extra_junio - Ayuntamiento de Cedillo
Transcripción
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MINUTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA DEL DIA 26 DE JUNIO DE 2.015 CONCEJALES ASISTENTES Dª Gregoria Rosado Robledo D. José Mª Tomás Riscado. Dª Mª del Pilar Nevado Semedo. D. José Luis Marrodán Rodríguez D. José Antúnez Semedo D. Abraham Carrillo Santos En Cedillo a veintiséis de Junio de dos mil quince, se reúnen en el Salón de Actos de esta Casa Consistorial los Sres. Concejales que componen el Ayuntamiento Pleno de esta localidad, expresados al margen, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde D. Antonio González Riscado, asistidos de mí, la Secretaria Dª María Pilar Calle Simón, al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en el que se dispone que dentro de los treinta días siguientes a la celebración de la sesión constitutiva, el Alcalde convocará la sesión extraordinarias del Pleno al objeto de fijar el funcionamiento de la nueva Corporación Local. Abierta la sesión a las doce horas fueron adoptados los siguientes acuerdos: 1º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 13 DE JUNIO DE 2015. Celebradas las elecciones municipales de 24 de mayo de 2015, por el Sr. Presidente se pregunta a los miembros de la Corporación si tienen que formular alguna observación al borrador del acta de la sesión celebrada con fecha 13 de Junio de 2015, por la que se constituyó este Ayuntamiento y que ha sido oportunamente distribuido con la convocatoria, Por parte del portavoz del Grupo GANEMOS–IU-LOS VERDES, D. Abraham Carrillo Santos, se hace constar que “quiere que las palabras que el Sr. Alcalde dirigió al público asistente a la sesión de constitución de este Ayuntamiento consten en el Acta”, la Sra. Secretaria manifiesta que se trata de un discurso y no tomó nota de las mismas, a lo que el Sr. Alcalde responde que hará un exposición sucinta, como establece la Ley, de lo que recuerde de las mismas, ya que nunca escribe sus discursos. Pasando por tanto a incluirse en el Acta del día 13 de junio las siguientes notas del citado discurso: - Felicitar al pueblo de Cedillo por la alta participación en las elecciones celebradas el día 24 de mayo. - Felicitar a los Concejales electos por ser todos de la localidad de Cedillo, hecho que no ocurría desde las elecciones locales celebradas en el año 2003. - Que el personal que presta servicios en este Ayuntamiento en concreto la Secretaria-Interventora, es un técnico que desempeña su trabajo de forma objetiva e independiente, no pudiendo ser considerada, por tanto, como persona puesta a disposición de un partido político y agradecerle la eficacia, eficiencia y prontitud en la resolución de los asuntos municipales. - Poder elegir al mejor equipo de personas para que desempeñen su trabajo en este Ayuntamiento a fin de conseguir los mayores logros para nuestro pueblo. - Fomentar el empadronamiento de las personas que residiendo en nuestro pueblo no son vecinos del mismo, ya que no están inscritos en el padrón municipal, con el fin de aumentar los ingresos que esta localidad recibe por ellas tanto a través de la Participación en los tributos estatales, como vía Comunidad Autónoma de Extremadura. - Que todos los concejales electos remen en la misma dirección para conseguir mejores objetivos para Cedillo. Sometida a votación, queda aprobada el acta de la citada sesión por mayoría absoluta de los Concejales asistentes, con el voto a favor de 6 concejales y la abstención de uno de los concejales del Grupo Popular del total de los siete miembros legales que componen esta Corporación Municipal. Ordenando su trascripción al Libro de Actas con la corrección indicada anteriormente, según lo dispuesto por el artículo 110.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por RD. 2568/1986, de 28 de noviembre. 2.- CONOCER POR EL PLENO LA COMPOSICIÓN DE LOS GRUPOS POLÍTICOS Y SUS PORTAVOCES. El Sr. Alcalde pone de manifiesto que han sido presentados en el Registro General de Entradas de este Ayuntamiento los siguientes escritos sobre la constitución de los grupos políticos municipales, 1º.- Suscrito por D. Antonio González Riscado, anunciado la constitución del grupo municipal PSOE, integrado por 4 miembros y cuyo portavoz es Gregoria Rosado Robledo. 2º.- Suscrito por D. José Luis Marrodán Rodríguez, anunciado la constitución del grupo municipal Popular, integrado por 2 miembros y cuyo portavoz es José Antúnez Semedo. 3º.- Suscrito por D. Abraham Carrillo Santos, anunciado la constitución del grupo municipal GANEMOS–IU-LOS VERDES, integrado por 1 miembro y cuyo portavoz es el mismo. Visto el informe emitido por Secretaría-Interventora de este Ayuntamiento sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Real Decreto 2568/1986, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Pleno toma conocimiento de la constitución de los siguientes Grupos: Grupo Político Municipal PSOE Grupo Político Municipal PP Grupo Político Municipal GANEMOS–IU-LOS VERDES Notificar esta constitución a su portavoz para su conocimiento y efectos procedentes. 3º.- ESTABLECER LA PERIODICIDAD DE LAS SESIONES ORDINARIAS DE PLENO Establece la Ley que deberán celebrarse sesiones ordinarias del pleno municipal, como mínimo una vez cada tres meses, correspondiendo a la Corporación la determinación de la periodicidad mediante acuerdo adoptado en la Sesión Extraordinaria de organización. CONSIDERANDO que en este Ayuntamiento hasta la fecha, la periodicidad de las sesiones ha sido una vez al trimestre, celebrándose sesiones extraordinarias cuando los asuntos a someter a consideración de la Corporación demandaban un carácter urgente y que en virtud de lo dispuesto en el artículo 46.2 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local que establece que “Las sesiones Plenarias han de convocarse, al menos, con dos días hábiles de antelación, salvo las extraordinarias que lo hayan sido con carácter urgente, cuya convocatoria con este carácter deberá ser ratificada por el Pleno”. El Sr. Alcalde de conformidad con lo dispuesto en el art. 46 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, propone a la Corporación que las Sesiones Ordinarias de Pleno se celebren el tercer viernes del mes que corresponda, comenzando la primera en el mes de Julio de 2015, salvo que ese día fuese festivo, en cuyo caso se trasladará al lunes siguiente. Por el portavoz del Grupo Popular, D. José Antúnez Semedo, se propone la celebración de las sesiones plenarias por la tarde. El portavoz del Grupo GANEMOS–IU-LOS VERDES, D. Abraham Carrillo Santos, propone, literalmente, “que la periodicidad de las sesiones ordinarias sea cada dos meses, nos permitirá tratar los asuntos con más agilidad y más claridad. Que sean por la tarde facilitando así la asistencia a un mayor número de vecinos y vecinas. Que sean en el Salón de Actos. Regular la participación de los vecinos en los plenos, dándoles la palabra. Que las convocatorias a los concejales se entreguen con más antelación, a nosotros nos gusta contar con la opinión de los vecinos y así no nos da tiempo. Basándonos en que las Corporaciones deben facilitar la más amplia información sobre su actividad y la participación de todos los ciudadanos en la vida local, (art. 69.1 Ley 7/1985). Respondiendo el Sr. Alcalde que de conformidad con lo dispuesto en el art. 88.3 del ROF, “Al público asistente no se le permite intervenir durante el desarrollo de la sesión, sino que una vez levantada la misma, se puede establecer un turno de consultas por el público asistente sobre temas concretos de interés Municipal”, añadiendo que los socialistas siempre lucharemos para que la jornada de todos los trabajadores sea por las mañanas. Hechas estas propuestas el Sr. Alcalde, somete a votación su propuesta inicial, que las Sesiones Ordinarias de Pleno se celebren el tercer viernes del mes que corresponda, comenzando la primera en el mes de Julio de 2015, salvo que ese día fuese festivo, en cuyo caso se trasladará al lunes siguiente, propuesta que es aceptada por mayoría absoluta de los Concejales asistentes, con el voto a favor de los 4 concejales del Grupo Socialista, y los tres votos en contra de los 2 concejales del Grupo Popular y del Concejal del Grupo GANEMOS–IU-LOS VERDES, del total de los siete miembros legales que componen esta Corporación Municipal. 4º.- DAR CUENTA DEL NOMBRAMIENTO DE LOS TENIENTES DE ALCALDE, MIEMBROS DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Y DELEGACIONES ESPECÍFICAS A LOS CONCEJALES DE LA CORPORACIÓN El Sr. Alcalde da cuenta de las Resoluciones dictadas con fecha 17 y 18 de Junio de 2015, respectivamente, sobre nombramientos de Tenientes de Alcalde de este municipio y miembros de la Junta de Gobierno Local y de fecha 19 del mismo mes sobre delegación de asuntos en los Concejales. PRIMERO.- Nombrar Tenientes de Alcalde a los siguientes Concejales: 1er Teniente de Alcalde a la Sra. Dª Gregoria Rosado Robledo. 2º Teniente de Alcalde al Sr. D. José Mª Tomás Riscado. SEGUNDO.- Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a la Sra. Dª Gregoria Rosado Robledo, 1er Teniente de Alcalde, y al Sr. D. José Mª Tomás Riscado, 2º Teniente de Alcalde. Las funciones que le corresponden son la asistencia al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, así como aquellas que el Alcalde u otro órgano municipal pueda delegarle. TERCERO: Delegar los siguientes asuntos: Delegar en Dª. Gregoria Rosado Robledo, la dirección y gestión de las áreas de Igualdad, Educación y Cultura, Mujer, Sanidad y Tercera edad Delegar en D. Jose Mª Tomás Riscado, la dirección y gestión de las áreas de Obras, Servicios múltiples (parques, jardines, caminos, limpieza viaria y otros). Delegar en Dª. Mª del Pilar Nevado Semedo, la dirección y gestión de las áreas de Hacienda, Turismo, Deportes y Festejos. Estas delegaciones surtirán efectos desde el día siguiente al de la fecha de adopción de la presente Resolución. Por el Sr. Alcalde se hace constar que ofreció a los Sres. concejales de la oposición la posibilidad de asumir alguna de estas delegaciones y que fue rechazada la oferta. 5º.-CREACIÓN Y COMPOSICIÓN DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS PERMANENTES. El Sr. Alcalde manifiesta que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 38 y 134 del R.O.F. y habiéndose celebrado la Sesión de constitución del Ayuntamiento el día 13 de Junio de 2015, procede en esta primera Sesión Extraordinaria la creación y determinación de las Comisiones Informativas Permanentes que procedan. De acuerdo con ello, en su propuesta refleja que la única Comisión que prevé la Ley de existencia preceptiva, es la Comisión Especial de Cuentas, por ello, el Pleno aprueba por unanimidad de sus asistentes, con el voto a favor de los siete miembros legales que componen esta Corporación Municipal: PRIMERO. Constituir una Comisión Informativa de carácter Especial denominada Comisión Especial de Cuentas, cuyo objeto será el examen, estudio e informe de la Cuenta General del Presupuesto de este Ayuntamiento correspondiente a cada ejercicio, que debe aprobar el Pleno de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en la Legislación reguladora de la contabilidad de las Entidades Locales SEGUNDO. La Comisión Informativa Especial de cuentas estará integrada por los siguientes miembros: - Presidente: El Alcalde o Concejal en quien delegue. - Vocales: - 2 representantes del Grupo municipal de PSOE. - 1 representante del Grupo municipal de PP. - 1 representantes del Grupo municipal de GANEMOS-IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES. - Secretario: La Secretaria del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue. TERCERO. La Comisión Informativa Especial de Cuentas ajustará su funcionamiento a lo dispuesto en los artículos 123 a 127 y 134 a 138 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y celebrará sesión ordinaria cuando deba procederse al Examen, Estudio e Informe de la Cuenta General del Presupuesto de este Ayuntamiento correspondiente a cada ejercicio. CUARTO. Comunicar este Acuerdo a los diferentes Grupos Políticos Municipales, haciéndoles saber que deberán designar a sus representantes en la Comisión, pudiendo designar un suplente por cada titular, en plazo de 10 días hábiles desde la recepción del presente Acuerdo, mediante escrito del portavoz del mismo dirigido al Alcalde y del que se dará cuenta al Pleno. QUINTO. Una vez aprobada esta propuesta, D. Abraham Carrillo Santos propone “crear una comisión informativa en materia de contratación”, a lo que responde el Sr. Alcalde “que el personal de elección (alcalde y concejales) no puede formar parte de los órganos de selección de personal de las Administraciones Públicas”, por ello propone la creación de una comisión informativa en materia de contratación de obras que sean competencia del Pleno y de la Junta de Gobierno Local cuando esta actúe con competencias delegadas por el Pleno, propuesta que es aprobada por unanimidad de sus asistentes, con el voto a favor de los siete miembros legales que componen esta Corporación Municipal, cuya composición numérica, de conformidad con la Ley, sería la misma que la de la Comisión Especial de Cuentas y los diferentes Grupos Políticos Municipales deberán designar a sus representantes en la Comisión, notificándolo por escrito en plazo de 10 días hábiles desde la recepción del presente Acuerdo mediante escrito del portavoz del mismo dirigido al Alcalde y del que se dará cuenta al Pleno. Celebrará sesiones ordinarias únicamente cuando existan asuntos que tratar en materia de contratación de obras sean competencia del Pleno y de la Junta de Gobierno Local cuando esta actúe con competencias delegadas por el Pleno. El Sr. Alcalde aunque de conformidad con el art. 125 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, es el Presidente nato de todas ellas, ofrece a los distintos grupos municipales la delegación de la Presidencia efectiva de esta Comisión de contratación, propuesta que es aceptada por el portavoz del Grupo Popular D. José Antúnez Semedo. En la transcripción del Acta de esta sesión al Libro de Actas, según lo dispuesto por el artículo 110.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por RD. 2568/1986, de 28 de noviembre, se incluye la corrección solicitada por el portavoz del Grupo GANEMOS CEDILLO –IU-LOS VERDES, D. Abraham Carrillo Santos, en Sesión Ordinaria celebrada el día diecisiete de Julio de dos mil quince, donde hizo constar que “quiere que conste en el Acta que solicitaron la creación de una Comisión de contratación de obras, servicios y personal, con el fin de hacer un seguimiento en estos ámbitos” 6º.- NOMBRAMIENTO DE TESORERO. Visto que, esta Corporación local está clasificada como Secretaría de clase tercera, y teniendo en cuenta que el artículo 2 letra f) del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, vigente, establece que «En las Corporaciones locales con Secretarías de clase tercera, la responsabilidad administrativa de las funciones de contabilidad, tesorería y recaudación podrá ser atribuida a miembro de la Corporación o a funcionario de la misma», Visto que la Disposición Transitoria Séptima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local establece en su primer apartado lo siguiente: «1. En tanto no se desarrolle lo dispuesto en esta Ley para los funcionarios públicos que precisen habilitación nacional, será de aplicación a quienes integran los actuales Cuerpos Nacionales de Administración Local el régimen estatutario vigente en todo aquello que sea compatible y no quede derogado por la presente Ley y por la Legislación general del Estado en materia de Función Pública. Los actuales miembros de los Cuerpos Nacionales de Secretarios, Interventores y Depositarios tendrán a todos los efectos la habilitación de carácter nacional regulada en esta Ley.» Visto que el artículo 92 bis de la LBRL todavía no ha sido objeto de desarrollo normativo, por lo que siguen en vigor las disposiciones que hasta la fecha regulan los funcionarios de habilitación de carácter nacional. El Sr. Alcalde ofrece a los Sres. concejales de la oposición la posibilidad de asumir este cargo y su oferta es rechazada. Visto que se considera idóneo para desempeñar las funciones de tesorería a Dª Mª del Pilar Nevado Semedo, ya que viene desempeñando este puesto durante los últimos años, el Pleno del Ayuntamiento acuerda por unanimidad de los asistentes con el voto a favor de los siete miembros legales que componen esta Corporación Municipal, ratificar el nombramiento de Dª Mª del Pilar Nevado Semedo para el desempeño de las funciones de Tesorería. 7º.- DETERMINACIÓN DE LOS CARGOS CON DEDICACIÓN PARCIAL Y RÉGIMEN DE DEDICACIÓN MÍNIMA DE LOS MISMOS Y RETRIBUCIONES QUE LES CORRESPONDEN. Continuando con el Orden del Día establecido, el Sr. Alcalde señala que el art. 75.2 de la Ley 7/85 de Bases de Régimen Local, establece que “Los miembros de las Corporaciones locales que desempeñen sus cargos con dedicación parcial por realizar funciones de presidencia, vicepresidencia u ostentar delegaciones, o desarrollar responsabilidades que así lo requieran, percibirán retribuciones por el tiempo de dedicación efectiva a las mismas, en cuyo caso serán igualmente dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social en tal concepto, asumiendo las Corporaciones las cuotas empresariales que corresponda, salvo lo dispuesto en el artículo anterior. Dichas retribuciones no podrán superar en ningún caso los límites que se fijen, en su caso, en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado. En los acuerdos plenarios de determinación de los cargos que lleven aparejada esta dedicación parcial y de las retribuciones de los mismos, se deberá contener el régimen de la dedicación mínima necesaria para la percepción de dichas retribuciones”. Visto que el artículo 75.bis.1), de la citada Ley de Bases, añadido por la Ley de 27/2013, de 27 de diciembre, que señala que “Los miembros de Corporaciones locales de población inferior a 1.000 habitantes no tendrán dedicación exclusiva. Excepcionalmente, podrán desempeñar sus cargos con dedicación parcial, percibiendo sus retribuciones dentro de los límites máximos señalados al efecto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado”. CONSIDERANDO que a tenor de la normativa legal transcrita, corresponde al Pleno corporativo a propuesta de la Presidencia, dentro de la consignación global contenida en el Presupuesto municipal, determinar la relación de cargos de la Corporación que puedan desempeñarse en régimen de dedicación parcial y por tanto con derecho a retribución, así como las cuantías que correspondan a cada uno en atención a su grado de responsabilidad. CONSIDERANDO necesario que la Alcaldía-Presidencia tenga dedicación parcial para el desempeño de las atribuciones que la Ley le confiere, que es necesario que cuente además con el auxilio y colaboración de otros miembros de la Corporación, como el Concejal encargado de obras y servicios múltiples que tendrá también dedicación parcial para un mejor desempeño de las atribuciones que se le han delegado. Propongo a la Corporación en base a lo que antecede, en uso de las atribuciones que me confiere el art. 97 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 13 de mencionado Reglamento, establecer para el mandato corporativo que ahora comienza: PRIMERO.- Determinar que los cargos de Alcalde-Presidente y el de 2º Teniente de alcalde, Concejal encargado de obras y servicios múltiples, realicen sus funciones en régimen de dedicación parcial al 75% y debiendo tener una presencia efectiva mínima en el Ayuntamiento de 30 horas semanales. SEGUNDO. Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos en régimen de dedicación parcial, las mismas retribuciones que hasta ahora se percibían y que son las que a continuación se relacionan, que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda. — El cargo de Alcalde-Presidente percibirá una retribución mensual neta de 932,00 €. — El cargo de Concejal encargado de obras y servicios múltiples percibirá una retribución mensual neta de 1.100,00 €. El portavoz del Grupo GANEMOS–IU-LOS VERDES, D. Abraham Carrillo Santos, propone literalmente, “Sobre las retribuciones decir que hace un tiempo con motivo de la crisis el Sr. Alcalde reunió a l@s trabajador@s para informarles de la reducción de jornadas a los mismos. Eso fue un recorte por lo que proponemos una reducción del 10% en sus retribuciones y en la de los miembros de la Corporación Local, siguiendo el ejemplo de la Junta de Extremadura, y como ejemplo a los demás trabajadores que además la mayoría no tienen asegurado un sueldo mensual desde hace mucho tiempo”. Respondiendo el Sr. Alcalde que los trabajadores agrícolas cobran su sueldo según convenio y que diariamente perciben un sueldo superior al suyo por 30 días al mes. Hecha esta propuesta el Sr. Alcalde, somete a votación su propuesta inicial, de determinar que los cargos de Alcalde-Presidente y el de 2º Teniente de alcalde, Concejal encargado de obras y servicios múltiples, realicen sus funciones en régimen de dedicación parcial con las mismas retribuciones que hasta ahora se percibían, propuesta que es aprobada por mayoría absoluta de los Concejales asistentes, con el voto a favor de los 4 concejales del Grupo Socialista, y tres abstenciones, de los concejales del Grupo Popular y del Concejal del Grupo GANEMOS–IU-LOS VERDES, del total de los siete miembros legales que componen esta Corporación Municipal. 8º.- NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES DE LA CORPORACIÓN EN ÓRGANOS COLEGIADOS QUE SEAN COMPETENCIA DEL PLENO. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 38.c del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se procede a realizar el nombramiento de los representantes de esta Corporación en los órganos colegiados que sean de la competencia del Pleno. Por el Sr. Alcalde se realiza la siguiente propuesta: Nombrar representantes de esta Corporación en la Junta Directiva de la Asociación para el Desarrollo de la Sierra de San Pedro- Los Baldíos a: - Titular: D. Antonio González Riscado - Suplente: D. José Mª Tomás Riscado. Nombrar vocales de esta Corporación Municipal en la Mancomunidad Sierra de San Pedro a: - Titular: D. Antonio González Riscado - Suplente: D. José Mª Tomás Riscado. Nombrar vocales de esta Corporación en la Junta Rectora Parque Natural Tajo Internacional a: - Titular: Antonio González Riscado - Suplente: D. José Mª Tomás Riscado. Nombrar representantes de esta Corporación en el Consejo Escolar a: - Titular: Gregoria Rosado Robledo - Suplente: Dª Mª del Pilar Nevado Semedo Nombrar representantes de esta Corporación en el Consejo de Salud de zona a: - Titular: Gregoria Rosado Robledo - Suplente: Dª Mª del Pilar Nevado Semedo Nombrar representante de esta Corporación en el (FELCODE) Fondo Extremeño Local de Cooperación al Desarrollo: - Titular: Antonio González Riscado Nombrar representantes de esta Corporación en la Federación Nacional de Asociaciones y Municipios con Centrales Hidroeléctricas y embalses - Titular: Antonio González Riscado Nombrar representantes de esta Corporación en la Asociación Provincial de Entidades Locales afectadas por Centrales Hidroeléctricas y embalses. - Titular: Antonio González Riscado Formulada esta propuesta, el Sr. Alcalde la somete a votación, propuesta que es aprobada por mayoría absoluta de los Concejales asistentes, con el voto a favor de 5 concejales y dos abstenciones de los concejales del Grupo Popular, del total de los siete miembros legales que componen esta Corporación Municipal. 9º.- APROBAR SI PROCEDE NO FIJAR ASIGNACIÓN ECONÓMICA A LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN POR ASISTENCIA A LAS SESIONES DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS DE LA CORPORACIÓN, Y DOTACIÓN ECONÓMICA PARA LOS GRUPOS POLÍTICOS. El Sr. Alcalde señala que según lo dispuesto en el art. 75 de la Ley 7/85 de Bases de Régimen Local y en el art. 13 y concordantes del R.O.F., los miembros de la Corporaciones Locales tendrán derecho a las retribuciones e indemnizaciones que correspondan por la asistencia efectiva a las sesiones de órganos colegiados de que forman parte en la cuantía que señale el Pleno de la misma, salvo los que lo desempeñen en régimen de dedicación exclusiva o parcial. Asimismo y de conformidad con lo establecido en el artículo 73.3 de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Pleno de la Corporación podrá asignar a los grupos políticos una dotación económica que deberá contar con un componente fijo, idéntico para todos los grupos políticos y otro variable en función del número de miembros de cada uno de ellos dentro de los límites que se establezcan en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Teniendo en cuenta que no existe consignación en el presupuesto de esta Entidad para el ejercicio 2015 para asumir el gasto que implican estas indemnizaciones y dotaciones económicas, el Sr. Alcalde propone a la Corporación la adopción del siguiente ACUERDO: PRIMERO: No fijar asignación económica a los miembros de la Corporación, por la asistencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación. SEGUNDO: No fijar dotación económica para los grupos políticos de este Ayuntamiento. Formulada esta propuesta, el Pleno acuerda por unanimidad de sus asistentes, con el voto a favor de los siete miembros legales que componen esta Corporación Municipal, no aprobar asignación económica por la asistencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación, ni dotación económica para los grupos políticos constituidos en la misma. Y no habiendo más asuntos que tratar, el Sr. Alcalde levanta la sesión a las doce y veinticinco horas, de lo que yo, el Secretario doy fe.