Alcances sobre la Conciliación Extrajudicial en el Servicio
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Alcances sobre la Conciliación Extrajudicial en el Servicio
Alcances sobre la Conciliación Extrajudicial en el Servicio de Defensorías del Niño y del Adolescente Sub Dirección de Defensorías Dirección de Niñas, Niños y Adolescentes ¿ Qué es la Conciliación Extrajudicial en las Defensorías del Niño y del Adolescente? • Es un mecanismo alternativo orientado a la solución de conflictos familiares en la que el defensor busca que las partes involucradas lleguen a un acuerdo de manera voluntaria, atendiendo al principio del interés superior del niño y dentro de lo que la ley permite. • Promueve el bienestar de la familia y de las niñas, niños y adolescentes en especial. ¿ Qué principios orientan la conciliación extrajudicial en el servicio D.N.A.? • • • • • • • • • • Interés Superior del Niño Equidad Veracidad Buena Fe Confidencialidad Imparcialidad y Neutralidad Legalidad Celeridad Economía Empoderamiento de las Partes • El Interés Superior del Niño obliga a las autoridades públicas y privadas a considerar en todo momento, en primer lugar, los derechos e intereses de las niñas, niños y adolescentes y optar por éstos cuando exista conflicto entre otros de igual jerarquía, haciéndolos prevalecer. • La Equidad significa que el acuerdo al que arriben las partes debe ser justo para ambos, además que no debe afectar a terceros • La Veracidad está dirigido a la búsqueda de lo querido realmente por las partes. • Buena Fe es confiar que las partes están procediendo de manera honesta y leal. • Confidencialidad supone que tanto las partes como el conciliador de la DNA deben guardar absoluta reserva de todo lo sostenido o propuesto en la conciliación. Entendiéndose que lo sostenido en la audiencia es privado y confidencial • La Imparcialidad y Neutralidad obligan al conciliador de la DNA a proceder sin favorecer a alguna de las partes y sin ninguna clase de discriminación. • La Legalidad implica que el acuerdo conciliatorio al que arriben las partes debe estar conforme con las leyes vigentes. • La Celeridad se refleja en el arribo a una solución pronta y rápida del conflicto. • Economía, así como la celeridad, permite que se arribe a la solución del conflicto en menor tiempo que en el proceso judicial, ahorrando los costos de dicho proceso. • El Empoderamiento de las Partes está dirigido a propiciar un balance de poderes entre las partes. En este caso el conciliador debe intervenir de forma sutil, preservando su imagen de tercero imparcial. ¿ Cuáles son las materias conciliables en el servicio de D.N.A.? • Alimentos • Tenencia • Régimen de Visitas ¿En qué situaciones NO debe realizarse conciliaciones extrajudiciales en el servicio de D.N.A.? • Cuando existe un proceso judicial sobre la misma materia • En cualquier otra materia que no sea tenencia, alimentos y régimen de visitas • Cuando se trate de derechos que no son de libre disposición de las partes. • Cuando se trate de derechos y bienes de incapaces (art. 43º y 44º del Código Civil) • Cuando se desconoce el domicilio de la parte invitada • Cuando se trate de delitos o faltas (incluida Violencia Familiar) • Por disposición expresa de la ley. ¿Qué significa realizar conciliaciones extrajudiciales con título de ejecución? • Significa que los acuerdos plasmados en el acta, producto de la conciliación, son de obligatorio cumplimiento, es decir, es un título de ejecución con similar valor que una sentencia judicial. ¿Qué necesita una D.N.A. para realizar conciliaciones extrajudiciales con título de ejecución? • Estar registrada en la Sub Dirección de Defensorías de la DINNA – DGFC – MIMDES • Contar con un abogado que verifique la legalidad de las actas • Contar por lo menos con una persona acreditada como conciliador de la DNA, según registro otorgado por la Sub Dirección de Defensorías, para lo cual previamente deberá aprobar un curso especializado dictado por MIMDES. • Contar con un espacio que garantice la confidencialidad en las audiencias de conciliación extrajudicial • Contar con un sistema de archivo y registro de las actas de conciliación • Contar con el compromiso de la máxima autoridad de la institución que promueve el servicio de DNA, de apoyar la labor de conciliación en la misma, así como la continuidad del servicio • Acreditar un horario de atención mínimo de diez horas semanales. ¿Qué significa contar con un espacio que garantice el principio de confidencialidad en las audiencias de conciliación extrajudicial? • Implica contar con un espacio físico que permita la privacidad de las conciliaciones extrajudiciales, para ello el servicio de DNA adecuará sus recursos de infraestructura, mobiliarios, horarios y otros de forma tal que pueda garantizar dicha privacidad • Se entiende por privacidad a la condición que no permite se filtre lo tratado en la audiencia de conciliación. Además, las instituciones promotoras deben garantizar que su DNA cuente con el mobiliario adecuado. ¿Qué significa contar con un adecuado sistema de archivo y registro de las Actas de Conciliación? • Debe entenderse a la obligación de las DNA de estar organizadas para la conformación de expedientes por cada caso atendido, en los cuales se incluirá el acta de conciliación. • Implica llevar un archivo ordenado que permita su conservación y el debido resguardo de los documentos. ¿ Qué requisitos se deben cumplir para ser acreditado como conciliador extrajudicial del servicio de DNA ? • Ser miembro permanente de la DNA y cumplir las funciones de Defensor • Acreditar capacitación y entrenamiento en temas de familia y técnicas de conciliación. La capacitación especializada la brinda el MIMDES • Tener capacidad de comunicación • Ser mayor de 18 años • Acreditar una adecuada trayectoria ética y moral ¿Qué se necesita para participar en los cursos de Conciliación Extrajudicial dictados por MIMDES? La persona propuesta deberá ser integrante de la DNA, con una experiencia en el servicio no menor a cuatro meses y/o haber participado en el curso de formación básica como integrante de la DNA La persona propuesta deberá desempeñar funciones de defensor. De cumplir otras funciones adicionales al interior del servicio de DNA, también podrá participar. ¿ Por qué es importante contar con un Defensor acreditado como Conciliador Extrajudicial en el servicio de DNA ? Es importante porque, además de brindar el beneficio de que la DNA pueda ser autorizada para que las actas de conciliación que celebre tengan mérito de título de ejecución; permite reforzar la labor de servicio a la comunidad, contribuyendo así al bienestar de las niñas, niños y adolescentes de la localidad y al logro de los objetivos inherentes a todas las instituciones vinculadas a la niñez y adolescencia. ¿La autorización convierte a la DNA en Centro de Conciliación? • Con la autorización las DNA no pierden su naturaleza, no olvidemos que a diferencia de los centros de conciliación, el servicio de DNA son servicios de promoción, defensa y vigilancia de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. ¿Un Defensor acreditado por MIMDES como conciliador extrajudicial de DNA pude desempeñarse como conciliador especialista en familia en un Centro de Conciliación? • La acreditación obtenida por el MIMDES sólo faculta al defensor para desempeñarse en materia de familia (tenencia, alimentos y régimen de visitas) en el ámbito del servicio de defensorías del niño y del adolescente ¿Un conciliador extrajudicial acreditado por el Ministerio de Justicia como especialista en Familia puede desempeñarse como Defensor Conciliador en una DNA autorizada? La acreditación obtenida ante el Ministerio de Justicia sólo faculta al Conciliador para desempeñarse en materia de familia, en el ámbito de los centros de conciliación ¿Si en una audiencia de conciliación se expresa la voluntad de acuerdos sobre otras materias vinculadas a derechos de niños o adolescentes que no sean alimentos, régimen de visitas o tenencia, éstas pueden plasmarse en el acta de conciliación? • En el acta de conciliación sólo se especifican los acuerdos relacionados a las materias conciliables (tenencia, régimen de visitas y/o alimentos). • Todo lo relacionado a otras materias debe plasmarse en un acta de compromiso. ¿ Qué es el Acta de Conciliación ? Es el documento en el que se plasman los acuerdos a los que arriban las partes de manera libre y voluntaria en la Audiencia de Conciliación. ¿Qué requisitos debe reunir el Acta de Conciliación para que tenga título de ejecución? • Lugar y fecha en la que se suscribe el acta • Nombres, documentos de identidad y domicilio de las partes • Nombre, documento de identidad y número de credencial del conciliador acreditado de la DNA, otorgado por MIMDES • Indicar materias a conciliar y descripción de los puntos de controversia • El acuerdo conciliatorio, sea total o parcial, estableciendo de modo preciso los derechos, deberes u obligaciones ciertas, expresas y exigibles • En ningún caso debe incluir las propuestas o la posición de cualquiera de las partes. • Firma y huella digital de las partes • Firma, huella digital y sello del Conciliador • Nombre y firma del abogado que verifica la legalidad de los acuerdos adoptados. Si el conciliador de la DNA también es abogado, ejecutará doble función debiendo firmar en los campos correspondientes. ¿ Una DNA no autorizada a realizar conciliaciones extrajudiciales con título de ejecución puede celebrar conciliaciones extrajudiciales ? No olvidemos que las DNA utilizan este mecanismos hace muchos años; la diferencia está en el valor del acta El Acta de Conciliación celebrada por una DNA no autorizada tiene sólo valor probatorio. Esto significa que, en caso de incumplimiento de estas actas, las partes puede utilizarla como medio de prueba en un proceso judicial. GRACIAS Sub Dirección de Defensorías DINNA – DGFC -MIMDES Jr. Camaná N°616, 7°piso, Lima 1 Telef. (01) 626-1600 anexo 7011 Rubén A. Aponte Bonifaz [email protected]