San Isidro, 25 de Noviembre de 2016 Señores CLUB SPORTING
Transcripción
San Isidro, 25 de Noviembre de 2016 Señores CLUB SPORTING
Carta N° 147-DOD / CJ / ADFP –2016 San Isidro, 25 de Noviembre de 2016 Señores CLUB SPORTING CRISTAL Presente.De mi consideración: Por medio de la presente, transcribo a usted, la Resolución N°147-CJ/ADFP-2016, emitida por la Comisión de Justicia de la ADFP en la sesión de fecha 24 de Noviembre del 2016. RES. No. 147 – CJ-ADFP-2016 San Isidro, 24 de noviembre del año Dos mil dieciséis.- VISTOS: El Escrito de fecha 31 de octubre de 2016, presentado por el Club Sporting Cristal S.A, por el cual solicita se le adjudiquen los puntos del encuentro disputado con el Club Real Atlético Garcilaso, en aplicación de los alcances de las Resoluciones 073CJ/ADFP-2016 y 086-CJ/ADFP-2016, expedidas por esta Comisión. CONSIDERANDO: Primero: Que, con fecha 24 de noviembre del 2016, la Comisión de Justicia de la Federación Peruana de Futbol emite la Resolución N° 060-CJ-FPF-2016, mediante la cual revoca los alcances de la Resolución N° 073-CJ/ADFP-2016, quedando sin efecto las sanciones y obligaciones establecidas al Club Real Atlético Garcilaso. Segundo: Que, habiendo quedado sin efecto los alcances de la Resolución N° 073-CJ/ADFP-2016, la solicitud de asignación de puntos carece de sustento. Por las consideraciones antes expuestas. SE RESUELVE: Declarar Improcedente la solicitud efectuada por el Club Sporting Cristal S.A. Regístrese y Notifíquese………………… S.S. IVAN VEGA ALFEROFF JOSE MIGUEL RODRIGUEZ CUBA LUIS NAVAL GARCIA MIGUEL YAGI HIGA ---------------------------------------------------------------------Sr. IVAN VEGA ALFEROFF Presidente de la Comisión de Justicia de la ADFP