capitulo iv - Hospital de Angol
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capitulo iv - Hospital de Angol
SERVICIO SALUD ARAUCANIA NORTE HOSPITAL ANGOL DEPTO. DE RR.HH. MANUAL SUPLENCIAS Y/O REEMPLAZOS HOSPITAL DE ANGOL RECURSOS HUMANOS Departamento de Recursos Humanos Hospital de Angol IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE MATERIAS DE PERSONAL 1.- ASIGNACION DE TURNOS Y HORAS EXTRAORDINARIAS 1.1- Con la finalidad de no incurrir en irregularidades y en ilegalidades de acuerdo a la ley 19.937/04, que establece la incompatibilidad de realizar horas extraordinarias a aquellos funcionarios que tienen asignación de turno, la Dirección del Hospital de Angol solicita a las Supervisoras y Jefes de Servicio que gestionen su recurso humano, esto significa colocar a funcionarios que no tienen asignación de turnos para reemplazos o deficiencias de personal que deban cubrirse con horas extraordinarias. Por lo tanto los funcionarios con asignación de turno no deben realizar trabajos extraordinarios ya que la ley no lo autoriza, salvo urgencias sanitarias (catástrofes, terremotos, etc.) 2.- PERMISOS ADMINISTRATIVOS 2.1.- Los permisos administrativos deberán ser solicitados con la debida anticipación, siendo una facultad discrecional de su Jefe Directo otorgarlo o negarlo, privilegiando con esta medida que no se deteriore la atención directa al paciente, ni se altere el normal funcionamiento del servicio. Los Jefes de Servicios y/o Supervisoras deben desplegar el sentido de los días administrativos, de forma tal, que no sean programables (no son feriados legales). Siendo la Jefatura Responsable de GESTIONAR el uso de recurso, aplicando CRITERIO que aumente la eficiencia de la ORGANIZACIÓN. POLITICAS DE SUPLENCIAS Y/O REEMPLAZOS Licencias Comunes: - En períodos superiores a 11 días y según índice ocupacional y categorización del paciente. Cuando se registra un ausentismo superior al 25% en la dotación de un mismo estamento del Servicio o Unidad, considerando índice ocupacional y categorización. Licencias Maternales: - Se reemplazarán en lo posible en un 100% según prioridad de los Servicios Clínicos y disponibilidad presupuestaria. Licencias, Feriados Legales y Compensatorios en Servicios Críticos: - Se reemplazará, cuando el personal es UNICO y desarrolla labor asistencial y por ausencias superiores a 15 y 10 días respectivamente. Servicios Críticos donde exista un Profesional único y desarrolle labor asistencial: Feriado Legal y Complementario Cargo 28 hrs. (Ley 15.076) - Se reemplazará en un 100%. Se reemplazarán: - 05 días Feriado = 1 Turno - 10 días Feriado = 2 Turno - 15 días Feriado = 3 Turno Cuya modalidad de pago será mediante Consultoría de Llamada. Personal - No se reemplazará. - Feriado Legal del Administrativo: Profesionales Médicos liberados de - No se reemplazarán. Guardia: - Se aprobarán reemplazos para evitar pasar de 4to. a 3er. Turno, siempre que esto signifique un ahorro de recursos para la Institución. - Cada Jefe de Servicio será responsable de enviar con la debida anticipación las peticiones de reemplazo para su evaluación y autorización.