ACUERDO 680/16 - Escala salarial a partir del 1/5/16, 1/6/16
Transcripción
ACUERDO 680/16 - Escala salarial a partir del 1/5/16, 1/6/16
I^OLIO .n^i if<:« T 4t- Expte. 1-225-152903/16 En Salta a los 23 dias del mes de Mayo de 2016, se reiinen los miembros de la Comision Negociadora del Convenio Colectivo de Citrus N° 442/06 para las provincias de Salta y Jujuy: En representacion del sector trabajador LA UNION ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES (f^ESTlBADORES, los Sres. JUAN SANCHEZ ORTIZ, VICTOR SEVERO GUTIERREZ y "CLAUDIA QUIROGA, con el patrocinio letrado de la Dra. KARINA ETCHEZAR y en representacion del sector empleador: por LA ASOCIACION DE PRODUCTORES DE FRUTAS Y HORTALIZAS DE SALTA, el Dr. ROBERTO McLOUGHLIN, por LA MORALEJA S.A.. el Sr. JORGE GALIANO y por LEDESMA SAAl, la Dra. VIVIANA FERNANDEZ. Ambas partes reconocen a los nombrados con la suficiente representacion invocada y representativos de la actividad que se regula en la Convencion Colectiva N° 442/06 y declaran bajo juramento que las mismas se encuentran vigentes, quienes luego de un intercambio de opiniones ACUERDAN lo siguiente: PRIMERO: Para todo el personal comprendido en el CCT N°442/06, establecen las remuneraciones que se pactan a continuacion y que tendran vigencia durante el periodo 01 de MAYO 2016 a 30 de ABRIL 2017, segtin el siguiente detalle: SALARIO MES DE MAYO/2016 REMUNERATIVO ADICIONAL NO TOTAL REMUNERATIVO Mensual $6,814,00 $2,044,25 $ 8.858,25 Jornal $ $ $ 272,56 81,77 354,33 El personal que haya trabajado durante el mes de mayo 2016, que a la fecha por razon de fin de temporada, se encuentre de baja, tambien deberan percibir la proporcion por los dias qije efectuaron su labor.SALARIOS MESES DE JUNIO A AGOSTO 2016: Juan Sanchez Ortii Secretano General c,^r.r^ N° 920 A. Saravi. ' ••''- - !=,3lta UHPIERREZ Secretario Qaaui\ 877-Lib. Gral. San hUrtin Jujuy CUtRM RAQUEL aicnt AccMn iMc.rin-iJt.Qfli.swiiuftt Ju|ur BASICO ADICIONAL NO REMUNERATIVO REMUNERATIVO Mensual $ 7.700,00 $ 1.158,25 $8,858,25 Jornal $ $ $ 308,00 46,33 TOTAL 354,33 SALARIOS A PARTIR DE SEPTIEMBRE A OCTUBRE 2016: BASICO ADICIONAL NO REMUNERATIVO REMUNERATIVO Mensual $8,175,00 $ 683,25 $ 8.858,25 Jornal $ $ 27,33 $ 354,33 327,00 TOTAL SALARIOS A PARTIR DE NOVIEMBRE 2016 A FEBRERO 2017: BASICO ADICIONAL NO REMUNERATIVO REMUNERATIVO Mensual $8,175,00 $751,25 $ 8.926,25 Jornal $ $ 30,05 $ 357,05 327,00 TOTAL A partir de Marzo de 2017 y hasta la finalizacion de la vigencia de este acuerdo el 30 de abril de 2017, el jornal de $357,05 y los valores establecidos para las restantes categorias, seran integramente REMUNERATIVOS. SEGUNDO: Las sumas NO REMUNERATIVAS previstas en el punto PRIMERO, se refit!jaran en forma proporcional en los salarios del personal cuya modalidad de pago sea por tajito, dep|tajo y/u hora. Juan Sanchez Ortiz. « <:y'^'^.^.^^"° General \ / ' S''r;c.\'»920A.Saravia V • -F-Salta I J SKretarioGtemtaU • Juiuy »QUEL(3UIR0<J.A ^A«l4n Social Asimismo, dichas sumas incidiran en el calculo del aguinaldo. En cuanto a las licencias pagas en general, se consideraran como dias efectivamente trabajados todas las ausencias motivadas por Licencias Legales y/o Convencionales pagas (Ej.: Enfermedad, Licencias por Nacimiento, Matrimonio, Fallecimiento, Donacion de Sangre).- TERCERO: El pago del adicional no remunerativo, figurara en los recibos de haberes bajo la denominacion de "ADICIONAL NO REMUNERATIVO. ACTA MAYO 2016". La implementacion de estas sumas no remunerativas, obedece a la necesidad de mejorar las condiciones de vida de los trabajadores, que desarrollan las distintas tareas que componen la actividad, siendo este un mecanismo que permite garantizar una mejora efectiva e inmediata de las retribuciones minimas, atendiendo las circunstancias socio economicas por las que atraviesa la region y las especificas de esta actividad.- CUARTO: Se establece por UNICA VEZ, en concepto de "INCENTIVO 2016", una suma FIJA no remunerativa diaria, a razon de $ 8,17 por cada di'a de trabajo efectivo, durante los meses de Mayo a Octubre de 2016. Hasta un maximo de $1,225,50. Sera abonada en cada quincena bajo el concepto "INCENTIVO 2016".- QUINTO: SEGURO DE SEPELIO: Se acuerda y queda establecido un beneficio a favor de todos los trabajadores comprendidos en el CCT N° 442/06 consistente en un Servicio de Sepelio. A tal fin, y en los terminos del art. 9° de la Ley 14.250 (T.O. 2004), los empleadores deberan retener de los haberes que abonan en concepto de Fondo de Sepelio, el equivalente al 1,5% del total de remuneraciones devengadas, para la cobertura de este servicio al trabajador y su grupo familiar primario, que se depositara en la Cuenta Corriente N° 33-500/47 del Banco de la Nacion Argentina. Sucursal Plaza de Mayo que posee la UATRE. La obligacion de retener por parte del empleador, sera exigible a partir del mes siguiente de la fecha de recepcion de la conformidad por escrito del trabajador de incorporarse a este beneficio. Ambas partes de comiin acuerdo, establecen que vencido el termino de este Acuerdo, se mantendran subsistentes los beneficios aqui pactados.- SEXTO: Los empleadores actuaran comc/^agentes de retencion a partir de su m^mologccion y durante la vigencia del presente Acuerdo de la.cuota solidaria que deberan descont Juan Sanchez Ortiz becrefano General • -'••N''920A. Saravia • •- '^ - Salta J'«3UELatJR0-:l "Sacretariofifemtal Secc N'B77-Ub. Gral. S""-f'^ .I'Kl'W ^ A*.j%. Acckir S<xi«| OS l o s £y i-0-r* 1. »3 • * trabajadores y beneficiarios comprendidos en el CCT N° 442/06, que se establece en el 2% sobre el total de las remuneraciones devengadas. Los montos retenidos en tal concepto deberan ser depositados hasta el dia 15 (quince) de cada mes, en la Cuenta especial de UATRE N° 26-026/48. Los afiliados a la Asociacion Sindical quedan exentos del pago de esta cuota solidaria.i Las partes se compromenten a presentar el presente acuerdo para su ratificacion y posterior homologacion ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Delegacion Salta, solicitando para ello la correspondiente audiencia. En dicha oportunidad las partes presentaran las escalas salariales para las restantes categorias. No siendo para mas se da por terminada el acta firmando los comparecientes previa lectura y ratificacion se firman seis ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, ^ el luga^\y fecha mas arriba indicados. Juan Salrchez Ortiz Secretano General Secc. N" 920 A. Saravia • " " Salta Secretano G«ww*K Sect N'877.Ub. Gral. San f M n \ ''''juy CLAUDtt RAQUEL QUIROGA Sacnt Accibn Social lw.rin-Lfe.6(iLSin Jmur FOLIO IL - |)j ANEXOI Mayo 2016 Categoria Remunerativo TOTAL Gratificacion NO remun. Jornal Mensual Jornal Mensual Jornal Mensual 1.- Peon General. Maestranza. Armadores. Clavadores. Alambradores. Rotuladores, Pegadores. Limpieza. Gosechador. $ 272,56 $6,814,00 $81,77 $ 2.044,25 $ 354,33 $ 8.858,25 II.- Porteros y Serenos. Descartadores. Peon de Carga y Descarga. Recibidores en cinta transportadora. Romaneo. $ 275,02 $ 6.875,50 $82,51 $ 2.062,75 $ 357,53 $ 8.938,25 $ 283,23 $ 7.080,75 $ 84,97 $2,124,25 $ 368,20 $ 9.205,00 $ 293,82 $ 7.345,50 $88,15 $ 2.203,75 $381,97 $ 9.549,25 v.- Embaladora de 1-. Mayordomo. $297,18 $ 7.429,50 $89,15 $ 2.228,75 $ 386,33 $ 9.658,25 Vl.- Capataz de seccion. Mecanico Electricista. Calderista. $ 322,00 $ 8.050,00 $ 96,60 $2,415,00 $418,60 $10,465,00 Vll.- Capataz General o de planta. Capataz de Cosectia o Monte. $325,71 $8,142,75 $ 97,71 $ 2.442,75 $ 423,42 $10,585,50 III.- Clasificadores. Seleccionador. Ayudantes de Electricistas o Mecanicos. Bascula. Engrasadores. Atencion camara Maduracidn. IV.- Conductor de tractor, de autoelevador, de Tracto-elevador. Atencion camara frigori'fica. Auxiliar de Oficina. Embaladora de 2=-. Junio a Agosto 2015 Categoria Remunerativo Gratificacion NO remun. TOTAL Jornal Mensual Jornal Mensual Jornal Mensual I.- Peon General. Maestranza. Armadores. Clavadores. Alambradores. Rotuladores, Pegadores. Limpieza. Cosechador. $ 308,00 $7,700,00 $ 46,33 $1,158,25 $ 354,33 $ 8.858,25 II.- Porteros y Serenos. Descartadores. Peon de Carga y Descarga. Recibidores en cinta transportadora. Romaneo. $310,77 $ 7.769,25 $ 46,76 $1,169,00 $ 357,53 $ 8.938,25 III.- Clasificadores. Seleccionador. Ayudantes de Electricistas o Mecanicos. Bascula. Engrasadores. Atencion camara Maduracidn. $ 320,05 $8,001,25 $48,15 $1,203,75 $ 368,20 $9,205,00 IV.- Conductor de tractor, de autoelevador, de Tracto-elevador. Atencion camara frigorifica. Auxiliar de Oficina. Embaladora de 2-. $ 332,02 $ 8.300,50 $ 49,95 $ 1.248,75 $381,97 $ 9.549,25 v.- Embaladora de 1-. Mayordomo. $ 335,81 $ 8.395,25 $ 50,52 $1,263,00 $ 386,33 $ 9.658,25 VI.- Capataz de seccion. Mecanico Electricista. Calderista. $363,86 $ 9.096,50 $ 54,74 $ 1.368,50 $418,60 $ 10.465,00 VII.- Capataz General o de planta. Capataz de Cosecha o Monte. $ 368,05 $9,201,25 $ 55,37 $1,384,25 $ 423,42 $10,585,50 , . « . . _iTlERREZ Juan SSnchez Ortiz Secretano General Seca N" 920 A. Saravia U.A.T.R.E - Salta Secretario Greml* Secc. N'877-Ub. Gral S^''! CLAUDIA ^LQUIRi Sodal ANEXO II Periodo Septiembre a Octubre 2016 Remunerativo Categoria Jornal Gratificacion NO remun. Mensual TOTAL Jornal Mensual Jornal Mensual 1.- Peon General. Maestranza. Armadores. Clavadores. Alambradores. Rotuladores, Pegadores. Limpieza. Cosechador. $ 327,00 $8,175,00 $ 27,33 $ 683,25 $ 354,33 $ 8.858,25 II.- Porteros y Serenos. Descartadores. Peon de Carga y Descarga. Recibidores en cinta transportadora. Romaneo. $ 330,00 $ 8.250,00 $ 27,53 $ 688,25 $ 357,53 $ 8.938,25 III.- Clasificadores. Seleccionador. Ayudantes de Electricistas o Mecanicos. Bascula. Engrasadores. Atencion camara Maduracidn. $ 339,88 $ 8.497,00 $ 28,32 $ 708,00 $368,20 $ 9.205,00 IV.- Conductor de tractor, de autoelevador, de Tracto-elevador. Atencion camara frigorifica. Auxiliar de Oficina. Embaladora de 2-. $ 352,58 $8,814,50 $ 29,39 $ 734,75 $381,97 $ 9.549,25 v.- Embaladora de 1-. Mayordomo. $ 356,62 $8,915,50 $ 29,71 $ 742,75 $ 386,33 $ 9.658,25 VI.- Capataz de seccion. Mecanico Electricista. Calderista. $ 386,40 $ 9.660,00 $ 32,20 $ 805,00 $418,60 $ 10.465,00 VII.- Capataz General o de planta. Capataz de Cosecha o Monte. $ 390,85 $9,771,25 $ 32,57 $814,25 $ 423,42 $ 10.585,50 Periodo Noviembre 2016 a Febrero 2017 Categorfa Remunerativo Jornal Gratificacion NO remun. Mensual TOTAL Jornal Mensual Jornal Mensual I.- Peon General. Maestranza. Armadores. Clavadores. Alambradores. Rotuladores, Pegadores. Limpieza. Cosechador. $ 327,00 $8,175,00 $ 30,05 $751,25 $ 357,05 $ 8.926,25 II.- Porteros y Serenos. Descartadores. Peon de Carga y Descarga. Recibidores en cinta transportadora. Romaneo. $ 330,00 $ 8.250,00 $ 30,28 $ 757,00 $ 360,28 $ 9.007,00 III.- Clasificadores. Seleccionador. Ayudantes de Electricistas o Mecanicos. Bascula. Engrasadores. Atencion camara Maduracidn. $ 339,88 $ 8.497,00 $31,15 $ 778,75 $371,03 $ 9.275,75 IV.- Conductor de tractor, de autoelevador, de Tracto-elevador. Atencion camara frigorifica. Auxiliar de Oficina. Embaladora de 2-. $ 352,58 $8,814,50 $ 32,32 $ 808,00 $ 384,90 $9,622,50 v.- Embaladora de 1-. Mayordomo. $ 356,62 $8,915,50 $ 32,69 $817,25 $389,31 $ 9.732,75 VI.- Capataz de seccion. Mecanico Electricista. Calderista. $ 386,40 $ 9.660,00 $ 35,42 $ 885,50 $421,82 $ 10.545,50 VII.- Capataz General o de planta. Capataz de Cosecha o Monte. $ 390,85 $9,771,25 $ 35,83 $ 426,68 $10,667,00 VlXTDH-^flERREZ Juan S^hez Ortiz Secretano General Secc. N" 920 A. Saravia U.A.T.R.E - Salo ^ s T c r e U r i o Gremial Secc N'877-Lib.Gral.SjnW!!' ANEXO III Periodo Marzo a Abril 2017 Remunerativo Mensual Categoria Jornal • 1.- Peon General. Maestranza. Armadores. Clavadores. Alambradores. Rotuladores, Pegadores. Limpieza. Cosechador. $ 357,05 $8,926,25 II.- Porteros y Serenos. Descartadores. Peon de Carga y Descarga. Recibidores en cinta transportadora. Romaneo. $ 360,28 $ 9.007,00 III.- Clasificadores. Seleccionador. Ayudantes de Electricistas o Mecanicos. Bascula. Engrasadores. Atencion camara Maduracion. $371,03 $ 9.275,75 IV.- Conductor de tractor, de autoelevador, de Tracto-elevador. Atencion camara frigorifica. Auxiliar de Oficina. Embaladora de 2-. $ 384,90 $9,622,50 v.- Embaladora de 1^. Mayordomo. $ 389,31 $ 9.732,75 VI.- Capataz de seccion. Mecanico Electricista. Calderista. $421,82 $10,545,50 VII.- Capataz General o de planta. Capataz de Cosecha o Monte. $ 426,68 $ 10.667,00 Jtl^rSnc^Ortiz cipcretano General . s . J c N » 920 A. Saravia c^/ riERREZ jecretario Gremial Secc. N* 877-Ub. Gral, S»n Martin Jujuy E l QUIROG.*. Social QmLiutMiilSn Kyi{yniAle^ti<> cle y'ya/i^do.j (hTnAiea u Kdeaurma^i cfoccal EXPEDIENTE N°l-225-152.903/16 En la ciudad de Salta, a los un di'a del mes de Junio de 2016, siendo las 10:30 horas, comparecen ante mi, CPN MARIA DEL CARMEN CASTILLO- Relaciones Laborales de la Delegacion Regional Salta del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, por la UNION ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES, los seiiores: Juan SANCHEZ ORTIZ -DNI N°92.768.095, Victor_ Severo GUTIERREZ DNI N°14.538.821; Claudia Raquel QUIROGA DNI N° 26.475.927, asistidos por la Dra. Karina ETCHEZAR. En representacion del sector empleador, por la ASOCIACION DE PRODUCTORES DE FRUTAS y HORTALIZAS DE LA PROVINCIA DE SALTA, el Doctor Roberto Juan MCLOUGHLIN-DNIN°10.161.515. L/po^/J % Por la empresa LA MORALEJA SQCIEDAD ANONIMA, el seiior Jorge Daniel GALIANO DNI N° 12.536.691. J ^ ^ ^ ^ Por LEDESMA SOCIEDAD ANONIMA, AGRICOLA INDUSTRIAL, la Dra. Viviana Marcela FERNANDEZ-DNI N°24.612.154. ^ '' * | ^ KtReconociendo ambas partes que los nombrados son lo suficientemente representativos de la actividad que se regula mediante la Convencion Colectiva de Trabajo N°442/06 y declaran bajo juramento que las representaciones invocadas se encuentran vigentes y agregadas en el expediente. Abierto el acto por la funcionaria actuante, y concedida la palabra a los comparecientes, manifiestan que vienen por este acto a ratificar en todo los terminos y contenido Acta Acuerdo de Incremento Salarial y Escalas Salariales de fecha 23 de Mayo de 2016, en siete (07) fojas titiles, con vigencia desde Mayo de 2016 hasta Abril de 2017, agregada a las presentes actuaciones, para el personal comprendido en el CCT N°442/2006,.i:::: •Ambas partes, en este acto, solicitan su pronta homologacion. Sin mas, y siendo las 11:10 previa lectura, firman las partes al pie en senal de conformidad, por ante mi que CERTIFICO. PARTE SINDICAL PARTE EMPRESARIA ^^i'retario Gremial _.^^., 5^N'877.Ub.r-r.l Juan banchez Ortiz Secretano General . Secc. N" 920 A. Sarav.a i,.i..';,T.P.E-S3l'3 .rH-MAt^iA <^yyztm\\-\. "^Aaenclj/TSiTltot'al Salta' "-'Jlnlsler'fl de Trabaio V S.-'