REGLAMENTO DE PROYECTOS DE INVESTIGACION
Transcripción
REGLAMENTO DE PROYECTOS DE INVESTIGACION
Universidad Nacional de Ingeniería Instituto General de Investigación Reglamento de proyectos de investigación IGI - INCENTIVANDO LA INVESTIGACIÓN UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA -qrrrlr"rbr, -9?*/"rr/ 免 J'; tll? 2 2JL 20B el Oficio No 468-201311er.V R del Presidente de la Comisi6n Acad6mica lnvestigaci6n del Consejo Universitario de la Universidad Nacional de lngenierla; Visto y de CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluci6n Rectoral No 1003 de fecha 11 de setiembre de 2003, en atenci6n a lo acordado por el Consejo Universitario en sesi6n extraordinaria No 23-2003, se aprob6 el Reglamento de Proyectos de lnvestigaci6n de la Universidad Nacional de lngenierla; el cual fue modificado por el Consejo Universitario mediante las Resoluciones Rectorales No 0435 y No 0460 de fechas 29 de marzo y 04 de abril de\2012, respectivamente; Que, el Primer Vicerrector y Presidente de la Comisi6n Acad6mica y de lnvestigaci6n del Consejo Universitario de la Universidad Nacional de lngenieria mediante el documento del visto, pone de conocimiento que la Comisi6n en sesi6n No 26-2013 del 17 de junio de 2013, acord6 proponer al Consejo Universitario Ia actualizaci6n del Reglamento de Proyecto de lnvestigaci6n, que fuera presentado por el Director del lnstituto General de lnvestigaci6n de la Universidad Nacional de lngenieria; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en sesi6n e)draordinaria No 20 del 19 de junio de 2013, y en cumplimiento a lo establecido por el articulo 50 inciso a) del Estatuto de la Universidad Nacional de lngenieria; SE RESUELVE: Articulo Onico.- Aprobar la actualizaci6n del Reglamento de Proyecto de lnvestigaci6n de la Universidad Nacional de lngenieria; que como anexo forma parte de la presente resoluci6n. Registrese, ARAU」 0 General 4・ c,漁・ A・ y cimplase. UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA grrrlr"rb* -gf*rtrrl JG fi27 Y,r,,.,22JU1.2013 UNiVERSIDAD NAC:ONAL DE INGENIERIA RECLAMENTO DE PROYECTOS DE INVESTIGACi6N (Aprobado en Cons可 o Universitario No 20 de:19 deluniO de:2013) BASE LEGAL: El presente Reglamento se sustenta en lo siguiente: . . . . o . Ley Universitaria No 23733 Ley No 26703 Ley No 26706 Norma T6cnica Peruana N's. 732.001.2009:732.002.2009;732.003.2011 Directivas vigentes del MEF Estatulo de la Universidad Nacional de lngenieria CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Del Objetivo Art. "lo Es objeto del presente Reglamento establecer las normas y el procedimiento la para elaboraci6n, aprobaci6n, desarrollo, financiaci6n, supervisi6n, evaluaci6n, publicaci6n y/o explotaci6n de los proyectos de investigaci6n en la Universidad Nacional de lngenieria. De los Proyectos de lnvestigaci6n Ari.20 Los proyectos de investigaci6n constituyen trabajos creativos y sistem6ticos orientados a crear conocimiento en ciencia y tecnologia o al desarrollo de sus aplicaciones, que permitan el incremento de la disponibilidad de conocimiento en ciencia y tecnologia y/o el desarrollo de su uso para implementar nuevas aplicaciones. UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA 物 /1127 Y,b,.,2IJUL2013 De ios Ambitos de la investigaci6n Art.30 Son Smbitos de aplicaci6n: la investigaci6n b6sica, aplicada, experimental y la innovaci6n tecnol69ica. el desarrollo De los partacipantes Art. 40 Podr5n participar en los proyectos de investigaci6n: los profesores ordinarios, extraordinarios, contratados y cesantes sin perjuicio de cumplir con sus obligaciones acad6micas y administrativas; estudiantes y egresados de la Universidad; asi como especialistas en calidad de invitados o los trabajadores administrativos como apoyo. Art. 5(, En los proyectos de investigaci6n interdisciplinaria, se requiere la participaci6n de, por lo menos, dos profesores de diferentes Facultades de la Universidad, con formaci6n acad6mica en disciplinas diferentes. Del Jefe del Proyecto de lnvestigaci6n 60 Todo proyecto de investigaci6n cuenta con un jefe, quien es responsable de su formulaci6n, ejecuci6n, culminaci6n y manejo econ6mico. Art.7o El jefe es un profesor ordinario a tiempo completo o dedicaci6n exclusiva, excepcionalmente, podr5 ser un profesor ordinario a tiempo parcial o contratado a tiempo completo o un profesor cesante de reconocida trayectoria como investigador. Art. De la descarga horaria del profesor investigador Art.80 La condici6n de profesor investigador da derecho a una carga lectiva menor a 10 horas, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Asignaci6n de carga lectiva para profesores UNl. Derechos y deberes adicionales son regidos por el reglamento del profesor investigador. CAP|TULO II DEL FINANCIAMIENTO De las fuentes de financiamiento Art.go Los proyectos de investigaci6n son financiados con: recursos ordinarios y directamente recaudados o con donaciones, transferencias, u otras fuentes. UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA 物 /1127 %% 22」 UL 2013 Art. 10o Adem6s de los recursos ordinarios y de acuerdo con la Politica General de lnvestigaci6n y el Plan Unico de lnvestigaci6n la Universidad destinar6 como minimo el 1% de los recursos directamente recaudados, asl mismo el 50olo de las utilidades transferidas por las Empresas de la Universidad. Del presupuesto Art. 1 'lo El presupuesto anual para la investigaci6n ser5 destinado a financiar la ejecuci6n de los proyectos de investigaci6n, Ia difusi6n de resultados, o a la promoci6n y el reconocimiento de trabajos de investigaci6n de excelencia. De los alcances del financiamaento Art. '120 El financiamiento comprende: a) Subvenci6n a los investigadores. b) Pago por las actividades de apoyo o de servicios. c) Adquisici6n de materiales, maquinaria, equipos, insumos y costo de d) e) f) g) h) instalaciones Publicaci6n Pago por registro y mantenimiento de patentes. Apoyo al desarrollo de trabajos de investigaci6n mediante concurso para optar, mediante tesis, el Titulo Profesional y grados academicos. Apoyo a la participaci6n de los integrantes de la Universidad, como expositores en eventos acad6micos. Apoyo a investigadores visitantes. De la Subvenci6n a los investigadores Art. 130 subvenci6n, destinado a los miembros del equipo de investigaci6n en conjunto, sera establecido por las bases de cada concurso . El monto de la Art. 14o El jefe del proyecto fijar6 el porcentaje de subvenci6n que le corresponda a cada participante del proyecto, seg[n la dedicaci6n horaria, categoria, experiencia y calificaci6n. 〆 UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA /1127 物 焼 2 2 JUL 2013 CAP|TULO III DE LA ESTRUCTURA DEL PROYECTO DE INVESTIGACTON Del Perfil de proyecto Art. 15o El perfil del proyecto seri presentado al Director del lnstituto General de lnvestigaci6n de la Universidad (lGl) o al Director del lnstituto de lnvestigaci6n de la Facultad, seg[n sea el caso. Del contenido Art. 160 El perfil del proyecto, tendr6 los siguientes elementos: a) b) c) d) e) 0 S) h) i) j) k) l) Titulo de la lnvestigaci6n Nombre, grado del lnvestigador o lnvestigadores Nombre del lnstituto donde se llevar5 a cabo la investigaci6n Resumen Justificaci6n y potenciales beneficiarios Objetivo Antecedentes Hip6tesis Aportes esperados Descripci6n t6cnica y Metodologia Cronograma, actividades, Presupuesto y financiamiento Referencias De la ficha t6cnica Art.'l7o La ficha t6cnica es el documento oficial de presentaci6n de un proyecto de investigaci6n que tiene caracter de Declaraci6n Jurada es llenada y firmada por el Jefe del Proyecto en el formato oficial proporcionado por el lnstituto de lnvestigaci6n. De los proyectos interdisciplinarios Art. 180 Los proyectos interdisciplinarios que comprometan los recursos de las Facultades deber6n contar con la aprobaci6n del Decano para el aspecto financiero. UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA 物 /1127 丘%降 2 2 JuL 2013 CAPITULO IV DE LA EVALUACION Y LA APROBACION DE LOS PROYECTOS De los criterios de evaluaci6n Art. '190 El Vicerrector de lnvestigaci6n a propuesta del Director del lGl establecer6 los criterios de evaluaci6n de los proyectos y se publicaren anualmente. Del Comit6 de lnvestigaci6n Art.2oo El lnstituto de lnvestigaci6n de cada Facultad contar5 con un Comit6 de lnvestigaci6n (Cl), encargado de evaluar, aprobar, supervisar, cancelar el perfil y establecer el monto de la subvenci6n. Art.21o El Comit6 de lnvestigaci6n estard conformado por el Director del lnstituto de lnvestigaci6n y dos profesores con grado de Doctor, designados por el Consejo de Facultad a propuesta del Director. Art. 220 En el caso de los proyectos interdisciplinarios ia evaluaci6n la rcalizate el comit6 designado por el Rector a propuesta del Director del lGl. el Comit6 de lnvestigaci6n elevar5 de Facultad para su aprobaci6n. investigaci6n al Consejo Art.23o En las Facultades, Art.24o Todo proyecto de investigaci6n aprobado en la los proyectos Universidad y de las tesis aprobadas en el posgrado son registradas en el lGl. De los criterios para la aprobaci6n de los proyectos Art. 25o Los criterios para la aprobaci6n de un Proyecto ser6n concordantes con: a) b) La Politica General de lnvestigaci6n de la Universidad. Las lineas de investigaci6n establecidas y el Plan Unico de lnvestigaci6n de la Universidad. UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA qrr"lr"rn -flfrrbrr/ JC Z 1t2? 2 2 JUL. 2013 capirulo v DEL CONTROL DEL AVANCE DE LOS PROYECTOS Del control de avance Art.26o El jefe del proyecto es responsable del control del avance del proyecto y del manejo econ6mico; el director de investigaci6n tiene la obligaci6n de supervisar el avance y ejecuci6n del presupuesto seg[n el cronograma y plan de trabajo. De los informes Nt.27o El jefe del proyecto de lnvestigaci6n presentar6 informes econ6micos y t6cnicos de los avances, peri6dicamente, al lnstituto de investigaci6n seg0n las directivas vigentes. Art.28o Los informes seran presentados de acuerdo al cronograma establecido. El informe final incluye una exposici6n p0blica y la publicaci6n de los resultados. Art. 29o El Informe de avance consignara la siguiente informaci6n: a) b) Cronograma. Relaci6n de participantes. c) La descripci6n de las actividades. Los resultados parciales. Los planos, esquemas, informes de consultoria, etc. (en anexos). d) e) Art. 30' El informe final comprende: a) Los resultados, conclusiones y recomendaciones. b) El inventario valorizado de los equipos o instrumentos c) adquiridos o construidos con fondos asignados al proyecto. La relaci6n del material sobrante y productos obtenidos durante la ejecuci6n del proyecto y su valor de venta estimado. d) La relaci6n del material bibliogrSfico adquirido con proyecto. el presupuesto del UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA /1127 物 % 2 2 」 UL 2013 Del destino de los bienes, instalaciones y equipos Art.31o Los equipos, las instalaciones, los instrumentos, el material bibliogr6fico, los bienes y excedentes en general, derivados de los proyectos de investigaci6n, ser6n destinados por el Decano o el Rector, seg0n sea el caso, a las dependencias de la Universidad, a propuesta del Director del lnstituto de lnvestigaci6n respectivo. CAP|TULO VI DE LA SUPERVISIoN Y CANCELACION DE LOS PROYECTOS De la supervisi6n Art.32o El Director del lnstituto General de lnvestigaci6n, informar6, peri6dicamente, sobre el control y el avance de los proyectos al Vicerrector de lnvestigaci6n. Art.33o desarrollo de los proyectos de investigaci6n serdn supervisados, peri6dicamente, por el Comit6 de lnvestigaci6n, el que verificar5 el cumplimiento del cronograma y metas establecidas. En el caso del lcl, este convocar6 a una comisi6n Ad hoc de especialistas para ese fin. El De la suspensi6n o cancelaci6n Art.34o El Comite de lnvestigaci6n o el Vicerrector de lnvestigaci6n a solicitud del director del lcl poclra suspender o cancelar un proyecto de investigaci6n, por razones debidamente justificadas y cuando, a su juicio, la situaci6n asi lo requiera, o a solicitud del jefe del proyecto. Art. 35o La cancelaci6n de un proyecto procede en los siguientes casos: a) Cuando los informes de avance, peri6dicamente presentados, no muestren resultados satisfactorios o cuando el desarrollo del proyecto no conduzca al logro de los objetivos y metas propuestas. b) Cuando los recursos asignados al proyecto, no son utilizados de acuerdo con sus fines. c) / Por incumplimiento, en tres oportunidades, de los plazos fijados para la presentaci6n de los informes. 7 UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA /1127 物 2 2 JUL EOB Art. 360 La cancelaci6n de los proyectos serA comunicada por el Director del lnstituto de lnvestigaci6n al Jefe del Proyecto, al Decano, al Director del lnstituto General de lnvestigaci6n y al Jefe de la Oficina de Control lnstitucional de la Universidad, para las acciones administrativas o legales pertinentes. CAP|TULO VII DE LA PUBLICACdN De la publicaci6n el lGl ser6 considerado tecnicamente finalizado y sujeta a la publicaci6n, si contiene la carta de recepci6n del articulo producto de la investigaci6n para su publicaci6n en una revista especializada inscrita en el cat6logo lSl (/nstttute for Scientific lnformation), SCIELO (Scientific Electr6nic Library Online), TECNIA o alguna revista intemacional especializada de reconocido prestigio. Art.37" Cada Proyecto de lnvestigaci6n registrado en Del financiamiento de la publicaci6n Art.38o El Comit6 de lnvestigaci6n aprobard las solicitudes de financiamiento de las publicaciones. El lGl podr6 cofinanciar las publicaciones aprobadas por las Facultades a solicitud del Director del lnstituto de lnvestigaci6n con el visto bueno del Decano. CAP|TULO VIII DEL APOYO A LAS TESIS Del destino del financiamiento Art.3go El apoyo que se brinde para la realizaci6n de tesis para optar el Titulo Profesional o el grado de Maestro o de Doctor serS (nicamente para los materiales, publicaciones y subvenci6n al tesista mediante concurso, y sujeto a la disponibilidad presupuestaria. 00 UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA /1127 物 g,^..22JU1.2013 De la evaluaci6n y control Art 40。 Para la evaluaci6n y control del avance de la tesis, los tesistas presentar5n los informes de avance y el informe final, con la aprobaci6n del asesor de la tesis; dentro de los plazos que se establezcan. CAPITULO IX DEL APOYO FINANCIERO A LOS INVESTIGADORES Del apoyo a profesores becados de posgrado Art.41o Se dar6 apoyo financiero, para cubrir gastos de pasajes a los profesores de la Universidad, becados para estudios de postgrado o investigaci6n, siempre que hayan sido presentados por la Universidad. El lGl podrS complementar los gastos seffalados, dependiendo de la naturaleza y trascendencia de la beca. Del apoyo a profesores visitantes e invitados Art.42o Se dar6 apoyo financiero a profesores visitantes, invitados por la UNI para apoyar actividades de investigaci6n. El apoyo financiero podr6 cubrir gastos de estadia, pasajes y seguros, por un per[odo mSximo de cuatro meses seg[n la disponibilidad de recursos. El lcl podra complementar los gastos seflalados, dependiendo de la naturaleza, importancia y trascendencia de la presencia de los profesores visitantes. CAPITULO X DE LA CULMINACION DE LOS PROYECTOS Art. 43o El Comit6 de lnvestigaci6n dar6 por concluido el proyecto de lnvestigaci6n con la evaluaci6n del informe final. El Director del lnstituto de lnvestigaci6n elevar6 un caso, Vicerrector Academico, seg0n sea informe Decano recomendando el financiamiento de su publicaci6n, cuando lo considere conveniente. al el o al Art.44o El resultado final o parcial de un proyecto estar6n normados por el Reglamento de Propiedad lntelectual en la Universidad Nacional de lngenierla. 9 UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA ,flrUr"ar, -gf*brr/ ,j6: ltz? y-,.,2ZJULzo13 D]SPOSICIONES FINALES PRIMERA: Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan al presente Reglamento. SEGUNDA: El presente Reglamento entrar6 en vigencia al dia siguiente de su publicaci6n en 'La Gaceta', 6rgano oficial de la Universidad Nacional de lngenieria. TERCERA: Constitfyase un fondo en las Facultades y en el lcl, para financiar publicaci6n de los trabajos de investigaci6n concluidos. 10 la
Documentos relacionados
para: decanos, coordinadores academicos, grupos de
tecnol69ico; - 2. Fortalecimiento de la capacidad cientifica tecnol69ica; -3. Apropiacion social de conocimiento; -4. Mejoramiento de las capacidades productivas. Defina las caracteristicas t6cnica...
Más detalles