ordenanzas desde 10849 al 10922
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ordenanzas desde 10849 al 10922
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Convalídase el Convenio suscripto entre el ------------Municipio de Tandil representado por el Señor Intendente Municipal, Dr. Miguel Ángel Lunghi y el Señor Oscar José Ramil, LE 5.390.310, obrante de fs 165 a 168 por el cual el Señor Oscar José Ramil reintegrará a la Municipalidad de Tandil los lotes 15, 16 y 17 de la Fracción V, Sección C, Circunscripción X de la Primera Etapa del Parque Industrial de Tandil y todo lo adherido a ellos en forma simultánea con la posesión, habilitación municipal, escrituración y entrega de mejoras y construcciones descriptas en la cláusula 3º del mencionado convenio. Artículo 2º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10849 Asunto Nº 389/93 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Modifícase el artículo 2º de la Ordenanza Nº -------------7684, modificada por Ordenanza Nº 9293, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a transferir a título oneroso a los Señores Salvador Carlino y Aníbal Amaro Hidalgo, la parcela correspondiente a la 1º Etapa del Parque Industrial, cuya nomenclatura catastral es Circ X, Fracción V, Parcela 6 con destino al desarrollo de la actividad industrial de mecanizado de autopartes.” Artículo 2º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10850 Asunto Nº 1018/98 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Apruébase el Reglamento de Funcionamiento y -------------Condiciones para el otorgamiento de subsidios encuadrados en la Ordenanza Nº 9495 y sus modificatorias, Fondo de Ayuda Solidario “Dr. Daniel Ramón Grasso” y que forma parte de la presente como Anexo I. Artículo 2º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10851 Asunto Nº 1051/04 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO Y CONDICIONES, PARA EL OTORGAMIENTO DEL FONDO DE AYUDA SOLIDARIO “Dr. Daniel Ramón Grasso” Capitulo I – DEL PROCEDIMIENTO Artículo 1º: Las solicitudes de subsidios del Fondo de Ayuda Solidaria “Dr. Daniel Ramón Grasso” serán iniciadas ante el Servicio Social del Hospital Ramón Santamarina por el solicitante, familiar o representante legal, de acuerdo a la presentación de la siguiente documentación,: • Fotocopia de D.N.I.: donde se acredite la residencia en la ciudad de Tandil con 2 o más años de antigüedad. En caso de no haberse efectuado el cambio de domicilio, presentar declaración jurada con dos testigos que acrediten la situación de residencia, expedida por el Juzgado correspondiente. En ambos casos el Servicio Social Hospitalario certificará que la documentación presentada es copia fiel de los originales. • Certificación del médico hospitalario: donde conste urgencia y necesidad de realizar la práctica, como así también el diagnóstico correspondiente. Debiendo ser autorizada por el Jefe de Servicio. • Certificación de carencia de Obra Social. Artículo 2º: Previo a dicha solicitud y así poder proseguir con el tramite, se deberá certificar que la Auditoria Médica haya intervenido con la documentación pertinente a fin de evaluar las alternativas de realización de prácticas en efectores públicos. En caso de no efectuarse las mismas dentro de los canales correspondientes, deberá estar informada dicha imposibilidad. Artículo 3º: Cumplido el Servicio Social Hospitalario procederá con la mencionada documentación a evaluar la pertinencia de la solicitud en acuerdo a la Ordenanza vigente. En caso de corresponder, se procederá a confeccionar el informe social del paciente y grupo familiar conviviente y a completar los formularios anexos de rutina. Artículo 4º: La Dirección Médica del Hospital Ramón Santamarina con asesoramiento médico y legal evaluará, la correspondencia del Diagnóstico de Alta Complejidad con el certificado emitido por el médico tratante. Artículo 5º: La Subsecretaría de Salud tomará intervención a fin de proceder a solicitar los presupuestos a los oferentes habilitados y con capacidad de poder cubrir los tratamientos que se soliciten. A fin de que no se produzcan demoras en la entrega de los mismos, que dificulten la evolución de los pacientes, es que se informará a los proveedores acerca de la correspondencia de remitir los presupuestos en un plazo de 24 hs para los casos considerados de urgencia y de 48 hs para los casos restantes. En caso de no obtenerse la totalidad de presupuestos solicitados y evaluada la urgencia del caso, la Subsecretaría de Salud procederá a elevar los actuados al Honorable Concejo Deliberante para su asesoramiento y prosecución de las tramitaciones. Artículo 6º: Asimismo la Sub-Secretaría de Salud solicitará precios de referencia a distintas Instituciones, para ser utilizados en los casos de necesidad de las derivaciones de emergencias de pacientes críticos. La Sub-Secretaría realizará dicho relevamiento de precios testigos cada tres meses. En el caso de los presupuestos modulados serán respetados y tenidos en cuenta una vez obtenidos y hasta tanto los prestadores no informen de cambio alguno en los costos de dichos módulos. En caso de tener que realizar tratamiento subsiguiente a la práctica diagnóstica, a costo similar se privilegiará la prosecución del mismo en la Institución que hubiera realizado dicha práctica. Artículo 7º: En ningún caso, la derivación podrá ser direccionada a Institución prestadora alguna, tanto local como foránea, a excepción de situaciones en que no exista más de un prestador o se requiera de una autorización en forma urgente, por lo que se podrá gestionar por los medios que sean necesarios las autorizaciones previas mediante los prestadores habituales y que en la práctica sean de mayor conveniencia económica y de prestación para el paciente. En caso de hacerse necesaria una práctica de urgencia de casos internados en el Hospital Ramón Santamarina, y que cumplan con los requisitos para acceder al F.A.S., se priorizarán los efectores locales. Artículo 8º: Los casos que carecen de otra cobertura, obra social o Seguros ART, serán priorizados, no dejando por ello de analizar los límites y alcances de quienes teniendo alguna cobertura Social, la misma asume por escrito la no cobertura de la práctica solicitada luego de iniciada las acciones pidiendo excepciones a las mismas en caso de corresponder. No tendrán curso favorable las solicitudes de beneficiados que, contando o no con obra social, demanden erogaciones del F.A.S. para abonar a profesionales conceptos por: Honorarios por aranceles diferenciados, plus u Honorarios de profesionales que no pertenezcan al Staff de su Obra Social. Las solicitudes de fondos del F.A.S. para pacientes crónicos o indeterminados, estarán sujeta al resultado de la opinión de profesionales, pudiéndose dar curso favorable solamente a aquel tratamiento de alta complejidad que implique una cura posible de su dolencia, descartando procedimientos alternativos o de dudoso sustento científico. En caso de accidente, las aseguradoras serán quienes responderán responsablemente por la atención de Alta Complejidad, disponiendo la Subsecretaría de Salud del asesoramiento legal correspondiente. Los mecanismos administrativos mencionados anteriormente podrán obviarse ante situaciones que por imperio de la urgencia, obliguen a tomar decisiones con celeridad, en cuyo caso deberán contarse con el concurso y la aprobación de 1 concejal de cada Bloque, integrante de la Comisión de Salud y Bienestar Social del Honorable Concejo Deliberante y el asesoramiento médico legal pertinente. Cuando la extrema urgencia así lo requiera, se podrá obviar el Concurso de Precios, según los artículos 156º y 159º del Decreto Ley 6769/58, debiendo en este caso, la Subsecretaría de Salud comunicar en forma inmediata a la Comisión de Salud del Honorable Concejo Deliberante, y cuando se trate de artículos de venta exclusiva, la que deberá ser previamente fundada por la autoridad competente, ya que el riesgo de vida puede llegar a dichos extremos con la justificación pertinente. A tal efecto se procederá a respetar los precios de referencia de mercado a la fecha del tramite. Capitulo II – DE LA PROVISIÓN DE PRÓTESIS, ORTESIS, TUTORES, ETC. Artículo 9º: Todo beneficiario del F.A.S. a quien le sea colocado elementos protésicos, ortesis, tutores, etc, y que luego de usados puedan ser reutilizables, deberán firmar un contrato de comodato por la provisión de los elementos recibidos con el compromiso de devolución una vez usados. Esta devolución se hará efectiva en el área de suministros o la que la reemplace, en el Ente Descentralizado H.M.R.S. y su recibo deberá llevar un registro con detalle pormenorizado de las prótesis o tutores reutilizables manteniendo un estricto control de todos los elementos. La adquisición de los mencionados elementos se realizará mediante los pasos administrativos que establece la Ley Orgánica Municipal para el concurso de precios, invitándose a proveedores locales o foráneos a los efectos de que el material a proveer se ajuste estrictamente a lo oportunamente solicitado y al más bajo costo. A tal efecto y observando la fundamentación médica de los expedientes respectivos se procederá de la siguiente forma: • Invitación con recibo fehaciente a los comerciantes del ramo inscriptos en el registro de Proveedores, pudiéndose invitar a otras firmas no registradas si no se cumpliera con el mínimo legal. Se deben indicar fecha y hora de apertura de sobres. • Dichos sobres serán en blanco, sin enmiendas y de tamaño oficio escritos a máquina sin raspados, enmiendas y/o entrelíneas, haciendo constar el Nº de expediente. El mismo contendrá un formulario donde se indicará, el tipo, la calidad y el plazo de entrega de los elementos sometidos a concurso. • Se proveerán prótesis nacionales según indicación. Sólo se admitirán prótesis importadas cuando no exista similar nacional (PMO Anexo I 8.3.3.3 Prótesis y Ortesis). Artículo 10º: Los mecanismos administrativos del concurso de precios, podrán obviar cuando la extrema urgencia así lo requiera y deberá regirse por los artículos 156º y 159º de la Ley Orgánica Municipal, tendrá que estar previamente fundada por autoridad competente y contar con la aprobación de por lo menos 2/3 de los miembros de la Comisión de Salud del Honorable Concejo Deliberante y el asesoramiento médico y legal pertinente. Previo a la adquisición de los elementos mencionados, deberá citarse a través del Ente Descentralizado H.M.R.S. al interesado a fin de constar su actual predisposición a someterse a la intervención quirúrgica. Una vez cumplimentados los pasos anteriores la Subsecretaría de Salud o Secretaría pertinente elevará el expediente correspondiente a la Comisión de Salud del Honorable Concejo Deliberante. Asimismo, el certificado de implante o cualquier otro elemento que avale (radiografías, tomografía computada, etc) deberá ser adunado al expediente original junto con el protocolo operatorio, confeccionado por el profesional interviniente. La secretaría de Economía y Administración verificará que los pagos que se realicen a las instituciones prestatarias, coincida con los presupuestos aprobados por la Comisión de Desarrollo Social y Salud del Honorable Concejo Deliberante y ratificados por la Subsecretaría de Salud, constatando dicho informe en el expediente respectivo. Asimismo deberá agregar recibo de pago emitido por la Institución prestataria, el cual constará en el expediente de referencia para su posterior cierre y archivo. CAPÍTULO III – DE LOS SUBSIDIOS POR TRANSPLANTES (ALOJAMIENTO Y ESTADÍA). La presente reglamentación contemplará Artículo 11º: el otorgamiento de subsidios por gastos de estadía y alojamiento de pacientes que bajo características de ambulatorios o internados deban atenderse en ciudades y hospitales alejados del partido de Tandil y que por su diagnóstico y evolución pudieren ser sometidos a transplante de órganos. El monto inicial asignado será de 1 (uno) y hasta un tope de 3 (tres) sueldos mínimos de una categoría administrativa ingresante del personal municipal, para paciente y acompañante. El mismo podrá ser fraccionado en pagos mensuales de acuerdo a la evolución del paciente y sujeto a la evaluación social del grupo familiar, la cual será certificada por el Servicio Social del Hospital Ramón Santamarina. Asimismo y en patologías de larga evolución, pretransplante y pos-transplante, se podrá considerar la ampliación del monto, previa certificación médica que avale lo expuesto, contra cálculo de días a considerar. El inicio del este último tramite se hará en la Subsecretaría de Salud, el cual verificará la correspondencia de lo solicitado con las certificaciones médicas correspondientes y elevará las actuaciones a la Comisión para su evaluación y asesoramiento. La rendición de gastos deberá efectuarse ante la Subsecretaría de Salud. El presente beneficio será contemplado solo para personas que no posean cobertura social. Serán contemplados asimismo, aquellos casos en que la Obra Social certifique por escrito la no cobertura o prestación de alternativa alguna para su afiliado. CAPITULO IV – DE LOS INGRESOS. Artículo 12º: Del total de los ingresos que se produzcan por la aplicación de las contribuciones a cargo de los usuarios de los Concesionarios Eléctricos del Partido de Tandil, se destinará un 15% para la incorporación de aparatología destinado a la atención de patologías cuyo tratamiento pueda ser realizado por el Hospital Ramón Santamarina. A tal efecto el Departamento Ejecutivo elevará cada propuesta de incorporación de aparatología en función de las necesidades y número de intervenciones, cada una de las cuales deberá contar con aprobación del Honorable Concejo Deliberante. A fin de disponer de los fondos establecidos con un tope del 15% anual, se procederá a retener mensualmente de los ingresos que se produzcan, un porcentaje de 15% a fin de que al mes de Noviembre anterior al cierre de ejercicio se proceda a su utilización. Los mecanismos de compra que se utilizarán para la incorporación de la aparatología serán los mismos que se utilizan en la Administración Pública Municipal, respetando las legislaciones vigentes. Artículo 13º: Ante la presentación de un caso de total excepcionalidad por parte del Departamento Ejecutivo, la Comisión de Desarrollo Social y Salud del Concejo Deliberante convocará a reunión conjunta entre sus miembros, Dirección del Ente Descentralizado, Subsecretario de Salud y el médico interviniente en el caso planteado, a fin de establecer la pertinencia de acceder a lo solicitado o evaluar las alternativas de solución al caso planteado. Asimismo y de ser necesario dada la complejidad del caso planteado se podrá convocar a dicha reunión a profesional especializado en el tema. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Autorízase al Departamento Ejecutivo a proceder ------------a la venta del inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección E, Chacra 190, Manzana 190x, Parcela 4, registrado bajo la matrícula Nº 50.598, de acuerdo a la tasación realizada y en el marco de la normativa vigente. El producido de la venta integrará el fondo creado por la Ordenanza Nº 8311. Artículo 2º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10852 Asunto Nº 502/07 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Autorízase al Departamento Ejecutivo, por in--------------termedio de sus organismos competentes, a considerar como susceptible de ser excepcionalmente habilitado, con carácter provisorio, el establecimiento destinado a “Lavadero de Camiones”, sito en Ruta Provincial Nº 30 – Barrio San Nicolás – La Porteña, propiedad de DARIO ALBERTO SAENZ, DNI Nº 25.931.640, de la ciudad de Tandil. Artículo 2º La presente autorización será válida siempre -------------que el propietario cuente con los sistemas de tratamiento de efluentes adecuados y evite todo tipo de contaminación. Artículo 3º La consideración de excepción otorgada por la ------------presente Ordenanza no podrá utilizarse como argumentación de existencia de antecedentes de resolución favorable, a los efectos de nuevas solicitudes de idéntico tenor que eventualmente iniciare el propietario para casos similares, las cuales deberán requerir de su consideración particularizada en cada caso. Artículo 4º La presente autorización cesará en caso de cam------------bio de titularidad del comercio mencionado en el Artículo 1º. Artículo 5º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10853 Asunto Nº 80/07 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Modifícase el inciso I) del Artículo VIII.2 del ------------Título 2, Capítulo VIII, Sección 1, Subsección 1 del Anexo A de la Ordenanza 9865, el que quedará redactado de la siguiente manera: “I. Cualquier edificación, modificación del estado parcelario , localización de usos o cualquier otro tipo de reforma de la situación existente en las parcelas competentes de esta Zona deberá tener visación previa de la autoridad de Aplicación. No obstante, conforme resulte la envergadura de la construcción o ampliación, de la urbanización, o el uso a localizar, ésta podrá exigir la realización de un estudio de Impacto Ambiental (EIA), según las pautas dispuestas en el capítulo VI del Título 3 de las presentes normas.”. Artículo 2º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10854 Asunto Nº 17/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Convalídase el Contrato de Locación celebrado ------------entre el Municipio de Tandil representado por el Señor Intendente Municipal Dr. Miguel Ángel Lunghi y el Sr. Miguel Coria DNI 22.671.380, obrante a fs. 61 y 62, mediante el cual aquella cede en locación el inmueble de propiedad municipal sito en calle 9 de Julio y Pasaje Fournier designado como unidad funcional 104 del Consorcio “Sanjor I” por el termino de tres años a partir del 9 de Septiembre de 2007 y hasta el 9 de Septiembre de 2010. Artículo 2º Autorízase al Departamento Ejecutivo a com-------------prometer fondos de ejercicios futuros por involucrar la presente locación erogaciones de más de un ejercicio, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 273º de la Ley Orgánica de las Municipalidades. Artículo 3º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10855 Asunto Nº 33/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Convalídase el Convenio suscripto entre el Mu------------ nicipio de Tandil representado por el Intendente Municipal Dr. Miguel Angel Lunghi y el Señor Horacio Rodríguez Videla, obrante a fs. 2 a 7, por el cual el último cede gratuitamente una fracción de terreno de su lote afectado al ensanche de la traza de la Av. Monseñor Luis J. Actis, designado catastralmente como Circ. I, Secc. D, Manz. 48r, Parcela 29, cuya superficie es de 43,50 metros cuadrados. Artículo 2º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10856 Asunto Nº 8/08 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Autorízase a la Sra. Martínez, Lidia Ester – LC ------------Nº 5.256.044 – contribuyente titular del escaparate de diarios y revistas de la calle Mitre Nº 605, a remodelar y ampliar el mencionado escaparate, teniendo en cuenta que el ancho máximo permitido es el 50% (cincuenta por ciento) del ancho de la vereda. Artículo 2º La presente autorización deberá ajustarse a las ------------demás pautas establecidas en la Ordenanza Nº 6509/94 y sus modificatorios. Artículo 3º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10857 Asunto Nº 11/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Autorízase al Departamento Ejecutivo a proceder ------------a la venta en block de los inmuebles designado catastralmente como Circunscripción I, Sección E, Chacra 182, Manzana 7, Parcelas 13, 14, 15 y 16, de acuerdo a la tasación realizada y en el marco de la normativa vigente, previo trámite de unificación de los mismos. El producido de la venta integrará el fondo creado por la Ordenanza Nº 8311. Artículo 2º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10858 Asunto Nº 637/07 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Convalídase el Contrato de locación de servi--------------cios suscripto entre el Hospital Ramón Santamarina y el Ing. Hugo Curti, obrante a fs. 2 y 3, por asesoramiento a los integrantes del área del Departamento Métodos y Sistemas del ente descentralizado, en todos los aspectos inherentes a la instalación, optimización y utilización de herramientas de software libre. Artículo 2º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10859 Asunto Nº 535/07 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Otórgase un plazo no mayor a 60 (sesenta) días, ------------a partir de la promulgación de la presente, al profesional Arq. GABRIEL E. MINGO (Matr. C.A.P.B.A. 16647), para cumplimentar lo establecido en el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 10.443, referido a la convalidación del proyecto definitivo ante los organismos técnicos municipales de competencia. Vencido el mismo, sin darse cumplimiento a la presentación de la documentación de la obra a que se refiere la Ordenanza Nº 10.443 (Nota Nº 8913/06), dará lugar a considerar desistido el propósito de ejecutar la misma. La eventual prosecución de la gestión administrativa por parte del propietario, deberá ser nuevamente evaluada por el HCD. Artículo 2º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10860 Asunto Nº 767/07 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar ------------la tenencia precaria, a favor de la Sra. Irma Susana Ferreira, D.N.I. Nº 13.825.261, de la parcela de propiedad municipal designada catastralmente como Circunscripción I, Sección E, Manzana 153am, Parcela 15, de este Partido, con el fin de construir una vivienda unifamiliar de uso particular. Artículo 2° La mencionada tenencia tendrá un plazo -------------------perentorio de hasta 2 (dos) años, contados a partir de la promulgación de la presente, vencido el cual deberán, la beneficiaria y su grupo familiar, haber cumplido con el abandono de la posesión del inmueble que actualmente ocupan en la sede de la CGT Regional Tandil, sita en Avda. Colón 1449, y habitar la vivienda a construir en el inmueble mencionado en el artículo 1º. Artículo 3º Facúltase al Departamento Ejecutivo a celebrar ------------los convenios que resulten necesarios con la beneficiaria, con la CGT, y demás partes interesadas, para facilitar el cumplimiento de lo establecido en la presente. Artículo 4º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10861 Asunto Nº 785/07 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Autorízase al Señor Diego Picatto, D.N.I. Nº -------------23.258.497, la ocupación del espacio público en la intersección de las calles Murature y Avenida Del Valle, con la instalación de un puesto de venta de panchos. Artículo 2º A los efectos precedentes, el solicitante debe------------rá aportar los requisitos solicitados por la Dirección de Inspección General. Artículo 3º La presente autorización tendrá vigencia por 6 ------------(seis) meses, a partir de la promulgación de la presente. Artículo 4º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10862 Asunto Nº 814/07 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Autorízase a la Empresa Telpin S.A., con domi-------------cilio en Jason 1026, de la ciudad de Pinamar, a utilizar espacio público aéreo y subterráneo para la colocación de cañerías subterráneas, el tendido de cables sobre postes, la construcción de cámaras de inspección y otras obras complementarias destinadas a ser utilizadas para prestar servicio de telecomunicaciones en la ciudad de Tandil. Artículo 2º Las obras se realizarán bajo total responsaba-------------lidad de Telpin S.A. y de acuerdo a los planos y esquemas que como anexos 1 a 23 forman parte del Expediente Nº 980/02/2007 del 21 de Marzo de 2007. Artículo 3º La Empresa Telpin S.A. deberá prever el ingreso ------------el servicio por los frentes de los inmuebles desde la línea municipal. Artículo 4º El Departamento Ejecutivo, a través del área ------------que corresponda, exigirá a la Empresa Telpin S.A., el estricto cumplimiento de la duración de los trabajos de acuerdo al cronograma de obras del proyecto de red de telecomunicaciones de fojas 2 a 27 del presente expediente. Artículo 5º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10863 Asunto Nº 871/07 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza Nº -------------9100, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º: Establécese el estacionamiento vehicular únicamente sobre mano derecha en los lugares permitidos en las calles que se mencionan: • • • • • • Gral Pinto y Sarmiento entre Chacabuco y Avenida Santamarina Gral. San Martín entre Chacabuco y Paz Mitre entre Alem e Irigoyen Gral. Rodríguez, 9 de Julio y Alem entre Avenida España y Maipú Gral. Paz entre San Martín y España Gral. Belgrano entre 14 de Julio y Alem.” Artículo 2º Derógase la Ordenanza Nº 9221/04 Artículo 3º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10864 Asunto Nº 873/07 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Modifícase el Artículo 1º de la Ordenanza Nº ------------10720/07, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º: Apruébase el Plan de Obras correspondiente a las Ordenanzas Nº 10215/06 y 10323/06 “Fondo Especial de Obras Sanitarias (F.O.S.)” de acuerdo al siguiente detalle: Proyectos de Ampliación de redes de agua: “Villa Leonor” – Primera Etapa Laprida 1700 (A.V.) – 1800 (A.V.) y Buenos Aires al 100 entre Laprida y Ugarte (V.P.) Madre Teresa de Calcuta Proyectos de Ampliación de Red Cloacal: Las Tunitas: Juldain entre Rosello y Baigorria, Baigorria entre Bolivia y Del Libertador y Cacheuta entre Juldain y Del Libertador La Blanqueada Chaco 1300 (A.V.) Villa Italia Norte: Sol de Mayo 600 – 700 y Mosconi 1000 Saenz Peña 1200 (V.I.).” Artículo 1º: Exclúyase del listado de calles del Proyecto de ampliación de Red cloacal del Artículo 1º de la Ordenanza Nº 10720/07, la Calle Baigorria entre Estrada y Del Libertador Artículo 2º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10865 Asunto Nº 877/07 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Convalídase el Convenio Específico “Programa -------------Federal de Emergencia Habitacional” suscripto entre el Municipio de Tandil representado por el Intendente Municipal Dr. Miguel Ángel Lunghi, el Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, representado por el Sr. Subsecretario Arq. Luis Alberto Rafael Bontempo y la Provincia de Buenos Aires representada por el Señor Presidente del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires Sr. Cr. Daniel Roberto Guastavino, obrante de fs 3 a 21, que tiene como objeto la ejecución de un conjunto de 8 (ocho) viviendas unifamiliares y su correspondiente infraestructura básica a emplazarse en tierras de dominio municipal a realizarse en dos etapas de 4 viviendas. Artículo 2º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10866 Asunto Nº 2/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los propie-------------tarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red COLECTORA de CLOACAS por el sistema de COSTO CUBIERTO en la calle PAYRÓ al 600 – vereda par - cuadra incompleta - entre O’ Higgins y Paraguay, de nuestra ciudad. Artículo 2° El costo total de la obra a que se refiere el ------------artículo anterior será abonado en su totalidad por BASUALDO, PABLO RAFAEL – D.N.I. Nº 5.251.168. Artículo 3° La modalidad de ejecución será por el sistema ------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la obra. Artículo 4° El pago de la obra podrá efectuarse al contado ------------o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y en la Ordenanza N° 6361/94. Artículo 5° Una vez producida la RECEPCIÓN PROVISORIA DE -------------OBRA, procédase a notificar a la Dirección de Rentas y Finanzas a los efectos de realizar la afectación de la obra a los inmuebles pertinentes Artículo 6º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10867 Asunto Nº 37/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los propie-------------tarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red de Gas Natural por el sistema de Costo Cubierto en la calle DAGLIO AL 700 (V.P. – C.I.) (Proyecto PO/UOT Nº 16-7089-00-07) de nuestra ciudad. Artículo 2° El pago total de la obra estará a cargo exclu-------------sivamente de los Sres. JAVIER MANUEL VIERA – D.N.I. Nº 21.765.343 y SOLEDAD SABINO – D.N.I. Nº 27.082.550; de acuerdo a los contratos firmados a fojas 7-8 y 19-20 del expediente Nº 4156/00/2007. Artículo 3° La modalidad de ejecución será por el sistema ------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada y recepcionada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la obra. Artículo 4° El pago de la obra a cargo de los propietarios ------------y/o poseedores a título de dueño podrá efectuarse al contado o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y sus modificatorias, según Ordenanza Nº 9501/04; en la Ordenanza 6361/94; y Art. 48º bis aprobado mediante Ordenanza Nº 9805/05. Artículo 5º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10868 Asunto Nº 23/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los propie-------------tarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red de Gas Natural por el sistema de Costo Cubierto en la calle O’HIGGINS AL 100 (V.P. – C.I.) (Proyecto PO/UOT Nº 919-7045) de nuestra ciudad. Artículo 2° El pago total de la obra estará a cargo excl.-------------sivamente de los Sres. JOSÉ ALBERTO BAILMAN – L.E. Nº 5.503.613; ESTEBAN MIGUEL ILLIA – D.N.I. Nº 17.221.455; BARTOLOME PACO CONDORI – D.N.I. Nº 92.182.028; y HÉCTOR NORBERTO ALFARO – L.E. Nº 7.648.768, de acuerdo a los contratos firmados a fojas 7-8, 13-15, 18-20, y 25-27 del expediente Nº 4146/00/2007. Artículo 3° La modalidad de ejecución será por el sistema ------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada y recepcionada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la obra. Artículo 4° El pago de la obra a cargo de los propietarios ------------y/o poseedores a título de dueño podrá efectuarse al contado o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y sus modificatorias, según Ordenanza Nº 9501/04; en la Ordenanza 6361/94; y Art. 48º bis aprobado mediante Ordenanza Nº 9805/05. Artículo 5º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10869 Asunto Nº 24/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los -------------------propietarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red Distribuidora de AGUA por el sistema de COSTO CUBIERTO en la calle FIGUEROA 2300 –ambas veredas- cuadra incompleta - entre Piccirilli y Navarro de nuestra ciudad. Artículo 2° El costo total de la obra a que se refiere el ------------artículo anterior será abonado en su totalidad por MARQUEZ Alejandro – D.N.I. Nº 32.181.014. Artículo 3° La modalidad de ejecución será por el sistema ------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la obra. Artículo 4° El pago de la obra podrá efectuarse al contado ------------o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y en la Ordenanza N° 6361/94. Artículo 5° Una vez producida la RECEPCIÓN PROVISORIA DE -------------OBRA, procédase a notificar a la Dirección de Rentas y Finanzas a los efectos de realizar la afectación de la obra a los inmuebles pertinentes Artículo 6º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10870 Asunto Nº 3/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los propie-------------tarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red de Gas Natural por el sistema de Costo Cubierto en la calle LOS AROMOS AL 1400 (V.P. – C.I.), (Proyecto PO/UOT Nº 919-7108) de nuestra ciudad. Artículo 2° El pago total de la obra estará a cargo exclu-------------sivamente del Sr. DIEGO MARTÍN LARA – D.N.I. Nº 22.301.771; de acuerdo al contrato firmado a fojas 7-8 del expediente Nº 3742/00/2007. Artículo 3° La modalidad de ejecución será por el sistema ------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada y recepcionada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la obra. Artículo 4° El pago de la obra a cargo de los propietarios ------------y/o poseedores a título de dueño podrá efectuarse al contado o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y sus modificatorias, según Ordenanza Nº 9501/04; en la Ordenanza 6361/94; y Art. 48º bis aprobado mediante Ordenanza Nº 9805/05. Artículo 5º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10871 Asunto Nº 4/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los propie-------------tarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red de Gas Natural por el sistema de Costo Cubierto en calles DARRAGUEIRA AL 1000 (V.P. – C.I.) y NEWTON AL 1500 (V.I. – C.I.), (Proyecto PO/UOT Nº 919-7087) de nuestra ciudad. Artículo 2° El pago total de la obra estará a cargo exclu-------------sivamente de los Sres. EDUARDO IRRUTIA – D.N.I. Nº 12.632.927; SERGIO ORMAR – D.N.I. Nº 17.481.307; GINES GARCIA – D.N.I. Nº 93.635.853; ALEJANDRA BERTUZZI – D.N.I. Nº 25.452.591; CARLOS BASTARRECHEA – D.N.I. Nº 8.707.514; RODOLFO PERNIA – L.E. Nº 5.373.624; RICARDO CONFORTI – D.N.I. Nº 13.750.438; y CLARA DE IPARRAGUIRRE – D.N.I. Nº 17.862.819; de acuerdo a los contratos firmados a fojas 8, 15, 22, 28, 33, 34, 35, 40, 41 y 43 del expediente Nº 4148/00/2007. Artículo 3° La modalidad de ejecución será por el sistema ------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada y recepcionada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la obra. Artículo 4° El pago de la obra a cargo de los propietarios ------------y/o poseedores a título de dueño podrá efectuarse al contado o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y sus modificatorias, según Ordenanza Nº 9501/04; en la Ordenanza 6361/94; y Art. 48º bis aprobado mediante Ordenanza Nº 9805/05. Artículo 5º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10872 Asunto Nº 5/08 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Los medios de transporte construidos y equipa-------------dos de acuerdo a lo estipulado por las reglamentaciones vigentes nacionales, provinciales, Código Alimentario Argentino, Ordenanzas municipales y otros, serán habilitados por la Dirección de Bromatología del Municipio de Tandil, para el traslado de sustancias alimenticias estando sometidos a la Inspección de todos los lugares y oportunidades que la autoridad sanitaria lo requiera. Artículo 2º La habilitación de los transportes de sus--------------tancias alimenticias será otorgada con una validez de un (1) año, si el mismo cumplimenta con las condiciones higiénico – sanitarias para el propósito solicitado al momento de obtenerla y durante el período de validez de la misma. Artículo 3º Cuando se produzca el cambio de propietario o ------------de vehículo deberá tramitarse una nueva habilitación Artículo 4º El vehículo que transporta sustancias alimenti------------cias deberá exhibir una oblea autoadhesiva en el ángulo inferior derecho del parabrisas con los datos (productos transportados, Nº de habilitación, patente, vencimiento de la habilitación) además del recibo de pago correspondiente; la misma será provista por la Dirección de Bromatología en el momento de la habilitación Artículo 5º Cuando el producto transportado sea pe--------------------recedero, como por ejemplo, lácteos, carnes, fiambres, pastas y otros, deberá contar con equipos de frió, material aislante y las paredes interiores, el techo y las caras interiores de las puertas estarán revestidas de material inoxidable, inatacable por los ácidos grasos, resistente a los golpes e impermeable, de fácil limpieza y todos sus encuentros serán redondeados. El piso permitirá el escurrimiento del líquido del lavado al exterior sin perjuicio de conservar la hermeticidad de la caja. Tendrá además un dibujo antideslizante por razones de seguridad, sin impedir la fácil limpieza del mismo. En todos los casos de transportes de sustancias alimenticias la cabina del conductor debe estar separada de la mercadería transportada. Artículo 6º Los vehículos o sus partes destinados al tras-------------lado de productos que han sido conservados por el frío y que deber seguir igual tratamiento, cuando las distancias y el tiempo de transporte lo permitan, bastará con que posean medios aislantes de la temperatura exterior (vehículo térmico). Artículo 7º Se admiten planchas de material plástico ---------------siempre que sean resistentes a la abrasión, al agua caliente, no quebradizos y no tóxicos; que de acuerdo a las certificaciones competentes sean permitidos. Artículo 8º No está permitido el contacto de comestibles ------------con el cobre y su aleación, el cadmio, el plomo, las pinturas de cualquier naturaleza y las superficies enlozadas Artículo 9º El cierre de las puertas en todo su perímetro ------------deberá ser hermético por doble contacto con burletes de goma, plástico y/o cualquier otro material lavable que permita su desinfección. a) el zócalo de la puerta debe estar a la misma altura que el piso del vehículo o más bajo, para el fácil escurrido de las aguas de lavado. b) El sistema de cerradura de la puerta debe asegurar la presión de la misma contra el marco y tener un dispositivo para enganche del precinto. Artículo 10º En el caso de transportar en un mismo vehículo -------------leche, crema, yogurth, manteca, quesos de pasta blanda o similares con otros productos alimenticios en envases no herméticamente cerrados los primeros deben mantenerse en compartimentos totalmente aislados que respondan a las exigencias establecidas. Artículo 11º En el caso de transportes de medias reses, --------------cuartos frescos o enfriados, deben poseer rieles y gancheras de material inoxidable que permitan suspender la mercadería con una altura suficiente para impedir su contacto con el piso. Los trozos de carne, menudencias o derivados que por su tamaño y naturaleza no pueden ser transportados colgados del riel deberán transportarse acondicionados en bandejas de acero inoxidable o material plástico inodoro e inalterable por las sustancias en contacto y permitido por las certificaciones competentes. Artículo 12º Los alimentos con envases primarios totalmente -------------herméticos, impermeables, resistentes y segu- ros podrán transportarse conjuntamente con otros productos no alimenticios; toda vez que estos últimos y no contaminen, alteren o pongan en riesgo la inocuidad de los alimentos y la integridad de los envases. Queda prohibido transportar conjuntamente con alimentos, todo producto o sustancia que implique o pueda producir un riesgo para la salud, tales como material radiactivo, tóxicos o infecciosos, materiales y sustancias corrosivos, etc. Artículo 13º Está prohibido depositar comestibles en con---------------tacto directo con el piso del transporte, salvo aquellos que estén protegidos por envases y/o envoltorios impermeables. Artículo 14º Todo interior de los medios de transporte ----------------habilitados deben ser lavados con agua caliente, sustancias detergentes y tratados con soluciones bactericidas después de cada uso. Además deberán ser desinfectados por la autoridad competente cada 180 días, debiendo presentar la constancia correspondiente cada vez que se le requiera. Artículo 15º Los vehículos que transportan sustancias ---------------alimenticios que ingresan al partido de Tandil, deben pasar sin excepción por el puesto sanitario para verificar el estado higiénico sanitario del transporte y de carga, como así también la documentación pertinente. Artículo 16º Para los transportes que se habiliten en el --------------rubro de panificados las condiciones son: deben ser herméticamente cerrados e impermeables, fáciles de lavar y permitir su desinfección. En caso de presentar estanterías, estas deben ser metálicas y fáciles de higienizar. Artículo 17º Para el transporte de cargas generales las ---------------exigencias serán las de asegurar la correcta separación de los alimentos del resto de la mercadería que transportan; para ello deben contar con un sector acondicionado para tal fin de acuerdo a lo descripto. Artículo 18º En aquellos casos en que por las característi-------------cas del vehículo no pueden cumplirse las exigencias estipuladas en el artículo anterior se permitirá el uso de contenedores metálicos isotérmicos en el caso de productos perecederos, con dispositivos en su tapa que permitan el precintado del mismo. Artículo 19º Lo mismo permitido en el artículo anterior ---------------puede adaptarse para una distribución urbana de productos perecederos, siempre que la Dirección de Bromatología lo habilite. Artículo 20º El transporte de grasas o aceites comestibles, -------------podrán efectuarse en barriles, bidones y tanques cisternas de materiales autorizados. Artículo 21º El transporte de sodas, aguas, bebida analco--------------hólicas, frutas y verduras podrá efectuarse en un vehículo de caja playa siempre y cuando este provisto de un toldo de lona o similar que lo proteja de los rayos solares. Artículo 22º El incumplimiento de las exigencias de los ar-------------tículos descriptos hará al transportista pasible de las sanciones previstas en el Código de Faltas Municipal (Ordenanza 2728/81). Artículo 23º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10873 Asunto Nº 614/97 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Autorízase al Departamento Ejecutivo a compro-------------meter fondos de ejercicios futuros para la locación del imnueble sito en calle Garibaldi Nº 943, propiedad de la Sra. María Luisa Marco de Moreno – LC Nº 3.842.751 – por el período comprendido entre el 11 de Diciembre de 2007 y el 10 de Diciembre de 2009, donde funcionará el “Hogar de Convivencia”; ello en el marco de lo dispuesto por el Artículo 273º de la ley Orgánica de las Municipalidades. Artículo 2º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10874 Asunto Nº 73/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Autorízase al Departamento Ejecutivo a conside------------rar como susceptible de ser excepcionalmente habilitado, el establecimiento destinado a “Salón de reunión (Pelotero)”, de propiedad de la razón social PARDO SILVINA PAOLA, existente en el inmueble ubicado en calle 25 de mayo Nº 460, cuyos datos catastrales son Circ. I, Secc. A, Manz. 51, Parcela 6E, de la localidad de Tandil. Artículo 2° La convalidación autorizada por el Artículo 1º, ------------estará supeditada al cumplimiento de los demás aspectos urbanísticos y edilicios establecidos en el Plan de Desarrollo Territorial y el Código de Edificación vigentes, no pudiendo el establecimiento superar los 200 m2 (doscientos metros cuadrados) de superficie cubierta. Artículo 3° Queda establecido que la consideración de ex -------------cepción es otorgada por única vez, y la presente Ordenanza no podrá ser utilizada como argumentación de la existencia de antecedente de resolución favorable, a los efectos de nuevas solicitud de idéntico tenor que eventualmente iniciare la razón social propietaria ante la autoridad municipal. Artículo 4º Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníque------------se al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10875 Asunto Nº 62/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Convalídase el Convenio suscripto entre ------------------el Municipio de Tandil representado por el Intendente Municipal Dr. Miguel Ángel Lunghi, la Dirección Nacional de Vialidad representada por el Señor Administrador General, Ing. Nelson Periotti y la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires representada por el Administrador General Ing. Arcángel José Curto, por el cual las partes intervinientes toman a su cargo la ejecución de las obras de pavimentación, repavimentación y ensanche de la Avenida Fleming, entre Avenida Brasil y la calle Los Ombúes. Artículo 2º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10876 Asunto Nº 75/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Modifícase el aertículo 2º de la Ordenanza Nº 7475, que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a adjudicar y transferir en propiedad a título oneroso y por venta directa la parcela detallada en el artículo precedente según croquis obrante a fs. 12 de la Nota Nº 1028/92 a la Señora Cabrera Romina Celeste (DNI 28.200.254) y su esposo Señor Gómez Santiago Ariel (DNI 24.733.811). Artículo 2º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10877 Asunto Nº 81/08 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Convalídase el Convenio suscripto entre el ------------Municipio de Tandil representado por el Intendente Municipal Dr. Miguel Ángel Lunghi y la Cooperativa Agropecuaria de Tandil Limitada representada por su Presidente Dn. Raimundo Quillehauquy y su Secretario Dn. Juan Carlos Paredes, con referencia a la locación del inmueble ubicado en calle 4 de Abril y Arana, obrante a fs 12 y 13, por el cual las partes acuerdan de común acuerdo prorrogar la vigencia del contrato original por el término de 4 años, venciendo el mismo indefectiblemente el 31 de Diciembre de 2011 Artículo 2º Autorízase al Departamento Ejecutivo a com-------------prometer fondos de ejercicios futuros por involucrar el presente erogaciones de más de un ejercicio, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 273º de la Ley Orgánica de las Municipalidades Artículo 3º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10878 Asunto Nº 94/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Convalidase el Convenio suscripto entre el Mu-------------nicipio de Tandil representado por el Señor Intendente Municipal, Dr. Miguel Ángel Lunghi y el Consejo Escolar Tandil, representado por su Presidente, Prof. Mercedes Fuente , obrante a fs. 2 y 3, por el cual el Municipio solventará los gastos de monitoreo en los establecimientos escolares detallados en el mencionado convenio Artículo 2º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10879 Asunto Nº 95/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Establécese un plazo de 6 meses a partir de la ------------promulgación de la presente a fin de proceder a regularizar la situación del servicio de taxis, en cumplimiento del artículo 15 inc. f de la Ordenanza Nº 8612 y con exclusividad a los vehículos que ya cuentan con la habilitación y licencia respectiva. Artículo 2º Establécese en carácter de total excepcionali-------------dad prórroga hasta el 31 de Agosto del corriente año, para el cumplimiento del artículo 15 inc b. de la Ordenanza Nº 8612, en cuanto a los años de antigüedad establecidos en la mencionada norma cuyos vehículos se encuentren habilitados y con licencia al momento de la aprobación de la presente Ordenanza. Artículo 3º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10880 Asunto Nº 112/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Derógase la Ordenanza Nº 10.481. Artículo 2º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10881 Asunto Nº 113/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Considérense incluida dentro de la Zona Cen--------------tral (C), según lo determinado en el Artículo IV.1 del Anexo 7 del Anexo A del Plan de Desarrollo Territorial vigente por Ordenanza 9865/05, a la Manzana 42, de la Circunscripción I, Sección A de este Partido, excluyendo a las Parcelas 24 y 25 de la misma. Artículo 2° Modifícase el inciso 15 del artículo VI.1 del -------------Anexo 7 del Anexo A del Plan de Desarrollo Territorial vigente por Ordenanza 9865/05, el que quedará redactado de la siguiente manera: Manzana ocupada por la Parcelas 24 y 25 de la manzana Iglesia 42, de la matriz "Santísimo Sacra15 mento" y Circunscripción I, Sección A la Escuela Nº 1 Artículo 3° Modifícase el Artículo IV.1 del Anexo 7 del --------------Anexo A del Plan de Desarrollo Territorial vigente por Ordenanza 9865/05, el que quedará redactado de la siguiente manera: “IV.1 La Zona Central comprende el radio construido por los ejes de las calles: Av. Santamarina, Maipú, Gral. Rodríguez, Pinto, Chacabuco, Maipú, 14 de julio y Av. España, incluyendo los espacios parcelarios de la Manzana 42 de la Circunscripción ., Sección A, excluyendo a las parcelas 24 y 25 de la misma. Artículo 4º Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníque------------se al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10882 Asunto Nº 41/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Autorízase la escrituración de las------------------------parcelas del Plan Familia Propietaria a favor de los beneficiarios que se detallan en el Anexo I que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2º El precio de cada lote se fija en la suma de $ ------------480 (pesos cuatrocientos ochenta). Esta suma será abonada en 24 (veinticuatro) cuotas de $ 20 (pesos veinte) cada una más los recargos que correspondieren, sin gravamen hipotecario por tratarse de una deuda imprescriptible, venciendo la primera al mes de la fecha que consta en cada Boleto de Compra Venta emitido. Artículo 3º En la escritura deberá constar que “el benefi-------------ciario no podrá transferir el lote por el término de 5 años, bajo condición resolutoria, comprometiéndose a destinarlo a vivienda única y de ocupación permanente. Su incumplimiento dará derecho a la revocación del dominio”. Artículo 4º Declárase de Interés Social en los términos del ------------art. 4º, inciso d, de la Ley Provincial 10.830, la escrituración de venta de los lotes a favor de los beneficiarios, procediéndose a su escrituración ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. Artículo 5º Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníque------------se al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10883 Asunto Nº 42/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. Anexo I: Apellido y Nombre Liberal, Andea Elvira DNI 20.673.743 Domicilio Nomenclatura Fecha del Catastral Boleto Pasaje Circ. I, 07/08/2006 Galíndez Secc. D, 45 Manz. 69w, Parc. 8 Observaciones Cancelo la deuda del lote EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Autorízase la escrituración de las parcelas ------------del Plan Familia Propietaria a favor de los beneficiarios que se detallan en el Anexo I que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2º El precio de cada lote se fija en la suma de $ ------------480 (pesos cuatrocientos ochenta). Esta suma será abonada en 24 (veinticuatro) cuotas de $ 20 (pesos veinte) cada una más los recargos que correspondieren, sin gravamen hipotecario por tratarse de una deuda imprescriptible, venciendo la primera al mes de la fecha que consta en cada Boleto de Compra Venta emitido. Artículo 3º En la escritura deberá constar que “el benefi-------------ciario no podrá transferir el lote por el término de 5 años, bajo condición resolutoria, comprometiéndose a destinarlo a vivienda única y de ocupación permanente. Su incumplimiento dará derecho a la revocación del dominio”. Artículo 4º Sobre el citado terreno se encuentra edificada ------------una vivienda de barrio correspondiente al Programa Bonaerense II Solidaridad, Autoconstrucción y Ayuda Mutua, Convenio suscripto y aprobado por Ordenanza Municipal N° 7262 y Resolución 1205/98 recaída en el Expediente del Instituto de la Vivienda 2416 -11811/98. En garantía del saldo del crédito otorgado para la construcción de las viviendas, el adjudicatario constituirá derecho real de hipoteca a favor de la Municipalidad de Tandil, de acuerdo a las condiciones pactadas oportunamente con el Instituto de la Vivienda para esta operatoria. Artículo 5º Declárase de Interés Social en los términos del ------------art. 4º, inciso d, de la Ley Provincial 10.830, la escrituración de venta de los lotes a favor de los beneficiarios, procediéndose a su escrituración ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. Artículo 6º Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníque------------se al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10884 Asunto Nº 42/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. Anexo I: Apellido y Nombre Calderón Zulema DNI 5.669.018 Tomas Cuesta, Valentín DNI 93.607.478 Domicilio Nomenclatura Fecha del Catastral Boleto Salta Circ. I, 07/08/2006 2019 Secc. E, Manz. 153ah, Parc. 15 Arnedo, Norma Edith DNI 16.219.873 Paseo De Circ. I, Los Niños Secc. E, 2097 Manz. 164e, Parc. 24 Observaciones Cancelo la deuda del lote 07/08/2006 Cancelo la deuda del lote EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Autorízase el uso del Salón Blanco Municipal -------------para el día 4 de Febrero del corriente año a las 20:00 hs. con motivo de llevarse a cabo el Encuentro de Coros Calabreses. Artículo 2º La presente solicitud deberá ajustarse a las -------------regulaciones y limitaciones de prácticas estipuladas en la Ordenanza 9164/2004 y su modificatorio Ordenanza Nº 9419/04. Artículo 3º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10885 Asunto Nº 52/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Autorízase al Departamento Ejecutivo, por in-------------termedio de sus organismos competentes, a considerar como susceptible de ser excepcionalmente convalidado, sin considerar que el uso propuesto es prohibido en la Zona Barrio Parque, el proyecto de ampliación de un edificio destinado a alojamiento turístico, de propiedad de la razón social MARCELO E. ROTONI, existente en el inmueble ubicado según catastro en la Circunscripción I, Sección B, Manzana 58b, Parcela 4b de este Partido. Artículo 2° El edificio cuya ampliación se autoriza por la ------------presente Ordenanza, no podrá posteriormente ser objeto de nuevas ampliaciones y/o reformas que no incluyan indefectiblemente su encuadre reglamentario al Plan de Desarrollo Territorial vigente en ese momento. Artículo 3° La convalidación autorizada por el Artículo 1º, ------------estará supeditada al cumplimiento de los demás aspectos urbanísticos y edilicios establecidos en el Plan de Desarrollo Territorial y el Código de Edificación vigentes. Artículo 4° Otórgase un plazo no mayor a 60 (sesenta) días ------------a partir de la promulgación de esta Ordenanza, a la profesional Arquitecta GABRIELA ALSINA (Matr. C.A.P.B.A. 3912) para iniciar el trámite tendiente a cumplimentar la convalidación del proyecto definitivo ante los organismos técnicos municipales de competencia. Artículo 5° Establécese que en las carátulas de la documen------------tación de obra a presentarse a fines de la convalidación, deberá obligatoriamente consignarse la referencia a la presente normativa, mediante la inclusión de la leyenda “La convalidación del presente proyecto ha sido autorizada excepcionalmente por Ordenanza (deberá consignarse Nº de la presente)”. Artículo 6° En caso de desistimiento de la gestión, o ven-------------cimiento del plazo establecido en el Artículo 4º, la presente Ordenanza se considerará caducada automáti- camente en su vigencia, retrotrayéndose las potencialidades de uso de la parcela, a lo que establezca el Plan de Desarrollo Territorial en ese momento. En tal caso se paralizarán las obras o acciones que hubieran sido iniciadas en la parcela, dando por perdido a la razón social propietaria el derecho a formular objeciones. Una eventual prosecución de la gestión administrativa por parte de ésta, deberá ser evaluada nuevamente por el Honorable Concejo Deliberante, previo informe de la autoridad correspondiente acerca de las causas que provocaran la paralización. Artículo 7° La consideración de excepción otorgada por la ------------presente Ordenanza no podrá utilizarse como argumentación de existencia de antecedente de resolución favorable, a los efectos de nuevas solicitudes de idéntico tenor que eventualmente iniciaren la razón social propietaria y/o la profesional mencionada, los cuales deberán requerir de su consideración particularizada en cada caso. Artículo 8º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10886 Asunto Nº 40/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los propie-------------tarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red Distribuidora de AGUA por el sistema de COSTO CUBIERTO en las calles AYACUCHO entre Lima y S. Argentino – ambas veredas-, AYACUCHO entre S. Argentino y Quinquela Martín –ambas veredas-, BRIVIO entre Sin nombre y Sin nombre –ambas veredas-, BRIVIO entre Frondizi y Dabidos Roberto –ambas veredas-, DABIDOS ROBERTO entre Brivio y García Coronel –ambas veredas-C.I.-, FRONDIZI entre Brivio y García Coronel –ambas veredas-C.I.-, GARCIA CORONEL entre Sin Nombre y Dabidos Roberto –ambas veredas-, LIMA entre Ayacucho y Matorras Gregoria –ambas veredas-C.I.-, MANCINI entre Matorras Gregoria y Sin nombre –ambas veredas-, QUINQUELA MARTIN entre Ayacucho y Matorras Gregoria –ambas veredas-, SIN NOMBRE entre Brivio y García Coronel –ambas veredas- y SIN NOMBRE entre Mancini y Brivio –ambas veredas-, de nuestra ciudad. Artículo 2° El costo total de la obra a que se refiere el ------------artículo anterior será abonado en su totalidad por PIZZORNO, Gino – D.N.I. Nº 20.502.615-, MAGNO Francisco – D.N.I. Nº 8.111.916-, FONCECA Roxana – D.N.I. Nº 14.544.164-, FACAL Mauricio – D.N.I. Nº 21.871.371-, GARCÍA Cristina – D.N.I. Nº 25.518.776-, CUTINI Silvina – D.N.I. Nº 25.576.957, GOMEZ Martín – D.N.I. Nº 20.502.743-, LABADIE Héctor – D.N.I. Nº 10.418.077-, QUEBEDO Luis – D.N.I. Nº 21.854.385-, GARCÍA Pablo – D.N.I. Nº 26.489.204-, CALMA Carlos – D.N.I. Nº 17.221.314-, TAZZA Alberto – L.E. Nº 5.371.421-, JANNA Ariel – D.N.I. Nº 13.228.327-, CHIESA Alcira – D.N.I. Nº 10.549.125-, YOSI Federico – D.N.I. Nº 27.802.204-, GUZMÁN Sergio – D.N.I. Nº 18.294.934-, VILLARINO Pablo – D.N.I. Nº 25.793.886-, PECELIS Mario – L.E. Nº 8.128.321-, BONADEO Alejandro – D.N.I. Nº 20.673.046-, JUSTEL Fernando – D.N.I. Nº 21.854.028-, ARNOTAU Fernando – D.N.I. Nº 20.673.345-, CAVALLIERI Juan – D.N.I. Nº 21.871.192-, DIAZ Mauricio – D.N.I. Nº 24.733.764-, BERARDI Orne-lla – D.N.I. Nº 28.128.294-, GARCÍA Blas – D.N.I. Nº 11.420.843-, CIANSIO Natalia – D.N.I. Nº 26.214.108-, VAAMONDE Santiago – L.E. Nº 5.371.421-, TABORGA Ana – D.N.I. Nº 14.832.531-, FERNÁNDEZ Andrea – D.N.I. Nº 20.718.469-, y CUVILLER Jorge – D.N.I. Nº 22.944.419. Artículo 3° La modalidad de ejecución será por el sistema ------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la obra. Artículo 4° El pago de la obra podrá efectuarse al contado ------------o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y en la Ordenanza N° 6361/94. Artículo 5° Una vez producida la RECEPCIÓN PROVISORIA DE -------------OBRA, procédase a notificar a la Dirección de Rentas y Finanzas a los efectos de realizar la afectación de la obra a los inmuebles pertinentes Artículo 6º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10887 Asunto Nº 84/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los propie-------------tarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red de CLOACAS por el sistema de COSTO CUBIERTO en la calle NICARAGUA al 200 –vereda par- entre Falucho y Rosalía de Castro, de nuestra ciudad. Artículo 2° El costo total de la obra a que se refiere el ------------artículo anterior será abonado en su totalidad por CONSCA Sociedad Anónima representada por el Presidente Ing. Water Scagliarini – D.N.I. Nº 13.552.266. Artículo 3° La modalidad de ejecución será por el sistema ------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la obra. Artículo 4° El pago de la obra podrá efectuarse al contado ------------o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y en la Ordenanza N° 6361/94. Artículo 5° Una vez producida la RECEPCIÓN PROVISORIA DE -------------OBRA, procédase a notificar a la Dirección de Rentas y Finanzas a los efectos de realizar la afectación de la obra a los inmuebles pertinentes Artículo 6º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10888 Asunto Nº 87/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los propie-------------tarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la pavimentación por el sistema de COSTO CUBIERTO en la Av. LÓPEZ DE OSORNIO entre Sandino y José Marti, de nuestra ciudad. Artículo 2° Autorízase al Departamento Ejecutivo a la sus-------------cripción del Convenio entre la Municipalidad de Tandil y la Empresa URBANA S.A., según modelo adjunto al presente, en el cual se estipula modalidad de pago por parte del municipio, en concepto de parcelas de su propiedad y espacios públicos (bocacalle). Artículo 3° El pago total de la obra estará a cargo excl.-------------sivamente de los señores frentistas. Artículo 4° La modalidad de ejecución será por el sistema ------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada y recepcionada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la obra. Artículo 5° El pago de la obra a cargo de los propietarios ------------y/o poseedores a título de dueño podrá efectuarse al contado o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y 3867/86 y sus modificatorias 7072/96 y 8267/01. Artículo 6º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10889 Asunto Nº 88/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Modifícanse los inc. e) e i) del Artículo 6º de ------------la Ordenanza Nº 8866/03, los que quedarán redactados de la siguiente manera: Art. 6º:… Inc. e) Cada comercio deberá además de otras exigencias contar con espacios de salidas propios y directos a la vía publica, con puertas antipanico y con barras de salidas de emergencia cuyo tamaño será en función de la cantidad de personas que puedan ingresar al establecimiento de acuerdo al factor de ocupación y las leyes y ordenanzas vigentes en la materia, a tal efecto deberán cumplir con la presentación de Informe Antisiniestral y su correspondiente Final de Obra emitido por el Departamento de Bomberos según Decreto Nº 12/05 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. Inc. i) Los establecimientos definidos en el Art. 2 tipo 3 y 4 deberán contar en sus accesos, con detectores de metales fijos o portátiles (tipo espada) Artículo 2º Modifícanse los inc. g) y n) del Artículo 16º ------------de la Ordenanza Nº 8866/03, los que quedarán redactados de la siguiente manera: Artículo 16º:… Inc. g) falta de equipo de circuito cerrado de T.V. establecido en el Inc. H o falta de detector de metal solicitado en el Inc. I del Artículo 6º o se comprobare el inadecuado funcionamiento de cualquiera de los mismos, multa equivalente a cinco sueldos básicos Categoría 4 del Escalafón Municipal. Inc. n) En caso de comprobarse mediante simple conteo por la autoridad de aplicación el exceso de la capacidad máxima permitida indicada en el Certificado de Habilitación y/o el cartel solicitado en el Art. 6º Inc. F, multa equivalente a cinco sueldos básicos de la Categoría 4 de l Escalafón Municipal. Artículo 3º Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníque------------se al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10890 Asunto Nº 53/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Autorízase el uso del Salón Blanco Municipal -------------para el día 4 de Febrero del corriente año a partir de las 17:00 hs. con motivo de realizarse la Jornada Nacional de Danza Folklórica Argentina, en el marco de actos por el XXV Festival Nacional de la Sierra. Artículo 2º La presente solicitud deberá ajustarse a las -------------regulaciones y limitaciones de prácticas estipuladas en la Ordenanza 9164/2004 y su modificatorio Ordenanza Nº 9419/04. Artículo 3º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10891 Asunto Nº 59/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Autorízase al Departamento Ejecutivo a conside------------rar como susceptible de ser excepcionalmente habilitado, por un lapso único e improrrogable de 24 (veinticuatro) meses, a partir de la fecha de promulgación de la presente ordenanza, el establecimiento destinado a “reparación, colocación y venta de caños de escapes”, de propiedad de la razón social RAFAEL RIVA, existente en el inmueble ubicado en calle Yrigoyen Nº 1433, cuyos datos catastrales son Circ. I, Secc. C, Manz. 72a, Parcela 21, de la localidad de Tandil. Artículo 2º Conforme lo determinado en el Artículo 1º, la ------------autorización de funcionamiento en ese domicilio caducará automáticamente al término del lapso concedido, por lo que el establecimiento mencionado deberá indefectiblemente trasladarse a un distrito apto para el desarrollo de la actividad descripta, o darse de baja sin que medie comunicación obligatoria alguna por parte del Municipio o de sus organismos competentes en tal sentido. Artículo 3° Mientras perdure la temporalidad de la habili-------------tación, no se admitirán transferencias del fondo de comercio de la razón social mencionada en el Artículo 1º, ni aún en el caso de tratarse de una operatoria entre familiares en línea directa. Artículo 4° La convalidación autorizada por el Artículo 1º, ------------estará supeditada al cumplimiento de los demás aspectos urbanísticos y edilicios establecidos en el Plan de Desarrollo Territorial y el Código de Edificación vigentes. Artículo 5° Queda establecido que la consideración de ex -------------cepción es otorgada por única vez, y la presente Ordenanza no podrá ser utilizada como argumentación de la existencia de antecedente de resolución favorable, a los efectos de nuevas solicitud de idéntico tenor que eventualmente iniciare la razón social propietaria ante la autoridad municipal. Artículo 6º Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníque------------se al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10892 Asunto Nº 60/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Convalídase el Acta de Hermanamiento celebrada ------------entre el Municipio de Tandil representado por el Señor Intendente Municipal Dr. Miguel Ángel Lunghi y la Comuna de Prossedi representada por el Sindaco Sg. Franco Greco, obrante a fs. 2 y 3, en el marco de los vínculos que unen a los pueblos de Italia y Argentina y en especial a éstas dos comunas. Artículo 2º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10893 Asunto Nº 63/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Autorízase al Departamento Ejecutivo a imputar ------------a la Cuenta Especial de la Ordenanza 2505 y sus modificatorias del ejercicio 2008, los gastos de la obra “Iluminación Av. España”. Artículo 2º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10894 Asunto Nº 34/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los propie-------------tarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red Distribuidora de Agua por el sistema de Costo Cubierto en la calle LOS FRESNOS entre J.M. de ROSAS y Los Corales – ambas veredas - cuadra incompleta – y LOS FRESNOS entre Los Corales y Las Orquideas – ambas veredas – cuadra incompleta-, de nuestra ciudad. Artículo 2° El costo total de la obra a que se refiere el ------------artículo anterior será abonado en su totalidad por GALLEGO, JUAN JOSÉ – D.N.I. Nº 22.086.337. Artículo 3° La modalidad de ejecución será por el sistema ------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la obra. Artículo 4° El pago de la obra podrá efectuarse al contado ------------o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y en la Ordenanza N° 6361/94. Artículo 5° Una vez producida la RECEPCIÓN PROVISORIA DE -------------OBRA, procédase a notificar a la Dirección de Rentas y Finanzas a los efectos de realizar la afectación de la obra a los inmuebles pertinentes Artículo 6º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10895 Asunto Nº 38/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los propie-------------tarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red de Gas Natural por el sistema de Costo Cubierto en la calle LA PAMPA al 200 (V.I.) y al 300 (V.I. – C.I.), (Proyecto PO/UOT Nº 919-7009) de nuestra ciudad. Artículo 2° El pago total de la obra estará a cargo exclu-------------sivamente del Sr. ITALO PLACHESI – D.N.I. Nº 13.320.832; de acuerdo al contrato firmado a fojas 7, del Expediente Nº 4296/00/2007. Artículo 3° La modalidad de ejecución será por el sistema ------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada y recepcionada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la obra. Artículo 4° El pago de la obra a cargo de los propietarios ------------y/o poseedores a título de dueño podrá efectuarse al contado o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y sus modificatorias, según Ordenanza Nº 9501/04; en la Ordenanza 6361/94; y Art. 48º bis aprobado mediante Ordenanza Nº 9805/05. Artículo 5º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10896 Asunto Nº 54/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los propie-------------tarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red de Cloacas por el sistema de COSTO CUBIERTO en la calle ARTIGAS al 700 – vereda impar - cuadra incompleta entre Fragata Sarmiento y Av. Cabildo, de nuestra ciudad. Artículo 2º El costo total de la obra a que se refiere el ------------artículo anterior será abonado en su totalidad por la sra. AVILA, ANDREA – D.N.I. Nº 15.625.845. Artículo 3º La modalidad de ejecución será por el sistema ------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la obra. Artículo 4º El pago de la obra podrá efectuarse al contado ------------o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y en la Ordenanza N° 6361/94. Artículo 5º Una vez producida la RECEPCIÓN PROVISORIA DE -------------OBRA, procédase a notificar a la Dirección de Rentas y Finanzas a los efectos de realizar la afectación de la obra a los inmuebles pertinentes Artículo 6º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10897 Asunto Nº 43/08 Diego A. Palavecino Dr. Juan P. Frolik Secretario del H.C.D. Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los propie-------------tarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red de Gas Natural por el sistema de Costo Cubierto en la calle CHACO al 1400 (V.I. – C.I.), (Proyecto PO/UOT Nº 919-7060) de nuestra ciudad. Artículo 2º: El pago total de la obra estará a cargo exclu-------------sivamente de los Sres. GUILLERMO ARBEO – D.N.I. Nº 24.732.126; y ALFREDO R. TEYSEYRE – D.N.I. Nº 22.531.427; de acuerdo a los contratos firmados a fojas 8 y 19, del Expediente Nº 150/00/2008. Artículo 3º: La modalidad de ejecución será por el sistema -------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada y recepcionada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la obra. Artículo 4º: El pago de la obra a cargo de los propietarios -------------y/o poseedores a título de dueño podrá efectuarse al contado o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y sus modificatorias, según Ordenanza Nº 9501/04; en la Ordenanza 6361/94; y Art. 48º bis aprobado mediante Ordenanza Nº 9805/05. Artículo 5º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10898 Asunto Nº 69/08 Diego A. Palavecino Dr. Juan P. Frolik Secretario del H.C.D. Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los propie-------------tarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red de Gas Natural por el sistema de Costo Cubierto en la calle NIGRO al 1600 (V.P. – C.I.), (Proyecto PO/UOT Nº 919-7102) de nuestra ciudad. Artículo 2º El pago total de la obra estará a cargo excl.-------------sivamente de los Sres. FLORENCIO HERNAN SOTO BAEZA – D.N.I. Nº 92.484.468; JULIO CESAR MIGON – D.N.I. Nº 23.997.482; JOSÉ ANGEL DEANES – D.N.I. Nº 5.311.466; GINES GARCIA ALIAS – D.N.I. Nº 93.635.853; GUSTAVO A. BRUNI – D.N.I. Nº 20.037.866; ROBERTO OSCAR PRIETO – D.N.I. Nº 5.391.090; y ATILIO ARMANDO RODRÍGUEZ – D.N.I. Nº 8.293.881; de acuerdo a los contratos firmados a fojas 7, 12, 16, 18, 20, 23 y 25 del expediente Nº 4274/00/2007. Artículo 3º La modalidad de ejecución será por el sistema ------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada y recepcionada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la obra. Artículo 4º El pago de la obra a cargo de los propietarios ---------------y/o poseedores a título de dueño podrá efectuarse al contado o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y sus modificatorias, según Ordenanza Nº 9501/04; en la Ordenanza 6361/94; y Art. 48º bis aprobado mediante Ordenanza Nº 9805/05. Artículo 5º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10899 Asunto Nº 68/08 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública y Pago Obligato-------------rio, para los propietarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la obra “EXTENSIÓN RED DE CLOACAS EN DIVERSOS SECTORES” en las siguientes calles: • Calle De Pietri 900 (V.I.) entre La Movediza y Bereterbide. • Calle De Pietri 1000 (V.I.) entre Bereterbide y Langueyú. • Calle De Pietri 1100 (V.I.) entre Langueyú y Primera Junta. • Calle Vivot 900 (V.I.) entre La Movediza y Bereterbide. • Calle Vivot 1000 (V.I.) entre Bereterbide y Langueyú. • Calle Vivot 1100 (V.I.) entre Langueyú y Primera Junta. • Av. Pujol 900 (V.P.) entre La Movediza y Bereterbide. • Av. Pujol 1000 (V.P.) entre Bereterbide y Langueyú. • Av. Pujol 1100 (V.P.) entre Langueyú y Primera Junta. Artículo 2º El prorrateo del costo total de la obra a asu-------------mir por los vecinos se realizará por Unidad de Frente. Artículo 3°: El pago de obra a cargo de los propietarios --------------y/o poseedores a título de dueño podrá efectuarse hasta en cuotas iguales y consecutivas, con un interés del mensual. Los importes recaudados ingresarán al Fondo Especial de Obras Sanitarias (Ordenanzas 10215/06; 10323/06 y 10720/07). Artículo 4º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10900 Asunto Nº 61/08 Diego A. Palavecino Dr. Juan P. Frolik Secretario del H.C.D. Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los propie-------------tarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red de Gas Natural por el sistema de Costo Cubierto en la calle CONSTITUCIÓN al 1700 (V.I. – C.I.), (Proyecto PO/UOT Nº 919-7124) de nuestra ciudad. Artículo 2º El pago total de la obra estará a cargo excl.-------------sivamente del Sr. MARCELO JAVIER PLACHESI – D.N.I. Nº 17.863.103; de acuerdo al contrato firmado a fojas 7 del expediente Nº 4273/00/2007. Artículo 3º La modalidad de ejecución será por el sistema ------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada y recepcionada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la obra. Artículo 4º El pago de la obra a cargo de los propietarios ------------y/o poseedores a título de dueño podrá efectuarse al contado o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y sus modificatorias, según Ordenanza Nº 9501/04; en la Ordenanza 6361/94; y Art. 48º bis aprobado mediante Ordenanza Nº 9805/05. Artículo 5º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10901 Asunto Nº 58/08 Diego A. Palavecino Dr. Juan P. Frolik Secretario del H.C.D. Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los propie-------------tarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red de Gas Natural por el sistema de Costo Cubierto en la calle CAGNOLI al 500 (V.P. – C.I.), (Proyecto PO/UOT Nº 919-7123) de nuestra ciudad. Artículo 2º El pago total de la obra estará a cargo excl.-------------sivamente de la Sra. ANA VICTORIA BUSTAMANTE – D.N.I. Nº 23.687.258, de acuerdo al contrato firmado a fojas 6, del Expediente Nº 4297/00/2007. Artículo 3º La modalidad de ejecución será por el sistema ------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada y recepcionada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la obra. Artículo 4º El pago de la obra a cargo de los propietarios ------------y/o poseedores a título de dueño podrá efectuarse al contado o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y sus modificatorias, según Ordenanza Nº 9501/04; en la Ordenanza 6361/94; y Art. 48º bis aprobado mediante Ordenanza Nº 9805/05. Artículo 5º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10902 Asunto Nº 55/08 Diego A. Palavecino Dr. Juan P. Frolik Secretario del H.C.D. Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los -------------------propietarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red de CLOACAS por el sistema de COSTO CUBIERTO en la calle RECONQUISTA al 300 –vereda impar-cuadra incompleta- 30 metros entre Quintana y Vicente López, de nuestra ciudad. Artículo 2º El costo total de la obra a que se refiere el ------------artículo anterior será abonado en su totalidad por los señores ZAMOLO, JULIO CÉSAR – D.N.I. Nº 8.536.485 y BUGARINI, FABIO LUCIANO – D.N.I. Nº 20.691.001. Artículo 3º: La modalidad de ejecución será por el sistema -------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la obra. Artículo 4º El pago de la obra podrá efectuarse al contado -------------o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y en la Ordenanza N° 6361/94. Artículo 5º Una vez producida la RECEPCIÓN PROVISORIA DE -------------OBRA, procédase a notificar a la Dirección de Rentas y Finanzas a los efectos de realizar la afectación de la obra a los inmuebles pertinentes Artículo 6º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10903 Asunto Nº 97/08 Diego A. Palavecino Dr. Juan P. Frolik Secretario del H.C.D. Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Autorízase al Departamento Ejecutivo a imputar ------------a la Cuenta Especial de la Ordenanza 2505 y sus modificatorias del ejercicio 2008, los gastos de la obra “Iluminación Parque Encantado”. Artículo 2º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10904 Asunto Nº 35/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Modifícase el inciso 3) del Artículo V.52 del ------------Título 2, Capítulo V, Sección 5, del Anexo A de la Ordenanza 9865/05, el que quedará redactado de la siguiente manera: “3. Usos autorizables son aquellos que para su posible implantación, requieren la presentación, ante la Autoridad de Aplicación, de un estudio que permita determinar su viabilidad, en función de la incidencia urbanística que causarían en su ámbito de localización. Dicho estudio deberá: a) Tomar en cuenta el área de influencia de la actividad que se propone localizar, cuya delimitación deberá ser debidamente justificada. b) Evaluar los aspectos cuantitativos o cualitativos del uso pretendido para evitar la colisión con los usos predominantes y compatibles de la zona, área o sector correspondiente, y/o la tergiversación de las condiciones urbanísticas de sus ámbitos de influencia. No obstante, de considerarlo necesario, la Autoridad de Aplicación podrá requerir la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental, conforme lo establecido en el Título III de la presente norma. La condición de uso autorizable es aplicable tanto a los supuestos de nuevos emprendimientos y localizaciones, como a cambios de uso existentes o ampliación de superficies cubiertas.” Artículo 2º Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníque------------se al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10905 Asunto Nº 39/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA .Artículo 1º - Autorízase al Departamento Ejecutivo a aceptar la única oferta, presentada --------------- por la firma Petrotandil S.A., en la Licitación Privada Nº 04-02-2008 ¨Adquisición Bitalco, ER y Brea Plástica¨, por un importe de $ 117.500,00 (pesos ciento diecisiete mil quinientos).Artículo 2º - Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecu.---------------- tivo.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL OCHO.Registrada bajo el Nº: 10906 Asunto Nº 138/08 Exp. 00300/00/08 Sr. Diego Palavecino Secretario del HCD Dr. Juan P. Frolik Presidente del HCD EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º - Autorízase al Departamento Ejecutivo a con--------------- tratar el servicio de consultoría, promoción y seguimiento y cobranza de las obras de infraestructura que realiza la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, correpondiente a los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2008, por un monto de $ 5.100( pesos cinco mil cien), en el marco de lo dispuesto por el Artículo 148º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.Artículo 2º - Regístrese, dése al Libro de Actas y comuní-------------- quese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONOBRABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL OCHO. Registrada bajo el Nº 10907 Asunto Nº 136/08 Nota 1192/08 eEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º - Autorízase al Departamento Ejecutivo a acep-------------- tar la única oferta, presentada por la firma Seguridad Bonanza S.R.L., en la Licitación Privada Nº 0102-2008 ¨Seguridad Parque Industrial de Tandil – Período Febrero a Diciembre de 2008¨, por un importe de $ 146.678,40 (pesos ciento cuarenta y seis mil seiscientos setenta y ocho con cuarenta centavos).Artículo 2º - Regístrese, dése al Libro de Actas y comuní-------------- quese al Departamento Ejecutivo.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL OCHO.Registrada bajo el Nº: 10908 Asunto Nº 141/08 Nota. 00149/00/08 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º - Autorízase al Departamento Ejecutivo a sus--------------- cribir Convenio de Prestación de Equipo, con la Dirección Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, que regirá la forma y condiciones en que se realizarán las tareas de ejecución de la obra denominada ¨Limpieza y Destronque del Arroyo Tandileofú – sector préstamo Ruta Nº 226 – 300 mts aguas abajo del puente de la ruta – Pdo. De Tandil.Artículo 2º - Regístrese, dése al Libro de Actas y comuní-------------- quese al Departamento Ejecutivo.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL OCHO.Registrada bajo el Nº: 10909 Asunto Nº 155/08 Exp. 801/08 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1°: Declárase de interés municipal la Feria de Sabo------------ res que se realiza durante los días de Semana Santa en la Diagonal Presidente Arturo Illía a la altura de la Plaza Moreno. Artículo 2°: Los artículos puestos en venta y/o exposición ------------- deben corresponder con productos alimenticios elaborados dentro del Partido de Tandil. Artículo 3°: Los expositores deberán solicitar a la Dirección ------------ de Turismo la autorización para participar en la feria que la concederá o rechazará de acuerdo con el cumplimiento por parte de la solicitante de las normas bromatológicas y sobre habilitación Municipal. De los Stands Artículo 4°: Armado y desarme: -----------1) Cada expositor será responsable de todos los elementos para el armado del stand. 2) Los expositores deberán tener armado elstand antes del jueves Santo a las 12:00hs. y podrán comenzar a desarmar el día domingo a partir de las 20hs. 3) En las ocasiones en que la Semana Santa sea precedida o continuada por otro feriado nacional o local, la feria de sabores podrá ampliarse a dichos días. 4) Los Expositores deberán respetar la ubicación asignada previamente por la Dirección de Turismo. Del Canon Artículo 5°: Los expositores deberán abonar con anticipación ------------ mínima de tres días un canon de $150 (pesos ciento cincuenta). Dicho importe incluye el derecho de cada expositor de contar con un espacio para instalar su Stand., de 3 (tres) mts. De frente por 4 (cuatro) mts. De profundidad, electricidad (armado tableros llaves térmicas disyunto- res y tomas), seguridad nocturna, disponibilidad de sanitario y provisión de bolsas de residuos. Artículo 6°: El producto de la recaudación del canon estable------------ cido en el artículo precedente será destinado exclusivamente a solventar los gastos que demanda la instalación y/o provisión de los servicios a la feria. De los controles Municipales a los expositores Artículo 7°: Una vez instalados los stands, los expositores ------------ se deberán someter a los controles bromatológicos y de cualquier otra naturaleza que realice el Municipio. Artículo 8°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a elaborar ------------ la reglamentación del funcionamiento de la Feria. Artículo 9°: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese ------------ al Departamento Ejecutivo.DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL OCHO. Registrada bajo el Nº 10910 Asunto Nº 161/08 Expte. Nº 873/08 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Convalídase el Convenio celebrado entre el ---------------Municipio de Tandil, representado por el Intendente Municipal Dr. Miguel Ángel Lunghi, y el Hogar de Ancianos San José, representado por la Presidente de la Comisión de Damas de la Caridad del Sagrado Corazón, Señora María Marta Grieco de Vidaguren, LC Nº 4.087.500 y la Secretaria, Señora María Haydee Uzandizaga de Guazzelli, LC Nº 6.208.807, obrante a fojas 2 y 3 del Expediente Nº 694/08, el cual tiene como objetivo poner a disposición del Municipio hasta 10(diez) lugares destinados al alojamiento para adultos mayores autoválidos o autoválidos con problemas motores mayores de 70 (setenta) años, aportando el Municipio la suma de $ 2.500 (pesos dos mil quinientos) mensuales. Artículo 2º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10911 Asunto Nº 140/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Expte. Nº 694/08 Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los propie-------------tarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red de CLOACAS por el sistema de COSTO CUBIERTO en la calle LA RIOJA al 00 – vereda par – cuadra incompleta- de nuestra ciudad. Artículo 2º El costo total de la obra a que se refiere el ------------artículo anterior será abonado en su totalidad por el Sr. LARREGON, Domingo Ramón – D.N.I. Nº 10.101.788. Artículo 3º La modalidad de ejecución será por el sistema ------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la obra. Artículo 4º El pago de la obra podrá efectuarse al contado ------------o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y en la Ordenanza N° 6361/94. Artículo 5º Una vez producida la RECEPCIÓN PROVISORIA DE -------------OBRA, procédase a notificar a la Dirección de Rentas y Finanzas a los efectos de realizar la afectación de la obra a los inmuebles pertinentes Artículo 6º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10912 Asunto Nº 181/08 Expte. Nº 817/08 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º - Autorízase el emplazamiento del monumento al escritor Osvaldo Soriano, en la plaza que lleva su nombre, sito en Avenida Machado entre 4 de Abril y Alsina de nuestra ciudad.Artículo 2º - Establécese que el monumento tendrás las siguientes características: dos paredes de un metro cincuenta de alto y dos metros de ancho cada una, que imitarán un libro, grabándose en una de las páginas la imagen del escritor y en otra leyenda valorizando la obra del escritor.Artículo 3º - Los gastos que demande la implementación de la presente, serán absorbidos por los integrantes de la Peña El Nuevo Gasómetro de Tandil.-* Artículo 4º - Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL OCHO.Registrada bajo el Nº: 10913.Asunto Nº 195/08 Nota EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los propie-------------tarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red Distribuidora de Agua por el sistema de COSTO CUBIERTO en la calle FERNÁNDEZ DE LA CRUZ 900 – ambas veredas – cuadra incompleta – entre Avda. Bolívar y Lamadrid, de nuestra ciudad. Artículo 2º El costo total de la obra a que se refiere el ------------artículo anterior será abonado en su totalidad por GOYENECHE Marcelo – D.N.I. Nº 25.197.917; ELISSONDO Luis – D.N.I. Nº 14.913.136; SANSONI José – D.N.I. Nº 10.101.757 y GONZALEZ R. – D.N.I. Nº 5.387.291. Artículo 3º La modalidad de ejecución será por el sistema ------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la obra. Artículo 4º El pago de la obra podrá efectuarse al contado ------------o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y en la Ordenanza N° 6361/94. Artículo 5º Una vez producida la RECEPCIÓN PROVISORIA DE -------------OBRA, procédase a notificar a la Dirección de Rentas y Finanzas a los efectos de realizar la afectación de la obra a los inmuebles pertinentes Artículo 6º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10914 Asunto Nº 146/08 Nota Nº 9505/07 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los propie-------------tarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red de Agua por el sistema de COSTO CUBIERTO en la calle SCAVINI 1300-1400 – ambas veredas – entre Las Hortensias y Los Corales, de nuestra ciudad. Artículo 2º El costo total de la obra a que se refiere el ------------artículo anterior será abonado en su totalidad por los sres. MARTIN TRIPODI – D.N.I. Nº 22.292.867 – SANTIAGO ARCE – D.N.I. Nº 20.912.195 – LIA GARCÍA POZZI DE SORIA – D.N.I. Nº 6.622.124 – GUILLERMO DABOS – D.N.I. Nº 20.673.267 – CÉSAR FIEL – D.N.I. Nº 10.738.913 – MARCELA LOPEZ MATTA – D.N.I. Nº 17.221.199. Artículo 3º La modalidad de ejecución será por el sistema ------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la obra. Artículo 4º El pago de la obra podrá efectuarse al contado ------------o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y en la Ordenanza N° 6361/94. Artículo 5º Una vez producida la RECEPCIÓN PROVISORIA DE -------------OBRA, procédase a notificar a la Dirección de Rentas y Finanzas a los efectos de realizar la afectación de la obra a los inmuebles pertinentes Artículo 6º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10915 Asunto Nº 149/08 Nota Nº 277/06 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los propie-------------tarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red de Gas Natural por el sistema de COSTO CUBIERTO en la calle LÓPEZ DE OSORNIO al 1700 (V.I.), (Proyecto PO/UOT Nº 16-7097-00-07) de nuestra ciudad. Artículo 2º El pago total de la obra estará a cargo excl.-------------sivamente de los Sres. SIMON ABEL ÁLVAREZ – D.N.I. Nº 24.251.660; LAURA MEDINA – D.N.I. Nº 24.041.616; y PABLO VENACIO – D.N.I. Nº 23.209.129; de acuerdo a los contratos firmados a fojas 7-8, 11-12 Y 16-17 del Expediente Nº 470/00/2008. Artículo 3º La modalidad de ejecución será por el Sistema ------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada y recepcionada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la misma. Artículo 4º El pago de la obra a cargo de los propietarios ------------y/o poseedores a título de dueño podrá efectuarse al contado o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y sus modificatorias, según Ordenanza Nº 9501/04; en la Ordenanza Nº 6361/94; y Art. 48º bis aprobado mediante Ordenanza Nº 9805/05. Artículo 5º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10916 Asunto Nº 143/08 Expte. Nº 470/08 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA De ORDENANZA Artículo 1º - Convalídase el Decreto Nº 396, Ad referéndum ------------- del Honorable Concejo Deliberante, el cual fija el nuevo cuadro tarifario para el servicio de transporte que presta la Empresa ¨Expreso Vela¨ Artículo 3º - Regístrese, dése al Libro de Actas y comuní-------------- quese al Departamento Ejecutivo.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL OCHO.Registrada bajo el Nº: 10917.Asunto Nº 93/08 Nota 163/08 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los propie-------------tarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red de Agua por el sistema de COSTO CUBIERTO en la calle Pje. Guernica 1000 –vereda impar - cuadra incompleta - entre Moreno y Saavedra, de nuestra ciudad. Artículo 2º El costo total de la obra a que se refiere el ------------artículo anterior será abonado en su totalidad por el señor LUIS JORGE EYHERLADE – D.N.I. Nº 4.880.190. Artículo 3º La modalidad de ejecución será por el sistema ------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la obra. Artículo 4º El pago de la obra podrá efectuarse al contado ------------o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y en la Ordenanza N° 6361/94. Artículo 5º Una vez producida la RECEPCIÓN PROVISORIA DE -------------OBRA, procédase a notificar a la Dirección de Rentas y Finanzas a los efectos de realizar la afectación de la obra a los inmuebles pertinentes Artículo 6º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10918 Asunto Nº 137/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Nota Nº 2197/07 Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los -------------------propietarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red de Gas Natural por el sistema de Costo Cubierto en la calle PINTO al 1100 (V.I. – C.I.), (Proyecto PO/UOT Nº 919-6905) de nuestra ciudad. Artículo 2º El pago total de la obra estará a cargo ------------------exclusivamente de los Sres. RAÚL OSCAR LATTOUR – D.N.I. Nº 5.384.124; y ESTHER AGUIRRE – D.N.I. Nº 13.320.806; de acuerdo a los contratos firmados a fojas 89y 10-11, del Expediente Nº 75/00/2008. Artículo 3º La modalidad de ejecución será por el sistema ------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada y recepcionada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la misma. Artículo 4º El pago de la obra a cargo de los propietarios ------------y/o poseedores a título de dueño podrá efectuarse al contado o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y sus modificatorias, según Ordenanza Nº 9501/04; en la Ordenanza 6361/94; y Art. 48º bis aprobado mediante Ordenanza Nº 9805/05. Artículo 5º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10919 Asunto Nº 105/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Expte. Nº 75/08 Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º Declárase de Utilidad Pública para los propie-------------tarios y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red de Gas Natural por el sistema de COSTO CUBIERTO en las calles M. TERESA DE CALCUTA al 700 (V.I.); ALBERT SCHWEITZER al 00-100 (V.I.); ALBERT SCHWEITZER al 100 (V.P. C.I.); y JUAN XXII al 700 (V.P.), (Proyecto PO/UOT Nº 9196487) de nuestra ciudad. Artículo 2º El pago total de la obra estará a cargo excl.-------------sivamente de los Señores MIGUEL ANGEL SANTOYANNI – D.N.I Nº 5.369.396; ANDRÉS ALEWAERTS – D.N.I. Nº 20.494.445; CASIMIRO FRANCISCO LEIVA D.N.I. Nº 14.913.111; NORA PEREZ – L.C. Nº 3.717.117; RAMIRO SARALEGUI – D.N.I. Nº 22.023.339; MARCELO GOMEZ – D.N.I. Nº 21.694.930; JUAN CARLOS ZULUNGARAY – D.N.I. Nº 10.418.333; OSCAR ALBERTO KRÜGER – D.N.I. Nº 7.637.362; SERGIO ANTONIO PILI – D.N.I. Nº 22.475.091; SIGFRIDO HELLDMUND – D.I. Nº 93.221.293; JUAN PABLO BOSSI – D.N.I. Nº 24.130.432; ARIEL GOPAR – D.N.I. Nº 22.671.599; MAURICIO NESTOR PEREZ – D.N.I. Nº 16.924.541; LISANDRO MARCOS – D.N.I. Nº 27.707.922; DOMINGO CELEDONIO IGLESIAS – D.N.I. Nº 26.882.724; JUAN DOMINGO ARMANI – D.N.I. Nº 10.808.689; BALBINO MARTINEZ – D.N.I. Nº 5.372.531; GRACIELA TERESA FRANCHINI – D.N.I. Nº 4.973.107; y GLORIA GABRIELA LEIVA – D.N.I. Nº 16.924.672; de acuerdo a los contratos firmados a fojas 8-9, 10-11, 12-13, 20-21, 24-25, 30-31, 32-33, 36-37, 54-55, 56-57, 58-59, 67-68, 69-70, 73-74, 80-81, 82-83, 8485, 86-87, y 88-89, del Expediente Nº 224/00/2008. Artículo 3º La modalidad de ejecución será por el Sistema ------------de Costo Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una vez finalizada y recepcionada la obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la misma. Artículo 4º El pago de la obra a cargo de los propietarios ------------y/o poseedores a título de dueño podrá efectuarse al contado o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y sus modificatorias, según Ordenanza N’9501/04; en la Ordenanza N 6361/94; y Art. 48 bis aprobado mediante Ordenanza N’ 9805/05. Artículo 5º Regístrese, dése al Libro de Actas y -------------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL OCHO. Registrado bajo el Nº 10920 Asunto Nº 128/08 Diego A. Palavecino Secretario del H.C.D. Expte. Nº 224/08 Dr. Juan P. Frolik Presidente del H.C.D. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º - Autorízase la utilización del espacio público ------------- con capacidad para un automóvil, destinado a ascenso y descenso de pasajeros, y la señalización pertinente mediante la colocación de cartel indicador sobre el frente del Hotel Austral, cuya leyenda será ¨Hotel, ascenso y descenso de pasajeros – Ordenanza Nº 10921.Artículo 2º - Los gastos que demande la implementación de ------------- la presente Ordenanza serán solventados por el solicitante.Artículo 3º - Regístrese, dése al Libro de Actas y comuní-------------- quese al Departamento Ejecutivo.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL OCHO.Registrada bajo el Nº: 10921.Asunto Nº 93/08 Nota 1365/08 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º - Derógase el artículo 2º de la Ordenanza Nº -------------- 10.402.Artículo 2º - Procédase a incorporar como artículo 2º el -------------- texto que a continuación se detalla: ¨Artículo 2º: Establécese en horarios de entrada y salida de establecimientos escolares, universitarios y comercio en general, una frecuencia de 5 a 6 minutos de lunes a viernes. Los días sábados, domingos, feriados, paros, vacaciones de invierno y verano se mantendrá la frecuencia establecida en el convenio de prórroga de concesión.Artículo 2º - Regístrese, dése al Libro de Actas y comuní-------------- quese al Departamento Ejecutivo.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL OCHO.Registrada bajo el Nº: 10922 Asunto Nº 93/08