28 de Enero de 2011 - Ayuntamiento de Nerja

Transcripción

28 de Enero de 2011 - Ayuntamiento de Nerja
Sesión nº 4-28-01-11-
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE NERJA
Secretaría General
SESIÓN 2011/4 ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE FECHA 28 DE ENERO DE
2011.- PRIMERA CONVOCATORIA.-
SRES. ASISTENTES:
ALCALDE-PRESIDENTE
D. José Alberto Armijo Navas
CONCEJALES:
Dª Inocencia Quintero Moreno
Dª Isabel Mª Sánchez Navarro
D. Jonathan Méndez Hermant
Dª Emma Louise Hall
D. José Miguel Jimena Ortega
Dª Rosario Villasclaras Martín
D. José Alberto Tomé Rivas
En la Villa de Nerja (Málaga), siendo
las 08:30 horas del día 28 de enero de 2011, y
en su Casa Consistorial, se reúnen bajo la
Presidencia del señor alcalde, D. José Alberto
Armijo Navas, los concejales reseñados al
margen, asistidos por el secretario general de
la Corporación, D. Benedicto Carrión García y
del interventor D. José Luis Fernández Casado,
al objeto de celebrar la sesión ordinaria
convocada para dicho día en primera
convocatoria para tratar y resolver los asuntos
comprendidos en el Orden del Día notificado al
efecto.
SECRETARIO:
Benedicto Carrión García
INTERVENTOR :
D. José Luis Fernández Casado
Por el señor. Alcalde se da cuenta que recientemente ha sido designado como
Presidente de la Asociación de Empresarios de Nerja, el Concejal Delegado de Comercio de
este Ayuntamiento don Jonathan Méndez Hermant.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, felicita a D. Jonathan Méndez Hermant,
por su nombramiento, al mismo tiempo que expresa la disposición de este Ayuntamiento, a
la colaboración y cooperación entre esta Institución y la Asociación de Empresarios de
Nerja.
“1º.- APROBACIÓN BORRADORES ACTAS SESIONES ANTERIORES.- Dada cuenta de los
borradores de las sesiones celebradas los días 7 y 17 de enero de 2001 y , los miembros
asistentes a esta Junta de Gobierno Local, aprueban las actas mencionadas por unanimidad.
“2º.- RATIFICACION DECRETOS DE ALCALDIA.- Se da cuenta de una relación de Decretos de la
Alcaldía que son ratificados en esta sesión de la Junta de Gobierno Local:
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a) Personal:
Decreto nº 2011/66, sobre contratación de Personal destinado al Servicio de Limpieza.
Decreto nº 2011/70, sobre contratación de Peones de Limpieza.
b) Educación:
Decreto sobre aprobación de realización de prácticas de alumna.
c) Servicios Sociales:
Decreto nº 2.011/121, sobre concesión de ayuda social.
Decreto nº 2.011/130, referente a concesión de ayuda económica por emergencia social.
Decreto nº 2.011/131, relativo a concesión de ayuda social.
Decreto nº 2.011/132, sobre concesión de ayuda económica.
Decreto nº 2.011/142, relativo a concesión de ayuda social por emergencia económica.
Decreto nº 2.011/143, referente a concesión de ayuda económica.
Decreto nº 2.011/153, sobre concesión de ayuda social.”
PERSONAL:
“3º.- JUBILACION POR EDAD, DE FUNCIONARIO ENCARGADO DE VIAS Y OBRAS.- Dada
cuenta de la jubilación de D. Antonio Pozo Puyol, encargado de del Servicio de Vías y Obras
de este Ayuntamiento, en fecha 7 de enero de 2011.
El Ayuntamiento expresa su agradecimiento, al mismo tiempo que el reconocimiento a
D. Antonio Pozo Puyol, por su labor, trabajo y dedicación a este Ayuntamiento durante
tantos años de servicios a la comunidad.”
“4. MOCION PRORROGAS TRIMESTRALES FEBRERO/2.011.- Se da cuenta de la moción
presentada por el Concejal Delegado de Personal D. Antonio Miguel Nava Acosta, dirigida a
la Junta de Gobierno Local, donde consta:
“Teniendo conocimiento por parte del Negociado de Personal de este
Ayuntamiento de los vencimientos de contratos laborales, en el próximo mes de Febrero/11,
y dado que dichos trabajadores continúan siendo necesarios para el buen funcionamiento
de los diferentes servicios operativos, esta Concejalía, visto el acto de intervención de
existencia de crédito en las partidas presupuestarias correspondientes, propone a esa Junta
Local de Gobierno la prórroga por un período de tres meses más, de los que a continuación
se relacionan, al amparo de los Arts. 12 y 15 del Estatuto de los Trabajadores, según
redacción dada por la Ley 63/1997, de 26 de diciembre, modificado por el artículo primero
de la Ley 12/2001, de 9 de Julio, y el Art. 3º del RD 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que
se desarrolla el citado art. 15 del E.T., y en su caso por lo establecido en la Disposición
adicional novena y transitoria sexta de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, contratos de
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trabajo de duración determinada, a tiempo completo y parcial, de los siguientes
trabajadores:
CONTRATOS DURACION DETERMINADA – A TIEMPO COMPLETO
D.ª Carolina Martín Campos
05-3134
Vig. Parking
12-02-11
11-05-11
PRORROGAS CONTRATOS DURACION DETERMINADA – A TIEMPO PARCIA
D.ª M.ª Carmen Ponce García
D.ª Iris Ros Rodríguez
D. Alejandro D. Padilla Claros
D. Mauricio Yeo Prados
D.ª Sandra Muñoz Ripoll
D.ª María Sandra Cerezo Rosa
D. Jordi Prieto Carmona
D.ª Patricia Sabio Román
D. Juan Bautista Narváez Prieto
05-3135
05-3136
05-3137
05-3138
05-3139
05-3140
05-3141
05-3142
05-3143
Peón Limpieza
Peón Limpieza
Peón Limpieza
Peón Limpieza
Peón Limpieza
Peón Limpieza
Peón Limpieza
Peón Limpieza
Peón Limpieza
23-02-11
23-02-11
23-02-11
24-02-11
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25-02-11
25-02-11
25-02-11
22-05-11
22-05-11
22-05-11
23-05-11
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Ascendiendo el total de coste empresarial (Salario más Seguridad Social) a la cantidad
de 33.592,32 Euros aproximadamente, según el Informe adjunto facilitado por el Negociado
de Personal.”
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:
Aprobar la moción transcrita.”
“5. PROPUESTA ANTICIPO REINTEGRABLE A FUNCIONARIA. A continuación se da cuenta
de la moción presentada por el Concejal Delegado de Personal D. Antonio Miguel Nava
Acosta, dirigida a la Junta de Gobierno Local, donde consta:
“Habiéndose solicitado por Dª Mª del Carmen Campillos Gallardo, funcionaria
perteneciente a la plantilla de este Ayuntamiento, el anticipo que a continuación se
relaciona, con expresión de su importe y plazos de amortización, de conformidad con lo
dispuesto en el art. 21 del vigente Acuerdo Colectivo, y habiéndose efectuado por la
Intervención Municipal la retención de crédito correspondiente, propongo a la Junta de
Gobierno lo que sigue:
1º.-
Conceda el citado anticipo, el cual
mensual:
será reintegrado de su respectiva nómina
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Nombre y Apellidos
Mª Carmen Campillos Gallardo
2º.-
Importe
1.800,00 €
Plazo
18 meses
Notificar a los Servicios de Intervención y Personal de esta Corporación.”
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:
Dar su aprobación a la moción transcrita.”
POLICIA LOCAL:
“6. MOCION CONCEJAL DELEGADO DE LA POLICIA LOCAL, SOBRE PRÓRROGA DE
COMISION SERVICIO .- Seguidamente se da cuenta de la moción presentada por el Concejal
Delegado de la Policía Local, D. Jonathan Méndez Hermant, dirigida a la Junta de Gobierno
Local, donde consta:
“Por Decreto de la Alcaldía de fecha 16 de febrero de 2011, se nombró a D. José
Roberto Torrejón Márquez, Policía local de Salobreña, como Policía local de Nerja en
Comisión de Servicios.
Visto que la Comisión de Servicios de concedió por un año prorrogable por otro
más, condicionado al informe favorable de los Ayuntamientos implicados.
Visto el informe del jefe de la Policía local, de fecha 14 de diciembre de 2010
informando favorablemente la prórroga de la Comisión de servicios del interesado.
Visto que el Ayuntamiento de Salobreña, por Decreto de la Alcaldía de fecha 15 de
diciembre de 2010, ha acordado la prórroga de la Comisión de Servicios hasta el 17 de
febrero de 2012.
Visto que la Alcaldía tiene delegadas las competencias sobre esta materia en la
Junta de Gobierno Local, en virtud de Decreto de 18 de junio de 2007, es por lo que
propongo a dicha Junta:
1º.-
Informar favorablemente la prórroga de la Comisión de Servicio del Policía local D.
José Roberto Torrejón Márquez, hasta el 17 de febrero de 2012.
2º.-
Notificar el presente acuerdo al interesado, al jefe de la Policía Local y al
Ayuntamiento de Salobreña.”
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:
Prestar su aprobación a la moción transcrita.”
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EDUCACION Y CULTURA:
“7. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS "REDACCIÓN DEL PROYECTO BÁSICO DE
REFORMA Y ADAPTACIÓN DEL CENTRO DE FORMACIÓN PARA CENTRO MUNICIPAL DE
MÚSICA Y DANZA DE NERJA".- Dada cuenta de la moción presentada por la Concejal
Delegada de Bienestar Social D. ª Angélica Portillo García, dirigida a la Junta de Gobierno
Local, donde consta:
“Instruido el expediente para adjudicar, mediante negociado y pluralidad de
criterios, la “Redacción del proyecto básico de reforma y adaptación del Centro de
Formación para Centro Municipal de Música y Danza de Nerja”, con un presupuesto base
de licitación de 48.867,91 euros, IVA no incluido, y,
Dado que el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones
Técnicas que se incorporan al expediente, fue aprobado en Junta de Gobierno Local de
fecha 23/07/2010.
Visto el acta de la Mesa de contratación, de fecha 20 de diciembre de 2010, en la se
propone la adjudicación del contrato a D. Alberto García Marín., en el precio de 56.581,00
euros, I.V.A. incluido, por haber obtenido la mejor puntuación (54,40 puntos sobre un
máximo de 68) una vez baremados los criterios objetivos de adjudicación establecidos en
los pliegos.
Comprobado que D. Alberto García Marín ha constituido la garantía definitiva por
importe de 2.397,50 € y ha presentado las certificaciones administrativas de estar al
corriente en las obligaciones con la Agencia Tributaria, con la Seguridad Social y con el
Ayuntamiento de Nerja.
Considerando que el órgano competente para esta contratación es el Alcalde, de
conformidad con lo dispuesto en el art. 21.1.ñ) de la Ley de Bases de Régimen Local, pero
por Decreto de la Alcaldía de 18 de junio de 2.007, la competencia para esta materia fue
delegada en la Junta de Gobierno Local, es por lo que se propone a ésta:
1º.- La adjudicación del contrato de obras “Redacción del proyecto básico de reforma y
adaptación del Centro de Formación para Centro Municipal de Música y Danza de
Nerja” a D. Alberto García Marín, en el precio de 56.581,00 euros, I.V.A. incluido,
por ser la oferta económicamente más ventajosa una vez baremados los criterios
objetivos establecidos en los Pliegos.
2º.- Aprobar el gasto en fase AD.
3º.- Notificar el presente acuerdo a los licitadores y a los Servicios de Intervención.”
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:
Aprobar la moción transcrita.”
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OBRAS PÚBLICAS:
“8. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE "REFORMA Y MONITORIZACIÓN DE DEPÓSITOS DE
ABASTECIMIENTO" A LA EMPRESA AGUAS DE NARIXA, S.A..- Se da cuenta de la moción
presentada por el Concejal Delegado de Infraestructuras, D. José Alberto Tomé Rivas,
dirigida a la Junta de Gobierno Local, donde consta:
“Instruido expediente para adjudicar, mediante procedimiento negociado y
pluralidad de criterios, las obras correspondientes al proyecto “Reforma y monitorización
de depósitos de abastecimiento”, con un presupuesto base de licitación de 65.363,80
euros, IVA incluido, y
Dado que el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones
Técnicas que se incorporan al expediente, fue aprobado en Junta de Gobierno Local de
fecha 12/11/2010.
Visto el acta de la Mesa de contratación, de fecha 20 de diciembre de 2010, en la se
propone la adjudicación del contrato a la empresa Aguas de Narixa, S.A., en el precio de
65.363,80 euros, I.V.A. incluido, por ser la única oferta presentada y cumplir con los
requisitos exigidos en los pliegos:
Visto que la empresa Aguas de Narixa, S.A. ha constituido la garantía definitiva por
importe de 2.769,65 € y ha presentado las certificaciones administrativas de estar al
corriente en las obligaciones con la Agencia Tributaria, con la Seguridad Social y con el
Ayuntamiento de Nerja.
Considerando que el órgano competente para esta contratación es el Alcalde, de
conformidad con lo dispuesto en el art. 21.1.ñ) de la Ley de Bases de Régimen Local, pero
por Decreto de la Alcaldía de 18 de junio de 2.007, la competencia para esta materia fue
delegada en la Junta de Gobierno Local, es por lo que se propone a ésta:
1º.- La adjudicación del contrato de “Reforma y monitorización de depósitos de
abastecimiento” a la empresa Aguas de Narixa, S.A. en el precio de 65.363,80
euros, I.V.A. incluido, por los motivos expuestos.
2º.- Aprobar el gasto en fase AD por dicho importe.
3º.- Notificar el presente acuerdo al adjudicatario y a los Servicios de Intervención.”
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:
Dar su aprobación a la moción transcrita.”
“9. CERTIFICACIÓN ÚNICA DE LAS OBRAS "PROYECTO DE MEJORA DEL ALUMBRADO
PÚBLICO DE LAS CALLES CARLOS MILLÓN, PICASSO, ZULOAGA, SOROLLA, SOLANA Y
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BIZNAGA".- A continuación se da cuenta de la moción presentada por el Concejal Delegado
de Infraestructura, D. José Alberto Tomé Rivas, dirigida a la Junta de Gobierno Local, donde
consta:
“Dada cuenta de la certificación única de las obras “Proyecto de mejora del alumbrado
público de las calles Carlos Millón, Picasso, Zuloaga, Sorolla, Solana y Biznaga”
correspondiente al mes de diciembre de 2010, adjudicada a la empresa RAYA, S.L., por
acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 20/04/2009.
Visto que por el Técnico Director de las obras, D. Juan Aguilar Martín, se certifica que el
importe objeto de esta certificación asciende a 61.082,70 euros.
Comprobado que la certificación de obras cumple los requisitos formales, viniendo
firmado por el contratista.
Visto que hay consignación presupuestaria,
Es por lo que propongo a la Junta de Gobierno:
1º.- Aprobar la certificación ÚNICA de las obras “Proyecto de mejora del alumbrado
público de las calles Carlos Millón, Picasso, Zuloaga, Sorolla, Solana y Biznaga”, por
importe de 61.082,70 euros.
2º.- Aprobar el gasto en fase O.
3º.-Notificar al interesado y a los Servicios de Intervención y Tesorería.”
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:
Dar su aprobación a la moción transcrita.”
“10. CERTIFICACIÓN Nº 12 DE LAS OBRAS DE "URBANIZACIÓN DE LA UE-47 DEL P.G.O.U. DE
NERJA".- A continuación se da cuenta de la moción presentada por el Concejal Delegado de
Infraestructura, D. José Alberto Tomé Rivas, dirigida a la Junta de Gobierno Local, donde
consta:
“Dada cuenta de la certificación nº 12 de las obras de “Urbanización de la UE-47 del
P.G.O.U. de Nerja” correspondiente al mes de noviembre de 2010, adjudicada a la empresa
CINREB, S.L., por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 18/09/2009.
Visto que por el Ingeniero director de las obras, D. Juan José Soto Mesa, se certifica
que el importe objeto de esta certificación asciende a 90.401,36 euros.
Comprobado que la certificación de obras cumple los requisitos formales, viniendo
firmado por el contratista.
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Visto que hay consignación presupuestaria,
Es por lo que propongo a la Junta de Gobierno:
1º.-
Aprobar la certificación nº 12 de las obras de “Urbanización de la UE-47 del P.G.O.U.
de Nerja”, por importe de 90.401,36 euros.
2º.-
Aprobar el gasto en fase O.
3º.-
Notificar al interesado y a los Servicios de Intervención y Tesorería.”
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:
Prestar su aprobación a la moción transcrita.”
“11. CERTIFICACIÓNES NÚMERO 1, 2 Y 3 DE LAS OBRAS DE "MEJORA DE LAS
INFRAESTRUCTURAS HÍDRICAS DEL ENTORNO BOLICHEROS".- Seguidamente se da cuenta
de la moción presentada por el Concejal Delegado de Infraestructura, D. José Alberto Tomé
Rivas, dirigida a la Junta de Gobierno Local, donde consta:
“Dada cuenta de las certificaciones número 1, 2 y 3 de las obras de “Mejora de las
infraestructuras hídricas del entorno Bolicheros”, financiadas con cargo al Fondo Estatal
para el Empleo y la Sostenibilidad Local, creado por el Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de
octubre; correspondiente al mes de noviembre de 2010, adjudicada a la empresa
Transportes Antelo, S.L., por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 09/07/2010.
Visto que por el técnico director de las obras, D. Juan José Soto Mesa, se certifica que el
importe objeto de estas certificaciones ascienden a la cantidad de CERO euros.
Comprobado que la certificación de obras cumple los requisitos formales, viniendo
firmado por el contratista.
Visto que hay consignación presupuestaria,
Es por lo que propongo a la Junta de Gobierno:
1º.-
Aprobar las certificaciones número 1, 2 y 3 de las obras de “Mejora de las
infraestructuras hídricas del entorno Bolicheros”, por importe de CERO euros,
financiadas con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local.
2º.-
Notificar al interesado y a los Servicios de Intervención y Tesorería.”
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:
Aprobar la moción transcrita.
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“12. CERTIFICACIÓN NÚMERO 4 DE LAS OBRAS DE "MEJORA DE LAS INFRAESTRUCTURAS
HÍDRICAS DEL ENTORNO BOLICHEROS".- Dada cuenta de la moción presentada por el
Concejal Delegado de Infraestructura, D. José Alberto Tomé Rivas, dirigida a la Junta de
Gobierno Local, donde consta:
“Dada cuenta de la certificación número 4 de las obras de “Mejora de las
infraestructuras hídricas del entorno Bolicheros”, financiadas con cargo al Fondo Estatal
para el Empleo y la Sostenibilidad Local, creado por el Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de
octubre; correspondiente al mes de noviembre de 2010, adjudicada a la empresa
Transportes Antelo, S.L., por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 09/07/2010.
Visto que por el técnico director de las obras, D. Juan José Soto Mesa, se certifica que el
importe objeto de esta certificación asciende a la cantidad de 13.976,72 euros.
Existe una diferencia respecto del presupuesto adjudicado de 1.642,45 euros con
motivo del incremento del tipo impositivo del I.V.A. del 16 %, vigente durante el proceso de
adjudicación, al 18%, vigente actualmente.
Comprobado que la certificación de obras cumple los requisitos formales, viniendo
firmado por el contratista.
Visto que hay consignación presupuestaria,
Es por lo que propongo a la Junta de Gobierno:
1º.- Aprobar la certificación número 4 de las obras de “Mejora de las infraestructuras
hídricas del entorno Bolicheros”, por importe de 13.976,72 euros, financiadas con cargo
al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local.
2º.- Aprobar el gasto en fase O.
3º.- Notificar al interesado y a los servicios de Intervención y Tesorería, para que procedan a
su abono dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de recepción, de
conformidad con el mencionado Real Decreto-Ley.”
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:
Aprobar la moción transcrita.”
“13. CERTIFICACIÓN Nº 1 DE LAS OBRAS "ACCESO A EDIFICIO DE LAS HERMANAS DEL
BUEN SAMARITANO Y DEPÓSITO DE LA SUBESTACIÓN DE NERJA. FASE I".- Se da cuenta
de la moción presentada por el Concejal Delegado de Infraestructura, D. José Alberto Tomé
Rivas, dirigida a la Junta de Gobierno Local, donde consta:
“Dada cuenta de la certificación nº 1 de las obras “Acceso a edificio de las Hermanas del
Buen Samaritano y depósito de la subestación de Nerja. Fase I” correspondiente al mes de
diciembre de 2010, adjudicada a la empresa GASPAR CLAROS, S.L., por acuerdo de la Junta
de Gobierno Local de fecha 22/10/2010.
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Visto que por el Ingeniero director de las obras, D. Juan José Soto Mesa, se certifica que
el importe objeto de esta certificación asciende a 54.084,79 euros.
Comprobado que la certificación de obras cumple los requisitos formales, viniendo
firmado por el contratista.
Visto que hay consignación presupuestaria,
Es por lo que propongo a la Junta de Gobierno:
1º.-
Aprobar la certificación nº 1 de las obras “Acceso a edificio de las Hermanas del
Buen Samaritano y depósito de la subestación de Nerja. Fase I”, por importe de
54.084,79 euros.
2º.-
Aprobar el gasto en fase O.
3º.-
Notificar al interesado y a los Servicios de Intervención y Tesorería.”
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:
Dar su aprobación a la moción transcrita.”
“14. AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE "URBANIZACIÓN DE LA
UNIDAD DE EJECUCIÓN UE-13 DEL P.G.O.U. DE NERJA".- A continuación se da cuenta de la
moción presentada por el Concejal Delegado de Infraestructura, D. José Alberto Tomé
Rivas, dirigida a la Junta de Gobierno Local, donde consta:
“Se ha recibido escrito de la empresa SARDALLA ESPAÑOLA, S.A., contratista de
las obras “Urbanización de la Unidad de Ejecución UE-13 del P.G.O.U. de Nerja”, en el que
solicita a este Ayuntamiento tenga a bien considerar la ampliación en el plazo de
finalización de las mencionadas obras hasta el día 01 de marzo de 2011.
Visto el informe emitido por el Ingeniero de Caminos C. y P., don Lucas Alexander
Hermans, bajo cuya dirección técnica han sido ejecutadas las obras, en el cual expone que,
tras examinar los motivos alegados por la contrata, como con “la aparición de excavación
en roca, la necesidad de modificación de las partidas de baja y media tensión para
adecuarlas a la normativa actual, aún pendiente de aprobación, y las interferencias de las
obras del sector SUP-8, también en ejecución, con el consiguiente tráfico de maquinaria
pesada, por lo que se ha decidido aplazar la ejecución de la capa superficial del vial B”, los
cuales han hecho que se retrasara la normal ejecución de la misma.
Visto que por el Ingeniero Técnico de Obras Públicas, Jefe del Servicio de
Infraestructuras, se ha informado favorablemente a dicha ampliación de plazo.
Considerando que los imprevistos mencionados no son imputables a la contrata y,
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a criterio de la Dirección de obra, están justificados.
De conformidad con el art. 197.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos
del Sector Público,
PROPONGO que se considere justificada por la Junta de Gobierno Local de este
Ayuntamiento la ampliación del plazo de ejecución de las obras de “Urbanización de la
Unidad de Ejecución UE-13 del P.G.O.U. de Nerja”, aprobando la prórroga y trasladando la
fecha de terminación al día 01 de marzo de 2.011.
No obstante, la Junta de Gobierno Local acordará lo que crea más procedente.”
D. Jonathan Méndez Hermant, Concejal de este Ayuntamiento, sale del salón de
sesiones, en este punto, por posible causa de abstención, al ser propietario de una parcela
en la UE-13.
La Junta de Gobierno Local, con el voto de todos los asistentes, a excepción del D.
Jonathan Méndez, que se ha ausentado en el momento de la votación:
Prestar su aprobación a la moción transcrita.”
TURISMO:
“15. CERTIFICACIÓN Nº 6 DE LAS OBRAS DE "RESTAURACIÓN DEL ACUEDUCTO DEL
PUENTE DEL ÁGUILA EN NERJA (MÁLAGA)".- Seguidamente se da cuenta de la moción
presentada por el Concejal Delegado de Turismo, D. José Miguel García Jimena, dirigida a la
Junta de Gobierno Local, donde consta:
“Dada cuenta de la certificación nº 6 de las obras de “Restauración del Acueducto
del Puente del Águila en Nerja (Málaga)”, correspondiente al mes de diciembre de 2010,
adjudicada a la empresa Hermanos Campano, S.L., por acuerdo de la Junta de Gobierno
Local de fecha 26/05/2010.
Visto que por el director de obras, D. José Ramón Cruz del Campo, se certifica que el
importe objeto de esta certificación asciende a 44.306,55 euros.
Comprobado que la certificación de obras cumple los requisitos formales, viniendo
firmada por el contratista.
Visto que hay consignación presupuestaria,
Es por lo que propongo a la Junta de Gobierno:
1º.-
Aprobar la certificación nº 6 de las obras de “Restauración del Acueducto del
Puente del Águila en Nerja (Málaga)”, por importe de 44.306,55 euros, emitida por
el director de obras D. José Ramón Cruz del Campo.
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2º.-
Aprobar el gasto en fase O.
3º.-
Notificar al interesado, a los servicios de Intervención, Tesorería y a la
Mancomunidad de Municipios de la Axarquía.”
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:
Aprobar la moción transcrita.”
SALUD PÚBLICA:
“16. MOCION CONCEJAL DELEGADO DE SALUD PUBLICA PROTOCOLO DE ACTUACION
MUNICIPAL ANTE SITUACIONES DE RIESGO PARA LA SALUD PUBLICA EN VIVIENDAS Y
LOCALES.- Dada cuenta de la moción presentada por el Concejal Delegado de Deportes, D.
Andrés Márquez Castro, dirigida a la Junta de Gobierno Local, donde consta:
“En los últimos años, se viene comprobando la existencia de casos repetidos que
responden al denominado “Síndrome de Diógenes”. Esta enfermedad es un trastorno
específico, que se presenta en algunas personas solitarias, de avanzada edad,
generalmente, y que afecta a sujetos de todos los extractos sociales. Es una conducta de
aislamiento, con ruptura de las relaciones sociales, negligencia en las necesidades de
higiene personal y ambiental, reclusión domiciliaria, rechazo de ayudas sociales o familiares,
y negación de la situación patológica.
Estas circunstancias originan, en determinados casos, verdaderos problemas de
salubridad, pues junto al riesgo evidente para la salud del afectado, la situación de
acumulación de basuras incide directamente en la salud y seguridad del vecindario, dando
lugar a malos olores, plagas, situaciones de alto riesgo de incendio, etc.
Es por ello que las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias,
deben intervenir en la prevención, corrección de estos problemas de salubridad pública, y
facilitar a los afectados el oportuno tratamiento integral dirigido a paliar los efectos de la
falta de higiene, malnutrición de los mismos y atención sanitaria, tendente a que la situación
no vuelva a producirse.
Por ello, resulta preciso que la actividad de las distintas áreas y servicio
municipales con implicación en la materia, resulte eficaz y coordinada, de tal forma que
cada cual conozca su ámbito competencial y la actividad que desplegar.
Por todo lo expuesto anteriormente, propongo a la Junta de Gobierno Local
adopte el siguiente acuerdo:

Aprobar el “Protocolo de actuación municipal ante situaciones de riesgo para la
salud pública en viviendas y locales”.
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
Dar traslado del protocolo a las distintas Administraciones implicadas, así como a
los distintos departamentos municipales.”
EL MENCIONADO PROTOCOLO ES EL SIGUIENTE:
PRIMERO: DETECCIÓN O CONOCIMIENTO.
El conocimiento, detección o noticia de una posible situación que afecte a la
salubridad o seguridad públicas, y que se puede catalogar como caso de “Síndrome de
Diógenes”, podrá venir por distintas vías; a saber:

Por denuncia o queja de ciudadanos, vecinos o no del mismo inmueble, ante la
presencia de malos olores, plagas de insectos, etc. Estas denuncias podrán
efectuarse individualmente o a través de Comunidades de Propietarios o de
Vecinos, Asociaciones, Informes de Policía: Visitas domiciliarias de los Servicios
Sociales; Actuaciones sanitarias, por denuncia de familiares, formalizadas
igualmente por escrito y presentadas en el Registro General del Ayuntamiento. En
todos los supuestos, la denuncia, informe, diligencia de actuación, etc. dará lugar a
la incoación del correspondiente Expediente Administrativo Municipal.
SEGUNDO: ACTUACIÓN MUNICIPAL:
Una vez recibida la correspondiente denuncia en el Ayuntamiento, o la información
remitida por otras Administraciones, se iniciará Expediente Administrativo Municipal
tendente al dictado de Acto que requiera, por motivos de salubridad pública, a los
ocupantes de la vivienda en cuestión, el limpiado, y en su caso desinfección o
desinsectación de la vivienda.
Por ello, deberá tenerse en cuenta los siguientes puntos y actuaciones:

Inspección Sanitaria de la vivienda, por parte del Distrito Sanitario de la Axarquía.

Emisión de Acta-Informe en el que se consignará el estado de la vivienda (de ser
éste correcto se procederá al archivo del expediente).

Trámite de Audiencia al interesado, con las notificaciones según la Ley de
Procedimiento Administrativo.

Resolución de la Alcaldía, o de la Concejalía-Delegada competente según la materia,
que incluya la correspondiente Orden de Ejecución, plazo para la ejecución
voluntaria, y el apercibimiento expreso de ejecución forzosa subsidiaria en caso de
incumplimiento.

Una vez vencido el plazo concedido para la ejecución voluntaria, la Inspección
sanitaria, con el auxilio de la Policía Local, constatará si se ha producido o no la
limpieza de la vivienda de conformidad con la Resolución dictada. Si el informe
fuere positivo, se procederá al archivo del Expediente. Si fuere negativo, se harán
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constar las circunstancias concretas y su motivación, y especialmente si se ha
permitido o no la entrada a la vivienda. En este caso, se notificará al afectado día y
hora en que se llevará a cabo la ejecución forzosa subsidiaria, informándole que de
no permitir la entrada para ello, se recabará la autorización judicial de entrada al
domicilio. Si se permitiese la entrada, se efectuarán las labores de limpieza y, en su
caso de desinfección y desinsectación, con cargo al ocupante de la vivienda.

En la solicitud al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo para la entrada en el
domicilio afectado, deberá indicarse el objetivo de la misma (inspección, limpieza,
seguridad9, y en todo caso, que se hace en ejecución de Acto Administrativo firme y
dictado de conformidad con el Procedimiento Administrativo, y que no se ha
cumplido con la ejecución voluntaria de dicho Acto. Asimismo, se indicará la
urgencia del caso a efectos de poder acortar los plazos de alegaciones tanto del
Ministerio Fiscal como del interesado.
A la solicitud deberá acompañarse, necesariamente copia del Expediente
Administrativo completo; Informes Técnicos, fundamentalmente sanitarios; Informes de los
Trabajadores Sociales sobre el núcleo familiar; e informes realizados por la Policía Local.
En todo caso, por el Servicio de Sanidad se informará a los Servicios Sociales
Municipales y a las Administraciones competentes de la existencia de las personas que
pudieran estar afectadas por el llamado “Síndrome de Diógenes” para la intervención de los
Servicios Sociales y Sanitarios que correspondan.
TERCERO: COORDINACION DE LOS SERVICIOS MUNICIPALES.
a).- Asesoría Jurídica: Cualesquiera actuaciones o comunicaciones que se insten o dirijan a
los órganos jurisdiccionales con competencias en la materia deberán ser cursadas a
través de la Asesoría Jurídica Municipal, a la que además corresponde a los siguientes
cometidos:

Solicitar la autorización judicial necesaria para la entrada en el domicilio.

Solicitar al Juzgado el ingreso involuntario en Residencia o Centro de Acogida, si
procede.

Solicitar al Juzgado la incapacidad del afectado, si procede.

Previo informe de los Servicios o Unidades actuantes, informar al Juzgado del fin
del Expediente, una vez finalicen las actuaciones.
b).- Policía Local: Además de la obligación de informar al Servicio de Sanidad Municipal
cuando en el desempeño de sus funciones tenga conocimiento de la existencia de un
supuesto de las características de las aquí contempladas, su actuación consistirá en:

Colaborar en las notificaciones a interesados de las Órdenes de Ejecución dictadas
por el órgano municipal competente.
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
Emitir informe motivado sobre si los ocupantes de la vivienda han permitido la
entrada en la misma, bien para labores de inspección o para tareas de limpieza.

Estar presentes y emitir informe motivado de la actuación concreta en
cumplimiento de la Autorización Judicial de entrada y limpieza del domicilio
afectado, y remitir al Juzgado el informe elaborado.
c).- Área de Servicios Sociales: Su actuación se centrará en la atención a la problemática
social de las personas residentes en la vivienda:

Si como consecuencia de las intervenciones propias de su competencia, se
detecta algún supuesto, deberá ponerlo en conocimiento, mediante informe,
del Servicio de Sanidad.

Seguimiento de la unidad familiar afectada, con apertura del correspondiente
expediente familiar, y estudio y aplicación de medidas personales y económicas.

Coordinación, si procede, con los servicios sanitarios y sociales de la
Administración Autonómica.
d).- Servicio de Limpieza y Servicios Operativos.

Los Servicios de Limpieza, realizarán por sí o por empresa contratada al efecto,
las gestiones precisas para la limpieza del domicilio y la contratada al efecto, las
gestiones precisas para la limpieza del domicilio y la retirada de basuras y
enseres. Deberán coordinar la entrada al domicilio, para ejecutar la Orden de
limpieza, con los Servicios Sociales, Policía Local, y, en su caso, con Servicios
Operativos y Bomberos.

Los Servicios Operativos prestarán su colaboración en los casos de dificultad
física de entrada en la vivienda, riesgo de incendio, desestabilización de la
estructura del inmueble, etc.
CUARTO: COORDINACION CON OTRAS ADMINISTRACIONES.
a).- Con la Delegación Provincial de la Consejería de Salud.- Los Servicios Sociales
Municipales coordinarán su actuación con los Servicios Sociales Municipales
coordinarán su actuación con los Servicios Sanitarios de Salud Mental para la detección,
diagnóstico y tratamiento de los casos de “Síndrome de Diógenes”.
b).- Con la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Socia.- Los
Servicios Sociales Municipales coordinarán su actuación con la Consejería de Bienestar
Social al objeto de localizar recursos residenciales para el alojamiento alternativo de los
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usuarios afectados, con carácter provisional o definitivo; así como los recursos
personales y materiales para el seguimiento y atención a los afectados.
c).- Juzgados del Orden Civil y Contencioso-Administrativo.- Cuando no exista colaboración
por parte de los afectados o sus familias, se recabará de los mismos las autorizaciones
pertinentes para el acceso al domicilio y limpieza, ingreso involuntario e incapacitación,
cuando procedan.
La presente instrucción será notificada a todas las Delegaciones Áreas, Servicios y
Unidades Administrativas que deban intervenir en el Protocolo descrito, o que deban
conocer su contenido por razones de las competencias que les estén asignadas.”
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:
Aprobar la moción y Protocolo anteriormente transcritos.
URGENCIA
A).-
MOCION CONCEJAL DELEGADO DE EMPLEO CONTRATACION LABORAL TEMPORAL
DE UN/A VIGILANTE APARCAMIENTO SUBTERRÁNEO MUNICIPAL "BALCÓN DE
EUROPA", A TIEMPO COMPLETO..-Se da cuenta de la moción presentada por el
Concejal Delegado de Personal D. Antonio Miguel Nava Acosta, dirigida a la Junta de
Gobierno Local, donde consta:
“Con motivo de la finalización del contrato de trabajo de la Vigilante del
Aparcamiento Municipal “Balcón de Europa” D.ª Lorena Roca Bruno el próximo día
31 de los corrientes, y, en base a la propuesta de la Comisión de Selección encargada
de juzgar las pruebas selectivas convocadas por este Ayuntamiento para la
contratación laboral en régimen de duración determinada, mediante ConcursoOposición de Vigilantes con destino a dicho Aparcamiento Municipal y Formación de
Bolsa de Trabajo, con sujeción a las Bases de dicha convocatoria, y, siguiendo el
orden de puntuación final obtenido en dicho proceso selectivo, es por lo que
propongo a la Junta de Gobierno Local adopte el siguiente acuerdo:
Contratar a D.ª M.ª ÁNGELES MARTÍN LOSADA, por un periodo de tres
meses, a tiempo completo, prorrogables en su caso hasta un máximo de seis,
celebrado al amparo del Art. 15 del Estatuto de los Trabajadores, y el Art. 3º Eventual
por circunstancias de la producción del R.D. 2720/1998, de 18 de diciembre, al haber
finalizado su baja por maternidad en fecha 18/01/2011.
Ascendiendo el total del coste empresarial (Salario más Seguridad Social) a
la cantidad de 8.109,86 Euros aproximadamente, según el Informe adjunto facilitado
por el Negociado de Personal.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:
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Aprobar la moción transcrita.”
BIENESTAR SOCIAL:
B).-
“MOCIÓN CONCEJAL DELEGADA DE BIENESTAR SOCIAL, EDUCACIÓN Y
CULTURA SOBRE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO COMIDA A DOMICILIO.Seguidamente se da lectura a la siguiente moción, donde consta:
“El Excmo. Ayuntamiento de Nerja, en Junta de Gobierno Local,
aprobó la “Moción conjunta Alcalde y Concejal Delegado de
Infraestructura: Destino de los Fondos incondicionados provenientes del
acuerdo de concertación para la anualidad 2.011”.
En dicha moción se recoge que las transferencias de fondos
incondicionados, regulados en sesión ordinaria del Pleno de la Excma.
Diputación Provincial de Málaga de fecha 2 de Noviembre de 2010,
ascienden en su totalidad a 178.755,74 €, y se efectuarán según el acuerdo
Plenario de la Excma. Diputación Provincial, en el primer trimestre del 2.011,
en dos pagos, siendo el segundo pago mediante ingreso en efectivo por un
importe de 123.558,77 €.
Se acuerda en la mencionada Junta de Gobierno Local destinar el
importe del segundo pago de los fondos incondicionados a la creación de
empleo y a familias necesitadas, ya que, debido a la actual situación de crisis
económica que estamos padeciendo, son muchas las familias que han visto
mermados sus ingresos, por lo que la cobertura de las necesidades básicas
se hace cada vez más difícil.
Esta situación de crisis económica afecta sobremanera a las
personas mayores de 65 años y discapacitados, especialmente los
perceptores de pensiones no contributivas, puesto que su capacidad
adquisitiva se ve reducida, y se enfrentan a situaciones de exclusión social
debido al aislamiento que sufren en muchas ocasiones, tanto por la falta de
autonomía personal, como por la imposibilidad de sus familiares más
cercanos a colaborar en el mantenimiento de un buen estado de salud,
debido a las cargas familiares, laborales, etc.
Por ello, desde el pasado mes de Julio de 2.010, esta Corporación
Local ha desarrollado un programa pionero en la historia del municipio,
como es el Servicio de Comida a Domicilio, una prestación complementaria
del Servicio de Ayuda a Domicilio Municipal, considerada prestación básica
del Sistema Público de Servicios Sociales. Este servicio ha supuesto la
financiación, por parte de este Ayuntamiento, de la alimentación sana y
equilibrada de aproximadamente 15 personas en situación de especial
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riesgo, por razones económicas y socio-familiares, así como por situaciones
de dependencia.
El Servicio de Comida a Domicilio ha supuesto un avance en la
mejora de las condiciones de vida de las personas mayores y/o
discapacitados, con escasos recursos económicos y con limitada autonomía
personal, proporcionándoles las comidas ya preparadas y acorde con sus
necesidades nutricionales específicas, durante todos los días de la semana.
Este servicio se ha venido financiando con la aportación del Fondo
Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, puesto que el proyecto
cumple con los requisitos de los artículos 2, 9 y 10 del Real-Decreto-Ley
13/2.009, y ha sido prestado por la empresa concesionaria del Servicio de
Ayuda a Domicilio Municipal, CLECE, y ha finalizado recientemente.
En el presente año, esta Concejalía propone destinar una parte de
los fondos incondicionados, anteriormente mencionados, para poder
prorrogar el Servicio de Comida a Domicilio, ya que desde los Servicios
Sociales Municipales y la Concejalía de Bienestar Social se han recibido
numerosas demandas para continuar con el mencionado servicio. Ante tal
número de demandas, desde esta Concejalía se observa la necesidad de
continuar ofreciendo el Servicio de Comida a Domicilio puesto que ha
supuesto una mejoría notable tanto en el nivel de salud de los beneficiarios,
como en su situación socio-económica.
Se propone, así mismo, la idoneidad de continuar prestando dicho
servicio a través de la empresa CLECE, puesto que ya viene desarrollándolo
desde el pasado mes de Julio y urge la continuidad del servicio, sin
interrupciones, ya que un nuevo proceso de adjudicación supondría la
paralización del servicio durante un plazo de 2 meses aproximadamente, y
perjudicaría directamente a los actuales beneficiarios del servicio,
ocasionando problemas de solvencia económica y bajando sus niveles de
calidad de la alimentación, y por consiguiente afectaría a su estado de salud
y dependencia.
Por lo anteriormente expuesto, propongo a la Junta de Gobierno
Local de este Ayuntamiento, adopte el siguiente acuerdo:

Destinar un total de 21.114,00 € (más I.V.A.) procedentes de los fondos
incondicionados del Programa de Concertación del 2.011, a la
continuación y/o prórroga del Servicio de Comida a Domicilio hasta el
mes de Junio, inclusive, de 2.011, que viene prestando esta Corporación
de forma indirecta, a través de la empresa CLECE, S.A.

Prorrogar la adjudicación de la prestación del Servicio de Comida a
Domicilio a la empresa CLECE, S.A. hasta el mes de Junio inclusive, de
2.011.”
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Secretaría General
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:
Dar su aprobación a la moción transcrita.”
Y no habiendo más asuntos de que tratar el Sr. Alcalde-Presidente levantó la
sesión, siendo las diez horas del día 28 de enero de 2011, de todo lo cual como
Secretario, certifico.
Vº Bº
EL ALCALDE,
EL SECRETARIO,
-José Alberto Armijo Navas-
-Benedicto Carrión García-
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