Resolución General de AFIP Nro. 3952/2016 Estimados
Transcripción
Resolución General de AFIP Nro. 3952/2016 Estimados
Rosario, 07 de noviembre de 2016 Comunicación Nro. 734 – Resolución General de AFIP Nro. 3952/2016 Estimados Agentes: Les informamos que en el día de la fecha se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General Nro. 3952 de la Administración General de Ingresos Públicos, la cual dispone que los Sujetos Obligados indicados en el Artículo 20 de la Ley Nro. 25.246 y sus modificaciones, (con excepción de los detallados en su inciso 17), en el marco de la Prevención contra el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo, a los fines de elaborar el perfil de clientes, deberán abstenerse de requerir a éstos las declaraciones juradas de impuestos nacionales que presenten ante AFIP. La mencionada resolución puede obtenerse en el siguiente link. Le saluda Atte, C.P. Diego G. Fernández. Gerente General Mercado a Término de Rosario S.A. Mercado a Término de Rosario S.A. Mercado registrado ante CNV bajo el Nº de matrícula 20 Rosario: Paraguay 777 Piso 15º, S2000CVO, Argentina I Tel: +54 341 5302900 Capital Federal: Reconquista 458 Piso 7º, C1003ABJ I Tel: +54 11 51992111 www.rofex.com.ar
Documentos relacionados
Rosario, 26 de Julio de 2016 Comunicación Nro. 719 – Autorización
Comunicación Nro. 719 – Autorización de Agente para ofrecer DMA Estimados Agentes: Se les comunica que se aprobó la solicitud recibida por parte del Agente BULL MARKET BROKERS S.A. para ofrecer el ...
Más detalles