instructivo para solicitar la inscripción de empresas, organismos e
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instructivo para solicitar la inscripción de empresas, organismos e
INSTRUCTIVO PARA SOLICITAR LA INSCRIPCIÓN DE EMPRESAS, ORGANISMOS E INSTITUCIONES EN EL REGISTRO NACIONAL PERMANENTE DE FUENTES Y EQUIPOS GENERADORES DE RADIACIONES IONIZANTES (R.N.P.F.E.G.R.I) 1.-PROCEDIMIENTO: 1.1.- Elaborar una comunicación escrita mediante la cual el representante legal de la empresa, organismo, o institución, o la persona suficientemente autorizada por éstos, solicita expresamente, la inscripción en el R.N.P.F.E.G.R.I. El escrito de solicitud debe extenderse en papel sellado, o en su defecto, en papel común en el que se inutilizarán timbres fiscales por el valor que corresponda a cada papel sellado (0,02 UT). En el mismo se debe indicar claramente a que actividad se dedica la empresa relacionada con materiales radiactivos o equipos generadores de radiaciones ionizantes. 1.2.- El escrito debe estar dirigido a: Ministerio de Energía y Petróleo Dirección General de Energías Alternativas Solo se dará curso a las solicitudes que cumplan con lo establecido en los artículos 31 y 38 de la Ley de Timbre Fiscal. 1.2.1. Las solicitudes y sus recaudos deben venir en carpetas de fibra (marrones) tamaño oficio 1.3.- Anexar a la solicitud de inscripción en el R.N.P.F.E.G.R.I., los siguientes documentos: 1.3.1.- Planilla de inscripción llenada a máquina o en computadora, suministrando toda la información solicitada. En caso de que su compañía, sociedad o institución carezca de los materiales y/o equipos a los cuales se hace referencia en algunos de los puntos de la planilla, indicar que dichos puntos no son aplicables. La misma la puede solicitar en el horario comprendido entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., en la siguiente dirección: Av. Libertador cruce con calle El Empalme, Edif. Ministerio de Energía y Petróleo, Torre Oeste, Piso 5, Urb. La Campiña, Caracas Ministerio de Energía y Petróleo Dirección General de Energías Alternativas También la puede obtener a través del correo electrónico comunicándose con esta Dirección. 1.3.2.- En el caso de personas jurídicas, públicas o privadas, copia del documento constitutivo (registro Mercantil), o documento de creación y estatutos vigentes. En el caso de los organismos e instituciones, anexar copia del documento de creación, así como de los estatutos que lo rigen. 1.3.3.- Copia del Registro de Información Fiscal (R.I.F) 1.3.4.- Fotocopia de la Cédula de identidad del Representante Legal y de la persona autorizada de la empresa, organismo o institución (presidente, gerente general, director, etc.), según lo indiquen los respectivos estatutos o documentos de creación. DGEA/DFCN julio 2006 1.3.5.- Comunicación firmada por el representante legal de la compañía mediante la cual designa a el (los) oficial(es) de seguridad radiológica, en la misma se debe especificar las funciones de dicho cargo. Se recomienda designar un Oficial de Seguridad Radiológica suplente en el caso de que el OSR titular se ausente. Enviar la documentación correspondientes que se mencionan en los puntos: 1.36, 1.3.7, 1.3.8. 1.3.6.- Comunicación firmada, mediante la cual el (los) Oficial(es) de Seguridad Radiológica, acepta la designación del cargo. 1.3.7.- Fotocopia de la Cédula de identidad de (los) oficial (es) de seguridad radiológica. 1.3.8.- Curriculum vitae de (los) oficial (es) de seguridad radiológica, con sus respectivos soportes. 1.3.9.- Solvencia Laboral vigente, expedida por el Ministerio del Trabajo 1.3.10.- Lista actualizada del Personal ocupacionalmente expuesto. 1.3.11.- Copia de los certificados de los cursos y talleres de respuesta a emergencias radiológicas, realizados por todo el personal ocupacionalmente expuesto de la compañía, sociedad o institución, referentes a la protección y seguridad radiológica. 1.3.12.- Copia de los informes de dosimetría de todo el personal ocupacionalmente expuesto (doce últimos meses como mínimo) o copia del contrato de dosimetría con ente debidamente autorizado por esta Dirección. 1.3.13.- Inventario detallado de fuentes radiactivas y equipos generadores de radiaciones ionizantes, el cual debe poseer la siguiente información: Para Fuentes radiactivas Isótopo Actividad (Bq) Ci Fecha de determinación de la Actividad Marca Modelo Ubicación Geográfica Serial Condición (Uso/ Desuso) Para equipos generadores Marca Modelo Serial Descripción del Equipo Rango de Energía Ubicación Geográfica Condición (Uso/ Desuso) Para la descripción del equipo con la fuente EQUIPO FUENTE ACTIVIDAD FABRICANTE MODELO SERIAL ISÓTOPO FABRICANTE MODELO SERIAL UBICACIÓN USO (Ci / Bq) 1.3.14.- Fotocopia de los certificados de origen de todas las fuentes selladas, propiedad de la compañía, sociedad o institución. En su defecto, se pueden remitir las curvas de decaimiento de las fuentes radiactivas. DGEA/DFCN julio 2006 1.3.15.- Copia, en castellano, de los manuales de los equipos generadores de radiaciones ionizantes y/o que utilizan materiales radiactivos. Son de especial interés, las secciones de seguridad y mantenimiento. 1.3.16.- Plano de la instalación de almacenamiento de los materiales radiactivos o plano de la compañía, sociedad o institución, indicando el (los) lugar (es) de instalación del (de los) equipo(s) generador (es) de radiaciones ionizantes. 1.3.17.- Copia en castellano del manual de seguridad radiológica de la compañía, sociedad o institución, el cual debe incluir: 1.3.17.1.- La información indispensable que todo usuario de materiales o equipos generadores de radiaciones ionizantes debe conocer. Esta información debe fundamentarse en los materiales y/o equipos utilizados en la compañía, sociedad o institución. 1.3.17.2.- Procedimientos para realizar en forma segura, todos los trabajos que involucren fuentes o equipos generadores de radiaciones ionizantes, o para verificar el correcto funcionamiento de los detectores. 1.3.17.3.- Planes y procedimientos de emergencia y contingencia, para todas las posibles anormalidades que puedan presentarse con las fuentes y equipos generadores de radiaciones ionizantes, incluyendo emergencias durante el transporte de materiales radiactivos. 1.3.18.-Copia de los certificados de calibración, vigentes de todos los detectores de radiaciones que posee la compañía, sociedad o institución. Se recomienda que los detectores sean calibrados una (1) vez al año, o cuando se sospeche que no están funcionando correctamente. 1.3.19.- Para empresas organismos e instituciones con más de una base de operaciones, es necesario que se especifique: Ubicación Responsable de la base Personal asignado a cada base Equipos disponibles en cada base 1.4.- Para el caso de compañías sociedades o instituciones que prestan servicios, adicionalmente se requiere lo siguiente: 1.4.1.-Copia, en castellano, de (los) procedimiento (s) de verificación del correcto funcionamiento, reparación y calibración de los detectores (para compañías, sociedades o instituciones que presten este tipo de servicio). 1.4.2.- Copia, en castellano, de todo el procedimiento de determinación de dosis (para el caso de compañías, sociedades o instituciones que presten servicio de dosimetría personal) 1.4.3.-Copia, en castellano, del (de los) procedimiento(s) para la determinación de contaminación removible y descontaminación de fuentes, equipos, instalaciones, etc., según sea el servicio ofrecido por la compañía, sociedad o institución. DGEA/DFCN julio 2006 1.5.- Para el caso de compañías, sociedades o instituciones dedicadas a la importación y distribución de materiales o equipos generadores de radiaciones ionizantes, se debe presentar: 1.5.1.-Copia (s) del (de los) catálogo (s) de las fuentes y/o equipos que pudieran ser importados. 1.5.2.- Lista de las compañías, sociedades o instituciones o personas (clientes) a las cuales le suministra fuentes y/o equipos generadores de radiaciones ionizantes, que debe incluir: 1.5.2.1.- Nombre 1.5.2.2.- Dirección completa 1.5.2.3.- Número (s) de teléfono 1.5.2.4.- Número (s) de fax 1.5.2.5.- Fuentes y/o equipos suministrados durante el último año. 1.5.2.6.- Oficial de seguridad radiológica y /o persona responsable de las fuentes y/o equipos generadores de radiaciones ionizantes. 1.6.- Presentar el escrito de solicitud conjuntamente con los anexos antes señalados, en el horario de 8:00 a 12:00 a.m. y de 1:30 a 4:00 p.m., en la siguiente dirección: Ministerio de Energía y Petróleo Oficina de Atención al Público, Registro y Presentación de Documentos Av. Libertador cruce con calle El Empalme, Edif. Ministerio de Energía y Petróleo, Torre Oeste, Sub-Sotano, Urb. La Campiña, Caracas. En ningún caso, las solicitudes deben ser enviadas directamente a la Dirección General de Energías Alternativas, así como tampoco por el sistema de fax. 2.- INSPECCIÓN Una vez revisada y conforme la documentación presentada y previa a la entrega de la Constancia de registro, se realizará una inspección en la(s) base(s) de la empresa, organismo u institución, con la finalidad de verificar las condiciones de protección y seguridad radiológica. Esta inspección se realizará previa notificación. 3.- DURACIÓN DEL PROCEDIMIENTO: La revisión y culminación del procedimiento no excederá de cuatro (4) meses contados a partir de la solicitud por parte de la DGEA, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos, conforme al artículo 60 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. (LOPA). 4.- GRATUIDAD DE LA TRAMITACIÓN: Todo trámite realizado ante la Dirección General de Energías Alternativas, es gratuito. DGEA/DFCN julio 2006 5.- PAGO DE TASA AL FISCO NACIONAL: Cinco (5) Unidades Tributarias (UT), por el otorgamiento de cada Constancia de Registro, según lo establecido en el artículo 5, numeral 26, en concordancia con el Art.47 de la Ley de Timbre Fiscal. Este pago se hace al Fisco Nacional, mediante la compra de Timbres Fiscales o el pago en las Oficinas Receptoras de Fondos Nacionales de la cantidad de UT antes señalada, utilizando la forma 16 del Ministerio de Hacienda. Es imprescindible presentar prueba de este pago al momento de retirar la Constancia de Registro en la Dirección General de Energías Alternativas. 6.- VALIDEZ DE LAS CONSTANCIAS DE REGISTRO: Las Constancias tienen una validez de veinticuatro (24) meses. La Constancia de Registro vigente es requisito indispensable para optar a los permisos emitidos por la Dirección General de Energías Alternativas. 7.- INFORMACIÓN ADICIONAL: En caso de necesitar mayor información, favor comunicarse con la Dirección General de Energías Alternativas, por los teléfonos (0212)-708-7761/7766/7767. DGEA/DFCN julio 2006