1 COMPARAR LO INCOMPARABLE: LA INCONMENSURABILIDAD
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1 COMPARAR LO INCOMPARABLE: LA INCONMENSURABILIDAD
COMPARAR LO INCOMPARABLE: LA INCONMENSURABILIDAD SEGÚN RUTH CHANG Hay situaciones en las que un sujeto se ve forzado a escoger entre dos alternativas que no parecen comparables en un sentido que parece ser relevante a la hora de justificar la elección de una de ellas. El término “inconmensurable” se utiliza, en el ámbito de la filosofía práctica, para designar la relación que existe entre las alternativas que se plantean en este tipo de situaciones. En este sentido específico del término puede afirmarse, por ejemplo, que los talentos artísticos de Miguel Ángel y Johan Sebastian Bach son inconmensurables. Algunos teóricos de la racionalidad práctica comparten la intuición de que cuando dos portadores de valor 1 mantienen este tipo de relación, la opción por cualquiera de ellos resulta “arbitraria” (Chang, 1997, 9). Como consecuencia, en las últimas décadas se han elaborado diferentes análisis del fenómeno de la inconmensurabilidad y sus consecuencias prácticas. El objetivo de esta comunicación es presentar la influyente propuesta elaborada por Ruth Chang y articular una objeción a la que su planteamiento puede ser vulnerable. I. El análisis de Ruth Chang En la primera sección de la comunicación presentaré la posición de Ruth Chang (Chang, 2002, 1-32), autora que defiende una distinción propia entre las nociones de “incomparabilidad” e “inconmensurabilidad”. De acuerdo con esta distinción, la inconmensurabilidad de dos portadores de valor -la inexistencia de una medida común 1 En el contexto de este debate, el término “portador de valor” sirve para referirse de forma genérica las alternativas que un sujeto debe valorar en el contexto de una elección -sean bienes, relaciones, estados de cosas, etc. 1 que permita situarlos en un punto de la misma escala- no implica necesariamente su incomparabilidad (Chang, 1997, 1-2). La relación de implicación transita exclusivamente en sentido inverso: dos portadores incomparables son necesariamente inconmensurables. De acuerdo con Chang, es la relación de incomparabilidad la que aflora en los casos problemáticos y, en apariencia, implica dificultades para las teorías dominantes de la razón práctica –que presuponen la posibilidad de evaluar costes y beneficios entre alternativas. Su objetivo es ofrecer un análisis plausible de la relación de incomparabilidad y mostrar que sólo se da en apariencia entre portadores de valor reales (Chang, 1997, 3-4). De acuerdo con la definición propuesta: (DI) dos portadores son incomparables con respecto a un valor si y sólo si es falso que hay una diferencia evaluativa entre ellos al menos un juicio comparativo positivo de su valor (Chang, 1997, 6). Esta definición relativiza todas las comparaciones posibles a lo que Chang llama “valor abarcante” (Chang, 1997, 5), de forma que dos portadores de valor son comparables siempre con respecto a determinado valor o consideración valorativa. El valor con respecto al cual se establece una comparación no siempre es explícito pero se haya implícito en toda relación comparativa entre portadores (Chang, 1997, 6). Por otra parte, un juicio comparativo positivo, consiste en un juicio afirmativo sobre el modo en que dos cosas son comparables (Chang, 1997, 4). Por ejemplo, la afirmación “X es mejor que Y” dice algo afirmativo sobre el modo en que X e Y son comparables, a diferencia de “X no es mejor que Y”. La autora niega que el espacio lógico de las relaciones comparativas positivas se agote en la tríada de relaciones “mejor que”, “peor qué” y “de igual valor que”. En concreto, Chang afirma que existe 2 una cuarta relación -“a la par que”- que, junto a las otras tres, agota el espacio de la comparabilidad (Chang, 1997, 4-5). II. Una objeción En la segunda sección, intentaré desarrollar una objeción partiendo de la identificación de un supuesto de la posición que denominaré “supuesto de valor en conjunto”: (SVC) si dos portadores P1 y P2 son comparables con respecto a un valor o consideración valorativa Vn puede fijarse el grado en que, tanto P1 como P2, portan Vn. La presencia de este supuesto se observa en la forma en que Chang analiza los casos en los que dos portadores comparables con respecto a un valor ostentan diferentes aspectos que contribuyen a reforzarlo. Así, cuando trata el ejemplo de un juez que compara el talento musical de dos pianistas, Chang afirma que si el veredicto final es racional debe haber un modo de establecer si un portador es, en conjunto, mejor, peor, o igual que el otro -o de establecer que ambos están “a la par” (Chang, 1997, 8). La posibilidad de justificar racionalmente una decisión en uno u otro sentido, por tanto, depende de la posibilidad de establecer el grado de talento musical que cada pianista tiene en conjunto, con independencia del grado en el que ostenta los valores contributivos al talento musical: “What matters to the choice situation, Beatrice reminds you, is musical talent. (...) So you point out that Anastice’s phrasing was more delightful than Beatrice’s. But that too will fail to justify your choice if Beatrice is better with respect to musical talent. For although Anastice may be better with respect to some contributory values, if Beatrice is better overall, there can be no justification for your choice.” (Chang, 1997, 8) 3 Lo que trataré de mostrar es que (SVC) descansa, a su vez, sobre el presupuesto de que los diversos aspectos que contribuyen a que dos portadores ostenten un valor pueden fundirse y expresarse en una misma escala de medida con independencia del contexto en que tiene lugar la elección. Señalando algunos ejemplos concretos, argumentaré que dar cuenta de esta posibilidad comporta serias dificultades, incluso en casos en que dos alternativas parecen obviamente comparables. Por último, consideraré en qué medida la noción de “paridad” puede mantener la posición de Chang al margen de la objeción desarrollada. Bibliografía CHANG, R., “Introduction” in Incommensurablity, Incomparability, and Practical Reason, Ruth Chang (ed.); Harvard University Press, Cambridge, MA and London, 1997 -- “Incomparability and Comparisons”, in Making Comparisons Count, Routlege, New York, 2002 4