Nota de la Agencia Tributaria Leído en la red
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Nota de la Agencia Tributaria Leído en la red
Boletín - jueves, 29 de septiembre de 2016 BOE de 29/09/2016 Pág.2 Nota de la Agencia Tributaria Nuevos sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Agencia Tributaria (Ley 39/2015) Pág.3 Leído en la red 1 Pág.4 Boletín - jueves, 29 de septiembre de 2016 Jueves 29 de septiembre de 2016 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Recursos de inconstitucionalidad Recurso de inconstitucionalidad n.º 2255-2016, contra los artículos 1, 4, 9.1, 11 y 12 de la Ley del Parlamento de Cataluña 14/2015, de 21 de julio, del impuesto sobre las viviendas vacías y de modificación de normas tributarias y de la Ley 3/2012. El Pleno del Tribunal Constitucional, por PDF (BOE-A-2016-8871 - 1 pág. - 147 KB) auto de 20 de Recurso de inconstitucionalidad n.º 2256-2016, contra el art. septiembre actual, en 19.6 de la Ley del Parlamento de Cataluña 16/2015, de 21 de el recurso de julio, de simplificación de la actividad administrativa de la inconstitucionalidad Administración de la Generalidad y de los gobiernos locales de número 2256-2016, Cataluña y de impulso a la actividad económica. promovido por el PDF (BOE-A-2016-8872 - 1 pág. - 146 KB) Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, ha acordado levantar la suspensión 2 Boletín - jueves, 29 de septiembre de 2016 Nota de la Agencia Tributaria Nuevos sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Agencia Tributaria (Ley 39/2015) El 2 de octubre de 2016 es la fecha de entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las presentaciones Esta Ley obliga, entre otros, a las personas jurídicas y a las entidades sin personalidad jurídica a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Entre las entidades sin personalidad jurídica se incluyen las de documentos y solicitudes dirigidos a la Agencia asociaciones, las sociedades civiles, las comunidades de Tributaria deben bienes, realizarse las herencias yacentes y las comunidades de propietarios. obligatoriamente a Esta relación electrónica comprende tanto las notificaciones como través del registro la presentación de documentos y solicitudes a través de registro. electrónico (www.ag La presentación de declaraciones y autoliquidaciones se continuará enciatributaria.gob.e haciendo como hasta ahora, por no estar afectada por la Ley s). 39/2015. Las presentaciones de documentos y solicitudes dirigidos a la Agencia Tributaria deben realizarse obligatoriamente a través del registro electrónico (www.agenciatributaria.gob.es). En el ámbito aduanero, todos los operadores económicos (personas físicas o jurídicas que se relacionan con la Administración para la aplicación de la legislación aduanera en el desarrollo de una actividad profesional) deben efectuar la presentación de los documentos y solicitudes previstos en la legislación aduanera obligatoriamente a través (www.agenciatributaria.gob.es), del registro excluyéndose electrónico únicamente las excepciones establecidas en el Código Aduanero de la Unión y en los Reglamentos que lo desarrollan. El incumplimiento de esta obligación puede ser constitutivo de la infracción tributaria prevista en el artículo 199 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que establece la imposición de una sanción consistente en multa pecuniaria fija de 250 euros. Se excluyen de esta obligación de presentación por vía electrónica las excepciones previstas en el resto de la normativa vigente que obligan a la presentación en papel o soporte físico (originales de avales, documentos notariales, judiciales, etc.). 3 Boletín - jueves, 29 de septiembre de 2016 Leído en la red La banca tendrá la mayor subida de la retención del Impuesto de Sociedades El Gobierno en funciones aprobará mañana viernes un decreto ley para que las empresas de más de 10 millones de facturación adelanten el Impuesto de Sociedades con una cuota general del 23%, lo que permitirá aumentar este mismo año la recaudación en unos 8.000 millones de euros. El cambio en la tributación supone un esfuerzo mayor para los bancos, que estarán obligados a hacer un pago fraccionado del 25% sobre el resultado contable. El decreto, que debe ser convalidado en el Congreso, ha de permitir al Ejecutivo frenar el crecimiento del déficit público por el hundimiento de los ingreses tributarios, especialmente el de sociedades. El Ejecutivo en funciones está obligado, además, a presentar en Bruselas el próximo 15 de octubre la aprobación del cambio en la tributación del Impuesto de Sociedades, para tratar de evitar así una multa de 5.500 millones de euros por incumplimiento del déficit. EL PAÍS 1, 37/EL MUNDO 31/ABC 2, 35/LA VANGUARDIA 55/EL PERIÓDICO 24/LA RAZÓN 36/CINCO DÍAS 1, 30/EL ECONOMISTA 1, 48/AGENCIAS 4