convenio en formato pdf - Universidad Simón Bolívar
Transcripción
convenio en formato pdf - Universidad Simón Bolívar
POLITE CNICO D I M I LANO • UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR CONVENIO DE INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES ENTRE LA UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR (Venezuela) Y EL POLITÉCNICO DE MILANO (Italia) ::~~·s~.;~:~·:~.- '· Entre la Universidad Simón Bolívar, Institución de Educación Superior, creada por Decreto t):) a' ·( Presidencia de la República Nº 878 de fecha 18 de julio de 1967, publicado en la Gaceta Ofi i~f e la República de Venezuela Nº 28.387, de fecha 22 de julio de 1967, modificado por el Dec ~o Nº . : ' ·, Nº 94 de fecha 09 de julio de 1969, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venez 1 28.968, de fecha 12 de julio de 1969, cuya autonomía consta en el Decreto Nº 755, de fecha~ 8 de ~ julio de 1995, emanado de la Presidencia de la República y debidamente publicado en la G \~eta , · · Oficial de la República de Venezuela Nº 35 .756, de fecha 19 de julio de 1995, e inscrita en 'e:l:_ · · Registro de Información Fiscal bajo el Nº G-20000063-5, ubicada en Sartenejas, Municipio Autónomo de Baruta del · Estado Miranda, Venezuela, la cual en lo sucesivo y a los efectos del presente Convenio "Se· de110minará ;11.'USB", >.debidamente representada en este acto por su Rector, profesor Dr. Enrique Aurelio Planchart R, mayor de edad, de nacionalidad Venezolana, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº l. 716.499; debidamente facultado según consta en el Acta de Proclamación de fecha 28 de mayo de 2009 y en el Acta de Juramentación y Toma de Posesión de fec~1a ~ ~ dy jpli~ P S2,q,p<¡'! Xid~~~$~&eb~~; ~~,tQr}~ap8 ~Q, ~?s,ióp ~11 Consejo Directivo ol.~te~111,~~ P.~ ~1lano, Facult~d~s de del dí~ ~l de marzo ,d~, iºl.~\ ~or., ~p~,¡>~ft~ · ·gr · ~, Ingemena. y Faculta~ de Ar~q~1t~~~~r~ ,~ 1, ~ "·J ,~i ~: ·~ e~sEt~zza Leonardo da V111c1 32, r, ,, · ~trgag,p del Rector para Redes 20133 Milano (ltaha), y represeµtado ~n < ~.,; ..,;,, Internacionales, Prof. Giancarlo . Spinelli~ gonviérieri)-értovar'.elpresente' convenio suscrito en fecha 1Ode DiÓiembre de 2002,"de aoti~rdb.~&rfld si'gli'ient~füw :;, "'! .""' ' . ,f:~¡ f '' f:/' ~.'§:; ' . ·":!'::}:~-:\> ;' ~·~f,;:~f.~i\:,.;,'.<+.~:1;\Ú,, '. ria 1. OBJETIVO ( .11IJ1·· \'2 El presente convenio tiene enseñanza. · la;..~,in~l~ªª4t<le a~1a~ol1ttr it:ttefcatnbíosr~cadémicos y de cooperación en .. t ;;'. .) 1:' ,., " ·''' .\• --: . · "'' S' · , y¡¡ 2. ACTIVIDADES PREVISTAS El convenio prevé actividades de intercambio de estudiantes. La duración del período de intercambio será establecida por ·las · dos ,partes según el 1 plan de estudios definido para los estudiantes ·participantes." Sin erhbarg6, no podrá ser inferior a ' los seis meses o superior a un año académico. 1 '' ' 1 ;,, 3. ESTUDIA.l'i!TES fAR'.f:ICIPA~TES , ,: , 1, '· · ,¡;:J \l i1 . 1d,1, ,, Cada año partici~atá~· por cada'' in~titÚciÓn· tu~ »má,dqió: lde : 5 ' ~stltdiantes para las Facultades de Ingeniería, y un máximo de 4 esfüdiantes por 1dda i~stitttción'- para la Facultad de Arquitectura y Sociedad. · '· 11 4. GASTOS Los gastos de viaje y estancia de los estudiantes correrán por cuenta de los párticipantes. La Universidad que recibe se compromete a facilitar los procedimientos de acogida de los estudiantes y darles las mismas facilidades previstas para sus ptopios estudiantes. Convenio entre la USB y P. Milano, Italia Abr 2012 113 • UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR "a~.$' IJ!.Noe c La Universidad de origen debe garantizar, antes de la partida de los estudiantes, que éstos estén - -- · cubiertos por los seguros médicos requeridos. Ninguna de las universidades, la de origen y Ja de acogida, tendrá alguna obligación financie;.:r..::ª.:..·----~ Los estudiantes que participen en el intercambio pagarán los derechos de matrícula y de asistencia ....."-"'" sólo en la Universidad de origen. /"-:( ''' · · .• / · 1 No se exigirá ningún tipo de tasas por el establecimiento de acogida durante la durac~ó "del ~~te~";~;: ·.••· Cada institución designará un responsable del programa de intercambio. ( '\ , ' ~\ ·; '";'i'fnr/ .. . ~:..-::. Este representante realizará el seguimiento de los estudiantes participantes desde su incorpora'0~1r1:' ·:!·,e "'" \' hasta el momento de la finalización de sus actividades académicas; permanecerá en contacto coñ~·~.:~ .:..::...-·· ellos durante su estadía; velará para que el proceso de reconocimiento de las actividades académicas realizadas por el estudiante sea satisfactorio al regresar a su universidad de origen. >. . Este representante además acogerá a los estudiantes de la otra universidad que participarán en el intercambio desde el momento de su llegad<1 ala úntvew~igad de destino; controlará periódicamente como se desenvuelven con el programa "dé 1 ··~~tudlos cl~f~hte ¡:¡u permanencia en la institución de acogida; verificará que las oficinas 'contpeténtes ··enJf' propja•'tl:Jniversidad compilen de modo adecuado los documentos necés!ll'i0s..para···ef' reconocimfento 'efiP·1a l.miversidad de origen de las actividades desarrolladas en el curso del periodo"de intercambio:'"' . ···;. .·,. '>.~ ~·,' \-. , -~;.. ' . ·~' 'W~;';';,t.e~_;,:~>- .· "'>'<\e<~~~-.. '°';~-' Con el objeto de coordinaf' y-prómoeionar las actividadesprevis{as' en 'este Convenio, s.e designan como responsables; por parte de la "USB" ál Director de Relaciorics lnt~rnacionales, actualmente a cargo del profesor Héctor'Máldbnado Lira, y por parte del J>.oHtécbico de Milano el Delegado del Rector para Redes Internacionales, Prof. Giancarlo Spinelli. t ' \. . :· t~: !fi_· .:.)\ _\ _ .:. _ _ -~:· -:- . _, .' !t·~ i.~~ lx:i; ·>·. ' . 6. PROGRAMA DE ESTUDidS Y' :REó::>NOCI~lENTt) At}tt1E-NiJco :··:' El programa de estudios de los estudiantes que participarán en las actividades de intercambio será acordado previamente a la partida de los mismos, y sometido a la aprobación de las respectivas dependencias académicas competentes. Deberá ser garantizado el pleno reconocimiento de las actividades desarrolladas en el período de intercambio; la transferencia de créditos académicos será decidida por ambas partes y será determinada por las dependencias académicas competentes. 7. SEGURIDAD, PREVENCIÓN El estudiante participante del intercambio, deberá contratar un seguro de accidentes y vida, tramitado por cuenta propia. 8. DURACIÓN El presente convenio entrará en vigor en la fecha de Ja firma de ambas partes y tendrá una duración de cinco (5) años. Podrá ser renovado, previa verificación de las actividades efectivamente desarrolladas durante su vigencia y previo acuerd<;> entre las partes. 9. MODIFICACIONES Convenio entre la USB y P. Milano, Italia Abr 2012 213 ,_,. . ,. POLITECNICO DI MILANO UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR Las partes pueden, de mutuo acuerdo, aportar modificaciones al presente acuerdo. 1O. RESCISIÓN f Cada una de las partes podrá comunicar la rescisión de este convenio en cualquier momento, e . · quedará sin efecto a los 180 días de la llegada de la notificación o comunicación de la rescis ' la . . ·. contraparte. Todas las actividades que se encuentren efectivas al momento de esta noti · 'p<\'ción, . · ~ - ·., . deberán mantenerse hasta su culminación. ( 1~·, ., ,'. i , i~ <·a· ~, 11. CONTROVERSIAS Las partes concuerdan resolver amigablemente cualquier controversia que pueda surgir interpretación del acuerdo. ·~ , (:¡,}µ , " ~........ ·: . ..... ; \' 1 .. 12. IDIOMA El presente convenio ha sido firmado en cuatro originales, dos en inglés y dos en español, En Sartenejas, Venezuela / P;_j_; I cZJ En Milano, Italia t~ Í J .El Delegado .de Redes · · PoHtécnico'di Milano . / ~¿ Internacionales del t<r''ao< " .(.76:. ~~.. . ,14" d Giincarlo SPINELL;;:· · . .. Convenio entre la USB y P. Milano, Italia Abr 2012 313