Acondicionamiento de camino Lerita
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Acondicionamiento de camino Lerita
Excmo. Cabildo Insular de La Gomera C/ PROFESOR ARMAS FERNÁNDEZ, Nº 2 - CP: 38800 S/S Gomera Tf. : 14 01 03 - 06 Fax: 14 01 51 DECRETO Nº /2016 Visto el expediente incoado para llevar a efecto la contratación de la obra que a continuación se relaciona con su presupuesto. “ACONDICIONAMIENTO DE CAMINO LERITA-LA DEGOLLADITA. ERQUITO (T.M. VALLEHERMOSO)”, con un Presupuesto de Ejecución por Contrata de CIENTO UN MIL NOVECIENTOS CUATRO EUROS CON SETENTA Y DOS CÉNTIMOS (101.904,72 €), de los cuales NOVENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO EUROS CON SEIS CÉNTIMOS (95.238,06 €) corresponden a la prestación en sí, y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS (6.666,66 €) al 7% de I.G.I.C., que deberá soportar la Administración, por el Procedimiento Negociado Sin Publicidad, sin mesa de contratación, Tramitación Ordinaria y utilizando varios criterios de adjudicación, con idéntico presupuesto base de licitación. Resultando que, una vez realizados los trámites preceptivos, por Decreto de la Presidencia del día 06/04/2016, se ordenó sacar a licitación la referida obra por el PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD, SIN MESA DE CONTRATACIÓN, TRAMITACIÓN ORDINARIA y utilizando varios criterios de adjudicación, solicitando oferta a las empresas, SATURNINO HERRERA ÁLVAREZ, TRASANTOS, S.L. y ELÍAS HERNÁNDEZ NAVARRO, todas ellas capacitadas para la realización del objeto del contrato. Resultando que, durante el plazo establecido para la presentación de ofertas concurre únicamente ELÍAS HERNÁNDEZ NAVARRO. Resultando que, una vez analizada la documentación acreditativa de la personalidad y solvencia del contratista, contenida en el sobre A, de la empresas admitida se comprueba que la misma está completa, continuándose con la apertura del sobre B, que contenía la proposición relativa a los criterios de adjudicación (el precio, reducción del plazo de ejecución de la obra, aumento de metros de barandillas de los previstos en proyecto), siendo esta oferta la económicamente más ventajosa al ser la única presentada de las tres que fueron invitadas, de acuerdo con el siguiente cuadro: ELIAS HERNÁNDEZ NAVARRO OFERTA PUNTUACIÓN OFERTA ECONÓMICA 95.238,06 € 10 PLAZO DE EJECUCIÓN 4 MESES 0 0 MTS. 0 AUMENTO MTS BARANDILLAS TOTAL 10 Resultando que, de conformidad con lo estipulado en el art. 151.2 párrafo primero del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante T.R.L.C.S.P.), se requirió a la empresa ELÍAS HERNÁNDEZ NAVARRO, para que un plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiere recibido el mismo, constituyera en la Tesorería del Excmo. Cabildo Insular de La Gomera, la garantía definitiva por la cantidad de 4.761,91 €, cuyo importe es el 5% de su oferta económica 95.238,06 €, y aportara en el Área de Infraestructuras, Transportes, Emergencias, y Protección Civil, el justificante de haberla constituido, así como la documentación a la que refiere la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su representación, la que justificará la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, y una declaración responsable de no estar incurso en prohibición para contratar, que incluyera la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por la disposiciones vigentes; habiendo cumplido el contratista en tiempo y forma con estos requisitos, como queda acreditado en el expediente. Resultando que, es necesario nombrar un técnico competente para llevar a efecto la Dirección Facultativa de la obra, disponiendo esta Corporación Insular en su plantilla de personal cualificado para ello. Considerando que, de acuerdo con lo estipulado en el art. 151.3 del TRCLP, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación; estableciendo ese mismo artículo en su apartado 4º, que la adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y simultáneamente, se publicitará en el perfil de contratante. Considerando que, tal y como se recoge en el art. 154 del TRCLSP, la formalización de los contratos cuya cuantía sea igual o superior a 50.000 € (contratos de obras), se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación indicando, como mínimo los datos mencionados en el anuncio de de la adjudicación y además, cuando dicha cuantía sea igual superior a 100.000 euros, deberá publicarse, en el Boletín del Estado o en los respectivo Diarios o Boletines Oficiales de la Comunidad Autónoma o de las Provincias, un anuncio en el que se dé cuenta de dicha formalización en un plazo no superior a cuarenta y ocho días a contar desde el fecha de la misma Considerando que, como se preceptúa en el art. 156 del TRLCSP, los contratos que celebren las Administraciones Públicas deberán formalizarse en documento administrativo que se ajuste a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público, sin perjuicio de que el contratista pueda solicitar que el mismo se eleve a escritura púbica corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En virtud de las competencias que me otorga el art. 34. 1 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en concordancia con el art. 61.14 del RD. 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y las Bases de Ejecución del presupuesto actualmente vigente, y de acuerdo con el Decreto de la Presidencia de fecha 1/07/2015, en relación con el art. 67 del ROF. DECRETO: 1.- Adjudicar la obra “ACONDICIONAMIENTO DE CAMINO LERITA-LA DEGOLLADITA. ERQUITO (T.M. VALLEHERMOSO)” a ELÍAS HERNÁNDEZ NAVARRO con NIF 78384007F, por el precio ofertado de CIENTO UN MIL NOVECIENTOS CUATRO EUROS CON SETENTA Y DOS CÉNTIMOS (101.904,72 €), de los cuales NOVENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO EUROS CON SEIS CÉNTIMOS (95.238,06 €) corresponden a la prestación en sí, y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS (6.666,66 €) al 7% de I.G.I.C. 2.- En el plazo máximo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, se deberá proceder a la formalización del contrato y a tales efectos la Administración le comunicará la fecha fijada para ello, estando obligado el adjudicatario a comunicar por escrito su asistencia. Igualmente, si es intención del contratista elevar el contrato a escritura pública, éste deberá, una vez cursado acuses de recibo de la notificación del presente decreto, informamos de esta circunstancia en un plazo máximo de cinco días hábiles. 3.- De conformidad con lo establecido al respecto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige el contrato, el adjudicatario deberá proceder de forma inmediata a la elaboración del Plan de Seguridad y Salud de dicha obra, el cual deberá ser Excmo. Cabildo Insular de La Gomera C/ PROFESOR ARMAS FERNÁNDEZ, Nº 2 - CP: 38800 S/S Gomera Tf. : 14 01 03 - 06 Fax: 14 01 51 entregado al Director Facultativo y Coordinador en materia de Seguridad y Salud en el plazo de 15 días naturales, a contar desde el siguiente a aquél en el que se formalice el contrato, para informe, y una vez informado favorablemente, se entregarán TRES EJEMPLARES del plan, para su aprobación antes del inicio de las obras. En su defecto, deberá presentar un compromiso donde acepte el Estudio de Seguridad y Salud comprendido en el proyecto. 4.- Nombrar como directora facultativa de la obra y responsable en materia de Seguridad y Salud a D. Mª Teresa Carlos Duque, Arquitecta Técnica de la Corporación adscrita al Área de Infraestructuras, Transportes, Emergencias y Protección Civil del Cabildo Insular de La Gomera; quien dará cuantas instrucciones sean precisas para que la ejecución se ajuste a lo presupuestado e informado. 5.- La obra se realizará en el PLAZO MÁXIMO de (4) CUATRO MESES, y su acreditación se efectuará mediante la expedición de las correspondientes CERTIFICACIONES DE OBRA, ajustadas a las Bases de Ejecución del Presupuesto y conformada por la DIRECCIÓN FACULTATIVA. 6.- Que se notifique el presente Decreto a la empresa adjudicataria, a la Dirección Facultativa y a los Servicios Económicos de la Corporación Insular, dejando constancia de todo ello en el expediente de su razón. El presente Decreto pone fin a la vía administrativa, y contra el mismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado correspondiente de lo Contenciosoadministrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la misma, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante, el interesado podrá optar por interponer contra este mismo Decreto recurso de reposición, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Ilmo. Sr. Presidente del Cabildo Insular de La Gomera; en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado, en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente. Dado en San Sebastián de La Gomera, a 4 de mayo de 2016. EL VICERESIDENTE PRIMERO, ANTE MÍ, EL SECRETARIO ACCTAL., Fdo.: Adasat Reyes Herrera Fdo.: Santiago E. Martín Francisco