Bases de la promoción “Shell Helix”
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Bases de la promoción “Shell Helix”
Bases y Condiciones de la promoción “Shell Helix” 1. 2. 3. 4. 5. 6. Participan en la promoción denominada “Shell Helix” (la “Promoción”), organizada por Shell Compañía Argentina de Petróleo S.A. (el “Organizador”), los lubricantes “Shell Helix Ultra”, “Shell Helix HX7”, “Shell Helix HX7 Diesel”, “Shell Helix HX5” y “Shell Helix HX5 Diesel” en sus presentaciones 4 lts., en todos los casos cuyas etiquetas tengan impresa - en la parte interna - publicidad de la Promoción (“Lubricante/s”). Los Lubricantes que posibilitan participar en la Promoción se venden exclusivamente en los lubricentros y estaciones de servicios “Shell” adheridos de la República Argentina – excepto en los ubicados en la provincia de Salta - (“Local/es Adherido/s”). La Promoción tendrá vigencia entre el 1º de diciembre de 2009 y el 30 de enero de 2010 o en el caso de los sorteos de resolución inmediata que se mencionan más abajo en el punto 4. (“Sorteos Inmediatos”), hasta el momento anterior de este último día en que algún participante (“Participante/s”) se constituya en potencial ganador del último de los Premios Inmediatos – conforme se definirá a este término más adelante - puestos en juego en esa fecha (el “Plazo de Vigencia”) y se regirá por estas bases y condiciones (las “Bases”). Para participar en los Sorteos Inmediatos los Participantes deberán ingresar, durante el Plazo de Vigencia, entre las 10:00 y las 22:00 hs., en el web site www.shell.com.ar/promohelix (el “Web Site”) y siguiendo las instrucciones que se impartirán, completar: i) nombre y apellido, dirección de correo electrónico, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio y ciudad de residencia (“Datos Personales”) y en caso de poseer y de que quieran informarlo, el número de la línea de teléfono celular, incluyendo el código de área y ii) los siete (7) dígitos que componen el código alfanumérico de identificación (“Código/s” y en conjunto con los Datos Personales, los “Datos”) que figura en la parte interna de las etiquetas de los Lubricantes (“Etiqueta/s”). Los Participantes, excepto los clientes “Movistar” domiciliados en la provincia de Córdoba o de Mendoza o en la ciudad de Neuquén, podrán asimismo participar en la Promoción enviando un (1) mensaje de texto (“SMS”) desde su teléfono celular al número 4405, incluyendo en el cuerpo del SMS el Código. Quedarán excluidos de la Promoción los Participantes que no completen todos los Datos como así también los que no los completen correctamente. Los Participantes podrán utilizar el Código de una misma Etiqueta una sola vez durante el Plazo de Vigencia, para participar ingresando en el Web Site o para participar vía SMS. Una vez ingresados correctamente los Datos en el Web Site o recibido el SMS, según fuera el caso, un programa de computación (“Sistema”) registrará la fecha y hora de ingreso al Sistema de dichos Datos (“Horarios”). Cuando el Participante haya ingresado los Datos en uno de los Horarios a los que corresponden, en el día en que haya participado, alguno de los Premios Inmediatos ofrecidos (“Horarios Ganadores”) podrá ganar dicho Premio Inmediato. En caso de que no se produjera ninguna participación en uno o más de los Horarios Ganadores, los Potenciales Ganadores de los Premios Inmediatos correspondientes a tales Horarios Ganadores serán los Participantes que ingresen sus Datos en primer término con posterioridad al transcurso de tales Horarios Ganadores. Los potenciales ganadores de Premios Inmediatos serán notificados de su carácter de tales por el mismo medio por el que hubiesen participado. El mensaje que comunique al Participante que ha resultado favorecido con alguno de los Premios Inmediatos no implicará la asignación del mismo, debiendo los Participantes cumplir todos los requisitos indicados en estas Bases como condición para ello, razón por la cual en las presentes Bases se los denomina "Potenciales Ganadores". Los Horarios Ganadores para cada día de vigencia de la Promoción han sido establecidos con intervención del azar, ante Escribano Público, con anterioridad al comienzo de la Promoción. El Organizador ha depositado ante Escribano Público copia de los Horarios Ganadores. No se reconocerá como Horarios Ganadores a ninguno distinto de los depositados ante Escribano. Las notificaciones del carácter de Potenciales Ganadores, mencionadas en el punto 4., incluirán un código alfanumérico (“Código de Autenticación”). Los Potenciales Ganadores deberán reclamar la asignación de los Premios Inmediatos llamando, dentro de los cinco (5) días de notificados, al teléfono 0810 222 HELIX, de lunes a sábados de 9:00 a 21:00 horas, momento en el que deberán informar – entre otros datos que se les requerirán – el Código de Autenticación. No se aceptará ningún reclamo de Potenciales Ganadores que no hubiesen llamado al teléfono indicado precedentemente en o antes del 5 de febrero de 2010. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. En caso de no resultar Potencial Ganador de alguno de los premios indicados en el punto 11. de estas Bases (“Premio/s Inmediato/s”), el Participante recibirá un nuevo código (también “Código”) a través del Web Site o vía SMS, de acuerdo al medio por el que haya participado en la primera oportunidad, para ingresarlo en el Web Site y participar del sorteo final incluido en la Promoción (“Sorteo Segunda Chance”). En el Sorteo Segunda Chance se pondrán en juego, de entre los mencionados en el punto 11., los siguientes premios: un (1) televisor LCD “Philips” (Serie 3000 TV LCD Full HD 42" de 1080p 42PFL3604/), cinco (5) DVDs portátiles “Philips” reproductores de DVD, pantalla LCD panorámica de 7PET702/77, cinco (5) reproductores de video y MP3 “Philips”, ViBE de 4GB SA1VBE04K/55, cien (100) autitos Ferrari Shell Helix a escala y cien (100) conservadoras de frío Shell Helix (“Premios Segunda Chance” y en conjunto con los Premios Inmediatos, los “Premios”). El Sorteo Segunda Chance se llevará a cabo, ante escribano público, el 23 de febrero de 2010 a las 16 hs en Av. Córdoba 1417, piso 1, Dpto. B Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el domicilio que posteriormente establezca el Organizador. En el acto del Sorteo Segunda Chance un programa de computación operado por Organizador seleccionará al azar doscientos once (211) Participantes, quienes podrán ganar, cada uno, uno (1) de los Premios Segunda Chance, conforme con el orden en que tales Participantes sean elegidos en el Sorteo Segunda Chance y el orden de los Premios Segunda Chance indicado en el punto 7., precedente. Los potenciales ganadores de Premios Segunda Chance (también “Potencial/es Ganador/es”) serán notificados de su carácter de tales y del premio potencialmente obtenido, telefónicamente o por escrito, y deberán reclamar su asignación llamando, dentro de los cinco (5) días de notificados, al teléfono (011) 4730-1155, de lunes a viernes – en días hábiles - de 9:00 a 18:00 horas. La falta de reclamo de los Premios en la forma y dentro del plazo establecido en los puntos 6. y 9. precedentes o, en los casos que corresponda, la información de un Código o de un Código de Autenticación incorrecto o la respuesta incorrecta a más de una de las preguntas de cultura general establecidas en el punto 14. o la negativa a presentarse a sesiones de fotografía o filmación que eventualmente les requiera el Organizador hará perder, automáticamente, a sus Potenciales Ganadores el derecho a su asignación. Mediante la Promoción se pondrán en juego, incluyendo los Premios Segunda Chance: (i) Tres (3) automóviles marca “Hyundai”, modelo “Génesis Coupé”, 0Km., año 2009 (“Automóvil/es”), (ii) Siete (7) televisores LCD “Philips” (Serie 3000 TV LCD Full HD 42" de 1080p 42PFL3604/) (“LCD/s”), (iii) Sesenta (60) DVDs portátiles “Philips”, reproductores de DVD, Pantalla LCD panorámica de 7PET702/77 (“DVD/s”), (iv) Sesenta (60) reproductores de video y MP3 “Philips”, ViBE de 4GB SA1VBE04K/55 (“MP3/s”), (v) Mil quinientos (1500) autitos Ferrari Shell Helix a escala (“Autito/s”) y (vi) Quinientas (500) conservadoras de frío Shell Helix (“Cooler/s”). En caso que por circunstancias ajenas al Organizador, los Automóviles no pudieran entregarse en los tiempos y modalidades previstos, el Organizador podrá reemplazarlos por otros de igual valor. De ese total de Premios, en la provincia de Mendoza como máximo se asignarán, un (1) Automóvil, un (1) LCD, cinco (5) DVDs, cinco (5) MP3s, cien (100) Autitos y cincuenta (50) Coolers. Los Premios no incluyen ninguna otra prestación, bien o servicio distinto de los mismos, el derecho a su asignación es intransferible y no podrá exigirse su canje por dinero ni por otros bienes o servicios; caso contrario sus Potenciales Ganadores perderán automáticamente todo derecho a su asignación. Sin perjuicio de lo anterior, los Potenciales Ganadores de LCDs podrán requerir su canje por la suma total y definitiva de $ 1.500,- (pesos mil quinientos), IVA incluido, en efectivo, los Potenciales Ganadores de DVDs por la suma total y definitiva de $ 159,- (pesos ciento cincuenta y nueve), IVA incluido, en efectivo y los Potenciales Ganadores de MP3s por la suma total y definitiva de $ 60,(pesos sesenta), IVA incluido, en efectivo, en todos los casos siempre que así lo requirieran en el acto en que los LCDs, DVDs y MP3s les sean asignados. La asignación de los Premios está asimismo condicionada a la comprobación de la autenticidad de las Etiquetas, de los Códigos y de los Códigos de Autenticación con los que se los reclame. No serán válidas ni se admitirán Etiquetas que no sean originales y legítimas. No se aceptarán copias ni reproducciones de las mismas, ni tampoco Etiquetas cuyos Códigos presenten signos de haber sido adulterados, enmendados, alterados, borrados, ilegibles, defectuosos o respecto de las cuales se alegue su pérdida, hurto o robo o que hayan sido obtenidas ilegítimamente, a juicio del Organizador, todas las cuales serán nulas. Es asimismo condición para la asignación de los Premios que los 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. Potenciales Ganadores entreguen la Etiqueta con el Código, una fotocopia de su DNI, exhiban la factura o ticket que acredite la compra de alguno de los Lubricantes durante el Plazo de Vigencia (“Factura/s”) y firmen la autorización de uso de su imagen indicada en el punto 22. de estas Bases. El incumplimiento de cualquiera de estas condiciones hará perder al Potencial Ganador el derecho a la asignación del Premio, sin derecho a reclamo alguno. Los Premios no asignados, si los hubiere, quedarán en propiedad del Organizador. La asignación de los Automóviles y LCDs está asimismo condicionada a que sus Potenciales Ganadores contesten correctamente no menos de cuatro (4) de las (5) preguntas de cultura general que se le formularán ante escribano público y a que cumplan con los demás requisitos establecidos en estas Bases como condición para ello. Los Premios – excepto los Automóviles - serán entregados a sus ganadores en la ciudad de Buenos Aires, dentro de los treinta (30) días de la asignación de cada uno de ellos. Los Automóviles serán entregados en la ciudad de Buenos Aires dentro de los sesenta (60) días de la asignación de cada uno de ellos. El Organizador podrá optar - a su exclusivo criterio – por enviar algunos de los Premios por correo al domicilio de la República Argentina que le informen los Potenciales Ganadores y/o por entregarlos en Carlos F. Melo 2871, Florida, Partido de Vicente Lopez, Provincia de Buenos Aires (Centro de Canje). En caso que el correo concurriera en más de dos oportunidades y el Potencial Ganador no se encontrara disponible para recibir el Premio, entregar la Etiqueta, entregar fotocopia de su DNI, exhibir su Factura y firmar la autorización de uso de su imagen, perderá automáticamente el derecho a que el Premio le sea asignado. En caso que el ganador tenga entre 18 y 21 años de edad, recibirá el Premio su padre, madre, tutor o representante legal. A efectos de la Promoción se tendrán por válidos los datos de nombre y apellido, tipo y número de documento de identidad, domicilio y en su caso teléfono informados oportunamente por los Participantes a las operadoras telefónicas (“Operadora/s”) al momento de la activación del servicio de telefonía móvil o su actualización de tiempo en tiempo. En caso que la Operadora no posea esa información o que no se encuentre actualizada, esos Participantes deberán presentar al Organizador una declaración jurada donde conste que son titulares de las líneas de teléfono y en la que asuman el compromiso de hacerse responsables ante cualquier reclamo que pudiera recibir el Organizador con motivo de falsedad o inexactitud en dicha declaración jurada. Sólo podrán participar de la Promoción vía SMS los clientes de las Operadoras que sean titulares de los teléfonos celulares móviles, que tengan las líneas telefónicas de sus equipos activas y habilitadas al momento de comunicárseles su condición de Potenciales Ganadores y que en los SMS enviados el Organizador pueda identificar el ANI (conforme Res. 2464/97 de la Secretaría de Comunicaciones) de su emisor. El costo final de referencia de cada SMS será de cincuenta centavos ($ 0,50.-), más IVA. Considerando que el costo total de cada SMS dependerá de la Operadora, del plan contratado, de la ubicación geográfica y de la situación fiscal de los Participantes, podrá consultarse el mismo con la respectiva Operadora; al *611 para los clientes de “Claro”, “Nextel” y “Movistar”y al *111 para los clientes de “Personal”. La participación en la Promoción importará la autorización del Participante con la publicación parcial del ANI a los fines establecidos en el punto 6.4 de la Resolución 2464/97 de la Secretaría de Comunicaciones. El Organizador no otorga garantía de calidad, condición mecánica, vicios ocultos, funcionamiento, ni ninguna otra con relación a los Premios ofrecidos, debiendo dirigirse cualquier reclamo a sus fabricantes, importadores o vendedores. El Organizador no será responsable de daños, perjuicios o pérdidas ocasionados a los Potenciales Ganadores, ganadores o a terceros, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de su participación en la Promoción o del uso de los Premios. Cumplidos todos los requisitos establecidos en estas Bases, los Premios serán inmediatamente asignados por el Organizador a los Potenciales Ganadores (“Ganador/es”). Será a cargo de los Ganadores todo impuesto que deba tributarse sobre o en relación con los Premios y toda suma de dinero que deba abonarse por cualquier concepto al estado nacional, sociedades del estado u otros entes estatales, provincias o municipalidades con motivo de la organización de la Promoción o del ofrecimiento de los Premios. Los gastos en que incurran los Ganadores cuando concurran a reclamar la asignación o a hacer efectivos sus Premios estarán asimismo a su exclusivo cargo. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. Los gastos de transferencia, patentamiento, impuesto a la radicación de vehículos, alistamiento, flete y cualquier otro relacionado con la transferencia del dominio y entrega de los Automóviles estará a cargo de sus Ganadores. También será a cargo de los Ganadores de los Automóviles el pago de los impuestos, aranceles, sellados, gastos de escrituras, honorarios de profesionales y todo otro costo o gasto necesario para transferir e inscribir a su nombre en el Registro de la Propiedad Automotor el dominio de los Automóviles. Los Ganadores autorizarán al Organizador, como condición para tener derecho a la asignación de los Premios, a utilizar sus nombres e imágenes, con fines comerciales, en los medios de comunicación y formas que el Organizador disponga, sin que ello les otorgue derecho a la percepción de suma alguna, durante la vigencia de la Promoción y hasta los tres (3) años de su finalización. Sin obligación de compra. La participación en la Promoción no implica obligación de compra. Las personas domiciliadas en la República Argentina, excepto en la provincia de Salta, podrán solicitar dentro del Plazo de Vigencia la remisión de un código que les permitirá participar de la Promoción, enviando un sobre por OCA A LA CASILLA DE CORREO POSTAL 103726, indicando al frente del mismo “Promoción Shell Helix” y al dorso nombre y apellido, dirección de correo electrónico, número de Documento Nacional de Identidad, domicilio y ciudad de residencia (“Datos Personales”) y en caso de poseer y de que quieran informarlo, el número de la línea de teléfono celular, incluyendo el código de área y el nombre de la empresa telefónica que presta el servicio. Se remitirá como máximo un código por pedido, por semana y por persona. A los efectos de la Promoción, el documento mediante el cual se entregue el código será equivalente a una Factura y una Etiqueta. El Organizador podrá utilizar con fines comerciales los datos incluidos en los sobres. Los Datos Personales de los Participantes serán incluidos en una base de datos inscripta en el Registro Nacional de Bases de Datos Personales por Shell Compañía Argentina de Petróleo S.A., con domicilio en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 788, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para establecer perfiles determinados con fines promocionales y comerciales. El titular de los Datos Personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326 (Disposición 10/2008, artículo 1º, B.O. 18/09/2008). La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al cumplimiento de las normas sobre Datos Personales. Al momento de facilitar al Organizador sus Datos, los Participantes prestan expreso consentimiento para que tales Datos pueden ser utilizados por el Organizador con fines publicitarios y de marketing en general. La información de los Participantes será tratada en los términos previstos por la Ley Nacional de Protección de Datos Personales Nº 25.326. El titular podrá en cualquier momento solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de los bancos de datos a los que se refiere el presente artículo (Artículo 27, inciso 3, Ley 25.326). El titular de los Datos podrá solicitar el retiro o bloqueo total o parcial de su nombre de la bases de datos, comunicándose por email a [email protected] Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la Promoción que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de todos los registros realizados por el Participante. No podrán participar de la Promoción: personas jurídicas, personas físicas menores de 18 años, personal del Organizador, de los fabricantes de Etiquetas, de su agencia de publicidad y/o promoción ni los ex empleados de dichas empresas hasta los 30 días contados desde su desvinculación, ni tampoco los familiares directos de los nombrados, sus cónyuges y consanguíneos o parientes por afinidad hasta el tercer grado sea que lo hagan en nombre propio o de terceros. En caso que, por eventuales errores de funcionamiento del Sistema, se notificara a más de un Participante una supuesta condición de Ganador de un mismo Premio Inmediato, el Organizador realizará un sorteo ante escribano público entre los Participantes que reclamen la asignación de dicho Premio y el Participante elegido en dicho sorteo será el único que podrá aspirar a que el Premio Inmediato le sea asignado. Ningún Participante podrá ganar más de un Premio. Si fuese elegido como Ganador en más de una oportunidad, solamente tendrá derecho a que se le asigne el primero de los Premios para el que haya 28. 29. 30. 31. sido elegido. La probabilidad de ser favorecido en la presente Promoción dependerá de la cantidad Lubricantes puestos a la venta. En la hipótesis de que se lanzaran al mercado 100.000 Lubricantes, la probabilidad de resultar favorecido con un Premio Inmediato será: Automóvil de 1 en 33.333, LCD será de 1 en 16.666, DVD o un MP3 será de 1 en 1.818, Autito será aproximadamente de 1 en 71,43 y Cooler será de 1 en 250, en todos los casos por cada Lubricante adquirido. La probabilidad de ser elegido en el Sorteo Segunda Chance dependerá de la cantidad de personas que participen en el mismo y de la cantidad de Códigos ingresados por cada uno de ellos con ese propósito. En la hipótesis que participaran 50.000 Participantes y que uno de ellos hubiera ingresado 2 Códigos, la probabilidad de ese Participante de constituirse en Potencial Ganador de 1 LCD será de 1 en 25.000, de 1 DVD o un MP3 será de 1 en 5.000 y de 1 Autito o un Cooler será de 1 en 250. Esta proyección es meramente estimativa y no es vinculante en forma alguna para el Organizador, siendo realizada en cumplimiento de normas legales vigentes. El Organizador no será responsable: (i) por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir los Participantes, Ganadores o terceros, en sus personas o bienes, con motivo de o con relación a su participación en la Promoción o con relación a la utilización de los Premios; ni (ii) por fallas en la red telefónica, en la red Internet ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el normal desarrollo de la Promoción. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la Promoción, los Participantes y el Organizador se someterán a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Ciudad de Buenos Aires. El Organizador podrá ampliar la cantidad de Premios ofrecidos y/o el Plazo de Vigencia de la Promoción. Cuando circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar la Promoción, informando previamente a Lotería Nacional S.E. de los hechos y de la resolución a adoptar, supuestos en los cuales los Participantes no tendrán derecho a reclamo alguno. Toda modificación que se realice será sin alterar la esencia de la Promoción y cuando legalmente corresponda, previa autorización de Lotería Nacional S.E. La participación en la Promoción implica la aceptación de estas Bases, así como de las decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en ellas, cuando legalmente corresponda, previa aprobación de Lotería Nacional S.E.