COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS Y REMUNERACIONES

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COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS Y REMUNERACIONES
COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS Y REMUNERACIONES
La composición del Comité de Nombramientos y Remuneraciones de CAIXALMASSORA es la
siguiente:
NOMBRE DEL CONSEJERO
Don Miguel Serra Escorihuela
Doña Raquel Cuecos Safont
Don José Luis Ballester Chiva

CARGO
Presidente
Secretaria
Vocal
Funciones del Comité de Nombramientos y Remuneraciones:
El Comité tiene como funciones principales en materia de remuneraciones:
1) Aprobar el esquema general de la compensación retributiva de la entidad, tanto en
lo que se refiere a sus conceptos, como al sistema de su percepción.
2) Aprobar la política de retribución de la alta dirección, así como las condiciones
básicas de sus contratos.
3) Supervisar la remuneración de aquellos empleados que tengan una retribución
significativa y cuyas actividades profesionales incidan de una manera significativa en el
perfil de riesgo de la entidad, atendiendo a principios de proporcionalidad en razón de
la dimensión, organización interna, naturaleza y ámbito de actividad de la entidad.
4) Supervisar la remuneración de los responsables de las funciones de riesgos,
auditoría, control interno y cumplimiento normativo.
5) Supervisar la evaluación de la aplicación de la política de remuneración, al menos
anualmente, al objeto de verificar si se cumplen las pautas y los procedimientos de
remuneración adoptados por el Comité.
6) Emitir anualmente un informe sobre la política de retribución de los Consejeros para
someterlo al Consejo Rector, dando cuenta de éste cada año a la Asamblea General
Ordinaria, en el caso de que las remuneraciones no sean exactamente las dietas de
asistencia al Consejo y hubiese diferencia de importe en función del grado de
dedicación a la entidad, excluyendo la mera asistencia a los comités constituidos
dentro del seno del Consejo Rector.
7) Velar por la observancia de la política retributiva establecida en la Entidad y por la
transparencia de las retribuciones y la inclusión de la información necesaria en los
informes correspondientes (Memoria Anual, Informe de Gobierno Corporativo, Informe
de Relevancia Prudencial). Con este objetivo revisará anualmente los principios en los
que está basada la misma y verificará el cumplimiento de sus objetivos y su
adecuación a la normativa, estándares y principios nacionales e internacionales.
8) Informar al Consejo Rector sobre la implementación y correcta aplicación de la
política.
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El Comité tiene como funciones principales en materia de nombramientos:
1) Realizar la valoración de la idoneidad de las Personas Sujetas a las que se refiere la
Ley 10/2014 y el Real Decreto 256/2013, de 12 de abril, por el que se incorpora a la
normativa de las entidades de crédito los criterios de la Autoridad Bancaria Europea de
22 de noviembre de 2012, sobre la evaluación de la adecuación de los miembros del
órgano de administración y de los titulares de funciones clave.
2) Proceder a una evaluación periódica anual de la idoneidad de las Personas Sujetas y,
en particular, siempre que se conozca el acaecimiento de una circunstancia
sobrevenida que pueda modificar su idoneidad para el cargo para el que haya sido
nombrada.
3) Designar a aquellas personas que, además de las incluidas expresamente en el
“Manual de Procedimiento de Evaluación de Idoneidad de Consejeros y Personal Clave”
de la Entidad, puedan llegar a tener la consideración de Personas Sujetas conforme al
Real Decreto 256/2012.
4) Determinar los requisitos de formación, tanto inicial como periódica que deba
recibir toda Persona Sujeta y, en particular, los miembros del Consejo Rector.
5) Proponer al Consejo Rector la modificación del presente Reglamento así como la
modificación del “Manual de Procedimiento de Evaluación de Idoneidad de Consejeros
y Personal Clave” de la Entidad.
6) Aquellas otras que le hubiesen sido asignadas en el Reglamento del Comité de
Nombramientos y Remuneraciones o le fueran atribuidas por decisión del Consejo
Rector.
7) Identificar y recomendar, con vistas a su aprobación por el Consejo Rector o por la
Junta General, candidatos para proveer vacantes del Consejo Rector.
8) Proceder a una evaluación periódica anual de la estructura, el tamaño, la
composición y la actuación del Consejo Rector, haciendo recomendaciones al mismo,
con respecto a determinados cambios.
9) Establecer un objetivo de representación para el sexo menos representado en el
Consejo Rector y elaborar orientaciones sobre cómo aumentar el número de personas
del sexo menos representado con miras a alcanzar dicho objetivo.
10) Determinación de la categoría del Consejero, o del candidato a Consejero.
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