informe final 125-11 centro de investigación minera y metalúrgica
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informe final 125-11 centro de investigación minera y metalúrgica
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA Division de Auditoria Administrativa Area Empresas Informe Final Centro de Investigacion Minera y Metalurgica Fecha : N° Informe : 17 de octubre de 2011 125/2011 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA EMPRESAS D.A.A. N° 1586/2011 REMITE COPIA DEL INFORME FINAL N° 125, DE 2011, SOBRE FISCALIZACION AL PROCESO DE ENAJENACION DE ACCIONES DEL CENTRO DE INVESTIGACION MINERA Y METALURGICA. SANTIAGO, 1 7. OCT 2 0 1 1.065184 Cumplo con enviar a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, copia del Informe Final senalado en el epigrafe, con el resultado de la auditoria practicada por esta Division en la Entidad de Ia referencia. Sobre el particular, corresponde que ese Servicio implemente las medidas senaladas, cuya efectividad, conforme a las politicas de esta Contraloria General sobre seguimiento de los programas de fiscalizacion, se comprobaran en una proxima visita a Ia Entidad. Saluda atentamente a Ud., , POR ORDEN D /111 ,11 I: oroth Perez Gutierrez ABOGADO SUBJEFE DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA ::, AL SENOR DIRECTOR EJECUTIVO CENTRO DE INVESTIGACION MINERO Y METALURGICO, CIMM PRESENTE YAD/eig 0.-sryst.,4„ \51,, 1i WI MI CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA EMPRESAS GALS D.A.A. N° 1587/2011 REMITE COPIA DEL INFORME FINAL N° 125, DE 2011, SOBRE FISCALIZACION AL PROCESO DE ENAJENACION DE ACCIONES DEL CENTRO DE INVESTIGACION MINERA Y METALURGICA. SANTIAGO, 1 7 OCT 1 1*0 65185 Cumplo con enviar a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, copia del Informe senalado en el epigrafe, con el resultado de la auditoria practicada por esta Division en la Entidad de la referenda. Saluda atentamente a Ud., RALOR GENERAL Duro .1 = a UralelTeZ ABOGADO SUBJEFE DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA Pltsik r AL SENOR PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO CENTRO DE INVESTIGACION MINERA Y METALURGICA. PRESENTE YAD/eig RTE ANTECED CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA EMPRESAS D.A.A. N° 1588/2011 REMITE COPIA DEL INFORME FINAL N° 125, DE 2011, SOBRE FISCALIZACION AL PROCESO DE ENAJENACION DE ACCIONES DEL CENTRO DE INVESTIGACION MINERA Y METALURGICA. SANTIAGO, 1 7. OCT 1 1 *0 6 5 1 8 6 Cumplo con enviar a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, copia del Informe senalado en el epigrafe, con el resultado de la auditoria practicada por esta Division en la Entidad de la referencia. Saluda atentamente a Ud., a EMI. P Perez Gutierrez GA90 SUBJEFE DIVISION a AUDITORIA ADMINISTRATIVA Doroth AL SENOR AUDITOR INTERNO CENTRO DE INVESTIGACION MINERA Y METALURGICA PRESENTE YAD/eig RTE ANTECED CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA yu at DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA EMPRESAS D.A.A. N° 1589/2011 REMITE COPIA DEL INFORME FINAL N° 125, DE 2011, SOBRE FISCALIZACION AL PROCESO DE ENAJENACION DE ACCIONES DEL CENTRO DE INVESTIGACION MINERA Y METALORGICA. SANTIAGO , 1 7. OCT 1 1 *06 518 Cumplo con enviar a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, copia del Informe senalado en el epigrafe, con el resultado de Ia auditoria practicada por esta Division en Ia Entidad de Ia referencia. Saluda atentamente a Ud., ,0011111/./Mr ...„„a01 014 w fir ": 11 tiAmir< ML N OZA ZUNIGA CONTRALOR O JEP 1 DE LA REPUBLICA EitiO Ut AL SENOR MINISTRO DE MINERIA PRESENTE YAD/eig MINUCIA RYE ANTECF,D CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA EMPRESAS D.A.A. N° 1590/2011 REMITE COPIA DEL INFORME FINAL N° 125, DE 2011. SOBRE FISCALIZACION AL PROCESO DE ENAJENACION DE ACCIONES DEL CENTRO DE INVESTIGACION MINERA Y METALORGICA. SANTIAGO, 1 7. OCT 11 *0 6 518 2 Cumplo con enviar a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, copia del Informe senalado en el epigrafe, con el resultado de la auditoria practicada por esta Division en la Entidad de la referencia. Saluda atentamente a Ud., RAMIRo MENDOZA ZUNIGA CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA AL SENOR MINISTRO DE HACIENDA PRESENTE YAD/eig 111E i‘NTU,CED CONTRALORIA GENERAL DE LA REPCJBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA EMPRESAS PMET N 13.106 INFORME FINAL N' 125, DE 2011, SOBRE FISCALIZACION AL PROCESO DE ENAJENACION DE ACCIONES DEL CENTRO DE INVESTIGACION MINERA Y METALURGICA SANTIAGO 1 7 OCT "011 En cumplimiento de su programa anual de fiscalizacion. esta Contraloria General efectuo una auditoria al proceso de enajenacibn de acciones por parte del Centro de Investigacion Minera y Metalurgica. CIMM, conforme a lo dispuesto en el incise) segundo, del articulo 16, de la ley NV 10.336. Organica Constitucional de esta Entidad de Control, OBJETIVO El examen consistio en verificar que el proceso aludido cumpla con la normativa legal y reglamentaria vigente. comprobar la regularidad de las operaciones asociadas a dicho proceso, asi como tambien, el debido registro de las transacciones involucradas. METODOLOGIA La auditoria se realize) de acuerdo con las normas y procedimientos de auditoria aceptadas por este Organismo de Control. determinandose la realizacion de otras pruebas. en la medida que se consideraron necesarias en las circunstancias. ANTECEDENTES GENERALES 'El 0: CT) . c 2, 0 6_ a) Obr y Investigacion Minera El Centro de MetalOrgica. fue creado mediante decreto NI' 173. de 1971. del Ministerio de Justicia. como una persona juridica de derecho privado, sin fines de lucro, constituida por la Corporacion de Fomento de la Produccion, la Empresa Nacional de Mineria y la Comisi6n Chilena del Cobre. y cuyo objeto es investigar. crear. experimentar y desarrollar procedimientos tecnicos destinados a perfeccionar los procesos de extracci6n y beneficio de minerales producidos por Ia industria extractiva, como asimismo, prestar servicios o asistencia tecnica a personas naturales o juridicas en relacion can Ia investigacion cientifica y tecnologica. A LA SENORA SUBJEFA DE LA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA PRESENTE CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA EMPRESAS Como parte del proceso de modernizaci6n del CIMM, can fecha 6 de agosto de 1996, se cre6 la filial denominada "Centro de Investigacion Minera y MetalOrgica Tecnologias y Servicios S.A.", en adelante CIMM T&S. con un 99 % de propiedad del CIMM y el 1% restante de propiedad de la empresa Exportacion de Servicios para la Mineria S.A SERMINEX. Posteriormente, de acuerdo a la modificacion efectuada mediante escritura pUblica que data de 24 de diciembre de 1998. se aumento a 99,99% la propiedad accionaria del CIMM sobre la mencionada filial, correspondiendo el saldo de participacion, equivalente al 0,01%, a la Compania Minera Nacional Limitada. COMINA, filial de la Empresa Nacional de Mineria. ENAMI. Segun lo establecido en la escritura de constitucion de la mencionada filial, de fecha 6 de agosto de 1996, CIMM T&S tiene por objeto el desarrollo de productos y servicios tecnologicos relacionados preferentemente con la mineria y la industria, la compra y yenta. distribucion, comercializacion, importaci6n y exportacion de esos servicios y productos, y en general, cualquier actividad o negocio que se relacione can los objetivos sefialados y que los accionistas acuerden. El resultado de la fiscalizaciOn die origen al Preinforme de Observaciones N° 125, de 2011, el que fue puesto en conocimiento del Centro de Investigacion Minera y Metalurgica. CIMM, mediante oficio N' 46.314. de 22 de julio de 2011. dando respuesta a dicho documento mediante oficio CIMM/DE0142/11, de 19 de agosto de 2011. En este contexto, se exponen a continuacion las observaciones contenidas en el citado Preinforme. conjuntamente can las respuestas entregadas por el Centro de Investigacion Minera y MetalOrgica, CIMM, en cada caso, y su correspondiente analisis y conclusiones. Razones esgrimidas por el Consejo de CIMM para vender CIMM T&S SegOn lo senalado por el Presidente del Consejo Directive de CIMM, en el acta Nc 311, de 24 de septiembre de 2010. CIMM T&S no dispone de patrimonio propio suficiente de libre disponibilidad que le permita endeudarse, y satisfacer los requerimientos de deuda capital que le exige el mercado. En ese contexto. agrega. que un factor relevante a considerar es la carga financiera que mantiene CIMM T&S por concepto del eventual pago de las indemnizaciones por afios de servicios correspondientes a sus trabajadores, por la suma aproximada de M$ 4.500.000, obligacion que podria devengarse en el caso que la referida empresa empiece a perder contratos can sus clientes en raz6n de su limitado capital de trabajo, bajo patrimonio y restringida capacidad de endeudamiento. Made ademas, que en concordancia can lo planteado por los presidentes anteriores, tanto del CIMM come de CIMM T&S, la imica posibilidad real de dar solucion a la problematica antes descrita, es enajenar las acciones de propiedad sobre su filial, a traves de un proceso que le permita a CIMM, por una parte, obtener un importante retorno por este concepto. y por la otra, desprenderse de un activo cuya valorizacion se encuentra expuesta a decaer en el transcurso del tiempo. CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA \\7.t DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA EMPRESAS /• T WILL Situacion financiera correspondiente a los afios 2009 y 2010 Sobre esta materia, cabe indicar que de acuerdo a los estados financieros auditados al 31 de diciembre de 2010. CIMM T&S presenta ingresos de explotacion por un monto de MS 29.521.130, es decir M$ 2.318.358 mas de los M$ 27.202.772 obtenidos durante el ano 2009. Ahora Nen, en relacion a sus costos de explotacion, cabe consignar que estos representan el 85% del total de sus ingresos, los que equivalen a MS 23.272.638 y M$ 25.236.208, para los arias 2009 y 2010, respectivamente. En cuanto al resultado del ejercicio, es Citil indicar que en el ano 2009 obtuvo utilidades ascendentes a los MS 778.440, esto es, superior a las registradas en el ano 2010, las que alcanzaron los M S 293.587. Can respecto a sus deudas. estas experimentaron un aumento del 39%, debido al incremento de sus pasivos de corto plazo por M$ 1.245.397, como resultado del incremento de las operaciones de leasing. las que ascendieron a MS 516 000, y a otros pasivos circulantes. por MS 527 000. Igual situacion acontecio can los compromises de largo plazo. por cuanto se acrecentaron en un 68%, vale decir en MS 1.059.000. debido a la incorporacion de operaciones de leasing y prestamos bancarios pactados por un plazo de 3 arias. Por ultimo. en lo concerniente a su patrimonio. es necesario hacer presente que este evidencio una merma ascendente a los MS 640.349, por efecto de la disminucion de utilidades retenidas por M$ 968.994, producto de la distribucion de dividendos, y disminucion de su resultado del ejercicio. en comparacion al ano inmediatamente anterior. EXAMEN DE CUENTAS 1. Indemnizacion por anos de servicios por la suma de M$ 4.500.000 Sobre esta materia se verifico que, con fecha 25 de febrero de 2011, el representante legal de la Empresa suscribi6 un anexo a cada contrato individual de trabajo. en cuya clausula segunda se consigno como beneficio adicional, el page de una indemnizacion por termino de servicios incrementada en un 25%, la cual procederia en aquel case que dicha convencion terminase en conformidad can lo dispuesto en el articulo 161 del Codigo del Trabajo. Adicionalmente, en la clausula primera del referido anexo. se convino el page de un bone extraordinario para incentivar la permanencia de cada uno de los funcionarios de CIMM T&S. siempre y cuando se cumplan los requisites que en dicho documento se establecen. Al respecto, cabe observar que no obstante la importancia de la materia, dicha situaci6n no fue revelada por la Empresa, como un hecho posterior en sus estados financieros correspondientes al ano 2010, en conformidad con las normas de auditoria generalmente aceptadas. CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA EMPRESAS Igual situacion se detect6 en los estados financieros emitidos al 31 de marzo de 2011, formulados en conformidad a las normas International Financial Reporting Standards, IFRS, y relacionadas con las obligaciones denominadas pasivos contingentes. En su respuesta, la Empresa senala que el monto por concepto de indemnizaciones por anos de servicio indicado en la observacion. de MS4.500.000, no corresponde al monto pactado de incremento, sefialado en los anexos a los contratos de trabajo suscritos con cada trabajador. Agrega. que respecto de esta materia existen tres aspectos que se deben considerar, la indemnizaci6n por anos de servicio, el bono de retencion, y el programa de estabilidad en el empleo. Para el primer caso, la indemnizaci6n por anos de servicios, la Entidad manifiesta que al 31 de diciembre del 2010, la Empresa estaba integrada por 2.200 trabajadores adscritos a contratos comerciales de distinta duraci6n, siendo en algunos casos renovables. Agrega. que la politica historica de la Entidad y que se ha mantenido hasta el dia de hoy es provisionar solamente una proporci6n de las indemnizaciones por anos de servicio debido a que ha sido tradicional que el personal se renueve en contratos subsiguientes con los mismos clientes o nuevos clientes. El monto total provisionado al 31 de diciembre de 2010, alcanzaba a $ 900,71 millones. De este modo, si se considera, para fines ilustrativos, el despido total del personal a esa fecha, el monto total a desembolsar por concepto de indemnizaciones hubiera correspondido a un monto por sobre M$4.500.000. Complementa su respuesta, senalando que los auditores externos de la Sociedad, han validado consistente y permanentemente las provisiones contabilizadas por indemnizacion por anos de servicios. Asimismo, manifiesta que. conjuntamente con la decisi6n de enajenar el 100% de las acciones de CIMM T&S S.A., y por tratarse de una empresa de servicios con bajo nivel de activos fijos en terminos relativos, se consider6 que era necesario, para que un eventual comprador tuviera interes en materializar la compra, retener a los ejecutivos y trabajadores por un tiempo de, al menos, un ano de manera de permitir aprovechar el know-how y expertise de estos. Made que, para cumplir este objetivo, se diserio un mecanismo de bono de retencian para aquellos trabajadores ingresados a la compania antes del 30 de septiembre del 2010, y que a la fecha de la eventual yenta estuvieran laborando en la compania. Dicho bono de retenci6n se dividio entre un "Bono Fijo", y un "Bono Variable". estableciendose que estos solo se devengarian de materializarse la yenta. , si) De acuerdo a la opinion senalada por CIMM en su oficio de respuesta, dicho gasto era necesario para la compania para resguardar el adecuado tratamiento tributario, optandose por modificar los contratos de trabajo de cada colaborador de la Empresa en febrero de 2011, a traves de la suscripci6n de un anexo de contrato de trabajo. CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA EMPRESAS CuILl Al respecto, indica que dicha situacion fue ampliamente discutida y validada con los auditores externos para la emision de los Estados Financieros auditados de Ia Sociedad al 31 de diciembre de 2010, opinion que tambien fue refrendada por el abogado secretario del Directorio de Ia Sociedad, reiterandose que no existe obligacion de la misma, mientras Ia yenta no se materialice, y que estos solo se devengaran una vez concretada la enajenacion. Agrega que, en consistencia con lo explicado, al emitir los estados financieros de Ia compania en marzo de este ario, no se provision6 ni se revelo en notas esta situacion, teniendo en cuenta que los bonos est& sujetos al acaecimiento de una condici6n suspensiva que aCin no se ha verificado y a que el proceso de licitacion de las acciones de CIMM T&S, no concluy6 en la adjudicacion a ningun oferente. Anade que, dicho bono no es un pasivo contingente, ya que, teniendo en cuenta que la obligacion que le da vida, esta sujeta al cumplimiento de una condici6n suspensiva, consistente en la materializacion de la yenta de las acciones, tal como se ha explicado con anterioridad, y que para financiar estos bonos de retencion al momento de la yenta, se efectuaria un aumento de capital que cubriria completamente su pago, por tanto no se generaria, en momento alguno, un pasivo que la sociedad deberia afrontar sin contar con el financiamiento correspond iente. En relacion a lo anterior, manifiesta que, con fecha 25 de noviembre de 2010, Ia Contraloria General de Ia RepUblica requirio mediante oficio, un informe sobre el proceso de yenta de las acciones de CIMM T&S S.A., ante lo cual esa Compania dio respuesta con fecha 10 de diciembre del mismo ano. En dicho informe, serial6 que los trabajadores de Ia Empresa fundamentalmente, manifestaron su preocupacion respecto de que la yenta de la compania pudiera tener como consecuencia despidos masivos. Por ello, se establecio en los respectivos contratos de trabajo, a traves de anexos a los mismos, un recargo a la indemnizacion legal por arios de servicios de manera decreciente, hasta el mes 24. Para el caso de los ejecutivos superiores no se concedio este beneficio y se mantuvo Ia indemnizacion legal. Respecto a Ia indemnizaci6n senalada, cabe precisar que, de acuerdo a la informaci6n proporcionada por la Empresa, esta se acord6 en anexo a los contratos de trabajo, como beneficio adicional para incentivar Ia permanencia del trabajador en caso de ser desvinculado. Igual situacion acontecio con el acuerdo de pagar un bono extraordinario, tambien para incentivar Ia permanencia de los funcionarios de CIMM T&S, sujeto a la condici6n suspensiva de que se materialice Ia yenta del total de las acciones emitidas por dicha Empresa. La cifra de M$ 4.500.000, fue mencionada por el propio Presidente del Consejo, en el Acta N° 311, de 24 de septiembre de 2010, en el contexto de fundamentar la decisi6n de yenta de la filial, indicando que "...constituye un factor relevante a considerar Ia pesada carga financiera que mantiene CIMM T&S, por concepto de las indemnizaciones por anos de servicios a sus trabajadores y que a esta fecha ascienden a la suma aproximada de M$ 4.500.000, y no existen reservas provisionadas para pagar dichas obligaciones, todas las cuales podrian terminar por devengarse en caso de que CIMM T&S empiece a perder 5 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA EMPRESAS contratos con sus clientes en raz6n de su limitado capital de trabajo e insuficiencia de los recursos necesarios para materializar las inversiones requeridas, bajo patrimonio y limitada capacidad de endeudamiento". Asimismo, resulta necesario precisar que la observacion se refiere a que conforme a las normas de auditoria generalmente aceptadas. y dada la cuantia de los recursos involucrados. se debe revelar, como "un hecho posterior'', la obligacion contractual con sus trabajadores por concepto de indemnizacion de anos de servicio ascendente a M$ 4.500.000, lo que es requerido por la citada normativa y practica contable para evitar que los citados estados financieros pudieran inducir a interpretacion erronea por terceros. En tal sentido. es Citil consignar que de acuerdo a lo establecido en las normas IFRS. toda obligacion posible de surgir a raiz de sucesos pasados. cuya existencia quedara confirmada solo si Ilegan a ocurrir. o en caso contrario si no Ilegan a ocurrir, uno o mas sucesos futuros inciertos que no estan enteramente bajo el control de la entidad debera ser informada en los estados financieros salvo en el caso de que la salida de recursos que incorporen beneficios economicos tenga una probabilidad remota. Por ende, lo senalado por esta Entidad de Control. dice relacion con la necesidad de revelarlo en una nota como Pasivo Contingente, y no contabilizarlo como tal. En consecuencia, CIMM T&S debio revelar dicha informaci6n en sus estados financieros al 31 de diciembre de 2010, de acuerdo a las normas de auditoria generalmente aceptadas, los cuales fueron emitidos can fecha 28 de febrero de 2011, data posterior a la suscripcion de los anexos a los contratos citados. correspondiendo revelar como un hecho posterior tal obligacion contractual con sus trabajadores. para evitar que los citados estados financieros pudieran inducir a interpretacion error-lea por terceros, en especial para los potenciales compradores, considerando que la yenta de CIMM T&S, al 31 de diciembre de 2010, ya se encontraba en proceso, siendo su materializacion probable y no remota, pues a dicha fecha ya se habian realizado las bases de licitaci6n. Asimismo. debi6 revelar dicha informacion en sus estados financieros al 31 de marzo de 2011 bajo normas IFRS. Al efecto, resulta util indicar ademas. que las notas a los estados financieros son explicaciones que amplian el origen y significado de los datos y cifras que se presentan en dichos estados, ademas, proporcionan informaci6n acerca de ciertos eventos economicos que han afectado o podrian afectar a la entidad, como sucede en la especie, y dan a conocer datos y cifras sobre la repercusion de ciertas reglas particulares, politicas y procedimientos contables y de aquellos cambios en los mismos de un periodo a otro. Debido a lo anterior, las notas explicativas a que se ha hecho referencia forman parte integrante de los estados financieros. A lo anterior, se suma la cuantia de la indemnizacion, la cual es superior al 50% del patrimonio que posee la Entidad al 31 de diciembre de 2010, cifra significative. y que en conformidad a lo serialado por la propia Administraci6n, se encontraba sujeta a la ocurrencia y termino del proceso de enajenacion de sus acciones en CIMM T&S. CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA EMPRESAS Por las razones antes esgrimidas, este Organismo de Control mantiene la observacion formulada. 2. Obligacion legal de requerir autorizacion para suscribir deudas Como se dijo previamente, CIMM T&S es una empresa cuyo capital en un 99% ha sido aportado por el Centro de Investigacion Minera y Metalurgica, el que a su vez esta constituido por la Corporacion de Fomento de Ia Produccion, la Empresa Nacional de Mineria y Ia Comisi6n Chilena del Cobre, todos ellos entidades estatales, por lo que es de aquellas empresas en que el Estado tiene un aporte de capital superior al 50%, lo que implica que los actos que ejecute y que puedan comprometer el credit° pbblico, deben ser autorizados previamente por el Ministerio de Hacienda, tal como se indica en la jurisprudencia de este Organismo de Control contenida en los dictamenes N° 5 20.241, de 2008 y 77.173, de 2010, entre otros. No obstante la sefialada exigencia, de los antecedentes tenidos a la vista, no se advierte que las obligaciones con bancos e instituciones financieras, presentadas en los estados financieros de CIMM T&S al 31 de diciembre de 2010, y que ascienden a M$ 1.456.707, cuenten con las respectivas autorizaciones del Ministerio de Hacienda, lo que vulnera la jurisprudencia precitada y las disposiciones en que esta se sustenta. Sobre esta materia, en su oficio de respuesta, Ia Administracion inform6 que con fecha 21 de enero de 2011, la Direcci6n de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, DIPRES, hizo Ilegar a Ia Sociedad una notificacion de que se deberia requerir autorizaci6n para el endeudamiento financiero, materia que conforme a los registros disponibles, por primera vez se solicits desde la creaci6n de Ia Empresa. Para ello, adjunto a dicha notificacion copia del dictamen N° 77.173, de esta Contraloria General, de fecha 22 de diciembre de 2010, que confirma dicha obligacion. Agrega que, para dar cumplimiento a dicho requerimiento, el Directorio de la Sociedad encomendo a la Administraci6n reunirse con Ia DIPRES, lo cual ocurrio en el mes de marzo del presente afio. Por lo mismo, no resulto posible al 31 de diciembre de 2010 contar con las respectivas autorizaciones del Ministerio de Hacienda. Asimismo, indica que, la primera reunion tuvo lugar el 16 de marzo de 2011, en DIPRES, a la que concurrio por parte de CIMM T&S el Gerente General, la Gerente de Finanzas, la Gerente Legal y el Gerente de Auditoria en la DirecciOn de Presupuesto para informar de la situacion de Ia Empresa y responder al oficio enviado. Made que, en dicha oportunidad el Gerente General inform6 del proceso de licitacion de las acciones de CIMM en CIMM T&S, senalando que, hacia fines de mes, se recibirian las ofertas definitivas por las acciones, y que, por tanto, esta dejaria de ser una empresa del sector estatal en breve plazo. Como consecuencia de dicha reunion, se concord6 que era necesario conocer el resultado del proceso de yenta de la Compania para definir el camino para obtener las aprobaciones respectivas. 7 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA EMPRESAS Finalmente senala, que atendido a que el proceso de yenta no se materialize en los plazos originalmente previstos y de acuerdo a lo antes expuesto, CIMM T&S para regularizar la situacion observada, solicito la autorizacion de contratacibn de endeudamiento financiero a la Direccion de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, aprobandose esta solicitud mediante decreto exento N' 700, de fecha 16 de agosto de 2011. cuya copia se acompana. Analizado los antecedentes expuestos, se confirma que la referida Secretaria de Estado, a partir del presente ano autorizo a CIMM a contratar endeudamiento de corto plazo con bancos e instituciones financieras que operen en el mercado financiero interno, situaci6n que permite levantar la observacion relacionada con esta materia, no sin antes indicar, que conforme al referido decreto, a CIMM le asiste la obligacion de informar mensualmente al Ministerio de Hacienda. los montos utilizados per cada tipo de deuda al ultimo dia de cada mes. en conformidad a lo establecido en su numeral VI, obligacion cuyo cumplimiento sera verificado en la pr6xima visita de fiscalizacion que realice esta Entidad de Control. 3. Proceso de yenta segun las bases de licitaciOn En conformidad con las bases de licitacion aprobadas mediante las actas del Consejo Directivo N' S 313 y 314, ambas de 2010, el proceso de enajenacion de la propiedad sobre CIMM T&S se desarrollaria en cuatro fases: instancia de invitacion -acuerdo de confidencialidad-; instancia no vinculante; instancia vinculante y, per ultimo, adjudicacion. 3.1 Etapa no vinculante del proceso de enajenacion de acciones CIMM T&S En esta instancia se aprob6, mediante el acta N 315 de Sesion Ordinaria, celebrada el dia 4 de enero de 2011, la participacion de las siguientes empresas: • • • • • • • Bureau Veritas ALS Intertech Aguas Barcelona SGS Chile Limitada Lota Green (Grupo Hurtado Vicuna) Inder (Grupo del Rio) No obstante la invitacion formulada, solo tres empresas presentaron propuestas econornicas, conforme al siguiente detalle: Empresa Intertech Holdings Limited, el valor ofertado asciende a la suma de SGS Chile Limitada Aguas de Barcelona S.A. Oferta en M$ 18.400.000 23.986.500 4.805.000 8 Oferta en USD$ 36.800.000 47.973.000 9.610.000 $11tAt tiP CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA EMPRESAS 3.2 Etapa vinculante del proceso de enajenacion de acciones CIMM T&S Como resultado de la etapa anterior, segOn lo indicado en el acta N° 316 de Sesion Ordinaria, de 15 de febrero de 2011. se seleccionaron las empresas Intertech Holdings Limited. Intertech, y SGS Chile Ltda.. SGS. Sobre la materia, se comprob6 que la oferta formulada por SGS Chile Ltda., resulto ser inferior e insuficiente respecto de aquella presentada inicialmente en la etapa no vinculante. En efecto, y de acuerdo con los antecedentes analizados. se constato que en esta etapa la Empresa en cuestion, oferto la suma de MUSD$ 20.000, vale decir, aproximadamente MUSD$ 30 millones menos a su primer ofrecimiento. Efectuadas las indagaciones respectivas, se aprecia que la disminucion constatada se habria debido a la existencia de dos situaciones, que se habrian hecho presentes por SGS Chile Limitada, relacionadas can el metodo usado para contabilizar las remuneraciones del personal, y los efectos que sobre la situacion financiera de la Entidad tendria una posible negociacion colectiva. Al respecto, de acuerdo con las verificaciones practicadas. no existe evidencia alguna que tales observaciones hayan sido subsanadas o explicadas por dicha Empresa durante el period° de consultas no vinculante, tal como correspondia, conforme a lo previsto en el acapite VIII. Data Room, Consultas y Aclaraciones, de las referidas bases de licitaci6n. En su oficio de respuesta. entre otras materias. CIMM senala que adoptada la decisi6n de la yenta del 100% de las acciones, se efectu6 una conferencia de prensa dando a conocer las principales razones de dicha decision, se comunic6 a todas las revistas especializadas de mineria y agencias informativas financieras, dando cuenta tambien, en sus estados financieros de septiembre del aria 2010, y a los 11 sindicatos existentes en la Entidad. De lo anteriormente senalado, la Empresa manifiesta que Larrain Vial, como Agente Colocador comenz6 la prospecci6n de los potenciales interesados en este proceso de licitacion, obteniendo muestras de interes de una gran cantidad de empresas. incluyendo, ademas, en esta prospecci6n. a las empresas relacionadas a las actividades de CIMM T&S S.A. Indica que, Larrain Vial curso invitaciones y entrego cifras basicas a 26 interesados, recordando que dichas cifras basicas eran conocidas por la publicacion periodica de las Fichas Estadisticas Codificadas Uniformes (FECUS). Agrega que. la aprobacion de la participacion de 7 companias que cumplian can los requisites basicos para participar en dicha licitacion. fue acordada por el Consejo Directivo de CIMM en enero del 2011. De ellas. solo 3 empresas entregaron una oferta no vinculante por el 100% de las acciones de CIMM T&S S.A., a saber, SGS por US$ 47,97 millones, Intertech por US$ 36,8 millones y -Aguas de Barcelona S.A." por US$ 9,6 millones. El Consejo en febrero de este ano decidio descartar la Ultima oferta e invitar al proceso vinculante solo a las dos primeras, tal como se disponia en las Bases de Licitacion. .4 I 111 A I. 414, < CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA EMPRESAS Asimismo senala que, en la etapa no vinculante. el contacto con los postulantes fue hecho por Larrain Vial y la Administraci6n los asisti6 en orden a dar respuesta a las preguntas efectuadas por cada participante. las cuales fueron incorporadas al Data Room virtual abierto para efectos de Ilevar a cabo el proceso de due diligence de la Empresa. Indica ademas, que en la etapa vinculante, SGS e Intertech fueron autorizados a acceder a informaci6n adicional a aquella entregada en la etapa no vinculante, tambien en este caso la informacion se proporciono a traves del Data Room virtual. Igualmente, Larrain Vial organiza y particip6 en visitas a las instalaciones de la Sociedad en las cuales se efectuaron presentaciones por la administracion superior de la Entidad a ambos participantes, por separado. Luego de las presentaciones referidas. Larrain Vial y los ejecutivos de la alta administraci6n respondieron consultas en todos los temas, incluyendo el efecto del costo de remuneraciones y el efecto de las diferentes negociaciones colectivas del ano 2010. Al respecto, anade que en las presentaciones efectuadas por la administraciOn en conjunto con Larrain Vial, denominadas Management Presentations. se incluy6 el tema remuneraciones. A mayor abundamiento, SGS contrat6 a la empresa auditora Ernst & Young. como parte de su due diligence, para que revisara especificamente el tema remuneraciones. sosteniendose diversas reuniones entre las pages interesadas, y con distintas gerencias. En consecuencia, manifiesta que, por las presentaciones realizadas, por las respuestas entregadas a las preguntas efectuadas. como por las reuniones sostenidas con los proponentes y sus asesores. entre ellos sus auditores, el Consejo consider6 que respondio adecuadamente a todas las inquietudes que se plantearon. Sefiala, que la misma conclusion fue informada por los asesores en la yenta, la empresa Larrain Vial. Posteriormente, indica que, dado que a la fecha de entrega de las ofertas vinculantes, solo Hegel aquella de SGS Chile Ltda., por la suma de US$ 20.000.000, cifra sustancialmente inferior a la oferta no vinculante presentada por esta misma empresa. el Consejo decidi6 declarar desierta la licitacian teniendo en cuenta el precio ofrecido por el Onico oferente. Agrega que, conforme a las verificaciones realizadas por Larrain Vial, a fin de establecer las razones por las cuales SGS habia reducido tan considerablemente el precio ofrecido, se indica que la entrega de informacion adicional durante el proceso de due diligence, el factor laboral, incluyendo remuneraciones y los reajustes que ellos preveian para el alio 2011, eran bastante superiores a las proyecciones que se le habian entregado en el proceso por Larrain Vial y el Vendor Due Diligence. ? Con respecto a lo anterior, indica que la precision de las razones anteriores solo fue conocida con posterioridad a la entrega de la oferta vinculante y que para el Consejo fue sorpresiva la raz6n esgrimida por SGS teniendo en cuenta que la informaci6n de las proyecciones entregadas en el tema laboral a la fecha se cumplieron casi al 100%. CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA EMPRESAS Anade finalmente que, en esa fecha se informa publicamente en los mercados internacionales que la firma inglesa Intertech se adjudicb la tambien firma inglesa Moody International, empresa de certificacion, en una cifra en torno a US$ 800.000.000. Por tanto, una hipotesis para el bajo monto ofrecido por SGS en la etapa de oferta vinculante es que SGS se haya vista como el eventual Unico participante, dado que su competidor estaba abocado a una adquisicion de gran envergadura para su patrimonio. Atendidas las razones expuestas y los antecedentes adicionales proporcionados por el CIMM, mediante los cuales se da cuenta que durante las distintas etapas del proceso existio coordinacibn entre las partes interesadas. con el objeto de aclarar y resolver en general, cualquier consulta que surgiera asociada al proceso de enajenacion, y en lo particular, al tema de las remuneraciones y sus reajustes, esta Entidad de Control da por salvada la observacion formulada. 3.3 Paralizacion del proceso de enajenacion de las acciones En atencion a la situaci6n antes descrita. el Consejo Directivo dio por terminado el proceso de enajenacion de las acciones. dejando dicha instancia sin adjudicatarios en use de la facultad contenida en la clausula 9 de las bases de licitacion. Por lo anteriormente expuesto, con fecha 8 de abril de 2011, el citado Cuerpo Colegiado acord6 iniciar un nuevo proceso de negociacian con todos los interesados, hayan o no participado de la propuesta, con el consiguiente aplazamiento de los plazas consignados inicialmente. Sin embargo, se comprob6 que el 3 de junio de 2011, la empresa SGS Chile Ltda., realizo una nueva propuesta econornica. por el 100% del patrimonio accionario de CIMM T&S por un monto de M$ 14.936.960. equivalente aproximadamente a los USDS 32.000.000, cifra que incluye ademas, el valor de las respectivas marcas. La situacion descrita, esta al margen de lo acordado en la especie por el referido Consejo, en el sentido de iniciar nuevas negociaciones con todas aquellas empresas interesadas de participar. segOn lo consignado en el acuerdo N° 320, de 8 de abril de 2011. En su respuesta, la Campania senala que el Consejo Directivo del CIMM, segtlin consta en acta de sesi6n de fecha 4 de abril de 2011, dio por terminado el proceso de licitacion, porque se consider6 absolutamente insuficiente la Unica oferta vinculante presentada por SGS Chile Limitada, iniciando un nuevo proceso de negociaci6n directa, tal como consta en Acuerdo N" 320, de la sesion previamente individualizada, designandose un Comite de Consejeros para supervisar este proceso en forma mas directa. Ademas, indica que se encargo a Larrain Vial que estableciera contacto con todos los potenciales interesados que habian manifestado inicialmente su interes en participar e identificar algOn otro eventual postor, y extendiendo el mandato de yenta a Larrain Vial en las mismas condiciones del contrato anteriormente suscrito, quedando facultado para tomar contacto con potenciales proponentes para adquirir las acciones de CIMM T&S S.A. CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA EMPRESAS De lo anterior, agrega que, Larrain Vial, a partir de esa fecha inicia contactos con diferentes interesados, con los cuales sostiene reuniones y entrega informacion, en algunos casos preliminares y en otros de mayor detalle, finalmente informando que SGS Chile Limitada es Ia Unica empresa que manifiesta interes en seguir conversando. Ademas, senala que, a comienzos del mes de mayo se organizo en Larrain Vial una reunion en Ia cual participaron ejecutivos de esa empresa, el Comite de Consejeros, el Gerente General, de Finanzas y de Recursos Humanos de CIMM T&S S.A. y ejecutivos y asesores de SGS Chile Ltda. El proposito de dicha reunion fue manifestar Ia disconformidad del Consejo con Ia oferta entregada, y el mensaje del mismo, a SGS para esforzarse en mejorar su oferta de modo de poder ser considerada nuevamente como oferente. Posteriormente, atiade que, durante el proceso de contactarse con otros potenciales compradores, entre los cuales figura Ia empresa CERPER, sin que se Ilegase a ningun acuerdo, el 3 de junio de 2011, SGS Chile Limitada remite una oferta por el 100% de las acciones de CIMM T&S S.A., incluyendo una parcialidad de las marcas comerciales que habian sido ofrecidas en el proceso de licitacion anterior, por un monto equivalente a US$32.000.000, reiterando Larrain Vial, que a esa data no existian otras ofertas ni proponentes interesados en las acciones de CIMM T&S S.A. Efectuado el analisis a los antecedentes adjuntos al oficio de respuesta, y atendidas las razones esgrimidas por Ia Administracion de Ia Empresa, este Organismo de Control da por subsanada Ia observacion formulada en relacion con Ia paralizacion del proceso de yenta, y el inicio de la segunda etapa, correspondiente a Ia modalidad de trato directo, sin perjuicio de verificar en la proxima visita de fiscalizacion, el resultado de las negociaciones efectuadas con Ia compania SGS y su Ultima oferta, ascendente a los US$ 32.000.000, a fin de comprobar que el acuerdo se efectuo resguardando el interes patrimonial de la Empresa. 3.4 Venta de terrenos ubicados en Santa Maria de Manquehue, comuna de Vitacura Se verifico que, de acuerdo con el acta N° 314, de 9 de diciembre de 2010, el Consejo Directivo acordo adernas, iniciar el proceso de yenta de los terrenos de propiedad del CIMM, una vez que se vendan las acciones de CIMM T&S, en el marco de la actual licitacion. Luego, y segun el acta N° 316, de fecha 15 de febrero de 2011, se acord6 "Ilevar a cabo el Anteproyecto de Arquitectura para los terrenos de CIMM en Vitacura, todo ello con el fin de poder contar con un documento que avale el valor del terreno y permita evidenciar Ia mayor cantidad de usos y constructibilidad posible, una vez que se decida su comercializacion a terceros". Efectuadas las indagaciones correspondientes, se verifico que a Ia fecha de emision del preinforme, aim no se habia efectuado estudio alguno sobre el posible avaluo del terreno en cuestion. 12 .., 401"` qcCONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA tt , DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA EMPRESAS Por ultimo cabe consignar que realizadas las consultas pertinentes, a fin de conocer el posible use y destino que se le otorgaria a los recursos provenientes, tanto de la enajenaci6n de acciones de la filial CIMM T&S, como aquellos que se obtengan de la yenta del mencionado terreno, se verifico que la administraci6n de CIMM no posee antecedentes concretos que den cuenta de cual o cuales serian los proyectos que se estarian evaluando, como asimismo. los recursos financieros que estarian involucrados y el plaza posible de su ejecucion. , En su respuesta, la Compania senala en relacion a la yenta del terreno ubicado en Santa Maria de Manquehue. que el Consejo Directivo en sesiones de fechas 25 de octubre de 2010, de 9 de diciembre de 2010, y 4 de enero de 2011, trat6 dichas materias y fueron informados del estado de avance del proceso preparatorio de enajenaciOn del mencionado terreno. Agrega que, entre otras materias, con fecha 5 de enero del ano 2011, se contrataron los servicios del arquitecto Sergio Hernan Serrano Elgueta. para efectuar actividades de asesoria en edificacion, conducentes a contar con un documento que avale el valor del terreno y permita evidenciar las alternativas de use y constructibilidad posibles en la comuna de Vitacura de conformidad al Plan Regulador, dando cuenta del trabajo realizado al Consejo Directivo, en la sesi6n celebrada el 29 de junio de 2011. fecha en la cual se inform6 del avance tecnico de la labor encomendada. Respecto de la demora del proyecto desde enero de este ano a la fecha, manifiesta que se debi6 a que fue necesario complementar pianos existentes, con algunos de especialidades y modificaciones efectuadas a lo largo de los anos. Made que, el lunes 8 de agosto recien pasado. el anteproyecto de oficinas y viviendas, fue ingresado a la Municipalidad de Vitacura. para su respectiva evaluaciOn, y que luego, una vez aprobado dicho proyecto, que en opini6n de la Entidad, maximiza el retorno econornico. estaran en condiciones de precisar un valor referencial para el terreno. Finalmente, senala que, una vez conocidos dichos valores referenciales, procederan a Ilamar a una licitacion pUblica de los mismos. Ahora Bien, en cuanto al destino de los fondos que se recauden par la yenta de las acciones de CIMM T&S S.A. y del terreno de Santa Maria de Manquehue, la Compania indica que desde el nombramiento del nuevo Director Ejecutivo, senor Hector Leiva. se han venido elaborando las bases de un plan estrategico, que se concretara una vez que se efectUen las yentas aludidas. De lo anterior, manifiesta que en el Consejo se han efectuado presentaciones que han dada lugar a diversos documentos que resenan las materias estudiadas. Mas aun, este ano se forma una ComisiOn de 2 Consejeros para que asistan al Director Ejecutivo para la elaboracion de dicho Plan Estrategico. Asimismo agrega, que los estatutos de la Corporaci6n CIMM, son claros e inequivocos en senalar el tipo de actividades que se pueden desarrollar. CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA EMPRESAS Referente a la observacion que dice relacion con la falta de un estudio sobre el avalOo del terreno, este Organismo de Control, levanta la observaci6n, ya que los antecedentes entregados por la Empresa dan cuenta de que se encuentra en proceso de analisis por parte de Ia Municipalidad de Vitacura, con el fin de poder determiner su valor respectivo. Sin perjuicio de ello, cabe indicar, que se procedera a validar en la proxima visits de fiscalizacion, el proceso de licitacion pOblica que se desarrolle para los efectos de enajenar dicha propiedad. Ahora bien, respecto del destino que se le otorgaria a los recursos provenientes, tanto de Ia enajenacion de las acciones que posee en CIMM T&S, asi como de la yenta del referido terreno, cuyo valor final total air) no es definitivo, esta Entidad Fiscalizadora mantiene la observacian formulada, hasta que, en una proxima visits de fiscalizacion, se verifique que el use otorgado a los fondos involucrados, se enmarque dentro del Plan Estrategico disetiado para estos efectos, todo ello en conformidad a los objetivos esenciales establecidos en sus propios estatutos. 4. Auditoria a los gastos incurridos por el CIMM, asociados al proceso de enajenacion de su filial A fin de estudiar, analizar y concretar el proceso de enajenacion, CIMM ha incurrido en diversos desembolsos por concepto de contrataci6n de expertos, estudios y asesores en distintos ambitos de accion, a fin de resguardar aspectos legales, tributarios, financieros, y economicos del proceso de yenta, los que fueron objeto de examen por parte de esta Entidad de Control, y cuyo resultado se indica a continuaci6n: 4.1 Estudios juridicos Con el objeto de contar con la respective asesoria legal, CIMM invito a presentar ofertas a los estudios de abogados Cruzat, OrtOzar & Mackenna; Baker & Mc Kenzie; Cariola, Diez, Perez Cotapos y Cia. Ltda.; Philippi, Irarrazaval, Pulido & Brunner Ltda. (PYP&B); y Guerrero Olivos, Novoa, Errazuriz, siendo finalmente adjudicado, por la suma de M$ 43.000, al estudio legal PYP&B, conforme el acuerdo N° 901, correspondiente al acta N° 312, de la SesiOn Ordinaria celebrada el 25 de octubre de 2010, verificandose que al momento de evaluacion y adjudicaciOn, no se confeccion6 el acta aperture de ofertas correspondiente. En su oficio de respuesta, la Empresa senala que, en el proceso de adjudicacion de los servicios legales de Philippi, Irarrazaval, Pulido & Brunner Ltda., al momento de la evaluacion y adjudicaci6n, no se habria confeccionado el acta de aperture de las ofertas correspondientes, ya que de conformidad a lo establecido en las Bases Administrativas, en punto 1, Itinerario de la LicitaciOn, punto 4, Presentacion de las Propuestas, letra c, Oferta Economica, punto 6, Acto de Aperture, no resulta obligatorio confeccionar un acta de aperture. , ,\ )A:?-N Agrega, que en este caso el procedimiento de levantar un acta de aperture resulta inconducente, toda vez que las ofertas, de conformidad a las bases, eran enviadas a una casilla de correo electronic° especialmente habilitada para estos efectos, desde Ia cual autometicamente se 14 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA EMPRESAS derivaban (forward mail) a los integrantes de la Comisi6n Evaluadora, la cual elaboro un acta de adjudicaci6n que fue presentada en Ia sesi6n referida. Sobre la materia, este Organismo de Control levanta Ia observacion formulada, no obstante resulta necesario aclarar, que la apertura de las ofertas es un acto autonomo que tambien debe verificarse con validez, eficacia y transparencia teniendo presente ademas que cualquier oferente podria impugnar el acto de admision, rechazo de ofertas y adjudicacion. Lo anterior, a la Iuz del principio de transparencia que rige sus actuaciones y el consiguiente control que debe efectuarse de las mismas. 4.2 Estudios financieros Con fecha 24 de septiembre de 2010, se autorizo la contrataci6n de la empresa consultora Price Waterhouse, por un valor de hasta las 2.500 unidades de fomento, para Ilevar a cabo el proceso de due diligence con el fin de proporcionarlo y difundirlo con aquellas empresas participantes del proceso de adjudicaci6n de las acciones. Efectuadas las indagaciones sobre esta materia, se verific6 que el CIMM pago a la empresa consultora la suma total de M$ 11.366, correspondiente al informe due diligence ambiental, sin que Ia administraci6n de la entidad haya suscrito el acuerdo de voluntades respectivo, lo que pone en evidencia la falta de controles internos sobre Ia materia, con el consiguiente riesgo de no poder ejercer o dificultarse el ejercicio de las acciones legales pertinentes ante eventuales incumplimientos. Al respecto, la Compania senala en su oficio de respuesta, que al inicio del proceso de licitacion se estim6 que era importante efectuar un estudio denominado Vendor Due Diligence, cuyo proposito era examinar todo tipo de materias que un eventual comprador quisiera revisar, abarcando componentes legales, laborales y tributarios, entre otros. Agrega, que Price Waterhouse como empresa auditora habia sido designada por el Consejo Directivo del CIMM anterior, y dado que este era su primer ario se decidio que efectuara tambien el mencionado Vendor Due Diligence, ademas de la auditoria externa. Por este trabajo en su cotizacion inicial incluyo la auditoria ambiental, sin embargo, por razones de reducir costos se decidi6 no incluir en el informe las materias ambientales. Asimismo, indica que conforme a la cotizaci6n entregada y a su negociaci6n, se suscribi6 un contrato con dicha empresa auditora. Durante el proceso de licitacion en la etapa vinculante, uno de los proponentes solicito disponer de una auditoria ambiental, y dado que Price ya habia cotizado esa auditoria, por un monto de OF 500, se procedio a efectuar la compra de Ia misma, en el entendido que ella formaba parte del marco contractual negociado para las otros auditorias. Indica tambien, que dicha auditoria ambiental se recibio en tiempo y forma y pudo ser incorporada al Data Room virtual poniendose a disposici6n de los dos proponentes. Manifiesta ademas, que para Ia administraci6n era de vital importancia disponer de la auditoria en un plazo breve y que pasara a formar parte del Data Room virtual, por lo tanto, durante todo el tiempo en que se efectu6 esta 15 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA c .-.* 2 r .., -0 -, DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA EMPRESAS - . 'Rat auditoria, la administracion estuvo en permanente supervision y control de la ejecucian del trabajo encomendado, dado que entre otras materias hubo que coordinar visitas a las diferentes instalaciones. Agrega que, de no haber contado a tiempo con dicha auditoria, el proceso de licitacion se hubiera postergado. Igualmente, anade que el trabajo solo fue cancelado una vez entregado y no existieron anticipos de fondos, suscribiendo con fecha 26 de julio de 2011, el respectivo finiquito. De acuerdo con los antecedentes entregados, y atendido a que en dicho documento se incluy6 el informe Due Diligence ambiental bajo las mismas condiciones de los anteriores. y que el servicio se desarrollo en conformidad con lo requerido por la Empresa, este Organismo de Control, levanta la observacion formulada. No obstante, se debe hacer presente la relevancia desde el punto de vista del control interno, de que los convenios que suscriba la AdministraciOn se realicen con antelacion a la efectiva prestacion de los servicios, dando cumplimiento estricto a las clausulas en ellos contenidas. con el fin que posteriormente y mediante los documentos de respaldo respectivos. sea posible validar la efectividad del servicio contratado. 4.3 Asesoria sobre libre competencia El CIMM contrato un experto en temas de libre competencia para evacuar un informe tecnico, respecto de las consecuencias que podria tener la enajenaci6n de las referidas acciones en el mercado. Dicho contrato fue suscrito por la suma de 480 unidades de fomento, equivalente a MS 10.344, segbn boleta de honorarios electronica N° 35, de 10 de marzo de 2011. El informe, en resumen, senala que a juicio del experto parecen objetivas y transparentes las acciones encaminadas a garantizar la seriedad de la oferta de que se trata, y no se observa que las bases busquen beneficiar a alguna empresa en particular. Ademas, manifiesta que no existe ninguna vinculacion que pudiera sugerir que el interes del Directorio no esta alineado con la preservacion del patrimonio fiscal. Al respecto, cabe hacer presente que no obstante lo indicado en el referido documento, conforme a las indagaciones practicadas. se verifico que la empresa SGS Chile Limitada. que fue invitada al proceso de licitacion, y la empresa SGS Lakefield Research Chile S.A., compania relacionada de la referida entidad, durante el ano 2010 mantuvieron una relacion comercial, como clientes y proveedores de la filial CIMM T&S, condici6n que, de acuerdo con los antecedentes tenidos a la vista, no fue abordada en el mencionado documento, en orden a evaluar el posible impacto que tal situacion pudiese tener en la composicion del mercado, y en la transparencia del aludido proceso. En su oficio de respuesta, la Campania senala que la necesidad de contar con la asesoria del senor Ricardo Paredes, surge porque era esperable. que entre los proponentes que se presentaran a la licitacion se encontraran competidores de CIMM T&S S.A. 16 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA EMPRESAS Adernas, indica que la Empresa mantiene relaciones comerciales con distintos proveedores de equipos, insumos y servicios del pals y del extranjero, por lo que resulta comun. que para servir un contrato con clientes se deba recurrir al apoyo de otras empresas. entre ellas de laboratorios especializados para situaciones en las cuales CIMM T&S S.A. no posee la especialidad o ha sido requerido por algun cliente. Agrega, y reconoce que durante el ano 2010, se contrataron los servicios de SGS Lakefied Research Chile S.A., empresa filial de SGS Chile Limitada, por compras puntuales de servicios de laboratorio en un monto de $ 87.000.000, en circunstancias que los costos directos totales de explotacion de la sociedad alcanzaron a M$ 25.000.000. En esa misma condicion. indica que CIMM T&S S.A. comprb servicios a otras empresas durante el ario 2010 por un monto aproximado de S 200.000.000. De lo precedentemente expuesto, CIMM manifiesta que dado el reducido monto relativo de dichos servicios y a su no materialidad, no se consider6 que esta situacion revistiera conflicto de interes ni debiera ser abordada como impedimento para la participaci6n de SGS Chile Limitada en el proceso de licitacion. En merit° de lo expuesto. este Organismo de Control levanta la observacion, atendido a que en la determinacion de las variables del proceso de contratacion y en el diseno especifico de las bases de licitacion, se debe evitar toda circunstancia o requisito que constituya una barrera u obstaculo que limite, retarde o impida la participacion en el proceso de alguna empresa interesada en hacerlo. Del mismo modo, la Administracion debera contemplar formalmente las pautas con as cuales deben regirse aquellos casos en que se externalizan los servicios solicitados a CIMM, con el objeto que en tales operaciones y/o transacciones, queden debidamente reguladas, de modo de salvaguardar las responsabilidades que le competen a la Entidad. CONCLUSION ES Atendidas las consideraciones expuestas, corresponde mantener las observaciones formuladas en el Preinforme 125, de 2011. excepto las indicadas en los puntos 2. "Obligation legal de requerir autorizacion para suscribir deudas - ; 3.2 "Etapa vinculante del proceso de enajenacion de acciones CIMM T&S". 3.3 "Paralizacion del proceso de enajenacion de las acciones", 3.4 "Venta de terrenos ubicados en Santa Maria de Manquehue, comuna de Vitacura" en lo relacionado con la falta de un estudio sobre el avaluo del terreno; 4.1 "Estudios juridicos", 4.2 "Estudios financieros" y 4.3 "Asesoria sobre libre competencia", las que se dan por salvadas, por los motivos que en esos acapites se precisan y sujeto a la posterior verificacion que se hard en una futura visita de seguimiento, correspondiendo que el Centro de Investigacion Minera y Metalurgica. CIMM, arbitre las medidas tendientes a subsanar las observaciones que se mantienen. Por lo tanto. procede que la Empresa implemente, a lo menos, as siguientes acciones: 17 •1 ;;11 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA EMPRESAS G. u Ht i t los Estados Financieros 1. Revelar en respectivos, toda obligacion posible de sucesos futuros inciertos que no estan enteramente bajo el control de la Campania, en conformidad con lo indicado en las Normas IFRS. 2. Dar cumplimiento al numeral VI del decreto exento N' 700, de 16 de agosto de 2011, del Ministerio de Hacienda, en lo que se refiere a que la Campania debera informar mensualmente al Ministerio de Hacienda los montos utilizados de cada tipo de deuda al ultimo dia de cada mes, en virtud de lo establecido en el dictamen N° 77.173, de esta Contraloria General, de fecha 22 de diciembre de 2010, por cuanto le es aplicable el articulo 44 del decreto ley N° 1.263, de 1975, Organic° de Administracion Financiera del Estado. 3. Llevar a cabo el proceso correspondiente a modalidad de trato directo, debiendo respaldar adecuadamente cada una de sus etapas, con el fin de resguardar el patrimonio de la Empresa y la debida transparencia del proceso. 4. Implemental- y dar cumplimiento al plan estrategico respecto del uso que se le otorgara a los recursos que se reciban de la yenta de acciones y de la propiedad de Santa Maria de Manquehue. el cual a lo menos debiera consignar los objetivos. periodo de ejecucion. las politicas y las acciones que adoptara la Administracion. respecto de esta materia, a fin de optimizar el uso de los fondos, todo ello con el objeto de dar cumplimiento al principio de transparencia, aplica dictamen N° 37.493, de 2010, de esta Contraloria General. 5. Establecer en las bases administrativas de futuras licitaciones, la confeccion de las actas de apertura de las ofertas, tanto economicas como tecnicas, con el objeto de transparentar dichos procesos. 6. Suscribir los convenios con antelacion a la prestacion de los servicios, con la finalidad de Ilevar a cabo un mayor control en lo que se refiere al cumplimiento de clausulas y posterior validacion de los servicios contratados. 7. Establecer formalmente en los contratos con los clientes, los servicios que seran externalizados por CIMM, a fin de que queden claramente estipuladas las responsabilidades que le competen a las partes involucradas. Finalmente, debe dejarse establecido que, la efectividad y continuidad de las medidas que procede adoptar, seran verificadas en una pr6xima visita que se realice en el Centro de Investigacion Minera y Metalurgica CIMM. de acuerdo a politicas de este Organismo de Control sobre seguimientos de sus programas de fiscalizacion. Saluda atentamente a Ud., 18 f www.contraloria.c1