Folleto de Estrella Seguros
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Folleto de Estrella Seguros
BASES 15 de octubre de 2009 Desde el 15 de octubre al 31 de diciembre de 2009 “Una navidad de oro” Campaña de Ahorro y Jubilación E strella Seguros lanza su tradicional Campaña de Pensiones donde el cliente, además de desgravar en la declaración del IRPF, obtiene importantes regalos. Los objetivos que se marcan en esta campaña son con caracter general: ● ● ● Impulsar la oferta de los seguros de ahorro, planes de pensiones y planes de previsión asegurado. Captar al pequeño ahorrador para que canalice su ahorro sistemático por medio de seguros de ahorro, PIAS o PPA. Atraer movilizaciones hacia nuestro PPA o PPI. La presente campaña comienza el 15 de octubre y finaliza el 31 de diciembre de 2009. Ofrece a sus clientes una nueva gama de regalos y a sus mediadores una comisión adicional de primer año. PRINCIPALES NOVEDADES DE LA CAMPAÑA Para el Cliente: ● 2% en efectivo para movilizaciones superiores a 50.000 euros (en sustitución del regalo), cantidad que se transferirá a la cuenta corriente del cliente, una vez finalizada la campaña y siempre que dicha operación se halle consolidada. También se podrá optar por ingresarlo en su plan (las movilizaciones a partir de 12.000 euros podrán optar por el 1%). ● ● Las aportaciones periódicas a Ahorro, PIAS o PPA iguales o superiores a 1.000 euros anuales, tendrán un regalo adicional de un forro polar o una manta polar (sólo para la contratación de nuevos seguros en el periodo de campaña - nuevos clientes). Si las aportaciones periódicas a Ahorro, PIAS o PPA superan 2.000 euros de prima anualizada, tendrán adicionalmente derecho a regalo según tramos. Para el Mediador: ● La comisión adicional de 1er año llega hasta el 5% (para la nueva producción de seguros de Ahorro y PIAS). ● También tendrán comisión adicional de 1er año las primas/aportaciones extraordinarias y movilizaciones, así como las aportaciones periódicas de nueva producción a PPI, PPA y EPSV, hasta el 1,5%. Periodo: Desde el 15 de octubre al 31 de diciembre de 2009 Productos: Estrella Ahorro, Estrella PIAS, Estrella PPA, Planes de Pensiones, Planes EPSV (País Vasco). Incentivo para el Cliente: Regalos, 1% o 2% en efectivo o en el Plan Incentivo para el Mediador: Comisión adicional de 1er Año Pág. 1/4 15 de octubre de 2009 PERIODO Del 15 de octubre al 31 de diciembre de 2009. PRODUCTOS Y OPERACIONES COMPUTABLES Los productos objeto de la presente campaña son: Estrella Ahorro, Estrella PIAS, Estrella PPA, Planes de Pensiones y Planes EPSV. Sólo computarán a efectos de campaña las operaciones cobradas, netas de anulaciones y reemplazos. OPERACIONES CON DERECHO A REGALO Tendrán derecho a regalo los tomadores o partícipes que contraten o realicen aportaciones ordinarias o extraordinarias a los productos antes nombrados. Asimismo, tendrán derecho a regalo los clientes que movilicen a favor de Estrella Seguros y en periodo de campaña su PPI, PPA o EPSV. ● Aportaciones/Primas Periódicas se considerará la prima anualizada de todas las operaciones de nueva producción realizadas en periodo de campaña. Las Aportaciones Periódicas iguales o superiores a 1.000 euros anuales a Estrella PPA, Estrella Ahorro y Estrella PIAS tendrán, además, un regalo adicional de un forro polar o una manta polar. Si las mismas superan 2.000 euros de prima anualizada, tendrán adicionalmente derecho a regalo según tramos. ● Aportaciones Extraordinarias a planes de pensiones y seguros antes mencionados, realizadas en periodo de campaña desde 2.000 euros. ● Movilizaciones: para solicitudes de movilizaciones dentro del periodo de la campaña, tanto si se cobran los derechos consolidados en periodo de campaña como una vez finalizada, desde 2.000 euros. Excluidas movilizaciones internas. A estos efectos tendremos asimismo consideración de movilizaciones internas aquellas que procedan de Vitalicio Seguros. Las movilizaciones de Estrella PPI a Estrella PPA, y viceversa, tienen la consideración de movilizaciones internas y no generan derecho a regalo. OTRAS CONSIDERACIONES: 3 Sólo se concederá un regalo por operación. Premios no acumulables por otras operaciones realizadas por un mismo cliente durante el periodo de campaña. 3 Se podrán sumar las Aportaciones/Primas Extraordinarias, Periódicas y Movilizaciones de un cliente para optar a un regalo de un tramo superior. 3 El regalo, 1% o 2% tiene la consideración fiscal de rendimiento de capital mobiliario. 3 Sólo darán derecho a regalo las aportaciones/primas cobradas. 3 Fecha de caducidad para petición de regalo: 01/03/10. 3 La Compañía se reserva el derecho a solicitar la devolución del regalo o su importe económico al cliente si se produce la movilización de su plan antes del 31/12/11. 3 No tendrán derecho a regalo, ni 1% o 2% en efectivo en su plan, los ex-clientes de la Compañía que durante los últimos 3 años hayan movilizado su plan a otra gestora. 3 No tendrán derecho a regalo ni 1% o 2% en efectivo o en su plan, los asegurados/partícipes con una edad igual o superior a 60 años (nacidos antes del 15/10/1949). 3 El envío del regalo se realizará una vez cobrada la prima/aportación. 3 Estrella Seguros se reserva el derecho de cambiar el regalo por otro de similares características en caso de agotamiento de existencias. COMISIÓN ADICIONAL DE PRIMER AÑO PARA LOS AGENTES EXCLUSIVOS Las Comisiones Adicionales de 1er año van dirigidas a Agentes Exclusivos Tutelados que en periodo de Campaña intermedien en las siguientes operaciones: ● Aportaciones a Ahorro y PIAS, exclusivamente (Tabla A). ● Resto de Operaciones: Aportaciones Extras o Movilizaciones procedentes de otras compañías, así como periódicas a PPI, EPSV y PPA (Tabla B). Tabla A - Ahorro y PIAS Tramos Comisión Adicional en Euros de 1er. Año De 2.000 a 3.000 1% De 3.001 a 6.000 2% De 6.001 a 8.000 3% De 8.000 en adelante 5% Tabla B - PPI, PPA y EPSV Tramos Comisión Adicional en Euros de 1er. Año De 6.000 a 24.000 De 24.000 en adelante 1% 1,5% La comisión adicional de primer año se calcula: – Operación por operación, varias operaciones en una misma póliza/plan permiten acumular el importe para el cálculo de la Comisión Adicional. – En el caso de primas en Ahorro y PIAS, se establece una Comisión Adicional máxima por operación de 500 euros. – En el caso de PPI, PPA y EPSV se establece una Comisión Adicional máxima por operación de 1.000 euros. – La comisión adicional de primer año no es de aplicación a: – En los Seguros de Ahorro y PIAS: primas con duración inferior a 10 años. – En general: clientes de 60 años o más. – Traspasos internos. – La comisión adicional de primer año abonada a un mediador se detraerá de sus comisiones ordinarias de pensiones o vida en el supuesto de que antes del 31/12/2010 se movilicen a favor de otras gestoras, al menos el 25% de las aportaciones realizadas en la presente campaña. El importe a detraer será únicamente el que corresponda a las operaciones transferidas a otras gestoras. Pág. 2/4 15 de octubre de 2009 REGALOS PARA CLIENTES NOVEDAD SOLICITUD DE REGALOS Las aportaciones periódicas a Ahorro, PIAS o PPA, iguales o superiores a 1.000 euros (por cliente) anualizadas, tendrán un regalo adicional de un forro polar o una manta polar. Sólo para la contratación de nuevos seguros en el periodo de campaña. El procedimiento de solicitud de los regalos se realizará exclusivamente a través de Media-Net. En la pestaña “Campañas”, dentro de “Bases” se encuentra el acceso para la Solicitud de Regalos. ● Por razones fiscales todos los datos de la ficha de solicitud de regalos son de cumplimentación obligatoria, no pudiéndose tramitar la misma si falta alguno. ● La ficha deberá estar debidamente cumplimentada, con el fin de agilizar al máximo el envío del regalo, y evitar consultas y devoluciones. ● El regalo se enviará una vez esté cobrada la aportación/prima o ingresados en la Compañía los derechos consolidados, en caso de movilización. ● Los regalos se enviarán a la Sucursal, a la atención del Gerente, con el nombre del cliente. ● En la ficha de regalo deberá figurar el nombre del tomador de la póliza a quien se le imputará fiscalmente el coste del regalo. Pág. 3/4 15 de octubre de 2009 La Gama de Estrella Seguros Estrella PPA Planes de Pensiones Individuales - Rentabilidad bruta total hasta 31/12/2009: 4,65% - Interés técnico: 2,40%. Plan Estrella Renta Fija Para inversores conservadores o próximos para su jubilación (100% renta fija). Estrella Ahorro - Rentabilidad bruta a 31-12-2008: 4,78% - Interés técnico: 2,40%. Plan Estrella Para inversores moderados y que se van a jubilar a medio y corto plazo (30% renta variable máximo). Estrella PIAS Plan Estrella Mixto Para inversores más arriesgados que quieren diversificar su inversión (del 30 al 75% renta variable). - Interés Técnico Garantizado: 2,40% sobre las primas pactadas y durante toda la duración del contrato. - Participación en Beneficios Garantizada: Rentabilidad bruta hasta el 31-12-2009 para los contratos emitidos antes de dicha fecha: 4,83% anual. Plan Estrella Acciones Para inversores que buscan una mayor rentabilidad en función de los mercados financieros (del 75 al 100% renta variable). Fiscalidad de los productos con desgravación Planes de Pensiones, PPA y Planes de Previsión EPSV ● Los Planes de Pensiones, Planes de Previsión EPSV y Planes de Previsión Asegurados son los únicos productos que permiten una deducción fiscal inmediata, reduciendo directamente la Base Imponible del IRPF y posibilitando un importante ahorro fiscal. ● Límite general de la reducción, la menor de: 10.000 euros anuales o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividad económica. ● Para los mayores de 50 años se aumenta este límite hasta la menor de: 12.500 euros anuales o el 50% de los rendimientos netos del trabajo y de actividad económica. ● Límite único y conjunto para las aportaciones individuales y contribuciones empresariales. ● Si el cónyuge no obtiene rentas o éstas son inferiores a 8.000 euros anuales, el contribuyente se podrá reducir las aportaciones al plan del cónyuge con el límite de 2.000 euros. ● Régimen especial para minusválidos. Límite total conjunto 24.250 euros. Fiscalidad en el País Vasco y Navarra En los Territorios Forales, la situación fiscal vigente es la siguiente: ● Álava, Guipúzcoa y Vizcaya: - Límite general: 8.000 euros anuales. - Límite mayores de 52 años: se incrementa en 1.250 euros/año hasta llegar a 24.250 euros (65 o más años). - Doble límite para aportación individual y contribución empresarial - Aportación a favor del cónyuge: 2.400 euros al año. - Aportación para minusválidos: límite total conjunto 24.250 euros. ● Navarra. - Límite general: 8.000 euros anuales o 30% de rendimientos de trabajo y actividad económica. - Límite mayores de 52 años: 12.500 euros al año o 50% de rendimiento de trabajo y actividad económica. - Límite único conjunto para aportación individual y contribución empresarial - Aportación a favor del cónyuge con igresos inferior a 8.500 euros: 2.000 euros al año. - Aportación para minusválidos: 24.250 euros. Fiscalidad de los PIAS Exención fiscal de los rendimientos si: ● La duración es superior a 10 años. ● La prestación es en forma de renta vitalicia. ● El Tomador es el mismo asegurado y beneficiario ● ● Aportación limitada a: - 8.000 euros por año - 240.000 euros para el total de la duración. Exención de los rendimientos de la renta vitalicia en función de la edad de contratación. Pág. 4/4