Índice. - Concejo Deliberante Viedma

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Índice. - Concejo Deliberante Viedma
Concejo Deliberante de Viedma
Capital de la Provincia de Río Negro
Capital Histórica de la Patagonia Argentina
- Índice.- Apertura de la Sesión.-................................................................................................. 8
- Izamiento del Pabellón Nacional.- .............................................................................. 8
- Homenajes.- .................................................................................................................. 8
- Informe de las Comisiones.- ........................................................................................ 9
- Asuntos Entrados.- ..................................................................................................... 10
- Orden del Día.- ........................................................................................................... 12
Expediente número 2518-S-09. Secretaría de Turismo, Cultura y
Deportes. Sobre declarar de interés municipal el evento cultural “Inti Raymi” Fiesta del
Sol. .................................................................................................................................. 12
Expediente número 2975-T-09. Tesorería Municipal. Sobre ingreso
Plan Solidario Federal. Fecha 21-08-09. ........................................................................ 13
Expediente número 2640-T-09. Tesorería Municipal. Sobre registro
de ingreso Plan Solidario Federal. .................................................................................. 15
Expediente número 30.166-C-09. Comisión de Gobierno y
Personal. Sobre modificar artículo 62º de la ordenanza de tránsito Nº 6436. ................ 16
Expediente número 30.229-S-08. Concejal Pedro Sánchez. Sobre
adherir a la Ley Provincial Nº 4.222 sobre creación del Programa Deportivo Barrial. . 19
Expediente número 30.165-S-09. Concejal Pedro Sánchez. Sobre
declarar de interés social, educativo, productivo y turístico al Centro de Interpretación
de los Humedales del Valle Inferior, situado en el Cemat. ............................................ 23
Expediente número 444-A-09. Asociación Civil Cristiana “Nuestro
Manantial”. Sobre denuncia de ruidos molestos. ........................................................... 28
Expediente número 3334-A-08. Arias, Gabriel Fernando. Sobre no
respetar horario de cierre. ............................................................................................... 32
Expediente número 106-P-09. Pabletich, Omar Fidel. Sobre falta de
habilitación, ingreso de menores, reunión danzante sin autorización municipal y
clausura. .......................................................................................................................... 36
Expediente número 522-C-99. Calvo, Susana Griselda. Sobre
solicitud de lote fiscal. .................................................................................................... 39
Expediente número 1966-C-03. Calvo, Carlos Darío. Sobre
usurpación de lotes barrio Zatti. ..................................................................................... 40
Expediente número 4584-H-02. Hansen, Roque Gustavo. Sobre
solicitud de lote fiscal. .................................................................................................... 42
Expediente número 3087-V-97. Valenzuela, Marcelina. Sobre
solicitud de lote fiscal. .................................................................................................... 43
Expediente número 2661-A-02. Albano, Diego Javier. Sobre
solicitud de lote fiscal. .................................................................................................... 44
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Expediente número 3577-M-02. Martínez, Marta. Sobre solicitud
de lote fiscal. ................................................................................................................... 46
Expediente número 5049-C-06. Carrasco, Juan Carlos y Marín,
Yolanda Inés. Sobre regularización ocupación de lote................................................... 47
Expediente número 3571-M-07. Malaczenco, Verónica y Albornoz,
Mauro. Sobre adjudicación en venta de lote 20, manzana 964, sección A. ................... 48
Expediente número 1316-G-04. Gauna, Carlos Omar Turedda
Toledo, Diana. Sobre adjudicación en venta parcela...................................................... 50
Expediente número 3578-C-01. Carrillo, Sonia Andrea. Sobre
solicitud de lote fiscal. .................................................................................................... 51
Expediente número 1531-F-01. Fernández Barrientos, Meliza
Belén. Sobre regularización de hecho. ........................................................................... 52
Expediente número 200.434. Germán, Albino Ernesto. Sobre
solicitud excepción al Código Urbano, manzana 231, sección A, parcela 01 A. ........... 54
Expediente número 1099-B-09. Battisti, Miguel. Sobre visación
plano mensura 18-1-B-062-04. ....................................................................................... 55
Expediente número 30.169-N/A-09. Concejales Liliana Andaloro y
Luis Nievas. Sobre declarar de interés el XXº Aniversario de la inauguración de la Feria
Municipal de Viedma. .................................................................................................... 58
Expediente número 30.170-A/N-09. Concejales Andaloro y Nievas.
Sobre declarar de interés el curso de Promoción de Enfermedades Cardiovasculares. . 62
Expediente número 30.174-G-09. Concejal Ariel Gallinger. Sobre
declarar de interés cultural el espectáculo de tango y humor Cabatanguet protagonizado
por la actriz Verónica Caliva. ......................................................................................... 65
Expediente número 30.173-G-09. Concejal Ariel Gallinger.
Proyecto de Comunicación al Poder Ejecutivo Provincial provea refrigerio nutritivo. . 67
Expediente número 30.161-T-02. Tealdi, Juan. Pte. Bloque P.S.P.
Sobre situación de las tierras fiscales del ejido urbano de Viedma. ............................... 69
Expediente número 30.375-T-02. Tealdi, Juan. Pte. Bloque P.S.P.
Sobre derogación de Ordenanza Nº 5147. ...................................................................... 70
Expediente número 30.211-K-02. Knecht, Miguel. Concejal Bloque
P.J. Sobre creación del Plan Municipal de Prevención de Enfermedades. ..................... 70
Expediente número 30.165-T-02. Tealdi, Juan. Pte. Bloque P.S.P.
Sobre cumplimiento de Ordenanza Nº 3471. ................................................................. 70
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- Apertura de la Sesión.- En la ciudad de Viedma,
Capital de la Provincia
de Río Negro, a los diez
días
del
mes
de
Septiembre del año Dos
Mil Nueve, siendo las
09:30 horas, dice la
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Buenos días.
Vamos a dar inicio a la sesión.
Por Secretaría se procederá a pasar lista.
- Así se hace.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Tiene la palabra la Señora Concejal Andaloro.
SRA. CONCEJAL (Andaloro) – Quiero informar que el Concejal Nievas se encuentra
ausente por razones particulares y no va a asistir a la sesión.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Tiene la palabra el Señor Concejal Arizcuren.
SR. CONCEJAL (Arizcuren) – La Señora Concejal Laura Ramos no se encuentra
presente en la sesión por razones de salud.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Pongo a consideración del Plenario la ausencia con
goce de dieta de los Concejales Ramos y Nievas.
Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
- Izamiento del Pabellón Nacional.SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Invito a la Señora Concejal Andaloro a izar el
Pabellón Nacional y a los demás Señores Concejales y público presente a ponerse de
pie.
- Así se hace.
(Aplausos).
- Homenajes.SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Corresponde el espacio dedicado a Homenajes.
Tiene la palabra la Señora Concejal Kehler.
SRA. CONCEJAL (Kehler) – Gracias, Señora Presidente.
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Llegando la fecha del 11 de Septiembre quiero recordar a todos los docentes, y
más que nada recordar el Día del Maestro; que en 1943, a 55 años de su fallecimiento la
Conferencia Internacional Interamericana de Educación, integrada por Educadores de
toda América se reunió en Panamá y estableció el 11 de Septiembre como el Día del
Maestro.
Ninguna fecha es más oportuna para celebrar el Día el Maestro que el 11 de
Septiembre, día que pasó la inmortalidad Domingo Faustino Sarmiento. Por lo tanto, se
declara “Día del Maestro” en todo el Continente Americano el 11 de Septiembre.
Este Maestro nació el 15 de Febrero de 1811 en la Provincia de San Juan, en un
humilde hogar. Con el deseo de aprender, comenzó a leer de corrido a los cuatro años y
comenzó la escuela a los cinco años en la Escuela de la Patria de su ciudad natal, en
1816.
A los quince años fundó su primer escuela en San Francisco del Monte de Oro,
Provincia de San Luis, donde ya se desempeñaba como maestro de un grupo de
alumnos.
Este ilustre prócer llegó a ser desde su multifacética obra un gran luchador y una
de las figuras más importante de la historia Latinoamericana.
Fue Maestro, Subteniente de Milicia, Escritor, Periodista, Senador, Ministro,
Director General de Escuelas, Sociólogo, Diplomático, Gobernador, hasta convertirse
en Presidente de la Argentina.
Pero hoy mi homenaje no es solamente para este maestro, sino, para todas
aquellas maestras que pasaron por mi vida y dejaron, sin lugar a dudas, una huella en
mí. Esas maestras y amigas que hoy recuerdo con gran agradecimiento por su
compromiso y humildad. Algunas de ellas que recuerdo son: las Señoritas Margarita y
Rosita del Jardín “La Margarita Blanca”; la Señorita Marita Marta Rossi; Mariel;
Gladys; “Titina” y Adriana; y la Directora Norma Peralta, que justo no está. A todas
ellas, simplemente “gracias” por su compromiso, dedicación y cariño.
Un feliz día para todas.
Gracias.
- Informe de las Comisiones.SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Seguidamente pasamos al espacio de Informe de las
Comisiones.
Tiene la palabra la Señora Concejal Andaloro.
SRA. CONCEJAL (Andaloro) – Quería informar sobre algo que creo que es
auspicioso porque es un reclamo que vengo haciendo desde el año pasado, y es que se
volvió a constituir el Consejo del Discapacitado.
El día martes de esta semana hubo una reunión en el área de Sociales del
Municipio de Viedma, quedó conformado con la presencia de varias organizaciones que
contienen distintas discapacidades en la ciudad, como es APROVI, los discapacitados
visuales; el taller de tejido; la Escuela Nº 7; autoridades; la Mutual Vivir. Allí se debatió
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sobre el rol del Consejo del Discapacitado, de ponerlo en marcha nuevamente, y fueron
elegidas sus autoridades. La Coordinadora es la Señora Ana Guerrero de Blanco, que
representa a una de las organizaciones; y la Secretaria es Rosa Troncoso, que es de los
discapacitados visuales. Estas personas van a estar permanentemente donde funciona la
Secretaría de Desarrollo Social del Municipio, en la calle Álvaro Barros. Es conveniente
que toda persona discapacitada que tenga alguna problemática se acerque al lugar
porque allí se van a canalizar las distintas problemáticas.
Se va a comenzar a trabajar los segundos y cuartos martes de cada mes, y han
pedido también –y hoy se lo manifesté al Concejal Sánchez- integrarse a todo lo que son
los festejos de la Capitalidad, así que, lo vamos a informar a la Comisión de Patrimonio
Histórico, que es una de las que está integrando todo el trabajo de festejos, y a la gente
del área de Sociales para que sean tenidos en cuenta. Piden la participación en eventos
de tipo deportivo, pero también a raíz de que el 15 de octubre es el Día Internacional de
los Bastones Blancos. Ustedes recordarán que el año pasado tuvimos una jornada acá, y
lo que pretenden hacer esta vez es una jornada pero en la calle para concientizar a toda
la ciudadanía de Viedma.
Así que, creo que esto es auspicioso, por lo menos yo lo vengo reclamando
desde el año pasado.
Lo que tengo que decir que no hemos tenido ninguna reunión del Consejo Local
de Seguridad, eso no es auspicioso, porque los hechos de inseguridad en la ciudad se
siguen dando y no tenemos, hace meses, reuniones en este Consejo. Las tres últimas
fueron por vecinos que se autoconvocaron a raíz de las problemáticas de barrios. Así
que, sería bueno solicitar un informe desde el Concejo Deliberante al Ejecutivo, cuál es
la razón por la cual no se está reuniendo el Consejo Local, donde hay dos Concejales
tenemos participación
- Asuntos Entrados.SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Gracias, Concejal.
Pasamos a Asuntos Entrados. Los Señores Concejales tienen sobre sus bancas
los Boletines de Asuntos Entrados.
Tiene la palabra la Señora Concejal Andaloro.
SRA. CONCEJAL (Andaloro) – Quiero pedir el tratamiento sobre tablas del
expediente número 30.169, por el cual se declara de interés el XX Aniversario de la
Feria Municipal de Viedma; y el 30.170 por el cual se declara de interés el Curso de
Promoción de Enfermedades Cardiovasculares que se va a realizar en este Concejo
Deliberante.
También quiero pedir el tratamiento del expediente número 30.164 por el cual se
declara de interés el Encuentro “UNTER y sus 35 años de lucha”.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Tiene la palabra el Señor Concejal Gallinger.
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SR. CONCEJAL (Gallinger) – Nosotros vamos a pedir el tratamiento sobre tablas de
los expedientes números 30.174-G-09 y 30.173-G-09.
El primero se refiere a una declaración de interés cultural municipal de un
espectáculo teatral que va a estar representando a la ciudad en un festival en Venezuela,
y para ellos es importante a los fines de lograr el apoyo de algunas empresas privadas y
obtener algunos recursos para esa representación; y el 30.173 referido a una
Comunicación al Poder Ejecutivo Provincial a los fines de que asista alimentariamente,
por la problemáticas que se ha planteado en los últimos días en el CEM Nº 19.
Hago la aclaración que nos enteramos por los medios que también el Consejo de
la Niñez, con la representación de los Concejales que lo integran, estaban preocupados en
la temática. Nosotros cuando nos enteramos ya habíamos presentado el proyecto. Hago
esta aclaración.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Si no hay más solicitudes de pedidos sobre tablas,
vamos a poner a votación el tratamiento sobre tablas uno por uno.
Expediente número 30.169 que pidió la Concejal Andaloro sobre el aniversario
de la Feria, que fue ayer concretamente el aniversario.
Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad el tratamiento
sobre tablas.
Expediente número 30.170 sobre Jornadas Cardiovasculares que comienza
mañana y que tiene una duración de tres meses.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – En consideración.
Se va a votar. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse
indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
El expediente número 30.164 que es sobre el aniversario de UNTER, en
realidad, yo tengo una observación para hacer al respecto. El proyecto, es un Proyecto
de Ordenanza de declaración de interés municipal y como tal debió haber ido al
Ejecutivo en primer lugar para que sea declarado de interés municipal.
En segundo lugar, el proyecto tal como está redactado es extemporáneo porque,
en realidad, lo que hace es declarar de interés municipal las jornadas. Es evidente que
podría transformarse y declararse de interés municipal el aniversario de la organización.
Lo que me parece que independientemente de la fecha del aniversario, habría que
transformar todo el proyecto y no sería conveniente que lo tratáramos en esta sesión.
Yo sugiero a las autoras o autores del proyecto que lo reconviertan y lo tratemos
en una próxima sesión, de acuerdo al aniversario concretamente.
SRA. CONCEJAL (Andaloro) – Lo vamos a reformular.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Entonces, retiramos el pedido de tratamiento sobre
tablas.
Expediente número 30.174 de espectáculo teatral.
Le hago una pregunta, Concejal. Usted acaba de decir que es por una
participación en Venezuela, ¿cuándo es?
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SR. CONCEJAL (Gallinger) – En realidad, esto se va a realizar del 14 al 18 de
Octubre en Maracay, Venezuela. La representación son tres personas; la artista que
presenta el espectáculo es Verónica Caliva, y es un espectáculo de tango lunfardo. Se ha
presentado en varios escenarios de la ciudad.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Está bien, concretamente, le consultaba sobre la
fecha porque en realidad porque si nosotros lo tratamos ahora, el proyecto está recién
presentado, no cumple con el requisito de que se expida el Poder Ejecutivo Municipal
para que sea sancionado por Ordenanza y declarado de interés municipal. Deberíamos
declararlo sólo de interés del Concejo Deliberante. Teniendo en cuenta de que tenemos
tiempo –esto decídalo usted como autor del proyecto- porque obviamente tiene mucha
más validez una Ordenanza y que lo declare de interés el Municipio de Viedma y no
solo el Concejo Deliberante, tenemos dos alternativas: o lo tratamos ahora y lo tratamos
solo como una declaración de interés del Concejo Deliberante, o nos tomamos el tiempo
en función de que hay tiempo material para hacerlo en una próxima sesión y lo
declaramos por Ordenanza, cumpliendo el requisito que determina la 3114.
SR. CONCEJAL (Gallinger) – Yo pediría que lo tratemos aunque sea como
Declaración del Concejo, porque ellos lo que necesitan es algún tipo de aval frente a las
empresas que le van a dar una mano para que puedan concurrir. Inclusive el Municipio,
a través de la Secretaría de Cultura ya se ha comprometido –a cambio de la
contraprestación de presentar el espectáculo en los Centros de día y demás- a asistirlos
con uno de los pasajes. Pero independientemente de este requisito que podría ser
cumplido, yo diría tratémoslo como Declaración del Concejo aunque sea.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Se va a votar la incorporación del expediente
número 30.174. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Por último, el expediente número 30.173 sobre una Comunicación al Poder
Ejecutivo Provincial. Que, independientemente de las gestiones que ya está haciendo el
Consejo de la Niñez, me parece que fortalece.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – En consideración.
Se va a votar el tratamiento del expediente número 30.173 para que se incorpore
en el temario. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Quedan incorporados en el temario los expedientes número: 30.169; 30.170;
30.174 y 30.173.
- Orden del Día.SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Pasamos al tratamiento del Orden del Día.
Número de orden uno.
Expediente número 2518-S-09. Secretaría de Turismo, Cultura y Deportes.
Sobre declarar de interés municipal el evento cultural “Inti Raymi” Fiesta del Sol.
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Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) – ANTECEDENTES: Están
dados por el expediente Nº 2518-S-09 del registro del Poder Ejecutivo Municipal.
FUNDAMENTOS:
El 15 y 16 de agosto del corriente año se llevó a cabo el evento cultural INTI
RAYMI (Fiesta del Sol), organizado por la Asociación Inti Boliviano de Viedma.
La Comisión de Labor Parlamentaria facultó a la Presidente del Concejo
Deliberante a dictar la Resolución Ad-Referéndum del Cuerpo.
La Presidente del Concejo haciendo uso de tal facultad dictó la Resolución de
Presidencia Nº 115/09 (11-08-09) la que deberá ser ratificada por el Plenario.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Ratificar la Resolución de Presidencia Nº 115/09 la que como anexo I
forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2º: De forma.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – En consideración.
Si ningún Concejal va a hacer uso de la palabra, se va a votar el proyecto en
tratamiento. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Segundo punto del Orden del Día.
Expediente número 2975-T-09. Tesorería Municipal. Sobre ingreso Plan
Solidario Federal. Fecha 21-08-09.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) – ANTECEDENTES: Están
dados por el expediente Nº 2975-T-09 del registro del Poder Ejecutivo Municipal.
FUNDAMENTOS:
El artículo 27º de la Ordenanza 3219 establece: “El Poder Ejecutivo podrá
disponer autorizaciones para gastar, no incluidas en la Ordenanza de Presupuesto
General, en los siguientes casos”.
Entre otros, el inciso d) del citado artículo, expresa: “Cuando ingresen recursos
especiales, con o sin afectación, no previstos en el cálculo original, que será
modificado al efecto”.
Asimismo, el citado artículo prevé: “Estas autorizaciones serán comunicadas al
Concejo Deliberante en el mismo acto que las disponga, acompañando los antecedentes
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que respalden el procedimiento. Las autorizaciones así dispuestas se incorporarán al
Presupuesto General, habilitando los programas y partidas necesarias”.
Mediante Decreto Nº 588/09 esta Municipalidad adhirió a las disposiciones
establecidas en el Decreto Provincial Nº 82, de fecha 24 de marzo de 2009, mediante el
cual la Provincia de Río Negro adhiere al Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº
206, de fecha 19 de marzo de 2009, correspondiente a la creación del Fondo Federal
Solidario, con la finalidad de financiar en Provincias y Municipios obras que
contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de
viviendas o vial, en ámbitos urbanos y/o rurales.
La Tesorería Municipal informa que el día 21-08-09 se registró el ingresos de
Pesos Doscientos Quince Mil Doscientos Veintitrés con 44/100 ($ 215.223,44)
correspondiente al Fondo Federal Solidario.
Por lo expuesto es necesario realizar las adecuaciones presupuestarias
correspondientes para la incorporación de la suma mencionada al Presupuesto y
Cálculo de Recursos del presente ejercicio aprobado por Decreto Nº 820/09 del Poder
Ejecutivo Municipal.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Ratificar el Decreto Municipal Nº 820/09 del Poder Ejecutivo
Municipal.
ARTÍCULO 2º: De forma.
Pedro Sánchez
Vocal
Comisión de Hacienda
Liliana Andaloro
Vocal
Comisión de Hacienda
Fabiana Malpeli
Presidente
Comisión de Hacienda
Tiene dictamen favorable de la Comisión de Hacienda, Obras y Servicios
Públicos.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Está en consideración.
Tiene la palabra la Señora Concejal Malpeli.
SRA. CONCEJAL (Malpeli) – Este expediente y el que sigue a continuación, son de
ampliación presupuestaria y los dos son de ingreso del Fondo Federal Solidario, el
famoso Fondo Sojero, uno de un monto de $ 215.833 y el otro de $ 230.045 que están
ingresando al presupuesto, destinados a red de gas y agua de la ciudad de Viedma.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Si ningún otro Concejal va a hacer uso de la
palabra, se va a votar el proyecto en tratamiento. Los Señores Concejales que estén por
la afirmativa, sírvanse indicarlo.
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- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Punto tres del Orden del Día.
Expediente número 2640-T-09. Tesorería Municipal. Sobre registro de ingreso
Plan Solidario Federal.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) - ANTECEDENTES: Están
dados por el expediente Nº 2640/T/08, del registro del Poder Ejecutivo Municipal.
FUNDAMENTOS:
El artículo 27 de la Ordenanza 3219 establece: “El Poder
Ejecutivo podrá disponer autorizaciones para gastar, no incluidas en la Ordenanza de
Presupuesto General, en los siguientes casos”.
Entre otros, el inciso d) del citado Artículo, expresa: “Cuando
ingresen recursos especiales, con o sin afectación, no previstos en el cálculo original,
que será modificado al efecto.”
Asimismo, el citado Artículo prevé: Estas autorizaciones serán
comunicadas al Concejo Deliberante en el mismo acto que las disponga, acompañando
los antecedentes que respalden el procedimiento. Las autorizaciones así dispuestas se
incorporarán al Presupuesto General, habilitando los programas y partidas necesarias.
Mediante Decreto N° 588 /09, esta Municipalidad adhirió a las
disposiciones establecidas en el Decreto Provincial N° 82, de fecha 24 de marzo de
2009, mediante el cual la Provincia de Río Negro adhiere al Decreto del Poder
Ejecutivo Nacional N° 206, de fecha 19 de Marzo de 2009, correspondiente a la
creación del Fondo Federal Solidario, con la finalidad de financiar en Provincias y
Municipios, Obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura Sanitaria,
Educativa , Hospitalaria, de Viviendas o Vial, en ámbitos urbanos y/o rurales.
La Tesorería Municipal informa que el día 21/08/09 se registró el
ingreso de Pesos Doscientos Treinta Mil Cuarenta y Cinco con 35/100 ($230.045,35)
correspondiente al Fondo Federal Solidario.
Por lo expuesto es necesario realizar las adecuaciones
presupuestarias correspondientes para la incorporación de la suma mencionada al
Presupuesto y Calculo de Recursos del presente ejercicio aprobado por Decreto N°
750/09 del Poder Ejecutivo Municipal.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
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ARTÍCULO 1º: Ratificar Decreto Municipal
Municipal.
N°
750/09 del Poder Ejecutivo
ARTÍCULO 2º: Registrar, comunicar, cumplido archivar.
Pedro Sánchez
Vocal
Comisión de Hacienda
Liliana Andaloro
Vocal
Comisión de Hacienda
Fabiana Malpeli
Presidente
Comisión de Hacienda
Tiene dictamen favorable de la Comisión de Hacienda, Obras y Servicios
Públicos.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – En consideración.
Se va a votar el proyecto en tratamiento. Los Señores Concejales que estén por
la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Número de orden cuatro.
Expediente número 30.166-C-09. Comisión de Gobierno y Personal. Sobre
modificar artículo 62º de la ordenanza de tránsito Nº 6436.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) - ANTECEDENTES:
• Las Ordenanzas N º 6436, 5887, y 6245.
FUNDAMENTOS:
La Justicia Municipal de Faltas requiere una permanente
actualización toda vez que ella debe adaptarse a las nuevas demandas y necesidades en
la que se encuentran los habitantes del Municipio.
El artículo 62 de la Ordenanza 6436, establece como requisito para
retirar los vehículos secuestrados, el pago de la multa dispuesta, el costo de acarreo y
de la suma devengada en concepto de guarda del vehículo, conforme a la ordenanza
tarifaria vigente. Para el caso de las infracciones previstas en los apartados 3,5
(solamente para el caso de licencia adulterada o haciendo uso de una licencia
falsificada), 9, 10, 14 y 15 de la ordenanza en mención, estos pagos deben ser
cancelatorios.
La medida de secuestro del vehículo, prevista para algunas
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infracciones, tiene por objeto garantizar una mejor circulación de los vehículos en el
futuro y que se eviten posibles accidentes, generando mayor seguridad a la ciudadanía
en materia de tránsito.
La situación socioeconómica de algunos infractores origina la falta
de pago de la multa y la acumulación de deuda en concepto de guarda diaria del
vehículo, que en estos casos suele superar el monto de la multa, originando de esta
manera la desnaturalización del objeto que es de resguardar la seguridad vial de los
ciudadanos y la sanción pecuniaria, que se entiende impuesta por la multa y resulta
excedida por la guarda diaria del vehículo
Entendemos por ello imprescindible dinamizar el trámite de
liberación de los vehículos retenidos, considerando que el presente proyecto no tiene
por objeto desconocer la infracción cometida y el potencial riesgo creado por quien
comete la misma.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Modifíquese el artículo 62ª del Código de Tránsito, Ordenanza Nº
6436, que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 62: Podrán devolverse a su propietario, poseedor, tenedor o usuario de
los vehículos secuestrados por infringir normas de tránsito, previo pago de la multa
que corresponda con más lo que resultare en concepto de acarreo y estadía dispuesto
por la ordenanza tarifaria en vigencia. Se deberá acreditar dicha calidad sin perjuicio
de proseguir las actuaciones en el Juzgado de Faltas.
Cuando se trate de las infracciones previstas en los apartados 3,5 (solamente para el
caso de licencia adulterada, o haciendo uso de una licencia falsificada), 9, 10, 14,15, la
devolución precederá previo cumplimiento de las siguientes condiciones:
1. Pago cancelatorio de la multa correspondiente, dispuesta por la Ordenanza
Tarifaria en vigencia.
2. Pago cancelatorio de la suma establecida en concepto de acarreo del vehículo,
dispuesta por la Ordenanza Tarifaria en vigencia.
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3. Pago o convenio de pago de la suma establecida en concepto de guarda diaria
del vehículo dispuesta por la Ordenanza Tarifaria en vigencia.
El convenio de pago procederá, únicamente, cuando a criterio del Juez de Faltas la
situación socioeconómica del infractor lo amerite y se ajustará a lo establecido en
el artículo 29º de la ordenanza 5887, Código de Faltas.
La suma devengada en concepto de estadía, en ningún caso podrá exceder el valor
establecido en concepto de multa.
ARTICULO 2º: La presente norma tendrá alcance a todos los vehículos que a la fecha
se encuentren retenidos.
Artículo 3º: De forma.
Luis Nievas
Vocal
Laura Ramos
Vocal
Agustina Kehler
Vocal
Alejandro Arizcuren
Presidente
DICTAMEN Nº 191 DE LA COMISIÒN DE GOBIERNO Y PERSONAL:
La Comisión de Gobierno y Personal resuelve: aconsejar al Plenario la
aprobación del Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 1 y 2 que modifica el artículo 62º
de la ordenanza Nº 6436.
Laura Ramos
Vocal
Agustina Kehler
Vocal
Luis Nievas
Vocal
Alejandro Arizcuren
Presidente
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Está en consideración.
Tiene la palabra el Señor Concejal Arizcuren.
SR. CONCEJAL (Arizcuren) – La modificación del artículo 62º, en el punto tercero,
se posibilita de esta forma facultar al Juez de Faltas a celebrar convenio y esto dado por
la experiencia de la cantidad de vehículos demorados por falta de cumplimiento del
pago de la multa y del costo de la estadía, toda vez que el infractor demora en hacer
frente al pago de la multa, se va sumando cada vez más el costo de la estadía. No estaba
contemplado el pago en cuotas en este artículo, sobre las faltas graves. Estamos
modificando esta posibilidad dándole la facultad al Juez de Faltas y, a su vez, hacer que
la estadía en ningún caso pueda superar el valor de la multa.
Nada más.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Tiene la palabra el Señor Concejal Gallinger.
SR. CONCEJAL (Gallinger) – Esta situación que ha planteado el Concejal Arizcuren
también ha generado que se presenten varios vecinos que han tenido problemas de este
tipo, planteando que al no tener los recursos ofrecen algún tipo de trabajo y demás en
compensación. ¿No se contempló esa posibilidad? ¿No será factible que lo
contemplemos en un futuro?
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SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Tiene la palabra el Señor Concejal Arizcuren.
SR. CONCEJAL (Arizcuren) – Se puede plantear la situación en particular. El tema es
que el rango de multas que hoy se está modificando y se está brindando la facultad al
Juez de Faltas para poder celebrar convenio de pago, se refiere a las multas más graves
que tiene este Código.
Creo que la posibilidad del pago con algún tipo de contraprestación está
establecido pero en las multas menores.
De todas formas, lo podemos trabajar.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Tiene la palabra el Señor Concejal Gallinger.
SR. CONCEJAL (Gallinger) – Pienso puntualmente cuando se origina el secuestro
porque carece de papeles, que suele suceder con las motos de pequeñas cilindradas que
utiliza un sector importante de la ciudad, que muchas veces tienen problemas de
registración de papeles o circulan sin los papeles. Lo dejo como una inquietud, quizás,
lo podamos analizar en un futuro.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Creo que en el ámbito de la Comisión de Gobierno
se podría analizar, en realidad, hay una ordenanza que contempla el pago por
contraprestación que tiene algunas dificultades para implementarse, pero después se
puede analizar.
Si ningún otro Concejal va a hacer uso de la palabra, se va a votar el proyecto en
tratamiento. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Punto quinto del Orden del Día.
Expediente número 30.229-S-08. Concejal Pedro Sánchez. Sobre adherir a la
Ley Provincial Nº 4.222 sobre creación del Programa Deportivo Barrial.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) - ANTECEDENTES:
• Ley Nacional 26.069, y adhesión de la Provincia de Río Negro mediante Ley
4.222;
• Ley Nacional 20.655, y adhesión de la Provincia de Río Negro mediante Ley
2.038;
• Ordenanza Municipal 2824;
• Carta Orgánica Municipal Art. 14º, 22º y 51º inc. 3, y;
• Reglamento Interno del Concejo Deliberante de Viedma Art. 59.
FUNDAMENTOS:
El deporte y la recreación son esenciales para el bienestar físico
de las personas. Promueven la salud a partir de la prevención de determinadas
enfermedades, el aumento de la resistencia física y el desarrollo de las capacidades del
sistema cardiovascular y motriz.
Las actividades físicas recreativas contribuyen a la construcción
de una relación positiva de las personas con su cuerpo, y favorece la formación de
lazos de solidaridad y confianza, los cuales, a su vez, promueven la formación de una
identidad.
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Las relaciones que surgen del deporte, incluyen el respeto a la
propia salud y a la de los demás, dado que las actividades deportivas son un
mecanismo generador de confianza entre los pares, por eso permite a la vez
experimentar un sentido de comunidad e integración.
La diversión y la competición que van asociadas a las actividades
deportivas ayudan a fortalecer la auto confianza y la personalidad de los individuos,
dado que impulsan las capacidades personales, permitiendo explorarlas más allá de los
límites imaginados por las personas. Es por ello que la actividad física y los logros
deportivos no sólo fomentan las habilidades motoras, sino que promueven la confianza
personal. También es un medio sumamente adecuado para mejorar el equilibrio
personal y reducir el estrés.
Además, se transforman en una herramienta esencial para la
reafirmación de la responsabilidad entre los niños y jóvenes, dado que dentro de los
grupos se desarrollan reglas que son internalizadas por ellos como experiencias
alternativas a la violencia, la injusticia y la exclusión.
Así, en el grupo se aprenden pautas de acción y orientación
alternativas, y se definen reglas de manera colectiva, lo que –en conjunto con la
identificación con el grupo y el sentido de pertenencia a él– se transforma en uno de los
mecanismos más efectivos para luchar contra las distintas adicciones, que llegan a
transformarse en flagelos para la juventud.
Asimismo, las actividades deportivas constituyen un dispositivo
eficaz para fomentar la igualdad de género, dado que la participación de hombres y
mujeres en todo tipo de actividades genera la aceptación de que todas las personas
desarrollan iguales capacidades físicas y psíquicas.
De esta manera, el deporte se instituye como una herramienta
esencial para promover la salud y el bienestar físico y mental de toda comunidad, por
lo que es fundamental motivar a las personas a acceder a una práctica sistemática de
actividades deportivas y recreativas comunitarias, enfatizando en el aprovechamiento
íntegro de los recursos de que dispone el Estado, el cual debe asumir la
responsabilidad de impulsar y promover el interés de su comunidad por prácticas de
esta magnitud.
Así, la legislación nacional, provincial y municipal vigente reúne
actualmente sus esfuerzos en la promoción de este tipo de actividades, consideradas
positivas en su totalidad como medios para alcanzar un mayor bienestar en la salud y
la integridad de las personas, así como para convertirlas en un mecanismo de
contención y socialización efectivo.
En este sentido, la Ley Nacional 26.069, sancionada en
noviembre de 2005, instituye el Programa Deportivo Barrial, cuyo objeto es fomentar y
facilitar las prácticas deportivas a través del apoyo y fortalecimiento de los clubes de
barrio, y además, preparar a las personas que integran los equipos deportivos como
potenciales representantes en juegos provinciales, nacionales, regionales o
continentales.
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Dicho programa, promueve el apoyo económico para los clubes
de barrio, a los efectos de contar con instalaciones apropiadas para las disciplinas, y
mejorar su actividad.
Además crea el Registro de Clubes de Barrio, a través del cual,
las entidades deportivas reconocidas en él, tienen la facultad de solicitar la
implementación en su sede de alguna práctica deportiva del programa, con la
asignación de los respectivos preparadores físicos, profesores de educación física y
entrenadores, de acuerdo a los convenios celebrados de acuerdo a lo estipulado en su
artículo 12º.
En este sentido, la Provincia de Río Negro, adhiere a la Ley
Nacional de creación del Programa Deportivo Barrial mediante Ley Nº 4.222, en
coherencia con la iniciativa nacional de promover las actividades deportivas mediante
el mejoramiento, apoyo e impulso de las instituciones denominadas clubes de barrio.
Asimismo, la Ley Nacional 20.655, a través de la creación del
Concejo Nacional del Deporte, se erige como otro mecanismo de fortalecimiento para
la actividad deportiva, dado que estimula su práctica, crea condiciones que permiten el
acceso a este tipo de actividad por parte de toda la comunidad y la participación
activa de todos los sectores interesados en la elaboración y ejecución de los
respectivos programas y acciones en la materia.
La Provincia de Río Negro, en concordancia con los términos de
la Ley Nº 2.038, adhiere también a esta norma nacional, dado que fomenta el
desarrollo de la actividad deportiva como pilar fundamental para la integridad física y
psíquica de la comunidad.
Así, la Legislatura de Río Negro mediante el dictado de dicha
Ley, establece la conformación de una estructura provincial como la expuesta por la
Ley 20.655, invitando a los municipios que en sus respectivas jurisdicciones, dispongan
la integración de Consejos Municipales del Deporte. Por eso, la Municipalidad de la
Ciudad de Viedma, mediante Ordenanza Municipal Nº 2.824 conforma en el año 1.992
el Concejo Municipal del Deporte.
El Estado se convierte en el instrumento que debe llevar adelante
estas iniciativas, a través de políticas públicas concretas y eficaces, promoviendo
además, en el seno de la sociedad misma, la responsabilidad de formar parte de esta
tarea esencial para el desarrollo comunitario.
Por ello, continuar en el camino de fortalecimiento del deporte
como actividad esencial para la contención e integración de la sociedad, así como para
aumentar la calidad de vida de las personas, se erige como una tarea imprescindible e
impostergable.
Por ello:
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EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
Artículo 1º.- Adhesión. Adhiérase a la Ley Provincial Nº 4.222, conforme lo establece
su artículo 2º.
Artículo 2º.- Autoridad de Aplicación. Determínese como Autoridad de Aplicación de
la presente Ordenanza la Secretaría de Turismo, Cultura y Deporte de la
Municipalidad de Viedma, a través de la Subsecretaría de Deportes.
Artículo 3º.- Reglamentación. Establézcase un plazo de 60 (sesenta) días después de la
sanción de la presente Ordenanza, para que el P.E.M. reglamente la misma.
Artículo 4º.- De Forma.
Pedro Sánchez
Concejal
Tiene dictamen favorable de la Comisión de Bienestar Social.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Está en consideración.
Tiene la palabra el Señor Concejal Sánchez.
SR. CONCEJAL (Sánchez) – Señora Presidente, además del dictamen favorable de la
Comisión este proyecto se demoró bastante y tiene la opinión favorable del Ejecutivo
Municipal.
Quisiera agregar una pequeña modificación en el artículo 2º, donde habla del
organismo de aplicación, “o aquella área que la sustituyera en el futuro”, en virtud de
que los organigramas a veces varían, nos ha pasado a nosotros en esta gestión. Para que
no haya que hacer modificaciones de tipo formal en el futuro. Obviamente, queda claro
que cuando hablamos de clubes de barrios y temas deportivos siempre le va a tocar al
área designada por el Ejecutivo.
Simplemente quiero decir que en virtud de la Ley Nacional lo que se dispuso es
un fondo de ayuda a los clubes de barrios, para esto se crea un registro de los clubes de
barrios a través del artículo 12º de la Ley 26.069, a la que luego adhiere la Provincia de
Río Negro. La Provincia de Río Negro también debería, y digo “debería” por estar
llevando a cabo un registro de clubes de barrios, y al adherir nosotros deberíamos crear
nuestro propio registro de clubes de barrios y elevarlo a la Provincia de Río Negro para
luego acompañar a nuestros clubes, aquellos que lo necesiten, a buscar financiamiento.
Para nosotros esta adhesión es una herramienta de financiamiento, tanto desde el
punto de vista de lo que es apoyo a profesionales que tenemos en nuestro Instituto de
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Educación Física como para poder dar algunas disciplinas y colaborar con las que ya
están; como también –y así lo expresa la Ley Nacional- aportes económicos para
ampliar las sedes y comprar elementos para fomentar el deporte.
En esta misma línea es que se habló con el Señor Marcelo Sigol, que se
encuentra a cargo de la Subsecretaría de Deportes, y como bien lo expresara, todas las
herramientas de financiamiento en virtud de temáticas de índole social, deportivas y
especialmente vinculadas a los barrios, tiene que ser acompañada desde el Concejo.
Así que, simplemente quería decir esto y estaremos muy atentos a la
reglamentación y planificación, y acompañar al Ejecutivo a elevar esto a la Secretaría de
Deportes de la Provincia para acompañar las gestiones para que el dinero ese que,
supuestamente, son fondos que se crean y tiene destinados partidas en el Presupuesto
nacional, lleguen a la Provincia y de la Provincia lleguen a Viedma.
Nada más.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Gracias, Concejal.
Si ningún otro Concejal va a hacer uso de la palabra, con la modificación
propuesta –que me parece muy correcta- hecha por el Concejal preopinante, que por
Secretaría le buscaremos la redacción correcta, se va a votar el proyecto en tratamiento.
Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Punto seis del Orden del Día.
Expediente número 30.165-S-09. Concejal Pedro Sánchez. Sobre declarar de
interés social, educativo, productivo y turístico al Centro de Interpretación de los
Humedales del Valle Inferior, situado en el Cemat.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) - ANTECEDENTES: Proyecto
de Declaración Nº 688/2009- Legislatura de la Provincia de Río Negro.
• Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Viedma Art. 14º, 15º, 16º y 23º.
• Reglamento Interno Concejo Deliberante de Viedma Art. 60º.
FUNDAMENTOS:
Un Humedal es un cuerpo de agua que es de gran importancia
para una innumerable cantidad de ecosistemas, hábitats costeros y marinos con los que
comparten determinadas características. Es una zona de tierra, generalmente plana, en
la que la superficie se inunda al cubrirse regularmente de agua, el suelo se satura,
quedando desprovisto de oxígeno, generando un ecosistema mixto, entre los que se
encuentran además los puramente acuáticos y los terrestres.
Los humedales generalmente sustentan una importante diversidad
biológica. Asimismo, dada su alta productividad, pueden albergar poblaciones muy
numerosas. Diversas actividades humanas requieren de los recursos naturales
provistos por los humedales y dependen por lo tanto del mantenimiento de sus
condiciones ecológicas. Dichas actividades incluyen la pesca, la agricultura, la
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actividad forestal, el manejo de vida silvestre, el pastoreo, el transporte, la recreación y
el turismo. Uno de los aspectos fundamentales por los que en los últimos años se ha
volcado mayor atención en la conservación de los humedales es su importancia para el
abastecimiento de agua dulce con fines domésticos, agrícolas o industriales.
La herramienta más eficaz para lograr una gestión de humedales
que promueva su conservación y utilización, es el desarrollo de planes de manejo. Estos
pueden realizarse a diferentes escalas según el objetivo perseguido. Deben tener un
enfoque interdisciplinario que, a través del conocimiento profundo de las
características y funciones del humedal y los aspectos socio-económicos propios del
área, examine los diferentes usos posibles del ambiente.
Así, el 02 de Febrero de cada año se celebra el Día Mundial de
los Humedales, conmemorando la fecha en que se llevó a cabo la primera reunión de la
“Convención Internacional de los Humedales Ramsar”, reunida en la ciudad de
Ramsar en Irán el 02 de Febrero de 1971; la cual se inicia a partir de la necesidad de
diversas organizaciones internacionales y países de todo el mundo de preservar y
utilizar racionalmente estos cuerpos de agua.
A partir de esa fecha, son más de ciento cincuenta países los que
se erigen como adherentes a esta Convención Internacional. La República Argentina se
suma en el año 1991, a través de la Ley Nacional 23.919. Esta entra en vigencia en
septiembre de 1992. Así inicia la participación de nuestro país en la Convención, con la
inclusión de tres sitios en la Lista de Humedales de Importancia Internacional (Sitios
RAMSAR): los Parques Nacionales Río Pilcomayo (Formosa) y Laguna Blanca
(Neuquén) y el Monumento Natural Laguna de los Pozuelos (Jujuy).
En el año 2008, la Convención establece que los Humedales
comprenden una gran diversidad de ambientes: aguas naturales o artificiales,
estancadas, corrientes, dulces, saladas, incluyendo las superficies de agua marina que
no exceden los seis metros de profundidad. Asimismo, queda establecido que se
consideran Humedales a los estanques utilizados para la producción relacionada a los
recursos hídricos en espacios físicos controlados, las salinas, las áreas de excavación,
así como aquellas destinadas a reservar agua para el riego o el consumo humano.
En todo el mundo existen actualmente los más diversos
Humedales cuya protección queda garantizada a través de distintas normas orientadas
a ese fin. En este sentido, hay un consenso general acerca de la importancia de estos
ambientes naturales, tanto para la conservación de especies de aves migratorias, como
por constituirse en lugares ideales para promover la educación ambiental y el turismo.
Así, se reconoce una función ecológica concreta en estos cuerpos de agua, dado que
además se transforman en indicadores de la calidad de los ecosistemas locales en
términos de contaminación.
La gran extensión de nuestro país determina la existencia de una
gran diversidad y abundancia de humedales. Así, encontramos la Cuenca del Plata, que
incluye aproximadamente 1.034.000 km2. Esta región se encuentra bajo una fuerte
influencia de actividades humanas; los ambientes acuáticos permanentes y temporarios
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son utilizados para la navegación, el abastecimiento de agua dulce, la pesca comercial
y deportiva y la recreación. También constituyen una fuente importante de recursos
forrajeros. En esta región se encuentran los centros urbanos más grandes de nuestro
país, así como importantes zonas de desarrollo agrícola e industrial.
En la Cuenca del Plata se sitúan los humedales relacionados a
la llanura de inundación del Río Paraná, un abanico de ambientes derivados de la
dinámica del río, tales como selvas marginales, pajonales, esteros, lagunas y bañados,
que se transforman en un hábitat diverso para numerosas especies. También se
identifican los Esteros de Iberá, que constituyen un gran conjunto de lagunas poco
profundas, esteros con abundante vegetación flotante, ríos y arroyos y bosque fluvial
asociado.
Asimismo, la región chaqueña conforma una porción sustancial
de la parte argentina de la Cuenca del Plata. Es una gran llanura caracterizada por las
sequías e inundaciones originadas en la gran variabilidad pluviométrica y las crecidas
de los ríos.
Otra variedad de humedales se observan en las lagunas de alta
montaña, desde la Provincia de Jujuy hasta Neuquén. Por ejemplo, las Lagunas de
Pozuelos y Vilama (Jujuy) situadas a 3.500 y 4.400 metros de altura respectivamente en
zonas áridas, presentan amplias variaciones en el nivel y la salinidad del agua durante
la estación seca y albergan grandes poblaciones de aves acuáticas.
Las zonas costeras constituyen asimismo humedales de gran
importancia. En la Provincia de Buenos Aires se destacan la albufera de Mar Chiquita,
una laguna costera de agua salada conectada con el mar; el estuario de Bahía Blanca,
formado por varios ríos de pequeño tamaño, con extensas zonas intermareales, islas,
playas de arena y bañados de agua salobre y la Bahía Anegada en la desembocadura
del Río Colorado, que también presenta una zona intermareal amplia, bañados de agua
salada, islas y playas de arena. La costa patagónica presenta numerosas áreas de
interés, como la Península Valdés (Chubut), la Bahía Bustamante (Chubut), el estuario
del Río Deseado (Santa Cruz) y la Bahía San Sebastián (Tierra del Fuego), entre otras.
La designación de humedales que se encuentran en territorio
provincial para la Lista de Humedales de Importancia Internacional, debe proponerse
por solicitud de los gobiernos provinciales. En este sentido, y en base a las Fichas
Técnicas elaboradas por las Provincias respectivas, en el año 1995 se incluyeron en la
Lista de Humedales de Importancia Internacional la Reserva Costa Atlántica Tierra del
Fuego, Provincia de Tierra del Fuego; y la Reserva Provincial Laguna de Llancanelo,
Provincia de Mendoza; y en 1997 la Bahía Samborombón, Provincia de Buenos Aires;
en 1999 las Lagunas de Guanacache, provincias de San Juan y Mendoza; en el 2000
las Lagunas de Vilama, en la Provincia de Jujuy; en el 2001 Jaaukanigás en la
Provincia de Santa Fe y en el 2002 las Lagunas y Esteros del Iberá en la Provincia de
Corrientes.
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En el Valle Inferior de nuestra provincia, encontramos gran
cantidad de Humedales con superficies que no exceden las 10 hectáreas. Su relevancia
ecológica, turística y social ha comenzado a analizarse desde hace muy poco tiempo.
Los Humedales que encontramos en nuestro Valle Inferior, son
restos de la que fuera la laguna El Juncal, la cual debido a las inundaciones que
afectaban a la población asentada a comienzo del siglo XIX, generadas por su
desborde, se procede a su secado, interrumpiendo el ingreso del agua desde el río, por
propia decisión de los pobladores de aquella época.
La importancia de los reservorios de agua dulce que actualmente
encontramos en el Valle Inferior, radica en el hecho de que a pesar de contar con una
escasa superficie y ser prácticamente desconocidos, son puntos importantes para la
conservación de la biodiversidad local y regional, al encontrarse en una zona árida,
aportando un punto de humedad utilizado como refugio, zona apta para la
reproducción o bebedero por una innumerable variedad faunística.
De allí que se considere necesario poner en evidencia la
importancia ecológica de los humedales de nuestra zona como patrimonio natural de la
región. Así, durante el año 2007 se lleva a cabo un estudio en seis humedales de la
región; los resultados arrojados por dicha investigación se plasman en la publicación
“Humedales del Valle Inferior de la Provincia de Río Negro”, llevado a cabo por
Edgardo Intrieri, Silvina Iribarne y Ariel Fajardo y la compilación de esa información
y redacción efectuada por Claudio García.
Esta iniciativa cuenta con el auspicio de la Legislatura de Río
Negro y el Instituto de Desarrollo del Valle Inferior (IDEVI), promoviendo el acuerdo
entre el Ministerio de Producción, Departamento Provincial de Aguas, la Legislatura
de Río Negro, el IDEVI, el Consejo de Ecología y Medio Ambiente (CODEMA) y el
Centro Universitario Regional Zona Atlántica de la Universidad Nacional del
Comahue, para que técnicos de esos organismos delimiten el área que abarcan dichos
humedales e identifiquen los existentes en un plazo de dos años.
A partir de esta investigación, se genera conciencia acerca de la
relevancia que poseen las lagunas remanentes de lo que fue El Juncal para nuestra
región, dado que plasma claramente su importancia como pilares para el desarrollo de
las más vastas actividades productivas, y como proveedores de agua perfectamente
utilizable para diversos fines, a la vez que se erige como un recurso significativo para
fines recreativos, educativos y turísticos.
Estos cuerpos de agua, a pesar de verse afectados por las
actividades del hombre –en relación a las actividades productivas que constituyen el
IDEVI- continúan siendo importantes ecosistemas que deben ser protegidos.
La mencionada investigación, es declarada de interés municipal y
provincial. A la vez, investigadores del Centro Regional Zona Atlántica de la
Universidad Nacional del Comahue (UNC-CURZA) continúan con el estudio de estos
cuerpos de agua, y paralelamente se crea un Centro de Interpretación de los
Humedales del Valle Inferior.
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Este centro se sitúa en el CEMAT, en un espacio físico cedido por
el IDEVI, a 15 kilómetros de Viedma, y su inauguración formal esta prevista en
conjunto con la próxima edición de la Expo IDEVI, en noviembre de este año.
Asimismo, se espera adelantar el comienzo de sus actividades antes de la fecha prevista
de su apertura formal, recibiendo a diferentes escuelas y turistas, así como a los
mismos productores del IDEVI y la comunidad que reside en zonas aledañas, para
comenzar a trabajar con las tareas de concientización acerca de los principios del
desarrollo sustentable que no son incompatibles con ciertos principios de desarrollo
económico. Además este centro se erige como una herramienta esencial para reforzar
la oferta turística de la región.
Por ello, es menester implementar políticas y legislación
adecuada para destacar y reconocer la importancia de estos cuerpos de agua, dado que
es necesario asignarles el valor ecológico y social que poseen, promoviendo las
iniciativas tendientes a la concientización acerca de la conservación y el manejo
sostenible de los mismos.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE VIEDMA
DECLARA:
Artículo 1º.- De Interés Social, Educativo, Productivo y Turístico al Centro de
Interpretación de los Humedales del Valle Inferior, situado en CEMAT, a 15 km. de la
Ciudad de Viedma.
Artículo 2º.- De Forma.Pedro Sánchez
Concejal
Tiene dictamen favorable de la Comisión de Bienestar Social. Dictamen Nº 25.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Está en consideración.
Tiene la palabra el Señor Concejal Sánchez.
SR. CONCEJAL (Sánchez) – Señora Presidente, cuando el año pasado hicimos dos
Declaraciones acerca del tema de los Humedales, además de recibir algunas cargadas en
el Concejo, porque era una cosa realmente nueva, nosotros a través del expediente
número 30.196 declaramos de interés de este Concejo Deliberante la publicación que en
ese momento hizo el IDEVI acerca de los Humedales del Valle Inferior; y a través del
expediente número 30.198 declaramos de interés también el día donde se conmemoraba
el Día Internacional de los Humedales, desde el punto de vista de cuerpos de agua que
de alguna manera guardan una riqueza medioambiental y ecológica que debe ser
preservada.
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Fíjense que ha pasado un año y medio y esto tiene la fuerza de las entidades
medioambientales, la fuerza de nuestro turismo, de nuestro agroturismo del IDEVI, y de
las entidades públicas y privadas comprometidas para seguir de alguna manera, como lo
hemos hecho en otros aspectos como puede ser la seguridad vial, haciendo docencia
sobre el cuidado del medioambiente, e inclusive, de nuestra historia. ¿Por qué digo de
nuestra historia? Porque estos Humedales, a los que ya hemos hecho referencia, son los
cuerpos de agua que han quedado de la vieja laguna “El Juncal” del IDEVI. Son cuerpos
de agua naturales; es cierto que algunas se han convertido en vertientes artificiales,
algún drenaje de los canales principales del IDEVI, pero son cuerpos de agua naturales
que hay que preservarlos.
Nosotros lo que estamos declarando ahora es el Centro de Interpretación, que
tendríamos que ir todos a visitar; he tenido la posibilidad de estar y de ver fotos donde
se va a poder recibir hasta cincuenta alumnos; donde se van a pasar películas, no
solamente acerca de la importancia del IDEVI, historia del IDEVI, de estos cuerpos de
agua y de lo que significa medioambiente, la flora y la fauna; nuestra aves migratorias.
Hoy charlando con gente vinculada a las chacras donde se encuentran algunos de estos
cuerpos de agua, es bastante importante la cantidad de gente que va a sacar fotografías,
sobre todo, por el tema del avistaje de aves.
Con este Centro de Interpretación, de alguna manera, se termina y se le da
importancia al Centro de Interpretación que va a ser inaugurado junto con la
EXPOIDEVI, y seguramente a partir de los próximos diez días va a empezar a recibir la
visita de alumnos de escuelas de Viedma y de la región de Adolfo Alsina; y
seguramente se le va a estar dando prioridad a las escuelas vinculadas a nuestra región,
que son escuelas rurales como en su momento fue la de O’Connor, y demás parajes.
Creo que este Concejo no se equivocó al abordar esta temática; había una
decisión pública y privada de avanzar, y está apoyada por todos aquellos
emprendimientos agroturísticos y ambientales vinculados al IDEVI, que están
trabajando con la Subsecretaría de Turismo de la Provincia y del Municipio, y con el
área nuestra, la Subsecretaría de Desarrollo Económico, que vela dentro del marco
municipal por todas las actividades que tiene que ver con el medioambiente y el cuidado
de nuestros reservorios naturales.
Nada más.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Gracias, Concejal.
Si ningún otro Concejal va a hacer uso de la palabra, se va a votar el proyecto en
tratamiento. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Punto número siete.
Expediente número 444-A-09. Asociación Civil Cristiana “Nuestro Manantial”.
Sobre denuncia de ruidos molestos.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) - ANTECEDENTES: Están
dados por el expediente Nº 444 -A -09 del Registro del Juzgado de Faltas Municipal.
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FUNDAMENTOS:
A fs. 01 se encuentra agregada en el expediente de referencia,
Acta de Infracción Nº 07878, de fecha 19/04/2009, por la Subdirección de Seguridad e
Higiene del Poder Ejecutivo Municipal, a la Iglesia Asociación Civil Cristiana Nuestro
Manantial por constatarse, la emisión de 82 decibeles desde el local sito en calle 7 de
marzo Nº 1143, los que implican ruidos que superan los niveles permitidos por la
Ordenanza Nº 3637.
De fs. 02/04, de diciembre de 2008, obra denuncia de los vecinos
por ruidos molestos que se emiten desde el domicilio mencionada up-supra. Solicitando
se realice en el lugar la toma de decibeles en el marco de la Ley Provincial Nº 1550 y
las Ordenanzas Nº 1904 y 3637; y se arbitren los medios legales correspondientes.
A fs. 05 obra Resolución Nº 0339/09 del Juez de Faltas de la
Ciudad de Viedma, donde condena a la Asociación Civil Cristiana Nuestro Manantial
al pago de un multa de Pesos CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO c/
SESENTA CENTAVOS ($5.545,60), por encontrarlos autores responsables de la
propalación de ruidos molestos, según Ley 1550, desde su local sito en calle 7 de marzo
Nº 1143 de Viedma.
A fs. 07/08 se agrega descargo correspondiente a la Resolución
0339/09 del Sr. Juez de Faltas de la Ciudad de Viedma, de fecha 26/05/2009 por la Sra.
Antrichipay Vicenta, Presidente de la Asociación Civil Cristiana Nuestro Manantial,
donde manifiesta desconocer a que llaman ruidos molestos los vecinos, razón por la
cual considera que la multa impuesta resulta elevada e injusta. Mencionando asimismo
que se tomaron recaudos para no molestar a los vecinos.
A fs. 16 el Sr. Juez de Faltas de la Ciudad de Viedma concede la
apelación por ante el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Viedma.
A fojas 22 obra Dictamen Nº 111/09 del Fiscal Municipal considerando
que el recurso debe ser declarado inadmisible, dado que no tiene entidad de una
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apelación, constituyendo una mera discrepancia subjetiva con lo resuelto por el Juez de
Faltas de la Ciudad de Viedma.
La Comisión de Gobierno y Personal comparte plenamente el Dictamen Nº
111/09 del Fiscal Municipal, considerando que en el caso, corresponde declarar el
recurso inadmisible. Sin perjuicio de suspender el pago de la multa por un plazo de
sesenta (60) días corridos, tiempo en el que la Asociación Civil Cristiana Nuestro
Manantial, con el asesoramiento de un profesional, deberá adecuar el lugar con la
acústica necesaria para que no emanen ruidos hacia el exterior, caso contrario la
multa será imputada.
POR ELLO:
El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: Declarar Inadmisible el recurso interpuesto por la Sra. Antrichipay
Vicenta, en carácter de Presidente de la Asociación Civil Cristiana Nuestro Manantial,
contra la Resolución Nº 0339/09 del Juez de Faltas Municipal.
ARTICULO 2º: Dejar en suspenso por el término de (60) sesenta días corridos,
contados a partir de la notificación de la presente, el cobro de la multa impuesta por
Resolución Nº 0339/09 del Juez de Faltas Municipal.
ARTICULO 3º: La Asociación Civil Cristiana Nuestro Manantial deberá adecuar las
instalaciones en el tiempo mencionado en el Artículo 2º, de conformidad con las
características técnicas requeridas, las que serán determinadas por un profesional
pertinente y deberá contar con la aprobación de Obras Particulares del Poder
Ejecutivo Municipal.
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ARTICULO 4º: El incumplimiento del Artículo 2º, dará lugar a la aplicación de la
multa impuesta por Resolución Nº 0339/09 del Juez de Faltas Municipal.
ARTICULO 5º: Hasta tanto las instalaciones se encuentren acondicionadas en los
términos del Artículo 2º la Asociación Civil Cristiana Nuestro Manantial deberá
utilizar el lugar los días miércoles, sábados y domingos, en la franja horaria de 19,00
hs. a 21,00 hs., tomando los recaudos necesarios para dar cumplimiento con los niveles
de decibeles establecidos por la Ordenanza Nº 3637.
ARTICULO 6º: De forma.
Laura Ramos
Vocal
Agustina Kehler
Vocal
Luis Nievas
Vocal
Alejandro Arizcuren
Presidente
Tiene dictamen favorable de la Comisión de Gobierno y Personal. Dictamen Nº
193.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Está en consideración.
Tiene la palabra el Señor Concejal Arizcuren.
SR. CONCEJAL (Arizcuren) – El rechazo del recurso y la posibilidad de suspender la
multa por sesenta días obedece a que en este lugar además de existir un Templo
Cristiano, se brinda la copa de leche a muchos chicos del barrios, de manera que, a
partir de la denuncia de vecinos por ruidos molestos y en algunas reuniones que se ha
tenido con los mismos, acordaron horarios de funcionamiento.
Lo que le estamos permitiendo a la Asociación Civil “Nuestro Manantial”, es
que con el importe de la multa puedan adecuar el salón, porque verdaderamente lo que
nos interesa es que el salón esté en condiciones y no exceda los decibeles que provocan
molestias en los vecinos; y que puedan seguir con su actividad y, además, que puedan
seguir con la copa de leche porque hay muchos chicos que concurren a ese lugar.
De manera que, lo que se les está imponiendo es que inviertan ese dinero en
acondicionar el salón y poder de esta forma seguir brindando ese servicio.
Nada más.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Que, a su vez, si no cumplen, sí se les aplica la multa.
SR. CONCEJAL (Arizcuren) – Por supuesto.
Está establecido en la Resolución que si no cumplen se le hace efectiva la multa.
Esto lo tendrá que verificar el área de Seguridad e Higiene y Obras Públicas del
Municipio asesorando en cuanto a los trabajos que hay que realizar. De hecho, ya
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empezaron a hacerlo porque han cerrado algunas ventanas que daban a las casas vecinas
y esto provocaba la expansión de ruidos.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Tiene la palabra el Señor Concejal Gallinger.
SR. CONCEJAL (Gallinger) – Comparto la idea de lo que expresaba el Concejal y los
términos de la Ordenanza.
Una sola aclaración, me parece que en la parte de la redacción, yo diría que lo
votemos así y lo dejemos sujeto con el Asesor Legal que lo revisen con el Fiscal, porque
si lo declaran inadmisible el recurso en el primer artículo, eso significa que rechazaron
el recurso y ya no se puede hacer ninguna modificación y, en realidad, para mí debiera
ser –pero yo pediría que lo revisen después por Secretaría- “declara admisible en estos
términos…”, porque no se abrió el recurso, no se considera, se rechaza y listo, si se
declara inadmisible. Pero que lo revisen técnicamente.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Está bien.
Si el Pleno autoriza, con esa observación se va a votar el proyecto en
tratamiento. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
- El Concejal Sánchez no
se encuentra presente en
el Recinto.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Número de orden ocho.
Expediente número 3334-A-08. Arias, Gabriel Fernando. Sobre no respetar
horario de cierre.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) - ANTECEDENTES: Están
dados por el Expediente Nº 3334 - A - 2008 del Registro del Juzgado de Faltas
Municipal de Viedma.
FUNDAMENTOS:
A fs. 01 se encuentra agregada en el expediente de referencia Acta de
Infracción Nº 06655, de fecha 28/12/2008, por la Dirección Municipal de Seguridad e Higiene al
Sr. Gabriel Fernando Arias, por constatarse que el local bailable “Codigo´s” de su propiedad,
no ha dado cumplimiento al horario de cierre encontrándose en el lugar aproximadamente 70
personas, no registrándose emisión de música ni expendio de bebidas.
A fs. 02 se agrega descargo correspondiente al Acta de Infracción Nº 06655
de fecha 16/03/2009 presentado por el Sr. Gabriel Fernando Arias argumentando, que a la hora
indicada por el acta de referencia, el local no funcionaba en su actividad normal, o sea, no había
música ni expendio de bebidas.
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Obra a fs. 03 Resolución del Juez de Faltas Subrogante de la Ciudad de
Viedma, que resuelve condenar al Sr. Gabriel Fernando Arias al pago de la suma de Pesos
CINCO MIL ($ 5.000) y clausura del local de su propiedad por el término de CINCO (5) días, por
infracción a la Ordenanza Nº 6411.
A fs. 05/07 interpone
recurso
el Sr. Gabriel Fernando Arias, en su
carácter de propietario del local bailable “Codigo´s”, contra la Resolución 0322/09 del Juez de
Faltas Subrogante de la Ciudad de Viedma, fundado en las modificaciones sufridas en la
Ordenanza Nº 6411 a la luz del texto de la Ordenanza Nº 6486, solicitando se le aplique el
beneficio de la ley mas benigna y se dejen sin efecto las sanciones impuestas.
Obra
a
fs
14
Dictamen
Nº 122/2009 del Fiscal
Municipal;
considerando que el recurso debe ser procedente, más allá que las consideraciones efectuadas
por el recurrente no dejan de constituir una mera discrepancia subjetiva con lo resuelto por el
Juez de Faltas Subrogante de la Ciudad de Viedma, en la actualidad la conducta del empresario
no constituye infracción en razón de la modificación de la Ordenanza Nº 6411, a través de la
Ordenanza Nº 6486, resultando de aplicación el principio de la ley más favorable.
Obra a fs. Dictamen Nº 13/2009 de la Dirección General de Legal y
Técnica del Concejo Deliberante considerando que el recurso debe ser rechazado. Aún aplicando
el principio de la ley más favorable al caso particular de referencia, en este caso la Ordenanza Nº
6486 como expresa el Fiscal Municipal, lo cierto es que el hecho constatado el 28/12/2008 a las
06,43 hs mediante Acta de Infracción Nº 06655 obrante a fs 01, sigue configurando la falta
imputada como incumplimiento de horario de cierre. Si bien la Ordenanza Nº 6486 extendió el
horario de cierre normal a las 05,30 hs, redujo la extensión del horario de cierre para el período
de verano, que en la Ordenanza Nº 6411 era de un (1) hora y ahora es de treinta (30) minutos.
Por consiguiente, analizada la fecha y hora de la infracción y considerando, el horario normal de
cierre, la extensión horaria de verano, más los treinta (30) minutos de tolerancia según artículos
65, 31 y 32 de la Ordenanza Nº 6411 conforme texto Ordenanza Nº 6486, el horario definitivo de
cierre que debió cumplir el empresario era el de las 06,30 hs.
Las presentes actuaciones se tramitan conforme a lo establecido en el
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Código de Faltas - Ordenanza Nº 5887/06.
La Comisión de Gobierno y Personal comparte plenamente el Dictamen Nº
13/2009 de la Dirección General de Legal y Técnica del Consejo Deliberante considerando, que
en el caso corresponde rechazar el recurso interpuesto. Sin perjuicio de perdonar la suma de
Pesos CINCO MIL ($5.000) en concepto de multa, tal surge del artículo 1º de la Resolución
0322/09 del Juez de Faltas Subrogante de la Ciudad de Viedma, atento el Sr. Gabriel Fernando
Arias solo se excedió trece (13) minutos de su horario de cierre, no registrándose música ni
expendio de bebidas en dicho lapso, que dicha infracción fue cometida a los 28 días de entrada
en vigencia la Ordenanza Nº 6411, y que la sanción de clausura fue cumplida.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Rechazar el recurso interpuesto por el Sr. Gabriel Fernando Arias contra la
Resolución Nº 0322/09 del Sr. Juez de Faltas Subrogante de la Ciudad de Viedma.
ARTICULO 2º: Condónese la multa impuesta por el artículo 1º de la Resolución 0322/09 del
Juez de Faltas Subrogante de la Ciudad de Viedma.
ARTÍCULO 3º: De forma.Laura Ramos
Vocal
Agustina Kehler
Vocal
Luis Nievas
Vocal
Alejandro Arizcuren
Presidente
Tiene dictamen favorable de la Comisión de Gobierno y Personal. Es el
dictamen Nº 189.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Está en consideración.
Tiene la palabra el Señor Concejal Arizcuren.
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SR. CONCEJAL (Arizcuren) – No sé si no se va a dar una situación similar al
expediente anterior que deberá revisarlo el Asesor Legal.
En definitiva, la iniciativa de condonar la multa obedece a que la infracción fue
suscripta por trece minutos en la tolerancia de la apertura del local. De todas formas, se
comprobó que en el mismo no había música, no se expendían bebidas y se estaba
evacuando la confitería, por lo tanto, nos pareció excesivo. Esta confitería sufrió una
clausura y nos pareció excesivo –además de la clausura- imponer una multa. Por eso, se
está condonando la multa, entendiendo que está justificado con la clausura el pago de la
falta.
De todas formas, respecto al rechazo del recurso no sé si no se nos da la misma
situación que en el caso anterior, así que, habría que revisarlo.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – De todas maneras, si el Pleno autoriza a que el
Asesor Legal, que es quien lo analizó, nos explique cuáles son los motivos por los que
él entiende que primero hay que rechazar el recurso pero hacer lugar a esta otra
cuestión, le permitimos a nuestros Asesor que nos explique para que nos quede claro.
SR. ASESOR LEGAL CONCEJO DELIBERANTE (Pridibailo) – En realidad, la
facultad de condonar o reducir la multa siempre la tiene el Concejo Deliberante.
Conforme lo establece el Código de Faltas la competencia originaria en materia de
faltas la tiene el Juez de Faltas, y en alzada el Concejo. Es decir, cuando leemos el
Código de Faltas ahí donde dice que el Juez de Faltas puede hacer tal o cual cosa, lo
mismo puede hacer el Concejo Deliberante, ya sea reducir, ya sea condonar, etcétera.
En este caso en particular, tanto el dictamen del Fiscal Municipal como el mío,
lo que dice es que sería razonable o que sería una solución que se ajustaría a la
razonabilidad que debe tener toda decisión administrativa, condonar la multa porque ya
tuvo una clausura y la diferencia, el tiempo que establece la ordenanza como horario de
cierre y el horario en que se constata la supuesta infracción, son trece minutos.
Básicamente ese es el fundamento de lo que dicen los dictámenes, tanto el del
Fiscal como el mío.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Está claro, lo que nos ocurre es ¿por qué razón –
como en el otro caso- condonamos la multa pero no le hacemos lugar a la multa? ¿Por
qué no le hacemos lugar al recurso? Porque pareciera que ahí está la contradicción.
SR. ASESOR LEGAL CONCEJO DELIBERANTE (Pridibailo) – Las redacciones
no son iguales como en el caso anterior, como decía el Concejal Gallinger, porque
tienen que ver con un término jurídico. Una cosa es la inadmisibilidad y otra cosa es el
rechazo.
La inadmisibilidad, para decirlo en términos sencillos, sería que no se atiende al
reclamo directamente porque se entiende inadmisible. Una cuestión formal podría ser,
no es el caso, porque no se cumplió con un plazo, fue extemporáneo, se declara
inadmisible. El Concejo Deliberante no estudia el planteo, es inadmisible el recurso.
Cuando uno rechaza da por supuesto que se ha admitido el recurso, se ha analizado la
cuestión y se puede rechazar en forma parcial o total. En realidad, cuando estamos
rechazando estamos diciendo: “la infracción existió, se constató, se tiene por probado,
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se le aplicó una clausura”, y cuando estamos rechazando el recurso estamos reafirmando
esa clausura pero, por otro lado, como es competencia del Concejo Deliberante
condonar o reducir las multas, por un lado rechazamos el recurso afirmando las
actuaciones del Juzgado y de los Inspectores y, por otro lado, condonamos por esta
cuestión que se entiende razonable en virtud de la diferencia de los trece minutos, que
no había –como en otros casos- una constatación de menores dentro del local, o el
expendio de bebidas alcohólicas, se entiende razonable la condonación de la multa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Gracias.
Tiene la palabra la Señora Concejal Andaloro.
SRA. CONCEJAL (Andaloro) – Si lo hubiéramos leído entenderíamos lo que dice,
porque acá hay una parte donde dice: “en base a dictamen Nº 13/09”, ahí está explicado.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Tiene la palabra el Señor Concejal Gallinger.
SR. CONCEJAL (Gallinger) - ¿Se cumplió la clausura?
- Cuarto Intermedio.SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Propongo un breve cuarto intermedio.
Se va a votar. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse
indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Pasamos a cuarto intermedio.
- Eran las 10:30 horas.
- Continúa la Sesión.- Siendo las 10:50 horas,
dice la
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Continúa la sesión.
Tiene la palabra el Señor Concejal Arizcuren.
SR. CONCEJAL (Arizcuren) – Es para pedir la vuelta a Comisión del expediente
número 3334, dado que no tenemos la constancia de la efectivización de la clausura.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Se va a votar la vuelta a Comisión del proyecto en
tratamiento. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Número de orden nueve.
Expediente número 106-P-09. Pabletich, Omar Fidel. Sobre falta de habilitación,
ingreso de menores, reunión danzante sin autorización municipal y clausura.
Por Secretaría se dará lectura.
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SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) - ANTECEDENTES: Están
dados por el Expediente Nº 0106 - P - 2009 del Registro del Juzgado de Faltas
Municipal de Viedma.FUNDAMENTOS:
A fs. 01/02 se encuentran agregadas en el expediente de referencia Actas de
Infracción Nº 07732 y 07733, de fecha 06/03/2009, por la Subsecretaria de Seguridad e Higiene a
los Sres. Omar Fidel Pabletich y José Humberto Jara, en el local sito en México Nº 293 por
constatarse que en la confitería bailable propiedad del Sr. Omar Fidel Pabletich se desarrollaba
una reunión danzante sin la correspondiente habilitación comercial y/o permiso municipal,
hallándose en el lugar los menores de 18 años mencionadas en las actas de referencia,
procediéndose al desalojo y clausura preventiva del local
A fs. 03 se agrega comunicado de publicidad de la reunión danzante en
cuestión.A fs. 06 se agrega descargo correspondiente a las Actas de Infracción Nº
07732 y 07733, de fecha 16/03/2009, presentado por el Sr. Omar Fidel Pabletich,
argumentando que el local había sido alquilado al Sr. José Humberto Jara para la
realización de una fiesta privada sin fines de lucro, y que poseía habilitación comercial
provisoria. Adjunta prueba documental y solicita, se llame a prestar declaración
testimonial al Sr. José Humberto Jara, y se libre oficio a la Municipalidad de Viedma a
los efectos que informe que el local sito en calle México Nº 293 poseía habilitación
comercial, y de resultar positivo, para que rubros.Obran a fs. 07/11 las siguientes pruebas, contrato de locación suscripto entre los
Sres. Omar Fidel Pabletich y José Humberto Jara; informe de la Subsecretaria de Hacienda de la
Municipalidad de Viedma de donde surge que el Sr. Omar Fidel Pabletich no cumplimento los
requisitos necesarios para el otorgamiento de la habilitación correspondiente. No produciéndose
la testimonial por improcedente, en tanto el Sr. José Humberto Jara se encuentra imputado en la
causa.Obra a fs. 12/13 Resolución Nº 0321/09 del Juez de Faltas de la Ciudad de
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Viedma, que resuelve condenar a los Sres. Omar Fidel Pabletich y José Humberto Jara, en forma
solidaria como coautores responsables, al pago de la suma de Pesos DIEZ MIL ($ 10.000) por
infracción a la Ordenanza Nº 6411, y ratificar la clausura dispuesta en el local sito en calle
México Nº 293 en las actas de infracción Nº 07732 y 07733, hasta tanto el mismo realice los
trámites correspondientes a los efectos de obtener la habilitación comercial.A fs. 16/17 interpone recurso el Sr. Omar Fidel Pabletich, en su carácter de
propietario del local sito en calle México Nº 293, contra la Resolución 0321/09 del Juez de Faltas
de la Ciudad de Viedma, por considerar que la misma lo sanciona dos veces por una misma
conducta, argumenta desconocer que no posee habilitación y niega el alquiler del local,
solicitando se deje sin efecto la resolución y se dicte su sobreseimiento.Obra a fs 23 Dictamen Nº 124/09 del Fiscal Municipal; considerando que el
recurso debe ser rechazado por no constituir una crítica concreta y razonada de la Resolución
del Juez de Faltas de la Ciudad de Viedma, sino una mera discrepancia subjetiva. Aclarando que
se sancionan dos infracciones diferentes, falta de habilitación comercial y, el ingreso de menores
de edad.Obra
a
fs
25 Dictamen Nº 12/09 de la Dirección General de Legal y Técnica del
Concejo Deliberante considerando que el recurso debe ser rechazado , compartiendo a esos
efectos los fundamentos del Fiscal Municipal.Las presentes actuaciones se tramitan conforme a lo establecido en el Código de FaltasOrdenanza Nº 5887/06.La Comisión de Gobierno y Personal comparte plenamente el Dictamen Nº 124/2009, del
Fiscal Municipal, y el Dictamen 12/09 de la Dirección General de Legal y Técnica del Consejo
Deliberante, considerando, que en el caso corresponde rechazar el recurso interpuesto.-
POR ELLO:
El CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
R E S U E L V E:
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ARTÍCULO 1º: Rechazar el Recurso de Apelación interpuesto por el Sr. Omar Fidel Pabletich,
en carácter de propietario del local sito en calle México Nº 293 de la Ciudad de Viedma, contra
la Resolución 0321/ 09 del Juzgado de Faltas Municipal.-
ARTÍCULO 2º: De forma.Laura Ramos
Vocal
Agustina Kehler
Luis Nievas
Vocal
Vocal
Alejandro Arizcuren
Presidente
Tiene dictamen favorable de la Comisión de Gobierno y Personal. Dictamen Nº
190.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – En consideración.
Si ningún Concejal va a hacer uso de la palabra, se va a votar el proyecto en
tratamiento. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Número de orden diez.
Expediente número 522-C-99. Calvo, Susana Griselda. Sobre solicitud de lote
fiscal.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) – ANTECEDENTES: Están
dados por el expediente Nº 522-C-99 del registro del Poder Ejecutivo Municipal.
FUNDAMENTOS:
Por Decreto 1501/03 de fs. 66 se aprobó el acta de tenencia
precaria de ocupación Nº 121/03 suscripta con los Sres. Andreus, Arsenio Pablo y
Calvo, Susana Griselda respecto de la parcela 16, de la manzana 970, de la sección
“A”.
Mediante Acta de Inspección Nº 3316 de fecha 27/05/09 obrante a
foja 93 se constata que los tenedores precarios dieron cumplimiento al Artículo 10º de
la Ordenanza Nº 5519, habiendo construido y ocupado su vivienda de material
tradicional la cual supera los 25 m2.
La Dirección de Catastro a foja 84 informa la nomenclatura
catastral, a saber: 18-1-A-970-16 de 225,00 m2.
Por su parte se ha dado cumplimiento a la Ordenanza Nº 5519
conforme lo establecido en su Artículo 12º.
Por ello:
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EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º: Adjudicar en venta la parcela 16, de la manzana 970, de la sección
“A”, que cuenta con una superficie de 225,00 m2, a favor de los Señores ANDREUS,
Arsenio Pablo L.E. Nº 7.395.116 y CALVO, Susana Griselda L.C. Nº 3.928.291 en un
todo de acuerdo a los fundamentos de la presente.
ARTÍCULO 2º: El Valor del metro cuadrado de la tierra será fijado por la Ordenanza
Nº 6305, pagadero conforme lo estipula el Artículo 13º, de la Ordenanza Nº 5519.
ARTÍCULO 3º: Los adjudicatarios deberán presentar planos aprobados según obra,
por otra parte se gestionará el libre deuda municipal previo a la extensión del Titulo de
Propiedad debiendo hacerse cargo de los gastos que ello demande.
ARTÍCULO 4º: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a gestionar la enajenación del
bien mencionado en el Artículo 1º previa cancelación de pago de la parcela y a expedir
el correspondiente Título de Propiedad y/o Escritura Traslativa de Dominio según
corresponda.
ARTÍCULO 5º: Registrar, comunicar, cumplido archivar.
Jorge Ferreira
Intendente Municipal
Tiene dictamen favorable de la Comisión de Gobierno y Personal.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – En consideración.
Si ningún Concejal va a hacer uso de la palabra, se va a votar el proyecto en
tratamiento. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Número de orden once.
Expediente número 1966-C-03. Calvo, Carlos Darío. Sobre usurpación de lotes
barrio Zatti.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) - ANTECEDENTES: Están
dados por el expediente Nº 1966/C/03 del registro del Poder Ejecutivo Municipal.
FUNDAMENTOS:
Por Decreto Nº 258/04 de foja 45 se aprobó el Acta de
Tenencia Precaria de Ocupación Nº 53/04 suscripta con los señores CALVO, Carlos
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Darío y PAZOS, Dora Patricia respecto de la parcela 18, de la manzana 970, de la
sección “A”.
Mediante Acta de Inspección Nº 3480 de fecha 22/05/09 obrante a
foja 67 se constata que los Tenedores Precarios dieron cumplimiento al Artículo 10º de
la Ordenanza Nº 5519, habiendo ocupado y construido su vivienda de material
tradicional, la cual supera los 25 m2.
La Dirección de Catastro a foja 57 informa la nomenclatura
catastral del inmueble y su superficie, a saber: 18-1-A-970-18 de 225,00 m2.
Por su parte se ha dado cumplimiento a la Ordenanza Nº 5519
conforme lo establecido en su Artículo 12º.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º: Adjudicar en venta la parcela 18, de la manzana 970, de la sección
“A”, que cuenta con una superficie de 225,00 m2, a favor de los señores CALVO,
Carlos Darío DNI 23.270.230 y PAZOS, Dora Patricia D.N.I. Nº 20.122.291, en un
todo de acuerdo con los fundamentos de la presente.
ARTÍCULO 2º: El Valor del metro cuadrado de la tierra será fijado por la Ordenanza
Nº 6305, pagadero conforme lo estipula el Artículo 13º, de la Ordenanza Nº 5519.
ARTÍCULO 3º: Disponer que los adjudicatarios deberán presentar planos aprobados
según obra, por otra parte se gestionará el libre deuda municipal previo a la extensión
del Título de Propiedad debiendo hacerse cargo de los gastos que ello demande.
ARTÍCULO 4º: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal previa cancelación de pago de
la parcela a gestionar la baja patrimonial, a enajenar el bien inmueble mencionado en
el Artículo 1º, y a expedir el correspondiente Título de Propiedad y/o Escritura
Traslativa de Dominio según corresponda.
ARTÍCULO 5º: Registrar, comunicar, cumplido archivar.
Jorge Ferreira
Intendente Municipal
Tiene dictamen favorable de la Comisión de Gobierno y Personal.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – En consideración.
............................................................
41
Viviana Cabral
Secretaria Parlamentaria
Concejo Deliberante
Concejo Deliberante de Viedma
Capital de la Provincia de Río Negro
Capital Histórica de la Patagonia Argentina
Si ningún Concejal va a hacer uso de la palabra, se va a votar el proyecto en
tratamiento. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Número de orden doce.
Expediente número 4584-H-02. Hansen, Roque Gustavo. Sobre solicitud de lote
fiscal.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) - ANTECEDENTES: Están
dados por el expediente Nº 4584/H/02 del registro del Poder Ejecutivo Municipal.
FUNDAMENTOS:
Por Decreto Nº 1527/03 de foja 35 se aprobó el Acta de Tenencia
Precaria de Ocupación Nº 147/03 suscripta con los señores Hansen, Roque Gustavo y
Leonarhdt, Verónica Raquel respecto de la parcela 02, de la manzana 970, de la
sección “A”.
Mediante Acta de Inspección Nº 1147 de fecha 03/04/07 obrante a
foja 48 se constata que los tenedores precarios dieron cumplimiento al Artículo 10º de
la Ordenanza Nº 5519, habiendo construido y ocupado su vivienda de material
tradicional la cual supera los 25 m2.
La Dirección de Catastro a foja 50 informa la nomenclatura
catastral, a saber: 18-1-A-970-02 de 267,00 m2.
Por su parte se ha dado cumplimiento a la Ordenanza Nº 5519
conforme lo establecido en su Artículo 12º.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º: Adjudicar en venta la parcela 02, de la manzana 970, de la sección
“A”, que cuenta con una superficie de 267,00 m2, a favor de los señores HANSEN,
Roque Gustavo D.N.I. Nº 22.730.740 y LEONARHDT, Verónica Raquel D.N.I. Nº
24.365.153 en un todo de acuerdo a los fundamentos de la presente.
ARTÍCULO 2º: El Valor del metro cuadrado de la tierra será fijado por la Ordenanza
Nº 6305, pagadero conforme lo estipula el Artículo 13º, de la Ordenanza Nº 5519.
ARTÍCULO 3º: Los adjudicatarios deberán presentar planos aprobados según obra,
por otra parte se gestionará el libre deuda municipal previo a la extensión del Titulo de
Propiedad debiendo hacerse cargo de los gastos que ello demande.
............................................................
42
Viviana Cabral
Secretaria Parlamentaria
Concejo Deliberante
Concejo Deliberante de Viedma
Capital de la Provincia de Río Negro
Capital Histórica de la Patagonia Argentina
ARTÍCULO 4º: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a gestionar la enajenación del
bien mencionado en el Artículo 1º previa cancelación de pago de la parcela y a expedir
el correspondiente Título de Propiedad y/o Escritura Traslativa de Dominio según
corresponda.
ARTÍCULO 5º: Registrar, comunicar, cumplido archivar.
Jorge Ferreira
Intendente Municipal
Tiene dictamen favorable de la Comisión de Gobierno y Personal.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – En consideración.
Si ningún Concejal va a hacer uso de la palabra, se va a votar el proyecto en
tratamiento. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Número de orden trece.
Expediente número 3087-V-97. Valenzuela, Marcelina. Sobre solicitud de lote
fiscal.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) - ANTECEDENTES: Están
dados por el expediente Nº 3087/V/97 del registro del Poder Ejecutivo Municipal.
FUNDAMENTOS:
Por Decreto Nº 554/06 de foja 82 se aprobó el Acta de Tenencia
Precaria de Ocupación Nº 34/06 suscripta con la señora VALENZUELA, Marcelina del
Carmen respecto de la parcela 15, de la manzana 970, de la sección “A”.
Mediante Acta de Inspección Nº 3315 de fecha 27/05/09 obrante a
foja 99 se constata que la Tenedora Precaria ha dado cumplimiento al Artículo 10º de
la Ordenanza Nº 5519, habiendo construido y ocupado su vivienda de material
tradicional, la cual supera los 25 m2.
La Dirección de Catastro a foja 89 informa la nomenclatura
catastral del inmueble y su superficie, a saber: 18-1-A-970-15 de 225,00 m2.
Por su parte se ha dado cumplimiento a la Ordenanza Nº 5519
conforme lo establecido en su Artículo 12º.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
43
............................................................
Viviana Cabral
Secretaria Parlamentaria
Concejo Deliberante
Concejo Deliberante de Viedma
Capital de la Provincia de Río Negro
Capital Histórica de la Patagonia Argentina
ARTÍCULO 1º: Adjudicar en venta la parcela 15, de la manzana 970, de la sección
“A”, que cuenta con una superficie de 225,00 m2, a favor de la señora VALENZUELA,
Marcelina del Carmen D.N.I. Nº 24.975.285, en un todo de acuerdo a los fundamentos
de la presente.
ARTÍCULO 2º: El Valor del metro cuadrado de la tierra será fijado por la Ordenanza
Nº 6305, pagadero conforme lo estipula el Artículo 13º, de la Ordenanza Nº 5519.
ARTÍCULO 3º: Disponer que la adjudicataria deberá presentar planos aprobados
según obra, por otra parte se gestionará el libre deuda municipal previo a la extensión
del Titulo debiendo hacerse cargo de los gastos que ello demande.
ARTÍCULO 4º: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a gestionar la enajenación del
bien mencionado en el Artículo 1º, previa cancelación de pago de la parcela y a
expedir el correspondiente Título de Propiedad y/o Escritura Traslativa de Dominio
según corresponda.
ARTÍCULO 5º: Registrar, comunicar, cumplido archivar.
Jorge Ferreira
Intendente Municipal
Tiene dictamen favorable de la Comisión de Gobierno y Personal.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – En consideración.
Si ningún Concejal va a hacer uso de la palabra, se va a votar el proyecto en
tratamiento. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Número de orden catorce.
Expediente número 2661-A-02. Albano, Diego Javier. Sobre solicitud de lote
fiscal.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) - ANTECEDENTES: Están
dados por el expediente Nº 2661/A/02 del registro del Poder Ejecutivo Municipal.
FUNDAMENTOS:
Por Decreto 320/04 de foja 41 se aprobó el Acta de Tenencia
Precaria de Ocupación Nº 60/04 suscripta con los señores Llanos Romero, Juana
María y Albano, Diego Javier respecto de la parcela 03, de la manzana 970, de la
sección “A”.
Mediante Acta de Inspección Nº 3308 de fecha 27/05/09 obrante a
foja 60 se constata que los Tenedores Precarios dieron cumplimiento al Artículo 10º de
44
............................................................
Viviana Cabral
Secretaria Parlamentaria
Concejo Deliberante
Concejo Deliberante de Viedma
Capital de la Provincia de Río Negro
Capital Histórica de la Patagonia Argentina
la Ordenanza Nº 5519, habiendo ocupado y construido su vivienda de material
tradicional, la cual supera los 25 m2.
La Dirección de Catastro a foja 50 informa la nomenclatura
catastral del inmueble y su superficie, a saber: 18-1-A-970-03 de 225,00 m2.
Por su parte se ha dado cumplimiento a la Ordenanza Nº 5519
conforme lo establecido en su Artículo 12º.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º: Adjudicar en venta la parcela 03, de la manzana 970, de la sección
“A”, que cuenta con una superficie de 225,00 m2, a favor de los señores ALBANO,
Diego Javier D.N.I Nº 26.645.617 y LLANOS ROMERO, Juana María D.N.I. Nº
93.073.266, en un todo de acuerdo a los fundamentos de la presente.
ARTÍCULO 2º: El Valor del metro cuadrado de la tierra será fijado por la Ordenanza
Nº 6305, pagadero conforme lo estipula el Artículo 13º, de la Ordenanza Nº 5519.
ARTÍCULO 3º: Los adjudicatarios deberán presentar planos aprobados según obra,
por otra parte se gestionará el libre deuda municipal previo a la extensión del Titulo de
Propiedad debiendo hacerse cargo de los gastos que ello demande.
ARTÍCULO 4º: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a gestionar la enajenación del
bien mencionado en el Artículo 1º previa cancelación de pago de la parcela y a
expedir el correspondiente Título de Propiedad y/o Escritura Traslativa de Dominio
según corresponda
ARTÍCULO 5º: Registrar, comunicar, cumplido archivar.
Jorge Ferreira
Intendente Municipal
Tiene dictamen favorable de la Comisión de Gobierno y Personal.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – En consideración.
Si ningún Concejal va a hacer uso de la palabra, se va a votar el proyecto en
tratamiento. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Número de orden quince.
45
............................................................
Viviana Cabral
Secretaria Parlamentaria
Concejo Deliberante
Concejo Deliberante de Viedma
Capital de la Provincia de Río Negro
Capital Histórica de la Patagonia Argentina
Expediente número 3577-M-02. Martínez, Marta. Sobre solicitud de lote fiscal.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) - ANTECEDENTES: Están
dados por el expediente Nº 3577/M/02 del registro del Poder Ejecutivo Municipal.
FUNDAMENTOS:
Por Decreto Nº 60/04 de foja 58 se aprobó el Acta de Tenencia
Precaria de Ocupación Nº 09/04 suscripta con la señora MARTINEZ, Marta Virginia
respecto de la parcela 21, de la manzana 970, de la sección “A”.
Mediante Acta de Inspección Nº 2680 de fecha 01/07/08 obrante a
foja 78 se constata que la Tenedora Precaria ha dado cumplimiento al Artículo 10º de
la Ordenanza Nº 5519, habiendo construido y ocupado su vivienda de material
tradicional.
La Dirección de Catastro a foja 69 informa la nomenclatura
catastral del inmueble y su superficie, a saber: 18-1-A-970-21 de 225,00 m2.
Por su parte se ha dado cumplimiento a la Ordenanza Nº 5519
conforme lo establecido en su Artículo 12º.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º: Adjudicar en venta el parcela 21, de la manzana 970, de la sección
“A”, que cuenta con una superficie de 225,00 m2, a favor de la señora MARTINEZ,
Marta Virginia D.N.I. Nº 24.187.494, en un todo de acuerdo a los fundamentos de la
presente.
ARTÍCULO 2º: El valor del metro cuadrado de la tierra será fijado por la Ordenanza
6305, pagadero conforme lo estipula el Artículo 13º de la Ordenanza Nº 5519.
ARTÍCULO 3º: Disponer que la adjudicataria deberá presentar planos aprobados
según obra, por otra parte se gestionará el libre deuda municipal previo a la extensión
del Título debiendo hacerse cargo de los gastos que ello demande.
ARTÍCULO 4º: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a gestionar la enajenación del
bien mencionado en el Artículo 1º previa cancelación de pago de la parcela y a expedir
el correspondiente Título de Propiedad y/o Escritura Traslativa de Dominio según
corresponda.
46
............................................................
Viviana Cabral
Secretaria Parlamentaria
Concejo Deliberante
Concejo Deliberante de Viedma
Capital de la Provincia de Río Negro
Capital Histórica de la Patagonia Argentina
ARTÍCULO 5º: Registrar, comunicar, cumplido archivar.
Jorge Ferreira
Intendente Municipal
Tiene dictamen favorable de la Comisión de Gobierno y Personal.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – En consideración.
Si ningún Concejal va a hacer uso de la palabra, se va a votar el proyecto en
tratamiento. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Número de orden dieciséis.
Expediente número 5049-C-06. Carrasco, Juan Carlos y Marín, Yolanda Inés.
Sobre regularización ocupación de lote.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) - ANTECEDENTES: Están
dados por el expediente Nº 5049/C/06 del registro del Poder Ejecutivo Municipal.
FUNDAMENTOS:
Por el mismo se tramita la regularización de la parcela 01, de la
manzana 288, de la sección “H” a favor de los señores Carrasco, Juan Carlos y Marin,
Yolanda Inés.
Mediante Acta de Inspección Nº 567 de fecha 25/11/03 obrante a
foja 19 se constata que los solicitantes con su grupo familiar ocupan la parcela desde
hace aproximadamente doce años y por Inspección Nº 310 del 14/09/06 se verifica que
aún habitan la vivienda construida en material tradicional, la cual supera los 25 m2.
Por Ordenanza 6414 de fecha 31/10/08 obrante a foja 35 se deja
sin efecto la adjudicación de la parcela en cuestión.
La Dirección de Catastro a foja 28 informa la nomenclatura
catastral del inmueble y su superficie: 18-1-H-288-01 de 297,00 m2.
Por su parte se ha dado cumplimiento a la Ordenanza 5519
conforme lo establecido en su Artículo 12º.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º: Adjudicar en venta la parcela 01, de la manzana 288, de la sección
“H”, que cuenta con una superficie de 297,00 m2, a favor de los señores CARRASCO,
47
............................................................
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Capital Histórica de la Patagonia Argentina
Juan Carlos D.N.I. Nº 17.837.721 y MARÍN Yolanda Inés, D.N.I. Nº 26.172.930 en un
todo de acuerdo a los fundamentos de la presente.
ARTÍCULO 2º: El Valor del metro cuadrado de la tierra será fijado por la Ordenanza
Nº 6305, pagadero conforme lo estipula el Artículo 13º, de la Ordenanza Nº 5519.
ARTÍCULO 3º: Los adjudicatarios deberán presentar planos aprobados según obra,
por otra parte se gestionará el libre deuda municipal previo a la extensión del Título de
Propiedad debiendo hacerse cargo de los gastos que ello demande.
ARTÍCULO 4º: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal previa cancelación de pago de
las mejoras y la parcela a gestionar la enajenación del bien inmueble mencionado en
el Artículo 1º, y a expedir el correspondiente Título de Propiedad y/o Escritura
Traslativa de Dominio según corresponda.
ARTÍCULO 5º: Registrar, comunicar, cumplido archivar.
Jorge Ferreira
Intendente Municipal
Tiene dictamen favorable de la Comisión de Gobierno y Personal.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – En consideración.
Si ningún Concejal va a hacer uso de la palabra, se va a votar el proyecto en
tratamiento. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Número de orden diecisiete.
Expediente número 3571-M-07. Malaczenco, Verónica y Albornoz, Mauro.
Sobre adjudicación en venta de lote 20, manzana 964, sección A.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) - ANTECEDENTES: Están
dados por el expediente Nº 3571/M/07 del registro del Poder Ejecutivo Municipal.
FUNDAMENTOS:
Por Decreto 905/06 de foja 29 se aprobó el Acta de Tenencia
Precaria de Ocupación Nº 73/06 suscripta con los señores ALBORNOZ, Mauro Javier
y MALACZENKO, Verónica Laura respecto de la parcela 20, de la manzana 964, de la
sección “A”.
Mediante Acta de Inspección Nº 2728 de fecha 8/07/08 obrante a
foja 49 se constata que los Tenedores Precarios dieron cumplimiento al Artículo 10º de
la Ordenanza Nº 5519, habiendo construido y ocupado su vivienda de material
tradicional.
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Capital Histórica de la Patagonia Argentina
La Dirección de Catastro a foja 39 informa la nomenclatura
catastral del inmueble y su superficie, a saber: 18-1-A-964-20 de 225,00 m2.
Por su parte se ha dado cumplimiento a la Ordenanza Nº 5519
conforme lo establecido en su Artículo 12º.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º: Adjudicar en venta la parcela 20, de la manzana 964, de la sección
“A”, que cuenta con una superficie de 225,00 m2, a favor de los señores ALBORNOZ,
Mauro Javier D.N.I Nº 26.958.403 y MALACZENKO, Verónica Laura D.N.I. Nº
30.698.267, en un todo de acuerdo con los fundamentos de la presente.
ARTÍCULO 2º: El Valor del metro cuadrado de la tierra será fijado por la Ordenanza
Nº 6305, pagadero conforme lo estipula el Artículo 13º, de la Ordenanza Nº 5519.
ARTÍCULO 3º: Disponer que los adjudicatarios deberán presentar planos aprobados
según obra, por otra parte se gestionará el libre deuda municipal previo a la extensión
del Título de Propiedad debiendo hacerse cargo de los gastos que ello demande.
ARTÍCULO 4º: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal previa cancelación de pago de
la parcela a gestionar la baja patrimonial, a enajenar el bien inmueble mencionado en
el Artículo 1º, y a expedir el correspondiente Título de Propiedad y/o Escritura
Traslativa de Dominio según corresponda.
ARTÍCULO 5º: Registrar, comunicar, cumplido archivar.
Jorge Ferreira
Intendente Municipal
Tiene dictamen favorable de la Comisión de Gobierno y Personal.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – En consideración.
Si ningún Concejal va a hacer uso de la palabra, se va a votar el proyecto en
tratamiento. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Número de orden dieciocho.
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Capital Histórica de la Patagonia Argentina
Expediente número 1316-G-04. Gauna, Carlos Omar Turedda Toledo, Diana.
Sobre adjudicación en venta parcela.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) - ANTECEDENTES: Están
dados por el expediente Nº 1316/G/04 del registro del Poder Ejecutivo Municipal.
FUNDAMENTOS:
Por Decreto 237/05 de foja 23 se aprobó el Acta de Tenencia
Precaria de Ocupación N° 26/05 suscripta con los señores GAUNA, Carlos Omar y
TUREDDA Toledo, Diana Yanina respecto de la parcela 06, de la manzana 972, de la
sección “A”.
Mediante Acta de Inspección Nº 2657 de fecha 25/07/08 obrante a
foja 43 se constata que los tenedores precarios dieron cumplimiento al Artículo 10º de
la Ordenanza 5519, habiendo construido y ocupado su vivienda de material tradicional
la cual supera los 25 m2.
La Dirección de Catastro a foja 31 informa la nomenclatura
catastral, a saber: 18-1-A-972-06 de 225,00 m2.
Por su parte se ha dado cumplimiento a la Ordenanza Nº 5519
conforme lo establecido en su Artículo 12º.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º: Adjudicar en venta la parcela 06, de la manzana 972, de la sección
“A”, que cuenta con una superficie de 225,00 m2, a favor de los señores GAUNA,
Carlos Omar D.N.I. Nº 29.508.814 y TUREDDA TOLEDO, Diana Yanina D.N.I. Nº
29.726.019 en un todo de acuerdo con los fundamentos de la presente.
ARTÍCULO 2º: El Valor del metro cuadrado de la tierra será fijado por la Ordenanza
Nº 6305, pagadero conforme lo estipula el Artículo 13º, de la Ordenanza Nº 5519.
ARTÍCULO 3º: Disponer que los adjudicatarios deberán presentar planos aprobados
según obra, por otra parte se gestionará el libre deuda municipal previo a la extensión
del Título de Propiedad debiendo hacerse cargo de los gastos que ello demande.
ARTÍCULO 4º: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a gestionar la enajenación del
bien mencionado en el Artículo 1º previa cancelación de pago de la parcela y a expedir
el correspondiente Título de Propiedad y/o Escritura Traslativa de Dominio según
corresponda
50
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Concejo Deliberante de Viedma
Capital de la Provincia de Río Negro
Capital Histórica de la Patagonia Argentina
ARTÍCULO 5º: Registrar, comunicar, cumplido archivar.
Jorge Ferreira
Intendente Municipal
Tiene dictamen favorable de la Comisión de Gobierno y Personal.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – En consideración.
Si ningún Concejal va a hacer uso de la palabra, se va a votar el proyecto en
tratamiento. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Número de orden diecinueve.
Expediente número 3578-C-01. Carrillo, Sonia Andrea. Sobre solicitud de lote
fiscal.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) - ANTECEDENTES: Están
dados por el expediente Nº 3578/C/01 del registro del Poder Ejecutivo Municipal.
FUNDAMENTOS:
Por Decreto 1431/03 de foja 33 se aprobó el Acta de Tenencia
Precaria de Ocupación Nº 67/03 suscripta con la señora Carrillo, Sonia Andrea
respecto de la parcela 06, de la manzana 960, de la sección “A”.
Mediante Actas de Inspección Nº 2702 de fecha 19/07/08 obrante a
foja 52, se constata que la Tenedora Precaria ha dado cumplimiento al Artículo 10º de
la Ordenanza Nº 5519, habiendo construido y ocupado su vivienda de material
tradicional, la cual supera los 25 m2.
La Dirección de Catastro a foja 42 informa la nomenclatura
catastral del inmueble y su superficie, a saber: 18-1-A-960-06 de 225,00 m2.
Por su parte se ha dado cumplimiento a la Ordenanza Nº 5519
conforme lo establecido en su Artículo 12º.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º: Adjudicar en venta la parcela 06 de la Manzana 960 de la Sección
“A”, que cuenta con una superficie de 225,00 m2, a favor de la señora CARRILLO,
Sonia Andrea D.N.I. Nº 25.827.638, en un todo de acuerdo con los fundamentos de la
presente.
51
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Concejo Deliberante de Viedma
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Capital Histórica de la Patagonia Argentina
ARTÍCULO 2º: El Valor del metro cuadrado de la tierra será fijado por la Ordenanza
Nº 6305, y su Decreto Reglamentario, pagadero conforme lo estipula el Artículo 13º, de
la Ordenanza Nº 5519.
ARTÍCULO 3º: Disponer que la adjudicaría deberá presentar planos aprobados según
obra, por otra parte se gestionará el libre deuda municipal previo a la extensión del
Título de Propiedad debiendo hacerse cargo de los gastos que ello demande.
ARTÍCULO 4º: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal previa cancelación de pago de
la parcela a gestionar la baja patrimonial, a enajenar el bien inmueble mencionado en
el Artículo 1º, y a expedir el correspondiente Título de Propiedad y/o Escritura
Traslativa de Dominio según corresponda.
ARTÍCULO 5º: Registrar, comunicar, cumplido archivar.
Jorge Ferreira
Intendente Municipal
Tiene dictamen favorable de la Comisión de Gobierno y Personal.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – En consideración.
Si ningún Concejal va a hacer uso de la palabra, se va a votar el proyecto en
tratamiento. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Número de orden veinte.
Expediente número 1531-F-01. Fernández Barrientos, Meliza Belén. Sobre
regularización de hecho.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) - ANTECEDENTES: Están
dados por el expediente Nº 1531/F/01 del registro del Poder Ejecutivo Municipal.
FUNDAMENTOS:
Por el mismo se tramita la regulación a favor de la señora
FERNANDEZ BARRIENTOS, Melisa Belén respeto de la parcela 13, de la manzana
298, de la sección “H”.
Si bien la solicitante no es tenedora precaria del inmueble es
necesario regularizar su situación, teniendo en cuenta que la misma ocupa la parcela
desde hace dos años aproximadamente conforme Acta de Inspección Nº 2663 de fecha
05/08/08 obrante a foja 86.
Asimismo se constata que se ha dado cumplimiento al Artículo 10º
de la Ordenanza Nº 5519, en cuanto a la ocupación y construcción de la vivienda, la
cual supera los 25 m2.
52
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La Dirección de Catastro a foja 72 informa la nomenclatura
catastral del inmueble y su superficie, a saber: 18-1-H-298-13 de 299,25 m2.
Por su parte se ha dado cumplimiento a la Ordenanza Nº 5519
conforme lo establecido en su Artículo 12º.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º: Adjudicar en venta la parcela 13, de la manzana 298, de la sección
“H”, que cuenta con una superficie de 299,25 m2, a favor de la señora FERNANDEZ
BARRIENTOS, Melisa Belén D.N.I. Nº 29.726.101, en un todo de acuerdo con los
fundamentos de la presente.
ARTÍCULO 2º: El Valor del metro cuadrado de la tierra será fijado por la Ordenanza
Nº 6305, pagadero conforme lo estipula el Artículo 13º, de la Ordenanza Nº 5519.
ARTÍCULO 3º: La adjudicataria deberá presentar planos aprobados según obra, por
otra parte se gestionará el libre deuda municipal previo a la extensión del Título de
Propiedad debiendo hacerse cargo de los gastos que ello demande.
ARTÍCULO 4º: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal previa cancelación de pago de
la parcela a gestionar la baja patrimonial, a enajenar el bien inmueble mencionado en
el Artículo 1º, y a expedir el correspondiente Título de Propiedad y/o Escritura
Traslativa de Dominio según corresponda.
ARTÍCULO 5º: Registrar, comunicar, cumplido archivar.
Jorge Ferreira
Intendente Municipal
Tiene dictamen favorable de la Comisión de Gobierno y Personal.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – En consideración.
Si ningún Concejal va a hacer uso de la palabra, se va a votar el proyecto en
tratamiento. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Tiene la palabra la Señora Concejal Andaloro.
SRA. CONCEJAL (Andaloro) – Me llama la atención que algunos expedientes están
caratulados como de usurpación, y cuando uno los lee no se ve, porque digo:
“adjudicamos una usurpación y condenamos cuando hay usurpaciones”, no entendía.
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SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Si los integrantes de la Comisión de Gobierno me
permiten, me voy a tomar el atrevimiento para hacer la aclaración.
En realidad, son expedientes viejos que en su momento se caratularon como tal y
que después de la Ordenanza Nº 5519, donde el artículo 23º de la misma solicita al
Poder Ejecutivo que regularice las situaciones que se daban hasta ese momento, a partir
de ahí es que se empieza el trabajo de regularización. Por eso es que no se condicen las
carátulas.
Es claro y real que en su momento fue una usurpación, y que después con el
transcurso del tiempo y a partir de esa ordenanza se transformó en una regularización.
Todo lo que estamos tratando, de acuerdo a lo que dice la Ordenanza Nº 5519, se
cobra el terreno únicamente cuando ya tienen construida la vivienda.
Número de orden veintiuno.
Expediente número 200.434. Germán, Albino Ernesto. Sobre solicitud excepción
al Código Urbano, manzana 231, sección A, parcela 01 A.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) – ANTECEDENTES: Están
dados por el expediente Nº 200.434-J-09 del registro del Poder Ejecutivo Municipal.
FUNDAMENTOS:
La parcela sobre la que se solicita la excepción se encuentra en la
intersección de las calles Alsina y Alvear, correspondiéndole la zonificación R2 de
carácter residencial exclusiva.
Este sector se consolidó antes de la zonificación de Código por lo
cual no poseen retiros, las parcelas son inferiores a la superficie mínima. El hecho de
encontrarse lindante a una zona calificada como R1, a la que le corresponden factores
mucho más elevados, le imprime características propias de zonas fuelle. Estas áreas,
que operan como divisorias poseen características de ambas zonificaciones, suelen
guardar rasgos resultantes de la flexibilización de las características de la zona que
delimitan.
Aún así, la zona conserva su carácter eminentemente residencial,
por lo que no es aconsejable un cambio de zonificación en estas franjas, que sólo
implicaría correr la zona fuelle.
En este marco, la ampliación del F.M.E. (Factor Máximo de
Edificación) solicitada, aparece como propia del sector y no interfiere con el
desenvolvimiento urbano del área.
Cabe agregar que la obra proyectada incluye la demolición del
sector de la construcción destinado a garage, con lo que se estaría adecuando al factor
de ocupación del suelo (F.M.O.) previsto para el área.
Por ello:
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EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorizar la ampliación del F.M.E. (Factor Máximo de Edificación)
previsto para R2 (o.7), hasta un máximo de 0.92 para la parcela 01A, manzana 231,
sección A, subdividida en unidades funcionales 001 y 002.
ARTÍCULO 2º: Adecuar la edificación existente en la U.F. 001 de la parcela 01A al
F.M.O. del suelo previsto para la zona R2 (0.6).
ARTICULO 3º: El incumplimiento de la adecuación prevista en el artículo anterior
dará lugar a la revocación del permiso otorgado en el artículo 1º.
ARTÍCULO 4º: De forma.
Laura Ramos
Vocal
Comisión Gobierno y Personal
Agustina Kehler
Vocal
Comisión Gobierno y Personal
Alejandro Arizcuren
Presidente
Comisión Gobierno y Personal
Luis Nievas
Vocal
Comisión Gobierno y Personal
Tiene dictamen favorable de la Comisión de Gobierno y Personal. Dictamen Nº
192.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – En consideración.
Si ningún Concejal va a hacer uso de la palabra, se va a votar el proyecto en
tratamiento. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Número de orden veintidós.
Expediente número 1099-B-09. Battisti, Miguel. Sobre visación plano mensura
18-1-B-062-04.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) - ANTECEDENTES: Están
dados por el expediente Nº 1099-B-2009 del registro del Poder Ejecutivo Municipal.
FUNDAMENTOS:
El Agrimensor Miguel A. Battisti solicita la visación de la
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mensura realizada en la Parcela: 04 - Quinta 062 - Sección B -subdividida en 04A y
04B-, propiedad de Sociedad Anónima Importadora y Exportadora de la Patagonia
(SAIEP), que abarca un total de 1.991 m2, al que le corresponde la nomenclatura
catastral: 18-1-B-062-04.
La PARCELA 04B se crea al solo efecto de ser adquirida por el
ENREPAVI a fin de ser transferida a Telefónica S.A., para la construcción de la obra
que dotará de fibra óptica a todo el Parque Industrial de Viedma con el objeto de
proveerla de servicios de Telefonía e Internet por banda ancha.
El destino del presente loteo se fija exclusivamente para uso
industrial, de almacenaje y servicios complementarios específicos.
El día 18 de Febrero de 2009 se celebra un Acta de Colaboración
entre el ENREPAVI y distintas instituciones locales con el objeto de implementar
acciones tendientes a obtener servicios de Telefonía e Internet con banda ancha para el
parque industrial de Viedma.
El 23 de marzo de 2009 se firma un convenio donde el
ENREPAVI manifiesta a SAIEP su interés en la adquisición de una porción de terreno
de su propiedad.
Analizada la situación, la Secretaria de Obras y Servicios
Públicos concluyó en que contar con una línea de teléfono, representa un avance
importante para el crecimiento del sector y, para todos los emprendimientos que se
están consolidando en el ENREPAVI.
La Secretaría de Economía agregó que la determinación del lugar se
realizó en función de disminuir los costos de infraestructura necesaria para dotar al parque
del servicio de telefonía, y siendo normativa de Telefónica S.A. exigir la propiedad del lote
donde se enclava dicha infraestructura, considera necesario realizar la excepción dada la
especificidad de la obra.
Por lo que el Ejecutivo Municipal eleva las actuaciones a este
Concejo Deliberante y la Comisión Asesora Permanente de Código Urbano dictamino,
favorablemente respecto al tema, en reunión del día………..Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Exceptuar al inmueble denominado catastralmente como 18-1-B-06204 de la aplicación de la superficie mínima establecida por Ordenanza Nº 2945, con el
objeto de posibilitar su subdivisión en dos parcelas, una de ellas en ochava de 17,22
m2, denominada catastralmente 18-1-B-062-04B.
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ARTÍCULO 2º: La parcela mencionada en el artículo 1º se crea al solo efecto de ser
transferida a Telefónica S.A. para la construcción de la obra que dotará de servicio de
Telefonía e Internet al Parque Industrial.
ARTÍCULO 3º: De forma.
Laura Ramos
Vocal
Agustina Kehler
Vocal
Luis Nievas
Vocal
Alejandro Arizcuren
Presidente
Tiene dictamen favorable de la Comisión de Gobierno y Personal. Es el
dictamen Nº 195.
- Cuarto Intermedio.SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – En consideración.
Propongo un breve cuarto intermedio.
Se va a votar. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse
indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Pasamos a cuarto intermedio.
- Eran las 11:05 horas.
- Continúa la Sesión.- Siendo las 11:10 horas,
dice la
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Continúa la sesión.
Mi duda tenía que ver con que lo esencial del artículo 1º es hacer una excepción
en relación a la superficie mínima que establece la ordenanza Nº 2949, con el objeto de
posibilitar una subdivisión de acuerdo a los fundamentos.
El artículo 1º termina con un párrafo donde dice que esa subdivisión o esa
segunda parcela que va a salir de la subdivisión, cuenta con una determinada cantidad
de metros y le da denominación catastral, con lo cual, es incorrecto porque la
denominación catastral va a estar dada por Catastro de la Provincia recién cuando se
haga la mensura.
Con lo cual, no es correcto que nosotros pongamos lo que suponemos que va a
ser la denominación catastral que le va a dar Catastro.
Lo que sugiero es que el párrafo termine en la palabra “parcela”, sacando:
“…una de ellas en ochava de 17,22 m2, denominada catastralmente 18-1-B-062-04”.
Eso habría que sacarlo.
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En Secretario Administrativo, me hace referencia que en los fundamentos, en su
primer párrafo hace mención a lo mismo, con lo cual, si autoriza el Pleno por Secretaría
hacemos la corrección de los fundamentos que tiene que ver con esto que estoy
planteando.
Si ningún otro Concejal va a hacer uso de la palabra, se va a votar el proyecto en
tratamiento. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
- El
Señor
Concejal
Sánchez no se encuentra
presente en el Recinto.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Pasamos a tratar los expedientes incorporados al
temario.
Expediente número 30.169-N/A-09. Concejales Liliana Andaloro y Luis Nievas.
Sobre declarar de interés el XXº Aniversario de la inauguración de la Feria Municipal
de Viedma.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) - ANTECEDENTES:
Están dados por la Resolución del Concejo Deliberante 1449/89 , las Ordenanzas
192/91 y 305/92. Y en la breve reseña histórica presentada por el Señor Oscar Alberto
Porro.
FUNDAMENTOS:
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•
•
•
•
Que la Feria Municipal nace en el año 1989, como consecuencia de una
difícil situación a nivel país, que incluyó el adelantamiento del gobierno
nacional, el nueve de julio de ese año. Nuestra provincia y Viedma no eran
ajenas a esta contingencia.
En Viedma el Intendente en ejercicio era el señor Aldo Martínez, y el electo
el Doctor Eduardo Rosso. No se hizo traslado adelantado pero sí ambos
intercambiaron información municipal, y se acordó la conformación de
comisiones mixtas para el estudio y debate de temas comunes a la ciudad.
En agosto de ese año se forma una comisión para el estudio de la
factibilidad de la instalación y apertura de un Mercado Mayorista
Concentrador de Frutas y Hortalizas de gestión municipal.
Las personas que conformaron dicha comisión con acuerdo del Intendente
Martínez y el Concejo Deliberante fueron el Dr. Antonio García García,
Srta. Adriana Alliot, Técnico Oscar Alberto Porro y Miguel Ángel Cornou
por los invitados y en representación del municipio el Director de
Comercio, Salubridad e Higiene del momento Dr. Salvador Abel
Mosquera.
El Concejo Deliberante estaba integrado por lo señores/as :
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•
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•
Andría, Alberto
Bertea, Rubén
Chironi, Eduardo
Frías, Jorge
González Corroza, Ricardo
Kovatz, Jorge
Lazzarini, Inés
Lehner, Omar
Sánchez, Juan José
Secretario Concejo Municipal Abrahan Miguel Ángel
La posibilidad de avanzar en la idea del Mercado Concentrador fue
perdiendo fuerza al estudiar las realidades locales.
Pero sirvió para incorporar algo más modesto y de efecto inmediato.
Así nace la idea de la habilitación en algún predio de acceso masivo, de
una Feria Municipal Libre, donde se pudieran vender, comprar o exhibir
productos o manualidades, cumpliendo con las normas vigentes al
momento.
Para la sesión deliberativa hubo dos dictámenes de comisión, uno por
mayoría y otro por minoría.
Fue el señor Oscar Alberto Porro el encargado de presentar en el Concejo
Deliberante el Proyecto por mayoría de la comisión.
Esta propuesta fue aprobada por unanimidad del cuerpo, que daría lugar a
la habilitación de una Feria Municipal en fecha y lugar a determinar por el
Ejecutivo Municipal, junto a los integrantes de la Comisión promotora.
Se hace así una amplia publicación para convocar a una reunión el 3 de
setiembre en Centro Municipal de Cultura.
A la misma asistieron vecinos de Viedma, Patagones y zona de chacras del
IDEVI
Allí se decide inaugurar la Feria Municipal el día sábado 09-09- 89 a las 8
de la mañana, en las aceras del Boulevard Contín entre las calles Colón y
Alvaro Barros frente a Vialidad Provincial , los sanitarios de la repartición
se pusieron a disposición temporaria de los feriantes.
Esa mañana no hubo actos ni discursos. Si concurrieron el Intendente
Señor Aldo Martínez, el electo Doctor Eduardo Rosso, los Concejales,
promotores, inspectores y agentes municipales con el fin de ordenar e
inscribir a los feriantes.
Se colmó el lugar con puestos rudimentarios, no sólo de hortalizas,
verduras y frutas, sino de diversos rubros.
El día acompañó la inauguración ya que fue muy soleado y casi
primaveral.
Todos los vecinos que participaron en su creación no fueron feriantes.
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•
•
•
Que en setiembre de 1991 por Ordenanza 2718/91 se establece que la feria
funcionará los días martes y sábados. Se constituye una Comisión Mixta
entre el Poder ejecutivo Municipal, el Concejo deliberante y la Comisión
de Feriantes para optimizar y gestionar todas las acciones para ordenarla
desde el punto de vista bromatológico, higiénico y administrativo. Y se
faculta al Poder Ejecutivo Municipal a realizar los gastos que fueran
necesarios para construir sanitarios, vereda y forestación.
Que en agosto de 1992 por Ordenanza 2825/92 se impulsó y reglamentó el
funcionamiento de la Feria Municipal, derogándose las ordenanzas Nº
1559,2784 y toda norma que se opusiera a la misma.
En marzo del año 1995 por Ordenanza 3166/95, se establece el
asentamiento definitivo de la feria Municipal en la manzana rodeada por
las calles Boulevard Contín, Las Heras, Hilario Lagos y Moreno,
identificada como manzana 514, parcela 01 y 02 de la sección A.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1: Declarar de Interés Municipal el vigésimo aniversario de la
inauguración de la Feria Municipal de Viedma (09-09-89/ 09-09-09)
ARTICULO 2:
Dar lugar a la celebración de este año en el marco de la
programación de los actos en el mes de octubre con motivo de la Capitalidad de
Viedma.
ARTÍCULO 3: Retomar para los años venideros la conmemoración de la fecha de
inauguración el 09- 09
ARTÍCULO 4: De forma.
Luis Nievas
Liliana Andaloro
Concejal
Concejal
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Está en consideración.
Tiene la palabra la Señora Concejal Andaloro.
SRA. CONCEJAL (Andaloro) – Siguiendo la cronología, se puede ver que surge
como una necesidad muy sentida de la población, en un momento difícil, pero también
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podemos observar que ha sido una necesidad sostenida durante veinte años, porque se
ha mantenido veinte años.
Tiene una gran importancia desde el punto de vista social, pero también tiene
una gran importancia desde el punto de vista económico, ya que toda la gente que
trabaja en un área tan importante como es el IDEVI, puede traer lo que produce para la
comercialización a la ciudad de Viedma.
Por eso, creemos que es muy importante el sostenimiento de la Feria Municipal,
y también declararla de interés e incluir su festejo, por el peso que tiene a nivel social y
a nivel económico en la comunidad.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Coincidiendo con lo que acaba de manifestar la
Concejal Andaloro, quiero contarles que conjuntamente con el Concejal Nievas tuvimos
una reunión con algunos feriantes que nos vinieron a visitar en relación al tema, que
vieron con mucho agrado que se sancionara esta ordenanza y que se hiciera un
reconocimiento al funcionamiento de la feria, y lo que acordamos con los feriantes es
precisamente lo que dice el artículo 2º, que los actos de festejo de este aniversario se
van a llevar a cabo –y lo vamos a coordinar con el Poder Ejecutivo que también ya lo
hemos conversado- en el mes de octubre, aprovechando el mes de la Capitalidad. Hubo
algunas solicitudes de los feriantes y los actos se van a realizar en función de lo que
ellos quieran desarrollar. Seguramente con algún número que tenga que ver con la
cultura boliviana, porque la gran mayoría son ciudadanos bolivianos, pero también hubo
un pedido de reunión de la Comisión de Feriantes para ver el tema del canon y demás,
pero conociendo casi la totalidad de la historia de lo que fue este proceso, donde hoy
vemos una feria ordenada, que funciona sin dificultades, que no hay prácticamente
reclamos en el Municipio; que quieren una reunión con la Comisión de Feriantes en el
Concejo Deliberante para evaluar algunas cuestiones pero que no hay problemas.
Yo les cuento que hace algunos años atrás, cuando funcionaba en la calle Contín,
fue un proceso complejo entre la convivencia de los feriantes, entre la convivencia de
los feriantes con los vecinos, la falta de sanitarios, hasta que en su momento la
Municipalidad encontró en ese lugar como el mejor lugar para que funcione y después
se fueron adecuando y mejorando las instalaciones, lo que hace que no solo los feriantes
puedan estar cómodos sino también el vecino que va a comprar. Esto no quiere decir
que no se puedan seguir haciendo cosas, que es un poco lo que ellos manifestaron el
otro día.
Acompañé al Concejal Nievas en esto porque celebro esta decisión, este
proyecto, y porque me parece que vale la pena el acompañamiento del Concejo
Deliberante en este sentido.
Tiene la palabra la Señora Concejal Andaloro.
SRA. CONCEJAL (Andaloro) – Quiero agregar que seguramente debe haber sufrido
todo lo que sufre en lo referente al mercado informal cuando se pone en marcha, desde
la situación sanitaria, higiénica, al mecanismo de comercialización, al tema de las
relaciones humanas. Siempre cuando ataña al mundo informal sufre esto, pero con el
tiempo se irá perfeccionando.
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Pero lo que quería aclarar es que se sería bueno, debido a que ellos quieren
participar en los actos que se van a realizar en el mes de octubre debido a la
Capitalidad, desde la Comisión de Patrimonio Histórico nosotros hemos armado una
agenda que va a estar a disposición de todos porque hay mucha gente que quiere
participar y la pena es que a veces se superponen los actos y la gente no puede ir a
todos, entonces, el otro día acordamos que va a haber una agenda abierta que va a
manejar Cultura para ir inscribiendo cada día y que todos participen, así acompañamos
en cada acto que va a haber.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Como venimos teniendo conversaciones con el
Concejal de su Bancada, lo que vamos a hacer es derivarlos a la Comisión de
Patrimonio para que coordinen las acciones y no se superpongan.
Se va a votar el proyecto en tratamiento. Los Señores Concejales que estén por
la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Pasamos al tratamiento del siguiente punto.
Expediente número 30.170-A/N-09. Concejales Andaloro y Nievas. Sobre
declarar de interés el curso de Promoción de Enfermedades Cardiovasculares.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) - ANTECEDENTES:
Están dados en la solicitud presentada por la Sociedad de Cardiología Argentina,
Distrito Regional Viedma, para la realización del Curso de prevención de
enfermedades Cardiovasculares (ECV).
FUNDAMENTOS:
-
-
-
Las Enfermedades Cardiovasculares constituyen un verdadero flagelo mundial
ya que son la principal causa de morbimortalidad (mayor del 40 %) de la
población adulta de nuestro planeta.
Si bien se ha conseguido disminuir la incidencia y efecto fisiopatológico de
algunos factores de riesgo de Enfermedades Cardiovasculares, otros como
diabetes, obesidad, y stress, lejos de disminuir su incidencia han incrementado
su rol patogénico.
En la población infantil las principales causas de muerte las constituyen la
desnutrición infantil y las enfermedades infectocontagiosas.
A esto se han sumado en menor proporción en los últimos tiempos las
adicciones y la violencia juvenil.
En el grupo de 20 a 40 años la principal causa de muerte y /o invalidez es por
accidentes.
Pero donde las Enfermedades Cardiovasculares son el principal flagelo es en
el grupo etáreo de la población mayor de 40 años.
También deben mencionarse dos patologías concomitantes asociadas a
situaciones de desprotección social, de falta de vivienda y escasa accesibilidad
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a centros de salud como son las secuelas valvulares de la Cardiopatía
Reumática y las pendientes del Mal de Chagas.
Por lo expuesto la Sociedad de Cardiología Argentina, Distrito Regional
Viedma, a través de sus representantes los cardiólogos de la ciudad de Viedma
ha considerado la utilidad de la realización de siete encuentros abiertos a la
comunidad, en el Concejo Deliberante de la ciudad de Viedma.
Los encuentros se realizarán los segundos y cuartos viernes de cada mes; de 18
a 19 horas con la exposición de profesionales de distintas disciplinas médicas y
luego habrá un espacio para consultas y debate.
El programa del Curso es el siguiente:
Primer encuentro: A realizarse el viernes 11/09/09 a las 18 horas
Tema: Introducción a la incidencia y prevalencia de Enfermedades Cardiovasculares
en la Argentina y a nivel mundial.
Disertantes: Doctor Ricardo Mujica. Presidente del Distrito Viedma de la SAC y el
Doctor Daniel Calvagno Coordinador del Curso.
Segundo encuentro: A realizarse el viernes 25/09/09 a las 18 horas.
Tema: Factores de riesgos de enfermedades cardiovasculares. Hipertensión Arterial.
Disertantes: Doctores Ochoa, Mujica Y Calvagno.
Tercer encuentro: A realizarse el viernes 09/10/09 a las 18 horas
Tema: Hiperlipemia como factor causal de eventos coronarios agudos.
Disertante: Doctor Raúl Coniglio
Cuarto encuentro: A realizarse el viernes 23/010/09 a las 18 horas
Tema: Tabaquismo como factor de riesgo de enfermedades cardiovasculares y
neoplasias.
Disertante: Doctor Rubén Kovadlyzi.
Quinto encuentro: A realizarse el viernes 27/11/09 a las 18 horas.
Tema: Diabetes Mellitus
La pandemia del Siglo XXI
Disertantes: Doctora Rosana Vega
Doctor Marcos Trípodi
Sexto encuentro: Actividad Física Controlada
Exámenes Previos al Desarrollo de Actividad Física Supervisada y
personalizada.
Rehabilitación Cardiovascular luego de un evento Cardiovascular.
Disertante: Doctor Osvaldo Colombo
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Séptimo encuentro: A realizarse el viernes 04/12/09 a las 18 horas
Tema: Depresión – Stress y Crisis Vitales, Duelos, Pérdidas del Empleo, Separación
Etc. Como causa y consecuencia de Enfermedades Cardiovasculares.
Disertantes: Doctor Carlos Názara
Doctora Silvina Ocampo
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Declarar de interés Municipal, Social y Comunitario el Curso de
Promoción y Prevención de Enfermedades Cardiovasculares a dictarse en
el recinto del Concejo Deliberante de la Ciudad de Viedma los
segundos y cuartos viernes de cada mes desde setiembre a diciembre
del año 2009.
ARTICULO 2: Se realizará en siete encuentros consecutivos de una hora de duración
Exposición teórica y luego un espacio de consultas y debate.
ARTICULO 3: De forma.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Está en consideración.
Tiene la palabra la Señora Concejal Andaloro.
SRA. CONCEJAL (Andaloro) – Me parece muy importante que el Concejo
Deliberante acompañe este propuesta de la Asociación Argentina de Cardiología, filial
Viedma, debido a que los temas son muy importantes referidos a la prevención de
enfermedades cardiovasculares que son en la actualidad un gran flagelo en la sociedad.
Pero me parece también importante que nosotros como Municipio estamos inscriptos en
la Red de Municipios Saludables, y una de las tareas de estar inscripto en esta Red es,
justamente, promover todo lo que sea referido a prácticas saludables para mantener la
salud, evitando las enfermedades.
Por lo tanto, convoco a todos los Concejales a estar presentes porque no es
solamente un flagelo de los más grandes, sino, que muchas veces lo padece la gente
joven; y también invitar a los ciudadanos comunes porque las charlas van a ser dadas en
términos que puedan ser accesibles por todas las personas, y de esta manera vamos a
contribuir a mejorar la calidad de vida de los ciudadanos que creo que debe ser el fin
último de este Concejo Deliberante.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Dos cosas, a la autora del proyecto.
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Yo sugiero sacar el artículo 2º porque, en realidad, lo que nosotros hacemos es
declarar de interés municipal, y si ponemos taxativamente cuándo se va a realizar que
está dentro del programa y si después no se realizara estaríamos incumpliendo con la
ordenanza.
Además, vale la pena que aclaremos que estos dos expedientes que han sido
tratados sobre tablas pero como declaración de interés municipal tienen cumplimiento
de la 3114, que tienen la opinión del Poder Ejecutivo; y lo que el Poder Ejecutivo
sugiere es que se declare de interés educativo y cultural, y el proyecto dice: “declarar de
interés municipal, social y comunitario”, a mí me gustaría que la autora del proyecto
aclarara la razón de los términos de “social” y “comunitario”.
Tiene la palabra la Señora Concejal Andaloro.
SRA. CONCEJAL (Andaloro) – Con respecto a lo comunitario, es porque esto está
dirigido a la comunidad de la ciudad de Viedma en general, no tiene una orientación de
tipo político, simplemente, es una charla abierta a la comunidad, que así deben ser las
charlas de salud preventiva.
Social, porque hace al ámbito social y al ámbito de la Secretaría de Asuntos
Sociales del Municipio, ya que en la Secretaría de Asuntos Sociales del Municipio
tenemos, entre otras cosas, el Consejo Local del Discapacitado que también hace
referencia al área de salud. Y muchas de estas enfermedades de las cuales se va a hablar
acá, generan discapacidades que hoy estamos tratando en el Consejo del Discapacitado,
un ejemplo, la Sociedad de Diabéticos; la sociedad de Hipertensos, y todos estos temas
son para prevenir eso.
Pero eso no quiere decir que no pueda ser reformulado.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Está bien, por eso la pregunta, Concejal. Porque, en
realidad, creo que fundamentalmente también es educativo, entonces, si a usted le
parece podemos poner: “social, educativo y comunitario”.
SRA. CONCEJAL (Andaloro) – Me parece muy bien.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Se va a votar el proyecto en tratamiento con las
modificaciones propuestas. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse
indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Pasamos al siguiente punto.
Expediente número 30.174-G-09. Concejal Ariel Gallinger. Sobre declarar de
interés cultural el espectáculo de tango y humor Cabatanguet protagonizado por la actriz
Verónica Caliva.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) - ANTECEDENTES: Están
dados por el artículo 15º de la Carta Orgánica Municipal.
FUNDAMENTOS
Según Jorge Luis Borges: “Rosario, Montevideo y Buenos Aires han sido los
tres lugares que se han disputado el nacimiento del tango”. Pero a pesar del lugar
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donde nació, el tango se transformó en algo que nos identifica. El tango es un crisol de
culturas. Cuando surgió, en el siglo XIX, argentina tenía poca población, pero en esa
época recibió una masa importante de inmigrantes. Nuestro país contaba 1,1 millón de
habitantes y recibió cerca de 6,6 millones de inmigrantes. Esto llevó a que se mezclen
diversas culturas que fueron dando forma al tango y su lenguaje, desde su danza y
desde su forma de vida.
A nadie le fue fácil aquellos años treinta del Siglo Veinte, cuando los
desaguisados del mundo de las finanzas se desmoronaron y, en todo caso, poetas como
el Negro Celedonio, Julián Centeya, Discépolo, Alberto Vaccareza narraron desde la
literatura y el lunfardo, el devenir de los sectores más expuestos por carecer de medios
para defenderse de las turbulencias de la crisis financiera.
El lunfardo fue precisamente eso: el lenguaje más descarnado de quienes
habitaban los conventillos o aquel Buenos Aires orillero, tierra de taitas y compadres
de armas llevar, cotidiano escenario de inmigrantes que llegaban o habían llegado de
otros lugares corridos por el hambre, las persecuciones y las desigualdades. Fue un
lenguaje hasta repudiado -al igual que el tango en sus orígenes- por las clases
acomodadas.
El tango es uno de los elementos más importantes de nuestra cultura. Este
emblema cultural, originado en los suburbios de Buenos Aires, era rechazado al
principio, por haber nacido en lugares marginales; pero con el correr de los tiempos el
tango comenzó a ser aceptado por las clases media y alta de la sociedad porteña hasta
que alcanzó la importancia que tiene hoy en día de reconocimiento mundial.
De hecho, en el exterior, decir Argentina, es decir tango, porque éste nos
identifica y así, como tantos otros símbolos, es parte de nosotros.
Pero el tango no es sólo música y letra; es una cultura y como toda cultura tiene
una jerga característica, un ritmo especial y personajes o formas de vivir particulares.
Verónica Caliva es una reconocida actriz, payasa y cantante, es Profesora
Nacional de Arte Dramático, egresada del Instituto Nacional Superior de Artes de
Fisque Menuco (General Roca), y ha cosechado a lo largo de su carrera, tanto local
como en el exterior de nuestro país, innumerables comentarios elogiosos sobre su labor
actoral.
El espectáculo de tango y humor “Cabatanguet” de “A la olla producciones”,
protagonizado por Verónica Caliva y dirigido por Gustavo Azar, es una muestra
excelente de lo que es el tango desde la perspectiva de la cultura. Este show emplea el
lunfardo particular del tango y refleja dos miradas distintas: una, la de una mujer que
critica con humor al rol femenino en el tango y al machismo, y la otra mirada, la de un
chico habitué de la noche que deja entrever sus sentimientos y busca escapar de un
pasado que no fue, ni quiere ser. Además en el show, la actriz interpreta composiciones
características del tango.
En pocas palabras, este es un show que refleja claramente y desde muchas
perspectivas al “tango”.
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Es en este sentido que consideramos importante el apoyo del Estado Municipal
a este espectáculo que refleja y representa genuinamente a la cultura del tango, que nos
acerca más a él y nos hace recuperar su mística.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
Artículo 1º: Declárese de interés cultural municipal el espectáculo de tango y humor
“Cabatanguet” de “A la olla producciones”, protagonizado por Verónica Caliva y
dirigido por Gustavo Azar.
Artículo 2º: De forma.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Está en consideración.
Tiene la palabra el Señor Concejal Gallinger.
SR. CONCEJAL (Gallinger) – Simplemente, para modificar el artículo que quedaría:
“Declárase de interés del Concejo Deliberante el espectáculo de tango “Cabatanguet”
cuya producción es protagonizado por Verónica Caliva y dirigido por Gustavo Azar, y
su participación en el quinto encuentro de monólogos “Humberto Orsini” a celebrarse
entre el 14 y el 18 de octubre en Venezuela”.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – En realidad, lo correcto es que diga: “El Concejo
Deliberante declara: Artículo 1º: De su interés…”, todo lo que dice.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) - ¿Dónde se va a realizar?
SR. CONCEJAL (Gallinger) – En Aragua, Maracay, Venezuela.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Con las modificaciones introducidas, se va a votar
el proyecto en tratamiento. Los Señores Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse
indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Pasamos al siguiente punto.
Expediente número 30.173-G-09. Concejal Ariel Gallinger. Proyecto de
Comunicación ref. al Poder Ejecutivo Provincial provea refrigerio nutritivo.
Por Secretaría se dará lectura.
SRA. SECRETARIA PARLAMENTARIA (Cabral) - ANTECEDENTES: Están
dados por la nota de los Docentes del C.E.M. Nº 19 de la Ciudad de Viedma, ingresada
en fecha 3 de septiembre de 2009.
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FUNDAMENTOS:
El C.E.M. Nº 19 del Barrio Lavalle de nuestra ciudad tiene una población
estudiantil que, en general, es víctima de los embates sociales que caracterizaron a los
sectores más vulnerables de nuestro país.
Los adolescentes y jóvenes alumnos, en su mayoría, son trabajadores de
sistemas no formales (albañilería, trabajo doméstico, carpintería, etc.) que comienzan
su jornada laboral a horas muy tempranas y la culminan poco rato antes del horario
del ingreso al establecimiento educativo, esto es a las 18:00 hs.
Dentro de la población estudiantil también se destaca la presencia de
adolescentes gestantes y madres en etapa de lactancia, cuyos requerimientos
nutricionales son superiores al término medio de sus congéneres.
En todos los casos, son tareas y circunstancias que demandan un esfuerzo físico
muy grande, que requieren de la debida alimentación para poder continuar con la
jornada hasta las 23:00 hs., horario final del turno del C.E.M. Nº 19.
El equipo docente ha advertido en reiteradas notas al Ministerio de Educación
de la Provincia de Río Negro y a la Municipalidad de Viedma la necesidad de proveer
al alumnado de un refrigerio nutritivo reforzado, en razón de haber detectado como
decae la atención cognitiva del alumnado a partir de las 21:00hs., gestiones que aún no
han dado los frutos esperados.
Es dable destacar el esfuerzo que realizan los estudiantes por acceder a la
educación en circunstancias tan desfavorables, convencidos de que es este el único
medio superador de su grave situación social.
Es entonces un acto de reconocimiento a tan loable empeño la satisfacción de la
demanda planteada por el cuerpo docente del establecimiento.
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA
COMUNICA:
ARTÍCULO 1º: Al Poder Ejecutivo Provincial, Ministerio de Educación, la necesidad
de proveer de un refrigerio nutritivo reforzado a la población estudiantil del C.E.M. Nº
19 de la Ciudad de Viedma.
ARTÍCULO 2º: De forma.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Está en consideración.
Tiene la palabra el Señor Concejal Gallinger.
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SR. CONCEJAL (Gallinger) – Brevemente, no voy a agregar fundamentos a lo ya
expuesto.
Simplemente, esta gente vino a plantear la problemática, a entrevistarse con los
Concejales del Frente para la Victoria, en realidad, nosotros cuando elaboramos el
proyecto omitimos hacerlos partícipes; y también la gente del Consejo de la Niñez y la
Adolescencia sé que están trabajando en la temática, nos enteramos posteriormente a
haber presentado el proyecto.
Quizás sea poco, pero es lo que podemos hacer desde el Concejo Deliberante,
acompañar este reclamo a través de una Declaración pidiéndole al Consejo de
Educación, que es de quien depende el CEM, que prevea alguna solución para esta
problemática. Sin pretender con esto entrar en la discusión que se ha planteado a través
de los medios sobre si le corresponde a uno o le corresponde a otro, pero que de alguna
manera se de algún tipo de solución.
Nada más.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Tiene la palabra la Señora Concejal Malpeli.
SRA. CONCEJAL (Malpeli) – Como dice el Concejal, el Consejo de la Niñez en la
reunión de ayer trató esta temática porque el viernes se presentaron algunos docentes
que fueron recibidos por Liliana Andaloro y quien les habla, y elevaron dos notas: una
al Concejo Deliberante y otra al Consejo de la Niñez.
En realidad, yo pediría una reforma porque esto es lo que resolvimos ayer en el
Consejo de la Niñez; es acompañar este proyecto, nosotros también nos enteramos de
este proyecto entonces dijimos: “unámonos todos en la gestión”. El Consejo de la Niñez
está acompañando este proyecto del Concejal Gallinger, pero no solo con el pedido del
CEM 19, sino, a otros colegios secundarios que no están incluidos dentro del refrigerio
porque ayer en la reunión lo expresó así quien es la representante del área de Desarrollo
Social, que también tienen pedidos de otros colegios secundarios. Entonces, nos parece
que es más abarcativo que el CEM 19. Que se le de prioridad al CEM 19 que fue quien
presentó esta nota, pero que se abarquen los otros colegios que hoy no están siendo
contemplados.
Si le parece bien al autor del proyecto, pediría esa reforma.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Tiene la palabra el Señor Concejal Gallinger.
SR. CONCEJAL (Gallinger) – Sería, sacar el punto y poner: “y demás instituciones
educativas de nuestra ciudad con idéntica problemática”.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Con la moción hecha por la Concejal Malpeli de
modificación del artículo, se va a votar el proyecto en tratamiento. Los Señores
Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
Para finalizar el tratamiento del Orden del Día, pasamos a los expedientes que
pasan a archivo.
Expediente número 30.161-T-02. Tealdi, Juan. Pte. Bloque P.S.P. Sobre
situación de las tierras fiscales del ejido urbano de Viedma.
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Expediente número 30.375-T-02. Tealdi, Juan. Pte. Bloque P.S.P. Sobre
derogación de Ordenanza Nº 5147.
Expediente número 30.211-K-02. Knecht, Miguel. Concejal Bloque P.J. Sobre
creación del Plan Municipal de Prevención de Enfermedades.
Expediente número 30.165-T-02. Tealdi, Juan. Pte. Bloque P.S.P. Sobre
cumplimiento de Ordenanza Nº 3471.
Si ningún Concejal tiene observaciones que hacer respecto al pase a archivo de
estos expedientes, pongo a votación el pase a archivo de los mismos. Los Señores
Concejales que estén por la afirmativa, sírvanse indicarlo.
- Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) - Ha sido aprobado por unanimidad.
De esta manera damos por finalizada la sesión.
Invito al Señor Concejal Arizcuren a arriar el Pabellón Nacional y a los demás
Concejales y público presente a ponerse de pié.
- Así se hace.
SRA. PRESIDENTE (Schlitter) – Se levanta la sesión.
- Eran las 12:00 horas.
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