Poder Judicial de la Nación
Transcripción
Poder Judicial de la Nación
Poder Judicial de la Nación Expediente “UAF” 15/20 15/2013. /2013.13.Buenos Aires, de septiembre de 2013.- VISTO Y CONSIDERANDO: 1°) Que, por las presentes actuaciones tramita la contratación de un servicio de auditoría de medios de comunicación, a fin de relevar la exteriorización de gastos de campaña de los candidatos y sus agrupaciones, tendientes a la captación del voto con motivo de las elecciones legislativas nacionales del 27 de octubre próximo, previendo el comienzo de la cobertura desde el día de la contratación. Cabe acotar, que dicho relevamiento no implica el monitoreo de toda aparición de un candidato en un medio de comunicación, sino sólo de aquellas actividades de proselitismo, como lanzamiento de candidaturas, actos de difusión de propuestas, viajes y toda otra tarea que desarrolle el candidato USO OFICIAL tendiente a la promoción de su figura y la captación del voto. 2°) Que, la presente contratación se vincula con lo dispuesto en el art. 4° de la ley 19.108 (modif. por ley 26.215) en su inciso e), referente a las atribuciones de la Cámara Nacional Electoral de “implementar un sistema de auditoría de medios de comunicación”. 3°) Que, en función de la autorización conferida al Secretario de Actuación Electoral, mediante resolución C.N.E del 25 de julio de 2013 (fs. 37), sé procedió a sustanciar la correspondiente convocatoria, efectuando las publicaciones pertinentes, según consta a fs. 40/45. 4°) Que, acompañan los presentes actuados, conforme a lo dispuesto en la reglamentación del art. 62 de la Ley de Contabilidad, la planilla de solicitud de presupuestos (fs. 46) y las invitaciones cursadas a seis (6) firmas especializadas que a continuación se detallan: SYC Online S.A.; Infoxel S.A.; Management Press; CVA Medios; Ejes de Comunicación S.A. y Globalnews / International Media Consulting Group S.A. (fs. 47/59). 5°) Que, según consta en el acta de apertura del 15 de agosto del corriente (fs. 62), se recibió una (1) sola oferta de la firma International Media Consulting Group S.A., por la suma de pesos cuarenta mil ($ 40.000.-). Obran en el expediente: la garantía de oferta entregada (fs. 63/64), la propuesta recibida (fs. 65/127) y el pertinente cuadro comparativo (fs. 128). 6°) Que, en relación al análisis formal y de presentación, la titular de la Unidad de Administración Financiera informa que la propuesta recibida ha dado cumplimiento con los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones (fs. 129). A su vez, el informe técnico elaborado por el señor coordinador del Cuerpo de Auditores señala que: “la propuesta del oferente alcanza a satisfacer las especificaciones técnicas del servicio solicitado” (fs. 131). 7°) Que, consultada la Dirección General de Administración Financiera –a través de su Departamento de Liquidación de Gastos, División Técnica– informa que el oferente no registran sanción alguna (fs.137/140). 8°) Que, se expidió la Comisión de Preadjudicaciones emitiendo el dictamen 5/2013 señalando que, habiendo analizado la propuesta y valorado el informe técnico presentado por el señor coordinador del Cuerpo de Auditores Contadores, aconseja adjudicar a la oferta de la firma INTERNATIONAL MEDIA CONSULTING GROUP S.A. (IMCG) (fs. 141). 9°) Que, la Unidad de Administración Financiera realizó la reserva presupuestaria definitiva con cargo a la partida “Fondo de Auditores Contadores”, establecido según el art. 4°, inc. d) de la ley 19.108 (modif. por ley 26.215) ver fs. 148. 10°) Que, el actual procedimiento encuadra en lo previsto en el art. 56, inc. 3°, apart. a) de la Ley de Contabilidad y el art. 62 de la citada norma legal en su inc. 10°, incorporado mediante decreto reglamentario 5720/72, vigente en el ámbito del Poder Judicial de la Nación por resolución C.S.J.N. N° 1562/00. 11) Que el presente acto administrativo se realiza, en virtud de las atribuciones especiales de la Cámara Nacional Electoral respecto a la administración de los recursos destinados al Cuerpo de Auditores Contadores, según se establece en el art. 4°, inc. f) de la ley 19.108 (modif. por ley 26.215) y en la Acordada N° 21/07 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación 12) Que mediante Acordada 135/08, esta Cámara estableció que cualquier erogación cuyo monto supere los pesos cinco mil ($ 5.000.-) debe ser autorizada por el Tribunal, previo informe del Secretario del área que justifique la necesidad (fs. 150/151). En consecuencia, la Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Adjudicar la contratación del servicio de auditoria de medios para el relevamiento de gastos de campaña a la firma International Media Consulting Group S.A. por única oferta y precio equitativo, por la suma de pesos cuarenta mil ($ 40.000.-). 2°) Imputar el correspondiente gasto a la partida “Fondo de Auditores Contadores”. Poder Judicial de la Nación Regístrese y póngase en conocimiento del Cuerpo de Auditores Contadores. Cumplido, remítase a la Unidad de Administración Financiera para la prosecución del trámite. El señor Presidente del Tribunal, doctor Alberto Ricardo Dalla Via, no interviene en atención a lo dispuesto por encontrarse en uso de licencia (art. 109 del Reglamento para la Justicia Nacional).- USO OFICIAL Fdo.:Dr. Rodolfo Emilio Munné, Vicepresidente – Dr. Santiago H. Corcuera, Juez de Cámara. Ante mí, Sebastián Schimmel, Secrertario de Actuación Electoral.-