Diferencias CD e IPT - Atención Integral a la Discapacidad
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Diferencias CD e IPT - Atención Integral a la Discapacidad
Concejalía de Servicios Sociales, Salud y Familia Centro de Atención Integral a la Discapacidad ¿ES LO MISMO UN CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD QUE UNA INCAPACIDAD LABORAL PERMANENTE? No. El Certificado de Discapacidad valora cómo influye la discapacidad de la persona a nivel de funcionamiento. Tiene en cuenta todos los ámbitos de la vida de la persona. Puede dar lugar a una Pensión No Contributiva por Invalidez si se alcanza el 65%, además de otros requisitos (más información en Documentos útiles). La Incapacidad Laboral, la concede el Instituto de la Seguridad Social y lo que valora es, si la persona puede seguir desempeñando las funciones de su puesto; es decir, se centra únicamente en el ámbito laboral. Puede dar lugar a una pensión contributiva. Con la aprobación del Real decreto Legislativo 1/2013 de 29 de noviembre por la que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, toda persona que tenga reconocida una Incapacidad Laboral Permanente tiene reconocido un 33% de discapacidad. Para acreditarlo, puede solicitar la Tarjeta acreditativa de Discapacidad (más información en Documentos útiles). ENTIDAD GESTORA: FUNDACIÓN PARA EL ESTUDIO Y LA PROMOCIÓN DE LA ACCIÓN SOCIAL (FEPAS) Centro Cívico María Zambrano C/ Pedro de Lerma S/n 28802 Alcalá de Henares Telf: 91 881 20 29 Fax: 91 883 58 05 E-mail: [email protected]