trámite aduanero, uno de los cuales es el Portal de Comercio Exterior y Ventanilla Única Ecuatoriana. Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE): modulo del ECUAPASS que a través de una herramienta electrónica permite realizar la generación de la Declaración Juramentada de Origen (DJO), Certificado de Origen (CO) y todo tipo de licencia de importación, como registro sanitario, permisos y otros documentos de acompañamiento(revisar el Art. 72 del reglamento al libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, COPCI). Consularización: Acto de autenticación de cualquier documento legal realizado por la embajada / consulado del país de procedencia de dicho documento. Apostillado: Método simplificado de legalización de documentos a efectos de verificar su autenticidad en el ámbito internacional. Es realizado entre los países miembros de la Convención de la Apostilla. 5. RESPONSABILIDADES Dirección de Certificación (DC): Administrar en el OAE los procesos de verificación de certificados de conformidad para importación de bienes, a través del sistema ECUAPASS. DirecciónEjecutiva (DE):Disponer las políticas que aplica el OAE para las actividades de verificación de certificados de conformidad para importación de bienes. Aprobar este procedimiento. Dirección de Gestión de Calidad (DGC): Controlar el documento, revisarlo, difundirlo una vez aprobado. Directores de Área (DA): Responsable del control y cumplimiento de este documento y la revisión y/o modificaciones que se puedan generar. Pág. 4 de 10 Organismo de Acreditación Ecuatoriano - OAE PO15 R00 Verificación de Certificados de conformidad Ingresados al sistema ECUAPASS Personal técnico y administrativo del OAE, importadores y usuarios del ECUAPASS: Conocer y cumplir con lo establecido en este documento en el proceso de verificación de certificados de conformidad. 6. VERIFICACIÓN DE CERTIFICADOS DE CONFORMIDAD 6.1. Registro en ECUAPASS e ingreso de solicitud El proceso inicia con el ingreso de la solicitud por parte del importador en el sistema ECUAPASS a través de la página web portal.aduana.gob.ec.Para ello el importador debe estar registrado y haber obtenido la firma electrónica (token) en las entidades autorizadas para el efecto, como son el Banco Central de Ecuador o la empresa Data Security. El importador ingresa al sistema ECUAPASS usando su nombre de usuario y contraseña, otorgados por el propiosistema,luego de esto procede al ingreso de su solicitud, e ir al enlace de la VUE. Para la elaboración y registro de la solicitud, en la barra de menú ingresa a Elaboración de solicitud /Documentos de Acompañamiento /Listado de Documentos de Acompañamiento. Escoge la Institución [OAE] Organismo de Acreditación Ecuatoriano yda clic en consultar.Al seleccionar en la información Resultado OAE se activa la barra inferior y da clic en Solicitar. Pág. 5 de 10 Organismo de Acreditación Ecuatoriano - OAE PO15 R00 Verificación de Certificados de conformidad Ingresados al sistema ECUAPASS El importador procede a ingresar los datos de su solicitud en los campos obligatorios requeridos por el sistema ECUAPASS. Una vez que se han llenado los campos se adjunta el certificado de conformidad y procede a su envío dando clic en Traer. El OAE recibe la información de la solicitud e impone la tasa para que sea cancelada por el importador en los bancos autorizados, los cuales están detallados en la orden de pago de tasas que el importador obtiene en el mismo sistema ECUAPASS.La vigencia de la papeleta tiene una validez máxima de 15 días a partir de realizado el depósito, transcurrido ese tiempo debe realizarse un nuevo pago. El importador debe subirla orden de pago y el comprobante de depósito en el link enviado a su correo electrónico para el efecto (http://www.oae.gob.ec/oae_comprobantes/comprobante.php).Una vez llenos los campos solicitados da clic en Enviar. El OAE recibe los documentos de pago y procede a su revisión, confirma el pago y luego continúa con la revisión del certificado de conformidad. Pág. 6 de 10 Organismo de Acreditación Ecuatoriano - OAE PO15 R00 Verificación de Certificados de conformidad Ingresados al sistema ECUAPASS 6.2. Verificación del certificado El área de Certificación del OAE valida el certificado de conformidadpara lo cual realiza las siguientes actividades: a) Verificar la vigencia y el alcance de la acreditación del organismo de evaluación de la conformidad (OEC) que emite el certificado, en el sitio web del organismo acreditador correspondiente. b) Comprobar que los certificados de conformidad hagan referencia a un documento normativo y al producto objeto de la solicitud, información que debe ser coherente con lo indicado en el alcance de la acreditación del organismo de evaluación de la conformidad. c) Verificar la validez de los certificados de conformidad a través de la información pública disponible en las páginas web de los OEC o entidades rectoras en los países de origen. Pág. 7 de 10 Organismo de Acreditación Ecuatoriano - OAE PO15 R00 Verificación de Certificados de conformidad Ingresados al sistema ECUAPASS d) En el caso de que la información no esté disponible por este medio, el importador deberá ingresar al sistema ECUAPASS los certificados de conformidad apostillados o consularizados, según corresponda, por las autoridades competentes de los países de procedencia de los documentos. e) Los certificados deben estar en idioma español o a su vez acompañados por una traducción al español certificada o apostillada. f) 6.3. Cuando sea necesario, el importador será el responsable de realizar las consultas internacionales pertinentes para demostrar la veracidad de los documentos y salvar las dudas o inconsistencias relacionadas con la validez o alcance de los certificados de conformidad. El OAE dará respuesta al trámite del solicitante en un tiempo no mayor a 5 días hábiles. En los casos en los que los requisitos de validación no se hayan cumplido, el trámite quedará abierto hasta que la información necesaria para resolverlo sea proporcionada al OAE. Razones para la no aprobación de certificados de conformidad El área de Certificación del OAE no aprobará y devolverá los certificados de conformidad en los siguientes casos: a) Cuando los certificados de conformidad sean emitidos por un OEC que no se encuentre acreditado por una entidad reconocida por el OAE, dentro de los acuerdos de reconocimiento mutuo suscritos por este organismo. b) Cuando el certificado de conformidad no esté vigente. c) Cuando la acreditación del OEC no esté vigente. d) Cuando el certificado no esté apostillado o consularizado (según corresponda). e) Cuando la documentación no esté completa. f) Cuando el certificado no sea entregado en el idioma español y no se haya anexado una traducción certificada o apostillada. El área de Certificación del OAE no aprobará los certificados y esperará a que sea proporcionada la información necesaria para poder decidir sobre su aceptación,en los siguientes casos: g) Cuando el documento sea ilegible. h) Cuando no se disponga de información que permita verificar la validez de los certificados de conformidad, dentro de los 5 días calendario. i) Cuando se hayan expresado consultas o quejas por parte del OAE al organismo acreditador del OEC, o directamente al OEC. j) Cuando el producto y/o el documento normativo indicado en el certificado de conformidad no coincidan con lo señalado en el alcance de acreditación otorgada al OEC. k) Cuando la información publicada en la página web del OEC no corresponde a la detallada en el certificado presentado. Pág. 8 de 10 Organismo de Acreditación Ecuatoriano - OAE PO15 R00 Verificación de Certificados de conformidad Ingresados al sistema ECUAPASS l) En los casos en los que exista evidencia que ponga en duda los resultados emitidos por el OEC o estos hayan sido cuestionados por autoridades de control. El OAE procederá a suspender temporalmente la aprobación de todos certificados ingresados por el importador hasta que se presenten los justificativosrequeridos. En los casos j), k) y l) adicionalmente,la información relevante será remitida a la Subsecretaría de la Calidad a fin de que se inicien las investigaciones respectivas de acuerdo a lo que establece el Art. 52 y siguientes de la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad. Enlos casos en los que exista evidencia suficientede adulteración de documentos, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal aplicable, el OAE suspenderá de forma definitiva la aprobación de los certificados para el importador. Cuando existan denuncias o quejas emitidas por el OAE ante un organismo de evaluación de la conformidad y/o unorganismo acreditador, el OAE suspenderá el reconocimiento de la acreditación otorgada al organismo evaluador de la conformidad,y por tanto de sus certificaciones, hasta obtener respuesta satisfactoria, conforme a los requisitos establecidos en las normas de acreditación aplicables, que permita solventar dichas denuncias o quejas. Así mismo, el OAE podrá dejar de reconocer las acreditaciones dadas por el organismo de acreditación que no haya actuado acorde a los principios antes mencionados. 6.4. Verificación del estado de aprobación El importador podrá verificar el estado del proceso de aceptación o no del certificado de conformidad a través de sistema ECUAPASS. 6.5. Notas aclaratorias El OAE publicará en su página web un registro de los certificados de conformidad que ha aprobado, señalando el nombre del organismo de evaluación de la conformidad emisor del certificado, el país de origen, el producto y más información. Pág. 9 de 10 Organismo de Acreditación Ecuatoriano - OAE PO15 R00 Verificación de Certificados de conformidad Ingresados al sistema ECUAPASS El OAE no garantiza que la normativa con la cual se emite el certificado de conformidad es equivalente a la ecuatoriana, exigida a través del reglamento técnico aplicable. Esta actividad es facultativa del Instituto Ecuatoriano de Normalización y es responsabilidad del importador asegurar a través de las autoridades competentes la equivalencia de las normativas. Es obligación del importador informarse sobre las disposiciones regulatorias establecidas,a través de las páginas web de las instituciones que forman parte del ECUAPASS o de su participación en charlas de difusión realizadas por estas instituciones. 7. REGISTROS Registros existentes en el sistema ECUAPASS. 8. ANEXOS Sin anexos ----- fin del documento ----- Control de Cambios Modificaciones 2013-10-31 R00 Emisión del documento Localización del cambio (artículo, numeral, etc.) Supresión Revisión Adición Fecha Contenido Modificado Pág. 10 de 10