procedimiento de banco de proyectos
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procedimiento de banco de proyectos
PROCEDIMIENTO DE BANCO DE PROYECTOS ELABORÓ: JEFE DE PROCESO BANCO DE PROYECTOS REVISÓ: LIDER DE PROCESO APROBÓ: SUBDIRECTOR DE PLANEACION Fecha de Aprobación: DD:17 MM: 08 AAAA: 2010 PROCEDIMIENTO DE BANCO DE PROYECTOS PROCESO DE BANCO DE PROYECTOS VERSIÓN: 04 FECHA: 17/08/2010 PÁGINA 2 DE 12 1. Objetivo: Objetivo General: Construir una base de información que permita planificar y programar la inversión, con base a la priorización de las actividades y al seguimiento de las mismas. Objetivos Específicos: Crear una base de proyectos ambientales para la jurisdicción de Cardique. Ordenar la inversión ambiental de forma tal que se evite la duplicidad de acciones. Efectuar un seguimiento detallado y continuo a la inversión ambiental. Asesorar a las dependencias de la corporación, a los entes territoriales, ONG´S y sociedad civil en la formulación de proyectos ambientales. 2. Alcance Este procedimiento inicia con la recepción, revisión de los proyectos presentados, el archivo de la copia física y magnética de los proyectos radicados, determinación de viabilidad, registro y la gestión de recursos de cooperación por parte de la Corporación como ente ejecutor de los proyectos registrados por usuarios externos y los proyectos del (PAOI), seguimiento y evaluación. 3. Definiciones: Banco de Proyectos es un área de la Subdirección de Planeaciòn, que apoya la gestión ambiental a través de la ejecución de obras de inversión que registra la información sobre los proyectos de inversión pública susceptibles de financiación con recursos propios, del Presupuesto General de la Nación y recursos de cooperación internacional. Base de Datos: Para su correcto funcionamiento se dispondrá de la siguiente Base de Datos: Base de datos de proyectos radicados: Proyectos que han sido incluidos en el Banco de Proyectos, luego de su formulación según la Metodología General Ajustada, pero no cuentan aún con estudio de viabilidad. PROCEDIMIENTO DE BANCO DE PROYECTOS PROCESO DE BANCO DE PROYECTOS VERSIÓN: 04 FECHA: 17/08/2010 PÁGINA 3 DE 12 Base de Datos de registro de proyectos: Proyectos que estando radicados en el Banco de Proyectos reciben un concepto favorable en su viabilidad, pero aún no cuentan con asignación de recursos. Base de Datos para Seguimiento y Evaluación: donde se registran las acciones de seguimiento y evaluación de los proyectos ya viabilizados. Usuarios: Se define como usuarios a las personas naturales y jurídicas que presentan proyectos al Banco de Proyectos de Cardique. Se han identificado dos clases de usuarios: • • Externos Internos • Tipos de financiación: Los proyectos a inscribir en el Banco de Proyectos pueden presentar las siguientes modalidades de financiación • Financiación Directa: corresponden a los proyectos financiados en su totalidad con recursos propios de la corporación. • Cofinanciación con recursos propios: corresponden a proyectos donde el formulante solicita financiación parcial de la corporación. • Cofinanciación con Fondos de la Nación: corresponden a aquellos proyectos que requieren para su ejecución de financiación por parte de los Fondos de Inversión de carácter nacional y que deben ser registrados ante el Departamento Nacional de Planeación. • Cofinanciación con fondos de Cooperación Internacional: corresponden a aquellos proyectos que requieren para su ejecución de financiación por parte de los Fondos de Cooperación Internacional. • Tipos de proyectos Se plantean tres tipos de proyectos: • • • Proyectos de Conservación de aguas y zonas verdes Proyectos de Investigación. Proyectos de Educación. PROCEDIMIENTO DE BANCO DE PROYECTOS PROCESO DE BANCO DE PROYECTOS VERSIÓN: 04 FECHA: 17/08/2010 PÁGINA 4 DE 12 Los proyectos viables a registrar en el Banco de Proyectos corresponden al área ambiental y en caso de financiación o Cofinanciación por parte de la Corporación deberán contribuir al cumplimiento de las metas establecidas y estar enmarcados en el plan de acción vigente de la corporación y el Plan de Gestión Ambiental Regional, de tal manera que se asimilen a subproyectos de los proyectos allí establecidos. De acuerdo con lo anterior las áreas de interés para la corporación serán las siguientes: Proyectos de Conservación de aguas y zonas verdes: • • • • • • • • Recuperación de cauces y control de erosión. Cierre de caños artificiales. Obras de control de inundaciones Reforestación y Forestación Protección de Rondas de cauces. Recuperación y limpieza de arroyos y ciénagas. Construcción y manejo de viveros. Sistemas de tratamiento de Aguas residuales. Proyectos de Investigación. • • • • • • Caracterización y Diagnósticos de residuos domésticos e industriales. Inventarios de Flora y Fauna Ordenamiento Forestal Ordenamiento de Faunas Ordenamiento de Cuencas y Microcuencas. Caracterización de Flora y Fauna. Proyectos de Educación. • • • • • PRAES Capacitación y educación para la Gestión Ambiental Capacitación para manejo de residuos sólidos. Capacitación para forestación o reforestación. Capacitación para cuidado y manejo de microcuencas. 4. Documentos de referencia: El desarrollo del marco legal para implementar los Bancos de Proyectos viene presentado en las siguientes normas: PROCEDIMIENTO DE BANCO DE PROYECTOS PROCESO DE BANCO DE PROYECTOS VERSIÓN: 04 FECHA: 17/08/2010 PÁGINA 5 DE 12 Decreto 875 de 2008: Modifica el articulo 23 del decreto 841 de 1990, sobre la oportunidad de registro de la presentación de Proyectos de inversión. Decreto 1220 de 2005: Por le cual se reglamenta el titulo VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias ambientales. Decreto 4109 de 2004. Por el cual se reglamenta la actualización de los Proyectos. Decreto 3286 de 2004: Por el cual se crea el Sistema de Información de seguimiento a los proyectos de inversión pública. Decreto 1066 de 2004: modifica el articulo 25 del decreto 841 de 1990 sobre la actualización de los manuales de banco de proyectos. Decreto 1080 de 1997: Por el cual se reglamenta el artículo 6 de la Ley 344 de 1996 sobre el trámite para la financiación de proyectos regionales de inversión por parte de la Comisión Nacional de Regalías. Decreto 111 de 1.996. Estatuto orgánico del presupuesto de la nación. Plantea “No se podrán ejecutar ningún programa o proyecto que haga parte del presupuesto de la Nación hasta tanto no se encuentre evaluado por el órgano competente y registrado en el Banco de Programas y Proyectos Decreto 359 de 1995: Por el cual se reglamenta la Ley 179 de 1994. Decreto 841 de 1.990 Establece la red nacional de Bancos de Proyectos Resolución 806 de 2005. “Por la cual se organizan metodologías, criterios y procedimientos que permitan integrar los sistemas de planeación y la red nacional de Bancos de Programas y Proyectos”. Resolución 5345 de 1993: Por la cual se delega la función de calificar la viabilidad de proyectos de inversión para su registro en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional -BPIN. Ley 60 de 1.993 Hace exigible la presentación de proyectos para la ejecución de los gastos de inversión. Ley 99 de 1.993 Define las funciones de las Corporaciones Autónomas Regionales. Ley 152 de 1.994. Ley Orgánica de Desarrollo. Regula aspectos relacionados con la planificación como los Bancos de Programas y Proyectos de inversión pública. PROCEDIMIENTO DE BANCO DE PROYECTOS PROCESO DE BANCO DE PROYECTOS VERSIÓN: 04 FECHA: 17/08/2010 PÁGINA 6 DE 12 Ley 179 de 1.994. Ley estatutaria orgánica del Presupuesto. Establece como objetivo general del Banco de Proyecto la canalización y planificación racional de los recursos que se deben destinar a la inversión pública. Ley 38 de 1.989: Es la ley orgánica de presupuesto, crea los Bancos de Proyectos y encarga la Gobierno Nacional la reglamentación y funcionamiento de los mismos. 5. Contenido: PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS DEL BANCO PARA RECEPCIÓN DE PROYECTOS A continuación se presenta el conjunto de procedimientos o pasos mediante los cuales un proyecto es evaluado al interior del BPC; esto a fin de establecer unas reglas de juego mínimas y armónicas del Banco de Proyectos. Recepción de Proyectos. Los proyectos provenientes de cualquier usuario deben ingresar a la Corporación a través del área recepción de las oficinas de Cardique. Deben ser presentados en la metodología establecida por el DNP, (MGA) en medio impreso y magnético. Para proyectos que requieran financiación o cofinanciación de recursos propios de la corporación, el Banco de Proyectos recibirá proyectos en cualquier fecha. Los proyectos que requieran financiación o cofinanciación de recursos de la nación, se podrán ingresar en cualquier fecha. Requisitos: • • • Documento del proyecto (Ficha metodológica y soporte técnico) Presentación en formato DNP/MGA/EBI/BPIN Carta de presentación. Documento del proyecto en medio magnético Es condición para la recepción y registro del proyecto que este sea presentado en la metodología establecida y que cumpla con los requisitos que se detallan a continuación. Los proyectos que no cumplan con los requisitos, no podrán registrarse en la base de datos que administra el BPC y por lo tanto deberán devolverse al proponente. Registro de Proyectos y Definición de Elegibilidad del Proyecto. PROCEDIMIENTO DE BANCO DE PROYECTOS PROCESO DE BANCO DE PROYECTOS VERSIÓN: 04 FECHA: 17/08/2010 PÁGINA 7 DE 12 En esta fase, se define si el proyecto es elegible para ser inscrito en el Banco de Proyectos. Se entiende por elegibilidad la potencialidad o capacidad que tiene un proyecto para ser candidato a recursos. La inscripción es el acto mediante el cual se acepta un proyecto para iniciar los procesos de evaluación y financiación, y no compromete financieramente a la Corporación. La inscripción consiste en la revisión del cumplimiento de todos los requisitos y el ingreso del proyecto en la base de datos del BPC. Requisitos: a. Dependencias de la Corporación. - Ficha debidamente diligenciada en metodología adoptada más anexos. b. Entidades territoriales y proyectos comunitarios (comunidades indígenas, negras, etc.) - Ficha debidamente diligenciada. - Certificado que acredite la personería jurídica en el caso de las juntas de Acción Comunal (JAC), (ONG y grupos ecológicos). - Constancia que se encuentra incluido dentro del plan de desarrollo municipal. c. Universidades Públicas e Institutos de Investigación. - Presentación de la ficha en metodología debidamente diligenciada. Certificado de experiencia expedida por la Unidad académica (Decano), jefe del Instituto. Certificado de compromiso sobre la partida de Cofinanciación. d. Universidades privadas, ONG y gremios: - Serán las mismas que la anterior pero la selección se sujeta a los términos legales establecidos en la Ley 80 de 1993 y ley 1150 de 2007. e. Para los proyectos especiales correspondientes a la ejecución de convenios institucionales: - Estar debidamente elaborados en la metodología correspondiente. Carta de presentación del proyecto con especificación de la partida solicitada y el convenio ínteradministrativo asociado. Notificación de Inscripción de Proyectos (Notificación A) PROCEDIMIENTO DE BANCO DE PROYECTOS PROCESO DE BANCO DE PROYECTOS VERSIÓN: 04 FECHA: 17/08/2010 PÁGINA 8 DE 12 Esta notificación consiste en informar al usuario acerca del ingreso y elegibilidad del proyecto. Si por el contrario, se presenta incumplimiento en los requisitos se notificará por escrito las razones por las cuales no es sujeto de inscripción en el BPC. Viabilidad de Proyectos. La viabilidad se refiere a la posibilidad que tiene el proyecto para ser ejecutado y operado de tal manera que cumpla con sus objetivos. “El concepto de viabilidad está relacionado con los principios de calidad, eficiencia y pertinencia de un proyecto en términos de los elementos conceptuales que lo componen, la información utilizada en su formulación, la coherencia de los planteamientos y el mayor acercamiento a la realidad a la que se refiere un proyecto. Por lo tanto, la viabilidad de un proyecto incorpora los aspectos técnicos, socioeconómicos, ambientales e institucionales. Por lo tanto, Un proyecto será viable cuando: “ todos los elementos, actividades y procedimientos propuestos son necesarios y suficientes para que con su aplicación se garantice el logro de la situación planteada como deseada y como objetivo del proyecto, siempre que este objetivo sea pertinente en términos del desarrollo económico, social y ambiental. Criterios de la Viabilidad: Ver formato criterios de viabilidad archivo en Excel en la página web de la Corporación. El funcionario responsable de realizar la viabilidad del proyecto diligenciará el formato para que sea diligenciado en medio magnético, creando un registro de datos por cada proyecto que se evalúe colocando nombre del proyecto y la fecha de radicación. El proyecto debe presentar toda la información que garantice una adecuada evaluación respondiendo a las siguientes viabilidades: a. Viabilidad Técnica: Esta viabilidad determina el marco estructural del proyecto y debe tratar de resolver preguntas tales como: ¿Está bien identificado, definido y localizado el proyecto presentado? ¿La alternativa seleccionada soluciona el problema definido? ¿El proyecto tiene los Planos Arquitectónicos, Estructurales y de localización? ¿Las cantidades de obras están acorde con los planos? ¿El proyecto contempla los estudios de suelos y diseños estructurales que garanticen la estabilidad de la obra y cuentan con la firma y matrícula del profesional que los realizó? PROCEDIMIENTO DE BANCO DE PROYECTOS PROCESO DE BANCO DE PROYECTOS VERSIÓN: 04 FECHA: 17/08/2010 PÁGINA 9 DE 12 ¿Hay disponibilidad de los servicios públicos en el sitio donde se localiza el proyecto? En el caso de construcción y/o dotación, el proyecto ¿se ajusta a las normas establecidas para el Sector? ¿El proyecto contempla el componente de Educación Ambiental? ¿El proyecto se encuentra ubicado o no en zona de alto riesgo? b. Viabilidad Económica y Financiera: Esta viabilidad consiste en determinar el impacto que la ejecución del proyecto y tendrá en la comunidad, para la cual deberá resolver las siguientes preguntas: ¿El presupuesto de la obra es acorde con los componentes del proyecto? Los precios unitarios están acordes con lo establecido por la base de datos del SICE? ¿La relación beneficio/costo es favorable? ¿Los indicadores utilizados son adecuados? ¿El proyecto incluye los costos por concepto de Interventoría Técnica, Administrativa y Financiera? ¿Los costos Indirectos (AIU) son razonables y están dentro de los parámetros establecidos? c. Viabilidad ambiental: Todo proyecto que se inscribe en el Banco de Proyectos, por definición, es un proyecto ambiental. Debe establecerse los beneficios ambientales y el cumplimiento de las normas propias del sector, cuando ellas sean requeridas por la naturaleza del proyecto. De esta manera debe responder a preguntas como: ¿El proyecto incluye actividades para la mitigación del impacto ambiental? ¿El proyecto tiene para su ejecución Licencia Ambiental? ¿Las actividades previstas incluyen las determinadas en el Plan de Manejo Ambiental? ¿Está claramente determinada y cuantificada la población objetivo del proyecto? Expedición de conceptos: Una vez realizada la evaluación, la Corporación emite los siguientes conceptos: a. Concepto de viabilidad aprobado: Se da cuando el proyecto posee la información básica para que tenga una alta probabilidad de éxito. El proyecto cumple con todos los requerimientos y criterios de PROCEDIMIENTO DE BANCO DE PROYECTOS PROCESO DE BANCO DE PROYECTOS VERSIÓN: 04 FECHA: 17/08/2010 PÁGINA 10 DE 12 evaluación. Este concepto no compromete a la Corporación hacia la financiación del valor solicitado. En el Comité de Priorización se definen los proyectos a cofinanciar. b. Concepto de viabilidad condicionada: Cuando un proyecto que por sus características aporta adecuadamente el desarrollo del Plan de Gestión Ambiental Regional, y a los departamentales y municipales requiere aclaración, complementación o ajuste, la Corporación expedirá un concepto donde se especifica las variaciones que deben adjuntase para completar la inscripción. Dichos documentos serán nuevamente evaluados para culminar el proceso, mediante la expedición de un concepto de viabilidad aprobatorio. Notificación del Concepto de Viabilidad Se notifica al responsable cuando se requiere hacer ajustes al mismo, y el tiempo esperado para devolverlo con las respectivas modificaciones. En el caso de no requerir ajuste, se informa al interesado que su proyecto ha sido considerado viable y que ha ingresado a la lista de “proyectos susceptibles de financiación”. El Banco de Proyectos de la Corporación dispone de un mes y una semana a partir de la radicación del proyecto para la revisión del mismo y emitir el concepto de viabilidad. Registro de Proyectos. Consiste en registrar el proyecto en la base de datos de Registro. Esta base sólo ingresan los proyectos viables, que cuentan con su documentación completa. En ningún caso podrán financiarse proyectos que no se encuentren registrados en esta base. Priorización de Proyectos La priorización se aplica para definir la consecución de recursos a los proyectos viables, las áreas que se analizan son: Relación con la planificación, impacto ambiental del proyecto, priorizaciones ambientales de la dirección para cada vigencia, cobertura del proyecto, participación de la comunidad, nivel de Cofinanciación y continuidad del proyecto. Para cada caso se aplica un sistema de puntuación y se determinan diversas opciones que finalmente establecen una lista de elegibles en orden descendente. Se priorizarán los proyectos que sean de impacto regional que genere empleo y que aporten al cumplimiento de las metas del Plan de acción trienal. Cuando no haya disponibilidad económica para financiar o cofinanciar los proyectos, el Banco de Proyectos iniciará su presentación y gestión de recursos ante otras fuentes de financiación, acorde con la programación e investigación que el Banco de Proyectos Corporativo establezca para cada vigencia. Se PROCEDIMIENTO DE BANCO DE PROYECTOS PROCESO DE BANCO DE PROYECTOS VERSIÓN: 04 FECHA: 17/08/2010 PÁGINA 11 DE 12 entiende que todo proyecto registrado en el Banco autoriza a la Corporación para la gestión financiera de recursos en beneficio de los usuarios. Notificación de Asignación Presupuestal a Proyectos Si tiene viabilidad financiera: Se informa al responsable del proyecto el resultado final de la evaluación total, por parte de Cardique. Así mismo, se informa de los pasos a seguir y la personas responsables por Cardique. Si no tiene viabilidad financiera: Se notifica al responsable y se informa además que se inicia un proceso de gestión de recursos en otras fuentes, sobre la cual se mantendrá una información a los interesados cuando se presenten novedades. Seguimiento y Evaluación de Proyectos. Para adelantar el proceso de seguimiento, la Corporación designará para cada proyecto un interventor, sea este funcionario corporativo ó personal externo, el cual será responsable de su seguimiento y evaluación. Para ello, Para ello, el Banco de Proyectos dispondrá de una ficha unificada de reporte de los avances físicos y financieros, que debe ser remitida periódicamente según la programación de la ejecución. 6. Anexos: Proyectos presentados en medio impreso y magnético. Carta de presentación del proyecto recepcionado. Registro Banco de Proyectos Notificación de ingreso elegibilidad. Registro de Aprobación de Viabilidad Técnica de un Proyecto Notificación escrita de viabilidad Oficio de devolución a la secretaria de origen Conceptos. Formato de seguimiento a proyectos Notificación escrita de ajustes Lista de elegibles en orden descendente Documentos de gestión de recursos Notificación de viabilidad financiera. 7. Actualizaciones PROCEDIMIENTO DE BANCO DE PROYECTOS PROCESO DE BANCO DE PROYECTOS FECHA DE MODIFICACIÓ N PARTE MODIFICADA Mayo 31 2010 Tipos de proyectos Junio 23 2010 Agosto 17 2010 Inclusión de tiempo reglamentario para emitir concepto de viabilidad Alcance, definiciones, contenido. NÚMERO DE VERSIÓN VERSIÓN: 04 FECHA: 17/08/2010 PÁGINA 12 DE 12 MODIFICACIONES 02 Se corrige la clasificación de los proyectos 03 Se establece término para emitir concepto de viabilidad 04 Se amplía el alcance y se actualizan definiciones. Responsabilidades en los funcionarios encargados de Diligenciar formato de viabilidad