capitulo iv - Hospital de Angol

Transcripción

capitulo iv - Hospital de Angol
SERVICIO SALUD ARAUCANIA NORTE
HOSPITAL ANGOL
DEPTO. DE RR.HH.
MANUAL
SUPLENCIAS Y/O REEMPLAZOS
HOSPITAL DE ANGOL
RECURSOS HUMANOS
Departamento de Recursos Humanos
Hospital de Angol
IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE
MATERIAS DE PERSONAL
1.- ASIGNACION DE TURNOS Y HORAS
EXTRAORDINARIAS
1.1- Con la finalidad de no incurrir en irregularidades y en ilegalidades de
acuerdo a la ley 19.937/04, que establece la incompatibilidad de realizar
horas extraordinarias a aquellos funcionarios que tienen asignación de
turno, la Dirección del Hospital de Angol solicita a las Supervisoras y
Jefes de Servicio que gestionen su recurso humano, esto significa
colocar a funcionarios que no tienen asignación de turnos para
reemplazos o deficiencias de personal que deban cubrirse con horas
extraordinarias. Por lo tanto los funcionarios con asignación de turno
no deben realizar trabajos extraordinarios ya que la ley no lo autoriza,
salvo urgencias sanitarias (catástrofes, terremotos, etc.)
2.- PERMISOS ADMINISTRATIVOS
2.1.- Los permisos administrativos deberán ser solicitados con la debida
anticipación, siendo una facultad discrecional de su Jefe Directo
otorgarlo o negarlo, privilegiando con esta medida que no se deteriore la
atención directa al paciente, ni se altere el normal funcionamiento del
servicio.
Los Jefes de Servicios y/o Supervisoras deben desplegar el sentido de los
días administrativos, de forma tal, que no sean programables (no son
feriados legales). Siendo la Jefatura Responsable de GESTIONAR el
uso de recurso, aplicando CRITERIO que aumente la eficiencia de la
ORGANIZACIÓN.
POLITICAS DE SUPLENCIAS Y/O REEMPLAZOS
Licencias Comunes:
-
En períodos superiores a 11 días y
según
índice
ocupacional
y
categorización del paciente.
Cuando se registra un ausentismo
superior al 25% en la dotación de
un mismo estamento del Servicio o
Unidad,
considerando
índice
ocupacional y categorización.
Licencias Maternales:
-
Se reemplazarán en lo posible en
un 100% según prioridad de los
Servicios Clínicos y disponibilidad
presupuestaria.
Licencias,
Feriados
Legales
y
Compensatorios en Servicios Críticos:
-
Se
reemplazará,
cuando
el
personal es UNICO y desarrolla
labor asistencial y por ausencias
superiores a 15 y 10 días
respectivamente.
Servicios Críticos donde exista un
Profesional único y desarrolle labor
asistencial:
Feriado Legal y Complementario Cargo
28 hrs. (Ley 15.076)
-
Se reemplazará en un 100%.
Se reemplazarán:
- 05 días Feriado = 1 Turno
- 10 días Feriado = 2 Turno
- 15 días Feriado = 3 Turno
Cuya modalidad de pago será mediante
Consultoría de Llamada.
Personal
- No se reemplazará.
-
Feriado
Legal
del
Administrativo:
Profesionales Médicos liberados de
- No se reemplazarán.
Guardia:
- Se aprobarán reemplazos para evitar pasar de 4to. a 3er. Turno, siempre que esto
signifique un ahorro de recursos para la Institución.
- Cada Jefe de Servicio será responsable de enviar con la debida anticipación las
peticiones de reemplazo para su evaluación y autorización.